Sesión 2. Jornadas de introducción al estudio del CNPCyF — Transcript
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- 0:52Muy buenas tardes a todas y a todos. Les
- 0:54damos la cordial bienvenida a esta
- 0:57segunda sesión de las jornadas de
- 0:59introducción al estudio del Código
- 1:01Nacional de Procedimientos Civiles y
- 1:03Familiares. El órgano de Administración
- 1:05Judicial del Poder Judicial de la
- 1:07Federación, a través de su órgano
- 1:08auxiliar, que es la Escuela Nacional de
- 1:10Formación Judicial, les da la más
- 1:12cordial bienvenida a esta segunda
- 1:13sesión. El día de hoy tenemos el honor
- 1:16de contar con el docente, con el Dr.
- 1:18Marco Antonio Castellano Osmar, quien
- 1:21nos ha hecho el favor de de compartirnos
- 1:25sus conocimientos. Voy a leer una breve
- 1:27reseña curricular del doctor para
- 1:30posteriormente darle el uso de la voz,
- 1:32pero no sin antes recordarles a todos y
- 1:34a todos que al final de la sesión
- 1:36pasaremos el código QR de la asistencia
- 1:38para que por favor este estén muy
- 1:41atentos a este código QR porque es la
- 1:42única manera de pasar la asistencia. Una
- 1:45vez [resoplido] que hayan pasado ustedes
- 1:46la asistencia, podrán retirarse de la
- 1:48sesión sin ningún inconveniente. Muy
- 1:50bien. El Dr. Marco Antonio Castellanos
- 1:53Maricenciado en derecho por la
- 1:55Universidad Veracruzana Campus Jalapa.
- 1:57Realizó estudios de posgrado de maestría
- 1:59en derecho privado y doctorado en
- 2:02derecho con desempeño de excelencia por
- 2:04la Universidad Cristóbal Colón con sede
- 2:07en Boca del Río, Veracruz. Tomó diversos
- 2:09cursos y diplomados jurídicos impartidos
- 2:11por el Poder Judicial del Estado de
- 2:13Veracruz. el Poder Judicial de la
- 2:15Federación, el Instituto de
- 2:16Investigaciones Jurídicas de la UNAM y
- 2:18la Universidad Veracruzana. Cuenta con
- 2:20una carrera en el queacer jurisdiccional
- 2:23de más de 14 años en el Poder Judicial
- 2:26del Estado de Veracruz, donde ocupó los
- 2:28cargos de oficial administrativo,
- 2:30secretario de estudio y cuenta,
- 2:32secretario de acuerdos y desde el 2015
- 2:34juez de primera instancia en las
- 2:36materias de derecho civil, familiar,
- 2:37mercantil y penal en juicios orales. En
- 2:40el 2023 inició sus labores profesionales
- 2:43en el Poder Judicial de la Federación en
- 2:45el que desempeñó los cargos de
- 2:46secretario particular de magistrado de
- 2:48circuito, secretario de acuerdos del
- 2:50Tribunal Colegiado de Circuito y
- 2:52actualmente secretario de juzgado
- 2:54primero del insito en materia de amparo
- 2:56civil, administrativa y del trabajo y
- 2:59los juicios federales del sexto y de
- 3:02juicios federales del sexto circuito con
- 3:05residencia en San Andréscholula,
- 3:08Puebla. En el ámbito académico ha sido
- 3:10catedrático de universidades en los
- 3:13estados de Veracruz, Puebla y Oaxaca, en
- 3:15las que ha impartido clases a nivel
- 3:17licenciatura, maestría y doctorado con
- 3:19las materias de derecho internacional,
- 3:21privado, derecho procesal civil y
- 3:23familiar, derecho penal y juicios orales
- 3:26en materia penal y juicio de amparo.
- 3:28Además, fue conferencista en eventos
- 3:30jurídicos y diplomados organizados por
- 3:32el Poder Judicial del Estado de
- 3:33Veracruz, la Suprema Corte de Justicia
- 3:35de la Nación y el Poder Judicial de la
- 3:37Federación. el Poder Judicial de
- 3:39Chiapas, así como por foros de abogados
- 3:42y universidades públicas y privadas. Sin
- 3:44más por el momento, muchísimas gracias,
- 3:47Dr. Castellanos, por el honor de su
- 3:49presencia y dejamos el uso de la voz con
- 3:51usted. Muchas gracias.
- 3:54Buenas tardes. Buenas tardes. Gracias a
- 3:57todos ustedes por el favor de su
- 3:58atención. Gracias a la Escuela de
- 4:01Formación Judicial del órgano de
- 4:03Administración Judicial. Eh, es para mí
- 4:06un honor formar parte de este de esta
- 4:10jornada de estudio, eh por ser parte
- 4:13también de la institución. Y bueno, pues
- 4:16vamos a a dar inicio a esta sesión. La
- 4:20dinámica es eh como ustedes ya la han eh
- 4:25identificado, eh explicaré los temas
- 4:28sobre los que va a tratar mi exposición
- 4:32y me parece que en la parte final,
- 4:34porque sí quiero tener esa retribución
- 4:38con ustedes, podremos eh dilucidar las
- 4:41dudas que queden sobre este tema.
- 5:03Bien, pues
- 5:06vamos a hablar de un código nacional de
- 5:08procedimientos eh civiles y familiares
- 5:12que está vigente publicado en el Diario
- 5:15Oficial de la Federación desde el 2023,
- 5:18lo que nos ha permitido consultarlo.
- 5:22Eh, hasta hace algunos meses eh no
- 5:26habíamos tenido la oportunidad de eh
- 5:28aplicarlo y de interpretarlo más allá de
- 5:31lo que estaba en el documento. Esto
- 5:34acontece en materia de amparo con una
- 5:37reforma el 15 de marzo de 2025 que
- 5:41establece ya en un transitorio la
- 5:43posibilidad de aplicarlo de forma
- 5:45supletoria.
- 5:46todavía se sujetó a debate la
- 5:48posibilidad de de no hacerlo. Ya esto
- 5:51está ilucidado, por ejemplo, en el en la
- 5:55en el pleno regional Centro Sur y de eso
- 5:58pues ha permitido entonces conocer qué
- 6:01es lo que nos ofrece este Código
- 6:03Nacional. Primero, pues tenemos que
- 6:05saber que este es el eh eh el cierre de
- 6:09una transición del sistema jurídico
- 6:12mexicano en materia de procedimientos
- 6:14hacia los procedimientos de corte
- 6:16acusatorio y adversarial. Con esto
- 6:19dejamos ya la mayoría de los
- 6:21procedimientos inquisitivos y
- 6:24preponderantemente escritos para
- 6:26trascender a lo que conocemos ya en
- 6:29otras materias como la penal, mercantil,
- 6:33laboral, eh este procedimiento de corte
- 6:36acusatorio y preponderantemente oral.
- 6:40Eh, para esto vamos a identificar cómo
- 6:43la impartición de justicia va a operar
- 6:46en materia civil y familiar. Tenemos que
- 6:49precisar que esta es una forma de
- 6:52impartir justicia en materia civil y
- 6:55familiar
- 6:57y por ende tenemos que identificar como
- 7:00las garantías constitucionales de eh
- 7:03juicio previo, de impartición de
- 7:05justicia, de actos de molestia,
- 7:07seguridad jurídica y legalidad, van a
- 7:09tener un cambio este significativo en la
- 7:14manera de impartir justicia. Partimos de
- 7:17la idea de que un proceso judicial se
- 7:20compone esencialmente, según su teoría,
- 7:23de la eh fase postulatoria, una fase
- 7:26probatoria, una fase de alegatos y una
- 7:29fase conclusiva con una posibilidad de
- 7:32impugnar esa fase conclusiva. Estas son
- 7:35las garantías de un debido proceso.
- 7:38Estas son las garantías de de un derecho
- 7:40de audiencia identificado así en el
- 7:42artículo 14 constitucional. la
- 7:45posibilidad que tenemos todos de poder
- 7:47defender nuestros derechos y sobre todo
- 7:49nuestros bienes más valiosos como la
- 7:51vida, la libertad, la propiedad de las
- 7:53personas ante los actos de autoridad.
- 7:57Hablamos entonces de que toda estructura
- 8:00de procedimiento jurisdiccional o de
- 8:03juicio tendrá esos elementos. Pero en la
- 8:07sección audiencia en materia de procesos
- 8:10acusatorios adversariales, tenemos una
- 8:13modificación de lo que entendemos por
- 8:15audiencia hasta antes de la
- 8:17implementación de los procesos
- 8:19acusatorios y adversariales. Audiencia
- 8:21era un acta constituida de forma escrita
- 8:25en la que se trataba de transcribir la
- 8:27mayoría de lo que acontecía en un acto
- 8:30procesal. Eh, la validez de esta acta la
- 8:33daba el propio juzgador que actuaba como
- 8:38eh una persona secretaria dotada de fe
- 8:41que permitía transcribir la mayoría de
- 8:44los actos que se desarrollaban, más bien
- 8:46la totalidad, aunque en esa
- 8:48transcripción podrían generarse o se
- 8:51generaron vicios de comunicación, vicios
- 8:55de eh inmediación sobre todo. Entonces,
- 8:59con esta nueva forma de impartir
- 9:01justicia a través de la oralidad,
- 9:05hacemos parte de esta impartición de
- 9:08justicia al uso de tecnologías. Están
- 9:12unidas y son estructuras fundamentales
- 9:15de la impartición de justicia.
- 9:19A partir de la tecnología. Entonces,
- 9:21podemos constatar y corroborar las
- 9:24actuaciones judiciales que se
- 9:25desarrollen de forma oral eh en
- 9:28presencia de la autoridad
- 9:30jurisdiccional,
- 9:32en videograbaciones que constarán en
- 9:34archivos informáticos que ya hemos
- 9:37identificado con un como un valor
- 9:40documental, un documental público que
- 9:44tiene eh una videograbación, una
- 9:47audiencia oral.
- 9:51Esas formalidades esenciales, partiendo
- 9:54de la idea de que tenemos una
- 9:56posibilidad de postular un
- 9:59planteamiento, de probarlo, de alegarlo
- 10:02y de obtener esa resolución definitiva,
- 10:04van a seguir prevaleciendo. No va a
- 10:07modificar eso en el Código Nacional de
- 10:10Procedimientos Civiles y Familiares. No
- 10:12obstante, la forma en la que se
- 10:14desarrollen estos actos sí tendrá una
- 10:17modificación.
- 10:20tendremos un inicio de la mayoría de los
- 10:22procesos y de las vías en los códigos
- 10:24nacionales e perdón, el código nacional
- 10:27eh con una acusación privada. Es decir,
- 10:30el planteamiento de los escritos
- 10:32postulatorios en su mayoría seguirá
- 10:35siendo eh así de esa formalidad por
- 10:39escrito.
- 10:40Y posteriormente la fase probatoria,
- 10:43alegatos, el dictado de la sentencia,
- 10:46incluso la fase de ejecución y sus
- 10:49impugnaciones tendrán una etapa oral,
- 10:54una audiencia que se desarrollará
- 10:57en presencia de la autoridad
- 10:58jurisdiccional.
- 11:00eh es a partir de eh esta nueva
- 11:03modalidad que entonces también la forma
- 11:05de postular y de plantear las acciones
- 11:08va a sufrir una modificación.
- 11:11Eh, los escritos postulatorios forman
- 11:14parte de una prueba más del contenido de
- 11:18un juicio que se va a integrar también
- 11:21por audiencias orales y planteamientos
- 11:24eh eh
- 11:26expresados así con esa formalidad.
- 11:29Eh, de ahí que lo que nos propone el
- 11:32Código Nacional es
- 11:35usar metodologías
- 11:37de cómo estructurar las acciones, cómo
- 11:40atender las excepciones y cómo atender a
- 11:43lo que se conoce como las teorías del
- 11:46caso. figura procesal que ya también la
- 11:50conocemos, no es desconocida para el
- 11:52sistema jurídico mexicano porque ha sido
- 11:54parte de los procesos orales penales,
- 11:59teoría del caso que va a servir como
- 12:01metodología para expresar nuestros
- 12:03planteamientos en las audiencias orales
- 12:06al momento de debatir, contradecir,
- 12:09planteamientos de ofrecimiento y
- 12:12desahogo de pruebas, planteamientos
- 12:14incidentales, cuestionamientos sobre
- 12:17excepciones procesales y sobre todo el
- 12:19debate de fondo de nuestras acciones
- 12:22civiles y familiares.
- 12:25Eh, esta forma de impartir justicia,
- 12:28según el Código Nacional de
- 12:30Procedimientos Civiles y Familiares,
- 12:32parte de cuatro elementos básicos eh que
- 12:36van a dimanar en toda la estructura
- 12:39procesal. Esto es eh qué cuáles serán
- 12:44los principios que van a regir en todas
- 12:46las vías que contempla el código.
- 12:48Tenemos vías ordinarias, ejecutivas,
- 12:50hipotecarias,
- 12:52prejuiciales. Eh, tenemos eh
- 12:55procedimientos sucesorios, eh tenemos
- 12:58también los procedimientos arbitrales y
- 13:01sobre todo procedimientos
- 13:02convencionales. Sin embargo, estos
- 13:05puntos van a ser los que van a
- 13:07estructurar esas vías. Primero,
- 13:11eh el principio relativo a la
- 13:15ponderación de que durante todo el
- 13:17tiempo que dure un conflicto civil o
- 13:21familiar, debe ponderarse la aplicación
- 13:25de la solución del fondo por sobre las
- 13:28formalidades procesales.
- 13:31En este en este código se nos invita o
- 13:34se establece como regla fundante de la
- 13:38impartición de justicia el que el juez
- 13:40tenga una postura
- 13:43proclive a buscar la solución de los
- 13:45conflictos por anteobservar formalidades
- 13:49que enerven este desarrollo.
- 13:52De ahí que podremos ver que habrá
- 13:55posibilidades de que las vías puedan ser
- 13:58flexibles.
- 14:00Tendremos vías orales ordinarias en
- 14:03donde habrá posibilidades de que las
- 14:04partes planteen procedimientos
- 14:06convencionales,
- 14:08acoten los términos, establezcan
- 14:10formalidades
- 14:12mínimas y lleguen a una solución más
- 14:16pronta. Este principio va a estar
- 14:19también vigente
- 14:21en todo lo relativo a eh materia
- 14:25familiar cuando se trate de eh solventar
- 14:29los conflictos que tengan las partes a
- 14:31través del procedimiento,
- 14:33perdón, a través del principio de
- 14:34colaboración,
- 14:36principio que consiste en que las partes
- 14:39eh aportarán y ayudarán o ayubarán de
- 14:42alguna forma con la autoridad
- 14:44jurisdiccional para poder llegar a una
- 14:47solución sobre sus conflictos. También
- 14:51otro principio que regirá a la
- 14:53impartición de justicia será la
- 14:55aplicación y eh la observancia de los
- 14:59principios del juicio oral.
- 15:02Esto quiere decir que en aquellas días
- 15:05en donde esté en donde no esté
- 15:08debidamente reglamentada una audiencia
- 15:11eh y haya necesidad de desahogar una
- 15:13diligencia, también se observarán las
- 15:16reglas de la oralidad, de los juicios
- 15:19orales, del desahogo, de las pruebas
- 15:22testimoniales, de las declaraciones,
- 15:25de la manera en la en cómo se lleva la
- 15:29información hacia el juez, la
- 15:31inmediación
- 15:32y todos los principios que rigen a la
- 15:35oralidad estarán vigentes en cualquier
- 15:39eh procedimiento que surja con base en
- 15:42estos códigos, con base en este código,
- 15:45perdón.
- 15:47Otro elemento, otro principio que regirá
- 15:49a la impartición de justicia será el uso
- 15:53del beneficio de la justicia
- 15:55alternativa.
- 15:57Y esto dependerá mucho de cómo estén
- 15:59estructurados orgánicamente los poderes
- 16:02judiciales de las entidades federativas.
- 16:04Ahí podremos identificar eh si existe
- 16:08algún alguna institución destinada a ese
- 16:10fin o si eh es posible que se haga a
- 16:14través de las propias eh autoridades.
- 16:16Por ejemplo, en Veracruz existe un
- 16:19centro estatal de justicia alternativa
- 16:22dependiente del poder eh judicial y del
- 16:26poder ejecutivo
- 16:28en una mezcolanza ahí de de
- 16:32administraciones que permite entonces
- 16:34dar esa posibilidad a los a las partes,
- 16:37a las a los gobernados de solventar sus
- 16:40controversias. Pero tenemos en en
- 16:42Puebla, por ejemplo, las autoridades
- 16:44jurisdiccionales
- 16:46eh hacen la función de esta posibilidad
- 16:50de solventar justicias alternativas.
- 16:53Por otro lado, tenemos la posibilidad de
- 16:55que se celebren procedimientos
- 16:57convencionales a través de pactos de las
- 17:00partes.
- 17:01Este es un derecho procesal de los
- 17:03litigantes. Eh, surge a partir de que se
- 17:06inicia la controversia y estará vigente
- 17:09durante todo el procedimiento hasta
- 17:11antes del dictado de la sentencia.
- 17:14Consiste básicamente en que las partes
- 17:16establezcan un procedimiento de solución
- 17:19de sus controversias en el que se
- 17:21respeten las formalidades esenciales de
- 17:23un procedimiento y que dependerá de la
- 17:27aprobación del juez para que se observe.
