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Derecho de daños. Módulo 8 — Transcript

by Archivo ENFJ · 13,852 words · 2,795 segments · language en · Watch on YouTube

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  1. 0:03Hola, ¿cómo están? Bienvenidos.
  2. 0:05Permítanme antes de empezar a
  3. 0:07presentarme y cualquier otra cosa,
  4. 0:11comenzar este curso con una sola
  5. 0:13pregunta,
  6. 0:14una pregunta que probablemente hace
  7. 0:16apenas 100 años habría tenido una
  8. 0:18respuesta bastante sencilla,
  9. 0:21pero aquí hoy representa uno de los
  10. 0:22problemas más fascinantes del derecho de
  11. 0:24daños.
  12. 0:26La pregunta es la siguiente.
  13. 0:34¿Puede un juez condenar a una persona
  14. 0:37que en realidad no hizo nada malo?
  15. 0:40La respuesta intuitiva de la mayoría de
  16. 0:41nosotros sería decir que no, porque
  17. 0:44durante mucho tiempo aprendimos una
  18. 0:46regla aparentemente muy sencilla.
  19. 0:49Quien causa un daño por su culpa debe
  20. 0:51reparar. En consecuencia, quien no tuvo
  21. 0:54culpa no responde. Parece una regla
  22. 0:57lógica, una regla justa, pero veremos
  23. 1:00que el derecho contemporáneo ya no
  24. 1:02siempre responde de esa manera.
  25. 1:05Y para comprender por qué, quisiera
  26. 1:08invitarlos a imaginar un caso, no un
  27. 1:11caso extraordinario, un caso
  28. 1:13perfectamente posible.
  29. 1:16Imaginen una persona que después de
  30. 1:17muchos años de trabajo logra cumplir uno
  31. 1:20de sus sueños personales,
  32. 1:23comprar su primer automóvil nuevo.
  33. 1:27Después de durar durante años,
  34. 1:29finalmente recibe la llamada de la
  35. 1:31agencia.
  36. 1:32Le informan que su vehículo ya está
  37. 1:34listo.
  38. 1:35Llega un sábado por la mañana, firma los
  39. 1:38últimos documentos, recibe las llaves,
  40. 1:41observa por primera vez ese automóvil
  41. 1:44completamente nuevo.
  42. 1:52Sale de la agencia, recorre apenas unos
  43. 1:54cuantos kilómetros y de pronto pierde
  44. 1:56completamente el control del vehículo.
  45. 1:59El automóvil se desvilla,
  46. 2:02invade la banqueta e impacta contra un
  47. 2:05monumento
  48. 2:07y ello provoca la muerte de dos personas
  49. 2:09que caminaban por el lugar.
  50. 2:12Naturalmente se inicia una
  51. 2:13investigación, intervienen los peritos,
  52. 2:17se reconstruye el accidente,
  53. 2:19se analizan las condiciones del
  54. 2:21vehículo, se estudia la conducta del
  55. 2:23conductor y varios meses después los
  56. 2:26dictámenes llegan a una conclusión.
  57. 2:28o a varias. La primera de ellas es que
  58. 2:31el conductor respetó absolutamente todas
  59. 2:34las normas de tránsito, no conducía
  60. 2:37exceso de velocidad, no había consumido
  61. 2:39alcohol, no estaba distraído, no
  62. 2:42utilizaba el teléfono celular,
  63. 2:45no existía evidencia alguna de
  64. 2:47imprudencia. Segunda conclusión,
  65. 2:51los peritos determinan que el accidente
  66. 2:53fue provocado por una falla mecánica del
  67. 2:55propio automóvil.
  68. 2:58Y finalmente, la última conclusión es
  69. 2:59que la empresa fabricante había cumplido
  70. 3:01con todos los estándares técnicos y
  71. 3:03administrativos aplicables para la
  72. 3:05construcción del vehículo.
  73. 3:08Hasta aquí parecería que tenemos un
  74. 3:09accidente nada más. Pero ahora
  75. 3:14imaginen que ustedes son la jueza o el
  76. 3:17juez encargado de resolver este asunto.
  77. 3:20Y entonces aparece la verdadera
  78. 3:21pregunta,
  79. 3:23¿quién debe responder por la muerte de
  80. 3:25esas dos personas? El conductor, la
  81. 3:28agencia,
  82. 3:30la empresa fabricante,
  83. 3:32nadie.
