Nuevo régimen penal juvenil de fondo — Transcript
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- 0:08Entrando ya en el análisis de la ley, la
- 0:1127.801,
- 0:13recientemente sancionada, yo voy a
- 0:16tratar de hacer eh un análisis pero
- 0:18comparativo con el decreto ley 22.278,
- 0:22que estamos tan habituados a trabajar
- 0:25con el sistema anterior que por ahí nos
- 0:27va a facilitar la comprensión de la
- 0:29nueva legislación.
- 0:32Eh
- 0:34por empezar,
- 0:36mantenemos obviamente
- 0:38el tema de la edad, el corte en que
- 0:41tiene que haber jóvenes que tienen que
- 0:42estar por fuera del sistema.
- 0:45Acá la ley adopta eh
- 0:47un parámetro que son los que que son 14
- 0:50años, que ahora vamos a retomar esto.
- 0:52Por lo tanto, primer punto
- 0:55es que se bajó la edad, de 16 a 14.
- 0:58Después esto lo retomo, pero quiero
- 0:59decir antes que todo lo que eran las
- 1:01categorías de abandono, riesgo social,
- 1:04peligro moral, todo eso
- 1:06no está más en la normativa. Hay alguna
- 1:08mención en el artículo 25 eh
- 1:12para hablar de los menores inimputables,
- 1:15no no punibles, inimputables, que son
- 1:17aquellos los que no comprenden la
- 1:18criminalidad del acto ni pueden dirigir
- 1:20sus acciones, el inimputable del
- 1:21artículo 34 inciso 1 del Código Penal,
- 1:24habla de algún peligro moral o y que
- 1:27incurre en nuevos delitos. Eso puede
- 1:29tener algún problema.
- 1:31Es el único lugar que lo vi plasmado,
- 1:33pero si no
- 1:34todas esas categorías que eran la base
- 1:37de la estructura para intervenir
- 1:39en la vida de un joven, que ya no lo
- 1:41hacíamos más, reitero, pero que estaban
- 1:43en la norma, eso fue retirado.
- 1:46También obviamente cualquiera fuera el
- 1:48resultado de la causa, como yo les
- 1:50decía, acá hay un anclaje de que
- 1:52solamente interviene el juez penal
- 1:55mientras haya vigente una imputación de
- 1:57un ilícito penal, si no no tiene nada
- 1:59que hacer el juez penal juvenil ahí, en
- 2:01la vida de ese joven.
- 2:03La finalidad de la ley, esto sí es
- 2:06conteste con la convención
- 2:08eh que es fomentar el sentido de la
- 2:10responsabilidad.
- 2:12Hay que trabajar siempre sobre la
- 2:13responsabilidad
- 2:15eh por eso siempre rescato el contenido
- 2:17pedagógico de la justicia juvenil. Ahora
- 2:19en Santa Fe esto se facilita mucho con
- 2:21el sistema de audiencias orales en donde
- 2:23están todas las partes, está el menor
- 2:25imputado, los padres, está el fiscal, el
- 2:29defensor, está la víctima y todo el
- 2:32contenido, todo lo que ocurre en esa
- 2:34audiencia es muy formativo, porque yo
- 2:36les decía que abordamos un joven que
- 2:37está en pleno proceso de maduración y
- 2:41todo esto eh sirve para ir forjando su
- 2:44personalidad y por eso se habla del
- 2:46contenido pedagógico eh que todo lo que
- 2:49pasa en esa audiencia pueda ser
- 2:50comprendido, que está sentado ahí porque
- 2:52está sometido a una imputación penal y
- 2:55porque del otro lado hay una persona que
- 2:58se erige verosímilmente como víctima del
- 3:00hecho y que ha sufrido el menoscabo en
- 3:03su bien, en su persona, en su salud.
- 3:05Entonces, que acá hay un conflicto que
- 3:07es con la ley.
