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EDHyP GabyCossío F05 — Transcript

by Escuela Judicial Electoral · 5,919 words · 1,136 segments · language en · Watch on YouTube

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  1. 0:17Hola, el día de hoy concluiremos el tema
  2. 0:21platicando sobre los derechos de las
  3. 0:23personas con discapacidad y otros grupos
  4. 0:28referente a las personas con
  5. 0:29discapacidad. El tratamiento
  6. 0:31contemporáneo de los derechos políticos
  7. 0:32de las personas con discapacidad exige
  8. 0:36comenzar una precisión conceptual.
  9. 0:39La discapacidad ya no se entiende en el
  10. 0:42derecho internacional de los derechos
  11. 0:44humanos como una condición individual
  12. 0:46asociado exclusivamente a una
  13. 0:48deficiencia médica, sino como el
  14. 0:50resultado de la interacción entre
  15. 0:52determinadas características personales
  16. 0:55y barreras sociales, las instituciones
  17. 1:00y culturas que impiden la participación
  18. 1:04plena en la vida pública de estas
  19. 1:07personas. Este cambio de paradigma es
  20. 1:10central porque transforma la forma en
  21. 1:13que deben diseñarse las instituciones
  22. 1:16democráticas. El problema no radica en
  23. 1:18la persona, sino en el entorno que lo
  24. 1:22excluye o que la excluye.
  25. 1:25¿Cómo podemos conceptualizar esta
  26. 1:27discapacidad? Desde una perspectiva
  27. 1:29internacional y doctrinal.
  28. 1:32El referente normativo principal es la
  29. 1:34Convención sobre los derechos de las
  30. 1:36personas con discapacidad de las
  31. 1:38Naciones Unidas. En su preámbulo y
  32. 1:41artículo primero, la convención señala
  33. 1:43que las personas con discapacidad
  34. 1:45incluyen aquellas que tienen
  35. 1:47deficiencias físicas, mentales,
  36. 1:49intelectuales o sensoriales a largo
  37. 1:52plazo, que al interactuar con diversas
  38. 1:55barreras
  39. 1:57pueden impedir su participación y
  40. 2:00efectiva
  41. 2:02inclusión en la sociedad en igualdad de
  42. 2:05condiciones con planes iguales y
  43. 2:08condiciones iguales. a los demás. Esta
  44. 2:11definición incorpora de manera explícita
  45. 2:13el llamado modelo social de discapacidad
  46. 2:17que sustituye al modelo anterior médico
  47. 2:21tradicional.
  48. 2:22La doctrina especializada
  49. 2:25como Gerald Queen señala o ha explicado
  50. 2:28que este modelo social implica una
  51. 2:31transformación epistemológica del
  52. 2:33derecho antidiscriminatorio.
  53. 2:35El foco deja de estar en corregir a la
  54. 2:39persona y se desplaza hacia la
  55. 2:42obligación estatal de remover los
  56. 2:43obstáculos estructurales que la rodean.
  57. 2:46Desde esta perspectiva, la discapacidad
  58. 2:48se analiza como categoría sospechosa de
  59. 2:51discriminación vinculada al principio de
  60. 2:54igualdad sustantiva.
  61. 2:56En el ámbito interamericano, aunque la
  62. 2:58Convención Americana no contiene una
  63. 3:00definición expresa
  64. 3:03evolutiva de la Corte Interamericana, ha
  65. 3:06incorporado un estándar dentro del
  66. 3:08bloque de la convencionalidad. Esto
  67. 3:10significa que la discapacidad debe
  68. 3:12analizarse desde la autonomía, desde la
  69. 3:15dignidad y la inclusión, evitando
  70. 3:19enfoques paternalistas que limiten la
  71. 3:22capacidad jurídica o la participación
  72. 3:25jurídica de estas personas. Ahora bien,
  73. 3:28¿qué tipos de de discapacidad y cuál es
  74. 3:30la relevancia jurídica que tenemos que
  75. 3:32analizar? Desde una perspectiva jurídica
  76. 3:35y pedagógica, es útil clasificar las
  77. 3:37discapacidades, no para etiquetar a las
  78. 3:39personas, sino más bien para identificar
  79. 3:41las barreras que deben eliminarse y qué
  80. 3:45ajustes razonables se deben de realizar
  81. 3:47e implementar. Las clasificaciones más
  82. 3:50utilizadas en el derecho comparado y en
  83. 3:52la literatura especializada son, entre
  84. 3:55otras, las siguientes: la discapacidad
  85. 3:57física motriz consistente en la
  86. 4:01implicación
  87. 4:02de limitaciones con en cuanto a la
  88. 4:05movilidad o al desplazamiento.
  89. 4:08En materia políticoelectoral, las
  90. 4:09barreras típicas son la accesibilidad o
  91. 4:13inaccesibilidad de casillas, ausencia de
  92. 4:16transporte adecuado e infraestructura
  93. 4:18pública no inclusiva. Cuando hablamos
  94. 4:22del tipo de discapacidad sensorial se
  95. 4:24refiere a que incluye una discapacidad
  96. 4:26visual y auditiva. Genera exigencias
  97. 4:28específicas como materiales electorales
  98. 4:31en braile, intérpretes de lenguas,
  99. 4:33enseñas, información accesible y
  100. 4:35sistemas alternativos de comunicación.
  101. 4:38El tercer tipo es la discapacidad
  102. 4:40intelectual o psicosocial. En este
  103. 4:43ámbito ha sido particularmente
  104. 4:45controvertido el tema porque
  105. 4:46históricamente se utilizó como argumento
  106. 4:49para restringir los derechos políticos
  107. 4:51de estas personas. El estándar
  108. 4:53contemporáneo rechaza la sustitución
  109. 4:57automática de la voluntad y promueve
  110. 5:00modelos de apoyo para la toma de
  111. 5:02decisiones.
  112. 5:05El cuarto es el tipo de discapacidad
  113. 5:07múltiple supone la coexistencia de
  114. 5:09diversas condiciones que requieren
  115. 5:11respuestas
  116. 5:13institucionales complejas, especialmente
  117. 5:15en contextos de participación política
  118. 5:17digital o procesos administrativos.
  119. 5:21Realmente lo relevante desde el punto de
  120. 5:23vista constitucional está en que estas
  121. 5:25categorías no deben operar como filtros
  122. 5:27para limitar derechos, sino como
  123. 5:30criterios para diseñar ajustes y medidas
  124. 5:33de carácter inclusivo.
  125. 5:36Deben establecerse medidas de
  126. 5:38nivelación, acciones afirmativas y
  127. 5:40ajuste ajustes razonables. Pero, ¿qué es
  128. 5:42esto? Uno de los conceptos más
  129. 5:45importantes dentro del enfoque
  130. 5:46contemporáneo es el de las medidas de
  131. 5:48nivelación.
  132. 5:50En la doctrina mexicana y
  133. 5:51latinoamericana, estas medidas se
  134. 5:53entienden como instrumentos orientados a
  135. 5:55corregir desventajas estructurales que
  136. 5:57impiden el ejercicio del real de los
  137. 6:00derechos. No implican privilegios, sino
  138. 6:04mecanismos compensatorios destinados a
  139. 6:06alcanzar una igualdad de carácter
  140. 6:08material. Las medidas de nivelación
  141. 6:11pueden adoptar miles de formas en
  142. 6:13ámbitos en el ámbito político.