- 17:29Más adelante lo vamos a ir
- 17:31desarrollando. Por último, el uso de la
- 17:34tecnología de la información y la
- 17:37comunicación como principio eh rector de
- 17:40la infarción de justicia. Básicamente
- 17:42porque la oralidad eh está encaminada
- 17:46con la tecnología para tener eficacia.
- 17:49Ahora no tendremos actas para constatar
- 17:52los actos judiciales procesales, sino
- 17:55que tendremos archivos informáticos
- 17:58eh a través de vídeos eh de
- 18:03videograbaciones de audiencias o de
- 18:05grabaciones de videoconferencias.
- 18:08El uso de la tecnología es un principio.
- 18:12Veremos un apartado, un libro específico
- 18:15en el Código Nacional de Procedimientos
- 18:18Civiles y Familiares, que desarrolla
- 18:20cuál es el valor de la tecnología, cómo
- 18:23debe utilizarse y sobre todo qué papel
- 18:26juega en la administración de la
- 18:29justicia
- 18:30a cargo de los de los jueces, de las
- 18:33personas juzgadoras.
- 18:35Esto quiere decir que una persona
- 18:37juzgadora que estará implementando este
- 18:40código no solo deberá tener los la
- 18:44estructura en el conocimiento de
- 18:45administrar la justicia eh desde el lado
- 18:48administrativo en la función
- 18:51jurisdiccional, sino también
- 18:53desde la función del uso de las
- 18:55tecnologías. Deberá conocer cómo se
- 18:57desarrollan, eh deberá establecer el
- 19:01valor y cómo desarrollarla.
- 19:04Eh, más adelante también voy a ir
- 19:07poniendo algunos ejemplos ejemplos de
- 19:09cómo la tecnología puede servir como un
- 19:12mecanismo que desahogue y ayude en la
- 19:14impartición de propicia. Pero estos
- 19:17principios, estos principios vectores a
- 19:19su vez van a ir desarrollándose en
- 19:21principios procesales que el propio
- 19:25código identifica también como parte de
- 19:28esto. Es decir, partiendo de los
- 19:30principios rectores, estos cuatro
- 19:32puntos, habremos de identificar
- 19:35principios procesales que cada uno de
- 19:37ellos va a enmarcar a su vez esos otros
- 19:40cuatro principios. El acceso a la
- 19:42justicia pues lo vamos a encontrar en
- 19:45esa posibilidad que tiene el juzgador de
- 19:48eh flexibilizar los procesos, sobre todo
- 19:51en materia de familia. Eh, ojo con esto
- 19:54porque e es muy usual que en este tipo
- 19:59de de juicios familiares quienes estén
- 20:02involucrados tengan un grado de
- 20:05vulnerabilidad por la pertenencia a un
- 20:08grupo familiar que por ese eh por esa
- 20:11distribución de roles puede generar un
- 20:13desequilibrio sobre todo económico, que
- 20:16le impida tener el acceso a la justicia.
- 20:20En materia de alimentos, el Código
- 20:22Nacional adelanta que es posible
- 20:25plantear las peticiones iniciales de
- 20:28peticiones de alimentos desde forma
- 20:31escrita y de forma eh verbal.
- 20:34Eh, esto no está desarrollado
- 20:37en en otras eh en otras vías, sin
- 20:40embargo, ya deja una puerta abierta a
- 20:42que garantizando el acceso a la justicia
- 20:45se pueda escuchar la petición de la
- 20:47parte y se pueda implementar el
- 20:49procedimiento a la luz del uso de estos
- 20:52principios. Esa postura del de la
- 20:55persona juzgadora en materia de familia
- 20:58tendrá también que ver con la aplicación
- 21:01de principios de carácter sustantivo
- 21:04como el respeto a las personas con
- 21:06condiciones de vulnerabilidad.
- 21:08Tendremos también el principio de
- 21:10concentración que implica pues
- 21:13obviamente la preponderancia de la
- 21:14solución del fondo sobre la forma. Y
- 21:17esto ya lo hemos eh debatido, ya lo
- 21:20hemos encontrado en forma controvertida,
- 21:23por ejemplo, en materia mercantil,
- 21:25cuando hablamos de la concentración de
- 21:27la audiencia intermedia con la audiencia
- 21:30de juicio, eh cuando existen solo
- 21:33pruebas documentales o instrumentales,
- 21:35esa misma regla se reitera en este
- 21:38código y existe un precedente del pleno
- 21:42regional Centro Sur que ya dilucidó eh
- 21:45que en esos esos casos debe aplicarse la
- 21:48regla. La el cuestionamiento y la
- 21:51pregunta es en este código nacional en
- 21:53donde los principios son también eh
- 21:56parte rectora de la implementación,
- 21:59¿cómo debe interpretarse también esa
- 22:00regla? Es posible que a la luz de la
- 22:03intervención de las partes y sin y sin
- 22:05afectar su equidad ni derechos
- 22:08fundamentales, pueda concentrarse la
- 22:10audiencia preliminar y de juicio para
- 22:13evitar mayores actos procesales y
- 22:17resolver el fondo. Eso me parece que
- 22:19será un tema muy interesante de de
- 22:22encontrar, sobre todo porque en este
- 22:24planteamiento de la tesis de
- 22:25jurisprudencia que les que les comento,
- 22:28eh hay un voto particular de un
- 22:30magistrado que se decanta por el por la
- 22:33aplicación de los principios por ante
- 22:36las formalidades.
- 22:38Tenemos el principio de colaboración que
- 22:40también va a propugnar por la solución
- 22:42de del fondo por la forma y este es
- 22:45precisamente la posibilidad de que las
- 22:48partes propongan se auxilien de la
- 22:52persona juzgadora para escuchar sus
- 22:54formas de solución y obtenerlas en las
- 22:58etapas procesales del del de los
- 23:01juicios, en las audiencias en donde
- 23:04estén en esa comunicación directa con el
- 23:06juzgador.
- 23:08hay posibilidades de implementar a
- 23:10partir de este principio diálogos que
- 23:12permitan una solución inmediata. La
- 23:15continuidad será también una una eh
- 23:20estructura de buscar la forma de
- 23:24solventar el fondo por la por la forma.
- 23:27Precisamente porque
- 23:29eh les reitero, la posibilidad de
- 23:31concentrar actos y de continuar los
- 23:35momentos procesales en en menos eh actos
- 23:38va a permitir solventarlos de manera más
- 23:42pronta. la igualdad procesal. Pues este
- 23:45principio me parece que eh ya lo ya lo
- 23:49identificamos en otras materias. No
- 23:51obstante, en este código nacional tiene
- 23:54una relevancia por la posibilidad que
- 23:56tiene el juez de realizar ajustes
- 23:58procesales cuando identifique
- 24:01desequilibrios por las condiciones de
- 24:03las personas, condiciones de las
- 24:05personas que limiten sus capacidades
- 24:07jurídicas, como lo puede ser personas
- 24:10menores de edad o personas con
- 24:12discapacidad, incluso personas adultas
- 24:15mayores, además personas con eh
- 24:18problemas económicos, perdón, de escasos
- 24:20recursos así identificados,
- 24:23eh hay posibilidades de que el juez
- 24:25realice ajustes procesales y de ahí que
- 24:27la igualdad procesal tiene un valor
- 24:30distinto en este en este código. El
- 24:33impulso procesal va de la mano con la
- 24:36dirección procesal porque a partir de
- 24:39que se concluye la etapa de la acusación
- 24:41privada, es decir, de la etapa
- 24:44postulatoria por escrito, inicia una
- 24:47postura del juez de de propugnar por
- 24:49buscar la solución y y corre a cargo de
- 24:52este el que los actos procesales vayan
- 24:55impulsándose. Obviamente hay un
- 24:58principio de preclusión más adelante ahí
- 25:00identificado que va a obligar a las
- 25:02partes a también adoptar una postura
- 25:05procesal proactiva para poder impulsar
- 25:09el procedimiento por cuanto a lo que a
- 25:11sus intereses convenga. La lealtad
- 25:13procesal es una obligación de las partes
- 25:16y esta pues también tiene que ver con el
- 25:20con la posibilidad de que haya apertura
- 25:22de celebrar acuerdos, hay apertura de
- 25:25entender los planteamientos y las
- 25:27limitaciones que pueden tener en
- 25:29confrontación con el de su colitigante.
- 25:32Esto obliga a las partes a tener
- 25:35apertura, a también usar esos mecanismos
- 25:38de solución y no solo ir a las
- 25:42controversias. La litis abierta es una
- 25:45figura que se aplica en materia familiar
- 25:48y eh esta figura o este principio
- 25:53procesal eh tiene sustento en que los
- 25:57juicios del orden familiar son
- 25:59identificados en este código como de
- 26:01orden público. Tienen limitaciones, por
- 26:04ejemplo, para que las partes pacten con
- 26:06este procedimientos convencionales. Solo
- 26:09en materia familiar no hay posibilidad
- 26:11de hacerlo. tienen limitaciones para la
- 26:14aprobación de convenios que den solución
- 26:16a los conflictos y en ese sentido le
- 26:19corresponde al juez identificar la
- 26:21lisponde a un a un proceso familiar y en
- 26:25todo caso atender todas las necesidades
- 26:28de los de las partes. Preclusión, les
- 26:31reitero, este va a dotar la posibilidad
- 26:34de que el juez pueda trascender las
- 26:35etapas procesales en en los en el menor
- 26:38acto posible. publicidad y privacidad.
- 26:42Eh, en materia familiar, la privacidad
- 26:45va a ser preponderante en el desahogo de
- 26:48las audiencias. Eh, sin embargo, también
- 26:51estará vigente en los procesos civiles
- 26:52para limitar algunas audiencias eh sobre
- 26:57todo en donde haya información reservada
- 26:59o a criterio del juez con base en el
- 27:02principio de dirección procesal. Y estos
- 27:04principios procesales se enmarcan a su
- 27:06vez de eh los que ya hemos identificado
- 27:12en todo en todos los procedimientos de
- 27:14corte acusatorio y adversarial, la
- 27:16oralidad, la contradicción, la
- 27:18inmediación,
- 27:20la dirección procesal que más adelante
- 27:23vamos a ver cómo se desarrolla y los
- 27:25principios que me parece interesante que
- 27:28son procesales, identificados así que es
- 27:30de la el interés superior de la niñez y
- 27:33la perspectiva de género, lo que tendrá
- 27:36que ir enmarcado también con la postura
- 27:39que tenga el juez de cómo implementar
- 27:41los actos procesal. Entonces,
- 27:43procedimiento convencional solo en
- 27:45materia civil, no en materia familiar. Y
- 27:48bueno, este se podrá formalizar en
- 27:50documento privado, notariado, este, en
- 27:53instrumento público o en su defecto ante
- 27:57el propio juzgador, ante la propia
- 27:59autoridad jurisdiccional. Lo único que
- 28:01hay que verificar pues es primero qué
- 28:03clase de negocio es el que va a pactarse
- 28:06en un convenio procesal, eh sobre todo
- 28:09para evitar eh invadir materias que no
- 28:13correspondan a la materia civil y
- 28:15familiar. Eh, por eso es que también un
- 28:18requisito de estos convenios es que las
- 28:20partes expongan sus calidades y sus
- 28:22condiciones personales, eh las expresen
- 28:26sus domicilios. es posible prorrogar las
- 28:30competencias por razones de territorio,
- 28:32eh no así por otras que ya eh no hay
- 28:35posibilidades de prorrogar. La materia
- 28:37no es prorrogable si eh hay una
- 28:40limitación o una restricción en el
- 28:42código nacional. ¿Qué formalidades
- 28:45esenciales debe respetar este
- 28:47procedimiento convencional? las que les
- 28:49acabo de de precisar, una fase
- 28:52postulatoria, probatoria, alegatos y
- 28:54sentencia con una posibilidad de
- 28:57impugnación. Ojo, es posible renunciar a
- 29:00la posibilidad de impugnar, sin embargo,
- 29:03no hay posibilidades de de renunciar a
- 29:05la impugnación a través del juicio de
- 29:07amparo, por ejemplo, contra resoluciones
- 29:09definitivas, pero se puede renunciar a
- 29:12este a hacer apelable la resolución
- 29:15definitiva de ese de ese procedimiento
- 29:18convencional. Y por último, este esta
- 29:21formalidad no puede imponer mayores
- 29:23cargas que las que impone el propio
- 29:26Código Nacional.
- 29:28Sobre todo en el tema de términos, hay
- 29:30que verificar que los términos estén
- 29:33adecuados, que no resulten excesivos,
- 29:36eh, y que bueno, el juez pueda regular
- 29:39esas esas formalidades.
- 29:42El código también prevé la posibilidad
- 29:44de los alegatos de oreja, la posibilidad
- 29:48de allegar al juez el conocimiento de
- 29:51los elementos más esenciales de su
- 29:53conflicto. Sin embargo, para garantizar
- 29:56los principios que rigen a esta nueva
- 29:58impartición de justicia, que es la
- 29:59igualdad, la oralidad, la equidad
- 30:02procesal y sobre todo la inmediación.
- 30:05Eh, esta forma de expresarse va a tener
- 30:08que hacerse a través de una audiencia,
- 30:10una audiencia así prevista en donde se
- 30:12expondrán aspectos relevantes de la
- 30:15solución del juicio. Y esto como
- 30:18formalidad más permitirá a las partes
- 30:21incluso que en esos momentos también
- 30:23puedan celebrarse procedimientos
- 30:25convencionales,
- 30:27eh buscarse la las ventajas de la de la
- 30:31justicia alternativa
- 30:33y darse por concluidos los conflictos.
- 30:37Dependerá muchísimo de cómo los
- 30:40juzgadores implementen las audiencias y
- 30:43el uso de tecnologías para poder atender
- 30:45estas estas diligencias.
- 30:49Eh, el código prevé muchas vías, bueno,
- 30:54no quiero decir muchas, más bien varias
- 30:56vías, desde una vía ejecutiva oral
- 31:00civil, hipotecaria oral, eh, eh de
- 31:05arrendamiento inmobiliario de forma
- 31:07oral, vamos a tener los procedimientos
- 31:10de inmatriculación conocidos en algunas
- 31:13entidades como los procedimientos de
- 31:15información ad perpetua.
- 31:18Eh, tendremos un divorcio bilateral, eh
- 31:21tendremos los juicios orales en las vías
- 31:24ordinarias civil y familiar. Y me voy a
- 31:28centrar por cuestiones de tiempo en las
- 31:31audiencias que van a componer a los
- 31:33procedimientos orales en las guías
- 31:35ordinarias civil y familiar. Y esta
- 31:39audiencia es la primera, una vez
- 31:41concluida la etapa postulatoria que se
- 31:44va a observar en la vía ordinaria oral.
- 31:47civil.
- 31:49Esta eh audiencia tiene como finalidad
- 31:52evitar que en el juicio se alarguen los
- 31:56conflictos y de alguna manera se depure
- 31:58el procedimiento.
- 32:00Esta modalidad de audiencia tampoco es
- 32:03ajena a eh el sistema jurídico procesal
- 32:07mexicano actual. La tenemos
- 32:09identificable en los juicios
- 32:11mercantiles, laborales y en los penales,
- 32:14incluso en la audiencia intermedia. Y va
- 32:17este código a recoger un poco de todas
- 32:21esas audiencias, elementos que podemos
- 32:24ir haciendo parangón en la forma en cómo
- 32:26se pueden implementar. En la depuración
- 32:29del procedimiento habremos de o bueno,
- 32:32más bien el juez va a tener que atender
- 32:35la legitimación procesal de las partes.
- 32:38Esto quiere decir eh
- 32:41eh cómo tienen esta capacidad de poder
- 32:44intervenir en un procedimiento. cobra
- 32:47relevancia en este código por la
- 32:50posibilidad de suplir las capacidades
- 32:53jurídicas de algunos intervinientes en
- 32:56el juicio, como lo son las personas
- 32:58menores de edad, los niños, niñas y
- 33:00adolescentes y las personas con
- 33:03discapacidad, en cuyo caso es
- 33:05indispensable en este momento procesal
- 33:08que los jueces verifiquen que existe una
- 33:11adecuada representación
- 33:13en materia de niñez. Sabemos que ya hay
- 33:15un desarrollo jurisprudencial y
- 33:17doctrinario sobre la implementación de
- 33:20las reglas de representación en la
- 33:22Convención sobre los derechos del niño.
- 33:25y esta representación identificada en la
- 33:28Ley General de los Derechos de la Niñez,
- 33:31Niños, niñas y adolescentes, en
- 33:34representación originaria, colevante y
- 33:36en suplencia, que ya la Corte nos ha
- 33:39especificado que es de suma importancia
- 33:42aplicarla porque porque es una
- 33:44representación adecuada, está también
- 33:47regida por principios que permiten no
- 33:50solo la representación del niño, sino
- 33:52también su asistencia. jurídica y la
- 33:55defensa de sus derechos. En este momento
- 33:58procesal, el juez tiene la oportunidad
- 34:00de identificar si es necesaria o no esa
- 34:03representación y adecuarla
- 34:06al margen de que va a identificar
- 34:08quiénes son las partes, cómo están
- 34:10representadas, sobre todo en personas
- 34:11jurídicas que requieren de una persona
- 34:14física que les represente.