- 3:10Por eso en las dentro del marco de la
- 3:11finalidad eh también yo incluyo eh en lo
- 3:16que es este proceso formativo y
- 3:19pedagógico a la víctima. Obviamente que
- 3:21la víctima, respetándole sus derechos de
- 3:23que si quiere participa y si no no y que
- 3:26pueda ser escuchada, que pueda ser
- 3:27escuchada con eh la la la manera de
- 3:31preservar eh su situación como la ley de
- 3:34provincial, también en una ley nacional
- 3:36de víctimas lo lo plantean, que se
- 3:39retire el imputado, que se pueda
- 3:41proteger su imagen eh
- 3:44que esté el defensor presente
- 3:46controlando, pero que si la víctima se
- 3:48siente expuesta de que esté el imputado
- 3:50presente, bueno, se tomen estos recaudos
- 3:53para que no se no haya una
- 3:55revictimización a lo que se llama
- 3:57victimización secundaria con motivo del
- 3:59proceso.
- 4:01En cuanto a la edad, que fue uno de los
- 4:03temas, bueno, que más trascendió en los
- 4:05medios, que Argentina en definitiva bajó
- 4:09a 14 años, eh yo no puedo dejar de
- 4:12mencionar algo. Acá el Comité
- 4:15sobre los derechos del niño, que es el
- 4:16que hace el seguimiento de la Convención
- 4:18Internacional, hay una observación que
- 4:20es muy importante, la 24 del año 2019,
- 4:23que es la que trata el sistema juvenil,
- 4:26eh instó a que los países
- 4:29eh traten de elevar la edad,
- 4:33que la eleven a 14, porque hay países,
- 4:35yo les mencioné, que la tienen más baja,
- 4:37que traten de elevar la edad a 14 y
- 4:38aquellos que la tienen en 15 o 16 no la
- 4:41bajen.
- 4:42Nosotros la hemos bajado.
- 4:46Para que la legislación no sea
- 4:47regresiva, yo eso después lo voy a
- 4:48retomar.
- 4:50Si en definitiva podemos pensar que la
- 4:52ley nacional está
- 4:56eh yendo en contra del principio de no
- 4:58regresividad en materia de derechos
- 5:00humanos por el solo hecho de haber
- 5:03bajado la edad. Anticipo no más
- 5:06una opinión. Eh no podemos solo
- 5:10detenernos en decir una cuestión
- 5:13numérica, se bajó la edad, hay que hacer
- 5:14un análisis sistemático de toda la norma
- 5:17y ver si estamos afectando esa
- 5:21prohibición de no regresividad.
- 5:25Por eso digo, hay que hacer un análisis
- 5:26con global, pero bueno, en este momento,
- 5:30esto hay que decirlo, la ley aplica para
- 5:32jóvenes que van a ser punibles de 14 a
- 5:3618, o sea, de 14 a 17 inclusive. Los que
- 5:40están por fuera, de 13 para abajo, no,
- 5:44no van a ingresar al sistema
- 5:46que está regulando la ley.
- 5:48Y
- 5:50por otro lado,
- 5:52ya no hace más distinciones la ley por
- 5:54tipo de delito, porque nosotros antes
- 5:56teníamos menores que podían ser no
- 5:59punibles,
- 6:01no solamente por la edad, sino por el
- 6:02tipo de delito, podríamos decir, para
- 6:04que sea más fácil,
- 6:06un delito que es más leve de las escalas
- 6:09penales, porque yo no minimizo nunca
- 6:12el que es de
- 6:14más leve, concebido objetivamente de lo
- 6:16que es la escala penal, por ejemplo,
- 6:18hurto, violación de domicilio, amenaza
- 6:21simples,
- 6:23eh resistencia a la autoridad, delitos
- 6:25que no conllevan violencia sobre las
- 6:27personas
- 6:29o fuerza en las cosas,
- 6:31aunque el joven tuviera 16 o 17 era no
- 6:34punible.
- 6:35Ahora, tengamos presente que si está
- 6:39mencionando en un ilícito penal y tiene
- 6:4014 años, ya es punible, no importa el
- 6:44hecho, puede ser un hurto, puede ser un
- 6:45homicidio calificado,
- 6:47pero ya es punible, ya no hay una
- 6:50distinción por delito.
