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Diplomado de Actualización en Derecho Procesal Mercantil — Transcript

by Instituto de la Judicatura · 13,274 words · 2,425 segments · language en · Watch on YouTube

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  125. 30:45La cámara
  126. 31:13Ahí
  127. 32:231, dos, Tres.
  128. 41:23y todos bienvenidos, así como a quienes
  129. 41:25nos acompañan a través de los medios
  130. 41:27digitales, dando continuidad a La
  131. 41:30programación académica del diplomado de
  132. 41:33actualización en derecho procesal
  133. 41:35mercantil en el marco del módulo 3,
  134. 41:38recursos y amparo en materia mercantil.
  135. 41:41Tenemos el día de hoy el gusto de contar
  136. 41:43con la participación del doctor Jesús
  137. 41:45Alejandro Mendoza Aguirre, quien
  138. 41:48abordará el tema revocación y
  139. 41:51reposición, de quien me permito leer una
  140. 41:53semblanza curricular.
  141. 41:57El doctor cuenta con la licenciatura y
  142. 41:59la maestría en derecho de la Universidad
  143. 42:01Autónoma de Coahuila. Asimismo, es
  144. 42:04Máster en Sistemas de Justicia y
  145. 42:06Racionalidad por la Universidad de
  146. 42:09Girona, España, en coordinación con la
  147. 42:12Universidad de Génova, Italia. Además es
  148. 42:15doctor en derecho con acentuación en
  149. 42:18materia civil por el Instituto de
  150. 42:20Postgrado de Humanidades.
  151. 42:23Ha impartido cátedra y ponencias en la
  152. 42:25Universidad Nacional Autónoma de México,
  153. 42:29en la Universidad Autónoma de Nuevo León
  154. 42:31y en otras de varios estados del país.
  155. 42:34También fue consejero universitario de
  156. 42:36la Facultad de Derecho de la Universidad
  157. 42:39Autónoma de Coahuila. Ha recibido
  158. 42:41diversos reconocimientos nacionales y en
  159. 42:44el extranjero, tanto por su trayectoria
  160. 42:47profesional como académica, entre otros,
  161. 42:50la medalla don Miguel Ramos Arispe por
  162. 42:52la Cámara de Senadores de la República
  163. 42:55como abogado del año 2023. Es autor de
  164. 42:58cuatro libros de derecho familiar,
  165. 43:01mercantil y amparo, de los cuales, cabe
  166. 43:04mencionar estarán a su disposición para
  167. 43:06la venta al concluir la sesión de hoy,
  168. 43:09así como es ponente en una gran cantidad
  169. 43:11de conferencias, congresos, talleres y
  170. 43:14diplomados a nivel nacional e
  171. 43:16internacional. Desde 2002 es abogado
  172. 43:20postulante, asimismo, director fundador
  173. 43:22del Instituto de Especialización en
  174. 43:25Derecho Mendoza, Escuela de Postgrados.
  175. 43:29Es importante indicarles que al término
  176. 43:32de la conferencia eh se abrirá un
  177. 43:34espacio para preguntas por parte de las
  178. 43:37y los asistentes, así como también de
  179. 43:40aquellos que desean intervenir a través
  180. 43:43de nuestras redes sociales.
  181. 43:47Dr. Jesús Alejandro Mendoza Aguirre,
  182. 43:49muchas gracias por acompañarnos el día
  183. 43:51de hoy. Adelante.
  184. 44:01Muchas gracias. Eh, agradezco mucho la
  185. 44:04invitación de la del Poder Judicial de
  186. 44:08Nuevo León, del Instituto de la del
  187. 44:11Consejo de la Judicatura y del Instituto
  188. 44:13y bueno, sobre todo de todos y cada uno
  189. 44:15de ustedes que nos acompañan el día de
  190. 44:17hoy en esta ponencia, en esta
  191. 44:19conferencia.
  192. 44:21Si esa tiene un poquito de giro para
  193. 44:23estarla siguiendo con ellos. Eh, se se
  194. 44:26gira tantito o no la Ah, creo que no,
  195. 44:29pero ahí se ve bien.
  196. 44:32Eh, agradeciendo ahí la
  197. 44:36invitación,
  198. 44:42vamos a
  199. 44:45a estar compartiendo o hablando el día
  200. 44:48de hoy acerca de dos tipos de recurso en
  201. 44:52el
  202. 44:55en materia mercantil o procesal
  203. 44:58mercantil, el recurso de revocación y el
  204. 45:00recurso de reposición.
  205. 45:02Sí.
  206. 45:03Eh, yo agradezco mucho nuevamente la la
  207. 45:06invitación de ustedes a compartir.
  208. 45:08estuve ya en un diplomado también muy
  209. 45:10exitoso del código nacional y pues
  210. 45:14bueno, ahora eh compartir con ustedes de
  211. 45:17este diplomado procesal mercantil pues
  212. 45:19también es un honor, pero sobre todo el
  213. 45:21agradecimiento es para ustedes que eh es
  214. 45:25un honor felicitarlos porque se están
  215. 45:28capacitando día con día, que es lo que
  216. 45:30nos exige propiamente la la carrera. Sí,
  217. 45:35en nuestro sistema judicial, eh,
  218. 45:38particularmente el tema de los recursos
  219. 45:41en materia mercantil se rige
  220. 45:43inicialmente o principalmente en la
  221. 45:46parte adjetiva o procesal del Código de
  222. 45:50Comercio.
  223. 45:52Eh, como ustedes ya lo vieron con la
  224. 45:54ponente, la magistrada que me antecedió
  225. 45:56en el diplomado, la los recursos en
  226. 45:59materia de apelación,
  227. 46:01existe la revocación y la la reposición,
  228. 46:05que son propiamente los que vamos a
  229. 46:09hablar el día de hoy.
  230. 46:12en lo que ataña estos dos recursos,
  231. 46:15déjenme les digo y es importante a
  232. 46:18ustedes que se capacitan y que además
  233. 46:20veo y los felicito que toman notas que
  234. 46:23difícilmente en estos dos recursos vamos
  235. 46:26a ir eh o a la supletoriedad
  236. 46:31actual del Código Federal de
  237. 46:33Procedimientos Civiles y Familiares y
  238. 46:36menos aún a la del procesal local porque
  239. 46:41las reglas de supl
  240. 46:42es que para que eh vayamos a ese
  241. 46:46ordenamiento requiere existir laguna
  242. 46:49legal o ciertos vacíos que se llenan con
  243. 46:51estos ordenamientos.
  244. 46:53En este sentido, vamos a encontrar en el
  245. 46:58en el Código de Comercio la mayoría de
  246. 47:01los aspectos que regulan tanto la
  247. 47:03revocación como la reposición. Y
  248. 47:06difícilmente
  249. 47:07en estos dos recursos vamos a ir
  250. 47:09suploriamente a estos códigos adjetivos
  251. 47:13y, incluso después de abril de 2027 al
  252. 47:17Nacional de Procedimientos Civil y
  253. 47:19Familiares, que va a ser el supletio eh
  254. 47:22con la entrada en vigor del Código
  255. 47:23Nacional. Sí.
  256. 47:26eh a manera de recordatorio
  257. 47:30el
  258. 47:32eh como ustedes lo saben, en oralidad
  259. 47:35mercantil, por dar unos recursos y por
  260. 47:37lo tanto eh en un primer contexto los
  261. 47:41recursos a los que nos vamos a estar
  262. 47:43refiriendo eh en esta tarde del día de
  263. 47:47hoy, pues son recursos que aplican en un
  264. 47:50primer momento en los juicios ordinarios
  265. 47:53mercantiles, en donde si hay recursos
  266. 47:56Y en los ejecutivos tradicionales, el
  267. 48:00ejecutivo mercantil tradicional, no
  268. 48:03hablo del ejecutivo mercantil oral
  269. 48:05porque para el ejecutivo mercantil oral
  270. 48:08y para el oral mercantil no se admite
  271. 48:11recurso alguno, no se no se admite medio
  272. 48:15ordinario de defensa mismo. Y quiero
  273. 48:18hacer este detenimiento de
  274. 48:22porque
  275. 48:25entender para efectos de amparo que va a
  276. 48:27ser su próxima sesión, pero que yo tuve
  277. 48:30el honor
  278. 48:33de trabajar en algún momento con el
  279. 48:36ministro Javier Laines Potisec cuando
  280. 48:39estuve en México y aprendí mucho de
  281. 48:41Amparo, incluso tengo un libro que está
  282. 48:43a la venta prologado por el ministro
  283. 48:47Y a manera de ir adelantando un poquito
  284. 48:50a su preparación de la sesión siguiente,
  285. 48:53que es amparo en materia mercantil, pues
  286. 48:55si tenemos que tener en cuenta y en
  287. 48:58claro que cuando se habla de medio
  288. 49:01ordinario, no confundamos que el medio
  289. 49:04ordinario de defensa es exclusivamente
  290. 49:07los recursos.
  291. 49:09Debemos de tener en cuenta que en
  292. 49:11algunas ocasiones ciertas actuaciones
  293. 49:15intraprocesales se atacan incluso, por
  294. 49:19ejemplo, a través de incidentes
  295. 49:22o incluso la 54 nos da algunas en
  296. 49:25algunas ocasiones el remedio de atacar
  297. 49:29alguna violación interprocesal
  298. 49:31a través de la solicitud de
  299. 49:33regularización del procedimiento.
  300. 49:36Pero cuando quiero yo llegar a este
  301. 49:39punto de plática
  302. 49:41es por lo interesante que se vuelve
  303. 49:44litigar la materia mercantil, materia de
  304. 49:46estricto derecho en donde no hay
  305. 49:48suplencia
  306. 49:50por la razón de que muy de la mano de
  307. 49:55esta exposición
  308. 49:57vamos a encontrar relación con la que
  309. 50:00ustedes van a recibir a otra magistrada
  310. 50:02ponente en materia de amparo
  311. 50:05¿Por qué?
  312. 50:07Porque adelantando un poquito la
  313. 50:09plática,
  314. 50:10para que se haga una debida preparación
  315. 50:13de la violación procesal,
  316. 50:15se tiene que interponer el recurso,
  317. 50:19perdón, me equivoqué, el medio ordinario
  318. 50:22de defensa que se
  319. 50:27encontrar a la apelación, a la
  320. 50:29reposición, a la revocación, algún
  321. 50:32incidente,
  322. 50:34alguna solicitud de polarización.
  323. 50:38que se inter
  324. 50:40dos que sea el medio
  325. 50:48que se interponga
  326. 50:51la ley y cuatro que se interponga.
  327. 50:57Solamente así, cumpliendo con esos
  328. 51:00cuatro requisitos,
  329. 51:02estamos preparando debidamente la
  330. 51:04violación procesal.
  331. 51:06para en su momento hacer valer esa
  332. 51:09violación procesal queando
  333. 51:15la violación procesal no es de aquellas
  334. 51:18que violan derechos sustantivos que
  335. 51:21tenemos que tener en cuenta que de
  336. 51:25nuestra carta magna, la parte dogmática,
  337. 51:28encontramos derechos fundamentales
  338. 51:31y se habla que son derechos
  339. 51:32fundamentales. decía García Amado y
  340. 51:34Atiensa cuando estuve yo allá en
  341. 51:37Castilla la Mancha, que son derechos
  342. 51:39fundamentales porque están positivizados
  343. 51:42en nuestra Constitución que se derechos
  344. 51:47esos derechos humanos, esos derechosales
  345. 51:50se subdividen de
  346. 51:57las acciones que pueden llegar a darse
  347. 52:00de la demanda a la sentencia que se
  348. 52:03denomina jurisponencialmente como
  349. 52:06violaciones intraprocesales
  350. 52:10solamente pueden atacarse en amparo
  351. 52:12indirecto si violan un derecho
  352. 52:16sustantivo
  353. 52:17lo que dice la correspondencia se
  354. 52:19consideren actos de imposible reparación
  355. 52:22que no es que otra cosa que esa
  356. 52:25violación procesal haya violado un
  357. 52:27derecho fundamental de índole sustan
  358. 52:30ejemplo
  359. 52:35La descub correspondenciaoarias.
  360. 52:42Bueno, necesito esperar hasta el amparo
  361. 52:45directo. La ataco como un
  362. 52:50concesa.
  363. 52:52Al violar derechos sustantivos
  364. 52:55atacarla en vía indirecta.
  365. 53:00sin dejarla guardada
  366. 53:03para hacerla valer llegando el amparo
  367. 53:06directo. La clave o el secreto para
  368. 53:09saber cuándo preparo una violación
  369. 53:12procesal
  370. 53:14por haber sido víctima de alguna
  371. 53:20o alguna violación procesal,
  372. 53:23la voy a encontrar en el artículo 172 de
  373. 53:26la Ley de Amparo. Todas las fracciones
  374. 53:27enuncian violaciones intraprocesales que
  375. 53:31si soy víctim la tengo que guardar para
  376. 53:34que dictada la sentencia definitiva
  377. 53:38la hago valer en amparo directo.
  378. 53:42Y la recomendación de atacar en amparo
  379. 53:45directo es hacer valer violaciones
  380. 53:48violaciones procesales
  381. 53:51y las cuestiones de fondo.
  382. 53:54Pero, ¿por qué saco a colazo esto?
  383. 53:56Porque para poder llegar allá y que me
  384. 53:58atiendan el concepto de violación
  385. 54:01atinente a una viola procesal, tuve que
  386. 54:04haber preparado correctamente la
  387. 54:06violación procesal. ¿Y cómo lo hago?
  388. 54:09solamente si hago estos cuantos
  389. 54:12requisitos que ya marqué interponer
  390. 54:14recurso, que el recurso haya sido el que
  391. 54:18se haya interpuesto en tiempo y que se
  392. 54:20haya interpuesto en forma. Con cualquier
  393. 54:22error que haya cometido en esto, a la
  394. 54:25hora de atacarlo en amparo directo, el
  395. 54:28colegiado me va a declarar inoperante
  396. 54:31el concepto de violación porque no
  397. 54:33preparé debidamente lo que se conoce
  398. 54:35como el principio de definitividad. Sí,
  399. 54:42en este sentido,
  400. 54:44eh los recursos que nos atañen en esta
  401. 54:48tarde son tanto el recurso de
  402. 54:54como
  403. 54:56el de reposición, ¿sí? que son medios,
  404. 55:00los he señalado como medios
  405. 55:02intraprocesales
  406. 55:04que se interponen ante el mismo juez y o
  407. 55:09magistrado de Tribunal de Apelaciones
  408. 55:13y que a diferencia de los recursos de
  409. 55:16índole vertical como la apelación o la
  410. 55:19queja, los va a resolver el mismo
  411. 55:22juzgador que emitió el acuerdo
  412. 55:24impugnado.
  413. 55:27decir, primer punto de nuestro de
  414. 55:30nuestro curso el día de hoy,
  415. 55:33la revocación la interpongo ante el
  416. 55:36mismo juez de primera instancia que
  417. 55:39emitió el acuerdo o decreto que estimo,
  418. 55:44me genera una y en el caso de la
  419. 55:47reposición lo interpongo ante el
  420. 55:50magistrado del Tribunal de Apelación,
  421. 55:52Tribunal Colegiado de Apelación ahora
  422. 55:54con las reformas que emitió el acuerdo
  423. 55:57de trámite que me genera un agravio y la
  424. 56:01diferencia con la apelación es que si
  425. 56:04bien la apelación se interpone ante el
  426. 56:05mismo juez que emite la sentencia o el
  427. 56:07auto o interlocutoria que voy a recurrir
  428. 56:11en la apelación el está obligado a
  429. 56:14remitir los autos a un tribunal superior
  430. 56:16jerárquico.
  431. 56:18El caso de la reposición y la revocación
  432. 56:21es que ese
  433. 56:24o ese mismo José va a ser quien va a
  434. 56:27tomar la determinación de reconsiderar
  435. 56:31el auto que ha que se ha recurdo.
  436. 56:35Y quizá los más de 20000 seguidores que
  437. 56:38nos siguen en línea y otros tantos que
  438. 56:42les agradezco su presencia en este
  439. 56:45podrán decir, no tiene mucho caso
  440. 56:49y por supuesto que a zona de para que se
  441. 56:52despierten los que pudieran estar
  442. 56:54ahorita dormidos por la porque acaban de
  443. 56:56terminar de comer.
