Diplomado de Actualización en Justicia Penal para Adolescentes — Transcript
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- 13:23cuenta con una destacada trayectoria
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- 13:25en la enseñanza del derecho en el
- 13:28Instituto Tecnológico Autónomo de México
- 13:30y actualmente se desempeña como profesor
- 13:33en el Instituto [música] Tecnológico y
- 13:34de Estudios Superiores de Monterrey.
- 13:37En materia de investigación científica,
- 13:39[música] el Dr. José Ramón Cosillo Díaz
- 13:42es miembro del Sistema Nacional [música]
- 13:44de Investigadores Nivel 3 por el SNI. Es
- 13:48autor de [música] numerosos libros y
- 13:50artículos académicos. Su libro más
- 13:52reciente se titula Corrupción [música]
- 13:54en México, un acercamiento al siglo XX
- 13:58desde la perspectiva jurídica. Ha
- 14:01recibido [música]
- 14:02numerosos reconocimientos, entre los que
- 14:04destacan 10 doctorados [música] honoris
- 14:06causa, el premio nacional de
- 14:08jurisprudencia del año 2019, el Premio
- 14:12Nacional de Ciencias [música] y Artes
- 14:14del año 2009 en el campo de historia,
- 14:17ciencias sociales y filosofía y el
- 14:20[música] Premio Nacional de Inv.
- 14:21investigación del año 1998
- 14:24en el área de ciencias sociales.
- 14:27Es integrante de diferentes [música]
- 14:29organizaciones académicas como la
- 14:31Asociación Mexicana de Historia del
- 14:33Derecho, [música] la Academia Mexicana
- 14:35de la Historia, el Colegio Nacional, la
- 14:38Barra Mexicana, Colegio de Abogados, el
- 14:41Consejo Académico de la Cátedra de
- 14:43[música] Estudios Jurídicos
- 14:44Iberoamericanos de la Universidad Carlos
- 14:47I de Madrid y Tirallo Blancho. [música]
- 14:50Además es columnista en los periódicos
- 14:53El País, El Universal y colaborador
- 14:56regular en Aristegui Noticias y de
- 14:58Leonardo Curcio en [música] Fórmula.
- 15:01Muchas gracias, ministro en retiro y Dr.
- 15:03José Ramón Cosillo [música] Díaz por
- 15:05acompañarnos en esta ocasión.
- 15:10[música]
- 15:11Hola, quiero darles la bienvenida a
- 15:14todas las personas que están asistiendo
- 15:16al diplomado en el Código Nacional de
- 15:18Procedimientos Civiles y Familiares.
- 15:20A continuación compartiré con [música]
- 15:22ustedes una breve semblanza del experto
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- 15:47[música]
- 16:01Trayectoria enseñanza [música] de
- 16:03derecho en el Instituto Tecnológico
- 16:06Autónomo de México. Actualmente se
- 16:08desempen como
- 16:21[música]
- 16:25autor libros y artículos académicos. Su
- 16:29libro más reciente se titula Corrupción
- 16:32en México, un acercamiento al siglo XX
- 16:35de
- 16:46jurisprudencia del año 2019, el Premio
- 16:49Nacional de Ciencias y Artes del año
- 16:522009 en el campo de historia, ciencias
- 16:55sociales y filosofía y
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- 24:00Buenas tardes, estimadas y estimados.
- 24:03Queremos compartirlo.
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- 29:18Buenas tardes, sean todas y todos
- 29:20bienvenidos, tanto a quienes nos
- 29:22acompañan de manera presencial como a
- 29:24quienes se encuentran con nosotros a
- 29:26través de los medios digitales.
- 29:29Dando continuidad a la programación
- 29:31académica del diplomado de actualización
- 29:33en justicia penal para adolescentes en
- 29:36el marco del módulo dos, etapas
- 29:38procesales y control judicial del
- 29:40procedimiento penal para adolescentes,
- 29:42tenemos el día de hoy el gusto de contar
- 29:45con la participación del doctor
- 29:47Alejandro Ramón Fuentes para abordar el
- 29:50tema etapa intermedia y preparación del
- 29:53juicio y de quién me permito leer su
- 29:56semblanza curricular.
- 30:00Es doctor en derecho y doctor en derecho
- 30:02judicial. Además, cuenta con
- 30:05especialidades en derecho civil, derecho
- 30:07penal y justicia penal para
- 30:09adolescentes.
- 30:11Posee 19 años de trayectoria en la
- 30:13impartición de justicia, desempeñándose
- 30:16como juez especializado para menores
- 30:18infractores. Magistrado presidente del
- 30:21otrora tribunal para menores infractores
- 30:23del Poder Judicial del Estado de
- 30:25Durango.
- 30:26Asimismo, como juez del Centro de
- 30:29Justicia Penal para Niñas, Niños y
- 30:31Adolescentes y juez familiar y auxiliar
- 30:34en materia civil y mercantil en la
- 30:37región Laguna. Actualmente es juez en
- 30:40retiro. También es coordinador del área
- 30:43de derecho de la Universidad José
- 30:45Vasconcelos y presidente estatal en
- 30:48Durango de la Federación Iberoamericana
- 30:51de Abogados 2026-202.
- 30:55Es autor de diversas obras
- 30:57especializadas en justicia penal para
- 30:59adolescentes. Ha participado en la
- 31:02formación de operadores jurídicos a
- 31:04nivel nacional y es referente académico
- 31:07en materia de derechos de niñas, niños y
- 31:09adolescentes y justicia especializada en
- 31:12México.
- 31:13Es importante indicarles que al término
- 31:16de la conferencia se abrirá un espacio
- 31:18para preguntas de las y los asistentes.
- 31:21Si alguien desea intervenir, favor de
- 31:23levantar la mano, ya que habrá
- 31:25compañeras que proporcionarán el
- 31:27micrófono para hacer uso del mismo. Por
- 31:30su parte, las personas que se encuentren
- 31:33de manera virtual podrán realizar sus
- 31:35comentarios y planteamientos a través de
- 31:38la cajita de preguntas que se encuentran
- 31:40disponibles en las plataformas Zoom y
- 31:43YouTube para que sean leídas en las
- 31:45medidas de las posibilidades.
- 31:48Gracias nuevamente, doctor, por
- 31:49acompañarnos el día de hoy. Adelante,
- 31:51por favor.
- 31:53Gracias. Muchísimas gracias por la
- 31:55invitación. Eh, vuelvo a reiterar la la
- 31:58invitación al Instituto de la Judicatura
- 32:01del Poder Judicial del Estado de Nuevo
- 32:03León, eh, por esta participación y ahora
- 32:07el día de hoy nos toca platicar, ya
- 32:09habíamos platicado de lo que es la la
- 32:12etapa de investigación inicial y de
- 32:14control judicial. Ahora nos toca abordar
- 32:17la etapa intermedia y todo lo que es la
- 32:19etapa de preparación a juicio. En este
- 32:22momento, pues bueno, me permito eh
- 32:27platicarles o iniciar que los principios
- 32:29que vimos en la clase de lunes, pues de
- 32:32todas maneras siguen siendo principios
- 32:34de los cuales eh se siguen o se busca
- 32:38aplicar también en esta etapa, así como
- 32:41en la etapa de juicio oral que veremos
- 32:43la próxima semana. Estos principios
- 32:46siguen vigentes. Igual los derechos del
- 32:49artículo 35 al 45, que son los derechos
- 32:52que tiene todo adolescente sujeto a
- 32:54proceso, también siguen vigentes en esta
- 32:56etapa. Y en esta etapa seguimos ante el
- 32:59juez de control.
- 33:01Y en el caso de que hubiera una medida
- 33:03cautelar de internamiento, pues
- 33:05obviamente también los derechos
- 33:07previstos del artículo 46 al 57.
- 33:12En esta tesitura, esta audiencia como
- 33:16tiene o esta etapa procesal tiene a su
- 33:19vez la idea fundamental
- 33:23de preparar a juicio. Esta etapa inicia
- 33:28una vez que ha concluido eh la
- 33:31investigación complementaria, que
- 33:33quedábamos la clase pasada y
- 33:35comentábamos que la investigación
- 33:37complementaria el máximo plazo que se
- 33:39puede extender es el plazo de 3 meses y
- 33:43una vez agotado este plazo o el plazo
- 33:45menor, pues obviamente la gente del
- 33:48Ministerio Público tendrá que concluir
- 33:50la investigación
- 33:52eh aportando o presentando un escrito.
- 33:57de acusación
- 33:59solicitando el sobreseguimiento de la
- 34:00causa
- 34:03o en su caso, ¿verdad?, Eh, el caso de
- 34:05presentar escrito de acusación, pues
- 34:07este escrito de acusación
- 34:10tendría
- 34:13que contener los requisitos que nos
- 34:17señala el artículo 136 de nuestra Ley
- 34:19Nacional del Sistema Integral de
- 34:21Justicia Penal para Adolescentes.
- 34:24Estos dispositivos de la etapa
- 34:26intermedia los vamos a encontrar del
- 34:28artículo 134
- 34:30al artículo
- 34:33eh 141.
- 34:35Sería brevemente lo que la ley nacional
- 34:39tiene considerado para la etapa
- 34:41intermedia. Aquí resulta sumamente
- 34:44importante,
- 34:45sumamente importante comentar dos
- 34:47situaciones. La etapa intermedia se
- 34:50divide en dos fases, una fase escrita y
- 34:54una fase oral.
- 34:56La fase escrita nos vamos a remitir
- 34:59única y exclusivamente al contenido de
- 35:02la ley nacional. En la fase oral vamos a
- 35:05aplicar supletoriamente el Código
- 35:08Nacional de Procedimientos Penales.
- 35:11Eh, ¿por qué? Porque así lo desarrolla
- 35:14la propia ley la propia ley sí le da una
- 35:16naturaleza diferente a lo que es la fase
- 35:19escrita en nuestro código, estableciendo
- 35:22plazos, términos diferentes a los de el
- 35:26Código Nacional de Procedimientos
- 35:28Penales y además pues era es más era más
- 35:32preciso desde el inicio de la ley cuando
- 35:34se emitió nuestra ley nacional el 2016,
- 35:37pues obviamente fue algo que trajo como
- 35:41consecuencia pues una reforma al código
- 35:42nacional para empatar ahora sí el código
- 35:44hacia la ley nacional para establecer
- 35:47pues la fase escrita eh fundamentalmente
- 35:52esta etapa intermedia es la etapa de
- 35:55preparación.
- 35:57Aquí antes de de iniciar y platicar
- 36:00fases, términos, todas estas cuestiones,
- 36:03cuando hablamos del contenido del
- 36:05escrito de acusación, que les digo que
- 36:07está el artículo 136
- 36:10del de la Ley Nacional,
- 36:12este artículo 136, pues obviamente nos
- 36:15habla pues de que el escrito que va a
- 36:18presentar la gente del Ministerio
- 36:19Público, pues es un escrito que tiene
- 36:22que contar ciertos requisitos.
- 36:26requisitos que tenemos que analizarlo
- 36:30pues a la luz de una interpretación no
- 36:33solamente gramatical, ¿no? Que leyéramos
- 36:35las fracciones, las tres fracciones y
- 36:37dijéramos, pues bueno, eso es lo que nos
- 36:39dicen las fracciones, ¿no? Tenemos que
- 36:41recordar un artículo sumamente
- 36:44importante, el artículo 9 de la Ley
- 36:46Nacional del Sistema Integral de
- 36:48Justicia Penal para Adolescentes. este
- 36:50artículo 9 de la ley nacional, al igual
- 36:54que el que obviamente que el artículo
- 36:57está en las disposiciones generales como
- 36:59el de la supletoriedad, nos establece
- 37:03una regla, una regla de interpretación.
- 37:06Cuando interpretemos la ley nacional,
- 37:08dice, "La interpretación de las
- 37:10disposiciones contenidas en esta ley
- 37:12deberán hacerse de conformidad con la
- 37:15Constitución, con los principios
- 37:18rectores
- 37:19del sistema, con la ley general, que ley
- 37:23general, hablando de la Ley General de
- 37:24Derecho de Niñas, niños y adolescentes,
- 37:26con los tratados internacionales,
- 37:28favoreciendo en todo tiempo a las
- 37:30personas adolescentes la protección más
- 37:32amplia.
- 37:34Es decir, no nos permite el artículo
- 37:39que estamos comentando de la del
- 37:41contenido del 136 que estamos del
- 37:44contenido del escrito conción hacer una
- 37:46interpretación literal, sino que la
- 37:48tenemos que hacer de acuerdo a lo que
- 37:50nos señala el propio artículo 9.
- 37:54Esto es una interpretación más amplia,
- 37:56es una interpretación que no solo veamos
- 37:59las fracciones y las queramos desahogar,
- 38:02sino que las tenemos que entender en
- 38:04conjunto con los principios rectores,
- 38:07con la Constitución, con la propia
- 38:09Convención de los Derechos del Niño, con
- 38:10la propia Observación General 24,
- 38:13con la opinión consultiva 17/2
- 38:16emitida por la Corte Interamericana de
- 38:18Derechos Humanos y en sí con todo el
- 38:20derecho vinculante que nuestro país país
- 38:23tiene referente a los niños aunado a la
- 38:25Ley General de Derecho de Niñas, Niños y
- 38:27Adolescentes. Entonces, cuando veamos
- 38:29una norma, pues la tenemos que ver en la
- 38:32dimensión, pues obviamente amplia de una
- 38:35protección integral de los derechos de
- 38:38los niños, niñas y adolescentes. En este
- 38:40caso, obviamente, se aplica únicamente a
- 38:43adolescentes de 12 a 18 años de edad.
- 38:47Esa sería la primera situación que
- 38:48tenemos que analizar. Hoy vamos a
- 38:50empezar a platicar pues obviamente este
- 38:53dispositivo del contenido del escrito de
- 38:55acusación que tiene que presentar la
- 38:57gente del Ministerio Público una vez que
- 38:59ha concluido su etapa. Este,
- 39:05permítame un segundito porque
- 39:14perdón la interrupción, lo que pasa es
- 39:16que como estoy en mi casa y están
- 39:17construyendo un edificio al lado, están
- 39:19golpeando y no lo y y perdía la
- 39:22concentración, tuve que cerrar la
- 39:23puerta. Bueno,
- 39:27este artículo 136 eh les digo que hay
- 39:30que interpretarlo y hay que aplicarlo de
- 39:32esta manera. nos dice la primera
- 39:34fracción, el escrito del agente del
- 39:36Ministerio Público debe individualizar a
- 39:39las personas adolescentes acusadas y a
- 39:41su defensor.
- 39:42Okay. Este artículo
- 39:45pues tendríamos que verificar y decir,
- 39:48"Oye, cuando individualizemos al
- 39:49adolescente, pues no solamente vamos a
- 39:51individualizar al defensor y no
- 39:54solamente vamos a señalar pues que el
- 39:56defensor es especializado, cuál es su
- 39:58nombre, todo está su domicilio. Creo que
- 40:01esta fracción nos queda de ver. Nos
- 40:04queda de ver porque recordemos que la
- 40:07debida defensa de un adolescente no
- 40:09solamente es el defensor especializado,
- 40:12sino que está acompañado de ¿quién?
- 40:16¿De quién, compañeros? Pues sí, de la
- 40:18persona responsable o adulto
- 40:21responsable. Este es un derecho que
- 40:23tienen los adolescentes, artículo 42 de
- 40:26nuestra ley. ¿Para qué? para que lo
- 40:29acompañe durante todo el procedimiento,
- 40:33que lo acompañe
- 40:35y obviamente eh que esta persona adulta,
- 40:39ya sea el papá, mamá, este
- 40:43tía, abuelita, pues le dé el soporte
- 40:46psicológico y emocional.