- 34:17En en materia de personas con
- 34:18discapacidad, el propio código contempla
- 34:21un procedimiento de
- 34:23ajustes
- 34:25de de procedimiento.
- 34:28Este procedimiento va a permitir la
- 34:31utilización de apoyos y salvaguardas
- 34:33para la eh
- 34:36garantía de la del ejercicio pleno de la
- 34:38capacidad jurídica de personas con
- 34:40discapacidad. Y en la depuración del
- 34:42procedimiento, esto es de forma porque
- 34:44así lo prevé el código, el juez tiene
- 34:47que identificar esa legitimación
- 34:49procesal en las partes, al margen de que
- 34:53eventualmente va a tener que atender los
- 34:55elementos procesales de del juicio, los
- 34:58que van a validar el juicio. ¿Cuáles son
- 35:02esta eh integración debida integración
- 35:05de la relación procesal con la
- 35:07verificación de los lipis consorcios
- 35:09activos y pasivos?
- 35:11Las litisdenunciaciones ya identificadas
- 35:13también en teoría procesal civil, esta
- 35:17necesidad de notificar a los terceros
- 35:19que les pueda deparar un perjuicio el
- 35:21dictado de la sentencia aún cuando no
- 35:24tengan la condición de parte procesal o
- 35:27eh esta posibilidad de verificar incluso
- 35:29el emplazamiento,
- 35:31de eh atender las eh las improcedencias
- 35:35de la vía, de verificar las condiciones
- 35:39necesarias Para el ejercicio de las
- 35:41acciones en algunas entidades
- 35:43federativas es necesaria la mora
- 35:46personal, por ejemplo, para que las
- 35:48obligaciones sin vencimiento específico
- 35:51puedan ser exigibles. Hay hay necesidad
- 35:54de hacer un medio prejudicial,
- 35:56preparatorio a juicio para preparar la
- 35:59acción y ir a ejercerla. Este será el
- 36:02momento en el que se va a dilucidar
- 36:05todos esos planteamientos, sea que se
- 36:07establezcan por vía de excepción, sea
- 36:10que el juzgador tenga conocimiento de
- 36:13ellas y deba sujetarlas a debate. En los
- 36:15casos en el que el juez tenga que
- 36:17observarlas, debe respetar los
- 36:19principios de igualdad, de contradicción
- 36:22entre las partes para, por ejemplo,
- 36:25ordenar la acumulación de juicios por
- 36:28conexiones o pronunciarse sobre las
- 36:31litis tendencias o cosas juzgadas que
- 36:35tendrán efectos definitivos en estos en
- 36:37estos supuestos. Este es el momento de
- 36:40depurar procedimientos
- 36:43con temas procesales, aquellos que eh
- 36:47dilatarán en caso de no atenderse la
- 36:50solución del juicio.
- 36:53transitada esta etapa, aperturada así
- 36:56por el juzgador con la presencia de las
- 36:58partes y precluyendo los derechos no
- 37:01ejercicios, va a abrir una etapa de
- 37:04conciliación de las partes para
- 37:05invitarlos a los centros de solución de
- 37:09controversias autocompositivas, de forma
- 37:11autocompositiva
- 37:13y en su y también va a tener una postura
- 37:16proactiva para invitarlos a a solventar
- 37:19sus controversias. Incluso esta etapa
- 37:21puede no ser videograbada, puede ser
- 37:24este pueden apagarse los los videos y
- 37:28desahogarse eh de forma privada.
- 37:31Eventualmente al reanudarse la audiencia
- 37:33tendrá que hacerse una breve reseña de
- 37:35lo que aconteció sin sin entrar en en
- 37:39fondo sobre lo que se dijo o no se dijo.
- 37:41Esto permite darle confianza a las
- 37:43partes de que lo que se diga en ese
- 37:46momento procesal no tendrá repercusión
- 37:49en caso de ir a un debate de fondo. Lo
- 37:52que el código nos invita es a tener
- 37:54efectividad en esta parte y evitar que
- 37:57los litigantes sencillamente la
- 37:59transiten como ha sido costumbre en
- 38:02muchas en muchos procedimientos.
- 38:05Eh,
- 38:07incluso
- 38:08es costumbre jurídica que identifiquemos
- 38:12esa etapa como algo que enerva el
- 38:14procedimiento porque creemos que no va a
- 38:17haber posibilidades de conciliar. En ese
- 38:20sentido, necesitamos capacitación, no
- 38:22solo los las autoridades
- 38:24jurisdiccionales, sino los litigantes
- 38:27para poder darle efectividad a esta a
- 38:30esta etapa de la audiencia preliminar.
- 38:33Después pasaremos a una a una etapa de
- 38:35depuración del debate que consiste en
- 38:38identificar hechos no controvertidos y
- 38:42llegar a acuerdos probatorios. Lo que
- 38:44incorpora de forma interesante este
- 38:46código en este en este apartado es que
- 38:49en el no solo vamos a llegar a la a la
- 38:53convención de hechos no controvertidos,
- 38:55sino a la convención de acuerdos de de
- 38:57pruebas, pero pruebas que incluso
- 39:00pudieron no haber sido ofrecidas en los
- 39:03escritos postulatorios.
- 39:05Esto rompe de alguna manera con la
- 39:07eventualidad procesal, pero
- 39:09necesariamente requiere de la de la
- 39:11convención de las partes, de que haya
- 39:13acuerdo entre ellos, de que se va a
- 39:15incorporar una prueba que no fue
- 39:17ofrecida en la demanda contestación o o
- 39:21su recomrención y las vistas, pero que
- 39:23es necesaria incorporarla para que el
- 39:25juez la valore como acuerdo probatorio
- 39:28para el dictado de la sentencia. Eh,
- 39:31esto lo permite en esta etapa procesal,
- 39:34aspecto que es de alguna forma novedoso,
- 39:37un acuerdo probatorio sobre pruebas no
- 39:40ofrecidas
- 39:42y esos acuerdos probatorios van a
- 39:43excluir toda prueba que no sea necesaria
- 39:45desahogar en el debate de juicio y
- 39:48recibir para poder este centrar la
- 39:50litis.
- 39:52Después entraremos a la etapa más eh
- 39:55trascendental de esta audiencia
- 39:56preliminar, porque en este código esta
- 39:59etapa sí tiene un debate estructurado.
- 40:03ha sido cuestionado como la los escritos
- 40:07postulatorios, por ejemplo, en la vía
- 40:09mercantil
- 40:12permiten que esas objeciones de
- 40:13admisibilidad y de alcance de las
- 40:15pruebas pues se se someta
- 40:19solo el juez quien los valore en la
- 40:21audiencia. Aquí no es así. Aquí en este
- 40:25código, el debate de admisibilidad y
- 40:27exclusión o desechamiento de pruebas se
- 40:30eh tiene un parangón a lo que se conoce
- 40:33como ese esa parte del debate en la
- 40:35audiencia intermedia en los procesos
- 40:37penales. de apertura el debate con la
- 40:40intervención de las partes para someter
- 40:43a cuestionamiento y a criterios de
- 40:46admisibilidad las pruebas. Y una vez que
- 40:49se ha hecho el pronunciamiento sobre la
- 40:51admisibilidad y la exclusión, hay la
- 40:54posibilidad de que las partes realicen
- 40:55manifestaciones sobre la objeción de
- 40:58alcance de las pruebas. Estos criterios
- 41:01de admisibilidad
- 41:03van desde la extemporaneidad. Aquí sí,
- 41:05con base en el principio de eventualidad
- 41:07procesal. Si no hubo acuerdo probatorio
- 41:10y tú estás ofreciendo una prueba que
- 41:13tuviste la oportunidad de hacerla en un
- 41:15momento anterior, entonces se van a
- 41:17excluir. Contrarias a derecho,
- 41:20básicamente son aquellas que afecten o
- 41:24que no sean eh idóneas eh o pertinentes
- 41:27para la obtención o acreditación de un
- 41:31determinado hecho por afectar eh alguna
- 41:34condición de vulnerabilidad de alguna de
- 41:36las partes. vulnerar derechos humanos.
- 41:40Toda prueba que afecte o trascienda a
- 41:43derechos de terceros, afecte o
- 41:45trascienda a derechos humanos, no puede
- 41:48ser admitida y puede excluirse de en
- 41:51este momento prostal. La falta de
- 41:53pertinencia, idoneidad, pues se refiere
- 41:55también a esos elementos que van a estar
- 41:58reiterados en esa posibilidad de que las
- 42:00pruebas tengan una vinculación con los
- 42:02hechos. Y reitero,
- 42:04todo debate va a estar sometido también
- 42:07a los principios que rigen al COVID.
- 42:10Aquí no solo vamos a aplicar reglas,
- 42:12sino también principios. Y yo he pensado
- 42:16muchas veces la posibilidad de que los
- 42:18abogados
- 42:19no observen las formalidades de su
- 42:21ofrecimiento.
- 42:23Por ejemplo, esta regla que dice que las
- 42:25pruebas tienen que vincularse con un
- 42:27hecho y que en ese sentido la práctica
- 42:30usual que se hace de vincular la prueba
- 42:33con el número del hecho, se señale, me
- 42:36parece que podría someterse a un debate
- 42:39sobre si ese requisito puede o no estar
- 42:41sublayado con base en los principios de
- 42:44solución de fondo por las formas, de
- 42:48prevalecer
- 42:50la la garantía de ejercicio probatorio.
- 42:53etcétera.
- 42:55Est este tipo de debates van a surgir.
- 42:57Otro otro también que puede surgir es el
- 42:59del domicilio de la de la persona perita
- 43:01que vaya a intervenir. Es un requisito
- 43:04del ofrecimiento, pero ya hay
- 43:06precedentes que nos han invitado a
- 43:08establecer que ese requisito no es tan
- 43:10necesario. La omisión de ese requisito
- 43:13puede no motivar la exclusión de pruebas
- 43:17y por eso también podríamos entrar a un
- 43:19debate sobre cuáles son los requisitos
- 43:22del código que pueden o no cumplirse
- 43:24para eh trascender a la admisión de la
- 43:28prueba y a su posterior recepción.
- 43:32En el juicio, eh una vez que se ha
- 43:35concluido con esa fase de admisibilidad
- 43:37o exclusión de pruebas, hay
- 43:39posibilidades de que antes de que se
- 43:42señale el debate de juicio oral se
- 43:44atiendan medidas cautelares o medidas de
- 43:47protección en su revisión en los casos
- 43:49de materia de civil. Eso es posible. Hay
- 43:54hay manera de hacerlo, de
- 43:55instrumentalizarlo durante esa audiencia
- 43:58eh preliminar. si las condiciones que lo
- 44:01motivaron o que quieren o que quieren
- 44:03identificarse cambios pueden este cesar
- 44:07los efectos de las medidas cautelares o
- 44:10eh o cambiarlas. Eh, sin embargo, si no
- 44:13lo hay, señala el debate de juicio oral
- 44:16y se trasciende a esa etapa la segunda
- 44:18audiencia eh importante del juicio
- 44:21ordinario civil oral, que es audiencia
- 44:24de juicio oral y inicia con la
- 44:27intervención de las partes debidamente
- 44:30integradas con los alegatos de apertura.
- 44:33Y aquí entra la figura de la teoría del
- 44:35caso, una metodología que es usual, por
- 44:39ejemplo, en los procedimientos de corte
- 44:41acusatorio y adversarial en materia
- 44:43penal para establecer las teorías que se
- 44:46plantean. A diferencia de la materia
- 44:49penal, en donde la teoría del delito es
- 44:51la que reina, la dogmática jurídica eh
- 44:54de las teorías del delito, son las que
- 44:58vinculan el debate. Aquí en materia
- 45:00civil tenemos distintas teorías.
- 45:03Primero tenemos acciones de carácter
- 45:05real, de carácter personal y del estado
- 45:08civil.
- 45:10Entonces, eh podremos identificar una
- 45:12acción reivindicatoria con sus elementos
- 45:15desde propiedad, posesión e identidad,
- 45:18una plenaria de posesión, como podremos
- 45:21identificar obligaciones derivadas de
- 45:24actos jurídicos, hechos jurídicos, eh
- 45:27esta necesidad de identificar los actos
- 45:29jurídicos a través de sus requisitos, de
- 45:31validez, todo lo que concierne a las
- 45:34teorías de la de las obligaciones y de
- 45:36los contratos en materia civil. Esto no
- 45:39puede cambiar, esto no ha cambiado y
- 45:41sigue vigente. No obstante, el código
- 45:45nos invita a que esas teorías las
- 45:47implementemos en tres sencillos
- 45:49momentos. una exposición fáctica, es
- 45:52decir, un sustento de los hechos, qué es
- 45:56lo que motiva la acción o la excepción,
- 45:59una eh postura jurídica que va a ser el
- 46:03descanso eh normativo de la acción o de
- 46:06la excepción, ya sea en las reglas o en
- 46:09la jurisprudencia o cualquier fuente
- 46:11jurídica. y además un sustento
- 46:14probatorio que en los alegatos de
- 46:16apertura será una eh ficción, una eh una
- 46:21manera de decir así se va a justificar,
- 46:24así se va a desarrollar y tendrá esas
- 46:27finalidades, esos efectos una vez que se
- 46:31desahogue. Esa teoría del caso
- 46:33estructurada por esos tres elementos,
- 46:35fáctico, jurídico y probatorio, es una
- 46:38invitación a establecer una metodología
- 46:40de cómo expresar sus planteamientos.
- 46:43Eh, y por eso es que el conocimiento de
- 46:46los de las controversias tiene que ser
- 46:48profundo. En materia penal tuvimos eh
- 46:53cuando implementamos el proceso
- 46:55acusatorio y adversarial el
- 46:58inconveniente de las partes de querer
- 47:00solamente verbalizar los actos, llevar
- 47:02los escritos y leerlos. Esto no abona,
- 47:05pero además ni siquiera es posible
- 47:08realizarlo porque eh no te permite al
- 47:13momento de llevar a cabo la lectura del
- 47:15de tu planteamiento identificar dónde
- 47:18están las posibles deficiencias con la
- 47:21postura de tu colitigante o tu
- 47:23contraparte. La importancia de conocer y
- 47:26de sintetizar y simplificar el
- 47:29conocimiento de tu caso a través de esta
- 47:31metodología te permite expresarla ágil,
- 47:35sencilla, clara y con un con una
- 47:38contundencia que permite al juez este
- 47:41ganar tu atención y y sobre todo con
- 47:45pues tener eh conocimiento de qué es lo
- 47:50que quieres obtener con tu acción.
- 47:53Este planteamiento de la teoría del caso
- 47:56en en los alegatos de apertura
- 47:59no es obligatorio, por supuesto, pero es
- 48:01una propuesta que plantea el código y va
- 48:04a estar respetado en equidad para la
- 48:06parte actora y demandada. A diferencia
- 48:08de la audiencia procesal penal, aquí no
- 48:12hay momentos. Aquí puede incluso
- 48:14permitirse dos o tres intervenciones
- 48:17según lo contemple el juez. Lo usual es
- 48:19que se permita una sola ocasión. eh para
- 48:23poder dar contundencia y dar continuidad
- 48:25a la audiencia. Concluida la fase de los
- 48:28alegatos de apertura, se procederá al
- 48:30desahogo de pruebas con una
- 48:33planificación de las pruebas de la parte
- 48:35actora y demandada, primero propuesta
- 48:38por las propias partes. Ellos van a
- 48:40proponer cómo se va a desahogar su
- 48:43material probatorio.
- 48:45El juez va a poder planificarlas y aquí
- 48:48sí es importante la intervención de las
- 48:50partes. El código nos señala que la
- 48:52audiencia de juicio tiene que
- 48:54desahogarse en un solo momento, en un
- 48:56solo acto procesal. Sin embargo, también
- 48:59prevé la posibilidad de que se separen
- 49:01momentos para su desahogo, este, sobre
- 49:04todo cuando hay que escuchar a un
- 49:06infante en una audiencia especial, eh, o
- 49:09cuando hay que adoptar ciertas ciertos
- 49:11ajustes en el desahogo de las de las
- 49:14audiencias. Eh, es posible que en esa
- 49:17propuesta de planificación las partes se
- 49:19establezcan también posibilidades de que
- 49:21se haya se hagan en fechas posteriores y
- 49:24ahí el diálogo entre los entre los
- 49:26involucrados permitirá determinar si en
- 49:29esa misma audiencia pueden desahogarse o
- 49:31si es necesario señalar diversas
- 49:34audiencias sobre todo. Pero aquí si es
- 49:37importante respetar los principios de
- 49:39continuidad, la
- 49:44tiene que haber el consenso de de las
- 49:47partes y por eso es que eh
- 49:55vez planificado eh el desahogo de las
- 49:59pruebas se procederá a recibir como pues
- 50:03aquí en estos procedimientos de corte
- 50:05acusatoria empresarial. El desahogo
- 50:08trascendental o más relevante es el de
- 50:10las declaraciones de las partes y de los
- 50:13testigos y peritos. Los interrogatorios
- 50:16se formulan de forma libre y oral. Eh,
- 50:20hay técnicas de cómo hacerlo. Estas
- 50:22técnicas van a tener relevancia los
- 50:25sobre todo en los contrainterrogatorios
- 50:28para restar eficacia a los a los
- 50:30testimonios y a las pruebas periciales,
- 50:34pero también tendremos la posibilidad de
- 50:36desahogar las declaraciones propias y de
- 50:38las contrapartes
- 50:40eh dependiendo de cómo se ofrezcan y
- 50:44cómo eh quieran desahogarse. El juez
- 50:47tiene aquí conducción procesal para
- 50:49permitir a las partes que ellos sean
- 50:51quienes dirijan ese interrogatorio,
- 50:54cuestionando con objeciones cómo van a
- 50:57objetar las pruebas. eh las va a valorar
- 51:00y a validar con la intervención de los
- 51:02litigantes y va a continuar con su
- 51:05desahogo. Hay posibilidades de
- 51:07incorporar pruebas materiales aquí de
- 51:10que se muestren eh lo cual no es como en
- 51:14materia penal. Eso sí es muy importante.
