video Clase 2, Unidad 3 parte 2 — Transcript
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- 0:03Bueno, retomando la boliza número tres,
- 0:06lo que recién estábamos diciendo y
- 0:07recapitulando,
- 0:09¿dónde es que actúa el el perito en
- 0:12estos tipos de procesos? Bueno,
- 0:14entonces, como yo les recién decía, los
- 0:16procesos de conocimiento
- 0:18lo pueden designar antes de la de la
- 0:21demanda por alguna pericia anticipada
- 0:23que se necesite, un perito arquitecto
- 0:26porque necesita ver unas filtraciones,
- 0:28eh, o para asegurar alguna prueba
- 0:30mecánica, por ejemplo, en el caso de
- 0:32ingeniero mecánico, o porque tienen que
- 0:34vender el auto y necesitan asegurarse e
- 0:37que el perito se expida sobre el estado
- 0:40de esa prueba fundamental que es el
- 0:42robado.
- 0:44o por los motivos que sea, el jueces,
- 0:45los jueces muchas veces se da la prueba
- 0:47anticipada.
- 0:49Eh, o si no va a ser en los juicio de
- 0:51conocimiento, en la etapa de la apertura
- 0:53prueba se va a designar el perito
- 0:55para que haga la prueba como se hace con
- 0:58el resto de la prueba. O sea, no
- 0:59solamente se va van van a ir se va a
- 1:02hacer la prueba pericial, sino se van a
- 1:03hacer el resto de las pruebas, las
- 1:04pruebas testimoniales, las pruebas
- 1:05confesional, la prueba informativa. Van
- 1:07a ir todas en esa etapa de prueba que es
- 1:09la prueba más compleja, más larga. Eh,
- 1:12quiero decir, la etapa, digo, la etapa
- 1:13más compleja, más larga, porque es la
- 1:16que lleva más tiempo. Obviamente de las
- 1:18tres etapas que tenemos en los procesos
- 1:19de conocimiento, que es la instructoria,
- 1:21la de prueba y la decisoria. Sin duda,
- 1:24la etapa que tiene que ver con la etapa
- 1:26de prueba es la etapa más larga y como
- 1:28yo les decía, es la etapa donde en
- 1:31definitiva va va a ser dónde eh va a a
- 1:35saberse dónde se quién gana ese proceso
- 1:38eh en función de las pruebas que se
- 1:40hayan logrado consolidar.
- 1:42Entonces, el perito tiene en esas dos
- 1:44etapas eh ya sea antes de la etapa de de
- 1:48apertura, se lo pudo haber designado o
- 1:50si no en la etapa de prueba. También es
- 1:53verdad de que el juez puede pedirle al
- 1:55perito una vez que ya realizó su prueba
- 1:59y ya se impugnó y contestó las
- 2:01impugnaciones y a lo mejor con la
- 2:03clausura del periodo de prueba y con
- 2:05autos para sentencia
- 2:07el juez considere eh que hay que pedir
- 2:11alguna eh aclaración al perito o nuevos
- 2:14puntos de pericia. Esas son las
- 2:16facultades que tiene el juez de pedirlo.
- 2:18O sea, que el perito, una vez que se
- 2:20clausura el periodo de prueba, no
- 2:22necesariamente quiere decir que terminó
- 2:24su tarea, sino que hay eh puede ser que
- 2:27el juez ya cuando está estudiando en la
- 2:30sentencia eh necesita alguna aclaración
- 2:33del perito o o designe un perito en esa
- 2:36etapa como una medida para mejor
- 2:37proveer. El juez tiene esa posibilidad
- 2:40de designar un perito que hasta ahora no
- 2:42se había designado o al mismo pedirle
- 2:44algunas explicaciones, algunas
- 2:45aclaraciones o inclusive nuevos medios
- 2:47de prueba.