- 6:53Además,
- 6:56estos jóvenes
- 6:59de 14 a 18,
- 7:02una vez
- 7:04que se verifica que tiene
- 7:05responsabilidad en el hecho, tampoco va
- 7:07a haber más lo que la ley hablaba, el
- 7:10juicio de cesura, que estaba en el
- 7:11artículo cuarto de la 2278.
- 7:14El artículo cuarto planteaba que si un
- 7:16joven era hallado responsable,
- 7:19la sentencia
- 7:20primero dictaba su responsabilidad
- 7:22penal, luego había un tratamiento
- 7:23tutelar y luego una segunda sentencia
- 7:26donde se analizaba la necesidad o no de
- 7:28pena y podía ser absuelto por
- 7:30innecesariedad de pena. Todo eso no va
- 7:33no existe más en el régimen nuevo.
- 7:35Pasamos
- 7:37de analizar la responsabilidad a la
- 7:39sanción.
- 7:41Por eso yo decía, bueno, hay que ver si
- 7:43hay un catálogo diferenciado de
- 7:45sanciones. Adelanto que sí.
- 7:47Porque esto sí hubiera sido muy
- 7:48regresivo y muy gravoso. Si yo
- 7:50directamente derogo todo el sistema
- 7:52anterior, bajo la edad y paso de la
- 7:55responsabilidad a la pena y la pena son
- 7:57las privativas de libertad, que era lo
- 7:59único que tenía antes,
- 8:01estoy en problemas.
- 8:02Estoy en problemas con el principio de
- 8:05no regresividad. Pero se ha bajado la
- 8:07edad
- 8:09y se han establecido un catálogo
- 8:10distinto de medidas, sanciones, penas.
- 8:13Por eso lo relacionaba cuando les dije
- 8:16medidas alternativas, órdenes de
- 8:18orientación y cuidados, supervisión,
- 8:20asesoramiento. Todo esto ahora lo vamos
- 8:21a ver, está previsto de alguna forma en
- 8:23la ley nacional.
- 8:25Pero tengamos claro que no hay más
- 8:26cesura. Acá el que es hallado
- 8:28responsable va a tener una medida, que
- 8:30es una respuesta estatal
- 8:32en relación al hecho donde fue
- 8:35encontrado con responsabilidad.
- 8:39Y otra cosa que también lo marco,
- 8:44la el decreto ley 2278 decía que no se
- 8:46podía sancionar a nadie hasta los 18
- 8:49años. Era una espera, además.
- 8:52Esto tampoco existe más.
- 8:54Directamente se puede aplicar sanción.
- 8:57Se puede aplicar sanción.
- 8:59Pero bueno, ahora vamos a ver las
- 9:01sanciones que son escalonadas y donde la
- 9:04detención y la privación de libertad es
- 9:05la última ratio, porque si no sí podría
- 9:07ser muy regresivo.
- 9:10Y podríamos hacer, en definitiva,
- 9:12podríamos tener una objeción
- 9:13convencional, acá. Por eso digo, hay que
- 9:15analizar
- 9:16eh la ley en la sistemática,
- 9:19conglobadamente.
- 9:21Y entonces acá entramos en lo que yo
- 9:22digo el catálogo diferenciado de
- 9:24sanciones,
- 9:26eh está en el artículo 8.
- 9:29Yo no voy a estar artículo por artículo,
- 9:30va a ser muy tedioso porque cada uno lo
- 9:32puede leer en su casa.
- 9:34Eh simplemente voy a marcar las cosas
- 9:36que
- 9:37más importantes que son para mí, son más
- 9:39relevantes. A partir del
- 9:42A partir del capítulo cuatro tenemos
- 9:44medidas y penas. Fíjense, medidas y
- 9:46penas.
- 9:48Eh,
- 9:50y dentro de las penas, bueno, tenemos
- 9:52escalonamientos y cuestiones
- 9:55progresivas.