  143. 6:15Instalación de casillas accesibles,
  144. 6:17formatos alternativos de boletas,
  145. 6:19capacitación específica de funcionarios
  146. 6:21electorales, asistencia técnica no
  147. 6:23invasiva o desarrollo de tecnologías
  148. 6:27inclusivas. Su fundamento se encuentra
  149. 6:29en el principio de igualdad sustantiva y
  150. 6:32en la obligación estatal de garantizar
  151. 6:33el ejercicio efectivo de los derechos.
  152. 6:36Un concepto estrechamente vinculado a lo
  153. 6:39que estamos platicando es el los ajustes
  154. 6:41razonables previstos en las convenciones
  155. 6:44internacionales. Estos son
  156. 6:46modificaciones necesarias y adecuadas
  157. 6:48que no impongan una carga
  158. 6:49desproporcionada destinada a garantizar
  159. 6:52el ejercicio de derechos en condiciones
  160. 6:54de igualdad. A diferencia de las
  161. 6:56políticas públicas generales, los
  162. 6:59ajustes razonables tienen una dimensión
  163. 7:01individualizada y responden a
  164. 7:03necesidades concretas.
  165. 7:06de una persona o grupo específico.
  166. 7:11Asimismo, deben distinguirse de las
  167. 7:12acciones afirmativas. Mientras que los
  168. 7:15ajustes atienden a situaciones
  169. 7:16particulares, las acciones afirmativas
  170. 7:18operan como políticas estructurales
  171. 7:21dirigidas a colectivos históricamente
  172. 7:23excluidos, por ejemplo, la reserva de
  173. 7:26espacios de representación o la creación
  174. 7:28de mecanismos de inclusión política.
  175. 7:31Ahora bien, atendiendo la capacidad
  176. 7:34jurídica, autonomía y participación
  177. 7:36política de las personas con
  178. 7:37discapacidad, uno de los debates más
  179. 7:39relevantes en la doctrina contemporánea
  180. 7:42se refiere a la capacidad jurídica de
  181. 7:44las personas con discapacidad,
  182. 7:46especialmente aquellas con discapacidad
  183. 7:48intelectual o psicosocial.
  184. 7:50Tradicionalmente, muchos sistemas
  185. 7:52jurídicos vinculaban la discapacidad con
  186. 7:54figuras de interacción o tutela que
  187. 7:57anulaban la capacidad de ejercicio. Sin
  188. 8:00embargo, las convencionalidades
  189. 8:02establecen que todas las personas tienen
  190. 8:04capacidad jurídica en igualdad de
  191. 8:06derechos y condiciones. Los estados
  192. 8:09deben de sustituir los modelos de
  193. 8:12sustitución o tutela por modelos de
  194. 8:15apoyo. Esto tiene implicaciones directas
  195. 8:17en el ámbito político electoral. La
  196. 8:20exclusión automática del sufragio vasta
  197. 8:22o basada más bien en el diagnóstico
  198. 8:25médico ha sido considerada incompatible
  199. 8:27con el estándar internacional. La
  200. 8:29doctrina de Quint sostiene que negar el
  201. 8:32derecho al voto o a estas personas por
  202. 8:36razones de discapacidad constituya una
  203. 8:38forma de discriminación directa
  204. 8:42porque presupone incapacidad sin evaluar
  205. 8:46apoyos posibles.
  206. 8:49Cuando hablamos de la accesibilidad
  207. 8:51universal y el diseño institucional
  208. 8:53inclusivo, el derecho a la participación
  209. 8:56política de las personas con
  210. 8:57discapacidad se articula también con el
  211. 8:59principio de accesibilidad universal.
  212. 9:02Este concepto desarrollado ampliamente
  213. 9:03por la por los convencionalismos
  214. 9:06internacionales implica que en los
  215. 9:08entornos físicos la información, las
  216. 9:11comunicaciones, los servicios deben
  217. 9:13diseñarse desde el principio para ser
  218. 9:15utilizables por todas las personas sin
  219. 9:18necesidad de adaptaciones posteriores.
  220. 9:21En términos electorales, esto se traduce
  221. 9:24en el diseño de materiales accesibles,
  222. 9:27plataformas digitales inclusivas,
  223. 9:29campañas de información en formatos
  224. 9:32alternativos y procedimientos
  225. 9:34administrativos comprensibles. La
  226. 9:36accesibilidad no es una medida
  227. 9:38excepcional, sino un componente
  228. 9:40estructural del derecho a la igualdad.
  229. 9:43Se debe realizar una interseccionalidad
  230. 9:45y una discriminación múltiple. La
  231. 9:48doctrina contemporánea también ha
  232. 9:49resaltado que las personas con
  233. 9:51discapacidad pueden experimentar
  234. 9:53múltiples formas de discriminación
  235. 9:55cuando su condición se combina con otros
  236. 9:57factores como es el género, la edad, la
  237. 10:00pertenencia indígena o la identidad
  238. 10:02sexual. Este enfoque interseccional
  239. 10:05obliga a replantear las políticas
  240. 10:07públicas desde una lógica compleja. No
  241. 10:10basta con medidas genéricas para
  242. 10:12personas con discapacidad si estas no
  243. 10:15consideran la diversidad interna del
  244. 10:17colectivo.
  245. 10:19En el contexto mexicano, este debate ha
  246. 10:22alcanzado o o se ha visto reflejado en
  247. 10:24decisiones de carácter jurisdiccional y
  248. 10:26en lineamientos administrativos que
  249. 10:28buscan garantizar la participación
  250. 10:30política efectiva mediante medidas
  251. 10:32diferenciadas.
  252. 10:34El desafío principal sostiene en evitar
  253. 10:37políticas inclusivas que se conviertan
  254. 10:40en formalidades simbólicas. La tutela
  255. 10:43efectiva exige evaluar si las medidas
  256. 10:47realmente permiten el derecho en
  257. 10:50condiciones de libertad, autonomía y
  258. 10:53dignidad.
  259. 10:55Este marco conceptual, definición de
  260. 10:58discapacidad, tipos, medidas de
  261. 11:01nivelación, ajustes razonables,
  262. 11:03accesibilidad universal, constituye la
  263. 11:06base dogmática para poder analizar
  264. 11:08después los problemas litigiosos más
  265. 11:10frecuentes en materia electoral, incluso
  266. 11:14como es el caso de la exclusión del
  267. 11:16padrón, accesibilidad al voto,
  268. 11:19representación política y así también
  269. 11:22como el reconocimiento de apoyo en la
  270. 11:24toma de decisiones.
  271. 11:28¿Cómo aplicamos en México los derechos
  272. 11:31político electorales con personas de
  273. 11:34discapacidad? Criterios de la Suprema
  274. 11:37Corte, criterios del Instituto Nacional
  275. 11:39Electoral y del Tribunal Electoral del
  276. 11:41Poder Judicial de la Federación.