- 2:49O inclusive también puede pasar eso en
- 2:51cámara, que el expediente el perito
- 2:54presentó su pericia, fue impugnada o no,
- 2:56se terminó, el juez dictó la sentencia y
- 2:59llega a Cámara y Cámara pide la
- 3:00comparecencia del perito para pedir la
- 3:02explicación. Ella puede ser que solo al
- 3:04perito se le pidan explicaciones
- 3:06específicas y o se le dan los nuevos
- 3:08puntos de pericia o se lo llama a una
- 3:09audiencia
- 3:11para que esté con las partes donde las
- 3:13partes le pueden preguntar. Esos muchas
- 3:15veces se suele utilizar esto cuando eh
- 3:17las impugnaciones, hay muchas
- 3:19impugnaciones. Entonces, el tema de ir y
- 3:21dar traslado, dar traslado, a veces es
- 3:23mejor convocarlo al perito con las
- 3:25partes, en una audiencia y ahí es donde
- 3:27se hacen todas las preguntas y las
- 3:29impugnaciones y se sanja definitivamente
- 3:31esa cuestión para que eh no esté en ese
- 3:34ida y vuelta que lo único que hace es
- 3:35dilatar el proceso.
- 3:38En el juicio ejecutivo es menos común la
- 3:40designación de los peritos. Lo más lo
- 3:43que puede llegar a suceder por ahí es
- 3:44una pericial caligráfica porque se
- 3:46desconozca una firma, pero no es lo
- 3:48habitual la designación del perito,
- 3:50porque justamente como yo les recién les
- 3:52decía, eh la prueba,
- 3:56el proceso ejecutivo es un proceso muy
- 3:58rápido y además está muy limitado en lo
- 4:00que es prueba. De hecho, el juicio
- 4:03ejecutivo siempre deja abierto el
- 4:04ordinario posterior. ¿Por qué? Porque al
- 4:06estar tan limitado en las defensas y
- 4:09excepciones y en todas las pruebas, en
- 4:11todo aquello que no se pudo hacer, se
- 4:12deja abierta la posibilidad de hacer un
- 4:14juicio ordinario posterior, que sería
- 4:15este proceso de conocimiento. Eso sería
- 4:18la de los títulos extrajudiciales, no es
- 4:20en el caso de los títulos judiciales,
- 4:21porque obviamente de los títulos
- 4:23judiciales ya viene con ese antecedente
- 4:24de un proceso judicial que termina con
- 4:27esta ejecución de la sentencia.
- 4:30Entonces, en ese caso no da no daría
- 4:33lugar a la designación este de un
- 4:36perito. Eh, en cambio, en los en el de
- 4:39los títulos extrajudiciales puede caber
- 4:41la posibilidad ante un desconocimiento
- 4:42de una firma o alguna cuestión así
- 4:45regular que se presente, pero no hay
- 4:47muchas posibilidades de designaciones de
- 4:50peritos. Ahora bien, eh yendo al punto
- 4:54que teníamos que ver entonces eh cómo
- 4:57cuadra esta actividad de los peritos, eh
- 5:00en cuanto a si pueden ser citados o no.
- 5:03Bueno, los jueces eh tienen facultades
- 5:06de citarlos eh ya sea en la etapa de
- 5:09prueba como en la etapa de sentencia.
- 5:10¿Por qué es esto?
- 5:12Eh, el proceso originariamente procesal
- 5:14civil siempre fue bosquejado desde una
- 5:18postura eh que los jueces tenían que
- 5:21tener una una postura bastante
- 5:22expectante en el proceso y que su
- 5:24función era dictar sentencia. en sus
- 5:27orígenes en el proceso civil como que no
- 5:29estaba bien vista esa ese ímpetu de un
- 5:31juez que se metiera en el proceso,
- 5:33hiciera preguntas o dictara alguna media
- 5:36para mejor proveer. Hoy eso está
- 5:38sanjado, totalmente superado y es
- 5:41impensado pensar que está mal que un
- 5:43juez tome estas medidas. De ahí están
- 5:45estas facultades instructorias y
- 5:48ordenatorias que tienen los jueces, que
- 5:50sería otro de los puntos del programa.
- 5:53Los jueces hoy en día se ve un activismo
- 5:55judicial y es justamente forma parte del
- 6:00rol de los jueces ese activismo
- 6:01judicial. El juez tiene que procurar
- 6:03llegar a una sentencia justa. Ese tiene
- 6:06que ser el principal argumento de peso,
- 6:09es el principal factor a la hora de de
- 6:12que el juez tome estas medidas
- 6:14instructorias y ordenatorias en el curso
- 6:16del proceso.