  444. 56:58Pues sí, efectivamente hay juzgadores
  445. 57:00muy tercos.
  446. 57:02Jamás voy a revocar lo que yo mismo
  447. 57:03propio dicté.
  448. 57:06Pero no es la regla general. Y hay gente
  449. 57:10muy estudiada y muy madura judicialmente
  450. 57:13dice, "Bueno, pues tiene razón.
  451. 57:17El agravio es un dado y si el agravio es
  452. 57:20un dado de este tipo
  453. 57:24o reposición,
  454. 57:25está obligado el tribunal que está
  455. 57:27revisando este tipo de recurso
  456. 57:29horizontal
  457. 57:30a dictar una sentencia interlocutoria.
  458. 57:34que si
  459. 57:36observó la va aar el auto que emitió.
  460. 57:41Y esto es importante decirlo porque si
  461. 57:44así pasa,
  462. 57:47la violación procesal desaparece.
  463. 57:51Sí,
  464. 57:53ya no tengo nada que anotar
  465. 57:57en mi expediente o en mis metas para
  466. 57:59hacerlo valor
  467. 58:01que aquello que me generaba agravio se
  468. 58:04revocó a través de una interlocutoria
  469. 58:06por medio de lación en segunda instancia
  470. 58:09y laación en primera instancia y
  471. 58:13aquellación interprocesal al
  472. 58:16sentenciarse ese recurso
  473. 58:19desaparece.
  474. 58:21Si se declara parcialmente fundado,
  475. 58:24desaparece parcialmente.
  476. 58:27Y adelantándonos a esta interesante
  477. 58:29exposición y a que de todos modos
  478. 58:31ustedes tienen las diapositivas
  479. 58:34en ya los van a tener en su poder est
  480. 58:42ver algunas reglas. Primero,
  481. 58:47una regla que yo quisiera que se
  482. 58:49grabaran de memoria, sobre todo y
  483. 58:52principalmente
  484. 58:53los abogados postulantes y los
  485. 58:56funcionarios judiciales. A ver, qué
  486. 58:58bonito libro trae por ahí.
  487. 59:01Este, y los funcionarios judiciales que
  488. 59:05este, mire, me lo presta tantito. Sí.
  489. 59:10No, no, eso por supuesto. Sí, se lo voy
  490. 59:12a regresar. Fíjese que les pido eh, con
  491. 59:16motivo de que lo veo con el libro y pues
  492. 59:17me da mucho gusto verlo con mi libro,
  493. 59:19que en el en la inteligencia artificial
  494. 59:22o en el Google pongan pongan que le
  495. 59:24sugiera un buen libro de oral mercantil
  496. 59:26y creo que les desaparece el libro ahí.
  497. 59:29Este, sí,
  498. 59:32por supuesto. Claro que sí.
  499. 59:34Sí, no, ahorita se lo firmo con mucho
  500. 59:36cariño. Bien, lo que quería que se
  501. 59:38grabara un muy importante es
  502. 59:42procurso contra recurso. Y esa regla es
  503. 59:46sumamente importante porque la sentencia
  504. 59:50interlocutoria que resuelve el recurso
  505. 59:52de reposición y o revocaciónite
  506. 59:57recurso anterior.
  507. 59:59¿Qué significa también esto? que si bien
  508. 1:00:03vamos a a ver aquí en los tipos de
  509. 1:00:07sentencias que pueden dictarse en los
  510. 1:00:09recursos
  511. 1:00:11y ahorita me regreso.
  512. 1:00:20Si bien en la en la resolución en las
  513. 1:00:24sentencias que resuelven los recursos,
  514. 1:00:27perdón, si se ve. Puede la sentencia
  515. 1:00:31dictarse
  516. 1:00:33confirmando, modificando, revocando.
  517. 1:00:37Solamente
  518. 1:00:38la sentencia que revoca hace que la
  519. 1:00:41violación procesal desaparezca para no
  520. 1:00:43hacerla valer en amparo directo.
  521. 1:00:47Sin embargo, si la sentencia confirma,
  522. 1:00:52la violación procesal subsiste
  523. 1:00:56y si esa sentencia interlocutoria que
  524. 1:00:59resolvió esa temática, vuelvo a repetir,
  525. 1:01:03es alguna cuestión intraprocesal de
  526. 1:01:06índole que viola algún derecho
  527. 1:01:08fundamental de índole adjetivo para
  528. 1:01:12encontrar el la respuesta de todos los
  529. 1:01:15que están en el 172 de la Ley de Amparo.
  530. 1:01:18Ahí vienen. Doy algún ejemplo. Me
  531. 1:01:20desecharon una prueba, admitieron
  532. 1:01:22ilegalmente una prueba, no me
  533. 1:01:23notificaron alguna resolución que
  534. 1:01:26debieron de haberme notificado. Ahí
  535. 1:01:28vienen todas.
  536. 1:01:30Si no se me viola una un derecho
  537. 1:01:33fundamental de índole sustantivo que se
  538. 1:01:36considere no de acto, no acto de
  539. 1:01:37imposible reparación, debo tomar nota
  540. 1:01:41que ya preparé la violación procesal
  541. 1:01:44para hacerla valer en amparo directo y
  542. 1:01:47para que se despierten. Y si gané, ¿cómo
  543. 1:01:49debo hacerla valer? En en qué tipo de
  544. 1:01:52amparo
  545. 1:01:54en amparo a decir regla. Creo que si mal
  546. 1:01:57no recuerdo lo estoy diciendo de
  547. 1:01:58memoria. El 182 de la ley de amparo
  548. 1:02:02establece que si no se combate en amparo
  549. 1:02:06adhesivo la violación procesal y da la
  550. 1:02:09vuelta, precluye el derecho para hacerlo
  551. 1:02:11valer en un segundo amparo. Entonces yo
  552. 1:02:14tengo que tomar nota de la violación
  553. 1:02:16procesal y si se emite sentencia y la
  554. 1:02:19sentencia definitiva que se dictó,
  555. 1:02:24la violación procesal trascendió en el
  556. 1:02:27resultado de esa sentencia.
  557. 1:02:29tengo que atacarlo en amparo directo en
  558. 1:02:31mis conceptos de violación de índole
  559. 1:02:34procesal.
  560. 1:02:36Y si bien el orden no altera el
  561. 1:02:39producto, es recomendable, y ahí lo digo
  562. 1:02:41yo en otro de los libros que tengo, que
  563. 1:02:44primero hay que atacar las violaciones
  564. 1:02:46procesales, las de índole formal y al
  565. 1:02:49último los conceptos de violación de
  566. 1:02:51fondo.
  567. 1:02:53por regla general, porque si es fundada
  568. 1:02:55una violación de índole procesal, el
  569. 1:02:58amparo se va a conceder para efectos
  570. 1:03:01para efectos de que se reponga el
  571. 1:03:03procedimiento, se purgue o se repare la
  572. 1:03:06violación procesal y con libertad de
  573. 1:03:08jurisdicción el la responsable emita una
  574. 1:03:12nueva sentencia. De ahí que siempre es
  575. 1:03:16recomendable primero en nuestros amparos
  576. 1:03:19directos hacer valer las violaciones
  577. 1:03:22formales, las procesales y al último las
  578. 1:03:26cuestiones de fondo.
  579. 1:03:29Aún que, por ejemplo, si como no buenos
  580. 1:03:33matemáticos, porque la mayoría de los
  581. 1:03:34que estudiamos derecho le sacamos a las
  582. 1:03:36matemáticas, pues no deja no debemos de
  583. 1:03:40dejar de recordar el principio de que el
  584. 1:03:43orden de los factores no altere
  585. 1:03:44producto.
  586. 1:03:46Esto esto obliga al Tribunal
  587. 1:03:48Constitucional de Amparo, al colegiado,
  588. 1:03:51a hacer un análisis íntegro de la
  589. 1:03:53demanda y si el quejoso no acomodó las
  590. 1:03:57violaciones procesales, los conceptos de
  591. 1:03:59violación en este orden, pues atendiendo
  592. 1:04:01al principio mayor beneficio que le
  593. 1:04:03otorga al Quejoso, el tribunal va a
  594. 1:04:05hacer este orden. Sí. Bien.
  595. 1:04:28también muy importante, no lo dicen las
  596. 1:04:31diapositivas y sí quisiera que por favor
  597. 1:04:35tomara nota porque es también sumamente
  598. 1:04:39importante abocarnos a un criterio
  599. 1:04:42jurisprudencial que establece
  600. 1:04:45que
  601. 1:04:47las los acuerdos o decretos no
  602. 1:04:51recurridos de esa misma forma, en
  603. 1:04:54tiempo, en forma y de manera idónea se
  604. 1:04:57consideran como actos consentidos
  605. 1:05:00y adquieren firmeza.
  606. 1:05:03Entonces sí tenemos que tener muy en
  607. 1:05:05cuenta que hay que atacarlos de manera
  608. 1:05:08correcta en tiempo, eh en forma que es
  609. 1:05:11expresando agravios y eh
  610. 1:05:15a través del recurso que resulte idóneo.
  611. 1:05:19Porque si para atacar determinado
  612. 1:05:22proveído o auto era apelación e
  613. 1:05:25interpongo la revocación, pues ya no
  614. 1:05:28estoy preparando debidamente la
  615. 1:05:29violación procesal y en términos
  616. 1:05:31jurisprudenciales estoy consintiendo el
  617. 1:05:35acto, el cual al haber al no haberlo
  618. 1:05:38impugnado correctamente
  619. 1:05:40le estoy dando firmeza.
  620. 1:05:46Y [resoplido] yo he visto, porque eh soy
  621. 1:05:50director de un instituto de posgrado que
  622. 1:05:53ha tenido una maestría algo exitosa y
  623. 1:05:55uno de los maestros que tenemos ahí en
  624. 1:05:58el instituto es el maestro Telles
  625. 1:06:01Espinoza, yo creo que alguien lo sigue
  626. 1:06:03por ahí, es muy exitoso en el amparo y
  627. 1:06:06he visto que a veces recomienda eh la
  628. 1:06:09aplicación de un artículo que incluso
  629. 1:06:11traigo aquí anotado
  630. 1:06:14de 100 71
  631. 1:06:18eh último párrafo.
  632. 1:06:21Pero
  633. 1:06:23la verdad que atendiendo a estos 2000
  634. 1:06:27personas que se capacitan en el
  635. 1:06:28diplomado y a todos ustedes que hacen un
  636. 1:06:30esfuerzo de estar aquí capacitándose,
  637. 1:06:33yo les recomiendo que seamos, si
  638. 1:06:35litigamos la materia mercantil, seamos
  639. 1:06:37muy cuidadosos de nuestros asuntos,
  640. 1:06:39porque son materias que se rigen, como
  641. 1:06:42lo hemos dicho, bajo el principio
  642. 1:06:44estricto derecho, eh, liticerrada
  643. 1:06:49y pretender invocar este 171 último
  644. 1:06:53párrafo es cuando ya nos cae un asunto
  645. 1:06:58manoceado a veces y mal atendido.
  646. 1:07:01¿Qué quiere decir? aquel asunto en el
  647. 1:07:03que tengo que interponer la una un
  648. 1:07:06recurso contra la sentencia definitiva,
  649. 1:07:07pero que me doy cuenta que hubo durante
  650. 1:07:10la secuela del proceso muchas
  651. 1:07:12violaciones procesales
  652. 1:07:14y que no se atacaron en tiempo de manera
  653. 1:07:17idónea y en en la en la forma que exige
  654. 1:07:20la ley.
  655. 1:07:23Pocas veces eh he hecho conceptos de de
  656. 1:07:27violación invocando este último párrafo
  657. 1:07:31del 171. y pidiendo,
  658. 1:07:35dado la estupidez que trae el asunto de
  659. 1:07:37no haberse interpuesto el recurso en
  660. 1:07:40tiempo, en forma y de manera idónea,
  661. 1:07:43la inconvencionalidad es la norma que
  662. 1:07:45exige esas reglas o la
  663. 1:07:47inconstitucionalidad
  664. 1:07:49y nos la vamos jugando
  665. 1:07:52porque tengo 25 años litigando, ya me
  666. 1:07:56veo más raqueteado, pero es más o menos
  667. 1:07:58esa fecha y pocas veces el el tribunal
  668. 1:08:02constitucional hace ese como control
  669. 1:08:06y hace esa inaplicación de la norma
  670. 1:08:09porque mayormente dice, "No, este, al
  671. 1:08:13pretender esta este tipo de labor se
  672. 1:08:17tiene que cuidar mucho no romper con el
  673. 1:08:19principio de igualdad procesal. Si yo te
  674. 1:08:21estoy haciendo esto, te estoy supliendo
  675. 1:08:23cierta deficiencia al no haber
  676. 1:08:26interpuesto el recurso, al no haberlo
  677. 1:08:28hecho en tiempo, al no haberlo hecho de
  678. 1:08:30manera idioma y violo el principio de
  679. 1:08:32igualdad procesal, que es como que una
  680. 1:08:35tira muy fina en este tipo de cuestión.
  681. 1:08:38De ahí que la principal recomendación
  682. 1:08:41que yo haría es litigar los asuntos de
  683. 1:08:44índole mercantil con mucha cautela y
  684. 1:08:47mucho cuidado por los tiempos, por las
  685. 1:08:50formas y porque el el interponer el
  686. 1:08:54recurso que no resulta el idóneo, vuelvo
  687. 1:08:56a repetir, hace que la violación
  688. 1:08:58procesal no quede debidamente atacada y
  689. 1:09:01que por consecuencia no la pueda
  690. 1:09:04atacar en amparo directo y o si el
  691. 1:09:08ataco,
  692. 1:09:10eh me el colegiado me puede declarar el
  693. 1:09:13concepto de violación este inoperante.
  694. 1:09:18Y lo más triste es que cuando ves este
  695. 1:09:20tipo de resoluciones, a uno como
  696. 1:09:23litigante, te das así como de topes en
  697. 1:09:26la cabeza en una pared, fundado, pero
  698. 1:09:30inoperante
  699. 1:09:31por que no se eh agotó correctamente el
  700. 1:09:36principio de definitividad, no se
  701. 1:09:37interpuso el recurso que era el idóneo.
  702. 1:09:41esta excepción
  703. 1:09:44de no colmar el principio de
  704. 1:09:46definitividad, el mismo 171 lo marca en
  705. 1:09:49sus primeras fracciones solamente en
  706. 1:09:51casos de menores cuando se deja al
  707. 1:09:53quejoso en pleno estado de indefensión.
  708. 1:09:55O sea, son casos muy contados en donde
  709. 1:09:58pudiera haber esta cierta eh suplencia
  710. 1:10:02eh para este tipo de aspectos.
  711. 1:10:05Regla anotable
  712. 1:10:08también para la procedencia.
  713. 1:10:10Todo lo que no es apelable es revocable.
  714. 1:10:16Y entonces, otra recomendación que yo
  715. 1:10:18hago y que eh si todavía tienen
  716. 1:10:21oportunidad de contacto con la maestra
  717. 1:10:24magistrada que les impartió el tema de
  718. 1:10:26apelación, que los felicito, ha sido
  719. 1:10:28excelente este curso, yo lo he estado
  720. 1:10:29siguiendo y además tengo un buen amigo
  721. 1:10:31que me ha estado mandando y que creo que
  722. 1:10:33está incluso en el YouTube están
  723. 1:10:34cargadas las clases, ¿va? Entonces,
  724. 1:10:36este, si se te van, pues por ahí las
  725. 1:10:37puedes ver, ¿eh?
  726. 1:10:40La regla propia es mi recomendación como
  727. 1:10:43postulante, incluso no nada más como
  728. 1:10:44postulante para el secretario, para el
  729. 1:10:47juez, para el magistrado, pues es muy
  730. 1:10:50prudente. Yo lo tengo ahí en mi oficina
  731. 1:10:52y le ha servido mucho a los abogados que
  732. 1:10:53trabajan conmigo como una tablita.
  733. 1:10:56¿Cuáles son los autos apelables? Te saca
  734. 1:10:59mucho de pues como en un acordeón,
  735. 1:11:01¿verdad? Porque todo lo que no es
  736. 1:11:04apelable es revocable. Es la regla. Sí.
  737. 1:11:08Y otra regla para la procedencia es la
  738. 1:11:12cuantía.