  277. 11:45Haciendo una similitud en todos ellos,
  278. 11:48podemos llegar a la conclusión de que la
  279. 11:51recepción del modelo social de
  280. 11:53discapacidad dentro del ordenamiento
  281. 11:54jurídico mexicano ha sido progresiva. Se
  282. 11:58ha construido a partir del diálogo
  283. 12:00constante entre la jurisdicción
  284. 12:02constitucional, jurisdicción electoral y
  285. 12:04la autoridad administrativa. A
  286. 12:07diferencia de otros ámbitos donde el
  287. 12:08cambio fue predominantemente
  288. 12:10legislativo, en materia
  289. 12:12políticoelectoral, el avance ha sido
  290. 12:14impulsado por decisiones
  291. 12:15jurisdiccionales y por lineamientos
  292. 12:17técnicos del Instituto Nacional
  293. 12:18Electoral, que se han traducido en
  294. 12:20estándares
  295. 12:22que trascienden, además, no solo en
  296. 12:25nuestro ámbito, sino también de carácter
  297. 12:27internacional, particularmente por la
  298. 12:29Convención sobre Derechos de las
  299. 12:31Personas con discapacidad,
  300. 12:33traducido en medidas operativas de
  301. 12:35carácter concreto.
  302. 12:39Ahora es importante señalar el
  303. 12:41desarrollo jurisprudencial
  304. 12:43constitucional. ¿Qué ha dicho la Suprema
  305. 12:45Corte de Justicia al respecto? El punto
  306. 12:47de reflexión conceptual en México deriva
  307. 12:49del tránsito de un modelo tutelar hacia
  308. 12:52un enfoque basado en la autonomía y
  309. 12:54capacidad jurídica. La Suprema Corte,
  310. 12:57especialmente a partir de la reforma del
  311. 12:592011, comenzó a interpretar la
  312. 13:01discapacidad bajo la prima del principio
  313. 13:03propersona y de la igualdad sustantiva.
  314. 13:06Uno de los aportes más relevantes ha
  315. 13:09sido el reconocimiento de las
  316. 13:11restricciones basadas en discapacidad
  317. 13:13que deben someterse a un escrutinio
  318. 13:15estricto, ya que se trata de una
  319. 13:17categoría históricamente estigmatizada.
  320. 13:22En precedente sobre discapacidad
  321. 13:24jurídica y sistema de apoyos, la Corte
  322. 13:26ha señalado que la discapacidad no puede
  323. 13:29utilizarse como fundamento automático
  324. 13:31para limitar derechos civiles o derechos
  325. 13:33políticos. Este razonamiento tiene una
  326. 13:36proyección directa en el ámbito
  327. 13:38electoral porque desmonta la idea de la
  328. 13:40discapacidad intelectual o psicosocial
  329. 13:43justificada
  330. 13:45y justificándose excluyendo del padrón o
  331. 13:48restringir la participación de estas
  332. 13:50personas en la vida pública. La línea
  333. 13:52argumentativa constitucional parte de la
  334. 13:55premisa de que el derecho debe crear
  335. 13:58condiciones para el ejercicio de la
  336. 14:00voluntad, no sustituirlas.
  337. 14:03La Corte también ha reforzado el
  338. 14:05estándar de accesibilidad universal como
  339. 14:07componente del derecho a la igualdad. En
  340. 14:09términos doctrinales, esto implica que
  341. 14:11la accesibilidad electoral no es una
  342. 14:14política pública discrecional, sino una
  343. 14:16obligación constitucional derivada del
  344. 14:18artículo primero y del bloque de
  345. 14:19convencionalidad.
  346. 14:21Por cuanto hace el desarrollo
  347. 14:23jurisprudencial del Tribunal Electoral
  348. 14:24del Poder Judicial de la Federación,
  349. 14:26tendremos ustedes el que el Tribunal ha
  350. 14:28sido el órgano que más ha operado estos
  351. 14:31principios dentro de los procesos
  352. 14:33electorales concretos. Sus resoluciones
  353. 14:35han abordado tres ejes particulares:
  354. 14:38accesibilidad al voto, acciones
  355. 14:40afirmativas y eliminación de barreras
  356. 14:42institucionales. En diversos
  357. 14:44precedentes, la Sala Superior ha
  358. 14:45sostenido que las autoridades
  359. 14:47electorales tienen la obligación de
  360. 14:49garantizar condiciones reales de
  361. 14:51igualdad para las personas con
  362. 14:52discapacidad, siendo que estas puedan
  363. 14:54votar y ser votadas. Esto incluye la
  364. 14:57exigencia de ajustes razonables y la
  365. 14:58prohibición de criterios administrativos
  366. 15:00que bajo apariencia neutral
  367. 15:05excluyan indirectamente a personas con
  368. 15:07discapacidad. El tribunal ha señalado
  369. 15:09que la igualdad formal puede resultar
  370. 15:12discriminatoria cuando ignora
  371. 15:13condiciones estructurales.
  372. 15:16Un el elemento particularmente relevante
  373. 15:18en la práctica electoral mexicana es el
  374. 15:20reconocimiento de la asistencia para
  375. 15:22votar sin que ello comprometa la
  376. 15:24libertad del sufragio.
  377. 15:26El tribunal ha enfatizado que las
  378. 15:27medidas de apoyo deben diseñarse de
  379. 15:29manera que preserven la autonomía de la
  380. 15:32persona votante evitando prácticas
  381. 15:34paternalistas o intrusivas. Este
  382. 15:37criterio se alína con el artículo 29 de
  383. 15:39la Convención para eliminar todas las
  384. 15:41formas de discriminación para las
  385. 15:42personas con discapacidad y con la
  386. 15:44doctrina interamericana sobre la
  387. 15:46dignidad y la autodeterminación.
  388. 15:48Asimismo, el tribunal ha avalado la
  389. 15:51implementación de acciones afirmativas
  390. 15:53orientadas a ampliar la representación
  391. 15:56política de las personas con
  392. 15:57discapacidad. Aunque estas medidas son o
  393. 16:00están aún en desarrollo, el tribunal ha
  394. 16:04reconocido la suerreación histórica,
  395. 16:07puede justificar políticas diferenciadas
  396. 16:11siempre que sean proporcionales y en
  397. 16:15forma razonada. La implementación
  398. 16:18administrativa de políticas
  399. 16:21públicas electorales por parte del
  400. 16:24instituto. ¿Qué ha hecho el instituto al
  401. 16:26respecto? El INE ha sido el principal
  402. 16:29actor en la materialización práctica de
  403. 16:32los estándares de accesibilidad y
  404. 16:33participación política a través de
  405. 16:35lineamientos técnicos y protocolos
  406. 16:37operativos. Ha desarrollado medidas que
  407. 16:40busquen garantizar el ejercicio efectivo
  408. 16:42del sufragio por personas con alguna
  409. 16:45clase de discapacidad.
  410. 16:47Entre las acciones más relevantes que ha
  411. 16:49llevado a cabo el instituto se encuentra
  412. 16:51la instalación de casillas con criterios
  413. 16:54de accesibilidad física, incluyendo
  414. 16:56rampas, espacios amplios y señalización
  415. 16:59adecuada. La elaboración de materiales
  416. 17:01electorales accesibles como planillas en
  417. 17:03braile para las personas con
  418. 17:04discapacidad visual y formatos
  419. 17:07alternativos de información electoral.
  420. 17:10La capacitación del funcionario del
  421. 17:11electorado para brindar asistencia sin
  422. 17:13vulnerar la autonomía del votante, la
  423. 17:16implementación de herramientas
  424. 17:17tecnológicas orientadas a a reducir
  425. 17:21estas barreras comunicacionales y
  426. 17:24cognocitivas.
  427. 17:25Estas medidas pueden interpretarse como
  428. 17:27ejemplos de las medidas de nivelación y
  429. 17:29ajustes razonables aplicados en el
  430. 17:32ámbito y materia electoral. Lo relevante
  431. 17:36es que el INE ha comenzado a transitar
  432. 17:39ese enfoque de accesibilidad universal,
  433. 17:41es decir, a diseñar procesos inclusivos
  434. 17:44desde el origen y no solo mediante
  435. 17:46adaptaciones posteriores.