- 40:49Si de por sí un adulto que se va a
- 40:51presentar a una audiencia o que se va a
- 40:53presentar a un proceso le es difícil
- 40:58mucho más a un adolescente
- 41:00y obviamente más al del grupo etario
- 41:02uno, el grupo etario dos
- 41:06también del grupo etario tres, pero que
- 41:08ya menos porque ya tiene una madurez más
- 41:10alta, ya va madurando, ya tiene 16 a 18
- 41:13años, pero un joven de 12, 13, 14 años,
- 41:17pues obviamente todavía requiere mucho
- 41:19más apoyo psicológico y emocional para
- 41:22poder estar en una audiencia. Entonces,
- 41:25si ustedes tienen a su mano su artículo
- 41:27136, en la fracción primera pueden
- 41:31ponerle al lado ahí artículo 41 y 42 de
- 41:36la ley. Son dos derechos que tiene el
- 41:39adolescente y que al momento de
- 41:40individualizarlo, pues tiene que
- 41:42individualizarlo. Pero aquí viene un
- 41:44problema porque obviamente nada más
- 41:46vamos a ver la cuestión de la fracción.
- 41:48¿Qué pasa en el caso de que el
- 41:51adolescente, vamos a suponer que el
- 41:54adolescente
- 41:56quiere llegar a Estados Unidos
- 42:00y por alguna situación
- 42:03pues se quedó allí en Monterrey, ya no
- 42:07alcanzó a llegar a Reyosa para cruzar la
- 42:11frontera o a Roma para llegar.
- 42:18y obviamente ya no pudo cruzar se quedó
- 42:21ahí con ustedes y cometió una conducta
- 42:23delictiva. Pero el adolescente que
- 42:25acaban de detener o que está sujeto a un
- 42:27proceso, resulta que su residencia o su
- 42:30familia se encuentra en este, ¿dónde
- 42:35podemos suponer? En
- 42:39en San Luis Potosí.
- 42:42Entonces, pues de San Luis Potosí ya
- 42:44llegó a Nuevo León
- 42:46y su familia está allá.
- 42:49Entonces, pues esta persona no va a
- 42:51tener a una persona de confianza porque
- 42:54es difícil que su mamá, su padre, este,
- 42:59su abuelita, pues se trasladen en la
- 43:01ciudad de Monterrey, Nuevo León, a
- 43:03llevar a cabo el procedimiento.
- 43:05Entonces, recordemos que la persona
- 43:08desde la detención también tiene a un
- 43:10representante en cuadyancia y esta
- 43:13representación en cuadyancia que
- 43:15establece la Ley General de Derecho de
- 43:16Niñas, Niñas y Adolescentes, pues
- 43:18obviamente, ¿quién la aplica o quién
- 43:23sería la persona que sería encargada de
- 43:25ser la autoridad responsable? Pues
- 43:27obviamente la Procuraduría de Protección
- 43:29nombraría una persona para que funja las
- 43:33veces de ¿qué?
- 43:36De eh responsable, adulto responsable.
- 43:41Entonces, aún y cuando no estén sus
- 43:42papás y no haya nombrado alguien de
- 43:43ellos, pues bueno, se le nombrará
- 43:46principalmente
- 43:48eh por una situación que sería eh parte
- 43:54de la procuradía de protección los que
- 43:56se encarguen.
- 43:58Y recordemos que el artículo 42 nos
- 44:01señala de forma muy clara en su segundo
- 44:03párrafo que este acompañamiento no podrá
- 44:06ser denegado por la autoridad judicial
- 44:09mientras no existan motivos fundados. O
- 44:12sea, el acompañamiento siempre lo va a
- 44:14tener.
- 44:16O vamos a suponer el caso concreto, otro
- 44:18caso que a lo mejor sí el adolescente de
- 44:21Nuevo León cometió una conducta
- 44:23delictiva y esta conducta del directiva
- 44:26la cometió en compañía de sus papás. sus
- 44:28papás están estableciendo un
- 44:29procedimiento
- 44:30como adultos, él como adolescente, pues
- 44:33obviamente los papás no van a poder
- 44:34estarlo acompañando porque están
- 44:36enfrentando su propio procedimiento.
- 44:38Bueno, ahí también entra la figura de la
- 44:41procuradora de protección en esta
- 44:43representación y cuadyubancia
- 44:45que establece la ley general de derecho
- 44:47a niñas, niños, adolescentes. Entonces,
- 44:49la fracción primera ya vimos pues que no
- 44:51solamente es poner los datos, sino
- 44:53individualizar tanto al defensor como a
- 44:56la persona de confianza. Ahí nos faltó,
- 44:58le faltó al legislador establecer el
- 45:00artículo 42 de la ley, pero bueno, aún y
- 45:03cuando no lo haya puesto interpretando
- 45:05el artículo 9, como dice la ley que se
- 45:07va a interpretar, pues tenemos que tener
- 45:09previsto porque es un derecho y también
- 45:12habría que notificar a la persona de
- 45:14confianza para que esté presente en la
- 45:16audiencia.
- 45:18Hasta ahí tendremos la primer fracción.
- 45:21Segunda fracción,
- 45:24la identificación de la víctima ofendido
- 45:27y su asesor jurídico.
- 45:30Okay. Aquí también nos cae una situación
- 45:33muy interesante.
- 45:35La primer pregunta
- 45:38y esto nos va a tomar ayer platicamos,
- 45:41el lunes platicamos de un principio que
- 45:43es el principio del artículo 23,
- 45:45principio de especialidad.
- 45:47Ya vimos que con el imputado, pues el
- 45:49abogado, según el artículo 41 de la ley
- 45:53tiene que si es particular debe estar
- 45:54especializado. Si es de oficio, pues el
- 45:58artículo 63 nos dice que también debe
- 46:00ser especializado y debemos de de
- 46:02acreditarlo. Pero aquí en la
- 46:04identificación de la víctima y el
- 46:06ofendido y su asesor jurídico, pues
- 46:09resulta
- 46:12que en el artículo 63
- 46:14no nos dice que el asesor victimal
- 46:18o asesor jurídico deba ser
- 46:21especializado.
- 46:26Entonces, cualquier asesor, aunque no
- 46:28tenga especialización, puede participar
- 46:31en un proceso de adolescentes.
- 46:36No, compañeros, no, no, no, no. Y mil
- 46:38veces no. ¿Por qué?
- 46:41Porque recordemos que el hecho de que la
- 46:43ley nacional no lo haya puesto en su
- 46:46artículo 63,
- 46:48la ley nacional, pues obviamente también
- 46:51tiene que entender y tiene que por
- 46:53encima de ella hay disposiciones de
- 46:55carácter internacional y nacional que
- 47:00rigen la aplicación de este sistema.
- 47:04Les voy a platicar por qué resulta
- 47:07importantísimo que el asesor victimal
- 47:10sea especializado.
- 47:14En una ocasión,
- 47:16un joven de 16 años de edad
- 47:20le pidió a sus papás
- 47:23que si le permitían conducir el vehículo
- 47:27familiar
- 47:29para ir a casa de un amigo o una amiga.
- 47:34Cuando se dirigía a la casa de la amiga
- 47:36o al amigo,
- 47:38pues resulta que el carro de adelante
- 47:42se frena.
- 47:45introspectivamente
- 47:46y el adolescente
- 47:49por falta de pericia, por no tener la
- 47:53distancia que nos marca el reglamento de
- 47:55tránsito
- 47:57o por cualquier descuido, no pisa el
- 48:00freno y le da un golpe por la parte
- 48:04trasera al vehículo,
- 48:07un golpe de alcance, un choque de
- 48:09alcance.
- 48:14Resulta que la víctima, un señor, pues
- 48:18es asesorado y dice, "Pues no nos vamos
- 48:20a arreglar. Este, eres menor de edad,
- 48:23voy a presentar mi denuncia por el
- 48:26delito de daños."
- 48:30llega contra la con la gente del
- 48:31Ministerio Público. La gente del
- 48:32Ministerio Público le dice, "Bueno, la
- 48:34persona que cometió el delito es un
- 48:36adolescente de 6 años, grupo etario tres
- 48:41y voy a presentar mi denuncia referente
- 48:45al delito de daños, que en algunos
- 48:49estados será querella, en algunos
- 48:50estados se la denuncia dependiendo de
- 48:53esta situación y resulta que ya la
- 48:57presenta, ya la tiene y contrata un
- 49:00asesor, un abogado.
- 49:02sin conocimiento de la Ley Nacional del
- 49:05Sistema Integral de Justicia Penal para
- 49:06Adolcentes y le dice, "Qué bueno que la
- 49:08presentaste porque así pues vamos a
- 49:10buscar que lo metan a prisión y que
- 49:14obviamente
- 49:15esto presione para que los papás nos
- 49:17paguen."
- 49:21Pues la víctima dice, "Qué bueno, qué
- 49:23bueno, me urge que me pague." Pues se
- 49:26queda con su asesor. A final de cuentas
- 49:29le dice la gente del Ministerio Público,
- 49:31oiga, pues tu asesor debe ser
- 49:32especializado. El asesor le dice, "Ya vi
- 49:35la ley nacional." Y en el artículo 63
- 49:39resulta que no tengo que ser
- 49:41especializado.
- 49:43Okay.
- 49:46La gente del Ministerio Público pues no
- 49:48se mete en más problemas y dice
- 49:49adelante. Llegan, judicializan a través
- 49:52de citación porque es un delito no
- 49:54previsto en el artículo 164.
- 49:56Citan al adolescente, llegan a la
- 49:58audiencia inicial, le formulan
- 50:00imputación por daños. El adolescente
- 50:02manifiesta su deseo de no declarar.
- 50:05Llegan a la vinculación a proceso, lo
- 50:07vinculan por el delito de daños.
- 50:09Y al momento de la medida cautelar
- 50:13le dice la gente del Ministerio Público,
- 50:16la asesor víctima le dice, "Oye, pide la
- 50:18medida cautelar de internamiento."
- 50:21Y le dice, "No, pues no la voy a pedir.
- 50:24No, no, no procede." Bueno, si no la
- 50:26pides tú, la voy a pedir yo. Y el asor
- 50:28victimal dice, "Su señoría, solicitamos
- 50:30que el adolescente permanezca en
- 50:32internamiento por el tiempo que dure el
- 50:34procedimiento."
- 50:37El juez [resoplido] al momento de
- 50:39resolver dice, pues bueno, vista la
- 50:41solicitud que hace el el asesor victimal
- 50:43sobre la solicitud de la medida
- 50:45cautelar, una vez agotado el debate,
- 50:48este juzgado considera que no resulta
- 50:51aplicable.
- 50:52¿Por qué? porque no resulta proporcional
- 50:56derivado de que no es, si bien tiene una
- 50:58edad de 16 años y pertenece al grupo
- 51:00etario tres, es decir, en base a la edad
- 51:04sí sería susceptible de internamiento.
- 51:06Lo cierto es que la conducta de daños en
- 51:08los bienes no está dentro del catálogo
- 51:10del artículo 164 y por lo tanto no se le
- 51:13puede poner internamiento.
- 51:18Pues al oír eso, el asesor victimal y la
- 51:20víctima se enojan y le dicen al juez,
- 51:23pues obviamente que que es un juez
- 51:25imparcial, que no que no que se van que
- 51:29van que van a recurrir, que se van a ir
- 51:31apelación. Este, todo esto
- 51:35pues total presentan la apelación y en
- 51:38su servidor en ese momento pues era
- 51:40magistrado, me tocaba resolver y cuando
- 51:43veo la apelación ya que me llega a mí lo
- 51:46primero que observo pues es obviamente
- 51:49que digo si fuera especialista sabría
- 51:52pues obviamente que
- 51:55no es susceptible de una medida de
- 51:58internamiento porque el artículo 122 que
- 52:01es el que nos marca las
- 52:04la medida que platicamos, que es la
- 52:07medida justificada de la medida cautela
- 52:09justificada, pues no solamente se tiene
- 52:12que acreditar el supuesto de necesidad,
- 52:14sino que tiene que ser una conducta del
- 52:16164 y todo lo que vimos la clase pasada
- 52:19se tiene que justificar que ninguna otra
- 52:21las medidas, todas estas cuestiones.
- 52:25Entonces, acuerdo y en el acuerdo señalo
- 52:30pues que a cautela se le prevenga al
- 52:33defensor para que me acompañe su
- 52:34especialidad y se dea para no para no
- 52:39tardarnos más en el proceso, pues a
- 52:42cautela se le notifique al asesor
- 52:43victimal para que esté presente en la
- 52:47audiencia. la audiencia para efecto
- 52:49escuchar los alegatos de forma oral,
- 52:52pero obviamente también para verificar
- 52:54pues estas situaciones y qué mejor que
- 52:57en audiencia para poderles explicar las
- 52:58partes.
- 53:00Pues bueno, llegamos a la audiencia,
- 53:02llega el defensor y el asesor y me dice,
- 53:05"Señoría, este, ya vi su prevención, no
- 53:08soy especializado, pero si usted da
- 53:10lectura al artículo 63 de la ley,
- 53:14no requiero ser especializado para
- 53:16asesorarlo."
- 53:19Y le digo, tiene toda la razón.
- 53:22El artículo 63 dice, "No lo contempla,
- 53:25pero debo hacerle el conocimiento que el
- 53:29la jurisprudencia
- 53:31emitida por la Suprema Corte de Justicia
- 53:34de la Nación cuando resolvió la acción
- 53:37de inconstitucionalidad y apútenla,
- 53:40compañeros, apúntenla, 37/
- 53:442006
- 53:46que interpretó los párrafos cuarto,
- 53:48quinto y sexto de la Constitución. del
- 53:51artículo 18 emitió 21 criterios
- 53:54jurisprudenciales.
- 53:57Estos criterios son de la novena época,
- 54:00sí son anteriores, no han sido
- 54:04superados. es la interpretación del
- 54:06artículo 18 constitucional, párrafo
- 54:09cuarto, quinto y sexto, es decir, la
- 54:11reforma al sistema integral de justicia
- 54:12penal para adolescentes. Estos 21
- 54:15criterios todavía siguen siendo
- 54:16aplicables y vigentes.
- 54:19Y cuando nos señala en uno de ellos
- 54:22quiénes son las personas que deben estar
- 54:24especializadas,
- 54:26nos dice que toda persona que participe
- 54:28en el proceso tiene que estar
- 54:30especializado.
- 54:32Entonces, el asesor victimal debe estar
- 54:34especializado. Sí.
- 54:38Bueno, está bien.
- 54:40Si no si el asesor victimal que estaba
- 54:42ahí particular no se le hace suficiente
- 54:46que la Suprema Corte de Justicia de la
- 54:48Nación lo haya dicho, pues bueno,
- 54:52sabemos que México es parte y firmó la
- 54:56Convención Americana de Derechos Humanos
- 54:58y posteriormente aceptó la jurisdicción
- 55:00de la Corte Interamericana
- 55:03y la Corte Interamericana
- 55:05hizo una opinión consultiva. Apúntenla
- 55:08también. Opinión consultiva
- 55:1117/2.
- 55:15En su párrafo 178,
- 55:19también apunten, el párrafo 178
- 55:22establece 13
- 55:25derechos que tienen que hacer los
- 55:28estados a favor de la infancia.
- 55:31Y de ahí deriva
- 55:33que en todos los asuntos concernientes a
- 55:37menores de edad,
- 55:40las autoridades deben ser
- 55:42especializadas,
- 55:45no solo en justicia penal para
- 55:47adolescentes,
- 55:51en materia familiar,
- 55:55en materia penal, cuando el cuando el
- 55:57menor es víctima o es testigo también
- 56:00debe ser una autoridad especializada
- 56:03y esto lo dice el párrafo 178
- 56:06de la opinión consultiva 17/al2.