  739. 1:11:14Y para la cuantía
  740. 1:11:19nos tenemos que ir al 1339 y 1340 del
  741. 1:11:23Código Comercio. Es el artículo que
  742. 1:11:25marca el monto eh apelable que
  743. 1:11:30actualmente es de 924,358
  744. 1:11:34pesos.
  745. 1:11:35Y entonces todos los asuntos con una
  746. 1:11:38cuantía menor a esta indicada, que son
  747. 1:11:40924,300,
  748. 1:11:43son asuntos de cuantía menor. Muchas
  749. 1:11:45veces hay juzgados para ese efecto y
  750. 1:11:48hacen que eh todos los autos por esa
  751. 1:11:52cuantía no sean apelables sino
  752. 1:11:55revocables.
  753. 1:11:57Sí,
  754. 1:11:59esa es como que una regla importante. En
  755. 1:12:02primera instancia, todo lo que no es
  756. 1:12:04apelable es revocable y por cuestión de
  757. 1:12:06la cuantía sería todos los asuntos en
  758. 1:12:11cuanto a la suerte principal. No debemos
  759. 1:12:14cuantificar intereses y prestaciones
  760. 1:12:16accesorias.
  761. 1:12:18Sí.
  762. 1:12:21Eh, esa es la otra regla. Sí.
  763. 1:12:26Entonces, asuntos menores al monto
  764. 1:12:28apelable 924,300.
  765. 1:12:31Los autos que se vayan dictando no los
  766. 1:12:33podemos apelar porque la cuantidad es
  767. 1:12:35menor a esa, al monto apelable. Y todos
  768. 1:12:38esos autos o decretos vamos a tenerlos
  769. 1:12:41que impugnar si nos generan un agravio a
  770. 1:12:44través del recurso de revocación. Sí.
  771. 1:12:50Si por el contrario el acuerdo o el
  772. 1:12:54decreto se emite en un tribunal de
  773. 1:12:56apelación o de colegiado de apelación
  774. 1:12:58ahora con la reforma, lo que tengo que
  775. 1:13:01interponer es el recurso de reposición.
  776. 1:13:05Sí.
  777. 1:13:09Y la otra regla muy importante en sus
  778. 1:13:11notas, a mí me encanta la gente que toma
  779. 1:13:12notas, yo también suelo ser muy así,
  780. 1:13:14todavía no me acostumbro a lo digital.
  781. 1:13:17Sí.
  782. 1:13:19es eh
  783. 1:13:21que solo son eh revocables o motivo de
  784. 1:13:27la reposición los autos y los decretos.
  785. 1:13:32No se admite para este tipo de recursos
  786. 1:13:34que se interpongan en contra de
  787. 1:13:36interlocutores y menos aún en contra de
  788. 1:13:40definitivas, porque las definitivas o se
  789. 1:13:43atacan por apelación cuando el asunto es
  790. 1:13:45apelable. hablo de los del ordinario
  791. 1:13:47mercantil, hablo de los juicios
  792. 1:13:49especiales como los de fianzas
  793. 1:13:52y o si no son recurribles como el oral
  794. 1:13:55mercantil, pues contra la sentencia es
  795. 1:13:58el amparo directo. Sí, pero es otra
  796. 1:14:01regla, ¿no? Eh, los recursos de
  797. 1:14:04revocación y reposición no se interponen
  798. 1:14:06jamás en contra de una sentencia. Y
  799. 1:14:09quiero ver si este honorable grupo que
  800. 1:14:12algunos se han de estar durmiendo, pero
  801. 1:14:13otros los veo muy muy atentos. me está
  802. 1:14:16poniendo atención. ¿Por qué razón?
  803. 1:14:20En base a lo que ya les dije, una
  804. 1:14:23sentencia interlocutoria
  805. 1:14:25[resoplido] que resuelve principalmente
  806. 1:14:27incluso un recurso de esta naturaleza,
  807. 1:14:29no admite recurso. ¿Qué regla les di
  808. 1:14:33para poder sustentar que contra la
  809. 1:14:36sentencia que resuelve el recurso de
  810. 1:14:39reposición y o revocación no se admite
  811. 1:14:42un ulterior recurso,
  812. 1:14:46esa es la regla. Vale, le voy a regalar
  813. 1:14:48otro libro a ustedes. [risas] Sí, uno de
  814. 1:14:51mis libros. Efectivamente, la regla es
  815. 1:14:52que no procede recurso contra recurso.
  816. 1:14:55Sí. Bien. Y ahora sí todos van a querer
  817. 1:14:59contestar, ¿verdad?
  818. 1:15:01Es motivación.
  819. 1:15:05Ya dijimos los verticales en el caso eh
  820. 1:15:10del del Código de Comercio únicamente
  821. 1:15:12son la apelación. Los horizontales son
  822. 1:15:14los que hoy nos ocupan, que son la
  823. 1:15:17revocación en primera instancia y la
  824. 1:15:20reposición en segunda instancia. Sí.
  825. 1:15:25Y bueno,
  826. 1:15:27aquí algunos doctrinarios dicen que el
  827. 1:15:29recurso de revocación es el medio
  828. 1:15:32ordinario
  829. 1:15:33de excelencia de impugnación, pero pues
  830. 1:15:37bueno, yo diría que es para el caso de
  831. 1:15:39los asuntos de menor cuantía es el medio
  832. 1:15:41ordinario por excelencia, pero para los
  833. 1:15:43asuntos apelables pues el el recurso por
  834. 1:15:46excelencia es propiamente la apelación,
  835. 1:15:49como que va a depender mucho la cuantía
  836. 1:15:51y va a depender mucho
  837. 1:15:54otra Otra regla que ya lo señalé y que
  838. 1:15:56lo reitero nada más para efecto de que
  839. 1:15:58quede muy claro, eh, el aspecto propio
  840. 1:16:02de que lo que no es apelable es
  841. 1:16:05reconsiderable, es revocable, perdón. Si
  842. 1:16:08es que ya en Coahuila, que donde soy un
  843. 1:16:10servidor, existe la famosa
  844. 1:16:12reconsideración. Se me vino la Pero es
  845. 1:16:14el mismo efecto de la revocación. ¿Cuál
  846. 1:16:16es el fundamento? 1334 para la
  847. 1:16:19revocación y 1335
  848. 1:16:23para la la este, perdón, 1334 para la
  849. 1:16:26revocación y 1335 para la reposición
  850. 1:16:32del Código de Comercio. Si se fijan,
  851. 1:16:35estos suyo esit lo regaleso. Sí, sí, sí.
  852. 1:16:38Si se fijan, no hay necesidad de eh
  853. 1:16:42hasta donde vamos acudir a la
  854. 1:16:45supletoriedad.
  855. 1:16:47En este libro por mencionarlo, son
  856. 1:16:5020,000 20,000 personas. Ay, pensé en
  857. 1:16:52pesos, va, estoy pensando en cuánto los
  858. 1:16:54voy a vender. Va. Este, son 20,000
  859. 1:16:57personas los del diplomado. En el libro
  860. 1:16:59señalamos cuáles son las reglas para que
  861. 1:17:01proceda eh la norma complementaria. A
  862. 1:17:04ver si ahorita las la encuentras y ahí
  863. 1:17:05nos compartes un poquito, pero
  864. 1:17:08propiamente, como lo decíamos, o sea,
  865. 1:17:10requiere haber una laguna, un hueco, un
  866. 1:17:13vacío que la norma permita la
  867. 1:17:15complementariedad o la supletoriedad
  868. 1:17:17para irnos al Código Nacional después de
  869. 1:17:21abril de 2027 o al federal de
  870. 1:17:23procedimientos. Les reitero que
  871. 1:17:26doctrinalmente, con todo lo que he
  872. 1:17:28estudiado y con todo lo que he litigado,
  873. 1:17:31este tipo de recursos en materia
  874. 1:17:32mercantil difícilmente van a a tener que
  875. 1:17:37hacernos ir a lo complementario o a lo
  876. 1:17:40supletorio al al Código Procesal Local o
  877. 1:17:44al o al federal de procedimientos.
  878. 1:17:47Eh, efectos de la procedencia.
  879. 1:17:50Una vez que surte efectos la
  880. 1:17:51notificación,
  881. 1:17:54eh
  882. 1:17:56tenemos 3 días para interponer el
  883. 1:17:59recurso.
  884. 1:18:02La tramitación procesal es que
  885. 1:18:08debe interponerse por escrito.
  886. 1:18:17al prop
  887. 1:18:19eh debe interponerse por escrito. Se
  888. 1:18:22interpone ante el mismo tribunal que
  889. 1:18:25emite el acuerdo.
  890. 1:18:28Eh, perdón. Sí. Y va a resolverse por
  891. 1:18:32ese mismo juez de primera instancia o
  892. 1:18:35tribunal de apelaciones eh colegiadas.
  893. 1:18:38Sí. Bien.
  894. 1:18:41Eh, no, más bien viene eh alguna hay una
  895. 1:18:45en una de las páginas como seis
  896. 1:18:47supuestos de cuándo eh podemos ir a la
  897. 1:18:50complementariedad. Si a lo mejor si te
  898. 1:18:52vas al al
  899. 1:18:54este al temario lo vas a encontrar. Sí,
  900. 1:18:58sí.
  901. 1:19:10Y hasta este
  902. 1:19:13momento con los organizadores se haya
  903. 1:19:16generado alguna pregunta interesante
  904. 1:19:17para no se escucha.
  905. 1:19:21Sí, ya, perdón. Bueno, pero después los
  906. 1:19:23que nos van a colgar son los los 18,000
  907. 1:19:27que nos siguen por redes, va, digo,
  908. 1:19:28perdón, por la plataforma o el webinar.
  909. 1:19:31Creo que ya se escucha bien, ¿va? Sí,
  910. 1:19:33sí, ya se escucha bien. Bueno, a través
  911. 1:19:36de la plataforma de Zoom nos preguntan
  912. 1:19:40en relación al artículo 1339,
  913. 1:19:43primer párrafo del Código de Comercio,
  914. 1:19:45que indica, son irrecursibles las
  915. 1:19:48resoluciones que se dicen durante el
  916. 1:19:50procedimiento y las sentencias que
  917. 1:19:53recaigan en negocios cuyo monto sea
  918. 1:19:55menor a 924,380
  919. 1:20:00por concepto de suerte principal.
  920. 1:20:02Entonces, ¿qué resoluciones son las que
  921. 1:20:05cabrían para interponer la revocación
  922. 1:20:08dado que dice son irrecursibles en
  923. 1:20:11general? ¿No da pauta a la revocación?
  924. 1:20:14Sí. Eh, los asuntos de menor cuantía
  925. 1:20:17ahorita comparto lo traigo ahí en el eh
  926. 1:20:19porque preví preveí esa pregunta de las
  927. 1:20:23toritos. Eh, traemos ahorita y la vamos
  928. 1:20:26a compartir eh más adelante un criterio
  929. 1:20:29jurisprudencial que eh ha establecido
  930. 1:20:31que para no dejar en estado en defensión
  931. 1:20:33y en aplicación al 8 y al 25 de la
  932. 1:20:35Convención Americana sobre Derechos
  933. 1:20:37Humanos, eh lo que se permite es la
  934. 1:20:40revocación, o sea, la regla para los
  935. 1:20:43autos no apelables y los asuntos de
  936. 1:20:46cuantías menores es que eh se ataquen
  937. 1:20:50mediante el recurso de revocación. Eh,
  938. 1:20:53es decir,
  939. 1:20:55estoy litigando un asunto mercantil que
  940. 1:20:58su cuantía es mayor al monto apelable,
  941. 1:20:59es decir, 1 millón, interpongo la
  942. 1:21:03apelación contra el auto que me deshecha
  943. 1:21:05una prueba. Pero,
  944. 1:21:08¿qué pasa si en el inter del proceso
  945. 1:21:12el juicio es de 800,000 pesos, un monto
  946. 1:21:14menor al apelable y me desechan una
  947. 1:21:16prueba? Pues eh el criterio que vamos a
  948. 1:21:19compartir más adelante, jurisprudencial,
  949. 1:21:21es el que nos resuelve que el auto sería
  950. 1:21:24este
  951. 1:21:26revocable, aunque genera esa
  952. 1:21:31eh perspicacia, decir, bueno, y el
  953. 1:21:34artículo dice que son irrecurribles,
  954. 1:21:37el lo que dice la jurisprudencia es que
  955. 1:21:41el artículo se encuentra dentro del
  956. 1:21:43capítulo de la apelación y que dan a
  957. 1:21:46entender que propiamente no admite
  958. 1:21:48apelación. Sí, ¿verdad? Porque de hecho
  959. 1:21:52incluso eh compañeros eh que yo creo que
  960. 1:21:55es lo que vieron con la maestra que les
  961. 1:21:57expuso la materia de eh apelación o el
  962. 1:22:01módulo de apelación es que las las
  963. 1:22:03sentencias definitivas
  964. 1:22:05que se dictan y eh con un monto menor al
  965. 1:22:08apelable no admiten apelación y contra
  966. 1:22:12este tipo de resoluciones hay que ir
  967. 1:22:14directamente al amparo porque para la
  968. 1:22:17procedencia del amparo cuando no hay
  969. 1:22:18recurso, la está listo para atacarse,
  970. 1:22:23que sería el mismo caso, compañeros,
  971. 1:22:26de una violación intraprocesal que no es
  972. 1:22:29recurrible.
  973. 1:22:31Se da.
  974. 1:22:32Y si esa violación intraprocesal no
  975. 1:22:34violó un derecho fundamental sustantivo,
  976. 1:22:37es decir, no me ordenaron un cateo de mi
  977. 1:22:40domicilio, no me ordenaron el rastreo de
  978. 1:22:42cuentas bancarias, sino que a lo mejor
  979. 1:22:45es que me desecharon una prueba, me voy
  980. 1:22:47al 172, es una violación procesal que me
  981. 1:22:51viola propiamente un derecho fundamental
  982. 1:22:54de índole adjetivo. La anoto para
  983. 1:22:57hacerla valer en amparo directo. Y es
  984. 1:23:00que el juicio no admite recursos. Cuando
  985. 1:23:03no hay recurso, la violación procesal a
  986. 1:23:06la hora de que se comete queda
  987. 1:23:08preparada, pero cuando hay recurso es
  988. 1:23:11cuando se vuelve interesante la
  989. 1:23:14situación. Sí.
  990. 1:23:18Bien.
  991. 1:23:21¿Qué otro aspecto de procedencia se
  992. 1:23:24deben expresar agravios?
  993. 1:23:28Es dado, yo lo he visto y me ha generado
  994. 1:23:33asombro ver recursos de revocación o de
  995. 1:23:37es más, hasta de apelación sin agravios.
  996. 1:23:41Yo creo que incluso motiva al tribunal
  997. 1:23:42hasta desecharlos de plano, o sea, qué
  998. 1:23:46atacas.
  999. 1:23:48Pero suponiendo que sí se haya
  1000. 1:23:51interpuesto en tiempo, que sí se haya
  1001. 1:23:54interpuesto el idóneo, pero que no
  1002. 1:23:55expresa agravios, no cumple con algunos
  1003. 1:23:58de los requisitos de procedibilidad de
  1004. 1:24:01forma, no se cumple con la forma y por
  1005. 1:24:04lo tanto se va a declarar eh infundado
  1006. 1:24:08el recurso y por lo tanto no queda la
  1007. 1:24:12violación procesal preparada porque de
  1008. 1:24:14los cuatro que hemos venido señalando le
  1009. 1:24:16faltó
  1010. 1:24:17un requisito, la forma. Sí, lo mismo
  1011. 1:24:21pasaría si sí expongo agravios, si sí lo
  1012. 1:24:25interpongo en tres días, pero en vez de
  1013. 1:24:27interponer la revocación, interpongo la
  1014. 1:24:29apelación, pues estoy frito porque no es
  1015. 1:24:32el recurso idóneo o pertinente.
  1016. 1:24:36Sí. Ahora,
  1017. 1:24:40en cuanto al en cuanto a la forma
  1018. 1:24:42propiamente,
  1019. 1:24:45yo ahí reitero en el libro que tuve el
  1020. 1:24:49gran honor que me prologara el ministro
  1021. 1:24:51Laines Fotisc en el libro de amparo,
  1022. 1:24:54expongo una recomendación de cómo
  1023. 1:24:56elaborar el concepto de violación o el
  1024. 1:24:58agravio
  1025. 1:25:01y esta recomendación no pasa inadvertida
  1026. 1:25:04para este honorable grupo del diplomado
  1027. 1:25:06procesal mercantil del Poder Judicial de
  1028. 1:25:07Nuevo León.