  84. 3:33No respondan todavía porque la respuesta
  85. 3:36depende de una pregunta todavía más
  86. 3:38profunda.
  87. 3:40¿Debe el derecho exigir siempre la
  88. 3:41existencia de culpa para condenar a
  89. 3:44alguien a reparar un daño?
  90. 3:47Y precisamente esa será la pregunta que
  91. 3:48intentaremos responder durante este
  92. 3:50curso,
  93. 3:52porque aunque parezca sorprendente, el
  94. 3:53derecho moderno admite que existen
  95. 3:56supuestos en los cuales una persona
  96. 3:58puede quedar obligada a reparar un daño
  97. 4:01aún cuando haya actuado correctamente.
  98. 4:04No porque el derecho haya dejado de
  99. 4:05valorar la culpa, sino porque la
  100. 4:07sociedad ha cambiado.
  101. 4:09Vivimos rodeados de automóviles,
  102. 4:12hospitales, elevadores, parques de
  103. 4:15diversiones, medicamentos, redes
  104. 4:17eléctricas, industrias, tecnología.
  105. 4:21En otras palabras, vivimos rodeados de
  106. 4:24riesgos
  107. 4:31y el gran desafío del derecho
  108. 4:32contemporáneo consiste en decidir quién
  109. 4:34debe soportar las consecuencias cuando
  110. 4:36esos riesgos se materializan.
  111. 4:41Mi nombre es Víctor Manuel Alonso
  112. 4:42Inclán. Soy magistrado del quinto
  113. 4:44tribunal colegiado en materia civil del
  114. 4:46primer circuito y será un verdadero
  115. 4:48gusto compartir con ustedes este módulo
  116. 4:50denominado Actividades riesgosas y
  117. 4:53responsabilidad por daños que forma
  118. 4:55parte del programa sobre derecho de
  119. 4:56daños extracontractuales.
  120. 5:00No pretendo que durante las próximas 2
  121. 5:01horas memoricemos artículos o tesis. Mi
  122. 5:04objetivo es mucho más modesto y quizá un
  123. 5:06poco más ambicioso. Quisiera que al
  124. 5:09terminar este curso cada vez que se
  125. 5:10enfrenten a un caso de responsabilidad
  126. 5:12civil,
  127. 5:18antes de preguntarse quién tuvo la
  128. 5:21culpa,
  129. 5:23formulemos una pregunta distinta.
  130. 5:26¿Quién creó el riesgo? Si logramos
  131. 5:28cambiar esa forma de aproximarnos al
  132. 5:30problema, creo que habremos conseguido
  133. 5:34y comprendido la esencia de la
  134. 5:35responsabilidad objetiva.
  135. 5:38Para recorrer ese camino, vamos a
  136. 5:39dividir nuestra conversación en cuatro
  137. 5:41grandes momentos.
  138. 5:48Veremos cómo evoluciona el derecho desde
  139. 5:49la culpa hasta la responsabilidad por
  140. 5:52riesgo. Después analizaremos por qué el
  141. 5:55ordenamiento jurídico considera justo
  142. 5:57condenar en ciertos casos a quien no
  143. 5:59actuó culposamente.
  144. 6:02Enseguida estudiaremos las principales
  145. 6:04manifestaciones de la responsabilidad
  146. 6:06objetiva y la lógica que las une.
  147. 6:10Finalmente, revisaremos como nuestro
  148. 6:12máximo tribunal y los tribunales
  149. 6:14federales han construido mediante la
  150. 6:16jurisprudencia
  151. 6:18la teoría moderna del riesgo creado en
  152. 6:19México.
  153. 6:21Sean todas y todos ustedes bienvenidos.
  154. 6:25Comencemos.
  155. 6:34Comencemos con el tema uno, la
  156. 6:36responsabilidad romana del resultado a
  157. 6:39la culpa.
  158. 6:40Antes de hablar de responsabilidad
  159. 6:41objetiva o de la teoría del riesgo,
  160. 6:43quisiera que hagamos un pequeño viaje en
  161. 6:45el tiempo. Hay una idea que solamos
  162. 6:47repetir casi de manera automática. No
  163. 6:49hay responsabilidad sin culpa. Sin
  164. 6:51embargo, esa afirmación no fue el punto
  165. 6:53de partida de la historia del derecho.
  166. 6:55En realidad fue una conquista jurídica.