- 56:10Ya para cuando se emitió esta opinión
- 56:11consultiva, México ya había aceptado la
- 56:15jurisdicción de la Corte Interamericana
- 56:17y por lo tanto estábamos obligados desde
- 56:20el año 2002 a que las autoridades, todas
- 56:23las personas que participaran en
- 56:25procesos que se vean inmersos, los
- 56:27menores de edad
- 56:30sean especializados.
- 56:33Ayer o antier se publicó en el Diario
- 56:34Oficial, ya la digo, se aprobó, perdón,
- 56:36por la Cámara de Diputados, eh, que se
- 56:39va a ampliar
- 56:41el plazo para que entre en vigor el
- 56:43Código Nacional de Procedimientos
- 56:44Civiles y Familiares,
- 56:47que recordemos que en su artículo 66
- 56:52dice que los defensores tenemos que ser
- 56:56especializados en derecho de niñas y
- 56:58niños y adolescentes cuando llevemos un
- 57:00procedimiento de corteo familiar. Pues
- 57:02bueno,
- 57:04el hecho que lo prolonguen hasta hasta
- 57:07el 2030, esto no quita la obligación que
- 57:10tenemos por la Corte Interamericana
- 57:13sobre la especialización y no solamente
- 57:15de los abogados, sino de todas las
- 57:17personas que intervienen, incluyendo los
- 57:19órganos jurisdiccionales. Estamos en
- 57:21incumplimiento desde el 2002.
- 57:26Entonces,
- 57:27estos dos criterios y además de varios
- 57:30criterios que ha emitido la Corte
- 57:31Interamericana de Derechos Humanos
- 57:34son suficientes,
- 57:36pues para acreditar que el defensor deba
- 57:39ser especializado.
- 57:41Volviendo a mi historia,
- 57:44en mi historia pues obviamente ya le
- 57:45comento al defensor que va a estar
- 57:47nombrado el defensor eh de oficio, el
- 57:50asesor de oficio de la Comisión Estatal
- 57:52de Víctimas. Sin embargo, le digo,
- 57:54"Permanezca en la sala, no tengo
- 57:56inconveniente, permanezca en la sala."
- 58:00Y y
- 58:02le digo,
- 58:04"¿Cuál era su intención
- 58:07de que el joven permaneciera interno?"
- 58:10Y me dice, "Pues bueno, presionar a los
- 58:12padres para que nos paguen." Y se le
- 58:14iluminó la cara, "Pues presionar, señor
- 58:17juez, a los padres para que nos paguen."
- 58:20Y le digo, "¿Qué cree?
- 58:23El artículo 60 de la Ley Nacional de
- 58:25Sistema Integral de Justicia Penal para
- 58:27Adolescentes
- 58:29señala que no podemos trasladar
- 58:32el pago de la reparación del daño a los
- 58:34padres.
- 58:37Se tiene que pagar con el propio
- 58:38esfuerzo del menor. Oiga, no, eso no
- 58:42puede ser. No, no, eso es lo que dice la
- 58:43ley. En caso de que el adolescente no
- 58:46tenga bienes, se declare este
- 58:48insolvente, pues bueno, todavía entrará
- 58:51primero en la Comisión Estatal de
- 58:52Víctimas a hacer un pago eh subsidiario,
- 58:56un pago simbólico de la reparación del
- 58:59daño, pero no lo van a pagar los padres.
- 59:04Oiga, pero es que el código civil dice
- 59:09que todos los daños causados por los
- 59:11hijos lo pagarán los padres. Ah,
- 59:13perfecto, señor. Tiene toda la razón.
- 59:16Entonces, ¿por qué vía debería haber ido
- 59:18a acudir? ¿Por la vía de la justicia
- 59:20penal para adolescentes o por la vía
- 59:22civil?
- 59:24Ah, sí, por la vía civil, compañero.
- 59:27Entonces, aquí la cuestión es pues
- 59:30obviamente que nosotros recordemos que
- 59:32los adolescentes tienen los mismos
- 59:33derechos que los adultos.
- 59:37Y si el adulto
- 59:39sentenciado o procesado a la y condenado
- 59:42a la reparación del daño no tiene dinero
- 59:44para pagar la reparación del daño, pues
- 59:47no vamos a ir con la esposa del adulto,
- 59:48¿va? con la concubina,
- 59:51con los papás y los tiene con los
- 59:53hermanos o con los hijos decir, "Oiga,
- 59:56pues ahí le va. Como él no puede pagar
- 59:58la reparación daño, págalo.
- 1:00:00La reparación del daño únicamente la
- 1:00:02obligación la tiene la persona
- 1:00:04condenada. Entonces, por eso el artículo
- 1:00:0660 de nuestra ley también señala que no
- 1:00:09se la podemos trasladar a los padres por
- 1:00:12esta vía.
- 1:00:14Entonces, ¿qué era lo conducente? pues
- 1:00:17que hubiera ido por la vía civil en
- 1:00:18lugar de buscar un internamiento que no
- 1:00:21era susceptible y buscar algo que
- 1:00:23tampoco la ley le iba a dar. Por eso se
- 1:00:25requiere que sean especializados para
- 1:00:28que puedan entender el sistema y vean lo
- 1:00:31que la ley le puede dar. Lo que la ley
- 1:00:33no les puede dar, pues no lo podemos
- 1:00:35este
- 1:00:37inventar, ¿verdad? No podemos este
- 1:00:39buscar otra situación. tiene limitación
- 1:00:42la propia ley. Una de las limitaciones
- 1:00:44pues es precisamente esto, que no
- 1:00:46podemos trasladar el pago hacia los
- 1:00:48padres, pero pues obviamente tenemos la
- 1:00:51cuestión de que sí podemos en algún
- 1:00:54momento pues obviamente
- 1:00:57que la Comisión Estatal de Víctimas
- 1:00:59pague cuando se haya declarado en
- 1:01:01solvmente venta al adolescente, pues un
- 1:01:03pago
- 1:01:04representativo, un pago subsidiario.
- 1:01:07Esto va a cambiar de comisión estatal de
- 1:01:09víctimas de cada estado. Cada una
- 1:01:11establece un monto para esta situación.
- 1:01:24Una disculpa, pero todavía traigo un
- 1:01:25gripita,
- 1:01:27traigo y hasta me siento a veces hasta
- 1:01:30medio gangoso. Ahí me disculparán que si
- 1:01:32hay alguna palabra que no se entiende o
- 1:01:34alguna situación es porque todavía trae
- 1:01:35una gripita.
- 1:01:37eh del fin de semana pasado que me
- 1:01:38enfríé. Bueno,
- 1:01:41entonces esta es una situación
- 1:01:43importante, esta fracción segunda,
- 1:01:45identificar la víctima a su ofendido
- 1:01:48asesor jurídico y obviamente tenemos
- 1:01:50como expertos y como especialistas, ya
- 1:01:53nos dijo el artículo 9 que se debe
- 1:01:55interpretar con los principios rectores,
- 1:01:57con la Constitución, con la
- 1:01:59interpretación de del Poder Judicial,
- 1:02:01con los tratados, con la opinión
- 1:02:03consultiva de la Corte Interamericana y
- 1:02:06con la resolución de la Corte
- 1:02:08Interamericana.
- 1:02:10Entonces, el acción jurídico también
- 1:02:11debemos de acreditar su especialización.
- 1:02:15El Y aquí, compañeros, voy a hacer un
- 1:02:17breve paréntesis.
- 1:02:19Este, no lo encuentro por aquí. Aquí
- 1:02:22está.
- 1:02:24Hace muchos años, muchos, muchos años,
- 1:02:27eh cuando iba a entrar la ley nacional
- 1:02:29en el 2016, escribió un pequeño librito,
- 1:02:33este librito, El principio de
- 1:02:35especialización de la justicia penal
- 1:02:37para adolescentes. Es un librito que
- 1:02:39habla ya sobre el principio. En este
- 1:02:41libro van a encontrar las 21
- 1:02:44jurisprudencias o las jurisprudencias
- 1:02:45relativas de estas 21 que hablan de la
- 1:02:47especialización y las de la Corte
- 1:02:50Interamericana, las resoluciones de todo
- 1:02:52lo de la especialización. Ese libro se
- 1:02:55lo voy a hacer llegar en versión digital
- 1:02:57porque versión escrita lo imprimimos, me
- 1:03:00lo imprimió una universidad de aquí de
- 1:03:02Durango, lo regalamos, se acabó y
- 1:03:05ahorita ya nada más lo tengo en versión
- 1:03:06digital, pero se los voy a hacer llegar
- 1:03:09para que a todos los que estén ahí en el
- 1:03:13diplomado y obviamente también los que
- 1:03:15se lo soliciten a través del consejo,
- 1:03:17pues les den una copia y obviamente lo
- 1:03:20lean y creo que esto les va a permitir
- 1:03:22más entender en el alcance del principio
- 1:03:24de especialización que tiene que ver con
- 1:03:26la fracción primera y con la fracción
- 1:03:28segunda de este artículo 136 relativo a
- 1:03:31pues individualizarlos, porque el juez
- 1:03:34de juicio oral no va a conocer si son
- 1:03:37especializados o no son especializados,
- 1:03:39va a tener que verificar esta
- 1:03:40especialización. Entonces tien que
- 1:03:42acompañar el documento con el cual estas
- 1:03:44dos personas se acreditan
- 1:03:46especializados, tanto el defensor como
- 1:03:48el asesor victimal y obviamente la gente
- 1:03:50del Ministerio Público está presentando
- 1:03:52el escrito de acusación. Entonces, los
- 1:03:54voy a hacer llegar ahita se los mando a
- 1:03:56través de de de los canales para que se
- 1:03:59los vayan compartiendo y obviamente lo
- 1:04:03tengan. Pues vamos a la fracción
- 1:04:05tercera.
- 1:04:07relación clara, precisa, circunstanciada
- 1:04:11y específica de los hechos atribuidos en
- 1:04:14modo tiempo lugar, así como su
- 1:04:16clasificación jurídica.
- 1:04:18Esto no es otra cosa más que en escrito
- 1:04:21de acusación se presenta el hecho, el
- 1:04:24hecho que tiene que tener el hecho
- 1:04:25delictivo y su clasificación jurídica,
- 1:04:28el cual se tiene que tener una relación
- 1:04:31directa, obviamente con la formulación
- 1:04:34de imputación, con la vinculación y
- 1:04:37ahora con la acusación.
- 1:04:40Sabemos que podemos variar la
- 1:04:42clasificación jurídica, pero lo que no
- 1:04:45se puede variar es el hecho delictivo.
- 1:04:49El hecho delictivo no lo podemos variar.
- 1:04:51Entonces, tiene que cumplirse el
- 1:04:53principio de congruencia,
- 1:04:55que sea exactamente igual el hecho de la
- 1:04:58imputación, el hecho de la vinculación,
- 1:05:01el hecho de la acusación, el hecho del
- 1:05:03juicio y el hecho de la sentencia. Todo
- 1:05:06eso se tiene que hacer el mismo hecho.
- 1:05:09Puede variar la clasificación, sí, pero
- 1:05:11el hecho no. Entonces, esto es para
- 1:05:14verificar el principio de eh
- 1:05:16congruencia.
- 1:05:19Ahí no tengo nada que aportar. Esto es
- 1:05:21materia penal totalmente, es como lo
- 1:05:23establece el Código Nacional de
- 1:05:24Procedimientos Penales y obviamente ahí
- 1:05:26no hay ninguna situación.
- 1:05:29La fracción cuarta, la relación de las
- 1:05:31modalidades de los hechos señalados como
- 1:05:34delito que concurrieran.
- 1:05:39Obviamente aquí si hay alguna situación,
- 1:05:42alguna cuestión particular, pues se va a
- 1:05:45hacer notar. La fracción quinta,
- 1:05:48autoridad y participación concreta que
- 1:05:50se le atribuye a la persona adolescente.
- 1:05:53Ahí vamos a tener que recurrir
- 1:05:55supletoriamente pues a los códigos
- 1:05:57penales de cada estado de la República
- 1:06:00para que nos establezcan los grados de
- 1:06:02participación del adolescente que haya
- 1:06:06participado en el delito para
- 1:06:07establecérselo y prevíirlo.
- 1:06:10Eso lo que es la fracción tercera,
- 1:06:12cuarta y quinta son meramente fracciones
- 1:06:15de derecho penal que no creo que haya
- 1:06:17ninguna explicación y no haya necesidad
- 1:06:20de algo particular porque obviamente es
- 1:06:22algo genérico.
- 1:06:26La fracción sexta, la expresión de los
- 1:06:29preceptos legales aplicables.
- 1:06:32Ahí, ¿cuáles son
- 1:06:35la tipificación del delito? Pues
- 1:06:37obviamente cuáles son los preceptos
- 1:06:39legales que lo señalan y obviamente esto
- 1:06:42sería aquí. Sí vamos, esto es sumamente
- 1:06:45importante. La fracción séptima,
- 1:06:50el señalamiento de los medios de prueba
- 1:06:52que pretenda ofrecer,
- 1:06:55así como la prueba anticipada que se
- 1:06:57hubieseogado la etapa de investigación.
- 1:07:01En la etapa de investigación, yo he
- 1:07:04señalado y obviamente hay muchas
- 1:07:08personas que están hablando que podemos
- 1:07:10llevar a cabo prueba anticipada, además
- 1:07:13de los supuestos que establece el Código
- 1:07:15Nacional de Procedimientos Penales.
- 1:07:17Siempre es mejor llevar como prueba
- 1:07:21anticipada
- 1:07:23cuando el menor víctima del delito y
- 1:07:26principalmente delitos sexuales, podemos
- 1:07:29tomar en cuenta su declaración a través
- 1:07:32del juez de control para evitar su
- 1:07:35revictimización tanto en el juicio como
- 1:07:38en diferentes momentos. Entonces, esto
- 1:07:41es una
- 1:07:43idea que el Comité de los Derechos del
- 1:07:45Niño se pronunció
- 1:07:47cuando hubo una opinión consultiva
- 1:07:49solicitada por Panamá.
- 1:07:53se pronunciaron esta situación y
- 1:07:55obviamente señalaron que no había ningún
- 1:07:56inconveniente porque el propio
- 1:07:59Convención de los Derechos del Niño, en
- 1:08:01uno de los principios rectores que tiene
- 1:08:04esta convención, que es el el derecho al
- 1:08:08desarrollo psicosexual y psicoemocional
- 1:08:12y del desarrollo pleno del niño, pues
- 1:08:15obviamente es no revictimizarlo.
- 1:08:18Y entonces de ahí se desprende que
- 1:08:21obviamente en una interpretación podemos
- 1:08:23ofrecer como prueba eh anticipada para
- 1:08:28evitar la revictimización.
- 1:08:31Y esto un día su servidor
- 1:08:35estaba de juez de control, de juez de de
- 1:08:38juicio oral de adultos.
- 1:08:42Estábamos llevando un delito de
- 1:08:44violación a una menor de edad y estaba
- 1:08:48con mis dos compañeros que que estaba
- 1:08:51uno de presidente, [carraspeo]
- 1:08:53otro de secretario y su servidor estaba
- 1:08:55de vocal.