  1029. 1:25:10¿Por qué?
  1030. 1:25:12Porque estamos litigando o nos estamos
  1031. 1:25:14preparando en una materia que se rige
  1032. 1:25:16bajo el principio estricto derecho.
  1033. 1:25:19Y bajo el principio de estricto derecho,
  1034. 1:25:21es muy recomendable que el agravio se
  1035. 1:25:24forme
  1036. 1:25:26a manera de silogismo, aunque
  1037. 1:25:29existe el criterio jurisprudencial que
  1038. 1:25:32si del agravio se desprende la famosa
  1039. 1:25:34causa del pedir,
  1040. 1:25:36el tribunal que va a resolver ese
  1041. 1:25:38recurso tiene que atender el agravio
  1042. 1:25:42y la causa del pedir al último no es
  1043. 1:25:44otra cosa más que
  1044. 1:25:47para que se despierte por la marrana
  1045. 1:25:49revolcada. No, o sea, estos tres eh
  1046. 1:25:51desordenados, ¿sí? O a lo mejor pues me
  1047. 1:25:56pecha cabecha o traigo cierta flojera y
  1048. 1:25:58pues nada más hago la conclusión. Sí.
  1049. 1:26:02Este, y en la conclusión le pongo la
  1050. 1:26:05ley,
  1051. 1:26:06lo que hizo la autoridad y lo que me
  1052. 1:26:08genera el agravio, pues quizá ya no
  1053. 1:26:11estoy cumpliendo con todo el celogismo,
  1054. 1:26:13pero estoy cumpliendo con la causa del
  1055. 1:26:15pedir y el tribunal que va a resolver
  1056. 1:26:17recurso tiene que estudiar ese agravio.
  1057. 1:26:20El problema es que estamos en un asunto
  1058. 1:26:24o en una materia, reitero mucho, de
  1059. 1:26:27estricto derecho y que si nos falta
  1060. 1:26:29alguno,
  1061. 1:26:32el tribunal va a declarar eh inoperante
  1062. 1:26:36o infundado el agravio, no porque quizás
  1063. 1:26:38no tenga razón la persona agraviada o el
  1064. 1:26:41litigante, sino porque el abogado no
  1065. 1:26:43elaboró bien el agravio. Y entonces en
  1066. 1:26:47este sentido,
  1067. 1:26:49como académico, como abogado, litigante
  1068. 1:26:53o postulante, mi recomendación es
  1069. 1:26:56armarlo bajo esta bajo esta forma de
  1070. 1:26:59premisa o de silogismo. Es una
  1071. 1:27:01recomendación.
  1072. 1:27:04Y otra recomendación muy pero muy
  1073. 1:27:09importante y la más más importante
  1074. 1:27:12es que hay que ser muy concretos.
  1075. 1:27:17Se acabaron aquellos tiempos que parecía
  1076. 1:27:21que cobr cobrábamos por hojas y que
  1077. 1:27:23entre más grandota estuviera la letra y
  1078. 1:27:26más pachona estuviera la demanda o la o
  1079. 1:27:29el recurso o el amparo, más cobrábamos.
  1080. 1:27:33Aquí, discúlpenme, la palabra, lo
  1081. 1:27:36quitaron.
  1082. 1:27:39¿Quieren volverlo a poner?
  1083. 1:27:41Discúlpenme, eh, la palabra hay que ser
  1084. 1:27:45precisos, concisos y macizos,
  1085. 1:27:51directos y a la cabeza.
  1086. 1:27:55¿Por qué?
  1087. 1:27:58Porque me ha dicho el primo de un amigo
  1088. 1:28:00secretario judicial que entre más ven
  1089. 1:28:03gordo el recurso, más le hacen ahí.
  1090. 1:28:05Mejor lo aviento para abajo. Mejor lo
  1091. 1:28:07aviento para abajo y déjame leo uno que
  1092. 1:28:09esté más concretito y más claro. Y es la
  1093. 1:28:11verdad. Me han dicho
  1094. 1:28:16al calor de unas copas los secretarios
  1095. 1:28:18dicen muchas cosas,
  1096. 1:28:20muchos secretos.
  1097. 1:28:22Este, hay que tomar esas
  1098. 1:28:24recomendaciones.
  1099. 1:28:26El hecho de que estemos transitando de
  1100. 1:28:28los juicios escritos a los juicios
  1101. 1:28:29orales nos implica ser concretos,
  1102. 1:28:33tanto del lado del postulante como del
  1103. 1:28:36lado del funcionario judicial.
  1104. 1:28:39Y entonces
  1105. 1:28:41se me viene la idea
  1106. 1:28:43un acuerdo dictado en un juicio
  1107. 1:28:45mercantil en el que ilegalmente
  1108. 1:28:49me desecharon una prueba.
  1109. 1:28:53Voy a armar el agravio en este momento.
  1110. 1:28:57No hay un pintarón. No hay pintarón
  1111. 1:28:59quizá no va. Pero bueno, imagínense que
  1112. 1:29:02vamos a armarlos entre todos.
  1113. 1:29:05Premisa uno,
  1114. 1:29:07si el juicio es tradicional, porque en
  1115. 1:29:09el oral mercantil no hay recursos y
  1116. 1:29:11entonces ni siquiera tendríamos
  1117. 1:29:12oportunidad hacer un agravio en en
  1118. 1:29:14primera instancia.
  1119. 1:29:16Me viola el 1198. Creo que de memoria es
  1120. 1:29:19el artículo que nos da las reglas para
  1121. 1:29:20ofrecer pruebas. Estamos bien. Sí. 1198
  1122. 1:29:231203,
  1123. 1:29:25¿no? Sí. Nada más díganme porque lo
  1124. 1:29:28estoy diciendo memoria y está canijo.
  1125. 1:29:30Equivocarnos con 20,000 gente está muy
  1126. 1:29:32pesado. 1198 creo que sí es la dice,
  1127. 1:29:36"Las pruebas deben ofrecerse
  1128. 1:29:37relacionándolas con los hechos que
  1129. 1:29:39pretendemos probar y expresando las
  1130. 1:29:42razones y fundamentos por las cuales
  1131. 1:29:44pretend queremos probar con la prueba.
  1132. 1:29:47Sí.
  1133. 1:29:49Y quizá esa prueba que me estén
  1134. 1:29:51desechando es además para acabarla la
  1135. 1:29:55pericial.
  1136. 1:29:57Y la pericial está arreglada en el 1253
  1137. 1:30:00y 1254 del Código de Comercio. Eso sí me
  1138. 1:30:03lo sé de memoria y no y no creo estar
  1139. 1:30:05incubado. Y entonces, recomendación para
  1140. 1:30:09armar el agravio.
  1141. 1:30:12Decepto legal violado, premisa 1,
  1142. 1:30:16artículo 1198
  1143. 1:30:19y 1253,
  1144. 1:30:21principalmente incluso la fracción que
  1145. 1:30:23considero que la autoridad violó porque
  1146. 1:30:27la inobservó, porque la aplicó
  1147. 1:30:29indebidamente,
  1148. 1:30:30etcétera. Aquí estoy cumpliendo ya a la
  1149. 1:30:33hora de armar el agravio con el con la
  1150. 1:30:35primera premisa, la norma o el precepto
  1151. 1:30:38legal violado. Y una cosa muy importante
  1152. 1:30:43como recomendación,
  1153. 1:30:46¿para qué poner y que es muy común verlo
  1154. 1:30:49y yo siempre les rayoneo a mis a mis
  1155. 1:30:52abogados
  1156. 1:30:54y me viola el 14 y 16 constitucional?
  1157. 1:30:56Espérame, espérame. Es un recurso
  1158. 1:30:58ordinario y legal que me va a revisar no
  1159. 1:31:01es un tribunal constitucional.
  1160. 1:31:04Yo al tribunal
  1161. 1:31:06del de esta jerarquía le tengo que
  1162. 1:31:08indicar la norma legal. violada que él
  1163. 1:31:11puede revocar.
  1164. 1:31:13Recomendación,
  1165. 1:31:15no adelantarnos
  1166. 1:31:17a lo que vamos a invocar como violado en
  1167. 1:31:20el amparo, porque en el amparo si esta
  1168. 1:31:23si esta violación subsiste, entonces en
  1169. 1:31:25el amparo sí tengo que decir
  1170. 1:31:27directamente me vio la 141 por la
  1171. 1:31:30inobservancia del del 1198 y del 1253 y
  1172. 1:31:341254, pero me espero a llegar al amparo.
  1173. 1:31:39Es decir, recomendación norma legal
  1174. 1:31:43violada. Estos numerales concretitos
  1175. 1:31:48si lo cree necesario,
  1176. 1:31:52alguna algún criterio jurisprudencial
  1177. 1:31:54importante, si no no hay problema porque
  1178. 1:31:58incluso está el principio, dime la ley,
  1179. 1:32:01yo te diré dime el derecho, perdón, los
  1180. 1:32:03hechos, yo te diré el derecho. Sí, pero
  1181. 1:32:06para efectos del agravio sí tengo que
  1182. 1:32:07invocarle al tribunal cuál es la norma o
  1183. 1:32:11el precepto legal que me violó.
  1184. 1:32:14Y entonces en un segundo apartado del
  1185. 1:32:16agravio,
  1186. 1:32:19a mi recomendación
  1187. 1:32:21transcribo la parte del acuerdo que me
  1188. 1:32:25genera el agravio.
  1189. 1:32:29Como punto número dos, el auto de fecha
  1190. 1:32:3324 de junio del 2026,
  1191. 1:32:37eh, que en la parte que me interesa
  1192. 1:32:39transcribo viola las normas que he
  1193. 1:32:42señalado en el primer y
  1194. 1:32:45estilos.
  1195. 1:32:47Transcribo ahí los parrafitos en donde
  1196. 1:32:49la autoridad me desecha la prueba, que
  1197. 1:32:51es propiamente lo que me genera el
  1198. 1:32:53agravio. Son estilos.
  1199. 1:32:56Si no tengo que decir, si no me no me
  1200. 1:32:59gusta transcribir la parte del agravio,
  1201. 1:33:01pues tengo que decir el acuerdo
  1202. 1:33:03admisorio o de desechamiento de pruebas
  1203. 1:33:05de fecha tal, específicamente en el
  1204. 1:33:08apartado en donde me me deshecho la
  1205. 1:33:11prueba, porque no todo el acuerdo quizá
  1206. 1:33:14me genere agravias. Estamos bien.
  1207. 1:33:18Y lo más importante, la concatenación
  1208. 1:33:21que hago entre la premisa mayor y la
  1209. 1:33:24premisa menor. Y lo más y es lo más
  1210. 1:33:26importante.
  1211. 1:33:29El juzgador
  1212. 1:33:31me viola el 1198 y el 1253
  1213. 1:33:35porque contrario a lo que dice el
  1214. 1:33:36acuerdo
  1215. 1:33:38aquí de preferencia transcribo mi
  1216. 1:33:42ofrecimiento de la prueba y la prueba sí
  1217. 1:33:44se relacionaba con los hechos y sí
  1218. 1:33:46manifestaba los los puntos que quería
  1219. 1:33:49señalar. Y contrario a lo que dice el
  1220. 1:33:52acuerdo, en mi ofrecimiento de prueba sí
  1221. 1:33:55señalé la cédula, el nombre del perito,
  1222. 1:33:58la dirección, requisitos que inobserva
  1223. 1:34:00la autoridad, tanto en el acuerdo como
  1224. 1:34:04en la ley.
  1225. 1:34:07De forma tal que concluyo que su
  1226. 1:34:10señoría,
  1227. 1:34:13por favor, señor magistrado, en el caso
  1228. 1:34:17de la reposición y no observó en esta
  1229. 1:34:20ocasión
  1230. 1:34:22la carga de trabajo. No, no digo eso.
  1231. 1:34:24Va, este, estos preceptos,
  1232. 1:34:28eh, y no digo tampoco no es el caso del
  1233. 1:34:30poder judicial de Nuevo León, eh, si ni
  1234. 1:34:33observó estos preceptos e en el acuerdo
  1235. 1:34:36aquí recurrido.
  1236. 1:34:38Hago esta concatenación y para mayor
  1237. 1:34:41ilustración transcribo el ofrecimiento
  1238. 1:34:44que obra en el en la foja tal.
  1239. 1:34:50El escrito de ofrecimiento de pruebas sí
  1240. 1:34:52estaba relacionado con los hechos, sí
  1241. 1:34:54señalaban los puntos que pretendía
  1242. 1:34:56aprobar y además sí se cumplían con los
  1243. 1:34:59requisitos del 1253 y 1254 en sus
  1244. 1:35:02fracciones tal
  1245. 1:35:04como se desprende del escrito. Por lo
  1246. 1:35:06cual
  1247. 1:35:08le pido que revoque su determinación y
  1248. 1:35:11admita la prueba trámite. Sí.
  1249. 1:35:16Si el juez o el magistrado ante el
  1250. 1:35:20recurso de revocación y o reposición
  1251. 1:35:23respectivamente
  1252. 1:35:28revoca la determinación, la violación
  1253. 1:35:30procesal desaparece y entras otra vez a
  1254. 1:35:34la cancha con aquello que te había sido
  1255. 1:35:36violado. Sí.
  1256. 1:35:39Si por el contrario
  1257. 1:35:42se confirma el auto, la violación
  1258. 1:35:45subsiste.
  1259. 1:35:47Pero el juez de primera instancia y o
  1260. 1:35:52el magistrado del Tribunal colegiado de
  1261. 1:35:54Apelaciones, ahora con la reforma tiene
  1262. 1:35:57que emitir una interlocutoria que
  1263. 1:35:59resuelva ese recurso.
  1264. 1:36:02Y como lo vamos a decir en el material
  1265. 1:36:04que ustedes ya tienen, hay un criterio
  1266. 1:36:06jurisprudencial de la primera sala que
  1267. 1:36:08refiere que contra las resoluciones
  1268. 1:36:11interlocutorias que resuelvan estos
  1269. 1:36:12recursos no procede recurso alguno. Por
  1270. 1:36:15lo que dijo mi querido compañero
  1271. 1:36:18que trae mi libro, además
  1272. 1:36:22una conocimiento excelso de la materia
  1273. 1:36:25mercantil.
  1274. 1:36:27Lo no procede recurso sobre recurso. Sí.
  1275. 1:36:33Porque se haríamos inacabable un asunto.
  1276. 1:36:36Sí, ya interpuso el recurso, está la
  1277. 1:36:38interlocutoria.
  1278. 1:36:40Si con la interlocutoria
  1279. 1:36:43se revocó el auto, la violación procesal
  1280. 1:36:46desaparece,
  1281. 1:36:49entro otra vez a la cancha.
  1282. 1:36:51Si confirma el auto, la violación
  1283. 1:36:53subsiste y la debo de guardar para el
  1284. 1:36:57amparo directo y es de índole adjetiva
  1285. 1:37:01de las que están en el famoso 172 de la
  1286. 1:37:04ley de amparos. Ahí están todas las
  1287. 1:37:05fracciones.
  1288. 1:37:07Si esa sentencia interlocutoria
  1289. 1:37:11está violando un derecho de índole
  1290. 1:37:13sustantivo porque me están ordenando el
  1291. 1:37:15codio domicilio, porque están ordenando
  1292. 1:37:18el embargo de una cuenta, me voy al
  1293. 1:37:21indirecto.
  1294. 1:37:23Sí.
  1295. 1:37:27¿Qué pasa en la práctica? Si contra una
  1296. 1:37:30sentencia de esta índole interpongo el
  1297. 1:37:31indirecto, me van a desechar el
  1298. 1:37:33indirecto porque la regla que apera
  1299. 1:37:37en este momento esta violación procesal
  1300. 1:37:41todavía no te depara un perjuicio.
  1301. 1:37:44Espérate a la sentencia y si en la
  1302. 1:37:45sentencia esta trascendió en el
  1303. 1:37:49resultado del fallo, atácala en amparo
  1304. 1:37:53directo.
  1305. 1:37:56En amparo directo, perdón.