  436. 17:48Sin embargo, la doctrina especializada
  437. 17:51ha señalado que el desafío actual no es
  438. 17:53únicamente garantizar el derecho al
  439. 17:55voto, sino ampliar la participación
  440. 17:57política activa de estas personas. Esto
  441. 17:59implica que considerar la inclusión de
  442. 18:01las personas con discapacidad como
  443. 18:03candidatas funcionarias, electorales o
  444. 18:07integrantes de órganos de decisión, lo
  445. 18:09cual abre un campo de desarrollo
  446. 18:12jurisprudencial todavía en construcción.
  447. 18:16¿Cuáles son las tensiones y los desafíos
  448. 18:18actuales respecto a este grupo? El
  449. 18:20desarrollo mexicano revela una tensión
  450. 18:22constante entre la certeza electoral y
  451. 18:25la maximización de los derechos. Por
  452. 18:27ejemplo, la introducción de tecnologías
  453. 18:30digitales plantea preguntas sobre la
  454. 18:32accesibilidad cognocitiva y la seguridad
  455. 18:34del voto. La implementación de acciones
  456. 18:37afirmativas genera debates sobre la
  457. 18:39proporcionalidad y la representación
  458. 18:41auténtica y el reconocimiento de apoyos
  459. 18:43para la toma de decisiones obliga a
  460. 18:46repensar procedimientos tradicionales de
  461. 18:48verificación de identidad o voluntad.
  462. 18:52Desde una perspectiva constitucional, el
  463. 18:54reto principal consiste en consolidar un
  464. 18:57modelo de democracia inclusiva que no
  465. 18:59trate la discapacidad como excepción,
  466. 19:02sino como un parámetro estructural de
  467. 19:03diseño institucional.
  468. 19:06Esto implica avanzar desde políticas
  469. 19:08correctivas hacia una arquitectura
  470. 19:10electoral concebida desde la diversidad.
  471. 19:14Los problemas litigiosos frecuentes en
  472. 19:17materia electoral y derechos políticos
  473. 19:19de las personas con discapacidad se
  474. 19:21encuentran en el desarrollo normativo y
  475. 19:23jurisprudencial en México, el cual ha
  476. 19:25permitido visibilizar una serie de
  477. 19:28conflictos recurrentes que suelen llegar
  478. 19:30a la sede jurisdiccional.
  479. 19:32Estos problemas no se agotan en la
  480. 19:34accesibilidad material del voto, sino
  481. 19:37que involucran cuestiones mucho más
  482. 19:38profundas vinculadas con la igualdad
  483. 19:41sustantiva, la autonomía personal y el
  484. 19:44diseño institucional para efectos
  485. 19:46pedagógicos
  486. 19:48y argumentativos pueden agruparse en
  487. 19:51cuatro grandes ejes litigiosos.
  488. 19:54Uno, el de accesibilidad al voto y
  489. 19:56ajustes razonables. ¿Qué es esto? Uno de
  490. 19:59los conflictos más comunes gira en torno
  491. 20:01a la obligación de las autoridades
  492. 20:03electorales de garantizar que el
  493. 20:05ejercicio del sufragio sea accesible.
  494. 20:07Los litigios suelen plantear si la
  495. 20:09autoridad cumplió con su deber de
  496. 20:11instalar casillas accesibles,
  497. 20:13proporcionar materiales adecuados o
  498. 20:15implementar apoyos técnicos suficientes.
  499. 20:18El estándar que ha emergido desde el
  500. 20:20tribunal consiste en entender que la
  501. 20:22accesibilidad no es una medida operativa
  502. 20:24ni un beneficio administrativo, sino un
  503. 20:27elemento esencial del voto. La igualdad
  504. 20:30formal puede generar discriminación
  505. 20:32indirecta cuando las condiciones físicas
  506. 20:34o comunicacionales del proceso excluyen
  507. 20:36a personas con discapacidad. Por ello,
  508. 20:39los tribunales han insistido en que las
  509. 20:41autoridades deben adoptar ajustes
  510. 20:43razonables, siempre que sean necesarios
  511. 20:45para garantizar el ejercicio efectivo
  512. 20:47del derecho. El problema jurídico más
  513. 20:50delicado aparece cuando se discute el
  514. 20:53alcance de dichos ajustes. La autoridad
  515. 20:56suele invocar criterios de certeza
  516. 20:58electoral o limitaciones presupuestales,
  517. 21:01mientras que la parte actora argumenta
  518. 21:02que el estándar convencional obliga a
  519. 21:06adoptar medidas progresivas que
  520. 21:07prioricen la inclusión. En términos
  521. 21:10argumentativos, la clave está en
  522. 21:12demostrar que la ausencia de
  523. 21:13accesibilidad constituye una restricción
  524. 21:16desproporcionada al derecho político
  525. 21:18electoral.
  526. 21:20Ahora, otro ha sido el apoyo para la
  527. 21:22toma de decisiones y el secreto del
  528. 21:25sufragio. Un segundo eje litigioso se
  529. 21:28relaciona con la asistencia para votar y
  530. 21:31los modelos de apoyo a la toma de
  531. 21:33decisiones. Tradicionalmente el sistema
  532. 21:35electoral asumía que la presencia de un
  533. 21:38tercero podía comprometer la libertad
  534. 21:39del voto. Sin embargo, el paradigma
  535. 21:42derivado de la Convención de los
  536. 21:43Derechos de las Personas con
  537. 21:45discapacidad existe compatibilizar la
  538. 21:48autonomía y el apoyo. Los tribunales han
  539. 21:52tenido que resolver tensiones entre dos
  540. 21:54principios constitucionales
  541. 21:56importantísimos, el secreto del sufragio
  542. 21:58y el derecho a recibir asistencia. La
  543. 22:01tendencia jurisprudencial ha sido
  544. 22:03permitida apoyo siempre que no
  545. 22:05sustituyan la voluntad de la persona
  546. 22:07votante y que existan salvaguardas para
  547. 22:10evitar la coacción en el voto. Desde una
  548. 22:12perspectiva argumentativa, el litigio
  549. 22:14suele concentrarse en demostrar que
  550. 22:17negar la asistencia equivale a impedir
  551. 22:19el ejercicio del derecho al voto,
  552. 22:21mientras que permitirla sin controles
  553. 22:24puede generar riesgos para la
  554. 22:26autenticidad del mismo. Este tipo de
  555. 22:29casos obliga a utilizar categorías como
  556. 22:32ajustes razonables, autonomía personal y
  557. 22:35el consentimiento informal, trasladado a
  558. 22:38debates tradicionales del derecho civil
  559. 22:40y la capacidad jurídica en el ámbito
  560. 22:43electoral.
  561. 22:45Otro o otra de las tensiones han sido
  562. 22:49las acciones afirmativas y la
  563. 22:51representación política de las personas
  564. 22:53con discapacidad. Este se vincula con la
  565. 22:55adopción de acciones afirmativas para
  566. 22:58garantizar esta representación política.