- 1:08:58Pues cuando llega la etapa desarrollar
- 1:09:00de desahogar la el testimonio de la
- 1:09:03menor, pues dicen, "No, pues un
- 1:09:05testimonio especial en términos del
- 1:09:07artículo 366 del Código Nacional de
- 1:09:09Procedimientos Penales. Acompáñenos la
- 1:09:12sala adjunta para que a través de no
- 1:09:15esté en contacto directo con su agresor
- 1:09:18y obviamente pues pueda responder las
- 1:09:21preguntas y todo. Vamos a Y les digo,
- 1:09:25"Oiga, discúlpenme,
- 1:09:27estoy en contra. El artículo 366 no
- 1:09:31garantiza todos los derechos de los
- 1:09:33menores víctimas. Hay otros
- 1:09:35dispositivos, hay otros tratados
- 1:09:37internacionales que nos hablan." Dije,
- 1:09:39"Para empezar, yo no quiero que lo
- 1:09:40interroguen de forma personal ni el
- 1:09:42abogado ni ni el ni el agente del
- 1:09:44Ministerio Público. Quiero que primero
- 1:09:47nos presenten las preguntas. Las
- 1:09:49preguntas, pues obviamente las
- 1:09:51califiquemos y una vez visto el
- 1:09:53anterior, que sea a través de quién, a
- 1:09:56través de un especialista que además de
- 1:09:59que lo acompañe su mamá, su papá o
- 1:10:02alguien de confianza, pues que este
- 1:10:04especialista le dé contención y además
- 1:10:06de que le dé contención, pues obviamente
- 1:10:08le formule los las preguntas a través de
- 1:10:11las técnicas más adecuadas para un
- 1:10:12adolescente. de las técnicas más
- 1:10:15adecuadas para un adolescente sería que
- 1:10:18a través de que él mismo se exprese
- 1:10:22y haya todas estas cuestiones.
- 1:10:26Pues me dijeron mis compañeros, "¿Sabes
- 1:10:27qué? Tú eres muy de adolescentes, muy de
- 1:10:31menores, muy de toda esta cuestión, pero
- 1:10:33aquí nosotros vamos a aplicar nada más
- 1:10:34el Código Nacional de Procedimientos
- 1:10:36Penales y créeme que tus tratados, toda
- 1:10:38esta cuestión y no lo quisieron aplicar,
- 1:10:41me mayoritearon y así quedó." Bueno,
- 1:10:43siempre establecí mi voto particular en
- 1:10:46el sentido, pues obviamente de que ellos
- 1:10:47tienen también la obligación de ser
- 1:10:49expertos y conocedores de los derechos
- 1:10:52de los niños y que ahí nos estaban
- 1:10:53garantizando y que se estaba
- 1:10:55revictimizando.
- 1:10:57Y obviamente pues eso es parte, ¿cómo lo
- 1:11:00podemos evitar? Pues yo siento que una
- 1:11:03de las cosas que mejor se puede evitar
- 1:11:06es a través de eh
- 1:11:10esta situación que sería
- 1:11:15llevar a cabo eh un testimonio infantil
- 1:11:19anticipado o si lo vamos a llevar en
- 1:11:21juicio que él cumpla en base a las
- 1:11:25reglas que se está estableciendo. Hay
- 1:11:28una autora, Margarita
- 1:11:31Gramb Wizard, quien obviamente pertenece
- 1:11:37al ADI, al a la organización de
- 1:11:40desarrollo infantil observatorio de
- 1:11:42desarrollo infantil de nuestro país y
- 1:11:45que ha tomado casos referentes al
- 1:11:47testimonio infantil. Entonces, creo que
- 1:11:50esto es algo que tenemos que ir poco a
- 1:11:52poco asumiendo los estados. Su libro de
- 1:11:55ella se llama Si alguien está
- 1:11:57interesado. Este es un libro también de
- 1:12:00distribución gratuita.
- 1:12:03Eh, es el testimonio infantil
- 1:12:08y les repito, Margarita Greenbatch
- 1:12:11Wizard,
- 1:12:13por si alguien le interesa esto, pues
- 1:12:15obviamente
- 1:12:17lo puede buscar en esta situación y
- 1:12:21pues obviamente perfeccionar todas estas
- 1:12:24cuestiones y más allá de lo de la
- 1:12:26anticipada. Pero bueno, volvamos al
- 1:12:28tema. Nuestro tema no es todavía un
- 1:12:30testimonio infantil. Este, sin embargo,
- 1:12:32aquí vamos algo interesante,
- 1:12:35señalamiento de los medios de prueba que
- 1:12:36pretende ofrecer, así como la prueba
- 1:12:38anticipada para la etapa de
- 1:12:40investigación. Esta fracción quinta,
- 1:12:44facción séptima, perdón, es relativo a
- 1:12:47los medios de prueba que se van a
- 1:12:48ofrecer para el juicio oral.
- 1:12:52El juicio oral, como ustedes saben,
- 1:12:54compañeros, tiene como etapa o como
- 1:12:58función desarrollar, acreditar el delito
- 1:13:01y la responsabilidad de la persona,
- 1:13:04pero tenemos que diferenciarlo
- 1:13:07porque la fracción décima
- 1:13:11nos señala los medios de prueba que el
- 1:13:14Ministerio Público pretenda presentar
- 1:13:16para individualizar la medida de
- 1:13:18sanción.
- 1:13:20El juicio oral tiene dos audiencias, la
- 1:13:22audiencia de debate de juicio oral y la
- 1:13:25audiencia de individualización de medida
- 1:13:26y reparación del daño.
- 1:13:29Los medios de prueba que se ofrecen para
- 1:13:33la existencia del hecho del directivo y
- 1:13:34la responsabilidad no son los mismos
- 1:13:38para lo de individualización. En materia
- 1:13:40de adultos es muy común que se ofrecen
- 1:13:43los medios de prueba y para efecto de la
- 1:13:45audiencia individualización se tenga por
- 1:13:47reproducidos. No, aquí no serían
- 1:13:50pertinentes, no serían idóneos, porque
- 1:13:53la naturaleza de las audiencias son
- 1:13:55diferentes.
- 1:13:57En adultos tampoco lo es, pero lo hacen
- 1:13:59como práctica
- 1:14:01malamente. ¿Por qué? Porque en adultos
- 1:14:02sabemos que todo delito tiene una mínima
- 1:14:05y una máxima. Si la gente del Ministerio
- 1:14:07Público no acredita alguna situación
- 1:14:10para gravar la la pena, pues el juez le
- 1:14:12va a poner la mínima.
- 1:14:15Pero en materia de adolescentes
- 1:14:17sí tenemos un problema,
- 1:14:20un problema muy grande.
- 1:14:23El problema es que tenemos un catálogo
- 1:14:26de medidas socioeducativas
- 1:14:28en su artículo 155
- 1:14:32y de ese catálogo de medidas
- 1:14:35socioeducativas,
- 1:14:37pues resulta
- 1:14:40que solamente una medida que es el
- 1:14:43servicio de la comunidad tiene mínima.
- 1:14:47Todas las demás medidas no tienen
- 1:14:48mínima.
- 1:14:51Y yo les diría, "Oiga, pues este pues el
- 1:14:55tener no tener mínima, eh, se
- 1:14:58equivocaron.
- 1:15:00se equivocó este
- 1:15:06eh el legislador no estableció mínimas,
- 1:15:10no no se equivocó el legislador en
- 1:15:13materia de justicia penal para
- 1:15:14adolescentes. Desde el 2007 que el
- 1:15:17comité de los derechos de niño hizo la
- 1:15:19observación 10, ahora ya tenemos la
- 1:15:21observación 24 que sustituya la 10
- 1:15:25también del comité de los derechos del
- 1:15:26niño, nos habla y nos dice de forma
- 1:15:28clara,
- 1:15:31no son compatibles las medidas mínimas
- 1:15:37obligatorias,
- 1:15:39no son. Entonces, como no son
- 1:15:42compatibles con nuestro sistema, pues no
- 1:15:44tenemos mínimas.
- 1:15:47Y el problema es que si no tenemos
- 1:15:50mínimas
- 1:15:52y el cuando se dicta la sentencia,
- 1:15:57el juez tiene que establecer una medida
- 1:15:59de mayor gravedad, una medida de menor
- 1:16:01gravedad y la básica. Estos tres
- 1:16:04temporalidades,
- 1:16:05pues, ¿de dónde las vamos a sacar? pues
- 1:16:07vamos a sacar de las pruebas que se
- 1:16:09aporten y pruebas que justifiquen qué
- 1:16:12tipo de sanción socioeducativa necesita
- 1:16:16el adolescente.
- 1:16:17Si no hay pruebas,
- 1:16:20pues no hay una justificación para poner
- 1:16:22una medida de sanción.
- 1:16:27Entonces es importantísima la audiencia
- 1:16:30de individulación de medida. Para mí, yo
- 1:16:32me atrevé a decir que es la parte más
- 1:16:33importante del juicio oral, porque ya
- 1:16:35acreditando la responsabilidad de la
- 1:16:37existencia del delito, pues ahora el
- 1:16:39problema es qué medida es la medida más
- 1:16:41conveniente para el joven para
- 1:16:43verdaderamente se reintegre social y
- 1:16:46familiarmente.
- 1:16:47Entonces, si es muy importante que
- 1:16:49ofrezcamos prueba para individualizar la
- 1:16:53medida de sanción.
- 1:16:57Ya iremos más adelante avanzar cuáles
- 1:17:00son estas pruebas, qué pertinencia
- 1:17:02tienen. Todos eso lo iremos viendo.
- 1:17:05Pero entonces nos volvemos a la fracción
- 1:17:08siete, señalamiento de los medios de
- 1:17:10prueba. Ya quedamos que estos son para
- 1:17:13la existencia del delito y la
- 1:17:15responsabilidad definitiva del
- 1:17:16adolescente. Luego nos vamos a la
- 1:17:18fracción octava, el monto de la
- 1:17:20reparación del daño y los medios de
- 1:17:22prueba para ofrecerla.
- 1:17:25Creo que eso no no tenemos duda. También
- 1:17:28se van a esogar, no en la audiencia de
- 1:17:29debate, sino en la audiencia de indición
- 1:17:31de medida. Y luego esta es muy
- 1:17:34importante, compañeros.
- 1:17:36Esto es sumamente importante. La
- 1:17:37fracción nueve, la medida de sanción
- 1:17:41cuya aplicación se solicita, incluyendo
- 1:17:43en su caso las correspondientes al
- 1:17:46concurso de hechos señalados por
- 1:17:48delitos.
- 1:17:51Aquí el agente del Ministerio Público
- 1:17:54tiene la obligación
- 1:17:56de cumplir con las reglas que nosa el
- 1:17:59artículo 145.
- 1:18:01El artículo 145 de su ley nacional nos
- 1:18:05va a establecer que dependiendo del
- 1:18:08grupo etario es el número de sanciones
- 1:18:11que se le pueden imponer a una persona,
- 1:18:15además de la reparación del daño, porque
- 1:18:17la reparación del daño no está como una
- 1:18:19sanción socioeducativa. se impone en
- 1:18:22términos constitucionales que nos dice
- 1:18:24el artículo 20 que siempre que hay una
- 1:18:25sentencia condenatoria se condenará la
- 1:18:27reparación del daño, por lo cual la
- 1:18:29reparación del daño no entra como una
- 1:18:31sanción, entra como reparación del daño.
- 1:18:36Las sanciones, tenemos el catálogo, el
- 1:18:38155
- 1:18:41y nos dice que el internamiento
- 1:18:45sí es compatible.
- 1:18:47Esto tenemos que tener mucho cuidado. El
- 1:18:50internamiento cautelar no es compatible
- 1:18:52con ninguna otra medida. El
- 1:18:54internamiento como sanción sí es
- 1:18:57compatible con otra sanción porque las
- 1:18:59reglas del 145
- 1:19:02no dice que al grupo etario uno
- 1:19:04solamente se le va a poner una sanción.
- 1:19:06Al grupo etario 2 y grupo etario 3 se
- 1:19:09les van a poner dos sanciones,
- 1:19:13hasta dos sanciones.
- 1:19:18Esto de cuáles sanciones del catálogo
- 1:19:20del 155.
- 1:19:23Esto es sumamente importante porque la
- 1:19:26fracción novena el agente del Ministerio
- 1:19:28Público tiene que establecer qué sanción
- 1:19:31se le va a poner al adolescente
- 1:19:34y no solamente la sanción, si se le va a
- 1:19:37aplicar una, se le va a aplicar dos. Y
- 1:19:40ahí también tiene que establecer
- 1:19:43tres
- 1:19:44temporalidades de la sanción.
- 1:19:48una sanción de mayor gravedad,
- 1:19:51una sanción básica y una sanción de
- 1:19:54menor gravedad.
- 1:19:56A los adolescentes, compañeros y
- 1:19:59compañeras,
- 1:20:01no se les aplican los beneficios
- 1:20:04penitenciarios de la ley de ejecución de
- 1:20:06sanciones de adultos, porque esto es
- 1:20:08para un sistema retributivo sancionador.
- 1:20:12Nosotros en nuestra propia sentencia, en
- 1:20:14términos de lo que dice el artículo 151
- 1:20:18de la ley nacional,
- 1:20:20se le impone la sentencia tres
- 1:20:22temporalidades.
- 1:20:24A medida de mayor gravedad, que en caso
- 1:20:26de que no cumpla es lo máximo que se le
- 1:20:29puede incrementar, la de menor gravedad
- 1:20:33en el caso de que le eche ganas y cumpla
- 1:20:35anticipadamente, es el beneficio que se
- 1:20:38le puede restar. Y la básica.
- 1:20:42Ya vimos que no hay mínima, la máxima la
- 1:20:45podemos sacar de la ley para cada
- 1:20:47medida,
- 1:20:50porque la ley sí establece sanciones
- 1:20:53máximas. pero no establece sanciones
- 1:20:56mínimas.
- 1:20:59La mínima se tiene que determinar para
- 1:21:02cada persona en particular
- 1:21:04y se debe de acreditar a través de
- 1:21:07medios probatorios.
- 1:21:10Entonces, compañeros y compañeras,
- 1:21:13pongan mucha atención
- 1:21:15porque esto
- 1:21:17es, ¿cómo se llama?, muy redituable.
- 1:21:21Aquí hay business, negocio.
- 1:21:24Este, si el agente del Ministerio
- 1:21:26Público en su escrito de acusación
- 1:21:30solamente pone una medida,
- 1:21:34esa medida va a ser la medida de mayor
- 1:21:37gravedad.
- 1:21:39Ya no va a poder poner después, "Oiga,
- 1:21:41es que yo quería otra." No, señor. La
- 1:21:44pretensión punitiva es exclusiva de la
- 1:21:47gente del Ministerio Público.
- 1:21:50Entonces aquí la cuestión es pues que
- 1:21:54obviamente encontramos
- 1:21:56que esta pretensión punitiva pues nos la
- 1:21:58va a decir la gente del Ministerio
- 1:22:00Público y
- 1:22:02la cuestión es que si
- 1:22:06no no establece otra medida, pues esta
- 1:22:09medida se va a tomar como la de mayor
- 1:22:10gravedad.
- 1:22:12Y esto lo va lo va a hacer valer pues
- 1:22:15obviamente el asesor, digo, el defensor
- 1:22:18al momento de que presente su escrito de
- 1:22:19acusación va deje la contestadora
- 1:22:21escrito acusación, me sujeto a la medida
- 1:22:24solicitada como la de mayor gravedad.
- 1:22:26Sin embargo, no hay de no hay medidas
- 1:22:28hacia abajo
- 1:22:31y obviamente ahí pues el juez sí puede
- 1:22:34ir hacia abajo, pero nunca puede ir
- 1:22:36hacia arriba del de la de la pretensión
- 1:22:39de la gente del Ministerio Público,
- 1:22:41porque es el derecho a la pretensión
- 1:22:42punitiva exclusiva de la gente del
- 1:22:44Ministerio Público.
- 1:22:46Entonces si es muy importante que
- 1:22:49analicemos esta fracción novena, tanto
- 1:22:52como agentes del Ministerio Público,
- 1:22:53como asesores, como asesor se le puede
- 1:22:56corregir a la gente del Ministerio
- 1:22:59Público decir, "Oiga, en tu fracción
- 1:23:00novena nada más estás poniendo una
- 1:23:01medida antes de que se dé contestación
- 1:23:04la la
- 1:23:07defensa, este, solicito que aclares y
- 1:23:10perfecciones la de mayor gravedad y la
- 1:23:12de menor gravedad." a que somos asesores
- 1:23:14y vemos que la gente del Ministerio
- 1:23:16Público, ¿no? Pues vamos a arreglarle la
- 1:23:19plana, ¿no? Y vamos a decirle,
- 1:23:21"Corrígeme esto y estableceme las
- 1:23:23medidas de mayor y menor gravedad, no
- 1:23:25solamente la básica para que tengamos
- 1:23:27esta situación."