- 51:17Usualmente es la pregunta que todos
- 51:18hacen. No se incorporan las pruebas
- 51:21materiales y documentales como en
- 51:23materia penal. Aquí tenemos una etapa
- 51:26por escrito y tenemos una eh acusación
- 51:29privada que permite la incorporación de
- 51:32las pruebas documentales al expediente
- 51:34que tendrá en su poder el juez. Ese
- 51:37expediente va a ser valorado en su
- 51:39totalidad como instrumental de
- 51:41actuaciones y las audiencias. Pero es
- 51:44posible que en la en el interrogatorio
- 51:46las partes puedan mostrar esos
- 51:48documentos para hacer estos aclaraciones
- 51:52eh y refrescos al testigo sobre la
- 51:54información que está eh rindiendo.
- 52:00En materia de pruebas periciales, pues
- 52:02lo único relevante es que los peritos
- 52:07podrán ser interrogados por el por el
- 52:09juzgador para hacer sus aclaraciones y
- 52:12que ellos van a primero tener una
- 52:14posibilidad de expresar y exponer sus
- 52:16dictámenes exhibidos de forma escrita.
- 52:20Más adelante vamos a ver cómo hay
- 52:22excepciones a la oralidad y qué
- 52:24documentos se van a formalizar o van a
- 52:26formar parte del expediente por escrito
- 52:30o eh electrónico.
- 52:33Eh, el juez tiene posibilidad de ordenar
- 52:37el desahogo de diligencias probatorias
- 52:40de forma oficiosa.
- 52:42Lo tiene reservado o de forma amplia,
- 52:45más bien para la búsqueda de la verdad
- 52:47material en materia familiar. El juez
- 52:50tiene esa apertura de conducir
- 52:53procesalmente así y estructurar el
- 52:54procedimiento. Puede ordenarlas, puede
- 52:57permitir a las partes su intervención
- 53:01y puede incorporarlas para su
- 53:02valoración. En el tema de los
- 53:05interrogatorios en materia familiar, el
- 53:07juez tiene amplias facultades para
- 53:09interrogar este sin limitaciones a las
- 53:13partes, a los testigos, a los peritos.
- 53:16En materia civil tiene limitaciones para
- 53:18hacerlo en los testigos y peritos
- 53:20solamente para pedir aclaraciones
- 53:23sobre los planteamientos.
- 53:26Hay ciertas diferencias que obviamente
- 53:29guardan con congruencia con la
- 53:31naturaleza de los conflictos. Reitero,
- 53:34el código identifica a los conflictos de
- 53:37materia familiar como cuestiones de
- 53:39orden público, como eh materia de eh
- 53:44temas que tiene que atender eh de forma
- 53:47oficiosa la persona juzgado.
- 53:49Una vez que concluye la recepción de las
- 53:52pruebas,
- 53:54ya han sido desahogadas, se les va a
- 53:57otorgar a las partes la posibilidad de
- 53:59formular alegatos de cierre o de
- 54:01clausura, que son nuevamente esta
- 54:04intervención y exposición de cómo su
- 54:06teoría del caso pudo estar justificada
- 54:09con ese desahogo probatorio.
- 54:12Lo relevante aquí es que
- 54:15las partes tendrán que estar también
- 54:19enteradas de cómo la valoración
- 54:22probatoria cambia en materia civil,
- 54:25sobre todo en aquellos códigos de las
- 54:27entidades federativas que todavía
- 54:29preveían una valoración tasada formal de
- 54:32las pruebas. esta valoración que
- 54:36establecía cierto valor formal de las
- 54:38pruebas y se imponía a eh el criterio de
- 54:43la autoridad jurisdiccional.
- 54:45Aquí no es así. Aquí la valoración va a
- 54:48tener cambios, sobre todo libertad en la
- 54:52forma de generar esa convicción. Al
- 54:54margen de que hay todavía pruebas que
- 54:56tienen un valor tasado, ese valor no se
- 54:59impone a la concreción de la convicción
- 55:02del juez con todos los elementos y por
- 55:05eso es que las partes tienen
- 55:07posibilidades de proponer esa valoración
- 55:09en los alegatos de cierre. Una vez
- 55:12concluidos estos alegatos, se va a
- 55:14dictar la sentencia, la cual debe ser
- 55:17explicada. El artículo 17 constitucional
- 55:21ya prevé la obligación como garantía
- 55:24constitucional de que la sentencia se
- 55:27explique en una audiencia oral en la que
- 55:29se haga de forma sencilla, clara sobre
- 55:33los puntos controvertidos y puede darse
- 55:35lectura a los puntos resolutivos para
- 55:38eventualmente hacerse entrega de la
- 55:41pieza papel. Debe tener un respaldo de
- 55:44eh del acto de la sentencia. esa pieza
- 55:47papel en materia ordinaria civil oral se
- 55:50entregará en dos días. Eh, luego
- 55:53iniciará el término para que las partes
- 55:56este propongan sus aclaraciones,
- 55:58aclaraciones que tienen un una también
- 56:01una cuestión muy interesante porque
- 56:04usualmente las aclaraciones eran para
- 56:06errores ortográficos, este, aclaraciones
- 56:10de conceptos,
- 56:12leves incongruencias internas del
- 56:14contenido de la sentencia, pero aquí la
- 56:16aclaración de la sentencia permite o
- 56:18faculta al juez a realizar un nuevo
- 56:22nuevo estudio sobre aspectos que no
- 56:24fueron analizados, aspectos que fueron
- 56:27parte del debate y que no fueron
- 56:29respondidos por el juez. Ahí le permite
- 56:31al juez volver a hacer ese estudio y
- 56:35asentarlo a través de la aclaración. Se
- 56:38les debe hacer saber la oportunidad que
- 56:41tienen de apelar la sentencia y sobre
- 56:43todo en el tema de la ejecución de
- 56:46someterse a los procedimientos de
- 56:48ejecución voluntaria.
- 56:50Eh, más adelante, si si nos da tiempo,
- 56:53ejecución voluntaria va a tener una
- 56:55audiencia en la que las partes van a
- 56:57poder escuchar sus condiciones y
- 56:59establecer una forma de cumplir la
- 57:01condena. Esto va a poder conocer al juez
- 57:04las condiciones personales de personas
- 57:06que por sus condiciones económicas no
- 57:09están en aptitud de cumplir una
- 57:11sentencia de alguna u otra forma y el
- 57:13juez tendrá que ponderar principios para
- 57:15aplicarlos y conciliar esa forma de
- 57:19cumplimiento.
- 57:21La audiencia preliminar en materia
- 57:23familiar va a tener similitud a la del
- 57:25juicio oral civil, no obstante, va a
- 57:28tener otras otros otros momentos.
- 57:32Primero va a tener una intervención
- 57:34proactiva de la persona secretaria del
- 57:36juzgado que va a tener una a su cargo la
- 57:40primera etapa de la eh audiencia
- 57:42preliminar. Esta se llama junta y se
- 57:45levanta solo en una acta mínima. No
- 57:47obstante se desahogue de forma oral,
- 57:49aquí no se videograba, no hay respaldo
- 57:52de audio y video de esta audiencia y esa
- 57:54junta tiene la finalidad de que las
- 57:57partes ejerzan el principio de
- 57:59colaboración. Aquí es el momento en el
- 58:01que el la persona secretaria va a
- 58:04invitar a las partes a que descubran sus
- 58:07pruebas, a que se intercambien
- 58:10información, propongan convenios,
- 58:13acuerden hechos no controvertidos y
- 58:16sobre admisión y exclusión de pruebas. Y
- 58:19ese debate lo va a verificar eh la
- 58:22persona secretaria con las partes. La
- 58:26finalidad de este momento es que las
- 58:28partes entiendan que a partir del
- 58:30principio de colaboración tienen que
- 58:32estar aperturadas a la posibilidad de
- 58:34convenir la solución, que no pueden
- 58:36llegar a plantear sus controversias y
- 58:39solamente transitar la etapa. Al momento
- 58:42de que se concluyen todos esos momentos,
- 58:44la persona secretaria debe dar cuenta
- 58:46inmediatamente al juez, eh, y
- 58:50eventualmente el juez va a abrir la
- 58:53audiencia preliminar ya con la
- 58:55videograbación y con la intervención de
- 58:58los litigantes. En esta etapa va primero
- 59:01enunciar la litis, que significará que
- 59:04habrá de identificar como las partes en
- 59:06la etapa previa, es decir, en esa junta
- 59:09ante la persona secretaria,
- 59:11establecieron cuáles son los puntos
- 59:13controvertidos. Es usual que en materia
- 59:15familiar el conflicto inicie por
- 59:17alimentos y eventualmente también genere
- 59:21la controversia de la convivencia, la
- 59:23guarda y custodia, eh lo las pensiones
- 59:27compensatorias y es el momento en el que
- 59:30se debe entonces fijar la controversia y
- 59:32la litis sobre lo que va a versar ese
- 59:34juicio. A partir de la fijación de la
- 59:36liti, se va a empezar a depurar
- 59:39nuevamente el procedimiento verificando
- 59:41los hechos no controvertidos y los
- 59:44acuerdos probatorios que hayan llegado
- 59:46las partes, si es que hubo. Si no, se
- 59:49les va a invitar nuevamente a que los a
- 59:51que lo celebren. El juez tendrá postura
- 59:53proactiva para ello y este y en su caso
- 59:57revisará los que hayan
- 1:00:00realizado después de la depuración de el
- 1:00:03procedimiento
- 1:00:05y la verificación de estas eh
- 1:00:08excepciones procesales concernientes a
- 1:00:11todo lo que corresponde a la validez del
- 1:00:14procedimiento, que ya lo vimos en el
- 1:00:16juicio ordinario oral civil, todo lo
- 1:00:19relativo a a la vía, a la integración de
- 1:00:22las partes, etcétera. Habremos de
- 1:00:26revisar entonces los convenios, qué
- 1:00:30convenios llegaron las partes, si es que
- 1:00:32hubo algún convenio, si es que eh las
- 1:00:36partes pudieron celebrar alguna parte de
- 1:00:39la litis, excluirla y entonces hacer las
- 1:00:43aprobaciones correspondientes.
- 1:00:46Y hecho lo hecho lo posterior, entonces
- 1:00:49se van a revisar hechos no
- 1:00:51controvertidos, acuerdos probatorios, se
- 1:00:53propondrán y se transitará la fase de
- 1:00:56admisión y preparación de pruebas con
- 1:00:59las mismas reglas de la de la oralidad
- 1:01:02en el juicio ordinario civil.
- 1:01:05Es decir, se van a debatir las razones
- 1:01:07de admisión, de desechamiento y luego de
- 1:01:11haberse hecho el pronunciamiento de
- 1:01:13admisión, por última ocasión, se
- 1:01:15permitirá a las partes la posibilidad de
- 1:01:17objetar el alcance y valor de las
- 1:01:21pruebas y sobre todo desconocer el valor
- 1:01:23de los documentos privados, porque aquí
- 1:01:25sí la regla de la no objeción de los
- 1:01:28documentos privados opera. Si no están
- 1:01:31objetados, se entienden reconocidos. y
- 1:01:35tienen un valor eh tasado en el en el
- 1:01:38apartado de valoración de pruebas. Por
- 1:01:40eso es que es importante verificar el
- 1:01:43debate de admisión y exclusión y
- 1:01:44posterior el de objeción, que no es
- 1:01:47debate, sino solamente la expresión o la
- 1:01:50oportunidad de las partes de hacerlas
- 1:01:52para después el juez valorarlas.
- 1:01:56Y hecho lo y hecho lo anterior, va
- 1:01:58entonces a hacerse la revisión de
- 1:02:00medidas y órdenes de protección. Este es
- 1:02:02el momento procesal en el que se podrá
- 1:02:05eh analizar, por ejemplo, las medidas
- 1:02:09cautelares de
- 1:02:13en el que podrán revisarse eh esos
- 1:02:18e esas medidas cautelares.
- 1:02:21Y en los casos de los divorcios
- 1:02:23bilaterales, pues será el momento de
- 1:02:24dictar la sentencia que declare la
- 1:02:27disolución del del vínculo matrimonial y
- 1:02:30la reserva de las cuestiones inherentes
- 1:02:32a el debate de juicio oral.
- 1:02:36Posteriormente se citará a esa audiencia
- 1:02:40oral. En la audiencia oral, familiar,
- 1:02:43ordinaria,
- 1:02:45eh las etapas serán muy similares a la
- 1:02:47del juicio oral civil y iniciarán con
- 1:02:50unos alegatos de apertura, eh
- 1:02:53posteriormente con el desahogo de las
- 1:02:56pruebas y posteriormente los alegatos de
- 1:02:58cierre o de clausura. Eh, aquí el código
- 1:03:02trata de establecer que la sentencia
- 1:03:05debe emitirse inmediatamente después de
- 1:03:08cerrado este debate, eh, con esa
- 1:03:11explicación que exige, en algunos casos
- 1:03:14puede excepcionarse con recesos para
- 1:03:18poderse continuar las audiencias en un
- 1:03:20plazo de hasta 15 días en donde se hará
- 1:03:23una lectura de sentencia que es una
- 1:03:26formalidad esencial del procedimiento en
- 1:03:28materia de oralidad. Se explicarán
- 1:03:31sentencias, se le puntos resolutivos y
- 1:03:34se les hará saber la posibilidad de que
- 1:03:36las partes pueden aclarar esta
- 1:03:38sentencia. harán también los jueces
- 1:03:41estos eh estos escritos o estas
- 1:03:44sentencias de lectura fácil para las
- 1:03:47personas eh infantes, para las personas
- 1:03:51con discapacidad con los ajustes
- 1:03:53procesales correspondientes y
- 1:03:55establecerán las medidas para sus
- 1:03:59comunicaciones.
- 1:04:01en el tema de infancia es importante, a
- 1:04:03me parece, es una es una postura muy
- 1:04:06personal que yo ejecuté cuando fui juez
- 1:04:09penal de notificar efectivamente la
- 1:04:12audiencia de perdón, la sentencia a la
- 1:04:15persona menor de edad que intervino en
- 1:04:17la en la audiencia para hacerle saber
- 1:04:19cómo se tomó en cuenta tu opinión. Esta
- 1:04:24diligencia puede no celebrarse, pues, si
- 1:04:27hay condiciones para hacerlo, se celebra
- 1:04:29y si no se busca la manera de que a
- 1:04:31través de sus representantes se
- 1:04:33materialice y se comunique la sentencia.
- 1:04:37En el caso de materia familiar, la
- 1:04:39apelación va a operar sin reenvío. Es
- 1:04:43decir, en estos casos, el Tribunal de
- 1:04:45Alzada no podrá establecer una violación
- 1:04:48procesal que motive su reposición, sino
- 1:04:51que hará reasumirá la jurisdicción y
- 1:04:55atenderá, por ejemplo, la diligencia
- 1:04:57probatoria, si es necesaria desahogarla,
- 1:05:00y lo hará en la fase de la apelación
- 1:05:02para reasumir por completo la
- 1:05:05jurisdicción y resolver el tema de
- 1:05:07fondo.
- 1:05:09Como les señalaba, la valoración
- 1:05:11probatoria en este código nacional, pues
- 1:05:15está basada en la libertad de convicción
- 1:05:18con la lógica, la racionalidad, la
- 1:05:21experiencia de los juzgadores, eh los
- 1:05:24conocimientos
- 1:05:26eh eh básicos que puede tener una
- 1:05:28persona juzgadora y extraídos de una
- 1:05:31totalidad del debate que se lleve a cabo
- 1:05:34de forma oral, eh de las pruebas que
- 1:05:37fueron desahogadas y también de aquellas
- 1:05:39que no fueron este recibidas, sobre todo
- 1:05:43en tema de documentales, en tanto no
- 1:05:45haya una
- 1:05:48este un pronunciamiento expreso, hay
- 1:05:51posibilidades de que las pruebas se
- 1:05:53consideren también para la valoración
- 1:05:55final. Y por último, la instrumental de
- 1:05:58actuaciones. Aquí es interesante porque
- 1:06:01eh lo lo trascendental o lo que debe, me
- 1:06:06parece, ponderar el juez en su
- 1:06:08valoración es lo que obtenga de la
- 1:06:11información del debate juicio oral. Eh,
- 1:06:14el código nos nos invita a que también
- 1:06:16hagamos esa valoración por escrito, pero
- 1:06:19eh reitero, si los planteamientos
- 1:06:22postulatorios van a ser lo más conciso
- 1:06:24posible, si el ofrecimiento de pruebas y
- 1:06:28sus objeciones y sus debates de alcance
- 1:06:31y valor probatorio serán materia de la
- 1:06:33oralidad en las audiencias, entonces el
- 1:06:37contenido por escrito pues será
- 1:06:39básicamente lo mínimo y tendrá que tener
- 1:06:42una corroboración con el debate de
- 1:06:44oralidad, porque de esa forma le damos
- 1:06:47efectividad a la naturaleza de de ese
- 1:06:49procedimiento, a que la información que
- 1:06:52reciba el juez tenga esa efectividad que
- 1:06:54se busca con la inmediación
- 1:06:57y esa valoración pues tendrá que estar
- 1:07:00expresada en la sentencia y explicada de
- 1:07:02forma sencilla al dar lectura a la
- 1:07:05sentencia. No se va a negar efectos
- 1:07:08jurídicos, ni validez, ni fuerza a la
- 1:07:11información que se reciba, que esté
- 1:07:13constituida en medios tecnológicos,
- 1:07:16mensajes de datos, por ejemplo. Y esto
- 1:07:19puede también tener un desarrollo
- 1:07:21doctrinario y jurisprudencial muy
- 1:07:23interesante sobre cuáles van a ser esas
- 1:07:26limitaciones.