  1306. 1:37:58Y conforme al 182, si no lo atacas en un
  1307. 1:38:02primer amparo y por la vuelta que da el
  1308. 1:38:05asunto, tengo que interponer un segundo
  1309. 1:38:07amparo como pasa, porque pasa que se
  1310. 1:38:11suponía que eran uno de los beneficios
  1311. 1:38:13de la nueva ley de amparo, que no
  1312. 1:38:15anduvieran los expedientes como pelotas
  1313. 1:38:16de ping pong para acá y para allá, pues
  1314. 1:38:19en un segundo amparo queda el acto
  1315. 1:38:21consentido. La violación procesal no se
  1316. 1:38:24puede atacar en un segundo amparo ni
  1317. 1:38:26tampoco en un adhesivo. El que ganó lo
  1318. 1:38:29hace en amparo adhesivo y el que perdió
  1319. 1:38:32en amparo principal.
  1320. 1:38:35Si surge otra pregunta, estamos a la
  1321. 1:38:38orden.
  1322. 1:38:40Presentado el recurso. Sí, adelante.
  1323. 1:38:47No tienen, no tienen aire.
  1324. 1:38:50Sí, si lo pueden prender, lo adelanto,
  1325. 1:38:51si se puede.
  1326. 1:38:53Gracias. Bueno, eh esta es una pregunta
  1327. 1:38:56realizada eh a través de la plataforma
  1328. 1:38:58de Zoom. Para los de Zoom, ¿dónde
  1329. 1:39:01conseguimos los libros del ponen?
  1330. 1:39:02Ah, muchas gracias. Es muy buena
  1331. 1:39:05pregunta. Yo estaba yo estaba asustado
  1332. 1:39:08porque la otra pregunta estaba muy
  1333. 1:39:09capciosa. Este eh pues están estamos en
  1334. 1:39:14redes como Jesús Alejandro Mendoza
  1335. 1:39:16Aguirre en las redes de Inedénem, Inedem
  1336. 1:39:20eh derecho.
  1337. 1:39:22MX este y en los números 871 254.
  1338. 1:39:30Sí, muchísimas gracias por la 259504
  1339. 1:39:35y para los que están presenciales, ahí
  1340. 1:39:36están afuera. Aprecio, descuento y el la
  1341. 1:39:39dedicatoria es gratis
  1342. 1:39:42con mucho cariño.
  1343. 1:39:45871 254.
  1344. 1:39:50Sí,
  1345. 1:39:52no, con mucho cariño. Gracias por la
  1346. 1:39:53pregunta. Substanciación se presenta los
  1347. 1:39:57dos tr días.
  1348. 1:40:00admitido el recurso,
  1349. 1:40:02eh,
  1350. 1:40:04se dan 3 días para que la contraparte
  1351. 1:40:07conteste. Y surge otra muy buena
  1352. 1:40:09pregunta que me puse a estudiar y
  1353. 1:40:10preparar muy bien esta clase y en
  1354. 1:40:12domingo y en sábado y en la madrugada
  1355. 1:40:14del viernes también, porque la gente
  1356. 1:40:17avienta preguntas muy capciosas, va, los
  1357. 1:40:20famosos toritos, va.
  1358. 1:40:23Bueno, ¿qué pasa contra el desechamiento
  1359. 1:40:26del recurso?
  1360. 1:40:30Eh, la jurisprudencia que viene en el
  1361. 1:40:32material, que es de las últimas que
  1362. 1:40:34vamos a analizar, nos da la respuesta.
  1363. 1:40:37El desachamiento del recurso, dice el
  1364. 1:40:39criterio jurisprudencial, se entiende
  1365. 1:40:41como una sentencia que resuelve recurso
  1366. 1:40:43sin resolverlo de fondo y correría la
  1367. 1:40:47misma suerte procesal. no admite
  1368. 1:40:50recursos
  1369. 1:40:53ordinario.
  1370. 1:40:55Habría que interponer, según sea el
  1371. 1:40:58caso, el indirecto o
  1372. 1:41:01que la la violación procesal haya
  1373. 1:41:05quedado preparada.
  1374. 1:41:07Aquí el torito para ustedes, pero va a
  1375. 1:41:10quedar contestado con la pregunta y con
  1376. 1:41:13la gente que tenga la oportunidad de
  1377. 1:41:15tener el libro Un servidor de amparo,
  1378. 1:41:16pero no nada más el libro mío. Yo
  1379. 1:41:18recomiendo mucho el de Martínez Berman,
  1380. 1:41:20¿no? No he adonaí Martínez Berman, cómo
  1381. 1:41:24preparar las violaciones procesales en
  1382. 1:41:26el amparo. Porque aquí, por ejemplo,
  1383. 1:41:28compañeros, reforzando lo que
  1384. 1:41:31seguramente la magistrada que me
  1385. 1:41:32antecedió en la ponencia que habló de
  1386. 1:41:34apelación, ya hablaron de apelación o
  1387. 1:41:35van a hablar. Ya habló aquí, por
  1388. 1:41:38ejemplo, si hay una cosa bien
  1389. 1:41:41engrarzada.
  1390. 1:41:42Presento la apelación y corro dos
  1391. 1:41:45suertes, que me la admitan o la
  1392. 1:41:47desechen.
  1393. 1:41:48Contra la denegación de la apelación hay
  1394. 1:41:51recurso
  1395. 1:41:52y entonces se vuelve una serie de 1,
  1396. 1:41:56dos, tres.
  1397. 1:41:58Y si por qué, porque si presento la
  1398. 1:42:01apelación, me desechan la apelación y no
  1399. 1:42:04interpongo el recurso idóneo contra la
  1400. 1:42:06denegación de la apelación,
  1401. 1:42:08nuevamente estoy consintiendo y dejando
  1402. 1:42:11consentido el acto.
  1403. 1:42:14Entonces, ¿qué pasa? No es el caso
  1404. 1:42:16ahorita. Dice, "¿Para qué se regresa si
  1405. 1:42:18ya estamos en revocación?" Va, no nos
  1406. 1:42:20envuelva más. Aquí no hay problema. Se
  1407. 1:42:24presenta la revocación y hay dos sopas.
  1408. 1:42:26¿Lo admiten o lo desechan?
  1409. 1:42:28Si lo admiten, corremos el el la suerte
  1410. 1:42:32de que quizá desaparezca la violación en
  1411. 1:42:34en la sentencia. Si lo desechan, la
  1412. 1:42:37violación queda preparada porque contra
  1413. 1:42:39el auto que desecha el recurso no hay
  1414. 1:42:41recurso.
  1415. 1:42:43Pero el problema, a manera de capacitar
  1416. 1:42:46más a este honorable grupo que es muy
  1417. 1:42:48numeroso,
  1418. 1:42:49no pasamos con la misma suerte en la
  1419. 1:42:51apelación, porque si presento la
  1420. 1:42:53apelación y me desechan la apelación,
  1421. 1:42:55tengo que interponer
  1422. 1:42:57bajo la misma regla, el idóneo en tiempo
  1423. 1:43:02y en forma.
  1424. 1:43:04No lo hago,
  1425. 1:43:06dejo consentido el acto.
  1426. 1:43:09Lo hago y entonces vuelvo a tener otras
  1427. 1:43:13otra aventura.
  1428. 1:43:15Ya interpuse el recurso que procedía
  1429. 1:43:17contra la denegación de la apelación,
  1430. 1:43:20que en materia civil es la queja.
  1431. 1:43:23Y entonces hay que ver
  1432. 1:43:26qué eh qué resultado tiene ese recurso
  1433. 1:43:30contra esa auto de desechamiento.
  1434. 1:43:35Si contra ese recurso que me desechó la
  1435. 1:43:38apelación
  1436. 1:43:40se admitió a trámite y se declaró
  1437. 1:43:43fundado,
  1438. 1:43:45el recurso va a reparar la antecedente
  1439. 1:43:48violación procesal. y vuelvo
  1440. 1:43:52a sacar la cabeza como topo, ¿no? Sí,
  1441. 1:43:55vuelvo a revivir porque ya me dieron
  1442. 1:43:57trámite la apelación. Si aquel recurso
  1443. 1:44:01contra la denegación de la apelación
  1444. 1:44:03fuera infundado,
  1445. 1:44:13¿no? Toda la chambita.
  1446. 1:44:15Ya preparé todo el
  1447. 1:44:18Y, ¿qué tengo que hacer en amparo
  1448. 1:44:21directo?
  1449. 1:44:22Atacar esta porque tenemos que tener en
  1450. 1:44:26cuenta dos principios muy importantes en
  1451. 1:44:29derecho procesal.
  1452. 1:44:48Ya.
  1453. 1:44:50Entonces ahora me quitan ese.
  1454. 1:44:56Entonces,
  1455. 1:44:59bajo esa serie de aspectos, en el en el
  1456. 1:45:03amparo directo y en el derecho procesal,
  1457. 1:45:06tengo que tener en cuenta dos principios
  1458. 1:45:07muy muy importantes.
  1459. 1:45:10El principio de prosecución judicial y
  1460. 1:45:14de consumación procesal.
  1461. 1:45:20En ese serie, en ese camino que nos
  1462. 1:45:22fuimos platicando, yo voy paso uno, paso
  1463. 1:45:25dos, paso tres.
  1464. 1:45:27Esto regularmente hace que yendo al paso
  1465. 1:45:30tres, no me puedo regresar al dos ni al
  1466. 1:45:32uno por atendiendo estos dos principios
  1467. 1:45:34de prosecución y preclusión procesal.
  1468. 1:45:38¿Qué implica esto cuando llego al amparo
  1469. 1:45:41directo en materia mercantil?
  1470. 1:45:44que tengo que desenudar
  1471. 1:45:47este el último,
  1472. 1:45:50concediéndome el amparo para efectos de
  1473. 1:45:53que me digan, "Sí, tiene razón, fue
  1474. 1:45:56incorrecto que te desecharan la
  1475. 1:45:58apelación o el recurso que interpusiste
  1476. 1:46:00contra la apelación. Otra vez regreso
  1477. 1:46:05y agarro vida en el juicio principal."
  1478. 1:46:08Porque atendiendo ese principio de
  1479. 1:46:10persecución, inclusión y consumación, yo
  1480. 1:46:14no me puedo regresar
  1481. 1:46:16atacar aspectos que procesalmente han
  1482. 1:46:19quedado consumados. Se los pongo muy
  1483. 1:46:21sencillos para que quede claro.
  1484. 1:46:25Y eso también es muy importante.
  1485. 1:46:28Mil gracias.
  1486. 1:46:30Es aberrante para que no lo hagan, que
  1487. 1:46:34en un amparo directo
  1488. 1:46:36expongan como conceptos de violación los
  1489. 1:46:38temas que expusieron en la apelación.
  1490. 1:46:41Hay jurisprudencia que esto es estos son
  1491. 1:46:43inoperantes. ¿Por qué? Porque al
  1492. 1:46:47dictarse la sentencia de segunda
  1493. 1:46:49instancia, esto quedó consumado.
  1494. 1:46:52Hay una perclusión, hay una consumación
  1495. 1:46:54de esto y surge un nuevo acto que es el
  1496. 1:46:58que hay que atacar. el de segunda
  1497. 1:47:00instancia.
  1498. 1:47:01De ahí que las pocas veces que yo he
  1499. 1:47:04visto que se interpone el amparo contra
  1500. 1:47:06la sentencia de segunda y la de primera,
  1501. 1:47:09pues de manera muy muy eh
  1502. 1:47:13poco común. Contra esta el resolutivo es
  1503. 1:47:17esta y contra esta sobreeo está
  1504. 1:47:20consumada por esta.
  1505. 1:47:23Los que sean penalistas lo van a
  1506. 1:47:25entender porque también en materia penal
  1507. 1:47:27el auto de vinculación o no sujeción
  1508. 1:47:30deja sin efectos la orden para atacarla
  1509. 1:47:32en Amparo. Lo mismo pasa aquí en Amparo.
  1510. 1:47:36Caminando con el proceso vamos
  1511. 1:47:38precluyendo y consumando el acto
  1512. 1:47:40procesal anterior y el que hay que
  1513. 1:47:42atacar es el último. Me conceden el
  1514. 1:47:45amparo para este y desenrollo
  1515. 1:47:48esto. ¿Sí me explico?
  1516. 1:47:52Pero está canijo que yo le pida en
  1517. 1:47:56amparo que me desenrolle esto y me
  1518. 1:47:57desenrolle esto y me desenrolle esto.
  1519. 1:47:59Procesalmente los actos se van
  1520. 1:48:02consumando.
  1521. 1:48:04Recurso de reposición fundamento 1336.
  1522. 1:48:08Eh, es lo mismo. 3 días le van a dar 3
  1523. 1:48:12días a la parte contraria. ¿Cuándo va a
  1524. 1:48:14ser la diferencia? que el primero se
  1525. 1:48:16interpone en primera instancia, el
  1526. 1:48:17segundo en segunda instancia y en los
  1527. 1:48:19dos casos el juzgado de primera
  1528. 1:48:22instancia después de la vista debe
  1529. 1:48:24dictar una interlocutoria en tres días,
  1530. 1:48:27que creo que difícilmente lo están
  1531. 1:48:29dictando así, ¿no?
  1532. 1:48:32Este, al menos allá en en Tangamandap o
  1533. 1:48:34en otros pueblitos no lo están haciendo.
  1534. 1:48:37Bien,
  1535. 1:48:41segunda diferencia que queda ya muy
  1536. 1:48:43expuesta,
  1537. 1:48:44revocación contra autos y decretos de
  1538. 1:48:47primera instancia, reposición contra
  1539. 1:48:49autos y decretos de segunda instancia.
  1540. 1:48:52son el estos dos recursos son
  1541. 1:48:55improcedentes contra sentencias
  1542. 1:48:58interlocutorias y más
  1543. 1:49:00contrade definitiva.
  1544. 1:49:04Ya quedó claro el plazo tanto para la
  1545. 1:49:06interposición como para el desarrollo de
  1546. 1:49:08vista como para la resolución y los
  1547. 1:49:12plazos son muy genéricos para todo. 3
  1548. 1:49:15días para interponer estos dos recursos,
  1549. 1:49:183 días para desahogar vista una vez que
  1550. 1:49:21se admite el recurso y tres días para
  1551. 1:49:24que el tribunal dicte la interlocutoria
  1552. 1:49:26que resuelve estos dos recursos una vez
  1553. 1:49:29que se declara visto el asunto que el
  1554. 1:49:33desahogo de vista tiene efectos de
  1555. 1:49:35citación.
  1556. 1:49:36Ya acordé el desahogo de vista de la
  1557. 1:49:38parte contraria y el tribunal debe dejar
  1558. 1:49:40los autos para la citación del
  1559. 1:49:43expediente y después de esa citación
  1560. 1:49:46está como visto el expediente para que
  1561. 1:49:48se emita la sentencia en 3 días.
  1562. 1:49:52Sí.
  1563. 1:50:25Bien,
  1564. 1:50:26características de de distinción.
  1565. 1:50:30En cuanto al recurso de revocación,
  1566. 1:50:34el órgano ante que se ante el que se
  1567. 1:50:36interpone es el juzgado de primera
  1568. 1:50:39instancia
  1569. 1:50:41y va a ser quien recibe el recurso,
  1570. 1:50:44quien lo tramita y quien lo resuelve. En
  1571. 1:50:47el caso de la reposición es el Tribunal
  1572. 1:50:50Colegiado de Apelación ahora con la
  1573. 1:50:52reforma. Sí.
  1574. 1:50:59En cuanto
  1575. 1:51:00a las resoluciones impugnables, ahí está
  1576. 1:51:03la tablita que la van a tener muy
  1577. 1:51:05práctica, decretos y autos de primera
  1578. 1:51:08instancia que no sean apelables
  1579. 1:51:14por cuestión de la cuantía o por
  1580. 1:51:17cuestión de que la regla para la
  1581. 1:51:19apelación es que el auto tiene que ser
  1582. 1:51:21expresamente apelable.
  1583. 1:51:24De ahí la recomendación.
  1584. 1:51:28No sé si la maestra lo hizo y si lo
  1585. 1:51:29hizo, pásenme el acordeón, pero es muy
  1586. 1:51:33importante que se haga un acordeoncito.
  1587. 1:51:36¿Qué autos en materia mercantil son
  1588. 1:51:38apelables?