  567. 23:00La discusión no solamente consiste en si
  568. 23:02dichas medidas constitucionalmente son
  569. 23:05válidas, sino en cómo deben diseñarse
  570. 23:08para evitar situaciones o candidaturas
  571. 23:10meramente simbólicas. El tribunal ha
  572. 23:13reconocido que la sobrrepresentación
  573. 23:15histórica puede justificar medidas
  574. 23:17diferenciadas, siempre que se estén
  575. 23:19sustentadas en una evidencia objetiva y
  576. 23:22respeten el principio de
  577. 23:23proporcionalidad. Sin embargo, la
  578. 23:25implementación práctica ha generado
  579. 23:27conflictos relacionados con la
  580. 23:29acreditación de la discapacidad,
  581. 23:31el riesgo de estigmatización y la
  582. 23:33tensión entre la inclusión y la
  583. 23:35autonomía personal. Desde una
  584. 23:37perspectiva doctrinal, estos litigios
  585. 23:39reflejan la transición desde un modelo
  586. 23:42correctivo hacia uno estructural que
  587. 23:45busca transformar la composición misma
  588. 23:47de los órganos representativos. El
  589. 23:49desafío argumentativo consiste en
  590. 23:51demostrar que las acciones afirmativas
  591. 23:53no vulneran la igualdad, sino que la
  592. 23:56materializan.
  593. 23:58Quizá otro de los problemas que también
  594. 24:00debemos tratar es la capacidad jurídica
  595. 24:03y las restricciones indebidas al
  596. 24:05ejercicio de derechos políticos. Este
  597. 24:07resulta el más complejo de todos y está
  598. 24:11relacionado con la capacidad jurídica de
  599. 24:13las personas con discapacidad
  600. 24:15intelectual o psicosocial.
  601. 24:17Históricamente, algunos sistemas
  602. 24:18jurídicos restringen el voto o la
  603. 24:21elegibilidad de las personas sujetas a
  604. 24:23figuras de tutela o interdicción.
  605. 24:26El estándar contemporáneo, sin embargo,
  606. 24:29ha evolucionado hacia el reconocimiento
  607. 24:31pleno de la capacidad jurídica con
  608. 24:34sistemas de apoyo en lugar de la
  609. 24:36sustitución de la voluntad. En México,
  610. 24:38este debate se ha visto influido por
  611. 24:41decisiones de la Suprema Corte que
  612. 24:43cuestionan los modelos tradicionales de
  613. 24:44incapacitación. Y en el ámbito
  614. 24:46electoral, el litigio suele plantearse
  615. 24:49cuando autoridades administrativas
  616. 24:51adoptan criterios rígidos que directa o
  617. 24:54indirectamente excluyen a personas con
  618. 24:56discapacidad del padrón o de
  619. 24:58candidaturas.
  620. 25:00El argumento central se construye a
  621. 25:02partir del principio de igualdad y del
  622. 25:05bloque de convencionalidad. Cualquier
  623. 25:07restricción basada exclusivamente en
  624. 25:09discapacidad debe superar un escrutinio
  625. 25:11reforzado.
  626. 25:13¿Cuáles son los problemas que se ve que
  627. 25:14están surgiendo? Que son estos problemas
  628. 25:17emergentes a solucionar, uno, la
  629. 25:19tecnología electoral y dos, la
  630. 25:21accesibilidad digital. Un ámbito cada
  631. 25:24vez más frecuente en el litigio se
  632. 25:25relaciona con la digitalización de los
  633. 25:27procesos. plataformas de registro de
  634. 25:30candidaturas, sistemas de capacitación
  635. 25:32virtual o modalidades del voto
  636. 25:35electrónico pueden generar nuevas
  637. 25:37barreras si no se diseñan con criterios
  638. 25:39de accesibilidad universal. El desafío
  639. 25:42jurídico consiste en demostrar la
  640. 25:44innovación tecnológica
  641. 25:46y que esta no puede justificar
  642. 25:49regresiones en materia de derechos
  643. 25:50humanos. La accesibilidad digital debe
  644. 25:53considerarse parte del contenido
  645. 25:55esencial del derecho de la participación
  646. 25:57política. lo que implica estándares
  647. 25:59técnicos específicos y la evaluación
  648. 26:02constante de este impacto. ¿Qué debemos
  649. 26:04considerar para concluir sobre este
  650. 26:06tema? Los litigios sobre derechos
  651. 26:08políticos de personas con discapacidad
  652. 26:10comparten una característica
  653. 26:12transversal. Obligan a repasar el
  654. 26:15equilibrio entre la certeza electoral y
  655. 26:17la maximación de los derechos. La
  656. 26:19tendencia jurisprudencial mexicana ha
  657. 26:21sido interpretar las normas electorales
  658. 26:24a la luz del principio de igualdad
  659. 26:25sustantiva y de los estándares
  660. 26:27internacionales, siempre reconociendo
  661. 26:29que la neutralidad normativa puede
  662. 26:31ocultar exclusiones estructurales.
  663. 26:36Estos problemas litigiosos permiten
  664. 26:38articular discusiones sobre el control
  665. 26:40de la convencionalidad, interpretación
  666. 26:42evolutiva de los derechos políticos y un
  667. 26:45diseño institucional inclusivo. Además,
  668. 26:48muestran como el derecho electoral
  669. 26:49contemporáneo ha dejado de ser un ámbito
  670. 26:52meramente procedimental para convertirse
  671. 26:55en un espacio central de realización de
  672. 26:57derechos humanos.
  673. 27:00El siguiente tema es el derecho de las
  674. 27:03niñas, niños y adolescentes. ¿Cómo es la
  675. 27:05participación infantil y la libertad de
  676. 27:07expresión en esta materia y su
  677. 27:10protección respectiva? El tema nos exige
  678. 27:13partir de la premisa que suele incomodar
  679. 27:15al derecho electoral clásico. Aunque
  680. 27:17niñas, niños y adolescentes no ejercen
  681. 27:20por regla general el sufragio, sí son
  682. 27:23titulares plenos de derechos
  683. 27:24fundamentales y por lo tanto también son
  684. 27:27titulares de derechos de participación
  685. 27:29pública que funcionan como presupuesto
  686. 27:31democrático. En el sistema
  687. 27:33interamericano, la participación
  688. 27:35infantil no es una concesión pedagógica
  689. 27:37ni un instrumento de civismo. Es un
  690. 27:39derecho exigible cuya efectividad se
  691. 27:41mide por la existencia de canales reales
  692. 27:44para expresar opiniones, ser escuchados
  693. 27:46y que esas opiniones sean consideradas
  694. 27:49en decisiones públicas que les afectan.
  695. 27:52Ese es el puente con los derechos
  696. 27:53políticos. Una democracia que excluye
  697. 27:56sistemáticamente la voz de la niñez en
  698. 27:58asuntos que determina su vida cotidiana,
  699. 28:00termina produciendo decisiones políticas
  700. 28:03estructuralmente sesgadas.
  701. 28:06¿Cuál es el concepto jurídico de esta
  702. 28:07participación infantil y su diferencia
  703. 28:10con el voto? La participación infantil
  704. 28:13no debe confundirse con la titularidad
  705. 28:15de derechos electorales. La
  706. 28:17participación es una categoría
  707. 28:19transversal que comprende como mínimo
  708. 28:21tres contenidos. Uno, el derecho a
  709. 28:23expresar opiniones de manera libre. Dos,
  710. 28:26el derecho a ser escuchado en todo
  711. 28:28asunto que les afecte. Y tres, el deber
  712. 28:30estatal de tomar en cuenta esas
  713. 28:32opiniones de manera acorde con su edad y
  714. 28:34madurez. sin convertir esta cláusula en
  715. 28:37una excusa para o huír sin incidir.