- 1:07:27En materia penal tenemos la posibilidad
- 1:07:29de incorporar pruebas de este tipo,
- 1:07:32siempre con la intervención de un
- 1:07:33testigo, de una persona que corrobore la
- 1:07:36información, ya sea a través de su
- 1:07:38testimonio o de los peritos que expongan
- 1:07:41su punto de vista científico. En materia
- 1:07:44civil no tendremos esa obligación de
- 1:07:47incorporarlo. lo podremos hacer a través
- 1:07:50de la impresión de esas imágenes o de la
- 1:07:53exhibición de los dispositivos y no
- 1:07:55podrán ser discriminadas. Eh, por el
- 1:07:58contrario, van a obligar al tribunal a
- 1:08:01tener los mecanismos o a exigírselos a
- 1:08:03las partes para poder corroborar la
- 1:08:04información que se está proporcionando.
- 1:08:07Pero los avances tecnológicos hoy en día
- 1:08:09son muy extensos. tenemos una
- 1:08:12inteligencia artificial que permite la
- 1:08:14creación de de situaciones que en ese
- 1:08:17sentido eh me parece que corresponderá a
- 1:08:21las partes hacer lo propio para evitar
- 1:08:23que esto pueda generar una convicción
- 1:08:26inadecuada en el juzgador al momento de
- 1:08:29dictar la sentencia, sobre todo en el
- 1:08:31tema de la exhibición de las
- 1:08:32conversaciones vía WhatsApp. esta
- 1:08:35interpretación que puede dársele si se
- 1:08:37eh acota, si se disminuye. Para eso las
- 1:08:42herramientas de oralidad en el desahogo
- 1:08:44del juicio oral van a ser la las veces
- 1:08:46de aclarar
- 1:08:48el alcance que pueden tener esos esos
- 1:08:51esas pruebas en al momento de que el
- 1:08:54juez resuelva el conflicto.
- 1:08:57Eh, también pues obviamente se va a
- 1:08:59reconocer todo tipo de se va a reconocer
- 1:09:01como prueba todo tipo de de información.
- 1:09:04generada en en medios electrónicos
- 1:09:06digitales. Vamos a poder valorar lo que
- 1:09:08está en las plataformas de las redes
- 1:09:10sociales, etcétera. Esto no va a tener
- 1:09:13limitaciones. Reitero, es importante
- 1:09:16entonces que las partes hagan su
- 1:09:18ejercicio de debate adecuado en la
- 1:09:21oralidad. Hay un principio de fiabilidad
- 1:09:24de la información, pero sobre todo de
- 1:09:26lealtad procesal en los litigantes.
- 1:09:30Está claro que no hay posibilidades de
- 1:09:31que el juez pueda indagar todas las
- 1:09:34verdades que que pueda eh asumir o
- 1:09:37presumir la mala fe de las partes. Y por
- 1:09:39eso es una obligación procesal. veremos
- 1:09:42hasta dónde puede alcanzar ese principio
- 1:09:45para invalidar debates, invalidar
- 1:09:47sentencias, invalidar procedimientos,
- 1:09:49anularlos en los casos en los que se
- 1:09:52afecte ese principio. Entonces, oralidad
- 1:09:56es principio fundamental de esta nueva
- 1:09:59forma de impartir justicia. No va a ser
- 1:10:02en su totalidad aplicado en los juicios.
- 1:10:04habrá acusación privada. Aún cuando
- 1:10:07tenemos un una vía que se denomina
- 1:10:09juicio oral sumario, eh las personas que
- 1:10:12radican en Puebla podrán identificarlo
- 1:10:15ya así regulado en sus códigos
- 1:10:17procesales. De hecho, es una aportación
- 1:10:19de de un de un jurista poblano y esta
- 1:10:23vía todavía no será implementada porque
- 1:10:25tiene una reserva a los consejos de las
- 1:10:28judicaturas locales para saber cuáles
- 1:10:30serán las acciones que van a desahogarse
- 1:10:33en esa vía. Pero esa vía sí es netamente
- 1:10:36oral. Desde su planteamiento de demanda,
- 1:10:38contestación, desahogo de pruebas,
- 1:10:40sentencia, eh así se desahogará. No
- 1:10:43habrá eh etapa de acusación privada. En
- 1:10:47los demás habrá acusación privada, pero
- 1:10:50la preponderancia será la oralidad y por
- 1:10:53ende los actos de las autoridades
- 1:10:55jurisdiccionales
- 1:10:57emitidos en audiencias podrán tener solo
- 1:10:59el respaldo de la videograbación. Habrá
- 1:11:02algunos actos que no necesitarán constar
- 1:11:04por escrito, sino que constarán en
- 1:11:06videograbaciones y esos cumplirá con la
- 1:11:09exigencia de la garantía de legalidad y
- 1:11:12seguridad jurídica que exigen los actos
- 1:11:14de molestia en el artículo 16
- 1:11:16constitucional. Esta reforma opera desde
- 1:11:192017 y tiene esa visión de que como ya
- 1:11:23se había implementado en materia penal y
- 1:11:25en otras materias, los actos de
- 1:11:27autoridad que se que se dicten y afecten
- 1:11:30o molesten más bien derechos o
- 1:11:33restrinjan derechos de las partes, pues
- 1:11:35podrán constar en videograba. ¿Qué
- 1:11:38requieren? pues las mismas formalidades
- 1:11:40que que exigen por escrito. No obstante,
- 1:11:43ahora tienen que hacerse de forma oral
- 1:11:45con una exactitud y precisión de la
- 1:11:47norma legal que se cita. está eh la
- 1:11:51atribución y la competencia debidamente
- 1:11:54descansada en la norma procesal y e
- 1:11:57identificar cuál es la molestia del bien
- 1:12:00valioso que se va a a realizar para por
- 1:12:03ende garantizar certeza y seguridad
- 1:12:05sobre qué debe defenderse la parte
- 1:12:09procesal. en el decreto de medidas de eh
- 1:12:13apremio disciplinarias. Ojo con las
- 1:12:15medidas disciplinarias, hay una
- 1:12:17posibilidad de de que la parte pueda ser
- 1:12:20escuchada en justicia y eh y además
- 1:12:23tiene la posibilidad de eh debatir eh en
- 1:12:28audiencia. Un punto muy importante que
- 1:12:31que debo reiterarles es que en este
- 1:12:34código nacional no hay un recurso
- 1:12:36remedio, no hay un recurso horizontal,
- 1:12:40no hay la posibilidad de que la
- 1:12:43autoridad revise, revoque sus
- 1:12:45determinaciones con un recurso como lo
- 1:12:48conocemos en la reclamación o en la
- 1:12:51revocación o en la inconformidad,
- 1:12:55etcétera. Todos estos recursos que van
- 1:12:57tienen un efecto procesal inmediato. No
- 1:13:00hay un recurso así. Hay la posibilidad
- 1:13:03de que se planteen
- 1:13:05se planteen los cuestionamientos, se
- 1:13:08pida la regularización
- 1:13:11y anulación de actuaciones al juez
- 1:13:14procesal, al juez de la causa, pero no
- 1:13:17habrá como tal una formalidad de un
- 1:13:19recurso como como tal. Se acaba entonces
- 1:13:22el debate sobre si la admisión o el
- 1:13:24desechamiento de pruebas puede ameritar
- 1:13:27un recurso eh remedio, ya sea apelación
- 1:13:31en efecto evolutivo o eh la revocación.
- 1:13:36No habrá debate sobre eh esa revisión de
- 1:13:40la admisión o desechamiento de prueba,
- 1:13:41sino hasta el dictado de la sentencia
- 1:13:43definitiva.
- 1:13:45En la oralidad, la oralidad también está
- 1:13:48en la forma de impartir justicia al
- 1:13:50momento de dictar la sentencia en el
- 1:13:52artículo 17 constitucional y esto obliga
- 1:13:56a que se lleve a cabo esa lectura de
- 1:13:58sentencia para garantizar la impartición
- 1:14:01de justicia. es un método, es un
- 1:14:02instrumento que desarrolla el proceso,
- 1:14:05garantiza la transparencia del proceso y
- 1:14:07sobre todo la comunicación entre las
- 1:14:09partes a través de la inmediación. La
- 1:14:12oralidad le da efectividad a esa
- 1:14:13inmediación porque genera diálogos y
- 1:14:16permite que las partes puedan
- 1:14:17expresarse. Estas esta intervención de
- 1:14:21las partes permitirá la exposición de
- 1:14:23pretensiones, argumentos y pruebas y
- 1:14:25disminuirá el error judicial, sobre todo
- 1:14:28en el punto de las aclaraciones. Después
- 1:14:30tendrá que ser exhaustivo para aclarar
- 1:14:32todos los puntos contradichos, evitar
- 1:14:35que a través de la omisión de alguna
- 1:14:37información pueda generarse deslealtad o
- 1:14:40pueda afectar el principio de
- 1:14:42contradicción. también va a garantizar
- 1:14:44la publicidad en el desahogo de las
- 1:14:47audiencias, pero eh pero bueno, pues
- 1:14:50esta publicidad tendrá sus
- 1:14:52restricciones. Hay un grado deseable de
- 1:14:54confianza en el ejercicio de la
- 1:14:57autoridad jurisdiccional cuando se
- 1:14:58desahoga en audiencia oral porque ella
- 1:15:01se puede observar lo que resuelve y
- 1:15:04tiene congruencia con el debate que se
- 1:15:05está observando. Y por último, con la
- 1:15:08oralidad hay necesidad de usar nuevas
- 1:15:11tecnologías y ese uso de nuevas
- 1:15:13tecnologías no puede pensarse como una
- 1:15:15formalidad enervante, sino como una
- 1:15:18manera de desahogar esas esas cargas que
- 1:15:23pueden tener. Yo se lo digo como persona
- 1:15:25juzgadora que fui y lo hice con mucho
- 1:15:28orgullo. Eh, el ejercicio profesional de
- 1:15:31de persona juzgadora es muy exigente. La
- 1:15:34agenda es totalmente variable cuando
- 1:15:37tenemos el desahogo de audiencias
- 1:15:39orales, porque no podemos establecer una
- 1:15:41un inicio y un fin establecido en
- 1:15:44parámetros de de hora o de tiempo cuando
- 1:15:47los debates pueden ser cambiantes. hay
- 1:15:48una imprevisión a lo que puede pasar en
- 1:15:50las audiencias y eso hace que las
- 1:15:52agendas se extiendan, pero la carga no
- 1:15:55disminuye. Entonces, el uso de
- 1:15:58tecnologías para poder desahogar
- 1:16:00audiencias de la mejor manera,
- 1:16:02atendiendo a tu agenda y a tu
- 1:16:03distribución de tiempo, va a permitir
- 1:16:06que los jueces realicen esa función de
- 1:16:10impartir justicia, incluso en en
- 1:16:13horarios diversos. Ojalá y exista esa
- 1:16:16apertura porque es importante que la
- 1:16:18persona juzgadora sienta esa confianza.
- 1:16:21Eh, podremos eh tener un horario de 9 a
- 1:16:246 de la tarde efectivo en donde
- 1:16:26podríamos señalar seis audiencias para
- 1:16:28desahogarse y esas seis no poderse
- 1:16:30celebrar porque en las primeras tres se
- 1:16:33duplicó el tiempo de su desahogo. Pero
- 1:16:37no dejan de ser importantes y
- 1:16:38trascendentales las subsecuentes tres. A
- 1:16:42través de la videoconferencia, por
- 1:16:43ejemplo, el juez puede optar por señalar
- 1:16:46horarios
- 1:16:48distintos a los usuales, señalar incluso
- 1:16:51habilitar días para poder celebrar las
- 1:16:53audiencias. Todo depende de cómo eh le
- 1:16:57dé esa importancia y trascendencia al
- 1:17:00ejercicio de la de la administración de
- 1:17:02justicia y el uso de la tecnología tiene
- 1:17:04que servir para eso. Habrá
- 1:17:07procedimientos netamente orales eh eh
- 1:17:11sobre todo en los juicios ordinarios
- 1:17:14cuando se desahoguen incidentes en las
- 1:17:16audiencias. Estos sí se van a plantear
- 1:17:19desde su inicio como orales. Se van a
- 1:17:23desahogar pruebas orales y se van a
- 1:17:24alegar orales y se van a resolver igual.
- 1:17:27Incluso en los incidentes que se
- 1:17:29desahoguen en audiencias, no hay
- 1:17:30necesidad de respaldarlos con pieza
- 1:17:32papel. Basta que se asienten en las
- 1:17:35actas mínimas de las audiencias por
- 1:17:37escrito los puntos resolutivos. Las
- 1:17:39audiencias también tendrán un desahogo
- 1:17:42totalmente oral y en estas audiencias se
- 1:17:45atenderán todas las peticiones de las
- 1:17:47partes que se deban realizar. No habrá
- 1:17:49manera de que se atienda una petición
- 1:17:51por escrito a partir de que concluya la
- 1:17:54etapa postulatoria.
- 1:17:56Que si quiero copias, que si quiero este
- 1:17:58autorizar a alguien, que si quiero
- 1:18:00cambiar de domicilio procesal, eh que si
- 1:18:02quiero etcétera, modificar ciertos
- 1:18:05términos. Ahí es el momento de hacerlo
- 1:18:08de forma oral. En el desahogo de pruebas
- 1:18:10también habrá oralidad, no en su
- 1:18:13totalidad en los temas de periciales,
- 1:18:15pero sí en el desahogo de los eh
- 1:18:20interrogatorios y la exposición de los
- 1:18:22de los dictámenes periciales. Y habrá
- 1:18:25oralidad también en los recursos de
- 1:18:27apelación contra sentencias definitivas
- 1:18:29cuando se quieran hacer alegatos de
- 1:18:31oreja. Es decir, no es una formalidad
- 1:18:34necesaria, pero sí hay posibilidad de
- 1:18:36que las partes puedan acudir ante el
- 1:18:38juez de segunda instancia a expresar
- 1:18:42esos alegatos finales. Entonces, la
- 1:18:44oralidad la vamos a ver
- 1:18:46preponderantemente, no en su totalidad,
- 1:18:49en los oral en los ordinarios civiles
- 1:18:52orales, ejecutivos civiles orales,
- 1:18:54hipotecarios orales, etcétera.
- 1:18:57Con la excepción del oral sumario que
- 1:18:59les reitero está reservado para que sean
- 1:19:02las los consejos de las entidades
- 1:19:04quienes determinen qué acciones se van a
- 1:19:07llevar en estas vías. Los las
- 1:19:09excepciones a la oralidad estarán en los
- 1:19:11escritos postulatorios, en los recursos
- 1:19:14cuando sean procedentes y serán de
- 1:19:16segunda instancia en los dictámenes
- 1:19:18periciales, en las sentencias, en las
- 1:19:20interlocutorias, no todas. Por ejemplo,
- 1:19:22la incompetencia sí requerirá de una
- 1:19:25pieza papel. En las actas mínimas de las
- 1:19:28audiencias habrá necesidad de haber un
- 1:19:30respaldo por escrito y eh en las
- 1:19:33notificaciones, en los exhortos.
- 1:19:36Entonces, vamos a trascender a las
- 1:19:38facultades de conducción procesal que el
- 1:19:40juez va a tener en todos los
- 1:19:42procedimientos orales y este, perdón,
- 1:19:44civiles y familiares. Todas esas
- 1:19:46facultades basadas en esos principios
- 1:19:48tendrán sus limitaciones en el orden
- 1:19:51público, en el interés social y en los
- 1:19:53derechos humanos. Obviamente habrá de
- 1:19:54observarse en toda determinación, uno
- 1:19:57puede contravenirse a estos principios.
- 1:20:02Y otra facultad de de del juzgador será
- 1:20:06observar en todos los procedimientos.
- 1:20:08Aquí sí no hay distinción, aunque tendrá
- 1:20:10mayor trascendencia en materia familiar.