- 6:18Tiene un montón. Eso tiene un canal
- 6:20importantísimo de medidas. Así como
- 6:22tiene medidas para evitar la
- 6:24paralización del proceso, eh
- 6:26complementar alguna prueba. En el caso
- 6:28que a nosotros nos importa, que sea el
- 6:29tema de los peritos, es justamente que
- 6:32el juez eh decida la designación de un
- 6:35perito o que se complemente una pericia
- 6:38eh o alguna medida este que acompañe esa
- 6:42prueba pericial. Justamente para llegar
- 6:44a una sentencia lo más justa posible.
- 6:46Hoy el fundamento que se tiene de esto
- 6:48es la tutela judicial efectiva. Los
- 6:50jueces
- 6:51es importante que dicen una sentencia
- 6:54justa y en tiempo razonable y que buscar
- 6:58la mejor manera de que esa sentencia
- 7:00esté fundada. y fundada. Muchas veces eh
- 7:03a las partes se les escapan determinadas
- 7:05pruebas o quedan cosas inconclusas y ahí
- 7:07es donde están esas facultades. Después
- 7:10hoy el juez no es que aparece en el
- 7:13momento de dictar sentencia, sino que el
- 7:14juez es ya arranca su su protagonismo
- 7:18con el proceso ya desde la etapa de la
- 7:20audiencia preliminar. eh esta figura tan
- 7:23importante que yo nombraba al principio
- 7:25de esta charla, eh que es una de las
- 7:27reformas que se hizo al Código Procesal,
- 7:29donde el juez tiene yene es un deber que
- 7:31tiene el juez de tomar personalmente la
- 7:33audiencia bajo pena de nulidad. ¿Qué
- 7:36quiere decir con esto? Porque ahí está
- 7:37la importancia de que el juez ahí es
- 7:39donde va a definir cuáles son las
- 7:40pruebas que él necesita para el dictado
- 7:42de la sentencia. Qué mejor que sea el
- 7:43juez el que defina cuáles son las
- 7:46pruebas que él necesita para el dictado
- 7:47de esa sentencia justa y en tiempo
- 7:49razonable. y también a tener en cuenta
- 7:53en no designar prueba de más, porque qué
- 7:55lleva además de un dispendio
- 7:57jurisdiccional,
- 7:58eh eh lo único que hace es alargar el
- 8:01proceso y ahí es esa importancia eh de
- 8:04la comparecencia del juez en estas
- 8:06audiencias.
- 8:07Entonces están eh ya desde ahí el juez
- 8:10arranca eh designando cuál es la prueba
- 8:13que necesita, cómo la necesita, dando
- 8:15las instrucciones de cómo va a ser y a
- 8:19lo mejor en ese estado no define algunas
- 8:21pruebas que puede necesitar, pero cuando
- 8:23llega el momento de estudio para dictar
- 8:24sentencia considera que esas pruebas que
- 8:27él decidió siguen siendo insuficientes o
- 8:30en los términos en que fue realizada
- 8:32necesitan alguna algún complemento y de
- 8:35ahí está es que el juez ordena alguna eh
- 8:38prueba adicional para justamente llegar
- 8:41a esa sentencia, tan ansiada sentencia,
- 8:44que sea lo más eh justa o más aproximada
- 8:47a la verdad posible. El juez hoy ha
- 8:49cambiado su rol y tiene que la búsqueda
- 8:52de la verdad. Tiene que ser el primer
- 8:55factor a ponderar en la búsqueda de la
- 8:57verdad. Y como eh tiene un
- 9:00desconocimiento de determinadas áreas,
- 9:02que lógicamente se tiene que valer del
- 9:04perito. Y ahí está la importancia de por
- 9:06qué puede ser que el perito necesite que
- 9:08comparezca antes de dictar sentencia,
- 9:10porque en el momento de dictar
- 9:12sentencias donde ya tiene los autos eh
- 9:15todos estudiados con todas las pruebas y
- 9:17es el momento de decidir. y en ese
- 9:18momento de decidir considera que hay
- 9:20algo que falta o que es necesario algo
- 9:23para de alguna manera cerrar ese círculo
- 9:25para el dictado de la sentencia, que es
- 9:27la decisión final, porque ahí él ya
- 9:29termina su eh relación con el proceso en
- 9:32lo que es cuestiones de fondo. Después
- 9:34quedarán las cuestiones tangenciales del
- 9:36proceso, que es las regulaciones de
- 9:37honorarios,
- 9:39la ejecución de la sentencia, pero ya no
- 9:41se puede volver para atrás una vez que
- 9:42el juez di la sentencia, ahí cierra al
- 9:45menos su intervención respecto de ese
- 9:47proceso. La sentencia también regula
- 9:49honorarios y están los honorarios de los
- 9:51peritos y de todos los profesionales que
- 9:53intervinieron y por eso la importancia
- 9:55del perito de la ejecución de la
- 9:57sentencia porque que sepan cómo se
- 10:00ejecutan sus honorarios que va por la
- 10:02vía de la ejecución de la sentencia.