  167. 6:58Las formas más antiguas de organización
  168. 6:59social no estaban especialmente
  169. 7:01preocupadas por averiguar cuál era el
  170. 7:03estado mental de quien había ocasionado
  171. 7:05un daño. Lo que importaba era que el
  172. 7:08daño existía y que el equilibrio social
  173. 7:10debía restablecerse. En otras palabras,
  174. 7:13el centro de atención era el resultado.
  175. 7:19Si alguien resultaba lesionado o si un
  176. 7:21patrimonio sufrió una afectación, la
  177. 7:24reacción jurídica buscaba restablecer
  178. 7:25ese orden. muchas veces en el
  179. 7:27sofisticado análisis que hoy hacemos
  180. 7:29sobre la intención, la negligencia o la
  181. 7:32previsibilidad.
  182. 7:34Esto explica por qué encontramos en
  183. 7:35distintas culturas jurídicas antiguas
  184. 7:37ejemplos que hoy nos parecen difíciles
  185. 7:39de aceptar. La responsabilidad podía
  186. 7:41requerer sobre quien estaba relacionado
  187. 7:43con el hecho dañoso, aún cuando
  188. 7:45actualmente consideraríamos insuficiente
  189. 7:47esa sola conexión.
  190. 7:49La doctrina penal suele ilustrar este
  191. 7:51problema con un ejemplo provocador.
  192. 7:54Imaginemos que un carpintero fabrica una
  193. 7:56cama. Años después, en esa cama, una
  194. 7:59pareja concibe un hijo que con el tiempo
  195. 8:01se convierte en homicidio.
  196. 8:04Siéramos una cadena puramente causal,
  197. 8:06podríamos preguntarnos, ¿el carpintero
  198. 8:08contribuyó al homicidio?
  199. 8:11La respuesta contemporánea es,
  200. 8:12evidentemente, no. Precisamente ese
  201. 8:14ejemplo demuestra algo muy importante.
  202. 8:16La mera causalidad nunca puede ser
  203. 8:18suficiente para fundamentar la
  204. 8:20responsabilidad,
  205. 8:21porque si bastara haber contribuido
  206. 8:23materialmente una cadena de
  207. 8:24acontecimientos, prácticamente cualquier
  208. 8:26persona podría terminar siendo
  209. 8:27responsable de hechos completamente
  210. 8:29ajenos a su voluntad.
  211. 8:32Ese fue uno de los avances de la
  212. 8:33evolución jurídica.
  213. 8:35El derecho comenzó a comprender que no
  214. 8:37basta preguntar quién produjo el
  215. 8:38resultado. Es indispensable preguntarnos
  216. 8:42si esa persona actuó de manera
  217. 8:44jurídicamente reprochable. Y es
  218. 8:46precisamente aquí donde el derecho
  219. 8:47romano representa un momento decisivo.
  220. 9:00Roma desplaza el centro del análisis. La
  221. 9:03pregunta deja de ser únicamente quién
  222. 9:05causó el daño y comienza a formularse de
  223. 9:08otra manera. ¿Quién causó el daño
  224. 9:10actuando con culpa? Esa fue una
  225. 9:13auténtica revolución para el pensamiento
  226. 9:14jurídico. A partir de ese momento, la
  227. 9:17responsabilidad dejó de descansar
  228. 9:19exclusivamente sobre el resultado y
  229. 9:21empezó a construirse sobre un juicio de
  230. 9:24reproche dirigido a la conducta de la
  231. 9:26persona.
  232. 9:37Conviene hacer aquí una presión que
  233. 9:38suele generar confusión. Cuando hablamos
  234. 9:40de culpa en este apartado, no estamos
  235. 9:42utilizando el concepto en sentido penal
  236. 9:44moderno. Hoy distinguimos claramente
  237. 9:46entre culpa penal y culpa civil. La
  238. 9:49primera sirve para justificar
  239. 9:50principalmente el ejercicio del poder
  240. 9:52punitivo del Estado y la culpa civil nos
  241. 9:55sirve también principalmente para
  242. 9:57justificar la obligación de reparar un
  243. 9:59daño. Las funciones principales son
  244. 10:01distintas, sin embargo, ambas comparten
  245. 10:03una misma intuición jurídica. No es
  246. 10:05suficiente que existe un resultado
  247. 10:07daños. Es necesario valorar la conducta
  248. 10:10de la persona. En el derecho romano, la
  249. 10:13culpa significaba esencialmente la falta
  250. 10:15del cuidado que razonablemente debía
  251. 10:17observarse en determinadas
  252. 10:19circunstancias.