- 1:20:13las condiciones de vulnerabilidad de los
- 1:20:15litigantes por ser eh integrantes de una
- 1:20:18familia que quiere reconocerse y quiere
- 1:20:21protegerse. La protección de la familia
- 1:20:23es también una condición de
- 1:20:25vulnerabilidad para suplir y ajustar
- 1:20:27procedimientos en los casos en los que
- 1:20:29haya que reconocer familias este
- 1:20:32ampliadas, etcétera, todas estas todos
- 1:20:35estos tipos de familia que requieren de
- 1:20:38una cierta adecuación en el en el
- 1:20:41análisis del conflicto de fondo. en los
- 1:20:44casos de personas mayores, niñas, niños
- 1:20:46y adolescentes, personas con
- 1:20:48discapacidad, en las obligaciones de
- 1:20:50juzgar con perspectiva de género, que no
- 1:20:52solo son relativas a las condiciones de
- 1:20:56persona mujer, sino también de otras de
- 1:20:58otro tipo de géneros en el uso de los
- 1:21:01formatos alternativos para las personas
- 1:21:04con desigualdad social y en la condición
- 1:21:07de, perdón, en la forma de aplicar
- 1:21:10justicia de forma intercultural con esta
- 1:21:14forma de juzgar con perspectiva de
- 1:21:17interculturalidad en casos de personas
- 1:21:19indígenas o afromexicanas.
- 1:21:21Estas facultades desarrolladas ya, como
- 1:21:24les les fui precisados, van desde los
- 1:21:26ajustes de procedimiento por condiciones
- 1:21:28de vulnerabilidad o necesidades del
- 1:21:31procedimiento eh en los casos de las
- 1:21:34suplencias, de los planteamientos, en el
- 1:21:37uso de los formatos para sus
- 1:21:39comunicaciones, de las resoluciones que
- 1:21:41adopte en la forma de decidir. Ahí hay
- 1:21:45posibilidades de que a través de los
- 1:21:46principios de concentración, de
- 1:21:48colaboración, de continuidad, de
- 1:21:51inmediación y de preclusión el juez
- 1:21:53tenga facultades de conducción procesal
- 1:21:55que busquen cumplir con los objetivos
- 1:21:57del Código Nacional en el uso de medidas
- 1:22:00de apremio y correcciones
- 1:22:01disciplinarias. Eso me parece que ya lo
- 1:22:03tenemos claro, en la posibilidad de
- 1:22:06aperturar las liquidis en materia
- 1:22:08familiar y atender la solución de las
- 1:22:10controversias en el decreto de medidas
- 1:22:12cautelares y de protección. a través del
- 1:22:15uso de las leyes que le vinculan, sobre
- 1:22:18todo en materia de perspectiva de género
- 1:22:20para evitar violencia contra las
- 1:22:22mujeres. Aquí en este código, la
- 1:22:25aplicación de los instrumentos
- 1:22:26internacionales es igualmente que la
- 1:22:29Constitución de forma directa. Hay
- 1:22:31posibilidades de prevalecer el contenido
- 1:22:34de los tratados internacionales en la
- 1:22:36aplicación, sobre todo del decreto de
- 1:22:38medidas cautelares adecuadas al caso
- 1:22:40concreto. Hay posibilidades de de que el
- 1:22:43juez tenga facultades de conducción en
- 1:22:46el orden y en el desahogo de las
- 1:22:47audiencias, en los principios de
- 1:22:50publicidad y privacidad cuando sean
- 1:22:52necesarios, para anular y regularizar
- 1:22:55actuaciones del procedimiento y aclarar
- 1:22:57sentencias.
- 1:22:59lo puede hacer de forma oficiosa para
- 1:23:02interrogar a las partes ampliamente
- 1:23:04testigos y peritos eh de forma amplia en
- 1:23:07materia familiar y de forma aclaratoria
- 1:23:09en materia civil para desahogar pruebas
- 1:23:12fuera del recinto judicial y aquí
- 1:23:14también opera la aplicación de los
- 1:23:16principios del juicio oral si es
- 1:23:17necesario trasladarse a un a un lugar y
- 1:23:20ahí desahogar la prueba como un ajuste
- 1:23:22procesal, un testimonio, una
- 1:23:23declaración. Aquí me parece también
- 1:23:26interesante contemplar la posibilidad de
- 1:23:28una prueba anticipada como la que se
- 1:23:31contempla en el Código Proxal Penal, que
- 1:23:33tiene una finalidad de incorporar una
- 1:23:35prueba que puede ser valorada
- 1:23:36eventualmente respetando los principios
- 1:23:38de oralidad del de los procesos
- 1:23:41acusatorios. Hay posibilidades de que el
- 1:23:42juez implemente con conducción procesal
- 1:23:45esos desahogos de pruebas. Hay
- 1:23:48posibilidades de ampliar las diligencias
- 1:23:50probatorias en todas las materias, pero
- 1:23:52sobre todo en materia familiar para
- 1:23:53indagar la verdad procesal.
- 1:23:57En los principios de inmediación,
- 1:23:59concentración
- 1:24:01eh y contradicción encontraremos que la
- 1:24:04inmediación tiene relevancia porque a
- 1:24:06partir de esta podemos entonces eh
- 1:24:10considerar que no solo es indispensable
- 1:24:12la presencia del juez, sino de las
- 1:24:15partes. A partir del principio de
- 1:24:17inmediación, el diálogo tiene
- 1:24:18relevancia, cumple con la finalidad de
- 1:24:21la comunicación y tiene dos
- 1:24:23connotaciones cuando se trata del juez.
- 1:24:26Primero, la obligación del juez de
- 1:24:30percibir el desarrollo de toda la
- 1:24:31audiencia por sus propios sentidos. No
- 1:24:34hay posibilidad de que haya un
- 1:24:35intermediario y esto va a ser muy
- 1:24:37trascendental, sobre todo porque con la
- 1:24:40reforma judicial la posibilidad de ser
- 1:24:43juez ahora ya no es parte de la carrera
- 1:24:46judicial. La el cargo de juez se elige
- 1:24:50popularmente y por ende no habrá manera
- 1:24:52de que el secretario pueda celebrar la
- 1:24:55audiencia preliminar o dictar la
- 1:24:57sentencia como lo acontece en materia
- 1:24:59mercantil, que ya hay precedentes que
- 1:25:02incluso podrán ser revisados con esta
- 1:25:04reforma judicial. Aquí no hay manera de
- 1:25:08que el juez pueda delegar la
- 1:25:09intervención en el desahogo del acto
- 1:25:12procesal y sobre todo una connotación
- 1:25:15objetiva para obtener de la del diálogo
- 1:25:18con las partes la información directa de
- 1:25:21cuál es el conflicto y cómo debe
- 1:25:24resolverlo.
- 1:25:26Con la inmediación se eh potencializa la
- 1:25:29contradicción porque es indispensable la
- 1:25:32presencia de todos los litigantes en las
- 1:25:35audiencias.
- 1:25:36En este sentido, eh sí debo precisar que
- 1:25:40la presencia de las partes para la
- 1:25:42audiencia preliminar, por ejemplo, eh no
- 1:25:45es tan no es tan necesaria cuando hay un
- 1:25:48representante con facultades para
- 1:25:51transigir y convenir. De lo contrario,
- 1:25:54sí no puede celebrarse la audiencia
- 1:25:55preliminar, pero es posible que la parte
- 1:25:57procesal esté representada en esa etapa
- 1:26:00y esté presente ese representante con
- 1:26:03esas facultades. Otro punto también
- 1:26:06importante es que la representación
- 1:26:07jurídica, aquí los autorizados
- 1:26:10comúnmente denominados no son solamente
- 1:26:13autorizados con términos amplios o
- 1:26:15restringidos, son representantes legales
- 1:26:18que tienen todas las facultades de un
- 1:26:19mandato con excepción de la de transigir
- 1:26:23y de y de convenir o desistirse de las
- 1:26:26instancias. En ese sentido, hay
- 1:26:28necesidad de que las partes otorguen esa
- 1:26:30autorización en los escritos iniciales
- 1:26:32para que entonces tengan todas esas
- 1:26:35facultades. Por ende, los representantes
- 1:26:37legales o abogados van a poder
- 1:26:40interponer juicios de amparo porque van
- 1:26:42a contar con esas facultades,
- 1:26:45este, sin necesidad de que haya una
- 1:26:47autorización expresa. Lo único que no
- 1:26:49podrán hacer va a ser convenir o
- 1:26:51desistirse de la acción. Eh, en en ese
- 1:26:55sentido, la inmediación presupone la
- 1:26:57comunicación entre las partes, eh cuáles
- 1:26:59son sus posturas y sobre todo los gestos
- 1:27:02y las actitudes. Aquí es muy importante
- 1:27:05entender que la comunicación no solo se
- 1:27:07expresa de forma verbal, sino también en
- 1:27:09la manera en la en cómo nos expresamos.
- 1:27:12Eh, sobre todo en el tema de las
- 1:27:13declaraciones, los nerviosismos y todo
- 1:27:16lo que pasa en un desahogo de una
- 1:27:18audiencia es normal, es natural hasta
- 1:27:21cierto punto, hasta el momento en el que
- 1:27:23las contradicciones pueden develar una
- 1:27:26deslealtad procesal, una conducción eh
- 1:27:29con falsedad que puede motivar ciertos
- 1:27:31ajustes del juez para el desahodo de
- 1:27:33esas pruebas, basado en cómo se está
- 1:27:36comportando, cómo se está expresando,
- 1:27:38cómo se está gesticulando en la
- 1:27:40audiencia. Además de que este el respeto
- 1:27:44entre las partes y hacia el juez también
- 1:27:46es indispensable.
- 1:27:48Este tendremos que que guardar ese
- 1:27:50decoro y ese respeto en el desahogo de
- 1:27:52las audiencias. Además, garantiza la
- 1:27:55contradicción y que la información
- 1:27:57llegue de forma directa al juez, genera
- 1:27:59un diálogo directo y sobre todo valida
- 1:28:01las actuaciones. ¿Hay posibilidades de
- 1:28:04desahogar audiencias totalmente por
- 1:28:07escrito? Sí, sí lo hay. El código lo
- 1:28:09contempla. Solamente que en estos casos
- 1:28:12hay necesidad de fundar y motivar
- 1:28:13suficientemente las razones del por qué
- 1:28:16no se cumplió con la oralidad. Esto no
- 1:28:19es tan eh tan adecuado porque esa norma
- 1:28:23está vigente en el código mercantil,
- 1:28:25código de comercio y ha permitido que
- 1:28:28las autoridades soslayen la observancia
- 1:28:31de la oralidad y la los principios de eh
- 1:28:34acusatorios
- 1:28:35y por ende siguen todavía desahogando
- 1:28:38las diligencias de forma escrita. Sin
- 1:28:40embargo, eh lo que se va a buscar pues
- 1:28:43es que si tenemos la posibilidad de
- 1:28:45adoptar principios de tecnología,
- 1:28:47implementación de las plataformas, lo
- 1:28:49hagamos para validar actuación. En la
- 1:28:52concentración, reitero, esas
- 1:28:53posibilidades de de concentrar
- 1:28:55actuaciones dependerán también de los
- 1:28:57principios y, sobre todo en la
- 1:28:59planificación de las pruebas podrán
- 1:29:01aplazarse, generar suspensiones.
- 1:29:05Esta gestión de las audiencias ya no es
- 1:29:07solo esa posibilidad de que intervengan
- 1:29:10eh partes de la administración de
- 1:29:12justicia. Aquí el juez es el encargado
- 1:29:14de realizar la mayoría de los actos en
- 1:29:17la administración de justicia. por ende,
- 1:29:19debe tener conocimientos de tecnologías
- 1:29:21y cómo implementarlas.
- 1:29:23Eh, en ese sentido, las partes tendrán a
- 1:29:25su vez la posibilidad de proponer el uso
- 1:29:28de tecnologías y de elegir a partir del
- 1:29:31principio de elegilibilidad
- 1:29:33la posibilidad de celebrar sus juicios
- 1:29:35totalmente en línea eh con las
- 1:29:38plataformas que proporcionen los poderes
- 1:29:40judiciales eh a través del desahogo de
- 1:29:42audiencias virtuales con ciertas ciertos
- 1:29:45mecanismos que garanticen la seguridad
- 1:29:47de la presencia de las partes. por
- 1:29:49ejemplo, identificarse eh plenamente en
- 1:29:53las audiencias, que quede constancia en
- 1:29:54los audios y videos y el desahogo de los
- 1:29:57testimonios de las declaraciones en
- 1:29:59áreas reservadas, precisadas por los
- 1:30:01poderes judiciales de todas las
- 1:30:03entidades federativas, que va a permitir
- 1:30:05que si estamos en una entidad federativa
- 1:30:07distinta podamos acudir a ese poder
- 1:30:09judicial a desahogar un testimonio,
- 1:30:12siempre con la petición del auxilio de
- 1:30:14la del juez de origen. Oye, ¿sabes qué?
- 1:30:17Tengo un testigo que va a declarar allá.
- 1:30:19permítele que vaya a tu sede de
- 1:30:21declaración de testigos y ahí puede
- 1:30:24acudir a rendir sus declaraciones. La
- 1:30:26información y la seguridad de la
- 1:30:28información no solo es responsabilidad
- 1:30:30del juez, también es de la de las partes
- 1:30:32y por ende
- 1:30:34ser así resguardada
- 1:30:37por quienes intervienen. La dinámica,
- 1:30:39por último concluyo, la dinámica de las
- 1:30:42partes y el rol de las partes en las
- 1:30:44audiencias va a implicar pues sobre todo
- 1:30:47el deber de la asistencia. Es muy
- 1:30:49importante, aunque puede, reitero,
- 1:30:52delegarse, no quiere decir que no haya
- 1:30:54necesidad de su presencia. eh hay
- 1:30:56consecuencias procesales de preclusión y
- 1:30:59en el caso de los representantes legales
- 1:31:01hay consecuencias de multas por no
- 1:31:04asistir. Hay un deber de identificarse y
- 1:31:07de protestar cuando se va a declarar
- 1:31:09ante la autoridad decir la verdad. Hay
- 1:31:12obligaciones de ser puntuales a las
- 1:31:15audiencias, sin embargo, hay
- 1:31:16posibilidades de incorporarse en las eh
- 1:31:19etapas en las que se encuentren. La
- 1:31:21consecuencia será siempre la preclusión
- 1:31:23de los derechos no ejercidos. Hay
- 1:31:26necesidad de que las partes cumplan con
- 1:31:28la lealtad procesal, la probidad, el
- 1:31:31orden, el respeto y la buena fe de sus
- 1:31:34actos. Eh, hay obligación de cumplir con
- 1:31:37la oralidad, de que se expresen sus
- 1:31:40peticiones de forma oral claras y con
- 1:31:42profundo conocimiento sobre sus teorías
- 1:31:45del caso. Es importante que eso se
- 1:31:48exprese así en sus intervenciones de
- 1:31:51respetar la inmediación y la
- 1:31:52contradicción con sus colitigantes. Hay
- 1:31:56hay obligación de las partes de tener
- 1:31:58una postura abierta a la celebración de
- 1:32:01acuerdos y procedimientos
- 1:32:02convencionales,
- 1:32:04de colaborar en la solución de esos
- 1:32:07conflictos con el juez, de que el juez
- 1:32:09escuche sus planteamientos, de que pueda
- 1:32:12buscar una solución con ellos. Ya no es
- 1:32:15solamente una fase procesal posible de
- 1:32:17soslayar, sino un momento efectivo de
- 1:32:21los procesos este en este código y hay
- 1:32:25que cumplir con el resguardo de la
- 1:32:27información, con la privacidad de los
- 1:32:30datos que se expresen en un juicio, es
- 1:32:32responsabilidad de las partes, eh, y
- 1:32:35debe haber consecuencias.
- 1:32:37Eh, eso dependerá de las conductas que
- 1:32:40despleguen y de las responsabilidades
- 1:32:43que se generen. Sin embargo, no es solo
- 1:32:46responsabilidad
- 1:32:47de eh
- 1:32:50de las autoridades jurisdiccionales,
- 1:32:52sino también de las partes.
- 1:32:56Voy a dar este espacio a partir de este
- 1:32:59momento para que los que nos están
- 1:33:01escuchando, espero haber podido expresar
- 1:33:04todos mis puntos de vista y hacerlo de
- 1:33:07forma clara para poder escuchar su
- 1:33:10contra eh su alimentación,
- 1:33:13su retroalimentación más bien sobre
- 1:33:17cuáles son sus dudas sobre lo que se ha
- 1:33:19planteado, qué eh aspecto me parece que
- 1:33:23puede abordarse y Yo eh los escucharía
- 1:33:27para dar respuesta clara a sus
- 1:33:29preguntas.
- 1:33:42Ahí hay varias manos levantadas.
- 1:33:44Muchas gracias, doctor. Usted puede
- 1:33:46desactivar este los micrófonos para que
- 1:33:48ellos comiencen con las participaciones,
- 1:33:50doctor.
- 1:33:51Ah, a ver.
- 1:33:54Eh, pero
- 1:33:57okay. Eh, ¿quién levantó? Aquí tengo una
- 1:34:00mano. Ángel de Jesús.
- 1:34:03Ángel de Jesús Fernández. Adelante.
- 1:34:05Tienes, creo que estás ya
- 1:34:08en la posibilidad de
- 1:34:19Creo que no. Este, no sé si me pueden
- 1:34:21ayudar a quitar la el silenciado.
- 1:34:26Ángel de Jesús Fernández,
- 1:34:28¿me escucha?
- 1:34:29Ya, adelante, licenciado. Gracias.