  716. 28:41El sistema interamericano,
  717. 28:43desde un punto de arranque
  718. 28:46considera que
  719. 28:50desde la Corte Interamericana
  720. 28:53la afirmación de que las niñas, niños y
  721. 28:55adolescentes son sujetos de derechos y
  722. 28:57que el derecho a ser oído es una
  723. 28:59garantía fundamental de procedimientos
  724. 29:01administrativos o judiciales. La Corte
  725. 29:05Interamericana ha señalado esto. Esta
  726. 29:08lógica ha permeado el estándar
  727. 29:10contemporáneo. No basta con la
  728. 29:12formalidad de permitir hablar. Lo
  729. 29:14exigible es que existan mecanismos
  730. 29:16adecuadas para comprender, para valorar
  731. 29:19y responder lo que los niños, niñas y
  732. 29:21adolescentes expresan, cuáles son sus
  733. 29:24necesidades. La consecuencia
  734. 29:26metodológica es importante para esta
  735. 29:28especialidad.
  736. 29:30Tenemos que señalar que la participación
  737. 29:34infantil es seria.
  738. 29:38Sí, no solamente es conveniente,
  739. 29:41es un estándar mínimo de
  740. 29:43institucionalidad democrático.
  741. 29:46Se debe cumplir con esta garantía de
  742. 29:48protección y ejercicio.
  743. 29:51¿Okay? El derecho, lo que se protege es
  744. 29:55el derecho de participación y la
  745. 29:57libertad de expresión de este grupo.
  746. 30:01¿Okay? En el plano convencional, el
  747. 30:03núcleo de esto se integra en dos grandes
  748. 30:07bloques. Ojo, en el plano convencional,
  749. 30:12el derecho a ser oído y la libertad de
  750. 30:14expresión. ¿Qué implica cada uno de
  751. 30:17estas conceptualizaciones? El derecho a
  752. 30:19ser oído y a participar. La Corte
  753. 30:21Interamericana lo ha situado o lo define
  754. 30:25como garantía procedimental y
  755. 30:26sustantiva.
  756. 30:28Esta debe respetarse en todo
  757. 30:30procedimiento, siempre que incidan
  758. 30:33asuntos que impacten a la niñez. En
  759. 30:35México, esto se vincula directamente con
  760. 30:38los deberes de la debida diligencia
  761. 30:40reforzada.
  762. 30:42No escuchar
  763. 30:44implica una afectación estructural a la
  764. 30:47tutela efectiva e interés superior de la
  765. 30:51niñez.
  766. 30:53Por cuanto hace la libertad de
  767. 30:54expresión, acceso a la información y el
  768. 30:57ecosistema mediático digital, en el
  769. 30:59sistema interamericano, el derecho a la
  770. 31:01libertad de expresión y el acceso a la
  771. 31:02información tiene una protección
  772. 31:04robusta. Para la niñez, el desafío está
  773. 31:07en equilibrar dos obligaciones.
  774. 31:09Habilitar la expresión y a la vez
  775. 31:11proteger frente a la violencia,
  776. 31:14explotación, estigmatización
  777. 31:17a los niños, niñas y adolescentes. El
  778. 31:19informe Niñez, Libertad de Expresión y
  779. 31:21medios de comunicación de la Comisión
  780. 31:24Interamericana de Derechos Humanos de la
  781. 31:26Relatoría Especial, es particularmente
  782. 31:30útil porque fija estándares operativos
  783. 31:34como el rol del Estado como garante y
  784. 31:37facilitador, preventor de censura
  785. 31:40injustificada, responsabilidad del
  786. 31:42sector privado, alfabetización mediática
  787. 31:45y protección frente a los daños sin
  788. 31:47cancelar
  789. 31:49la y los derechos,
  790. 31:52facultades de los niños, niñas y
  791. 31:54adolescentes. Estos estándares son
  792. 31:56especialmente actuales por dos razones.
  793. 31:59La vida pública ya se desplazó hacia
  794. 32:01entornos digitales donde hay riesgos de
  795. 32:03violencia, discursos de odio,
  796. 32:05explotación y desinformación. Y la
  797. 32:08deliberación democrática es cada vez más
  798. 32:11medida por plataformas que no fueron
  799. 32:13diseñadas pensando en la niñez.
  800. 32:18¿Cuáles son los principios que se deben
  801. 32:19considerar? Uno, el interés superior de
  802. 32:22la niñez. Dos, autonomía progresiva.
  803. 32:25Tres, el deber de tomar en serio la voz
  804. 32:29infantil. La dogmática contemporánea
  805. 32:33suele organizarse alrededor de tres
  806. 32:35principios que además son de gran
  807. 32:37utilidad para el litigio.
  808. 32:40Uno, el interés superior de la niñez.
  809. 32:42Dos, la autonomía progresiva. Y tres, la
  810. 32:45no instrumentación. Cuando hablamos del
  811. 32:47interés superior, no es una cláusula de
  812. 32:50estilo ni un comodín para imponer la
  813. 32:53visión adulta. Opera como regla de
  814. 32:56decisión y de deber de inmovilización
  815. 32:58reforzada.
  816. 33:00Se debe motivar si una autoridad decide
  817. 33:03en sentido contrario a lo expresado por
  818. 33:05los las niñas, niños y adolescentes.
  819. 33:08Debe explicar el por qué, con base en
  820. 33:10evidencia y criterios de protección de
  821. 33:12derechos, no en instituciones y
  822. 33:15prejuicios.
  823. 33:16Cuando hablamos de autonomía progresiva
  824. 33:19implica que la capacidad de participar
  825. 33:21no aparece de golpe a los 18 años, se
  826. 33:24desarrolla jurídicamente. Esto exige
  827. 33:26diseñar procedimientos y espacios de
  828. 33:28participación acorde con la edad, la
  829. 33:31madurez de cada uno de estos de estas
  830. 33:34personas y prohíbe tratar a toda la
  831. 33:37niñez como un grupo homogéneo.
  832. 33:40No hablar de no un no una
  833. 33:43instrumentación. La participación no
  834. 33:45puede ser decorativa, no escuchamos para
  835. 33:48cumplir ni debe ser extractiva. Se usa
  836. 33:51su imagen o discurso para legitimar
  837. 33:53decisiones. El estándar real exige una
  838. 33:57incidencia, es decir, mecanismos que
  839. 34:00permitan retroalimentación, que se
  840. 34:02rindan cuentas y trazar
  841. 34:05una línea mínima, ¿no? Atendiendo a la
  842. 34:09voz infantil.
  843. 34:11Pero, ¿qué podemos hablar ya aplicado en
  844. 34:14México? En México el nuestro marco
  845. 34:17normativo se articula de la siguiente
  846. 34:21manera. La Constitución.