- 9:56Primero, punto número uno, la finalidad
- 9:58de la pena está en uno de los artículos,
- 10:00es
- 10:01orientado a la educación,
- 10:03resocialización y a la comprensión de la
- 10:05conducta disvaliosa, ¿ven? Por eso se
- 10:07habla de sistema de responsabilidad.
- 10:10Se va a trabajar que pueda internalizar
- 10:12y comprender la responsabilidad, es como
- 10:14yo digo, la responsabilización
- 10:16subjetiva. Para eso tiene que servir la
- 10:18justicia juvenil, un proceso donde se
- 10:21pueda internalizar que mi conducta fue
- 10:23disvaliosa, que afecté los derechos de
- 10:25otro y que nos tenemos que manejar
- 10:28respetando la ley.
- 10:30Justamente, en un joven que está en
- 10:32plena formación y que tiene amplísimos
- 10:35márgenes como para poder internalizar
- 10:37todo esto.
- 10:39Fíjense,
- 10:41ahora voy a ir a las,
- 10:43como yo les decía,
- 10:45medidas y penas. Hay todo un régimen
- 10:48especial, muy fuertemente legislado, muy
- 10:51fuertemente legislado,
- 10:53eh, del artículo ocho
- 10:56hasta
- 11:00hasta el 20, fíjense si es fuerte,
- 11:04eh, sobre estas medidas,
- 11:07penas y sanciones.
- 11:10El sistema tiene una lógica escalonada,
- 11:13porque primero se intenta no castigar,
- 11:15digamos, acompañar con procedimientos o
- 11:18procesos educativos, que no haya
- 11:20encierro, y recién al final va a
- 11:22aparecer la privación de la libertad.
- 11:25Pero obviamente esta privación de la
- 11:26libertad
- 11:28no puede desoír la la de la convención,
- 11:31que va a tener que ser por el menor
- 11:32tiempo que proceda y de última ratio.
- 11:34Fíjense que esto ya lo adelanto, se ha
- 11:36establecido una pena máxima de 15 años.
- 11:40No se puede aplicar una pena mayor a 15
- 11:42años.
- 11:43Entonces,
- 11:44desde la perspectiva que yo decía de la
- 11:46nor, eh, regresividad, esto es un límite
- 11:49que no existía en la ley 2278
- 11:51y que el régimen nuevo dice incluso, eh,
- 11:55en el marco de concurso de delitos, no
- 11:57se puede superar los 15 años. Y esto es
- 11:59algo que no existía. Nosotros, eh, más
- 12:02allá de que tenemos pautas y fallos
- 12:04nacionales de la Corte Suprema de la
- 12:07Nación, en el fallo Maldonado y una
- 12:09serie de situaciones de, limitaciones a
- 12:11las, a la temporalidad de estas, eh, de
- 12:15estas penas,
- 12:16pero uno podía llegar en un concurso
- 12:18material
- 12:2020, 25 años. Después puede que ver si lo
- 12:22aplica, pero que no había ninguna pauta
- 12:24objetiva que lo limite. Ahora lo
- 12:25tenemos. Esto lo tenemos. Y esto no ha
- 12:27trascendido prácticamente a nivel de los
- 12:29medios, eh, los comunicadores sociales.
- 12:33Siempre se dijo, bueno, se bajó la edad,
- 12:35se bajó la edad. Y podría decir, decirse
- 12:37esto es muy gravoso, pero que fíjense
- 12:39por otro lado se puso un límite, un
- 12:40monto máximo de pena, incluso,
- 12:43eh, en concurrencia material de delitos.
- 12:47Bien.
- 12:48Estas, eh, medidas que vamos ir viendo,
- 12:51que se van aplicando progresivamente
- 12:52para que entonces si después
- 12:55algo no resultó de la última ratio sí va
- 12:56a tener que ser o va a ser, porque está
- 12:58previsto, la privación de la libertad,
- 13:01eh, estas medidas no son un puro
- 13:03castigo, sino que son más bien de
- 13:05contenido pedagógico, orientativo y
- 13:07educativo y formativo.
