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Derecho de daños. Módulo 9. Parte 4 — Transcript

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  1. 0:05Finalmente, dentro de este módulo vamos
  2. 0:08a analizar o vamos a comentar algunos
  3. 0:11asuntos prácticos de la indemnización.
  4. 0:16Voy a presentar algunos casos prácticos
  5. 0:18relacionados con diversos problemas
  6. 0:19jurídicos planteados respecto de la
  7. 0:22indemnización de daños, precisando los
  8. 0:25criterios que ha adoptado la Suprema
  9. 0:27Corte de Justicia de la Nación al
  10. 0:29resolverlos, así como la justificación
  11. 0:32de dicho criterio.
  12. 0:38Primer ejemplo
  13. 0:40es del que se relaciona con la
  14. 0:42interpretación que hizo la primera sala
  15. 0:44de la Suprema Corte de la de Justicia de
  16. 0:47la Nación en el amparo directo en
  17. 0:49revisión 1068/211
  18. 0:53en relación con el artículo 62 de la Ley
  19. 0:57de Aviación Civil de México. Dicho
  20. 1:00artículo establece lo siguiente. Para
  21. 1:04los daños a pasajeros, el derecho a
  22. 1:07percibir indemnizaciones se sujetará a
  23. 1:10lo dispuesto en el código
  24. 1:13a lo dispuesto por el artículo 1915 del
  25. 1:16Código Civil Federal, salvo por lo que
  26. 1:19se refiere al monto que será el triple
  27. 1:21de lo previsto en dicho artículo. Para
  28. 1:24la prelación en el pago de las
  29. 1:26indemnizaciones se estará a lo dispuesto
  30. 1:28en el artículo 501 de la Ley Federal de
  31. 1:31Trabajo.
  32. 1:33En términos sencillos, este artículo
  33. 1:35regula las indemnizaciones por los daños
  34. 1:37sufridos por los pasajeros durante el
  35. 1:40transporte aéreo.
  36. 1:42El problema jurídico que se planteó ante
  37. 1:45en el asunto en el amparo directo en
  38. 1:47revisión fue el siguiente. La ley de
  39. 1:49aviación civil vulnera el derecho a una
  40. 1:52justa indemnización al limitar la
  41. 1:54responsabilidad de la una empresa para
  42. 1:57la reparación del daño.
  43. 1:59Criterio de la Suprema Corte. La Ley de
  44. 2:02Aviación Civil vulnera, si vulnera el
  45. 2:06derecho ajusta indemnización al limitar
  46. 2:08la responsabilidad de una empresa para
  47. 2:11la reparación de los daños. La
  48. 2:13limitación de responsabilidad es
  49. 2:15injustificada, ya que no tiene una
  50. 2:18finalidad constitucionalmente
  51. 2:20válida. La justificación del criterio es
  52. 2:24el siguiente. La Corte destacó que la
  53. 2:27limitación de la responsabilidad del
  54. 2:29transportista impuesta por el artículo
  55. 2:3262 de la referida ley no tiene una
  56. 2:35finalidad constitucionalmente válida, ya
  57. 2:38que no contribuye a la mejora en el
  58. 2:41servicio, a la eficiencia o a la
  59. 2:43competitividad.
  60. 2:45Las tampoco actualiza el marco jurídico
  61. 2:48conforme a la regulación internacional.
  62. 2:51no persigue la seguridad de los
  63. 2:52pasajeros ni el equilibrio en beneficio
  64. 2:55del público usuario. Solo contribuye a
  65. 2:58la falta de cuidado e responsabilidad de
  66. 3:01los concesionarios y de sus dependientes
  67. 3:04y empleados, puesto que les asegura una
  68. 3:07limitación en su responsabilidad,
  69. 3:09independiente de su conducta y de los
  70. 3:12daños causados en detrimento de la
  71. 3:14integridad física y de la salud de los
  72. 3:17pasajeros.