  847. 34:24La tutela se sostiene de manera directa
  848. 34:27en el artículo cuarto, principio del
  849. 34:29interés superior de la niñez y la
  850. 34:31libertad de expresión en los artículos
  851. 34:33sexto y séptimo, libertad y derecho a la
  852. 34:35información, que deben interpretarse en
  853. 34:38clave de niñez y no de obligaciones
  854. 34:41reforzadas de protección. La Ley General
  855. 34:44de los Derechos de las niñas, Niños y
  856. 34:45Adolescentes establece que el andamiaje
  857. 34:48legislativo principal reconoce a las
  858. 34:51niñas, a los niños y adolescentes como
  859. 34:53titulares de derechos, establece el
  860. 34:55derecho a participación y crea
  861. 34:56obligaciones para las autoridades. La
  862. 34:58versión vigente reforma, bueno, en la
  863. 35:02última reforma establecida el 15 de
  864. 35:05enero del 2026 confirma su actualidad
  865. 35:09normativa. Esto es útil para este curso,
  866. 35:13para mostrar que la participación no se
  867. 35:15trata de una política pública blanda,
  868. 35:18sino el derecho positivizado con
  869. 35:21obligaciones concretas. Esto es lo que
  870. 35:23refleja la legislación en materia de
  871. 35:25niños, niñas y adolescentes. ¿Cómo se
  872. 35:28lleva a cabo en la práctica
  873. 35:30institucional?
  874. 35:31En la participación pública no
  875. 35:34electoral, no electoral, la experiencia
  876. 35:37más relevante y sistemática es la
  877. 35:39consulta infantil y juvenil del INE, que
  878. 35:42se ha realizado en distintas ocasiones y
  879. 35:44que en el 2024 el propio instituto
  880. 35:47presentó como un espacio para niñas,
  881. 35:48niños y adolescentes ejercieran su
  882. 35:50derecho a participar y opinar sobre
  883. 35:53temas públicos. Además, habilitú una
  884. 35:56plataforma específica de socialización
  885. 35:58de resultados, lo que ayuda a reforzar
  886. 36:00el estándar de no instrumentación. La
  887. 36:03participación no incluye en levantar
  888. 36:05opiniones, sino en procesarlas,
  889. 36:07publicarlas y permitir que se se
  890. 36:10conviertan en insumos para decisiones de
  891. 36:13carácter público.
  892. 36:15Aquí hay un punto didáctico que es bien
  893. 36:18importante, ¿okay?
  894. 36:21y tiene que tener un valor
  895. 36:23constitucional.
  896. 36:25Es este mecanismo de participación.
  897. 36:28Las demandas infantiles
  898. 36:30nos deben enseñar cómo se debe llevar a
  899. 36:33cabo la tutela efectiva, sin reducirla a
  900. 36:35una cuestión de justiabilidad
  901. 36:39efectiva, institucionalidad, su
  902. 36:42metodología, accesibilidad,
  903. 36:44transparencia de resultados y
  904. 36:46retroalimentación. No solamente quedarse
  905. 36:48en una cuestión de justicia.
  906. 36:51Por cuanto hace la libertad de expresión
  907. 36:53de este grupo, ¿cuáles serían los
  908. 36:56estándares aplicables y cuáles son las
  909. 36:58tensiones típicas que existen en torno a
  910. 37:01este? En la práctica mexicana, los
  911. 37:03conflictos más frecuentes se concentran
  912. 37:05en tres escenarios. Uno, escuela y
  913. 37:07disciplina institucional, sanciones o
  914. 37:09restricciones que nombre del orden
  915. 37:12inhiben, critican, protestan o, sobre
  916. 37:15todo en condiciones de carácter escolar.
  917. 37:18El estándar interamericano exige
  918. 37:19distinguir entre la regulación legítima
  919. 37:22y censura y sobre todo exige
  920. 37:24proporcionalidad. La protección no puede
  921. 37:27vaciarse del derecho.
  922. 37:29Hablando de entornos digitales, la
  923. 37:31tentación regulatoria suele ser
  924. 37:33prohibicionista, es decir, se les
  925. 37:35prohíbe a los niños. Derivado de ¿qué?
  926. 37:39De un término sobre seguridad. El
  927. 37:42estándar adecuado es protección frente a
  928. 37:44la violencia hacia la explotación, una
  929. 37:46educación digital, medidas de seguridad,
  930. 37:49respuestas institucionales, sin suprimir
  931. 37:52por defecto la expresión y la
  932. 37:54participación de este grupo.
  933. 37:57Ahora, por lo que hace la participación
  934. 37:59en asuntos de carácter público y
  935. 38:01político y en medios, el informe de la
  936. 38:05Comisión Interamericana de Derechos
  937. 38:07Humanos subraya la obligación estatal de
  938. 38:10crear condiciones para el desarrollo
  939. 38:12real y efectivo de la personalidad y la
  940. 38:14vida de los niños, niñas y adolescentes,
  941. 38:17lo que incluye habilitar su expresión y
  942. 38:19participación, no solamente evitarles
  943. 38:22daños.
  944. 38:23La participación infantil y la libertad
  945. 38:25de expresión en el sistema mexicano.
  946. 38:28En el plano dogmático, el operativo
  947. 38:30exige traducir los estándares
  948. 38:32tradicionales y constitucionales en
  949. 38:34herramientas verificables de actuación
  950. 38:35pública y de litigio. En materia de
  951. 38:38niñas, niños y adolescentes. El desafío
  952. 38:40central consiste en demostrar que la
  953. 38:42participación no es una cláusula
  954. 38:44retórica, sino una obligación
  955. 38:46institucional medible.
  956. 38:48Para ello conviene estructurar el
  957. 38:50análisis en tres niveles: matriz de
  958. 38:53estándares aplicables, herramientas
  959. 38:56institucionales existentes y problemas
  960. 38:59prácticos, los cuales acabamos de ver
  961. 39:01con anterioridad.
  962. 39:03Cuando hablamos de matices, estándares
  963. 39:06aplicables, nos podemos referir desde el
  964. 39:09sistema interamericano al estándar, que
  965. 39:11es el derecho a ser escuchado y a
  966. 39:13participar en decisiones que afectan de
  967. 39:15manera directa a niñas, niños y
  968. 39:17adolescentes. Consolidado desde la
  969. 39:20opinión consultiva OC17/02
  970. 39:25de la Corte Interamericana. Este
  971. 39:27estándar establece que la participación
  972. 39:29no es discrecional, sino una garantía
  973. 39:31procedimental que obliga a diseñar
  974. 39:32mecanismos adecuados a la edad madurez
  975. 39:34de la persona menor de edad. A nivel
  976. 39:37constitucional mexicano, este mandato se
  977. 39:38articula principalmente en el artículo
  978. 39:40cuarto. En el Plano Legislativo, la Ley
  979. 39:43General de los Derechos de las Niñas,
  980. 39:44Niños y Adolescentes desarrolla de
  981. 39:46manera específica el derecho a
  982. 39:47participar, a opinar y a ser tomado en
  983. 39:50cuenta en asuntos que los afectan, así
  984. 39:51como la obligación de las autoridades de
  985. 39:53crear efectos reales de autonomía
  986. 39:57progresiva, lo que significa que la
  987. 39:59participación debe adaptarse a la
  988. 40:02evolución de las capacidades y no puede
  989. 40:04negarse por una sola condición etaria.
  990. 40:09¿Cuáles son las herramientas existentes?
  991. 40:11más visibles. Primero, en México es la
  992. 40:13consulta infantil y juvenil organizada
  993. 40:16por el INE, aunque no se trata de un
  994. 40:18ejercicio de carácter electoral,
  995. 40:21vinculante su relevancia constitucional
  996. 40:23radica en que constituye un canal
  997. 40:25institucionalizado de participación
  998. 40:27política. El valor jurídico de la
  999. 40:30consulta no se agota en el en
  1000. 40:32reelecciones de opiniones. Desde una
  1001. 40:34perspectiva de tutela efectiva, el
  1002. 40:35elemento decisivo es la socialización y
  1003. 40:38la utilización de resultados. Otra
  1004. 40:40herramienta institucional es el Sistema
  1005. 40:42Nacional de Protección Integral de
  1006. 40:44Niñas, Niños y Adolescentes que ha que
  1007. 40:46ha promovido esquemas de participación a
  1008. 40:49nivel local y federal. ¿Cuáles son los
  1009. 40:51problemas prácticos y litigiosos que
  1010. 40:54existen en nuestro país? El primer
  1011. 40:56problema es la simulación participativa.