- 1:23:33Entonces,
- 1:23:35este es sumamente importante. Esta
- 1:23:37medida hay que analizarla
- 1:23:40a la luz.
- 1:23:43del artículo 151.
- 1:23:46Entonces, en su fracción novena,
- 1:23:48pónganla, se relaciona con el 151.
- 1:23:54La décima, pues ya platicamos, son las
- 1:23:57medios de prueba para la audiencia
- 1:23:58ención de medida.
- 1:24:01La 11, la solicitud de comiso de bienes.
- 1:24:06La 12, la propuesta de acuerdos
- 1:24:08probatorios.
- 1:24:09Esto es sumamente importante, pues no
- 1:24:11tengamos que que llevar a demostrar todo
- 1:24:13a juicio. Habrá situaciones por las
- 1:24:16cuales podemos ofrecer un acuerdo
- 1:24:18probatorio porque ya no hay necesidad de
- 1:24:22de muchas situaciones que no son
- 1:24:24controvertidas
- 1:24:26y podemos agilizar y podemos suavizar el
- 1:24:30juicio para llegar en acuerdos
- 1:24:33probatorios. Y por último,
- 1:24:38pues si la gente del Ministerio Público
- 1:24:40este
- 1:24:42va a aplicar alguna forma de
- 1:24:43terminación, anticipar el proceso,
- 1:24:45esto no es otra cosa más que el
- 1:24:47abreviado. Creo que esta fracción
- 1:24:50decimercera,
- 1:24:51así como el nombre del libro segundo
- 1:24:58y el artículo que habla de la apelación
- 1:25:02ante el juez de control, son tres
- 1:25:06reminencias que quedaron del
- 1:25:08procedimiento abreviado cuando estaba en
- 1:25:10las iniciativas que dieron naturaleza al
- 1:25:15a la Ley Nacional de Sistema Integral de
- 1:25:16Justicia para Adolescentes.
- 1:25:19Eran dos iniciativas, un código y una
- 1:25:20ley. En uno se contemplara el
- 1:25:22procedimiento abreviado y en otro no. A
- 1:25:24final de cuentas hubo un debate, se
- 1:25:26suprimió el procedimiento abreviado, se
- 1:25:28quitó, pero se dejaron tres reminencias
- 1:25:31de que existía el procedimiento
- 1:25:32abreviado de la ley nacional. Esta es
- 1:25:34una de ellas. Obviamente yo no soy
- 1:25:37partidario, les decía desde la clase
- 1:25:38pasada, del procedimiento abreviado y
- 1:25:41obviamente pues aquí no se establece
- 1:25:44esta cuestión.
- 1:25:47Este es el escrito de acusación.
- 1:25:50Este escrito de acusación ya comentado,
- 1:25:55el artículo 136 de la Ley Nacional nos
- 1:25:58establece que se le va a dar 5 días
- 1:26:03a la víctima y a su asesor
- 1:26:06por si desean
- 1:26:11eh señalar algún vicio
- 1:26:15material o formal. del escrito de
- 1:26:17acusación.
- 1:26:18¿Qué les decía? Cuando seamos cuando
- 1:26:21sean asesores,
- 1:26:23eh, si la gente del Ministerio Público
- 1:26:25no aportó en términos del 151
- 1:26:29las medidas
- 1:26:32de mayor y menor gravedad, pues este es
- 1:26:34un vicio. Habría que hacérselo notar
- 1:26:37para decirle, "Oiga, no lo ofreciste,
- 1:26:39corrígelo."
- 1:26:41O si el ag del asesor victimal tiene
- 1:26:44mayores pruebas.
- 1:26:46para el monto de la reparación del daño.
- 1:26:52Un día llegó conmigo una señora víctima
- 1:26:55del delito, violación tumultuaria
- 1:27:00y llega y me dice, "Señor,
- 1:27:02pues estoy muy enojado, muy enojada." Le
- 1:27:04digo, "¿Por qué está muy enojada?" Me
- 1:27:05dice, "Pues porque sufrí un delito que
- 1:27:08es una violación tumultuaria. Me
- 1:27:10violaron más de dos personas
- 1:27:12y resulta
- 1:27:16pues que me están dando de reparación
- 1:27:17del daño 3,600es
- 1:27:21que para unas terapias psicológicas.
- 1:27:26Se me hace infamante que mi dignidad
- 1:27:30la cuantifiquen tan bajo. Digo,
- 1:27:32discúlpame, creo que está entendiendo
- 1:27:34mal lo que es la la reparación del daño.
- 1:27:37Hay una reparación del daño integral y
- 1:27:40aquí únicamente lo que se demostró, lo
- 1:27:42que aportaron fue un dictamen
- 1:27:44psicológico y lo único que están
- 1:27:46estableciendo es el costo pues de las
- 1:27:48terapias que usted tiene que que llevar
- 1:27:50a cabo.
- 1:27:52No, pero no, no, no, no, no, no, eso no
- 1:27:55es lo que yo sufrí ni lo que yo digo, a
- 1:27:58ver, el agente del Ministerio Público
- 1:28:00presentó su escrito de acusación
- 1:28:03y en el cual acompañó un monto que eran
- 1:28:053,600 pesos y dijo que el único medio de
- 1:28:08prueba que tiene para acreditar la
- 1:28:09reparación del daño es un dictamen
- 1:28:11psicológico.
- 1:28:13Ese escrito de acusación
- 1:28:16se le dio vista a usted
- 1:28:19y a su asesor victimal y le dimos un
- 1:28:22plazo de 5 días
- 1:28:24por si tenía algún otro medio de prueba
- 1:28:26que aportar, [carraspeo]
- 1:28:28porque la gente del Ministerio Público
- 1:28:29le dijo, "De mi investigación nada más
- 1:28:31encontré el psicológico y solamente la
- 1:28:34cantidad de 3,600es."
- 1:28:36Eso no es una reparación del daño
- 1:28:37integral, pero es el único medio de
- 1:28:39prueba con el que cuenta la gente del
- 1:28:41Ministerio Público. Usted tiene la
- 1:28:43posibilidad de ser cuadyumante con el
- 1:28:45agente del Ministerio Público y su
- 1:28:47asesor y usted podrían haber aportado
- 1:28:50nuevos medios de prueba
- 1:28:53para que la gente del Ministerio Público
- 1:28:55los hiciera suyos y los integrara su
- 1:28:57escrito de acusación en términos del
- 1:28:59artículo 137.
- 1:29:02No, pues es que no los tenemos. Ah,
- 1:29:04okay. Entonces, el monto que se le está
- 1:29:06poniendo es el monto que nada más logró
- 1:29:09acreditar la gente del Ministerio
- 1:29:10Público porque usted y su asesor no le
- 1:29:13aportaron ningún otro elemento
- 1:29:14suficiente de pruebas para poder tener
- 1:29:17un monto, pues obviamente más digno o
- 1:29:20como usted lo vea o que cumbra
- 1:29:22verdaderamente la reparación del daño
- 1:29:24integral.
- 1:29:25Entonces también esto es importante. O
- 1:29:28sea, si el asesor victimal puede
- 1:29:30corregir los errores formales y
- 1:29:32materiales de escrito acusación, ¿sí?
- 1:29:34¿Puede aportar mayores medios de prueba
- 1:29:36para la reparación del daño, sí?
- 1:29:39Entonces, si no lo estamos haciendo o no
- 1:29:42o no lo o no lo hace el asesor victimal,
- 1:29:44pues obviamente está precluyéndole su
- 1:29:47derecho de poder corregir y no solamente
- 1:29:49de culpa a la gente del Ministerio
- 1:29:51Público. Por eso la importancia de ser
- 1:29:53especialistas y verificar pues todas
- 1:29:55estas cuestiones de las medidas de mayor
- 1:29:58y menor gravedad para efecto de que la
- 1:30:00sentencia pues vaya a cumplir con todas
- 1:30:02las las cuestiones. De lo contrario,
- 1:30:05pues se perjudicaría
- 1:30:08fuertemente la víctima.
- 1:30:13Después de que se agotaron estos 5 días
- 1:30:15y que la víctima hizo las observaciones
- 1:30:19pertinentes sobre vicios formales o
- 1:30:21materiales, aportó medios de prueba,
- 1:30:24pues obviamente se le da otro plazo de 5
- 1:30:28días
- 1:30:29a
- 1:30:32la defensa del adolescente para que
- 1:30:35conteste el escrito de acusación.
- 1:30:38Este escrito acusación lo va a hacer por
- 1:30:40escrito,
- 1:30:46perdón, y lo va a contestar en los
- 1:30:49términos del artículo 138.
- 1:30:53En este 138 pues va a señalar vicios
- 1:30:56formales a los escritos de acusación y
- 1:30:59complementarios del asesor victimal
- 1:31:02si lo considera pertinente.
- 1:31:04Si no lo considera pertinente, deja esos
- 1:31:07vicios para que hacen juicio oral que se
- 1:31:09resuelva. Solicitar la acumulación o
- 1:31:11separación de acusaciones.
- 1:31:15Hacer hacer valer excepciones de previo
- 1:31:17especial pronunciamiento. Y la fracción
- 1:31:20cuarta es muy amplia. exponer los
- 1:31:22argumentos de defensa que considere
- 1:31:24necesarios y señalar los los medios de
- 1:31:26de prueba que pretenda se produzcan en
- 1:31:29audiencia de juicio oral.
- 1:31:33Aquí en exponer los argumentos de
- 1:31:35defensa se integra o si tiene por
- 1:31:38establecido que ahí mismo puede objetar
- 1:31:40las pruebas de la gente del Ministerio
- 1:31:41Público, las que no considere
- 1:31:46y posteriormente pues ofrecer también
- 1:31:49las pruebas tanto para la audiencia de
- 1:31:50debate juicio oral como para la
- 1:31:52audiencia de indulización de medida.
- 1:31:56Aquí, compañeros, tenemos que tomar en
- 1:31:58cuenta una situación.
- 1:32:01¿Por qué es importante la
- 1:32:03especialización
- 1:32:05en la defensa?
- 1:32:08Porque la defensa de un adolescente
- 1:32:12implica
- 1:32:14un cambio de chip.
- 1:32:19¿Qué quiero decir con esto?
- 1:32:21Si soy defensor penal de un adulto, pues
- 1:32:24obviamente voy a que no se le ponga pena
- 1:32:28y lo decen inocente.
- 1:32:32Pero si soy defensor de un de un
- 1:32:35adolescente,
- 1:32:39lo que me debe de interesar
- 1:32:42es que si el adolescente está en riesgo
- 1:32:45o en una situación de vulnerabilidad,
- 1:32:47pues reciba un plan restitutivo de
- 1:32:49derechos.
- 1:32:51para que se pueda corregir esta
- 1:32:53situación. Si el adolescente resulta
- 1:32:56responsable,
- 1:33:00yo quiero que le pongan una [carraspeo]
- 1:33:01sanción.
- 1:33:03Sí, como defensor, yo quiero que le
- 1:33:05pongan una sanción, pero quiero que le
- 1:33:08pongan la sanción adecuada para él.
- 1:33:15Esto es donde estriba esta situación de
- 1:33:17diferente. ¿Por qué quiere una sanción?
- 1:33:20Porque si no le pone una sanción,
- 1:33:22estaremos refrendando que lo que hizo
- 1:33:24mal lo va a volver a repetir.
- 1:33:28Entonces, estamos en un sistema que no
- 1:33:30es retributivo sancionador.
- 1:33:34Estamos en un sistema socioeducativo.
- 1:33:36Si analizamos las medidas del 155,
- 1:33:40pues son medidas que en muchos casos
- 1:33:44pues obviamente van a ayudar en la vida,
- 1:33:47van a contribuir con la vida del
- 1:33:48adolescente y no la van a perjudicar.
- 1:33:53¿Por qué? porque no le estamos poniendo
- 1:33:55un castigo, estamos cambiando las
- 1:33:57condiciones de vida del adolescente.
- 1:34:01Entonces, desde ahí partimos en que si
- 1:34:04soy abogado, defensor, pues obviamente
- 1:34:07quiero que se le ponga la medida, pero
- 1:34:09la medida más adecuada para el
- 1:34:12adolescente
- 1:34:13y que obviamente le sirva para
- 1:34:16reintegrarse social y familiarmente.
- 1:34:18Esto es una de las cuestiones que si
- 1:34:21aparte de la especialización de los
- 1:34:22conocimientos, tenemos que tener estas
- 1:34:24habilidades, pero también entender el
- 1:34:27objeto del de la sanción que se le va a
- 1:34:30poner al adolescente.
- 1:34:37Estas son las etapas
- 1:34:39escritas, la fase escrita.
- 1:34:43Aquí, ojo, mucho ojo.
- 1:34:47Si en la fase escrita
- 1:34:50no ofrecieron medios de prueba,
- 1:34:54se pueden ofrecer medios de prueba
- 1:34:57en la audiencia intermedia, no
- 1:35:00desprecluyó su derecho.
- 1:35:03Las pruebas se ofrecen desde la parte
- 1:35:07escrita.
- 1:35:09Contestación.
- 1:35:13complemento por parte del asesor
- 1:35:16o contestación de la acusación por parte
- 1:35:19de la defensa. Tanto el agente del
- 1:35:22Ministerio Público Victimal o la defensa
- 1:35:25por escrito ofrecerán sus medios de
- 1:35:28prueba tanto para la audiencia de debate
- 1:35:30juicio oral como para la audiencia de
- 1:35:31indicición de medidas. Ya con
- 1:35:33posterioridad no se pueden ofrecer
- 1:35:36pruebas. ¿Por qué? Porque se tiene que
- 1:35:39acompañar las pruebas también. dice el
- 1:35:41artículo 139, el descubrimiento
- 1:35:44probatorio.
- 1:35:47Ya en su en su en su escrito de
- 1:35:49acusación o en su escrito de
- 1:35:50contestación ya tienen que acompañarse
- 1:35:53las pruebas que se pretenden ofrecer
- 1:35:56para que al momento de que les corran
- 1:35:58traslado,
- 1:36:00pues obviamente tendrán que oportunidad
- 1:36:04de conocer los medios de prueba que se
- 1:36:07puedan aportar.
- 1:36:12La única prueba que se puede en términos
- 1:36:14de 139
- 1:36:16es se anuncia en el escrito de
- 1:36:19acusación, se anuncia en el escrito de
- 1:36:21contestación y en términos del último
- 1:36:24párrafo, el 139,
- 1:36:26se deberá anunciar su ofrecimiento al
- 1:36:28momento de descubrir los medios de
- 1:36:29prueba de su cargo y el informe
- 1:36:31respectivo va a ser entregado a las
- 1:36:32demás partes a más tardar el día de la
- 1:36:35audiencia intermedia. Si voy a ofrecer
- 1:36:37un dictamen y no todavía no lo tengo,
- 1:36:39ofrezco el dictamen, lo enuncio y el
- 1:36:41dictamen, las copias del dictamen se
- 1:36:43entregarán en la audiencia intermedia.
- 1:36:47Pero ya en la audiencia intermedia no se
- 1:36:48puede ofrecer ningún medio de prueba. Ya
- 1:36:52precluiría su derecho porque lo tuvieron
- 1:36:54que haber hecho por escrito según la
- 1:36:57fase escrita establecida en la Ley
- 1:37:01Nacional del Sistema Integral de
- 1:37:02Justicia Penal para Adolescentes.
- 1:37:06Esto sumamente fuerte, pero realmente
- 1:37:10así es, compañeros.