- 1:34:32Muchas gracias de antemano una un
- 1:34:34agradecimiento, una felicitación por su
- 1:34:36exposición muy brillante, muy completa,
- 1:34:38eh denota su conocimiento y experiencia
- 1:34:41y pues como integrante del Poder
- 1:34:43Judicial de la Federación, 28 años de
- 1:34:45carrera. Agradezco mucho su
- 1:34:47participación, es muy interesante. Eh,
- 1:34:50me gustaría saber su opinión porque los
- 1:34:52temas que ha abarcado son se son de
- 1:34:55vital importancia para el sistema
- 1:34:56jurídico mexicano eh que se va a
- 1:34:59implementar a partir de la entrada en
- 1:35:01vigor en los procesos jurisdiccionales,
- 1:35:04entiéndase así, eh qué es lo que estamos
- 1:35:06viendo, civiles y familiares
- 1:35:09próximamente.
- 1:35:11Lo que me interesa de su opinión es de
- 1:35:14acuerdo a la exposión que usted nos ha
- 1:35:16dado, se va a requerir de una persona
- 1:35:19sumamente capacitada para estar en
- 1:35:22posibilidad de dar cumplimiento a todas
- 1:35:24estas pues más que disposiciones. Yo le
- 1:35:27daría expectativas
- 1:35:29que se va a tener para poder tener un
- 1:35:32buen juzgador.
- 1:35:35No tenemos la misma situación que se
- 1:35:37vivió en la materia penal en la que hubo
- 1:35:40no uno, sino cientos de cursos de
- 1:35:44preparación y capacitación para
- 1:35:46juzgadores para que pudieran estar en
- 1:35:48posibilidad de afrontar esa carga que se
- 1:35:51venía y que pues a la fecha todavía
- 1:35:54seguimos viendo muchas dificultades en
- 1:35:56su implementación.
- 1:35:58En concreto, eh yo lo veo muy difícil,
- 1:36:01muy difícil que se pueda llegar al
- 1:36:03objetivo. Es muy muy buena la intención
- 1:36:06del legislador, eh, bueno, de
- 1:36:08legisladora, así llamada, plasmada en
- 1:36:10este en este nuevo código, pero lo veo
- 1:36:13muy difícil, muy difícil de que se pueda
- 1:36:16implementar. Hay muchas cuestiones que
- 1:36:18me parecen y creo que estará usted de
- 1:36:20acuerdo por la experiencia que nos
- 1:36:22relató la persona de la Escuela
- 1:36:24Nacional. Eh, su experiencia profesional
- 1:36:27nos permite advertir que tiene
- 1:36:28conocimiento en el desarrollo de esta
- 1:36:30actividad jurisdiccional de impartición
- 1:36:32de justicia a nivel estatal, a nivel
- 1:36:34federal. Hay muchas cuestiones muy
- 1:36:36subjetivas que me parecen no como una
- 1:36:39solución viable, sino preocupantes en
- 1:36:42verdad de cómo va a ser la la
- 1:36:45implementación, la aplicación y y me
- 1:36:48refiero, insisto, únicamente a nivel de
- 1:36:52eh de los procedimientos civiles y
- 1:36:56familiares.
- 1:36:58Nada más.
- 1:37:00Muchas gracias, licenciado, por su
- 1:37:02intervención y por su felicitación.
- 1:37:04Mire, es cierto, eh, en efecto, es es
- 1:37:08una expectativa muy alta la que se tiene
- 1:37:11sobre la implementación y sobre todo por
- 1:37:13la el cúmulo de asuntos que se atienden
- 1:37:16en materia civil y familiar. Eh, me
- 1:37:20parece que lo lo primordial en este
- 1:37:23punto es el uso de la tecnología. Miren,
- 1:37:25en mi experiencia como juez penal,
- 1:37:29eh nosotros teníamos un inconveniente
- 1:37:31muy grande en el uso de las salas de
- 1:37:33juicios orales. Eh no no se daban abasto
- 1:37:36para la atención de todos los asuntos.
- 1:37:39Eh primero principalmente porque aún
- 1:37:41cuando en aquel proceso también había eh
- 1:37:44la el uso de la ventaja de las
- 1:37:47soluciones alternas no se usó, se
- 1:37:50privilegió siempre el litigio y eso
- 1:37:52motivó que se incrementaran las cargas.
- 1:37:54Pero además, ¿cómo vas a a celebrar las
- 1:37:58audiencias si no tienes
- 1:37:59disponibilidades?
- 1:38:01Entonces, eh eso motivó en mi ejercicio
- 1:38:05profesional que hiciera uso de la
- 1:38:07tecnología. No teníamos el respaldo
- 1:38:09normativo que tenemos en este código que
- 1:38:12va a facultar a la tecnología como un
- 1:38:14instrumento de la oralidad y va a
- 1:38:16posibilitar al juez que a través del uso
- 1:38:19de principios pueda implementar el
- 1:38:21desahogo de estas audiencias. Esto, ¿qué
- 1:38:22quiere decir? Si no tienes si no tienes
- 1:38:25sala de juicio oral disponible, abre una
- 1:38:28conferencia, una videoconferencia con la
- 1:38:31intervención de las partes. Dótalas de
- 1:38:33esa efectividad, haz uso de tus tiempos
- 1:38:36para usar las videoconferencias. En este
- 1:38:39caso, la tecnología va a jugar un papel
- 1:38:41fundamental en la implementación del
- 1:38:43Código Nacional porque es a través de la
- 1:38:45tecnología que la oralidad tiene eficaz.
- 1:38:48Si no se usa la tecnología, si se va
- 1:38:50nuevamente a limitar las facultades del
- 1:38:53juez, a poner restricciones sobre cómo
- 1:38:55implementarlo, entonces sí va a colapsar
- 1:38:58porque no va a haber suficiente
- 1:39:00infraestructura que permita la
- 1:39:02implementación. Esto es importante y es
- 1:39:05importante que las instituciones
- 1:39:07públicas de todos los los entes
- 1:39:10estatales también doten de esas
- 1:39:13herramientas a las partes, no solo los
- 1:39:15poderes judiciales. ¿A qué me refiero?
- 1:39:18también fui juez de de comunidades
- 1:39:20alejadas a las cabeceras y en esos en
- 1:39:23esas comunidades no hay manera de
- 1:39:25implementar la tecnología porque las
- 1:39:27partes no tienen una computadora, no
- 1:39:29tienen internet, pero las instituciones
- 1:39:32públicas sí pueden dotar de esos de esas
- 1:39:35eh infraestructuras, sí pueden permitir
- 1:39:38el uso de una computadora con todos los
- 1:39:40mecanismos para que las partes vayan y
- 1:39:43celebren las audiencias y tengan acceso
- 1:39:46a esa posibilidad del uso de de la
- 1:39:48tecnología de forma gratuita. Es decir,
- 1:39:50es una implementación, un cambio
- 1:39:52trascendental, no solo en los poderes
- 1:39:54judiciales, sino en la eh manera de que
- 1:39:58las autoridades también brinden esos
- 1:40:00apoyos. Ojalá y sí se cumpla porque pues
- 1:40:04tiene tiene beneficios sobre todo en la
- 1:40:06impartición de justicia. Gracias,
- 1:40:08licenciado. ¿Alguien más que quiera
- 1:40:11participar?
- 1:40:14Tenemos la mano de Jus Fernando.
- 1:40:19No, no lo veo.
- 1:40:22Hola, ¿qué tal? Muy buena tarde.
- 1:40:24Adelante.
- 1:40:25Perdón, tengo un poco de problemas con
- 1:40:27mi cámara, pero aquí estamos pendientes
- 1:40:28de de la exposición.
- 1:40:30Gracias.
- 1:40:32Eh, hay una duda aquí, este, pues
- 1:40:34obviamente de su amplia experiencia. Eh,
- 1:40:36nos menciona que usted estuvo en la
- 1:40:37materia penal. Eh, yo he tenido la
- 1:40:40posibilidad de litigar tanto en la
- 1:40:43materia pues ahora laboral con los
- 1:40:46procedimientos al igual que mercantil y
- 1:40:48en la materia penal. Aquí la duda es la
- 1:40:50siguiente. Eh, se advierte una especie
- 1:40:52de híbrido de las de los dos sistemas,
- 1:40:55¿no? Porque yo siempre lo he dicho en
- 1:40:56materia laboral eh pareciera una especie
- 1:40:59de de este de oralidad adoc porque
- 1:41:03realmente pues hay una fase expositiva y
- 1:41:05el desarrollo y desahogo realmente en el
- 1:41:08juicio se cñe exclusivamente pues a la
- 1:41:10forma de realizar las preguntas de
- 1:41:12manera oral. Realmente para mí la
- 1:41:15oralidad en esos procedimientos se da en
- 1:41:16ese sentido. Por el contrario, en
- 1:41:18materia penal pues lógicamente lo que no
- 1:41:21se exponga en audiencia, el juez no
- 1:41:23tiene la posibilidad de advertir, por
- 1:41:25supuesto, de de la carpeta de
- 1:41:27investigación lo que existe dentro de
- 1:41:29ella. Sin embargo, pues aquí sí
- 1:41:31advertimos que hay una fase expositiva,
- 1:41:33por supuesto que hay una una fase
- 1:41:35preliminar y y obviamente la depuración
- 1:41:38de pruebas llegado al juicio oral como
- 1:41:41tal, ya sea en el procedimiento familiar
- 1:41:43o en el procedimiento civil. La duda es
- 1:41:46la siguiente, ¿ehen conocimiento y la
- 1:41:49valoración se puede realizar del
- 1:41:51expediente o de igual manera, como en
- 1:41:53materia penal, bajo los argumentos
- 1:41:55vertidos por las partes, será la manera
- 1:41:57en la cual resolverán? Muchas gracias.
- 1:42:00Muchas gracias, licenciado, por tu
- 1:42:02participación. Pues como lo precisa aquí
- 1:42:05sí hay una acusación privada, aunque en
- 1:42:07la materia penal también hay una
- 1:42:08acusación privada. Este, en en efecto,
- 1:42:12la separación de las competencias motiva
- 1:42:15que sea solo el el juez de juicio oral
- 1:42:17quien valore lo que se diga en el
- 1:42:19debate. Aquí no se separan competencias.
- 1:42:21eh el juez de instancia tendrá que
- 1:42:24observar la preliminar y la y la de
- 1:42:26juicio. Y además la valoración que
- 1:42:29propone el código permite eh que se
- 1:42:31analicen la instrumental de actuaciones,
- 1:42:33es decir, las constancias del
- 1:42:35expediente. Por eso les dije que aquí la
- 1:42:38incorporación de pruebas materiales y de
- 1:42:40documentales no será a través de
- 1:42:41testigos. puede hacerse así,
- 1:42:45literalmente incorporadas al expediente.
- 1:42:47Incluso a mí me parece una postura
- 1:42:50adecuada que el juez al momento de
- 1:42:52pronunciarse
- 1:42:53en en la audiencia preliminar sobre la
- 1:42:55admisión de las pruebas, sobre todo
- 1:42:57documentales, las reciba, es decir,
- 1:43:01acote los actos y diga, "Admito la
- 1:43:03prueba documental y la tengo por
- 1:43:05recibida desde este momento para
- 1:43:07eventualmente valorarla en sentencia,
- 1:43:10sin necesidad de esperar a la audiencia
- 1:43:12de juicio oral a realizar un acto
- 1:43:14procesal y solo reservar a la audiencia
- 1:43:17de juicio oral, pues el desahogo de los
- 1:43:18interrogatorios, testimonios, peritos y
- 1:43:21partes. Entonces, si si no aquí no es
- 1:43:24igual, aquí sí va a haber posibilidades
- 1:43:26de valorar constancias y pruebas
- 1:43:29materiales. Gracias, licenciado.
- 1:43:31¿Alguien más?
- 1:43:32Tenemos la manita de Marcos Díaz.
- 1:43:35Adelante, por favor.
- 1:43:36Buenas tardes. Marco Fabricio Sánchez
- 1:43:39del estadio de Zacatecas. Felicidades,
- 1:43:41maestro, por su exposición. Más que más
- 1:43:44que pregunta tu punto de vista. Usted
- 1:43:47sabe que en materia familiar y en
- 1:43:48materia civil están saturados tanto
- 1:43:50juzgados. Con este nuevo sistema se
- 1:43:53vendrá a reducir la carga de trabajo de
- 1:43:56los de los de los juzgados y en su
- 1:43:59momento saldrán más pronto las
- 1:44:00sentencias o o va a haber más la
- 1:44:05concertación de llegar a a los a los
- 1:44:08medios alternos de solución técnica.
- 1:44:13Muy buena pregunta. Gracias, licenciado.
- 1:44:15Mire, eh precisamente fui un tanto yendo
- 1:44:19desarrollando todas las etapas del
- 1:44:21procedimiento para ir viendo cómo todas
- 1:44:23van propugnando por el principal
- 1:44:25objetivo que es solventar la
- 1:44:27controversia desde un momento en el que
- 1:44:29vamos a depurar procedimientos, a
- 1:44:31permitirle a las partes convenciones de
- 1:44:33procedimientos, conciliaciones,
- 1:44:35mediaciones, invitaciones a las
- 1:44:38conciliaciones. Todos esos momentos lo
- 1:44:40que buscan es evitar llegar a los
- 1:44:42juicios orales, como en todas las
- 1:44:44características de de las de los
- 1:44:46beneficios de la justicia alternativa,
- 1:44:49pero hay que usarlos, hay que saberlos
- 1:44:51usar y sobre todo hay que tener
- 1:44:52experiencia y y capacitación, sobre todo
- 1:44:55en el tema de los litigantes. El juez
- 1:44:57tiene la obligación de hacerlo, tiene la
- 1:44:59obligación de invitarlos y de
- 1:45:00realizarlo. Ahora, eso va a filtrar o se
- 1:45:04busca la posibilidad de filtrar que los
- 1:45:06juicios pues sean los menos posibles y
- 1:45:09además que los juicios no tengan que ser
- 1:45:12exhaustivos eh y muy extensos. A
- 1:45:16diferencia de materia penal en donde las
- 1:45:18competencias se dividen. La a veces las
- 1:45:20audiencias intermedias celebradas por
- 1:45:22los jueces de control no depuran los
- 1:45:25conflictos de los juicios orales y
- 1:45:27tenemos juicios orales que tardan meses
- 1:45:29en desahogarse. Aquí no.
- 1:45:31Aquí el juez puede ir dirigiendo,
- 1:45:34conduciendo su procedimiento, invitando
- 1:45:36a las partes a, "Oye, tu conflicto es
- 1:45:38solamente esto. Tu conflicto es la
- 1:45:41existencia de la obligación." Por
- 1:45:42ejemplo, en materia de acción
- 1:45:44reivindicatoria, este, hay
- 1:45:48conflicto sobre la propiedad, no hay
- 1:45:50conflicto. Hay conflicto sobre la
- 1:45:52identidad, no hay conflicto. Hay
- 1:45:54conflicto sobre la posesión, sí hay
- 1:45:56conflicto. Ah, bueno, entonces tenemos
- 1:45:58por satisfecho el elemento de la acción
- 1:46:00reivindicatoria de propiedad, de
- 1:46:02identidad. Con la identidad nos quitamos
- 1:46:04las periciales, las inspecciones, todo
- 1:46:07lo concerniente a identificar al
- 1:46:09inmueble. Y nos vamos al punto del de la
- 1:46:12de la posesión, ¿qué quién está
- 1:46:14poseyendo? ¿Cuál es la causa de
- 1:46:16posesión? ¿Hay causa justificada, no
- 1:46:19justificada? Motiva la reivindicatoria.
- 1:46:21Ese es el punto del debate. Y entonces
- 1:46:24centramos los argumentos, llevamos un
- 1:46:27juicio oral más constreñido, hacemos
- 1:46:30ágil el debate con menos pruebas y
- 1:46:33permite al juez expresar su resolución.
- 1:46:36¿Y qué qué implica la explicación de la
- 1:46:38sentencia? pues que el juez sea conciso
- 1:46:40a los puntos medulares sobre lo que se
- 1:46:42llevó a cabo en el debate.
- 1:46:45Gracias.
- 1:46:48¿Alguien más?
- 1:46:49José Baristo, por favor.
- 1:46:58José Baristo es el que sigue en la lista
- 1:47:01de las manitas.
- 1:47:03Hola, ¿qué tal? Buenas tardes. ¿Ya me
- 1:47:04escuchan?
- 1:47:06fuerte y claro, licenciado. Gracias.
- 1:47:10Buenas tardes a todos. Este, muchas
- 1:47:12gracias por su tiempo.
- 1:47:14Y este la pregunta que quería hacer es
- 1:47:17en cuestión al al proceso
- 1:47:21en el recurso. Entonces, bueno, en el
- 1:47:23recurso de apelación.
- 1:47:25Perdón, perdón, perdón. José Baristo,
- 1:47:27este, Areli, Areli, si nos hace favor de
- 1:47:29apagar el micrófono porque por eso no
- 1:47:31escuchamos bien a José Baristo.
- 1:47:32Disculpe, José Baristo. Adelante.
- 1:47:35Sí, gracias.
- 1:47:37Listo. Como comentaba en cuestión
- 1:47:38procesal, en el recurso de apelación se
- 1:47:41deberán plantear los agravios que en su
- 1:47:44momento los autos emitidos en el
- 1:47:46procedimiento
- 1:47:48eh causan fueron bueno que causaron
- 1:47:51también
- 1:47:53al igual que para solicitar regularizar
- 1:47:56actuaciones también deberán ser dentro
- 1:47:58de de las audiencias.