- 10:04Puede que no les regulen en esa
- 10:06oportunidad porque sea necesario una
- 10:08liquidación definitiva o alguna
- 10:09actividad complementaria. A veces el
- 10:10proceso no consta del monto por algún
- 10:13motivo y en ese caso se hace luego en
- 10:16otra en otra caso posterior esa
- 10:18regulación de honorarios, pero si tiene
- 10:20regulación de honorarios, los peritos
- 10:22una vez que está firme la regulación de
- 10:23honorarios, aún cuando este
- 10:27pueda faltar que otros no la ejecuten,
- 10:30el perito una vez que está firme este su
- 10:33regulación de honorarios y la sentencia,
- 10:35obviamente si está incluida dentro de la
- 10:37regulación de honorarios, eh ya pueden
- 10:39ejecut ecutar esos sus honorarios en
- 10:41forma individual y y directamente
- 10:43iniciar su ejecución de honorarios
- 10:45obviamente dentro del mimo proceso.
- 10:47Entonces, el juez tiene facultades tanto
- 10:50instructorias y ordenatorias, que son
- 10:52las facultades, que las tenemos en el
- 10:54artículo 36 del Código Procesal, y
- 10:56también tiene facultades disciplinarias
- 10:58que están contenidas en el artículo 35
- 11:00del Código Procesal, justamente por este
- 11:02esta función de de director del proceso
- 11:05que tiene el juez, eh ese rótulo que ha
- 11:08cambiado, que ha evolucionado del juez
- 11:10espectador del proceso, que se metía
- 11:12solamente en el momento de dictar
- 11:13sentencia con el material que tenía en
- 11:15ese momento, así como lo tenía, dictaba
- 11:16sentencia.
- 11:17con las pruebas que tenía le estaba
- 11:19vedada cualquier posibilidad de medidas
- 11:22para mejor proveer o cualquier eh
- 11:24actividad complementaria.
- 11:26Ahora eso ha cambiado y si hemos hecho
- 11:28un giro de 180 gr y hemos llegado a esta
- 11:31función de de juez director de proceso y
- 11:34no solamente tiene esta actividad
- 11:36instructoria y ordenatoria, sino también
- 11:38estas potestades disciplinarias, es
- 11:41decir, ¿quién mejor que el juez como
- 11:43director de proceso para velar por un
- 11:45proceso que sea disciplinado, acorde,
- 11:49honesto, eh, y tener todo el poder para
- 11:53dictar las medidas conducentes? para
- 11:55sancionar cualquier acto que interfiera
- 11:58en el buen curso del proceso. El juez
- 12:00cuenta con esas facultades, es decir, el
- 12:03juez cuenta con esa esa amplia gama de
- 12:05facultades instructorias, ordenatorias y
- 12:07disciplinarias para que ese proceso
- 12:10pueda converger en una sentencia lo más
- 12:13razonable y justa posible y en los
- 12:15plazos correspondientes. Ese es el
- 12:18fundamento de esta función que hoy
- 12:20tienen los jueces y de esas
- 12:22posibilidades y abanico de posibilidades
- 12:23que tienen para lograr. Bueno, espero
- 12:26haber sido muy clara, así que bueno,
- 12:28muchísimas gracias y esperemos que haya
- 12:32sido lo más entendible posible. Gracias.
- 12:35M.
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