- 1:37:13De aquí pues tenemos lo que es ya la
- 1:37:16etapa oral
- 1:37:18de la audiencia intermedia.
- 1:37:21la etapa oral de la audiencia
- 1:37:22intermedia, pues obviamente les digo, no
- 1:37:26está previsto
- 1:37:28en en la ley nacional todo el
- 1:37:31procedimiento de la audiencia, por lo
- 1:37:33cual nos tendríamos que ir
- 1:37:35supletoriamente al Código Nacional de
- 1:37:37Procedimientos Penales.
- 1:37:44Simplemente nos marca la citación de la
- 1:37:46audiencia y la unión y separación de
- 1:37:50acusaciones 140 y 141
- 1:37:53y de ahí ya no nos marca absolutamente
- 1:37:56nada, por lo cual tendremos que irnos a
- 1:37:59lo que señala pues todo lo previsto en
- 1:38:02el Código Nacional para la audiencia
- 1:38:05intermedia
- 1:38:13que está previsto visto por el artículo
- 1:38:15344
- 1:38:18del Código Nacional de Procedimientos
- 1:38:20Penales, el desarrollo de la audiencia.
- 1:38:24y el desarrollo de la audiencia. Pues
- 1:38:26bueno, sabemos que la gente del
- 1:38:28Ministerio Público al iniciar la
- 1:38:30audiencia hace una pequeña exposición
- 1:38:32resumida de su acusación, seguida las
- 1:38:35exposiciones de la víctima
- 1:38:38u ofendido y del acusado por conducto de
- 1:38:40su ofensor. Acto seguido, las las partes
- 1:38:43podrán deducir cualquier incidencia.
- 1:38:47La defensa establecerá y promoverá las
- 1:38:50excepciones que procedan conforme al
- 1:38:52código. Desagados los puntos anteriores,
- 1:38:54dice el artículo 344,
- 1:38:57el establecimiento en su caso, los
- 1:38:58acuerdos probatorios. El juez se
- 1:39:00sancionará de que si hay acuerdos
- 1:39:02probatorios y estos se pueden demostrar
- 1:39:05y si no entrarán a debate de los órganos
- 1:39:08de prueba ofrecidos, de los medios y
- 1:39:11órganos de prueba ofrecidos para la
- 1:39:13audiencia debate juicio oral y para la
- 1:39:14audiencia individualización de medida. y
- 1:39:16reparación del daño.
- 1:39:24¿Por qué podemos desechar la prueba?
- 1:39:26Porque la prueba sea sobreabundante,
- 1:39:29impertinente, innecesaria.
- 1:39:32Aquí hay que tener mucho ojo,
- 1:39:35como decía ese anuncio de antes, mucho
- 1:39:38ojo y cuéntaselo que más confianza le
- 1:39:39tengas, verad. Este, los medios de
- 1:39:42prueba que pueden resultar impertinentes
- 1:39:45cuando queremos hacer lo que se hace
- 1:39:47casi siempre en adultos referente a que
- 1:39:50téngase por admitidos los mismos pruebos
- 1:39:53de la audiencia de debate para la
- 1:39:54audiencia deación de medida y reparación
- 1:39:55del daño. No pueden ser impertinentes.
- 1:39:59¿Por qué? Porque la audiencia debate, ya
- 1:40:01dijimos, va para la existencia del
- 1:40:03delito y la responsabilidad definitiva
- 1:40:06del adolescente. Y la audiencia
- 1:40:08indización de medidas y reparación del
- 1:40:09daño es para acreditar el monto y para
- 1:40:12acreditar cuál es la medida de sanción
- 1:40:15que se le debe de imponer al
- 1:40:16adolescente. Establecer y y ofrecer
- 1:40:20pruebas para establecer los mínimos de
- 1:40:22cada medida que necesita cada
- 1:40:24adolescente para reintegrarse social y
- 1:40:27familiarmente. Entonces son pruebas
- 1:40:30diferentes de naturalezas diversas.
- 1:40:33Una pregunta que me hacen, oigan, pero
- 1:40:36si tengo un dictamen psicológico para
- 1:40:38acreditar el daño de la víctima y este
- 1:40:40lo ofrecí en la audiencia debate de
- 1:40:41juicio oral, ¿lo puede ofrecer también
- 1:40:44en la audiencia de individualización?
- 1:40:45Claro, te va a servir la audiencia
- 1:40:47debate juicio oral para lo que estás
- 1:40:50quitando, el daño causado a la víctima y
- 1:40:54te va a servir la audiencia indión de
- 1:40:55medida para acreditar el monto de la
- 1:40:57reparación del daño. Entonces esa prueba
- 1:41:00puede tener una situación, pero habrá
- 1:41:02otra prueba que se puede ofrecer.
- 1:41:05A lo mejor no, no habría otra
- 1:41:07pertinente. Oiga, la declaración de la
- 1:41:09víctima.
- 1:41:11Pues sí, para estudiar delito es
- 1:41:14importante. Para la individualización,
- 1:41:17¿qué me aporta? ¿Qué medidas de sanción
- 1:41:20socioeducativa me va a justificar? No,
- 1:41:23ninguna. Entonces, no me traigas pruebas
- 1:41:25que son impertinentes para otro momento.
- 1:41:28Esto de la impertinencia y la
- 1:41:30pertinencia sí lo tenemos que tener muy
- 1:41:32muy previsto para cuál es el fin de cada
- 1:41:35audiencia, qué es lo que vamos a lograr
- 1:41:37demostrar en la audiencia o para qué se
- 1:41:39lleva esta audiencia. juicio oral,
- 1:41:42responsabilidad, existencia de delito,
- 1:41:43individualización de medida, justificar
- 1:41:46las medidas que se le van a imponer y
- 1:41:48justificar el monto de la reparación del
- 1:41:50daño.
- 1:41:56¿Por qué? Porque el debate va a estar en
- 1:41:58sobreantes, en impertinentes,
- 1:42:02en innecesarias
- 1:42:04o pruebas que son contrarias a los
- 1:42:06derechos humanos.
- 1:42:09Y en esta parte, pues sabemos que ya con
- 1:42:12la reforma
- 1:42:14al Código Nacional de Procedimientos
- 1:42:16Penales, en el sentido que son apelables
- 1:42:21tanto la negativa de una prueba como la
- 1:42:25admisión de una prueba, pues obviamente
- 1:42:27la audiencia intermedia deja de ser
- 1:42:31aquello que se decía
- 1:42:34todo pasa y nada pesa. Y ahora
- 1:42:36verdaderamente la audiencia intermedia
- 1:42:38es una audiencia de preparación y
- 1:42:40depuración de la prueba para el juicio
- 1:42:42oral. Entonces, ¿qué mejor que en
- 1:42:44adolescentes pues lo tengamos de esta
- 1:42:46manera?
- 1:42:51Bueno, compañeros, esto sería en sí lo
- 1:42:55que es la etapa intermedia en su fase
- 1:42:58escrita y en su fase oral.
- 1:43:02¿Qué nos queda concluir aquí?
- 1:43:06nos queda algo sumamente importante,
- 1:43:10pues ya que entramos al debate, ya
- 1:43:13depuramos los medios de prueba, ya este
- 1:43:17señalamos eh
- 1:43:21identificamos a cada uno de los órganos
- 1:43:24de las personas que tienen que citarse
- 1:43:26para la deservación del audiencia, pues
- 1:43:29se va a dictar un auto de apertura
- 1:43:30juicio oral.
- 1:43:32Lamentablemente
- 1:43:34nuestro escrito, nuestra Ley nacional
- 1:43:37del Sistema Integral de Justicia Penal
- 1:43:38para Adolescentes
- 1:43:40no trae
- 1:43:42no trae este establecido cuál va a ser
- 1:43:46el contenido del audio de apertura.
- 1:43:49Entonces, también nos tenemos que
- 1:43:50remitir al artículo 347
- 1:43:54y obviamente este artículo 347
- 1:43:57del Código Nacional de Procedimientos
- 1:43:58Penales
- 1:44:01pues nos va a señalar
- 1:44:05algunas cuestiones desde el punto de
- 1:44:07vista de adultos, pero a lo mejor nos va
- 1:44:10a faltar algo particular
- 1:44:13adolescentes
- 1:44:15y
- 1:44:16no sé, salvo que ustedes me indiquen.
- 1:44:19Vamos a analizar el artículo 347
- 1:44:22para ir viendo
- 1:44:24qué cuestiones le faltaron o qué
- 1:44:26cuestiones no se previeron que se van a
- 1:44:29tener que prevenir por tener un artículo
- 1:44:31de contenido del artículo del auto de
- 1:44:34apertura de juicio oral de adultos.
- 1:44:44Ahí vamos a ver eso. Y este auto de
- 1:44:47apertura, pues obviamente nos dice el
- 1:44:50Tribunal de Juiciamiento competente para
- 1:44:52celebrar la audiencia de juicio.
- 1:44:57En materia de adolescentes,
- 1:45:00en todo el país
- 1:45:03no hay tribunales
- 1:45:06colegiados.
- 1:45:08Para llevar un juicio oral de
- 1:45:09adolescente se lleva a través de jueces
- 1:45:14eh unipersonales, tribunales
- 1:45:16unipersonales, integrado por un juez
- 1:45:19especializado en adolescentes en juicio
- 1:45:21oral.
- 1:45:23¿Por qué? Porque si de por sí nuestra
- 1:45:25justicia
- 1:45:27es una justicia muy cara,
- 1:45:31atendiendo y estableciendo el monto de
- 1:45:35de que cuesta tener a todas las partes,
- 1:45:38al juez de control, al juez de juicio
- 1:45:40oral, el juez de ejecución, que casi
- 1:45:42siempre son tres jueces diferentes por
- 1:45:45efecto de no contravenir lo señalado en
- 1:45:46el artículo 20 constitucional
- 1:45:50y que no estén contaminados, pues
- 1:45:52obviamente encontramos Amos
- 1:45:55esta situación fundamental
- 1:45:58que que el número de asuntos de
- 1:46:01adolescentes es un número muy inferior a
- 1:46:04los asuntos penales de adultos.
- 1:46:08Y si aparte compartimos pues cuántos
- 1:46:11asuntos lleva un juez especializado
- 1:46:14en comparación con un juez familiar o
- 1:46:16con un juez mercantil,
- 1:46:18no solamente con el penal, pues
- 1:46:20obviamente entendemos que el que los
- 1:46:23asuntos de adolescente pues son mínimos
- 1:46:27y esto lo podemos tomar en consideración
- 1:46:32de datos que no que me estoy inventando.
- 1:46:35digan, "Ah, el Dr. Alejandro se inventó
- 1:46:38unos datos y dijo que eran mínimos." No,
- 1:46:41estos datos los podemos sacar
- 1:46:43concretamente
- 1:46:44pues obvia de los informes
- 1:46:48eh que se que hace
- 1:46:51Inegi concretamente sobre
- 1:46:55las conductas cometidas por
- 1:46:57adolescentes. Tenemos el último, que es
- 1:47:00el del 2024 que salió publicado en
- 1:47:03noviembre del año 2025 y el anterior a
- 1:47:07este que es del 2023.
- 1:47:10nos habla
- 1:47:13que en todo el país
- 1:47:15solamente se cometieron en el 2023 se
- 1:47:19cometieron 35 más de 35,000 asuntos y en
- 1:47:23el 2000 25
- 1:47:26en 2024 que dieron a conocer el 2025
- 1:47:30se cometieron 37,000 delitos en todo el
- 1:47:34país.
- 1:47:37Si estos delitos, pues obviamente
- 1:47:40hablamos de que estos delitos solamente
- 1:47:43menos del 5% son delitos susceptibles de
- 1:47:46internamiento, es decir, 100 asuntos son
- 1:47:49susceptibles de internamiento, los demás
- 1:47:51son sin internamiento,
- 1:47:53pues tendríamos que dividir estos
- 1:47:55asuntos anuales entre todos los jueces
- 1:47:59especializados de la República Mexicana
- 1:48:03y verdaderamente sería un número, pues
- 1:48:05obviamente un número muy muy reduc ucido
- 1:48:08de asuntos por pues por estado de la
- 1:48:11República. Estaríamos hablando pues si
- 1:48:14son 37,000
- 1:48:16menos de de 15 asuntos por estado, ¿no?
- 1:48:22Y habrá estados que tienen más, a
- 1:48:24estados que tienen menos. Ahí nos
- 1:48:25muestran cuáles son los estados con
- 1:48:27mayor número de de asuntos de
- 1:48:30adolescentes
- 1:48:32y obviamente encontramos
- 1:48:36pues que realmente si lo comparamos con
- 1:48:38asuntos penales de adultos pues son
- 1:48:41mínimo.
- 1:48:44Entonces también es ahí donde pues
- 1:48:46tenemos que tomar en consideración pues
- 1:48:49por qué nuestro tribunal solamente va a
- 1:48:51ser un instancial, una sola persona en
- 1:48:55el juicio oral, en lugar de que se
- 1:48:57tratara como los delitos de alto impacto
- 1:49:00de o los delitos con prisión preventiva
- 1:49:02que en algunos estados se lleva a través
- 1:49:04de un tribunal colegiado, a través de
- 1:49:06tres juzgadores de juicio oral para
- 1:49:09poder resolver una situación, pues
- 1:49:10obviamente por el número, por la
- 1:49:12cantidad y por la tras y el peso.
- 1:49:15Entonces le dijéramos desde ahí, "Oiga,
- 1:49:18¿por qué un feminicidio lo juzgan tres
- 1:49:21jueces cuando es adulto? ¿Y por qué un
- 1:49:23feminicidio cuando es cometido por un
- 1:49:25adolescente solamente un juez?" Pues por
- 1:49:29lo mismo, por la carga procesal y por el
- 1:49:31número de asuntos que impactan también
- 1:49:33esto tiene una cuestión presupuestaria.
- 1:49:36Entonces, la primera parte del auto de
- 1:49:37apertura es qué juez
- 1:49:41este o que cuál sería el juez competente
- 1:49:45para celebrarlo. La competencia del juez
- 1:49:47de control y la competencia del juez de
- 1:49:50juicio oral es una competencia
- 1:49:53que sigue las reglas del derecho penal.
- 1:49:56Resulta competente el del lugar en donde
- 1:49:58se cometió el delito. Resulta competente
- 1:50:02el de el donde inició el delito. Resulta
- 1:50:04competente donde concluyó el delito.
- 1:50:07Pues obviamente las mismas reglas de
- 1:50:08competencia. El único juez que cambia su
- 1:50:13competencia en adolescentes es el juez
- 1:50:16de ejecución.
- 1:50:19El juez de ejecución
- 1:50:21en términos del artículo 178
- 1:50:26de la Ley Nacional del Sistema Integral
- 1:50:28de Justicia Penal para Adolescentes,
- 1:50:32esta competencia va a estar relacionada
- 1:50:37con el derecho que tiene el adolescente
- 1:50:40en el artículo 49.
- 1:50:43El artículo 49 nos dicen que las
- 1:50:45adolescentes tienen el derecho a estar
- 1:50:48cerca de su familia.
- 1:50:51¿Se acuerdan el caso que comentamos
- 1:50:53ahorita? El adolescente que venía de San
- 1:50:57de San Luis Potosí, cometió una conducta
- 1:51:01en en Nuevo León, pues obviamente el
- 1:51:04juez de control sería el competente, el
- 1:51:06de juez de Nuevo León, el juez de juicio
- 1:51:08oral sería el competente, el juez de de
- 1:51:12Nuevo León, porque es el lugar donde se
- 1:51:14cometió el delito.