- 13:10Hay medidas que están en el artículo 8,
- 13:14que se aplican junto con,
- 13:17eh, otros institutos. Por ejemplo,
- 13:19medidas que se aplican junto con la
- 13:21probation, dice, lo que es la suspensión
- 13:22del juicio a prueba, o con la condena
- 13:24condicional. Que la condena condicional
- 13:27ya tiene pautas, que son las reglas del
- 13:29de conducta del Código Penal.
- 13:31Pero además se pueden aplicar estas
- 13:33medidas, como por ejemplo,
- 13:36la escolaridad, tratamiento psicológico,
- 13:38programa
- 13:40programas contra adicciones,
- 13:42eh capacitación laboral, actividades
- 13:44deportivas, prohibición de consumir
- 13:46alcohol, drogas, etcétera. Lo dice todo
- 13:48la norma, está todo en distintos
- 13:50incisos. Esto es fundamental, decía, que
- 13:52tengamos los gabinetes
- 13:54interdisciplinarios porque el quien va a
- 13:56aplicar esto va a ser un juez y el juez
- 13:58para aplicar esto tiene que conocer la
- 13:59vida de ese joven, sus necesidades y
- 14:01historizarlo y para eso necesita los
- 14:02equipos. Por eso en las Reglas de
- 14:04Beijing están mencionados estos equipos
- 14:06y son muy importantes. Santa Fe los
- 14:07tiene. Eh hay una dirección eh de
- 14:11intervenciones interdisciplinarias que
- 14:13trabaja en la justicia juvenil
- 14:14dependiente de la Corte Suprema de
- 14:15Justicia, que era las viejas secretarías
- 14:18sociales de los juzgados de menores.
- 14:20Están trabajando y por eso digo que es
- 14:22fundamental para que estén eh en la
- 14:24posibilidad de elaborar todas estas
- 14:25medidas y que trabajan en Santa Fe a
- 14:26requerimiento de las partes, fiscalía o
- 14:28defensa.
- 14:29Esto sirve para acompañar, para trabajar
- 14:32problemáticas, como yo les decía, bueno,
- 14:34¿por qué los padres no lo querían
- 14:35retirar de la seccional?
- 14:37O nos ha pasado, por ejemplo, de decir,
- 14:39bueno, también se disponía la libertad y
- 14:41y había jóvenes en situación de calle,
- 14:43chicos que eran de otras provincias, se
- 14:45habían escapado de la casa y vivían eh a
- 14:48lo mejor en situación de calle. Le hemos
- 14:50preguntado, ¿y con quién vivís? Con mi
- 14:52novia. ¿Y tu novia cuántos años tiene?
- 14:53También es menor. ¿Y de dónde es? Del
- 14:55Chaco, se vino conmigo. Entonces tenemos
- 14:57un problema de vulneración de derechos y
- 14:59que la justicia juvenil no puede mirar
- 15:00para un costado,
- 15:02porque no es eh si no es punitiva la
- 15:04mirada. Nosotros tenemos obligaciones de
- 15:07protección integral respecto de esos
- 15:08jóvenes que están en todas las normas de
- 15:10protección integral que atraviesan, como
- 15:12yo digo, es transversal, atraviesan
- 15:13todos los ordenamientos,
- 15:15el penal, el laboral, el
- 15:18el civil y comercial, todos.
- 15:20Después tenemos
- 15:23eh en el artículo 11 las penas
- 15:28que ahí, bueno,
- 15:31puede leerse directamente
- 15:33donde hay distintas pautas
- 15:35y distintos tipos de situaciones.
- 15:39Por ejemplo, podríamos ir de las más
- 15:41leves, intermedias y
- 15:44eh socioeducativas, por ejemplo,
- 15:49de menor gravedad a mayor. Por ejemplo,
- 15:52amonestación,
- 15:54está mencionando como una de las
- 15:56sanciones.