  1012. 40:58El segundo es el conflicto entre la
  1013. 41:02libertad de expresión en los entornos
  1014. 41:04escolares y los entornos digitales. En
  1015. 41:06México se ha observado tensiones entre
  1016. 41:08medidas disciplinarias y el derecho a
  1017. 41:10opinar sobre asuntos de carácter
  1018. 41:11público, especialmente cuando la
  1019. 41:13expresión ocurre en redes sociales o
  1020. 41:15espacios educativos. El estándar
  1021. 41:17interamericano exige que las
  1022. 41:19restricciones sean excepcionales,
  1023. 41:21necesarias, proporcionales y eviten
  1024. 41:23respuestas generalizadas de prohibición.
  1025. 41:26Otro de los problemas se relaciona con
  1026. 41:28el uso de plataformas digitales para la
  1027. 41:31participación política.
  1028. 41:33La expansión de mecanismos virtuales ha
  1029. 41:35ampliado el alcance de la participación
  1030. 41:37infantil, pero también ha evidenciado
  1031. 41:39brechas tecnológicas y riesgos de
  1032. 41:42explotación indirecta y exclusión
  1033. 41:44indirecta.
  1034. 41:47Para efectos pedagógicos tenemos que
  1035. 41:49señalar que este estándar interamer
  1036. 41:52existen no exige otorgar derechos a los
  1037. 41:55niños y niños adolescentes antes de
  1038. 41:57tiempo, pero se obliga a diseñar
  1039. 41:59procesos públicos donde su voz tenga
  1040. 42:01relevancia.
  1041. 42:04Ahora, por último, cuando hablamos de
  1042. 42:07las de las personas migrantes
  1043. 42:09nacionalizadas y voto en el extranjero,
  1044. 42:11este es un poco más pequeño porque el
  1045. 42:14tratamiento sólido conviene tenemos que
  1046. 42:16separar con rigor lo siguiente. Personas
  1047. 42:18residentes mexicanas en el extranjero
  1048. 42:20son ciudadanas y ciudadanos con derecho
  1049. 42:22a votar y a participar, pero enfrentan
  1050. 42:24barreras logísticas, registrales y
  1051. 42:26tecnológicas. Cuando hablamos de
  1052. 42:28personas por naturalización o con doble
  1053. 42:30nacionalidad son ciudadanas y ciudadanos
  1054. 42:33con derechos políticos plenos, pero el
  1055. 42:35diseño constitucional introduce
  1056. 42:38restricciones de legibilidad para
  1057. 42:40ciertos cargos y funciones. Y cuando
  1058. 42:42hablamos de personas migrantes
  1059. 42:44extranjeras, es decir, no nacionales que
  1060. 42:46viven o transitan en México, no suelen
  1061. 42:48tener derecho al sufragio nacional, pero
  1062. 42:51sí son titulares de derechos humanos y
  1063. 42:53la Constitución establece además límites
  1064. 42:56específicos sobre su injerencia en
  1065. 42:57asuntos políticos. ¿Okay? La
  1066. 43:00Constitución distingue entre
  1067. 43:01nacionalidad y ciudadanía. No, no son lo
  1068. 43:04mismo. La ciudadanía mexicana se
  1069. 43:05adquiere por nacimiento, por
  1070. 43:08naturalización. La ciudadanía política
  1071. 43:10la se otorga después de 18 años de vivir
  1072. 43:13en nuestro país. Las personas
  1073. 43:15extranjeras, la regla es muy muy clara,
  1074. 43:17gozan de los derechos humanos, pero no
  1075. 43:19podrán de ninguna manera inmiscuirse en
  1076. 43:21asuntos políticos de nuestro país.
  1077. 43:24En cambio, las personas mexicanas
  1078. 43:26naturalizadas o con doble nacionalidad,
  1079. 43:29el problema no es la titularidad de
  1080. 43:31derechos, sino los límites a la
  1081. 43:32elegibilidad. El diseño constitucional
  1082. 43:35reserva ciertos cargos que deben ser
  1083. 43:38mexicanas por nacimiento y no pueden
  1084. 43:40serlo por naturalización. Por en cuanto
  1085. 43:43hace al voto de las mexicanas y
  1086. 43:45mexicanos en el extranjero, la tutela
  1087. 43:47efectiva no se agota en afirmar que
  1088. 43:49pueden votar. El derecho se vuelve real
  1089. 43:51si el Estado construye una arquitectura
  1090. 43:53institucional que haga accesible el
  1091. 43:55registro de la emisión del voto, el
  1092. 43:58cómputo de garantías con certeza y
  1093. 44:00secrecía. En México se aloja
  1094. 44:03principalmente en lo que es la legipe
  1095. 44:06esta posibilidad de votar y cuál es la
  1096. 44:09relevancia constitucional.
  1097. 44:14El INE cuenta con informes
  1098. 44:16institucionales
  1099. 44:17sobre este punto para documentar
  1100. 44:20cómo se lleva a cabo el voto y la
  1101. 44:23participación de los derechos políticos
  1102. 44:26de las personas que residen en el
  1103. 44:29extranjero.
  1104. 44:32No solo se trata aquí de tratar las
  1105. 44:35restricciones, sino vamos a a decir por
  1106. 44:38último para concluir cuáles son los
  1107. 44:39problemas que se encuentran.
  1108. 44:42Uno, se usan
  1109. 44:46terminologías como lealtad, seguridad o
  1110. 44:50representación nacional en contra de
  1111. 44:52estos votos de las personas en el
  1112. 44:54extranjero. La pregunta es si estos
  1113. 44:56pueden sostenerse hoy como un estándar
  1114. 44:58de razonabilidad y de evidencia.
  1115. 45:01también la proporcionalidad.
  1116. 45:03Aún admitiendo que tengan un fin
  1117. 45:06legítimo, la restricción que se les dé
  1118. 45:08debe ser de carácter legítimo, no
  1119. 45:11excesiva. No se puede excluir de manera
  1120. 45:14absoluta a las personas nacionalizadas.
  1121. 45:18¿Okay? Y la doble nacionalidad. Se prevé
  1122. 45:22que la ley regule el ejercicio de
  1123. 45:23derechos de mexicanas y mexicanos con
  1124. 45:25nacionalidades
  1125. 45:28duplicadas y establezca normas para
  1126. 45:30evitar conflictos. Esto permite discutir
  1127. 45:32con precisión que el problema no es
  1128. 45:34tener una doble nacionalidad, sino el
  1129. 45:36diseño de salvaguardas para evitar
  1130. 45:39conflictos de intereses públicos. Y por
  1131. 45:43último, las personas extranjeras,
  1132. 45:45repito, tienen derechos humanos, pueden
  1133. 45:48acceder al espacio público, pero existe
  1134. 45:51una prohibición
  1135. 45:53expresa de injerencia en casos de
  1136. 45:57personas migrantes no nacionales.

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