- 1:51:16Pero en términos del artículo 49
- 1:51:19de la Ley Nacional en relación con el
- 1:51:22178,
- 1:51:24podría ser competente el juez de
- 1:51:25ejecución de medidas
- 1:51:28de San Luis Potosí
- 1:51:30y no el de Nuevo León. ¿Por qué? Porque
- 1:51:33el artículo 49 nos habla que el
- 1:51:35adolescente tiene el derecho a a estar
- 1:51:38más cerca de su de su familia. Si su
- 1:51:40familia y su asiento familiar está en
- 1:51:43San Luis Potosí. Esto se requiere
- 1:51:45verdaderamente para una reintegración
- 1:51:47social y familiar al momento de la
- 1:51:50ejecución. Por eso el juez de ejecución
- 1:51:52es el único que cambia esta competencia
- 1:51:56al lugar en que esté más cercano.
- 1:52:00El juez de control, el juez del tribunal
- 1:52:02de oralidad, pues no puede ser el más
- 1:52:03cercano porque hay reglas de competencia
- 1:52:07para como se cometió el delito. Pero el
- 1:52:09juez de ejecución sí podría ser
- 1:52:11competente de San Luis Potosí si ya se
- 1:52:13cumple la medida. ¿Hay algún problema?
- 1:52:16No, no hay ningún problema. establece el
- 1:52:18propio 178 en relación con el artículo
- 1:52:2149 de la ley. Y obviamente, qué mejor
- 1:52:25pues que estén ahí eh todas estas
- 1:52:27cuestiones.
- 1:52:31Fracción segunda del 147, la
- 1:52:34individualización de los acusados.
- 1:52:37Aquí, obviamente, esta individualización
- 1:52:39de los acusados pues también se tendría
- 1:52:42que individualizar al momento de dictar
- 1:52:44la autoapertura pues no solamente a los
- 1:52:46acusados, sino como ya lo vimos,
- 1:52:50artículo 41 y 42 de la ley, al defensor
- 1:52:54especializado
- 1:52:56y obviamente también al asesor o al
- 1:53:00persona adulto responsable, artículo 42
- 1:53:04de la ley. Entonces, tendríamos que ver
- 1:53:06aquí pues obviamente esta esta cuestión
- 1:53:09de que pues también vamos a
- 1:53:11individualizarlo porque el juez de
- 1:53:13juicio oral desconoce quién es el
- 1:53:16especializado y quién es la persona
- 1:53:18también que va a acompañar al
- 1:53:20adolescente.
- 1:53:24Las acusaciones, fracción tercera, las
- 1:53:25acusaciones que ser objeto de juicio,
- 1:53:27las correcciones formales que se habían
- 1:53:29realizado, los hechos en materia de la
- 1:53:31acusación, los acuerdos probatorios en
- 1:53:34lo caso que hubiera y aquí los medios de
- 1:53:36prueba que se deben desogar en la
- 1:53:38audiencia de juicio, así como la prueba
- 1:53:40anticipada, los medios de prueba que en
- 1:53:42su carácter deban deshogarse en la
- 1:53:44audiencia de individualización de
- 1:53:46sanciones y de reparación del daño.
- 1:53:50Acá pues aquí nada más cambiaría, no
- 1:53:53sería audiencia de sanciones, sino
- 1:53:54audiencia de indizción de medida.
- 1:53:59Fracción séptima, las medidas de
- 1:54:01resguardo, identidad, datos personales
- 1:54:03que procedan en términos del código.
- 1:54:08Las personas que deben ser citadas aquí.
- 1:54:10Esto lo vamos a relacionar con el
- 1:54:11artículo 35 y 37 de la Ley Nacional del
- 1:54:15Sistema Integral de Justicia Penal para
- 1:54:17Adolescentes. La lista de identificada
- 1:54:21con domicilios y todas las personas que
- 1:54:23deban ser citadas a debate
- 1:54:27y las medidas cautelares que se le hayan
- 1:54:29impuesto al acusado.
- 1:54:33Aquí hay una situación sumamente
- 1:54:36importante que no puedo dejar de
- 1:54:38platicar cuando hablamos de esta última
- 1:54:40fracción.
- 1:54:43En esta fracción novena, tías cautelares
- 1:54:47que se le hayan impuesto al acusado.
- 1:54:50En materia de adolescentes
- 1:54:53no procede lo que pasa en adultos, que
- 1:54:56en adultos, una vez que se ha dictado el
- 1:54:58auto de apertura juicio oral, el
- 1:55:00Tribunal de Enjuiciamiento revisa las
- 1:55:03medidas cautelares.
- 1:55:07En materia de adolescentes, el único que
- 1:55:10puede revisar la medida cautelar de
- 1:55:12internamiento sigue siendo el juez de
- 1:55:14control. Oiga, pero ya se dictó el auto
- 1:55:17de apertura juicio oral.
- 1:55:22La ley no distingue.
- 1:55:24La ley es muy clara. Seguirá revisando
- 1:55:27el juez de control. Entonces, en esta
- 1:55:29fracción tendrá que decirle que está en
- 1:55:31medida cautelar de internamiento y las
- 1:55:34revisiones mensuales que está obligado a
- 1:55:36hacer. para en caso de que si se tarda
- 1:55:39el juicio, pues obviamente el tribunal
- 1:55:41sepa que puede ser modificada la medida
- 1:55:44cautelar y que se le va a notificar esta
- 1:55:47situación para que la tenga prevista con
- 1:55:49el calendario de audiencias.
- 1:55:52No me hagan caso lo que estoy diciendo.
- 1:55:55Quiero que vean su artículo 121 de la
- 1:55:58ley. A ver, véanlo, véanlo. Vean los que
- 1:56:02traigan ley, véanlo. Los que no,
- 1:56:04búsquenlo en su teléfono, artículo 121,
- 1:56:07porque esto es sumamente importante.
- 1:56:10Esto es una diferencia con el sistema
- 1:56:12penal de adultos
- 1:56:18y conocer y entender estas diferencias
- 1:56:20nos hace especialistas.
- 1:56:25Hoy sí tengo la oportunidad de estar
- 1:56:26viendo a los que están en la sala. Eso
- 1:56:28sí lo estoy viendo que están viendo. A
- 1:56:30los que están en YouTube o en Facebook,
- 1:56:31pues esos no los puedo ver, pero a los
- 1:56:33de la sala sí estoy viendo. Si este me
- 1:56:35están haciendo caso, me están juzgando a
- 1:56:36León. Entonces sí los veo ahí que están
- 1:56:39buscando el 121. ¿Verdad? Okay. Artículo
- 1:56:42121, ¿qué nos dice? Pues nos dice que el
- 1:56:45juez de control tiene la obligación de
- 1:56:48revisar mensualmente la medida cautelar
- 1:56:51solamente. Y si nos vamos a las
- 1:56:53facultades del juez de oralidad, no
- 1:56:56tiene facultades
- 1:56:58para eh establecer
- 1:57:01o revisar la medida cautelar. ¿Por qué
- 1:57:04creen ustedes que esta facultad
- 1:57:08solamente la tiene el juez de control?
- 1:57:11Porque recordemos que en el artículo 31
- 1:57:15que platicamos ayer, que les dije que es
- 1:57:17una de las cuestiones,
- 1:57:20bueno, ayer no, platicamos el lunes,
- 1:57:22este, que es una de las cuestiones que
- 1:57:25es como el talón de Aquiles de la
- 1:57:26justicia para adolescente cuando no la
- 1:57:28entendemos en el sentido por qué la
- 1:57:30medida de internamiento es excepcional y
- 1:57:35por el tiempo más breve que proceda.
- 1:57:37Bueno, es parte de ese principio
- 1:57:40es el que establece, oye, el juez que
- 1:57:43puso la medida cautelar, el juez que
- 1:57:45conoce la necesidad de cautelar,
- 1:57:49es el juez que mensualmente la va a
- 1:57:50revisar de oficio,
- 1:57:53es el que tiene el mayor conocimiento
- 1:57:56sobre si esa medida debe persistir o no
- 1:57:58debe persistir.
- 1:58:00Eso es fundamental.
- 1:58:04Entonces, el juez de control para tener
- 1:58:07esta cuestión y cumplir que el
- 1:58:09internamiento solamente sea por el
- 1:58:11tiempo necesario
- 1:58:14es esto. ¿Qué pasa si no se ha dictado
- 1:58:17sentencia y ya pasaron los 5 meses?
- 1:58:20Bueno, el artículo 122
- 1:58:23en su antepenúltimo párrafo dice, "La
- 1:58:27prisión preventiva se implicada hasta
- 1:58:28por un plazo máximo de 5 meses. Si
- 1:58:31cumpliendo ese término no se ha dictado
- 1:58:32sentencia, la persona será puesta en
- 1:58:35libertad de inmediato mientras se sigue
- 1:58:37el proceso pudiéndole imponer otras
- 1:58:39medidas cautelares.
- 1:58:44¿Qué pasaría, señores jueces, señores
- 1:58:47agentes del Ministerio Público, señores
- 1:58:49defensores, pues bueno, o asesores
- 1:58:51victimales, pues bueno, si ya lo van a
- 1:58:53tener que liberar porque no se ha
- 1:58:53dictado la sentencia, pues bueno, yo
- 1:58:56pediría que le pongan la medida de la
- 1:58:59fracción 11, es decir, el arresto
- 1:59:03domiciliario.
- 1:59:05El arresto domiciliario no tiene
- 1:59:06temporalidad porque la única regla o la
- 1:59:09única medida de carácter justificada en
- 1:59:13medidas cautelares, el internamiento es
- 1:59:16la que está la que establece el artículo
- 1:59:18122. Entonces sí le podemos cambiar o el
- 1:59:21arresto domiciliario al joven para que
- 1:59:24no se nos evada, se vaya a la acción de
- 1:59:26la justicia. Pero sí, esta es una
- 1:59:28facultad exclusiva que tiene el juez de
- 1:59:31control, el revisar. Entonces, al
- 1:59:33momento de dictar el auto de apertura,
- 1:59:35pues tendría que decirle, "Está en
- 1:59:37medida cautelar desde tal día y le hago
- 1:59:39el conocimiento que oficiosamente tales
- 1:59:42fechas de aquí a a que se cumpla los 5
- 1:59:44meses le voy a revisar la medida y a los
- 1:59:475 meses si no se dictado sentencia voy a
- 1:59:49llevar a cabo una audiencia en tal día
- 1:59:51para
- 1:59:53eh modificar la medida porque ya se
- 1:59:55acabó, se agotó el plazo de 5 meses. Por
- 1:59:59eso tenemos dos plazos diferenciados
- 2:00:02para no confundir el plazo del 117 de la
- 2:00:06ley nacional que nos establece
- 2:00:14117 que nos dice
- 2:00:18cuánto dura el procedimiento que dura 6
- 2:00:20meses del dictado del auto de apertura
- 2:00:22juicio oral y del dictado de la
- 2:00:23vinculación a la sentencia y el plazo
- 2:00:26del artículo 122. 22 que nos dice que el
- 2:00:30internamiento solamente va a durar 5
- 2:00:31meses. Son plazos diferentes, uno de
- 2:00:33seis y uno de cinco. ¿Por qué?
- 2:00:37¿Por qué es diferente? Porque el plazo
- 2:00:39del procedimiento se puede suspender. Se
- 2:00:42puede suspender si hay un amparo. El
- 2:00:44amparo va a suspender que se llegue a la
- 2:00:47audiencia intermedia y que no se dicte
- 2:00:48el auto de apertura. Hasta en tanto se
- 2:00:50resuelva sobre la vinculación o no
- 2:00:52vinculación a proceso, pero el plazo de
- 2:00:55la medida de internamiento no se
- 2:00:58suspende.
- 2:01:00Si llegamos a los 5 meses y no ha habido
- 2:01:02una sentencia, tenemos que proceder,
- 2:01:04como dice el an penúltimo párrafo del
- 2:01:06artículo 122.
- 2:01:08Se se cambia por una medida menos las
- 2:01:11cualquiera de la fracción primera a la
- 2:01:13fracción 11
- 2:01:17que quedamos que son medidas necesarias.
- 2:01:19son solamente con que se acredite la
- 2:01:21medida cautelar, la necesidad de cautela
- 2:01:24del 168, 169 o 170 del Código Nacional
- 2:01:29de Procedimientos Penales, es decir, que
- 2:01:30el adolescente no se va a presentar, que
- 2:01:32el adolescente eh va a interrumpir la
- 2:01:35investigación o que el adolescente eh
- 2:01:39puede poner en riesgo la seguridad de la
- 2:01:41víctima o los testigos. Con eso se se
- 2:01:43acredita esas medidas. Pero la fracción
- 2:01:4612, que es la medida de internamiento,
- 2:01:48requiere la regla específica del
- 2:01:50artículo 122
- 2:01:53de su ley. Les pido encarecidamente que
- 2:01:58leamos eh y veamos este artículo del
- 2:02:03Código Nacional de Procedimientos
- 2:02:05Penales. Eh, estamos hablando de de
- 2:02:09¿cómo se llama? Pues obviamente de la
- 2:02:11cuestión de
- 2:02:16de lo que es la audiencia intermedia y
- 2:02:18el auto de apertura a juicio oral, cómo
- 2:02:20se va a dictar el auto de apertura
- 2:02:24a juicio oral y que lo veamos, pues
- 2:02:27obviamente
- 2:02:29con relación al artículo 121
- 2:02:35y 122 de la ley para que esta última
- 2:02:38fracción, pues obviamente ente nos quede
- 2:02:41muy claro
- 2:02:44que la fracción
- 2:02:46novena del artículo 347 del Código
- 2:02:49Nacional de Procedimientos Penales, pues
- 2:02:51tenemos que atender a esta
- 2:02:53particularidad porque el único que puede
- 2:02:55modificar y tiene la obligación de
- 2:02:57revisar mensualmente la medida por el
- 2:02:59tiempo que dure es el juez de control.
- 2:03:01aún y cuando ya esté llevándose un
- 2:03:02proceso de juicio oral, él va a seguir
- 2:03:05revisando la medida y al llegar a los 5
- 2:03:08meses sustituirla.
- 2:03:11Con esto platicamos hoy de lo que es la
- 2:03:14etapa intermedia en su fase escrita, en
- 2:03:18su fase oral, las particularidades que
- 2:03:20tiene y pues bueno, ya vimos que se
- 2:03:24dicta el auto de apertura y el auto de
- 2:03:26apertura se remite al queamos que es el
- 2:03:29tribunal competente para efecto de que
- 2:03:32él señale la fecha para la celebración
- 2:03:36de la audiencia de juicio oral y
- 2:03:39notifique a todas y cada una partes. Eso
- 2:03:42lo vamos a platicar todo lo que son las
- 2:03:45la las circunstancias muy particulares
- 2:03:47del juicio oral el próximo lunes
- 2:03:52a la misma hora y el mismo canal,
- 2:03:54¿verdad? Entonces, ahorita vamos a dejar
- 2:03:57los últimos minutos que quedan para ver
- 2:03:59si hay preguntas,
- 2:04:01este, comentarios, todo esto y que
- 2:04:04queramos interactuar, pues bueno, es es
- 2:04:07el momento de que me pregunten. Le
- 2:04:10concedo el uso de la voz al personal del
- 2:04:12Consejo de la Judicatura para que me
- 2:04:14ayuden a las preguntas de las tres
- 2:04:17plataformas, inclusive hasta por el chat
- 2:04:19que nos están haciendo. Gracias,
- 2:04:21muchísimas gracias por su atención.
- 2:04:27ponencia Dr. Alejandro Ramón Fuentes. A
- 2:04:30continuación damos apertura a la ronda
- 2:04:33de preguntas y para ello comenzaremos
- 2:04:36con las preguntas virtuales.
- 2:04:38En caso de que la víctima, además de ser
- 2:04:41adolescente, cuente con alguna
- 2:04:42discapacidad, ¿qué pasa con los apoyos
- 2:04:45dentro del procedimiento?