  253. 10:20Desde luego, quien actuaba dolosamente
  254. 10:22respondía, pero también respondía quien
  255. 10:24sin querer producir el daño actuaba con
  256. 10:26negligencia, imprudencia o impericia.
  257. 10:29La diferencia entre dolo y culpa
  258. 10:31comienzan así a adquirir una enorme
  259. 10:32importancia. El dolo supone la voluntad
  260. 10:36consciente de producir el daño. La culpa
  261. 10:38supone la ausencia del cuidado debido
  262. 10:41principalmente. Y esa distinción
  263. 10:43continúa siendo uno de los pilares tanto
  264. 10:44del derecho civil como del derecho penal
  265. 10:46contemporáneos, aunque cada disciplina
  266. 10:48las utiliza con finalidades distintas.
  267. 10:51Uno de los antecedentes más importantes
  268. 10:53de esta evolución fue la Alexa Kilia.
  269. 11:00Su relevancia no consiste únicamente en
  270. 11:02haber regulado determinados supuestos de
  271. 11:04daños patrimoniales.
  272. 11:06Su verdadera trascendencia radica en
  273. 11:08haber consolidado la idea de que quien
  274. 11:09ocasiona un daño mediante una conducta
  275. 11:11jurídicamente reprochable debe responder
  276. 11:13patrimonialmente por él.
  277. 11:16A partir de entonces se consolidó un
  278. 11:18modelo que dominaría durante siglos.
  279. 11:26No bastaba acreditar
  280. 11:29quién lo había ocasionado. Era
  281. 11:30indispensable probar la culpa y durante
  282. 11:33muchos siglos esa idea pareció
  283. 11:35suficiente. Sin embargo, conforme la
  284. 11:37sociedad comenzaron a aparecer daños
  285. 11:38producidos por actividades completamente
  286. 11:40ilícitas, desarrolladas con toda
  287. 11:42diligencia y aún así extraordinariamente
  288. 11:44peligrosas. Ferrocarriles, grandes
  289. 11:47fábricas, electricidad,
  290. 11:51maquinaria industrial.
  291. 11:53más adelante automóviles, aeronaves.
  292. 12:03Entonces, el viejo paradigma romano
  293. 12:04empezó a mostrar ciertos límites. La
  294. 12:06pregunta dejó de quién actuó con culpa y
  295. 12:09comenzó a transformarse en otra mucho
  296. 12:10más profunda. ¿Quién debe soportar los
  297. 12:13costos de los riesgos que genera la vida
  298. 12:15moderna? Esa pregunta marcaría el
  299. 12:17nacimiento de la responsabilidad
  300. 12:18objetiva y de la teoría del riesgo
  301. 12:20creado, que analizaremos en el siguiente
  302. 12:22apartado. Muchas gracias.
  303. 12:38Vamos a la segunda etapa, la revolución
  304. 12:40industrial. cuando el sistema de la
  305. 12:42culpa comenzó a fracasar. En el apartado
  306. 12:45anterior vimos que durante siglos el
  307. 12:48derecho encontró en la culpa
  308. 12:52la respuesta para resolver prácticamente
  309. 12:54todos los problemas de responsabilidad
  310. 12:55civil. La lógica parecía impecable. Si
  311. 12:59una persona actuaba con dol o
  312. 13:00negligencia, debía reparar el daño. Si
  313. 13:03no existía culpa, en principio no
  314. 13:05existía responsabilidad.
  315. 13:07Durante mucho tiempo ese modelo funcionó
  316. 13:09razonablemente bien y funcionó porque
  317. 13:11respondía a una realidad social
  318. 13:13completamente distinta a la nuestra.
  319. 13:20Las actividades económicas eran, en su
  320. 13:22mayoría artesanales. Los medios de
  321. 13:25transporte eran limitados,
  322. 13:27las fuentes de energía eran
  323. 13:28rudimentarias. Los daños normalmente
  324. 13:31afectaban a un número reducido de
  325. 13:32personas y además era relativamente
  326. 13:35sencillo identificar quién había actuado
  327. 13:37de manera negligente.
  328. 13:43Pero esa realidad cambió radicalmente
  329. 13:45con la revolución industrial. No fue
  330. 13:47simplemente una época de grandes
  331. 13:48inventos, fue una transformación
  332. 13:50completa de la forma en que vivía la
  333. 13:52sociedad.