  73. 3:19Como comentamos en módulo, bueno,
  74. 3:22en los temas anteriores, eh el criterio
  75. 3:26de la Suprema Corte de Justicia de la
  76. 3:27Nación eh es
  77. 3:31que no se deben establecer
  78. 3:35montos máximos
  79. 3:37para el cálculo de la indemnización,
  80. 3:40sino que tiene ser tiene que ser caso a
  81. 3:42caso eh caso a caso, perdón, eh de
  82. 3:46acuerdo a la afectación concreta. Y aquí
  83. 3:50la corte va un poco más allá al
  84. 3:56vincular
  85. 3:58la indemnización
  86. 4:01con una posible
  87. 4:05reiteración
  88. 4:06en ciertas conductas
  89. 4:09para los usuarios. en ese sentido de que
  90. 4:13se se estima que no debe haber una
  91. 4:16limitación en la responsabilidad que
  92. 4:19permita pues una actitud cómoda que
  93. 4:25cree la impresión o que de la de eh
  94. 4:33fomente
  95. 4:35que los prestadores de servicios o de
  96. 4:38los transportistas
  97. 4:41puedan llegar a la conclusión de que en
  98. 4:43realidad no van a tener una afectación
  99. 4:47considerable, sino que e les pone una
  100. 4:52limitante que les puede resultar cómodo
  101. 4:56seguir eh realizando conductas o hechos
  102. 4:59ilícitos que afecten a otras personas.
  103. 5:05El problema jurídico planteado en este
  104. 5:08otro amparo directo en revisión 4332/
  105. 5:122018 de la primera sala de la de de la
  106. 5:16Suprema Corte de Justicia de la Nación
  107. 5:19fue el siguiente. El artículo 7151
  108. 5:23del Código Civil para el Estado de
  109. 5:25México vulnera el derecho a una justa
  110. 5:28indemnización al permitir al juez
  111. 5:30aumentar a su arbitrio la indemnización
  112. 5:33fijada por la ley. Cabe destacar que ese
  113. 5:37artículo señala lo siguiente. Cuando un
  114. 5:40daño ocasiona una incapacidad para
  115. 5:42trabajar, ya sea parcial permanente,
  116. 5:45parcial temporal o total temporal, la
  117. 5:49indemnización será fijada por el juez,
  118. 5:51tomando en cuenta las disposiciones de
  119. 5:53la Ley Federal de Trabajo. Además, el
  120. 5:56juez puede aumentar prudencialmente la
  121. 5:59indemnización, considerando la situación
  122. 6:02económica de quien debe pagarla y las
  123. 6:05necesidades de la víctima.
  124. 6:09La Suprema Corte consideró que este
  125. 6:13artículo no vulnera el derecho a una
  126. 6:16justa indemnización, ya que la norma
  127. 6:18permite que el juez no se limite a
  128. 6:21cuotas preestablecidas, sino que
  129. 6:23atendiendo al caso concreto, aumenta la
  130. 6:26cantidad indemnizatoria con el fin de
  131. 6:29respetar y proteger el derecho humano a
  132. 6:31una justa indemnización, sin que ello
  133. 6:34provoque inseguridad jurídica o arbitrio
  134. 6:37judicial injustific icado, pues la norma
  135. 6:40establece los parámetros que deben ser
  136. 6:42considerados a fin de establecer un
  137. 6:44monto superior a lo establecido en la
  138. 6:46legislación laboral. Justificación del
  139. 6:49criterio. La circunstancia de que el
  140. 6:51precepto legal de manera expresa permita
  141. 6:54que el juzgador, a su prudente arbitrio,
  142. 6:57aumente la indemnización que, conforme
  143. 6:59las prescripciones de la Ley Federal del
  144. 7:01Trabajo, deberán corresponder a una
  145. 7:04causa de imposibilidad para trabajar,
  146. 7:07resulta acorde con los parámetros de
  147. 7:09constitucionalidad y convencionalidad,
  148. 7:12que precisamente establecen que las
  149. 7:14normas que regulen la reparación del
  150. 7:16daño no deben ser restrictivas, a fin de
  151. 7:19que esta sea integrada. y justa. En este
  152. 7:22criterio, volvemos a ver esta tendencia
  153. 7:25que lo que lo que e
  154. 7:29no se estima o los parámetros que deben
  155. 7:33que deben estimarse para una
  156. 7:36indemnización integral no debe tener
  157. 7:40tope máximo. Es decir, si hay libertad
  158. 7:43para establecer
  159. 7:46cantidades mayores a las que establece
  160. 7:49la ley, lo que se encuentra,
  161. 7:52no lo digamos, es lo que se encuentra
  162. 7:55proscrito es establecer eh un tope, un
  163. 7:59tope máximo, porque eso ya limita la
  164. 8:02posibilidad de valorar el tipo de daño,
  165. 8:06el grado del daño y de cuantificar su
  166. 8:10reparación.
  167. 8:14El siguiente criterio es el siguiente.
  168. 8:16El siguiente criterio se refiere al
  169. 8:18artículo 145 de la Ley sobre el contrato
  170. 8:22de seguro,
  171. 8:24que dispone lo siguiente. En el seguro
  172. 8:27de responsabilidad civil, la aseguradora
  173. 8:30se obliga hasta el límite de la suma
  174. 8:32asegurada a pagar la indemnización que
  175. 8:35el asegurado deba a un tercero por un
  176. 8:37daño cubierto por la póliza.