  1589. 1:51:40Porque de en esa base tenemos la regla
  1590. 1:51:43para saber que cuando no estamos frente
  1591. 1:51:45a un auto apelable, estamos frente a un
  1592. 1:51:48auto revocable.
  1593. 1:51:52Sí.
  1594. 1:51:53con la salva. Adelante, maestro.
  1595. 1:51:59Eh, no sé si le puedan prestar el
  1596. 1:52:01micrófono.
  1597. 1:52:16Sí, buenas tardes, maestro. para efecto
  1598. 1:52:19del recurso de revocación
  1599. 1:52:21en el estado de Nuevo León mediante el
  1600. 1:52:25su publicación en el Boletín Judicial,
  1601. 1:52:28¿qué término es para presentarlo, por
  1602. 1:52:31favor?
  1603. 1:52:32A ver, perdón,
  1604. 1:52:33va de nuevo.
  1605. 1:52:34Sí.
  1606. 1:52:35Para presentar el recurso de revocación
  1607. 1:52:37en el estado de Nuevo León mediante su
  1608. 1:52:40publicación en el boletín oficial que al
  1609. 1:52:42estado, ¿qué término sería para efecto?
  1610. 1:52:47los estados y interponer su revisión en
  1611. 1:52:51su vocación
  1612. 1:52:52aquí en materia mercantil.
  1613. 1:52:54Bueno, eh está eh torito la pregunta,
  1614. 1:52:58pero da da una muy buena salida y una
  1615. 1:53:00muy buena respuesta, maestro. Eh, en
  1616. 1:53:02materia mercantil eh no pudiéramos en
  1617. 1:53:06este supuesto irnos a la supletoredad
  1618. 1:53:07del del Nuevo León porque todo lo
  1619. 1:53:10encuentra regulado en el Código de
  1620. 1:53:13Comercio. Y para este efecto, querido
  1621. 1:53:17maestro, nos tendríamos que ir a la
  1622. 1:53:18regla del 1075, el Código de Comercio,
  1623. 1:53:21de cómo surten efectos las
  1624. 1:53:23notificaciones en materia mercantil, que
  1625. 1:53:26es hoy estamos a
  1626. 1:53:30lunes 31, hoy se emite el acuerdo, eh
  1627. 1:53:34surte efectos mañana primero de
  1628. 1:53:36septiembre y el primer día para efectos
  1629. 1:53:39del plazo de interposición en materia
  1630. 1:53:41mercantil sería el dos,
  1631. 1:53:44No resultaría, querido maestro, en el
  1632. 1:53:47caso particular que ahora nos ocupa
  1633. 1:53:50aplicable el código y ni siquiera
  1634. 1:53:53tampoco los decretos locales de Nuevo
  1635. 1:53:55León, porque eh
  1636. 1:53:59como parte de nuestra exposición, si no
  1637. 1:54:01vienen las diapositivas, por favor tome
  1638. 1:54:02nota, estos dos recursos es muy muy
  1639. 1:54:06difícil que nos salgamos eh a la
  1640. 1:54:09supletoriedad del código porque los
  1641. 1:54:11plazos están en el 1075.
  1642. 1:54:13Eh, incluso los en este, por ejemplo, en
  1643. 1:54:17el caso particular, no nos tendríamos
  1644. 1:54:19que ir al 1079, maestro, que es el que
  1645. 1:54:22nos marca todos los plazos en materia
  1646. 1:54:24mercantil porque expresamente incluso el
  1647. 1:54:271000 eh
  1648. 1:54:34aquí están el 1334 y el 1335 nos marca
  1649. 1:54:38el plazo que son 3 días.
  1650. 1:54:41¿Cómo contamos el plazo, maestro? El
  1651. 1:54:44acuerdo se emite hoy. Usted está en
  1652. 1:54:46desacuerdo con ese acuerdo. Surte
  1653. 1:54:49efectos mañana uno y el día uno para la
  1654. 1:54:52interposición del recurso sería el
  1655. 1:54:55miércoles 2 y se le estará se le estaría
  1656. 1:54:59feneciendo el el vencimiento el 4 de
  1657. 1:55:01septiembre, viernes, si malo recuerdo.
  1658. 1:55:03Si si estamos atacando el acuerdo de
  1659. 1:55:05hoy, no resulta aplicable en este caso
  1660. 1:55:08particular la materia este
  1661. 1:55:13local. Sí. Y además, maestro, la regla
  1662. 1:55:17también marcada en el libro, cómo
  1663. 1:55:18promociono yo los libros,
  1664. 1:55:21es que eh en materia mercantil primer
  1665. 1:55:24aplicable es el federal.
  1666. 1:55:27Solo que subsista la laguna va a ir al
  1667. 1:55:29local. Entonces queda muy lejos la
  1668. 1:55:32aplicación del del ordenamiento local.
  1669. 1:55:34Sí. Bien, con mucho gusto, maestro.
  1670. 1:55:37Gracias por las preguntas. Eh, motivan
  1671. 1:55:40mucho a un servidor. Eh, bien.
  1672. 1:55:443 días eh el fundamento para el la
  1673. 1:55:48revocación 1334 y 1335
  1674. 1:55:52para la reposición 1336. Sí.
  1675. 1:55:56Diferencias con la apelación.
  1676. 1:55:58Eh, primera diferencia es el los que hoy
  1677. 1:56:01nos abocan son recursos horizontales.
  1678. 1:56:06Los que ya vieron son recursos
  1679. 1:56:08verticales que lo resuelve un tribunal
  1680. 1:56:10con mayor jerarquía jurisdiccional.
  1681. 1:56:13Y eh qué diferencias también existen que
  1682. 1:56:17en el caso de la apelación sí se admite
  1683. 1:56:20en algunos supuestos la interposición de
  1684. 1:56:23la apelación en contra de
  1685. 1:56:25interlocutorias,
  1686. 1:56:26de definitivas y cuando expresamente el
  1687. 1:56:30código lo señala de autos.
  1688. 1:56:35Pero tiene que haber esa expresión. Sí.
  1689. 1:56:41Bien.
  1690. 1:56:44El criterio de preclusión es fatal.
  1691. 1:56:51Transcurrido el plazo por Ministerio de
  1692. 1:56:53Ley precluye el derecho para hacer valer
  1693. 1:56:55el recurso y nos vamos al criterio
  1694. 1:56:59jurisprudencial
  1695. 1:57:01de acto consentido
  1696. 1:57:03que me lo sé casi de memoria porque
  1697. 1:57:06litigo mucho y ese esa jurisprudencia
  1698. 1:57:09dice acto no recurrido con las
  1699. 1:57:12características de tiempo, forma idóneo
  1700. 1:57:15es acto consentido y adquiere firmeza.
  1701. 1:57:20Sí.
  1702. 1:57:22Y la recomendación que les hice al
  1703. 1:57:24inicio de querer invocar
  1704. 1:57:27el último párrafo del 171 es una
  1705. 1:57:30recomendación
  1706. 1:57:31poco
  1707. 1:57:33recomendable,
  1708. 1:57:37pero también la mayoría, yo creo que
  1709. 1:57:40vamos a coincidir que la mayoría que
  1710. 1:57:42estamos cursando este diplomado somos
  1711. 1:57:44postulantes y esto no lo dice el
  1712. 1:57:48diploma, esto no lo dice, esto Lo dice
  1713. 1:57:51la experiencia del postulante, el
  1714. 1:57:53abogado postulante tiene que ser un un
  1715. 1:57:55abo guerrillero de lucha, de combate.
  1716. 1:57:59Entonces, si ya estás medio perjudicado
  1717. 1:58:02porque te pasaron un asunto en el que no
  1718. 1:58:04se interpusieron los recursos en tiempo,
  1719. 1:58:06en forma y de manera idónea, pues a ver
  1720. 1:58:09si te casca el 171 en sus últimos
  1721. 1:58:13párrafos, porque tendrías que pedirle a
  1722. 1:58:15un tribunal que ejerza control
  1723. 1:58:18convencional o constitucional. que
  1724. 1:58:21inaplique aquel artículo 1331 que decía
  1725. 1:58:24que eran 3 días para interponer el
  1726. 1:58:26recurso y pedir que inaplique la norma
  1727. 1:58:30de menor jerarquía porque te viola
  1728. 1:58:32debido proceso 14 constitucional
  1729. 1:58:35implícitamente el derecho a aprobar, por
  1730. 1:58:37dar un ejemplo, o lo que es en sí el
  1731. 1:58:41debido proceso. Sin embargo, no es lo
  1732. 1:58:44recomendable para las que nos estamos
  1733. 1:58:46capacitando aquí. Lo recomendable es
  1734. 1:58:49litigar muy minuciosa y meticulosamente
  1735. 1:58:52la materia porque es una materia de
  1736. 1:58:54estricto derecho. Sin embargo, también
  1737. 1:58:56somos humanos y ante el hecho de haber
  1738. 1:59:00no interpuesto el tiempo en forma
  1739. 1:59:02idónea, bueno, vámonos a ese 171
  1740. 1:59:06fracción segunda que dice que cuando eh
  1741. 1:59:11ataques la sentencia y hayas sido
  1742. 1:59:13víctima de una violación procesal en la
  1743. 1:59:16que la norma te viole algún derecho
  1744. 1:59:18humano, pide la inaplicación, la
  1745. 1:59:22inaplicación de la norma. En este caso
  1746. 1:59:25sería el 1331,
  1747. 1:59:27eh, ponderando alguna norma de de índole
  1748. 1:59:30constitucional que jerárquicamente tiene
  1749. 1:59:32mayor jerarquía, pero es lo menos
  1750. 1:59:35recomendable porque si el tribunal
  1751. 1:59:38colegiado es legalista
  1752. 1:59:40está, no, o sea, yo hacerte la chamba
  1753. 1:59:43que no hiciste allá, le estoy violando
  1754. 1:59:46la el principio de igualdad a la otra
  1755. 1:59:47parte, que cuidó bien su proceso y que
  1756. 1:59:50no se le pasaron los términos, por dar
  1757. 1:59:51un ejemplo.
  1758. 1:59:53Pero vuelvo a
  1759. 1:59:55que cuando hay que hacer lo que hay que
  1760. 1:59:57hacer, hay que hacerlo porque para eso
  1761. 1:59:59somos motivantes. Y yo creo que lo peor
  1762. 2:00:02que puede tener un postulante es dejar
  1763. 2:00:04al cliente tirado ante una situación de
  1764. 2:00:07esto. Tienes que ser agar combativo a la
  1765. 2:00:09hora de estar litigando
  1766. 2:00:11y atacar
  1767. 2:00:16para ser un buen postulante.
  1768. 2:00:20Ine existencia de ulterior recurso
  1769. 2:00:25contra la interlocutoria
  1770. 2:00:28que resuelveoción
  1771. 2:00:30y o
  1772. 2:00:32no hay recurso. El fundamento lo vamos a
  1773. 2:00:35dar en una jurisprudencia que vamos a
  1774. 2:00:38compartir casi al último.
  1775. 2:00:40Y
  1776. 2:00:42para que no surja la pregunta, que es
  1777. 2:00:44muy difícil, bueno, ¿qué pasa si
  1778. 2:00:46presenté el recurso y me desechan el
  1779. 2:00:48recurso? También corremos con la misma
  1780. 2:00:51dinámica de que contra el auto que
  1781. 2:00:52desecha recurso tampoco procedería
  1782. 2:00:55recurso. Porque si nos vamos a las
  1783. 2:00:58reglas de la queja, la queja en materia
  1784. 2:01:01civil, por ejemplo, en la mayoría de las
  1785. 2:01:03legislaciones antes de que entre y y con
  1786. 2:01:05el nuevo Código Nacional es procede
  1787. 2:01:08contra la denegación de la apelación,
  1788. 2:01:11pero no contra la denegación de la
  1789. 2:01:13revocación y reposición. Sí.
  1790. 2:01:17Eh, ¿cuáles son las dos las tres tipos
  1791. 2:01:19de sentencias que pueden emanar
  1792. 2:01:21interlocutoriamente? Muchas gracias por
  1793. 2:01:23haber prendido el aire. Les agradezco
  1794. 2:01:25enormemente eh la la refrigeración, ¿no?
  1795. 2:01:31Y los agravios son fundados.
  1796. 2:01:36La más bonita revoca,
  1797. 2:01:39porque tuviste la razón de que expus la
  1798. 2:01:43el precepto legal violado, expus el
  1799. 2:01:46acuerdo o decreto recurrido y una buena
  1800. 2:01:50concatenación o conclusión de qué fue lo
  1801. 2:01:52que el juez te violó de aquella norma. Y
  1802. 2:01:55si tienes la razón,
  1803. 2:01:58se revoca el auto y
  1804. 2:02:02desaparece la violación procesal como
  1805. 2:02:04majo. Ya hice una buena magia.
  1806. 2:02:08Si eh
  1807. 2:02:11logras la modificación, pues puede ser
  1808. 2:02:13también que haya una especie de
  1809. 2:02:16desaparición de la violación procesal.
  1810. 2:02:19Sí.
  1811. 2:02:21Si por el contrario la sentencia
  1812. 2:02:23interlocutoria que resuelva la
  1813. 2:02:25reposición,
  1814. 2:02:27la revocación confirma el auto que
  1815. 2:02:30impugnaste,
  1816. 2:02:32la violación subsiste, pero queda
  1817. 2:02:35preparada.
  1818. 2:02:37Y queda preparada por qué y pregunta al
  1819. 2:02:40grupo. Lo dije hace una o dos
  1820. 2:02:43diapositivas,
  1821. 2:02:45¿no? Ah, se están durmiendo, ¿eh?
  1822. 2:02:53queda preparada porque no recurso
  1823. 2:02:56contra la interlocutoria.
  1824. 2:02:59Sí, decía algo, compañera. Alguien
  1825. 2:03:02alguien participó por ahí. Sí, quedó
  1826. 2:03:05queda preparada porque no lo escuché.
  1827. 2:03:16Eh, sí, sí, sí, sí. Si si se dictó una
  1828. 2:03:21sentencia interlocutoria que no declaró
  1829. 2:03:25eh que declaró firme el auto porque
  1830. 2:03:28dice, pues no, el agravio no es no es
  1831. 2:03:30fundado, queda preparada para hacerla
  1832. 2:03:33valer en amparo directo si la violación
  1833. 2:03:35es índole adjetivo. Porque a ver si
  1834. 2:03:38estamos aprendiendo en la clase de hoy,
  1835. 2:03:40si es de índole sustantivo,
  1836. 2:03:44directo al amparo, ¿qué? Indirecto. Ah,
  1837. 2:03:47no, no. puros alumnos de 10
  1838. 2:03:50porque no me permiten exenterlos y
  1839. 2:03:52tienen que hacer su examen. [risas]
  1840. 2:03:55Bien,
  1841. 2:03:57entonces
  1842. 2:04:01que puede ser, como ya lo dijeron,
  1843. 2:04:03directo si la violación es adjetiva
  1844. 2:04:06de las que está en el 172 de la ley de
  1845. 2:04:10ecto si la violación es de índole de
  1846. 2:04:14derechos de derechos humanos sustantivos
  1847. 2:04:16de derechos sustantivos. los que se
  1848. 2:04:18dicen jurisprudencialmente que son de
  1849. 2:04:21imposible repaso y que por lo tanto hay
  1850. 2:04:23que atacarlos de manera inmediata.
  1851. 2:04:28¿Cómo preparar la violación? Y con esto
  1852. 2:04:30vamos cerrando nuestra nuestra
  1853. 2:04:33exposición.
  1854. 2:04:35El 161 de la ley establece
  1855. 2:04:39que las violaciones a las leyes en el
  1856. 2:04:41procedimiento
  1857. 2:04:43solo podrán reclamarse en el amparo
  1858. 2:04:46directo
  1859. 2:04:48al atacar la sentencia,
  1860. 2:04:52laudo
  1861. 2:04:53o resolución que puso juicio.
  1862. 2:04:59Aquí para nuestros compañeros del del
  1863. 2:05:03diplomado de derecho procesal mercantil
  1864. 2:05:05que son novicios en el litigio, en en
  1865. 2:05:08que tienen poco graduados.