- 15:58Eh a ver si estoy en el artículo
- 16:01el 12. El Esto está en el artículo 12.
- 16:04Podrán imponerse al adolescente las
- 16:06siguientes penas. Fíjense, amonestación,
- 16:08nunca pensado desde la 2278. Estas son
- 16:11las medidas alternativas que yo les dije
- 16:12de la convención, el catálogo distinto.
- 16:15Entonces, si bien yo amplío el sistema
- 16:18de punibilidad porque trae el sistema
- 16:22desde los 14 años, pero bueno, no los
- 16:24traigo a una situación de privación de
- 16:27la libertad. Puedo establecer estas
- 16:29estas penas: amonestación, prohibición
- 16:31de contacto de o aproximarse a la
- 16:33víctima, prohibición de conducción de
- 16:35vehículos,
- 16:37eh si el delito imputado se vincula con
- 16:40la conducción de vehículos, prohibición
- 16:42de concurrir a determinados lugares,
- 16:45prohibición de salir del país o de un
- 16:46determinado lugar, prestación de
- 16:48servicios a la comunidad y hasta
- 16:50monitoreo electrónico. Fíjense, el
- 16:51monitoreo el monitoreo electrónico en
- 16:54estado de libertad, que sería como un un
- 16:55rastreo, un sistema de para rastrear y
- 16:59registrar la ubicación y actividades del
- 17:00adolescente. Y esto no es privación de
- 17:02la libertad, obviamente que son
- 17:03restricciones de derechos porque están
- 17:06imponiendo determinadas reglas de
- 17:08conducta que hay que cumplir.
- 17:11Reparación integral del daño y ya en el
- 17:13final, en la última del 12, el inciso I,
- 17:17pena privativa de libertad. Como que es
- 17:19la última ratio.
- 17:21Por eso vamos en una progresividad.
- 17:23Entonces, el juez tiene un montón de
- 17:24opciones, porque por otro lado,
- 17:26imagínense que ustedes tienen que
- 17:28sancionar un joven de 14 por un robo,
- 17:31no es lo mismo 14 años que 17 años. Y la
- 17:34ley también dice el juez, para graduar
- 17:36la sanción tendrá en cuenta la edad.
- 17:39¿Se dan cuenta? Porque ya no es que
- 17:41tengo que esperar a los 18,
- 17:43como era la 2278. No, ya puedo
- 17:46sancionar, pero con este régimen
- 17:48progresivo y gradual.
- 17:53Em,
- 17:54después si vamos a lo que es la
- 17:56privación de libertad,
- 17:59también tenemos
- 18:01em, una suerte de categorías
- 18:04diferenciadas. Por ejemplo,
- 18:08si ya vamos a disponer privación de
- 18:10libertad,
- 18:13el 17 es el que está regulando esto.
- 18:17Tenemos privación de libertad en
- 18:18domicilio. Ya no tenemos la restricción
- 18:21de la prisión domiciliaria que tiene el
- 18:23artículo 10 del Código Penal que se
- 18:24aplica para el mayor. No, eso no. Acá no
- 18:27hay ninguna restricción, el juez la
- 18:28puede disponer.
- 18:30Privación de libertad en instituto
- 18:32abierto, lugares de alojamiento de
- 18:35jóvenes infractores. Privación de
- 18:36libertad en instituto especializado de
- 18:38detención. Bueno, esto sí, institutos
- 18:40especializados donde haya equipos
- 18:43especiales, también está todo regulado
- 18:45en la ley y donde tiene que estar
- 18:46separado de los mayores.
- 18:49Y en en el 18, fíjense cuando yo hablaba
- 18:51de medidas complementarias, otras
- 18:52medidas, pueden ser conjuntas,
- 18:55autónomas, pero en todos los casos se
- 18:57deberán imponer al adolescente
- 18:58conjuntamente medidas específicas
- 19:01tendientes a desarrollar su educación,
- 19:03el trabajo, la conciencia de la gravedad
- 19:05del hecho cometido con vistas a lograr
- 19:07su re resocialización y el desarrollo de
- 19:09su vida. Y como yo digo, todo esto no
- 19:12puede ser pensado sin eh tener en cuenta
- 19:15la situación de la víctima también,
- 19:16porque si no va a ser muy difícil que yo
- 19:17pueda internalizar la responsabilidad
- 19:19subjetiva. Después prohíbe expresamente
- 19:21la prisión perpetua, eh que es uno de
- 19:24los motivos por los cuales la Corte
- 19:26Interamericana sancionó al Estado
- 19:28argentino.