  177. 8:40Además, en los seguros obligatorios, la
  178. 8:43cobertura debe alcanzar los montos
  179. 8:45indemnizatorios o sumasadas que
  180. 8:48establezcan las posiciones legales
  181. 8:51aplicables. El problema jurídico
  182. 8:54planteado es el siguiente. El artículo
  183. 8:57145 de la Ley sobre el contrato de
  184. 8:59seguro vulnera el derecho a una justa
  185. 9:02indemnización al establecer que la
  186. 9:05aseguradora solo está obligada a pagar
  187. 9:07una indemnización que cubra su asegurado
  188. 9:10hasta el límite de la suma asegurada
  189. 9:12pactada. El criterio de la Suprema Corte
  190. 9:16fue el siguiente. El citado precepto
  191. 9:18legal no vulnera el derecho a una justa
  192. 9:21indemnización al disponer que la
  193. 9:24aseguradora solo estará obligada a pagar
  194. 9:26la indemnización que corresponda cubrir
  195. 9:29a su asegurado hasta el límite de la
  196. 9:32suma asegurada pactada. Si la suma
  197. 9:34asegurada no cubre la cuantía de la
  198. 9:37reparación, la obligación del asegurado
  199. 9:39prevalece frente a la víctima, ya que la
  200. 9:42aseguradora solo asume una obligación de
  201. 9:46manera subsidiaria en un monto
  202. 9:48determinado.
  203. 9:50Justificación del criterio. La Corte
  204. 9:52señaló que el artículo cuestionado en
  205. 9:55forma alguna limita el derecho de la o
  206. 9:57las víctimas a obtener una indemnización
  207. 10:00integral, ya que si la suma asegurada no
  208. 10:03cubre la cuantía de la reparación a que
  209. 10:06hubiere sido condenado el el asegurado,
  210. 10:09la obligación de pago de este último
  211. 10:11prevalece frente a la última, por lo que
  212. 10:13el tercero que tenga derecho a la
  213. 10:15reparación, si es el caso, conserva
  214. 10:19expedito sus derechos para exigírselos
  215. 10:21de manera directa al responsable en la
  216. 10:24parte de la reparación que no le haya
  217. 10:26sido cubierta por la seguradura. En
  218. 10:29ocasiones pues hay hay
  219. 10:33seguros que cubren eh ciertos daños a
  220. 10:36terceros, por ejemplo, ciertos seguros
  221. 10:38de los vehículos, incluso este
  222. 10:43la propia eh
  223. 10:46me parece que la propia Comisión Federal
  224. 10:48de Electricidad tiene un seguro eh
  225. 10:52también y
  226. 10:55por lo que optan las víctimas o algunas
  227. 10:59víctimas en general o a veces es
  228. 11:04reclamar directamente la indemnización
  229. 11:08respecto de la aseguradora.
  230. 11:11Y esto lo hacen pues porque ahí hay una
  231. 11:13garantía, pues digamos que una garantía
  232. 11:16de pago, hay una póliza, pero eso no
  233. 11:18quiere decir que sea la única manera,
  234. 11:22sino que quedan expedito los derechos de
  235. 11:25la víctima para acelar no solo en contra
  236. 11:29de la aseguradora, sino también por eh
  237. 11:33el asegurado para que la parte que no
  238. 11:36termine de cubrir el seguro se le pueda
  239. 11:39reclamar a la seguridad. al asegurado
  240. 11:42respecto de los daños extracontractuales
  241. 11:45que se hayan causado. Sin embargo,
  242. 11:48también se interpretó que el asegurador
  243. 11:50no puede responder más allá del contrato
  244. 11:53de seguro. En ese sentido, cuando se
  245. 11:56demande eh una indemnización,
  246. 12:00el derecho, una indemnización y se y se
  247. 12:03le reclame solo a la aseguradora, se
  248. 12:06llame a juicio solo a la aseguradora,
  249. 12:08debemos tener plena conciencia, tanto
  250. 12:11como postulantes o como quienes vamos a
  251. 12:14resolver el asunto, que el límite por el
  252. 12:17que responde la aseguradora es el límite
  253. 12:20a que se refiere la suma asegurada, no
  254. 12:23más allá. Entonces, para que tanto el
  255. 12:28que va a resolver
  256. 12:30eh la persona juzgadora, la persona
  257. 12:33operadora del sistema de justicia, como
  258. 12:36a los postulantes, bueno, tienen que
  259. 12:38tomar en cuenta este tópico para
  260. 12:41determinar cuáles serían su estrategia
  261. 12:45de litigio y en su caso, cuando te un
  262. 12:49asunto que tengas que resolver y te
  263. 12:51reclamen un asunto
  264. 12:55superior al monto de la suma asegurada
  265. 12:59en la police, tenerla tener presente
  266. 13:02este criterio que se que se desprende el
  267. 13:06amparo directo en revisión 593/al
  268. 13:082015 en el sentido de que la aseguradora
  269. 13:12solamente responde por el monto de la
  270. 13:14suma asegurada.