  1866. 2:05:13Ojo, si bien en el amparo directo el
  1867. 2:05:17corazón
  1868. 2:05:18de la del concepto de violación es la
  1869. 2:05:20sentencia o el audo, me surge aquí la
  1870. 2:05:25oportunidad para atacar las violaciones
  1871. 2:05:28al proceso que se hayan dado de la
  1872. 2:05:31demanda
  1873. 2:05:33a la sentencia o al audo o al auto que
  1874. 2:05:38puso finación.
  1875. 2:05:42siempre y cuando
  1876. 2:05:45esas violaciones que se dieron aquí en
  1877. 2:05:47el camino
  1878. 2:05:49hayan trascendido
  1879. 2:05:51al resultado de la sentencia o del auno.
  1880. 2:05:56colegiado,
  1881. 2:05:58perdí ese laudo o esa sentencia
  1882. 2:06:01porque aquí me desechó la pericial que
  1883. 2:06:05me era necesario para probar que no
  1884. 2:06:07firmé
  1885. 2:06:10el pagaré
  1886. 2:06:12y entonces primero
  1887. 2:06:15hago conceptos de violación que atañen a
  1888. 2:06:19esas violaciones intra procesales que
  1889. 2:06:22hayan trascendido acá.
  1890. 2:06:25Y ojo y también muy importante, pude
  1891. 2:06:28haber ganado
  1892. 2:06:31y también tengo que en amparo adhesivo
  1893. 2:06:34a hacer valer aquellas violaciones que
  1894. 2:06:37pud llegar a trascender en la nueva
  1895. 2:06:40sentencia que pudiera dictarse. Ahorita
  1896. 2:06:43ya gané y no te
  1897. 2:06:48aunque
  1898. 2:06:50cosas turbias con las periciales
  1899. 2:06:52y y no tenía peritos, dictaron
  1900. 2:06:57la sentencia a mi favor, pero sé que con
  1901. 2:07:00la vuelta que le dé el que gozo al
  1902. 2:07:02amparo,
  1903. 2:07:03aquella posible violación que fui
  1904. 2:07:06víctima de que me hayan desechado una
  1905. 2:07:08prueba me puede trascender en la nueva
  1906. 2:07:11sentencia que se dicte.
  1907. 2:07:13Es decir, llegó la sentencia, me fue
  1908. 2:07:16bien, pero curiosamente me habían
  1909. 2:07:17desechado las pruebas y aún así me fue
  1910. 2:07:20bien. Como ustedes saben que pocas veces
  1911. 2:07:22pasa, va, pero pasa y entonces hay que
  1912. 2:07:25atacarlo, va. Sí, como amparo adhesivo,
  1913. 2:07:28porque en términos, lo estoy diciendo
  1914. 2:07:31memoria, ayúdenme, por favor, ustedes
  1915. 2:07:33tienen el internet y la ley de amparo y
  1916. 2:07:35mi libro a la mano de amparo.
  1917. 2:07:39En términos del 182, creo que es el
  1918. 2:07:41artículo, eh precluye el derecho para
  1919. 2:07:45hacerlo valer en un segundo amparo si no
  1920. 2:07:47ataque la violación procesal en el
  1921. 2:07:50primer amparo adhesivo.
  1922. 2:07:53Sí. Bien.
  1923. 2:07:57Si la ley
  1924. 2:08:01si la ley concede en términos del 161,
  1925. 2:08:04que no es también más que eh lo van a
  1926. 2:08:07encontrar en la Constitución en el 103 y
  1927. 2:08:11y 101, si mal no recuerdo, eh, pero de
  1928. 2:08:17memoria sí lo traigo aquí, 161.
  1929. 2:08:20Si la ley concede un recurso, hay que
  1930. 2:08:22interponerlo en tiempo, en forma y de
  1931. 2:08:25manera idónea y queda la violación
  1932. 2:08:28procesal preparada. Pero también puede
  1933. 2:08:32ser
  1934. 2:08:34que la ley no
  1935. 2:08:38para atacar esa violación procesal.
  1936. 2:08:43Si la ley ordinaria de la materia que
  1937. 2:08:46estoy litigando no concede recurso
  1938. 2:08:49ordinario alguno como el caso del oral
  1939. 2:08:51mercantil,
  1940. 2:08:53la violación procesal se dicta y queda
  1941. 2:08:56debidamente preparada para atacarla una
  1942. 2:08:59vez que se dicta la sentencia y me
  1943. 2:09:01repercute esa violación en amparo
  1944. 2:09:04directo,
  1945. 2:09:07como lo que decíamos ahorita. Bueno,
  1946. 2:09:11tengo la oportunidad de interponer la
  1947. 2:09:13revocación, pero contra la resolución
  1948. 2:09:16que mana de la revocación ya no hay
  1949. 2:09:17recurso, la violación procesal quedó
  1950. 2:09:20preparada.
  1951. 2:09:23Y aunque decía que intraprocesalmente
  1952. 2:09:27hay el principio de persecución y de
  1953. 2:09:29consumación y se van, te vas caminando
  1954. 2:09:33en el proceso y ya no te puedes echar
  1955. 2:09:35para atrás,
  1956. 2:09:37se recomienda que procesalmente en el
  1957. 2:09:39amparo se ataque el último acto, pero
  1958. 2:09:43lo que abunda no daña, ¿va? Pues yo para
  1959. 2:09:46seguridad ataco también los actos
  1960. 2:09:50interprocesales que vienen hacia atrás.
  1961. 2:09:52Muy seguramente el colegiado va a
  1962. 2:09:55declarar inatendibles estos al conceder
  1963. 2:09:57el amparo respecto a este.
  1964. 2:10:00Sí. Por lógica y por mayor beneficio que
  1965. 2:10:04le otorga. También decimos,
  1966. 2:10:08cuando en los amparos se afectan
  1967. 2:10:09derechos de menores incapaces
  1968. 2:10:14o el estado civil de las personas,
  1969. 2:10:18la estabilidad, la familia no ped estas
  1970. 2:10:20reglas,
  1971. 2:10:22se rompe con el famoso principio de
  1972. 2:10:26definitividad.
  1973. 2:10:28Y yo saco a colación esto
  1974. 2:10:31porque con el estudio que he hecho muy
  1975. 2:10:33profundo del nuevo Código Nacional, hay
  1976. 2:10:35una reforma eh y una nueva forma de
  1977. 2:10:37litigar aún en materia civil y
  1978. 2:10:40mercantil.
  1979. 2:10:42Quienes ya estamos un poquito más
  1980. 2:10:43veteranos, como yo comprenderé y algunos
  1981. 2:10:45que andan por aquí más o menos de mi
  1982. 2:10:47calibre, eh recordarán que la materia
  1983. 2:10:51civil mercantil siempre fue siempre fue
  1984. 2:10:53de estricto derecho, estricto derecho,
  1985. 2:10:55estricto derecho.
  1986. 2:10:57Pues ahora con el nuevo Código Nacional
  1987. 2:10:58y con ciertas jurisprudencias, si en un
  1988. 2:11:01asunto civil o mercantil litiga niños,
  1989. 2:11:04personas incapaces, grupos vulnerables,
  1990. 2:11:07ya también les opera a esos grupos la
  1991. 2:11:11suplencia.
  1992. 2:11:15Esto es tanto el Código Nacional como
  1993. 2:11:17los criterios jurisprudenciales.
  1994. 2:11:20Ahí sí se rompería esto que he venido
  1995. 2:11:23platicando, pero tendría que eh
  1996. 2:11:26acreditarse que en ese juicio mercantil
  1997. 2:11:30aquel viejito que está inválido, que no
  1998. 2:11:32ve, que no tiene recursos económicos,
  1999. 2:11:34litiga contra una gran empresa de Nuevo
  2000. 2:11:37León
  2001. 2:11:39para que pudiera que todo este tipo de
  2002. 2:11:43requisitos muy realistas no le operara.
  2003. 2:11:47Bien.
  2004. 2:11:51En la en el en el material invoco una
  2005. 2:11:55teoría que predominó mucho tiempo de
  2006. 2:11:57este tratadista Luis Bastrech.
  2007. 2:12:02Por favor, déjenla en desuso porque está
  2008. 2:12:06a partir del 2013 con la nueva ley, que
  2009. 2:12:09ya no es la nueva ley porque hubo una
  2010. 2:12:11nueva ley reciente de amparo, quedó en
  2011. 2:12:13desuso, pero la sea collación porque
  2012. 2:12:17antes de la reforma se pedía
  2013. 2:12:20que en la apelación
  2014. 2:12:22se invocaran las violaciones procesales
  2015. 2:12:25para preparar, para que lo pudiéramos
  2016. 2:12:28hacer valer amparo. Ya alguien me
  2017. 2:12:29asintió con la cabeza. Recuerda esa
  2018. 2:12:32regla que operaba antes de la ley de
  2019. 2:12:34amparo del 2013. Con la ley con la ley
  2020. 2:12:36de amparo del 2013, la violación
  2021. 2:12:39procesal queda preparada
  2022. 2:12:41intraprocesalmente
  2023. 2:12:44y no hay necesidad de que a la hora que
  2024. 2:12:46invoquen la apelación invoque en
  2025. 2:12:49agravios esa violación procesal.
  2026. 2:12:52El criterio que han dicho doctrinal y
  2027. 2:12:54jurisprudencialmente es, los tribunales
  2028. 2:12:57de apelación no son tribunales
  2029. 2:12:59constitucionales
  2030. 2:13:01y la Constitución y el artículo 161 le
  2031. 2:13:05han dado al colegiado la facultad para
  2032. 2:13:07ver temas de violaciones procesales, no
  2033. 2:13:10a los a los [resoplido] tribunales de
  2034. 2:13:11apelación. No sé si me explico. El
  2035. 2:13:14criterio es que el Tribunal de Apelación
  2036. 2:13:15es un tribunal legalista, no
  2037. 2:13:17constitucional.
  2038. 2:13:19Sí. Bien.
  2039. 2:13:22Entonces, con la nueva ley no se reitera
  2040. 2:13:25en segunda instancia la violación para
  2041. 2:13:27que se tenga por debidamente preparada.
  2042. 2:13:30Y para cerrar la exposición,
  2043. 2:13:35eh cuando la ley concede recurso,
  2044. 2:13:40hay que cumplir con estos eh cuatro
  2045. 2:13:43requisitos.
  2046. 2:13:45que la persona lo interponga,
  2047. 2:13:50que sea idóneo
  2048. 2:13:53y que se en tiempo y forma.
  2049. 2:13:57Porque si la persona lo interpone en
  2050. 2:13:59tiempo y en tiempo, pero no es el
  2051. 2:14:02idóneo, puede darse el supuesto que está
  2052. 2:14:05marcado bajo el inciso 1.1.2,
  2053. 2:14:08Porque la persona puede haberlo
  2054. 2:14:10interpuesto en tiempo, pero no es el
  2055. 2:14:11procedente y caen en el supuesto 1.1.3
  2056. 2:14:17porque la persona no interpone ni
  2057. 2:14:19siquiera el recurso. Ustedes están en el
  2058. 2:14:21supuesto 1.1.4.
  2059. 2:14:24Compañeros, en resumen y como lo he
  2060. 2:14:26venido diciendo, solamente
  2061. 2:14:29el 1.1.1
  2062. 2:14:31te tiene por debidamente preparada la
  2063. 2:14:33violación procesal. Es decir, discúlpeme
  2064. 2:14:36que sea reiterativo, que haya que lo
  2065. 2:14:38haya interpuesto en los tres días, que
  2066. 2:14:40haya sido el idóneo
  2067. 2:14:42y que lo haya hecho en la forma que la
  2068. 2:14:45ley prevé, que es exponiendo los
  2069. 2:14:47agravios y que de preferencia los
  2070. 2:14:50exponga sio como silogismo jurídico, sí
  2071. 2:14:54cumpliendo la famosa causa del pedir,
  2072. 2:14:55que es la ley violada,
  2073. 2:14:58el acto reclamado de la autoridad
  2074. 2:15:01jurisdiccional y esa conclusión o
  2075. 2:15:03concatenación de qué te violó la
  2076. 2:15:07la autoridad con esa con ese auto, ¿qué
  2077. 2:15:11qué parte de la ley y por qué te genera
  2078. 2:15:13un agravio? Y se me olvidaba un punto
  2079. 2:15:18muy importante que con esto vamos
  2080. 2:15:19cerrando
  2081. 2:15:21temas
  2082. 2:15:22y eso sí, grábense
  2083. 2:15:30porque
  2084. 2:15:31pocos lo dicen y quizá pocos lo saben,
  2085. 2:15:34muchos sí lo van a saber y no viene en
  2086. 2:15:37la doctrina y no viene en el libro y no
  2087. 2:15:39viene en el otro libro, pero sí vienen
  2088. 2:15:41muchos criterios jurisprudenciales
  2089. 2:15:44eh exponido
  2090. 2:15:46eh en qué trasciende la violación en el
  2091. 2:15:49resultado del fallo.
  2092. 2:15:51A veces se quedan cortos, ¿eh?
  2093. 2:15:55O sea,
  2094. 2:15:57y a lo mejor algunos digan, "Es que en
  2095. 2:15:59esto no puede ser." Pues
  2096. 2:16:01sí. O sea, hay veces que sí digo el
  2097. 2:16:03artículo violado, sí digo el acto y sí
  2098. 2:16:06digo la concatenación,
  2099. 2:16:09pero no digo en qué trascendió la
  2100. 2:16:12violación.
  2101. 2:16:14en la sentencia
  2102. 2:16:16y en materia mercantil no cumplir con
  2103. 2:16:20ese último punto. Me vuelve inoperante
  2104. 2:16:24el agravio
  2105. 2:16:27y lo digo aquí en esta exposición porque
  2106. 2:16:29este requisito no lo piden otras
  2107. 2:16:31materias, pero sí la materia mercantil.
  2108. 2:16:34O sea, si se fijan, es muy técnica.
  2109. 2:16:37No es nada más cumplir con los tres
  2110. 2:16:38ilogismos, ley, acto y conclusión, sino
  2111. 2:16:41decir
  2112. 2:16:43en qué trasciende o puede llegar a
  2113. 2:16:45trascender esa violación. decir, "Señor
  2114. 2:16:49juez,
  2115. 2:16:51el que me hayas desechado la pericial
  2116. 2:16:53trasciende en este momento porque no me
  2117. 2:16:55permites con este acto probar que no
  2118. 2:16:58firmé el contrato.
  2119. 2:17:01Ya cumplí con todo, si no
  2120. 2:17:06violación inoperante." Sí.
  2121. 2:17:12y decimos y repetimos
  2122. 2:17:16ya a manera de cerrar la plática, si ese
  2123. 2:17:19recurso se resuelve fundado, la
  2124. 2:17:21violación desaparece, si no
  2125. 2:17:24subsiste
  2126. 2:17:26y como en el caso particular no hay
  2127. 2:17:30recursos futuros, queda preparada la
  2128. 2:17:33violación procesal. Este es el criterio
  2129. 2:17:36jurisprudencial.
  2130. 2:17:40que les comento que establece que contra
  2131. 2:17:44la resolución que resuelve la revocación
  2132. 2:17:47es improcedente cualquier otro recurso y
  2133. 2:17:49tampoco la apelación
  2134. 2:17:52por la regla que comentó el compañero,
  2135. 2:17:54que es una regla procesal que todos
  2136. 2:17:56debemos saber, no procede recurso contra
  2137. 2:17:58recurso.
  2138. 2:17:59Y aquí está explicado
  2139. 2:18:02por qué no
  2140. 2:18:07el recurso de revocación contra contra
  2141. 2:18:10resolución que resuelva el recurso de
  2142. 2:18:12reocación
  2143. 2:18:14no procederá recurso alguno
  2144. 2:18:17aún inciso A que perdón inciso B que lo
  2145. 2:18:21resuelva de fondo o inciso A que lo
  2146. 2:18:24deseche
  2147. 2:18:26porque para efectos de jurisprudenciales
  2148. 2:18:28el desechamiento tiene efectos de
  2149. 2:18:30resolución. Te di en la torre, pero no
  2150. 2:18:33resolví el fondo. O sí le di trámite y
  2151. 2:18:37te resolví en interlocutoria y lo
  2152. 2:18:38declaré infundado.