- 19:30Esto está dicho, el máximo los 15 años
- 19:32que ya lo mencioné y después empieza a
- 19:34hablar de las posibilidades de que
- 19:36cuando llegue a cierto tiempo de
- 19:38cumplida esa pena eh que la pueda
- 19:41cumplir y si estaba privado de la
- 19:43libertad en contexto de encierro
- 19:45domiciliariamente y la revisión
- 19:47periódica que también plantea la
- 19:48convención sobre la necesidad del
- 19:51encierro y de la modalidad que se viene
- 19:52cumpliendo.
- 19:55Después hay distintas pautas que también
- 19:56lo trae para graduar la privación de
- 19:59libertad, hay que ver como yo les decía
- 20:01el hecho, la modalidad, la gravedad, la
- 20:04edad del joven, porque yo les decía no
- 20:06es lo mismo 14 que 17, si hubo violencia
- 20:09grave, porque hay un montón de pautas
- 20:11que también se traen que bueno, se
- 20:12pueden ir viendo de la misma ley
- 20:14directamente, si hubo uso de armas que
- 20:17se si hubo riesgo para la vida o la
- 20:18integridad de las personas, son pautas
- 20:20que se le dan al juez para determinar.
- 20:21Después tiene un amplio catálogo y
- 20:23dentro de ese amplio catálogo y
- 20:25posibilidades va a tener que
- 20:26individualizar cuál es la sanción, pero
- 20:28no individualizar el monto como hacíamos
- 20:30antes.
- 20:31¿Cuánto impongo de pena? No,
- 20:33individualizar cuál va a ser la sanción
- 20:35con un régimen escalonado y después
- 20:38bueno, va a pasar y está previsto que si
- 20:40no se cumplen eh con estas pautas que
- 20:43son previas y progresivas, bueno, puede
- 20:45ser que ocurra la privación de la
- 20:46libertad.
- 20:48Eh entonces
- 20:51yo quiero un poco cerrar con lo que les
- 20:53mencionaba y retomar el tema de que si
- 20:57podemos decir que esto por el solo hecho
- 20:59de bajar la edad es un sistema eh
- 21:02regresivo. Entiendo que no, que no nos
- 21:04podemos guiar simplemente por una
- 21:05cuestión objetiva de la edad, sino que
- 21:07tenemos que hacer un análisis conglobado
- 21:09y en ese análisis conglobado advierto
- 21:11que bueno, eh, esta posibilidad de un
- 21:13catálogo diferenciado de sanciones,
- 21:16eh, la posibilidad del juez de revisarlo
- 21:19periódicamente, que también es otra
- 21:20manda constitucional, convencional más
- 21:23bien, hace que, eh, de alguna forma,
- 21:26digamos, no se puede tomar la ley como
- 21:29regresiva si no hacemos esta, eh,
- 21:33integración de todo lo que es un sistema
- 21:36de responsabilidad penal juvenil y que
- 21:39bueno, veremos, eh,
- 21:41cuando comience a regir y esto con esto
- 21:42cierro, porque tiene su, eh, su pauta o
- 21:46vigencia, esto está sancionada, pero la
- 21:49vigencia es a los 180 días de su
- 21:51publicación, esto tampoco ha trascendido
- 21:53mucho a nivel de los comunicadores
- 21:54sociales, pero existe y esto también va
- 21:56a servir para ir adecuando los sistemas
- 21:58y también los sistemas procesales en
- 22:00cada provincia.
- 22:01Bueno, gracias. Buenas tardes.
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