  271. 13:18Otro ejemplo lo tenemos en la
  272. 13:20interpretación del artículo 1900 del
  273. 13:22Código Civil del Estado de Hidalgo, que
  274. 13:26dispone lo siguiente.
  275. 13:39Bueno, actualmente
  276. 13:41me parece que ya se reformó el artículo
  277. 13:451900 del Código Civil, salvo
  278. 13:49que tenga aquí yo la información
  279. 13:50correcta, pero dicho artículo eh del
  280. 13:54Código Civil del Estado de Hidalgo
  281. 13:56establecía en su artículo 1900 un tope
  282. 14:00máximo para la cuantificación de la
  283. 14:02indemnización por daño moral. Lo que yo
  284. 14:05tengo aquí es que el 1900 del Código
  285. 14:07Civil para el Estado de Hidalgo define
  286. 14:09al daño moral como la afectación de una
  287. 14:12persona que sufre en sus sentimientos,
  288. 14:14afectos, creencias de coro o no,
  289. 14:17reputación, vida privada, configuración
  290. 14:19o aspecto físico o en la consideración
  291. 14:22que los demás tienen de ella. Además, se
  292. 14:24presume que existe daño moral cuando se
  293. 14:26vulnera ilegítimamente la libertad o la
  294. 14:29integridad física o psíquica de una
  295. 14:32persona.
  296. 14:33la invitación que establecía el referido
  297. 14:35numeral, la Suprema Corte de
  298. 14:39la Suprema Corte de Justicia de la
  299. 14:42Nación
  300. 14:45con la entonces primera sala interpretó
  301. 14:48que este artículo sí vulnera el derecho
  302. 14:50a una justa indemnización al establecer
  303. 14:53un top un tope máximo para la
  304. 14:55cuantificación de la indemnización,
  305. 14:58porque esa disposición fijaamente montos
  306. 15:01indemnizatorios al margen caso y de su
  307. 15:04realidad. La justificación del criterio
  308. 15:07de la Corte fue el siguiente, que el
  309. 15:09derecho a una reparación integral o
  310. 15:11justa indemnización tiene el rango de
  311. 15:14derecho fundamental
  312. 15:16y que este derecho se vulnera cuando el
  313. 15:18legislador arbitrariamente fija montos
  314. 15:21indemnizatorios al margen del caso y de
  315. 15:24su realidad. O sea, cuando se limita la
  316. 15:27responsabilidad indemnizatoria fijando
  317. 15:30un techo cuantitativo mediante topes o
  318. 15:34tarifas, con lo que se margina las
  319. 15:36circunstancias concretas del ju, por lo
  320. 15:39que corresponde al juez cuantificar de
  321. 15:41manera justa y equitativa la
  322. 15:43indemnización con base en criterios de
  323. 15:46razonabilidad al ser el juzgador quien
  324. 15:49conoce las particularidades
  325. 15:52del caso.
  326. 15:54Volvemos a reiterar, los topes máximos
  327. 15:58al al fijados al derecho a la
  328. 16:02indemnización,
  329. 16:04eh pues técnicamente se encuentran
  330. 16:07proscritos porque hay que atender
  331. 16:09siempre a las circunstancias del caso.
  332. 16:15Otro problema jurídico planteado es cómo
  333. 16:18debe realizarse la cuificación de
  334. 16:20indemiación por daño moral en casos de
  335. 16:23discriminación.
  336. 16:25El criterio de la Corte es el siguiente.
  337. 16:29El resarcimiento en tratándose de
  338. 16:31discriminación debe de consistir en una
  339. 16:34reparación integral del daño generado y
  340. 16:36probado, el cual sea consecuencia
  341. 16:39directa del acto discriminatorio.
  342. 16:41Debe garantizarse una reparación
  343. 16:44efectiva y proporcional de la
  344. 16:46afectación, sin que exista un límite
  345. 16:48máximo, ya que el monto dependerá de las
  346. 16:50circunstancias específicas del caso. No
  347. 16:54es necesario y forzoso que se imponga
  348. 16:57una indemnización monetaria.