- 2:04:48Bueno, esta es una pregunta muy
- 2:04:49interesante. Eh, recordemos que aquí
- 2:04:52tanto en la ley nacional eh la ley
- 2:04:56nacional del sistema integral de
- 2:04:57justicia penal para docentes, la ley de
- 2:04:58víctimas y obviamente la ley general de
- 2:05:01derecho de niñas, niños adolescentes nos
- 2:05:03habla de la situación
- 2:05:06cuando eh la víctima menor de edad o
- 2:05:11independientemente que no sea menor de
- 2:05:12edad, presente alguna discapacidad o
- 2:05:16alguna situación. que no lo que no lo
- 2:05:18diga, existe una regla específica que es
- 2:05:21la regla de los ajustes al
- 2:05:24procedimiento.
- 2:05:25En mi caso me tocó una situación
- 2:05:28sumamente interesante. Resulta que un
- 2:05:30adolescente comete
- 2:05:32un delito de robo con violencia en
- 2:05:35contra de una señora en la vía pública y
- 2:05:40lamentablemente pues la señora que
- 2:05:41sufrió el robo también era
- 2:05:45sorda [resoplido] profunda.
- 2:05:48Entonces al momento de la audiencia pues
- 2:05:50dijimos, "Oye, la audiencia es oral,
- 2:05:54todo el mundo va a hablar y la señora
- 2:05:56como derecho de víctima tiene el derecho
- 2:05:58a estar ahí.
- 2:06:00¿Cómo nos vamos a comunicar con ella?
- 2:06:01¿Cómo va a entender? Pues bueno, los
- 2:06:04ajustes razonables al procedimiento nos
- 2:06:06permiten que vamos a nombrar un
- 2:06:08intérprete de señas y el intérprete de
- 2:06:11señas la va incluir
- 2:06:14en en lo que pase y el desarrollo de la
- 2:06:17audiencia.
- 2:06:18es también como si fuera una especie de
- 2:06:21traductor en el caso de que no hablara
- 2:06:23español o hablara una lengua indígena,
- 2:06:26pues obviamente sería ese sería también
- 2:06:28un ajuste razonable al procedimiento. Y
- 2:06:31otro de los ejemplos que me tocó, me
- 2:06:32tocó que al momento de dictar la
- 2:06:34sentencia y estar en la audiencia de
- 2:06:35notificación de sentencia, pues me
- 2:06:37dicen, "Sí, viene la víctima." Pero,
- 2:06:40¿qué cree? ¿Qué creo? Pues la víctima es
- 2:06:44invidente.
- 2:06:46No me diga y cómo le voy a entregar la
- 2:06:47sentencia. Qué pena. Le voy a dar una
- 2:06:49sentencia, pues obviamente escrita, como
- 2:06:53lo dice la ley, y no la va a poder ver.
- 2:06:56Bueno, obvio, pues era invidente, va. No
- 2:06:58la va a ver, no la va a poder leer. ¿Qué
- 2:07:00qué qué hago? Pues bueno, declaramos una
- 2:07:03pausa.
- 2:07:04Gracias a Dios tenemos un convenio con
- 2:07:08un grupo que atendía personas con
- 2:07:10discapacidad. Les hablé por teléfono, no
- 2:07:13se preocupe,
- 2:07:15tráiganos la sentencia. Nosotros la
- 2:07:20así como se cambia el tipo de letra, la
- 2:07:22cambiamos y la y la imprimimos en una
- 2:07:24impresora que tenemos braile. Ah, pues
- 2:07:27la imprimieron, se la entregamos y le
- 2:07:29entregamos una copia al momento de la
- 2:07:30audiencia indilación, su copia a cada
- 2:07:32quien y su copia a la persona víctima
- 2:07:34invidente en Brail. Pues obviamente la
- 2:07:37persona fascinada porque obviamente se
- 2:07:40igualó las circunstancias que busca la
- 2:07:42ley con estos ajustes y esa discapacidad
- 2:07:45que tenía pues no lo hizo ni se le
- 2:07:47discriminó ni nada, sino que al
- 2:07:49contrario, obviamente se buscó su
- 2:07:51integración dentro del proceso. Entonces
- 2:07:54estos ajustes razonados al procedimiento
- 2:07:56se aplican tanto para el imputado como
- 2:07:58para la víctima, sea menor de edad o sea
- 2:08:00mayor de edad.
- 2:08:03Muchas gracias, doctor. Continuamos
- 2:08:05ahora con una pregunta de las personas
- 2:08:07que nos acompañan de manera presencial.
- 2:08:20Gracias. Buenas tardes. Buenas
- 2:08:21tardes.
- 2:08:21La pregunta es este si la constancia del
- 2:08:24presente diplomado
- 2:08:27tendrá vigencia de carácter aplicatorio
- 2:08:30para toda la República o solamente para
- 2:08:32el estado de Nuevo León,
- 2:08:34¿estados o solamente es este de carácter
- 2:08:37local?
- 2:08:40Miren, yo la verdad yo creo que una
- 2:08:42constancia eh expedida por una
- 2:08:45institución educativa como lo es eh
- 2:08:49aquí el Consejo de la Judicatura a
- 2:08:51través de esta institución de educación
- 2:08:55y de formación eh judicial,
- 2:08:59para mí tiene que tener valor en toda la
- 2:09:02República Mexicana.
- 2:09:05Pero
- 2:09:07les comento, de [resoplido] repente hay
- 2:09:09jueces
- 2:09:12que tienen ideas diferentes
- 2:09:16que no aplican lo que dice el artículo
- 2:09:1964 de la ley, que el artículo 64 de la
- 2:09:21ley dice una una constancia expedida por
- 2:09:24una institución eh educativa y
- 2:09:27obviamente o una institución como de
- 2:09:30capacitación como sería est en poder
- 2:09:32judicial y que nos diga, "No, pues para
- 2:09:34A mí solamente vale la que expide mi mi
- 2:09:37mi escuela judicial o mi escuela esto.
- 2:09:40Pues creo que eso no lo dice la ley. Es
- 2:09:42una interpretación muy personal que sí
- 2:09:44me han comentado algunas alumnos y
- 2:09:46algunas personas. Oiga, pues es que las
- 2:09:48constancias de Durango dicen que no
- 2:09:50valen e en otro estado y las de Coahuila
- 2:09:53no dicen que no valen en Durango. No le
- 2:09:55digo a ver. Creo que una constancia
- 2:09:58tiene todo el sistema educativo
- 2:10:00mexicano, así como un estudio, si yo
- 2:10:03estudio en la ciudad de Monterrey, tengo
- 2:10:04una cédula de la ciudad de Monterrey,
- 2:10:07puedo ejercer mi profesión en cualquier
- 2:10:09estado de la República. Creo que eso es
- 2:10:11materia de la ley de educación y tendría
- 2:10:15que servir para toda la República
- 2:10:17Mexicana. Y creo que el juez que no
- 2:10:19permita eso, pues obviamente estaría
- 2:10:23yéndose en facultades que no le
- 2:10:25correspondan.
- 2:10:27Gracias. Muchas gracias.
- 2:10:30Desde nuestra audiencia virtual nos
- 2:10:32comparten la siguiente pregunta. ¿Se
- 2:10:34pueden llevar a cabo audiencias sin un
- 2:10:36adulto responsable acompañando al menor?
- 2:10:40Es un derecho que tiene el el
- 2:10:42adolescente en términos del artículo 42.
- 2:10:45Si no hay adulto responsable, el juez lo
- 2:10:49conducente es solicitar que se mande una
- 2:10:53persona a la procurad de protección para
- 2:10:55que funja como esta figura que les digo
- 2:10:57que es la representación en cuadyancia.
- 2:11:00Eh, si no no lo pueden llevar porque es
- 2:11:03un derecho que tiene de acompañamiento y
- 2:11:06y deriva concretamente un derecho del
- 2:11:08artículo 40 de la Convención de los
- 2:11:11Derechos del Niño. O sea, es un derecho
- 2:11:13humano y al ser un derecho humano no es
- 2:11:15renunciable.
- 2:11:17tiene que estar forzosamente un eh
- 2:11:20cumplir con esta situación desde la
- 2:11:22investigación, porque si en la
- 2:11:24investigación, en la audiencia no se
- 2:11:26llevó a cabo, no se contó con esta
- 2:11:28persona, pues obviamente también el el
- 2:11:30dato de investigación se puede hacer
- 2:11:33nulo.
- 2:11:35Muchas gracias, doctor. Vamos a pasar a
- 2:11:37otra pregunta para quien nos acompañan
- 2:11:40de manera presencial.
- 2:11:42Okay, adelante.
- 2:11:44¿Qué tal? Buenas tardes. Eh, regresando
- 2:11:47etapas al inicio de, bueno, como lo
- 2:11:50vimos el lunes, eh para iniciar la
- 2:11:53carpeta de investigación, eh, ¿es
- 2:11:56procedente o se necesita, perdón, más
- 2:11:58bien la especialidad en la materia de
- 2:12:01adolescentes? Si la víctima que de
- 2:12:04bueno, más bien quien denuncia es la
- 2:12:07madre de
- 2:12:09una víctima adolescente,
- 2:12:12eh necesita el Ministerio Público ser
- 2:12:14competente en la materia.
- 2:12:17Bueno, aquí recordemos una situación muy
- 2:12:19interesante, eh, y esto es muy
- 2:12:21importante. ¿Hasta dónde llega la
- 2:12:23especialización y hasta dónde no?
- 2:12:25Sabemos de antemano que cuando se
- 2:12:27presenta una denuncia eh, se presenta
- 2:12:30ante la unidad receptora.
- 2:12:32Es decir, no va a ser el agente del
- 2:12:34Ministerio Público que investigar.
- 2:12:35Cualquier persona puede tomar la
- 2:12:37denuncia. De hecho, hay denuncias que se
- 2:12:40toman por eh en base al informe de
- 2:12:45policía homologado, la actuación del
- 2:12:47primer respondiente y el primer
- 2:12:49respondiente toma las primeras
- 2:12:50situaciones y de ahí se deriva de la
- 2:12:52entrevista con la víctima y le dice que
- 2:12:54por favor presente la denuncia. Y aquí
- 2:12:56ha habido una situación muy interesante.
- 2:12:58Me han dicho, "Oiga, el primer
- 2:13:00respondiente tiene que ser especializado
- 2:13:03no. El primer respondiente no. El
- 2:13:06artículo 63 nos habla de la policía
- 2:13:07investigadora y es igual que cuando la
- 2:13:10flagrancia. ¿Quién puede detenerlo?
- 2:13:12cualquier persona,
- 2:13:14no, no tiene que ser especializado.
- 2:13:16Cuando se presenta una denuncia ante la
- 2:13:19unidad receptora, la puede recibir
- 2:13:20cualquier agente del Ministerio Público.
- 2:13:23a partir de ese momento que se desprenda
- 2:13:26pues oye, de la denuncia y quién es el
- 2:13:28imputado, porque a lo mejor puede ser
- 2:13:30una denuncia con una persona que todavía
- 2:13:33no sabemos quién es el responsable o si
- 2:13:36hay un señalamiento, pues ya sabemos si
- 2:13:38ah esta denuncia es una denuncia este
- 2:13:41contra un adolescente, pues remítasela
- 2:13:44para que ya se integre la carpeta
- 2:13:47con el agente del Ministerio Público
- 2:13:49Especializado, pero creo que es hasta el
- 2:13:51momento de de que ya se remitió la
- 2:13:53denuncia donde ya empezamos ahora sí a
- 2:13:55cubrir esta situación. Sí, porque una de
- 2:13:58las cuestiones que tiene el que nos dice
- 2:14:00que el agente del Ministerio Público es
- 2:14:02el investigador de los delitos, pues el
- 2:14:05agente del Ministerio Público es único
- 2:14:06indivisible. Una vez que la recibe, pues
- 2:14:09ya la turna al agente especializado para
- 2:14:12que continúe con todo el proceso de
- 2:14:13investigación, pero ya el proceso de
- 2:14:15investigación cumpliendo con las
- 2:14:17formalidades y con los derechos que
- 2:14:19tienen los adolescentes sujetos a
- 2:14:21proceso, ya que el proceso es como lo
- 2:14:24dice el artículo 118 nos remite el
- 2:14:27código nacional, inicia desde la
- 2:14:29investigación inicial. Entonces, desde
- 2:14:31la investigación inicial ya tendríamos
- 2:14:33nosotros que contar con con la
- 2:14:36especialización y qué contar con estas
- 2:14:38cuestiones,
- 2:14:40salvo lo de flagrancia.
- 2:14:41De nada, gracias.
- 2:14:45Desde nuestra audiencia virtual nos
- 2:14:47comparten la siguiente pregunta. En el
- 2:14:50sistema penal de adolescentes se
- 2:14:52advierte que no hay prisión preventiva
- 2:14:53oficiosa. ¿Es correcto?
- 2:14:56adecuadamente correcto. Eh, es una de
- 2:14:59las cuestiones que nos señala eh la
- 2:15:01regla del artículo 122 que nos habla que
- 2:15:04en materia de adolescentes no hay
- 2:15:06prisión preventiva oficiosa. De hecho,
- 2:15:08por eso la regla en 122 nos habla de
- 2:15:11prisión justificada, o sea, es es no
- 2:15:14solamente la regla de la necesaria, sino
- 2:15:16que hay una regla específica para la
- 2:15:18prisión y obviamente esta cuestión
- 2:15:21justificada.
- 2:15:23Y tomemos en cuenta otra cosa que nos
- 2:15:24dice el artículo 164.
- 2:15:27Las conductas del 164
- 2:15:30no pueden ser cometidas en grado de
- 2:15:32tentativa, porque en grado de tentativa
- 2:15:35no admiten tampoco internamiento.
- 2:15:40Muchas gracias, doctor. Agradecemos
- 2:15:42profundamente las aportaciones y
- 2:15:44experiencias compartidas por nuestro
- 2:15:46expositor y en nombre del Poder Judicial
- 2:15:48del Estado Nuevo León se le entrega un
- 2:15:51merecido reconocimiento por su
- 2:15:53participación, el cual a la letra dice:
- 2:15:57"El Poder Judicial del Estado Nuevo
- 2:15:58León, a través del Instituto de la
- 2:16:00Judicatura, otorga el presente
- 2:16:02reconocimiento al Dr. Alejandro Ramón
- 2:16:05Fuentes por su brillante disertación del
- 2:16:08tema etapa intermedia y preparación del
- 2:16:11juicio. Del módulo dos, etapas
- 2:16:13procesales y control judicial del
- 2:16:15procedimiento penal para adolescentes.
- 2:16:18Monterrey, Nuevo León a 21 de octubre de
- 2:16:222026. Firma el reconocimiento el maestro
- 2:16:25José Antonio Gutiérrez Flores, director
- 2:16:28general del Instituto de la Judicatura
- 2:16:30del Poder Judicial del Estado de Nuevo
- 2:16:32León.
- 2:16:34Es así,
- 2:16:36es así como ha concluido esta sesión del
- 2:16:38diplomado en actualización en derecho
- 2:16:41procesal mercantil. Agradecemos su
- 2:16:43asistencia y les informamos que la
- 2:16:46siguiente sesión está prevista para el
- 2:16:4826 de octubre de 2026 en punto de las 16
- 2:16:53horas. El tema abordar será juicio oral
- 2:16:56y sentencia, dando continuidad al módulo
- 2:16:592, etapas procesales y control judicial
- 2:17:02del procedimiento penal para
- 2:17:04adolescentes. Ahora bien, les recordamos
- 2:17:07que es importante contestar la
- 2:17:09evaluación del docente, así como
- 2:17:11realizar las actividades síncronas que
- 2:17:13aparecen dentro del micrositio. Sin nada
- 2:17:16más por agregar, les agradecemos a todos
- 2:17:19y todas por acompañarnos. que tengan la
- 2:17:21mejor de las tardes.
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