- 1:48:02Mir este la audiencia o la fase oral en
- 1:48:05la en el recurso de apelación está
- 1:48:07reservada solo para las apelaciones
- 1:48:09contra sentencias, no contra las
- 1:48:11apelaciones efecto evolutivo. En ese
- 1:48:14contexto,
- 1:48:16la etapa de la oralidad en esa parte del
- 1:48:19recurso va dirigida a que las partes
- 1:48:22tengan una oportunidad de emitir
- 1:48:23básicamente alegatos, alegatos, alegatos
- 1:48:27que permitan al juez pues conocer el
- 1:48:30contexto de la controversia, los
- 1:48:39recurso de deación
- 1:48:43y este para eso
- 1:48:49se nos está yendo un poquito este su
- 1:48:52audio, doctor.
- 1:49:00No se escucha, ¿verdad?
- 1:49:01Sí, doctor, doctor. Este, doctor,
- 1:49:04discúlpeme, no lo no lo escuchamos.
- 1:49:10No. Y la apelación no es necesario que
- 1:49:14se desahogue la audiencia de alegatos de
- 1:49:15forma oral. Si las partes no la
- 1:49:18solicitan y no tienen ese planteamiento,
- 1:49:21no habrá necesidad. El tribunal de
- 1:49:22alzada resolverá con el recurso por
- 1:49:25escrito y el contenido de de las
- 1:49:28audiencias de juicio oral. La sentencia
- 1:49:37no quedó muy claro. Se fue el sonido.
- 1:49:41Se fue, se fue un sonido, se fue un
- 1:49:43ratito el sonido. Este, doctor, no sé si
- 1:49:45gusta repetir su respuesta, por favor.
- 1:49:48Sí, les precisaba que eh la apelación,
- 1:49:51la oralidad de los alegatos
- 1:49:54eh es solo si lo solicitan las partes.
- 1:49:56No es no es una obligación, no es una
- 1:49:58etapa procesal. indispensable de
- 1:50:00observar.
- 1:50:02Solamente en los casos en los que este
- 1:50:05las partes soliciten esa celebración de
- 1:50:08la audiencia, la van a desahogar para
- 1:50:10formular alegatos, que son básicamente
- 1:50:12los alegatos de oreja, el planteamiento
- 1:50:15de su controversia, de sus agravios, de
- 1:50:17los puntos que quieren que el Tribunal
- 1:50:19de Alzada analice.
- 1:50:21Solamente en esos casos se desahogará
- 1:50:23oralmente esa audiencia, de lo contrario
- 1:50:26puede no celebrarse, puede llevarse a
- 1:50:29cabo sin la necesidad de esa audiencia.
- 1:50:32Y les precisé también que en materia
- 1:50:35familiar eh la apelación va a obligar al
- 1:50:39tribunal de alzada a reasumir
- 1:50:41jurisdicción como si fuera el juez de
- 1:50:43instancia de primera instancia. Este ahí
- 1:50:47el ahí no hay devolución de jurisdicción
- 1:50:49para que el juez subsane algunas
- 1:50:51omisiones,
- 1:50:53eh algunos desahogos de prueba. Ahí el
- 1:50:55tribunal de Alzada tendrá la obligación
- 1:50:57de implementar las reglas del juicio
- 1:51:01oral para desahogar pruebas, para este
- 1:51:06incorporar los medios de prueba
- 1:51:07necesarios que que le que necesite para
- 1:51:10resolver la apelación. Solo en esos
- 1:51:12momentos es como va a haber oralidad, de
- 1:51:14lo contrario el procedimiento de la
- 1:51:16apelación pues es eh también por
- 1:51:19escrito.
- 1:51:22Ahora sí nos quedó muy claro este
- 1:51:24doctor. Muchas gracias. Cristian José,
- 1:51:34si no está Cristian José, José Fabián.
- 1:51:44Hola, buenas tardes. Este, bueno, esto
- 1:51:46es más un tema de este que me pasó en en
- 1:51:51un litigio. ¿Hasta qué momento este y si
- 1:51:55es para todas las partes eh ya sea ya
- 1:51:57actor, ya me mandado, ya me juzgador? eh
- 1:52:01en la etapa de la audiencia preliminar,
- 1:52:03en la de depuración, la legitimación de
- 1:52:05las partes. Yo tengo entendido que sería
- 1:52:08este durante la prevención del juez en
- 1:52:11las excepciones y defensas que marque la
- 1:52:13este los demandados y bueno, en esta
- 1:52:16etapa en la de depuración un juez me la
- 1:52:19hizo efectiva hasta la sentencia, no sé
- 1:52:22si se pueda en juicios orales. se tengo
- 1:52:25entendido que hay una jurisprudencia en
- 1:52:27juicios ordinarios normales, pero en
- 1:52:29juicios orales yo creo que es una etapa.
- 1:52:32No sé usted quién podría orientar.
- 1:52:36Sin duda es una es una etapa del
- 1:52:38procedimiento y tiene esa finalidad,
- 1:52:41pero eh sí debo reconocer que los
- 1:52:44presupuestos procesales validan el
- 1:52:48juicio, es decir, son formalidades
- 1:52:50esenciales que debe observar el juez,
- 1:52:53que si no las observa, pues me parece
- 1:52:56que que pueden motivar las reposiciones,
- 1:52:59o sea, o sea, no estoy ajeno a la
- 1:53:02posibilidad de que un juez se le vaya
- 1:53:04este por una inobservancia, por una pues
- 1:53:07de alguna forma una irresponsabilidad en
- 1:53:09la en la verificación de esa etapa
- 1:53:11procesal, analizar ese esa legitimación
- 1:53:14y lo advierta hasta el dictado de la
- 1:53:16sentencia, momento en el que pues puede
- 1:53:20puede regularizar, puede observar la el
- 1:53:23presupuesto procesal o incluso reponer
- 1:53:26procedimientos. Eh, pues sí, eso puede
- 1:53:29pasar, es una posibilidad de que pase.
- 1:53:31Sí, es cierto. No obstante, precisamente
- 1:53:35para eso es que cada etapa procesal se
- 1:53:38aperture y se cierre. Se aperture y se
- 1:53:41cierre y se garantice a las partes la
- 1:53:44intervención en esos puntos del debate
- 1:53:47para que no haya posibilidad de que
- 1:53:49alguno se le vaya, no lo observe, no
- 1:53:52atienda ciertos planteamientos. Reitero,
- 1:53:54en los juicios orales, civiles y
- 1:53:56familiares, violaciones procesales van a
- 1:53:59ser muy limitadas. Habrá menos recursos
- 1:54:03intermedios en el en los procedimientos.
- 1:54:06Esto va a permitir que todas las
- 1:54:08violaciones procesales sean o sean
- 1:54:11reservadas para el análisis de la
- 1:54:13sentencia definitiva a través de esos
- 1:54:15recursos.
- 1:54:19Gracias, doctor. Vamos a terminar las
- 1:54:21participaciones a las 6. Entonces va
- 1:54:23sigue en la lista Juan Manuel o Gerardo
- 1:54:26Bermúdez, cualquiera de los dos.
- 1:54:30Buenas tardes, Gerardo Bermúdez. Este,
- 1:54:32le agradezco su ponencia, maestro. Me ha
- 1:54:36disipado muchas dudas. Sin embargo, yo
- 1:54:38quisiera saber cuál es su punto de vista
- 1:54:40respecto del artículo 166 del Código
- 1:54:43Nacional de Procedimientos Civiles y
- 1:54:45Familiares, en donde se establece lo de
- 1:54:47la defensa técnica efectiva y tratando
- 1:54:50tratándose de derechos de infancia y
- 1:54:53este entre otros aspectos. Ya ve que en
- 1:54:56la baja Norte se por parte del Tribunal
- 1:54:58Superior de Justicia se expidió un
- 1:55:00decreto mediante el cual se les exigía a
- 1:55:02los abogados este tener un diplomado,
- 1:55:04una especialidad, una maestría en
- 1:55:06derecho procesal civil. Este, ¿usted
- 1:55:09cree que sea realmente necesario que los
- 1:55:13abogados litigantes este estén
- 1:55:16capacitados o estén especializados hasta
- 1:55:19ese grado? Es cuánto y gracias por su
- 1:55:20respuesta.
- 1:55:22Gracias a ti por la pregunta. pues no
- 1:55:25como la formalidad que lo precisas, es
- 1:55:28decir, no como un requisito para eh
- 1:55:32intervenir.
- 1:55:33Eh, sin embargo, sí deben tener
- 1:55:35conocimiento. Esto se va a demostrar
- 1:55:38como lo como lo pasó en materia penal
- 1:55:40cuando las partes no conocían, no no me
- 1:55:44refiero al punto de cómo expresarse o
- 1:55:46argumentarse
- 1:55:47la estructura de los procedimientos, las
- 1:55:50etapas, qué fines tienen las etapas. Eso
- 1:55:52es muy importante. Ahora, la
- 1:55:54representación jurídica especializada,
- 1:55:57pues sí hay un si hay un fundamento y un
- 1:55:59respaldo en materia, por ejemplo, de
- 1:56:01infancia, es un principio rector de la
- 1:56:04representación cuadyante y de y de
- 1:56:07suplencia en los procuradores de los
- 1:56:10sistemas DIF.
- 1:56:12Ahí me parece que que es un área que ha
- 1:56:14sido descuidada y que y que
- 1:56:17políticamente los los administradores
- 1:56:21estatales tienen la obligación de
- 1:56:22reforzar el cúmulo de asuntos familiares
- 1:56:26y sobre todo en donde están involucrados
- 1:56:28infantes es excesivo. Y la regla de
- 1:56:33representarlos en el juicio para
- 1:56:35garantizar su capacidad jurídica es
- 1:56:38obligatoria para todos los jueces y muy
- 1:56:40pocos la implementan.
- 1:56:42Además de que los procuradores pues no
- 1:56:44se dan abasto para atender todas las
- 1:56:47audiencias, pero sí es importante que
- 1:56:49ellos sí tengan un respaldo de de
- 1:56:52capacitación especializada en materia de
- 1:56:54derechos de infancia. Ahí sí ese esa
- 1:56:58figura, esa institución, la Procuraduría
- 1:57:02de los Sistemas DIF, sí tiene obligación
- 1:57:05de contar con ese respaldo jurídico. En
- 1:57:08los demás me parece que bueno, pues
- 1:57:11dependerá de las capacidades de poder
- 1:57:13ejercer los derechos de sus
- 1:57:15representados en el juicio. Aquí no va a
- 1:57:17haber el tema de su este suplir, ¿no?
- 1:57:21Pues como como en materia penal, el
- 1:57:23imputado o acusado tienen la garantía de
- 1:57:26la defensa, si el abogado no conoce el
- 1:57:28sistema, se le puede sustituir. Aquí
- 1:57:31probablemente esa regla no opere con esa
- 1:57:34misma exigencia,
- 1:57:36pero sí va a motivar que pues se hagan
- 1:57:39ajustes, se establezcan mecanismos, el
- 1:57:42juez pues adopte esas esas posibilidades
- 1:57:47de garantizar las defensas de las
- 1:57:48partes, porque pues va a haber abogados
- 1:57:50que que no van a tener la capacitación,
- 1:57:53van a llegar a las audiencias y no van a
- 1:57:55saber incluso qué deben decir en esa
- 1:57:57etapa procesal y ahí el juez tiene que
- 1:58:00adoptar ar medidas adecuadas, suspender
- 1:58:03audiencias, este hacerle saber a las
- 1:58:05partes la posibilidad de de sustituir
- 1:58:08abogados, hacerle saber a los
- 1:58:10representantes la responsabilidad de por
- 1:58:13daños y perjuicios que ahora tienen de
- 1:58:16no ejercer adecuadamente su su profesión
- 1:58:18de abogados. Es una exigencia mayor para
- 1:58:21los abogados. Todos esos elementos van a
- 1:58:24ahí a jugar un papel importante en la
- 1:58:27implementación.
- 1:58:29Muchas gracias. Gracias, doctor.
- 1:58:31Gracias.
- 1:58:31Este, vamos a tener la última
- 1:58:33participación del día de hoy. Este, yo
- 1:58:35sé que hay muchas inquietudes, pero
- 1:58:36vamos a ser respetuosos del tiempo y de
- 1:58:39de todas y todos ustedes. La última
- 1:58:40participación sería de María de los
- 1:58:42Remedios, por favor. Adelante.
- 1:58:50Buenas tardes. Si me escuchan.
- 1:58:52Sí, le escuchamos. Saludos, saludos
- 1:58:54desde San Miguel de Allén, Guanajuato.
- 1:58:56Muchas, muchas felicidades, doctor, por
- 1:58:59su valiosa exposición. En mi pregunta
- 1:59:02nada más enfocando qué opinión le merece
- 1:59:06la ejecución voluntaria de la sentencia.
- 1:59:09Creo yo que debería haber como mucha
- 1:59:14disposición las partes
- 1:59:18para para ejecutar de manera voluntaria
- 1:59:20la sentencia.
- 1:59:24tan es así que que si hubiera esa
- 1:59:26disposición de las partes, pues desde la
- 1:59:29mediación
- 1:59:31pues estaría terminando el procento.
- 1:59:35Muchas gracias y muy muy interesante su
- 1:59:37observación. En efecto, les reitero,
- 1:59:40todas las etapas del procedimiento van
- 1:59:42encaminadas a eso, pero no pueden recaer
- 1:59:45todo en la responsabilidad del juzgador
- 1:59:47ni en la implementación del código. Hay
- 1:59:50que cambiar la visión de la solución de
- 1:59:52los conflictos desde las partes, desde
- 1:59:55los interesados y desde los asesores o
- 1:59:58abogados que les representen, quienes
- 2:00:00deben hacerles saber este cuál es la
- 2:00:03postura más adecuada. O sea, cuando se
- 2:00:05trate de defender derechos legítimos,
- 2:00:07pues entonces habrá posibilidad de
- 2:00:09debatirlos. Cuando no, pues la mejor
- 2:00:12opción siempre va a ser una solución,
- 2:00:14una solución adecuada a las
- 2:00:15circunstancias particulares. Lo
- 2:00:18interesante de esa etapa de la del
- 2:00:20cumplimiento voluntario es que el juez
- 2:00:22va a poder analizar a través de los
- 2:00:25principios las condiciones personales de
- 2:00:27los obligados.
- 2:00:29Este, ¿cuántas veces los obligados, pues
- 2:00:32digo, por un adeudo de 5,000 pesos
- 2:00:34pierden sus patrimonios, pierden sus
- 2:00:36casas? Eso, eso al final de cuentas
- 2:00:39puede ser justicia formal, pero es una
- 2:00:42injusticia a las condiciones o una
- 2:00:45inobservancia a momentos o a
- 2:00:47intervenciones de las partes que
- 2:00:48pudieron evitarlo. O sea, eso pasa y eso
- 2:00:53busca un cumplimiento voluntario que a
- 2:00:55través de esa expresión de la intención
- 2:00:58de resolver el conflicto se eviten
- 2:01:01consecuencias mayores por obligaciones
- 2:01:04que pueden solventarse de otra manera,
- 2:01:06¿no?
- 2:01:07Muchas gracias, doctor.
- 2:01:09Gracias a
- 2:01:11Pues eso sería todo por la sesión de
- 2:01:13hoy. Agradecemos de nuevamente a al
- 2:01:17doctor Castellano Osmar. Es evidente su
- 2:01:21conocimiento en el tema y es evidente su
- 2:01:24experiencia en el ámbito jurisdiccional.
- 2:01:27Eh,
- 2:01:28o de tu teléfono. Ah, del mío.
- 2:01:30Ay, hay que apagar los micrófonos, por
- 2:01:32favor. Este, muchas gracias, doctor. A
- 2:01:35través del órgano de administración
- 2:01:36judicial con la con el órgano auxiliar
- 2:01:38que es la Escuela Nacional de Formación
- 2:01:40Judicial. Le agradecemos profundamente
- 2:01:42su participación y la bondad de
- 2:01:44compartir sus conocimientos. Muchas
- 2:01:45gracias a todos. Vamos a terminar la
- 2:01:47grabación para pasar el código QR y nos
- 2:01:49vemos en la siguiente sesión. Muchas
- 2:01:51gracias, doctor.
- 2:01:53Gracias a ustedes.
- 2:02:06Recordándoles que una vez que tomen la
- 2:02:08asistencia pueden abandonar la sesión.
- 2:02:10Gracias.
- 2:02:13Gracias.
- 2:02:25Muchas gracias. Buen día.
- 2:02:34Gracias.
- 2:02:41Gracias, compromiso.
- 2:02:45Buenas tardes. Este, no me funciona.
- 2:02:52Muchas gracias.
- 2:02:53Buenas tardes. Tampoco puedo escaler.
- 2:02:56Gracias. Excelente tarde.
- 2:02:59Gracias. Buenas tardes.
- 2:03:28Gracias.
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This page contains the full transcript of Sesión 2. Jornadas de introducción al estudio del CNPCyF by Escuela Nacional, generated from the public captions YouTube serves with the video. The transcript has 16,520 words across 2,763 segments, with the original timestamps preserved so you can click any line to jump to that moment in the embedded player.
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