  349. 17:00La justificación del criterio es el
  350. 17:02siguiente. La indemnización otorgada
  351. 17:05debe ser comparable con la gravedad del
  352. 17:07daño sufrido sin que la previa nulidad
  353. 17:10declarada del daño sufrido a
  354. 17:12consecuencia del acto discriminatorio,
  355. 17:15compensando íntegramente tal situación
  356. 17:18en que la previa nulidad declarada
  357. 17:21respecto al acto cuestionado implique de
  358. 17:24manera necesaria y forzosa que se debe
  359. 17:27imponer una indemnización monetaria,
  360. 17:29pues ello será una consecuencia directa
  361. 17:31de las constancias que obren tener el
  362. 17:33expediente y que sean valoradas por el
  363. 17:36juzgador competente.
  364. 17:43Finalmente,
  365. 17:45eh el último problema jurídico planteado
  366. 17:49tratándose asuntos prácticos de
  367. 17:51indemnización es el siguiente. ¿Cómo
  368. 17:54deben valorarse los hechos victimizantes
  369. 17:56para la cuantificación de la
  370. 17:58indemnización?
  371. 17:59La Suprema Corte en su entonces primera
  372. 18:02sala interpretó que esos hechos
  373. 18:05victimizantes no solo implican la
  374. 18:08transgresión derivada del incumplimiento
  375. 18:10de un deber o prohibición de carácter
  376. 18:12legal, también conllevan una afectación
  377. 18:15sufrida por una persona en la forma de
  378. 18:18una violación a derechos humanos. El
  379. 18:21órgano jurisdiccional debe identificar
  380. 18:24todas y cada una de las consecuencias
  381. 18:26del hecho victimizante para estar en
  382. 18:28posibilidad de individualizar las
  383. 18:31distintas medidas que serán necesarias
  384. 18:33para reparar el daño o cuando se trate
  385. 18:36de un procedimiento estrictamente
  386. 18:38indemnizatorio, los diferentes rubros o
  387. 18:41criterios que deberán considerarse para
  388. 18:43determinar el móvil. La Corte señaló que
  389. 18:46es necesario entender que una violación
  390. 18:49a derechos humanos debe entenderse a
  391. 18:52partir del principio de indivisibilidad
  392. 18:55de los mismos, pues para entender la
  393. 18:57magnitud del hecho victimizante no debe
  394. 19:00revisarse únicamente la gravedad del
  395. 19:02daño, sino el impacto que puede tener
  396. 19:05respecto de otros derechos.
  397. 19:08Básicamente los en esos asuntos
  398. 19:11prácticos de la indemnización
  399. 19:14eh podemos concluir
  400. 19:17o reiterar los criterios para la
  401. 19:21indemnización, que es decir, pueden
  402. 19:23existir topes mínimos a partir de los
  403. 19:27cuales el juzgador o el órgano
  404. 19:29jurisdiccional puede establecer e
  405. 19:34indemnizaciones mayores al tope mínimo,
  406. 19:37Pero no pueden existir topes máximos que
  407. 19:41limiten al órgano jurisdiccional o al
  408. 19:44operador e fijar una indemnización
  409. 19:48reparatoria en todos los aspectos de los
  410. 19:51que se posible. En ocasiones la
  411. 19:54reparación del daño no es solamente
  412. 19:58pecuniaria, sino también pueden eh
  413. 20:01traducirse en otro tipo de acciones como
  414. 20:05disculpas públicas o aclaraciones
  415. 20:10o alguna actuación que le permita a la
  416. 20:15persona afectada en sus sentimientos o
  417. 20:18en sus derechos eh sentirse se
  418. 20:22restarcida o conforme con el actuar de
  419. 20:25la otra persona.
  420. 20:27en tratándose de aseguradoras, el si
  421. 20:31existe un límite y el límite es el monto
  422. 20:36que ampara la póliza. Sin embargo,
  423. 20:39todavía quedan expeditos los derechos
  424. 20:41del actor para reclamar para reclamarle
  425. 20:45directamente alegur al al asegurado el
  426. 20:48pago del excedente de los daños y
  427. 20:50perjuicios que no se hayan cubierto con
  428. 20:53el monto de la póliza. Eh, agradezco su
  429. 20:56atención al presente, digo, a la
  430. 20:59presente exposición y espero que lo aquí
  431. 21:03expuesto les sea de utilidad. Muchas
  432. 21:06gracias.

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