  2153. 2:18:40Contra esa sentencia tampoco procede el
  2154. 2:18:43recurso. Si me ayudan, por favor, a
  2155. 2:18:47buscar el rubro. Buscando el rubro para
  2156. 2:18:50compartir el número de registro,
  2157. 2:18:55pero creo de memoria 20, 30, algo así. A
  2158. 2:18:59ver si con el rubro lo sacan y nos lo
  2159. 2:19:00comparten para que quede también como
  2160. 2:19:03parte del material, pero eh buscándolo
  2161. 2:19:05en el en el semanario
  2162. 2:19:09sacamos el el número de registro
  2163. 2:19:11digital. Sí,
  2164. 2:19:13quedamos con
  2165. 2:19:1710 minutos para preguntas.
  2166. 2:19:21Hay 10 minutos.
  2167. 2:19:23Si hay preguntas.
  2168. 2:19:30Sí. Eh, le facilitan el el micrófono
  2169. 2:19:33aquí al compañero. Ah, iba a compartir
  2170. 2:19:35el número de registro,
  2171. 2:19:36¿no?
  2172. 2:19:36Ah.
  2173. 2:19:38Ah, perdón, aquí lo pongo un segundito.
  2174. 2:19:43Sí, adelante. Mire, este es el Ahí pongo
  2175. 2:19:45a la vista de los compañeros el rubro de
  2176. 2:19:49la jurisprudencia para que obtengan el
  2177. 2:19:51número de registro
  2178. 2:19:54y le facilitan para preguntas. Con todo
  2179. 2:19:57gusto a quien gusten primero que acabo
  2180. 2:19:59también.
  2181. 2:20:05Sí, de nuevo, licenciado, nos comentó al
  2182. 2:20:08empezar su conferencia que tiene una
  2183. 2:20:11tablita en su despacho, a ver si nos la
  2184. 2:20:14puede compartir, ya sea por vía mail o
  2185. 2:20:17por algún otro medio, si se nos
  2186. 2:20:20facilitaría muchas cosas para seguir
  2187. 2:20:22entrando.
  2188. 2:20:22Sí, claro, con mucho cariño. Este, nada
  2189. 2:20:24más que lo triste, bueno, no tan triste
  2190. 2:20:27es, tengo la mercantil, pero la civil la
  2191. 2:20:29tengo hecha con el procesal civil de
  2192. 2:20:30Coahuila, que es un código muy bien
  2193. 2:20:32hecho, no es por nada, pero con mucho
  2194. 2:20:34gusto lo compartimos aquí con la
  2195. 2:20:36dirección, eh, con la que estoy
  2196. 2:20:39enormemente agradecido por el honor,
  2197. 2:20:40porque esta sería la segunda vez que me
  2198. 2:20:43invitan a estar con este honorable grupo
  2199. 2:20:48eh y todos los alumnos del instituto.
  2200. 2:20:51con su con mucho cariño lo compartimos
  2201. 2:20:53eh el día de mañana regresando a la
  2202. 2:20:56oficina. Este tiene una pregunta también
  2203. 2:20:58por allá el maestro. Ah, otra. No, si
  2204. 2:21:00nos puede compartir sus mails y
  2205. 2:21:02sí, por supuesto. Claro, claro. Mire, es
  2206. 2:21:04Jesús
  2207. 2:21:06Mendoza Bogados, pero con una sopa
  2208. 2:21:10@gmail.com
  2209. 2:21:15y este
  2210. 2:21:18la página de la red es Inedem Derecho,
  2211. 2:21:26Instituto de Especialización en Derecho,
  2212. 2:21:27Mendoza. Ahí estamos con mucho afecto
  2213. 2:21:30ofreciendo una maestría con validez
  2214. 2:21:32oficial de la oralidad civil, mercantil
  2215. 2:21:35y familiar que es Instituto de
  2216. 2:21:38Especialización Derecho Mendoza.
  2217. 2:21:43Ahí estamos con mucho gusto
  2218. 2:21:46dando ahí la
  2219. 2:21:48Instituto de Especialización en Ducho
  2220. 2:21:50Mendoza y de foto de perfiliste el logo
  2221. 2:21:52y
  2222. 2:22:02estamos en Facebook, Instagram y TikTok.
  2223. 2:22:08Este alguien creo que había una pregunta
  2224. 2:22:10también por el compañero de atrás. Sí,
  2225. 2:22:12adelante. Sí, usted va
  2226. 2:22:16si me regalan otra agüita fría, se los
  2227. 2:22:18agradezco mucho.
  2228. 2:22:19Gracias, doctor, por la exposición. Eh,
  2229. 2:22:22una duda dio más para confirmar. Eh,
  2230. 2:22:26platicó mucho el caso de el recurso,
  2231. 2:22:28bueno, una violación procesal, se
  2232. 2:22:29promueve el recurso y se atiende y en
  2233. 2:22:32caso de que se declare infundado, bueno,
  2234. 2:22:34ya está preparado y se ataca en el
  2235. 2:22:35amparol. Finalmente, en el caso de estar
  2236. 2:22:38en la otra parte, es decir, el que fue
  2237. 2:22:41beneficiado con el desechamiento
  2238. 2:22:44inicial de la prueba, se se
  2239. 2:22:48promueve el recurso, se declara fundado.
  2240. 2:22:52Ahora él ya no tiene recurso porque pues
  2241. 2:22:54no hay recurso contra recurso. Ahí
  2242. 2:22:56básicamente sería la violación procesal
  2243. 2:22:58reclamada en amparo directo en caso de
  2244. 2:22:59que trascendiera sin necesidad de
  2245. 2:23:01ulterior actividad. Correcto.
  2246. 2:23:03Es correcto porque no hay recurso y nada
  2247. 2:23:05más que se le invierte a él va de en un
  2248. 2:23:08inicio de ser una violación procesal de
  2249. 2:23:10de al que le habían desechado la prueba,
  2250. 2:23:12después se vuelve una violación procesal
  2251. 2:23:14al que se le admite.
  2252. 2:23:15Correct correcto. Porque él considera
  2253. 2:23:16que debe que estaba correcto el
  2254. 2:23:17desechamiento.
  2255. 2:23:18Más hay que estar muy al pendiente,
  2256. 2:23:19querido maestro y abogado, porque el
  2257. 2:23:22Código de Comercio prevé el recurso
  2258. 2:23:23tanto para el que admite como para el
  2259. 2:23:24que desecha.
  2260. 2:23:26Sí, sí, sí. Entonces, si el si si
  2261. 2:23:29incorrectamente el juez admitió la
  2262. 2:23:31prueba, hay que interponer el recurso
  2263. 2:23:33contra la admisión ilegal, porque si no
  2264. 2:23:36bajo la regla lo que también expusimos
  2265. 2:23:38es acto consentido. Había una pregunta
  2266. 2:23:40aquí con el compañero, no sé si hay
  2267. 2:23:42otra.
  2268. 2:23:51Ah, compartimos el número de registro.
  2269. 2:23:54el número ahí lo va a compartir. 30 420
  2270. 2:23:5720 30 420 20 30 420
  2271. 2:24:00muchísim
  2272. 2:24:04la jurisprudencia que se comparte aquí
  2273. 2:24:07que es la que nos da la base para
  2274. 2:24:08señalar que contra el la sentencia
  2275. 2:24:11interlocutoria que resuelve el recurso
  2276. 2:24:13no cabe recurso alguno. Sí,
  2277. 2:24:17maestro, eh, gracias por su exposición,
  2278. 2:24:20muy buena.
  2279. 2:24:20Muchas gracias práctica.
  2280. 2:24:22Muchas gracias.
  2281. 2:24:23Eh, partiendo de la premisa de lo que
  2282. 2:24:24dice el artículo 1390 bis eh que
  2283. 2:24:29creo que fue reformado en el año 2017 y
  2284. 2:24:32que surtió plenamente sus efectos en
  2285. 2:24:342020. Es correcto.
  2286. 2:24:36eh que dice textualmente que
  2287. 2:24:39contra las resoluciones del oral
  2288. 2:24:42mercantil no hay recursos
  2289. 2:24:43y que proceden y que proceden en esa vía
  2290. 2:24:46todas las contiendas mercantiles sin
  2291. 2:24:48limitación de cuantidad alguna
  2292. 2:24:51y que sé que los únicos, bueno, lo que
  2293. 2:24:54mi razonamiento me permite a mí ver es
  2294. 2:24:55que los juicios ejecutivos mercantiles
  2295. 2:24:58tradicionales superiores a 4 m000ones
  2296. 2:25:01serían tal vez y los medios
  2297. 2:25:03preparatorios los únicos en los que
  2298. 2:25:05habría apelación, revocación y
  2299. 2:25:08reposición. O hay algo que se me está
  2300. 2:25:10escapando o estoy interpretando mal ese
  2301. 2:25:12artículo 1390 desde 2020.
  2302. 2:25:19En el ordinario también hab estar a las
  2303. 2:25:23reglas de eh la apelación y la
  2304. 2:25:26revocación,
  2305. 2:25:27pero por ejemplo en el oral se supone
  2306. 2:25:29que ya se llevan los asuntos de la vía
  2307. 2:25:31ordinaria, inclusive los declarativos
  2308. 2:25:33hay un test.
  2309. 2:25:34Aunque no es de nuestra exposición, yo
  2310. 2:25:37con mucho gusto lo comparto porque el
  2311. 2:25:38libro lo señala y porque me especializo
  2312. 2:25:40mucho en orale mercantil. Lo que pasa,
  2313. 2:25:43compañero, es que los asuntos que se
  2314. 2:25:46demandan, que no tienen una cuantidad
  2315. 2:25:48líquida determinable, se ventilan por la
  2316. 2:25:50vía ordinaria mercantil. Vamos a dar
  2317. 2:25:52ejemplos. la resisión de un contrato, la
  2318. 2:25:56nulidad de un contrato, el que un socio
  2319. 2:25:58me rinda cuentas no tiene cuantía y al
  2320. 2:26:01no tener cuantía el asunto nos tenemos
  2321. 2:26:03que ir por la vía ordinaria mercantil.
  2322. 2:26:06En este caso, compañero, la oral va a
  2323. 2:26:09ser para todo aquel asunto que no tenga
  2324. 2:26:13tramitación especial y que su cuantía
  2325. 2:26:17sea de un peso a una cuantía
  2326. 2:26:21indeterminable. O sea, el eh, perdón,
  2327. 2:26:23disculpen, no indeterminable, a 20,000
  2328. 2:26:26millones de pesos, ¿sí? desde un peso
  2329. 2:26:28hasta todas las cantidades, siempre y
  2330. 2:26:31cuando la regla es que no haya una
  2331. 2:26:35tramitación especial para podernos ir
  2332. 2:26:37por la vía oral, porque si tú tienes un
  2333. 2:26:39título ejecutivo, te vas a ir por la vía
  2334. 2:26:41ejecutiva. Vas a tener, compañero, la
  2335. 2:26:44cuantía del título o del título
  2336. 2:26:46ejecutivo. Si es un monto menor al
  2337. 2:26:50apelable, es ejecutivo tradicional. Del
  2338. 2:26:53monto apelable a 4,000ones es vía oral.
  2339. 2:26:57O es al revés. Sí, estamos bien. Va. Y
  2340. 2:26:59de 4 millones para arriba,
  2341. 2:27:01ejecutivo mercantil oral es de 4
  2342. 2:27:02millones hacia abajo.
  2343. 2:27:04Es que no es es
  2344. 2:27:07otra vez va
  2345. 2:27:08el tradicional ejecutivo
  2346. 2:27:10ejecutivo mercantil oral de 930 y tantos
  2347. 2:27:14de 924 a 4 millones. Estamos bien y y de
  2348. 2:27:17924 para abajo es ejecutivo tradicional.
  2349. 2:27:21Y entonces estos recursos, compañero,
  2350. 2:27:24quedan para esos supuestos. que no eh eh
  2351. 2:27:28tú te vas a ir a la vía oral, hermano,
  2352. 2:27:31cuando no tengas un título ejecutivo,
  2353. 2:27:33una factura que quieras cobrar o un
  2354. 2:27:35pagaré que ya te haya prescrito la
  2355. 2:27:37acción ejecutiva. Sí, cuando tengas una
  2356. 2:27:39o un contrato que quieras demandar un
  2357. 2:27:41pago,
  2358. 2:27:43mone, líquido,
  2359. 2:27:44por ejemplo, una acción de resisión,
  2360. 2:27:46pero que tiene efectos condenatorios en
  2361. 2:27:48la petición de pretensiones y que están
  2362. 2:27:49ya cuantificados, sí, sería oral
  2363. 2:27:51mercantil, ¿verdad? Sí, si en tus
  2364. 2:27:54prestaciones
  2365. 2:27:56la cantidad,
  2366. 2:27:57por esa razón seal.
  2367. 2:27:59Ah, okay. Gracias, maestro.
  2368. 2:28:00Sí, pero eso también porque hay criterio
  2369. 2:28:02judispensal asuntos eh eh a la hora de
  2370. 2:28:05oponer la excepción. Si en la B tú
  2371. 2:28:08quieres que se liquide esa prestación en
  2372. 2:28:11sentencia, es ordinaria. La cantidad
  2373. 2:28:14tiene que estar líquida en la demanda,
  2374. 2:28:15en las prestaciones de la demanda, no
  2375. 2:28:18liquidable en sentencia. ¿Sí me explico?
  2376. 2:28:20Porque tú puedes decir que se declare
  2377. 2:28:22rescindido el contrato prestación B y
  2378. 2:28:25que como inciso B eh en liquidación me
  2379. 2:28:27paguen X, bueno, si te dice me paguer X
  2380. 2:28:30cantidad, ya lo vuelves líquido y lo
  2381. 2:28:31vuelves oral. Pero si tú no sabes en ese
  2382. 2:28:34momento cuál va a ser la liquidez, lo
  2383. 2:28:37hace ordinario, porque la regla para el
  2384. 2:28:39ordinario es que no haya cuantidad
  2385. 2:28:41determinada en las prestaciones.
  2386. 2:28:43Gracias, maestro. Mucho gusto.
  2387. 2:28:46Agradecemos las aportaciones y
  2388. 2:28:48experiencias compartidas por nuestro
  2389. 2:28:50expositor, Dr. Jesús Alejandro Mendoza
  2390. 2:28:53Aguirre y en nombre del Poder Judicial
  2391. 2:28:56del Estado se le entrega un merecido
  2392. 2:28:58reconocimiento por su participación,
  2393. 2:29:01mismo que a la letra dice,
  2394. 2:29:04diplomado de actualización en derecho
  2395. 2:29:06procesal mercantil. El Poder Judicial
  2396. 2:29:09del Estado de Nuevo León, a través del
  2397. 2:29:11Instituto de la Judicatura, otorga el
  2398. 2:29:14presente reconocimiento a Dr. Jesús
  2399. 2:29:18Alejandro Mendoza Aguirre por su
  2400. 2:29:20brillante disertación del tema
  2401. 2:29:22revocación y reposición del módulo 3,
  2402. 2:29:26recursos y amparo en materia mercantil.
  2403. 2:29:29Monterrey, Nuevo León, 31 de agosto de
  2404. 2:29:332026. Firma maestro José Antonio
  2405. 2:29:36Gutiérrez Flores, director general del
  2406. 2:29:39Instituto de la Judicatura del Poder
  2407. 2:29:41Judicial del Estado de Nuevo León.
  2408. 2:29:57Es así como ha concluido esta segunda
  2409. 2:29:59sesión del diplomado en actualización en
  2410. 2:30:02derecho procesal mercantil. Agradecemos
  2411. 2:30:04su asistencia al mismo, recordándoles
  2412. 2:30:07que la siguiente sesión será el próximo
  2413. 2:30:10día miércoles 2 de septiembre en punto
  2414. 2:30:12de las 16 horas. El tema a abordar es
  2415. 2:30:15amparo mercantil. Les recordamos que es
  2416. 2:30:18importante contestar la evaluación del
  2417. 2:30:20docente, así como realizar las
  2418. 2:30:22actividades síncronas que aparecen
  2419. 2:30:25dentro de SICADI.
  2420. 2:30:27Se les invita a todos los que están aquí
  2421. 2:30:29presentes eh poder asistir para la
  2422. 2:30:34exposición de los libros que se
  2423. 2:30:35encuentran a la venta del doctor Mendoza
  2424. 2:30:38Aguirri. Gracias a todas y todos. que
  2425. 2:30:41tengan la mejor de las tardes.

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