  334. 13:53aparecieron las grandes fábricas, los
  335. 13:56ferrocarriles comenzaron a transportar
  336. 13:58miles de personas y enormes cantidades
  337. 14:00de mercancías.
  338. 14:01La electricidad empezó a incorporarse a
  339. 14:03la vida cotidiana.
  340. 14:06La maquinaria industrial multiplicó la
  341. 14:07capacidad de producción.
  342. 14:10Más adelante aparecieron los automóviles
  343. 14:12y junto con ellos comenzaron a
  344. 14:14utilizarse sustancias químicas,
  345. 14:16explosivos, combustibles y toda clase de
  346. 14:18mecanismos capaces de generar riesgos
  347. 14:21antes desconocidos.
  348. 14:29El progreso mejoró la calidad de vida,
  349. 14:31pero también multiplicó los accidentes y
  350. 14:34aquí apareció un problema que el viejo
  351. 14:36sistema romano no sabía resolver.
  352. 14:39Pensemos en un ejemplo. Una locomotora
  353. 14:43se descarrila,
  354. 14:50decenas de personas resultan lesionadas
  355. 14:52y algunas muertas.
  356. 14:54La empresa ferroviaria realizó
  357. 14:57correctamente el mantenimiento
  358. 14:58correspondiente.
  359. 15:00Los operadores estaban capacitados.
  360. 15:03Se siguieron todos los protocolos
  361. 15:04conocidos para la época. Sin embargo, el
  362. 15:07accidente ocurrió.
  363. 15:09La pregunta jurídica era inevitable.
  364. 15:11¿Quién debe responder?
  365. 15:13Si seguimos estrictamente el modelo
  366. 15:15clásico, habría que demostrar la culpa
  367. 15:17de alguna persona. Pero, ¿qué sucede
  368. 15:21cuando nadie actúa negligentemente?
  369. 15:23¿Debe la víctima soportar sola las
  370. 15:25consecuencias del accidente?
  371. 15:28Ese fue el gran dilema de finales del
  372. 15:30siglo XIX. Los dueños aumentaban, las
  373. 15:34víctimas aumentaban, pero la posibilidad
  374. 15:36de demostrar culpa disminuya cada vez
  375. 15:39más.
  376. 15:41Mientras más complejas se volvían las
  377. 15:42actividades humanas, más difícil era
  378. 15:44identificar una conducta individual
  379. 15:46jurídicamente reprochable.
  380. 15:54No porque estuviera equivocado, sino
  381. 15:56porque había sido diseñado para una
  382. 15:57sociedad completamente distinta.
  383. 16:00La revolución industrial cambió la
  384. 16:01economía, cambió la tecnología,
  385. 16:04la forma de producir y obligó también a
  386. 16:07cambiar el derecho.
  387. 16:09Este es probablemente uno de los
  388. 16:10momentos más importantes en toda la
  389. 16:13evolución de la responsabilidad civil,
  390. 16:15porque el problema dejó de ser
  391. 16:16únicamente determinar quién había
  392. 16:18actuado con culpa. Ahora surgió una
  393. 16:21pregunta mucho más profunda.
  394. 16:23¿Qué ocurre cuando una actividad genera
  395. 16:26enormes beneficios económicos para quien
  396. 16:29la desarrolla, pero también crea riesgos
  397. 16:31permanentes para toda la sociedad?
  398. 16:40Es justo que la víctima cargue sola con
  399. 16:42las consecuencias únicamente porque no
  400. 16:44logró demostrar la culpa de alguien.
  401. 16:47Esa fue la pregunta que comenzó a
  402. 16:48inquietar a toda la doctrina europea y
  403. 16:51precisamente para responderla surgirían
  404. 16:53pocos años después dos de los grandes
  405. 16:54juristas que transformaron para siempre
  406. 16:56la responsabilidad civil, Rey Maaley y
  407. 17:00Luis Yerán.
  408. 17:04Ellos
  409. 17:07formularían una idea que cambiaría
  410. 17:09completamente la forma de entender la
  411. 17:10reparación del daño, la teoría del
  412. 17:13riesgo creado. Y ese era el tema del
  413. 17:16siguiente apartado. Muchas gracias.
  414. 17:26Entremos pues a la tercera etapa, el
  415. 17:28nacimiento de la teoría delgo creado por
  416. 17:30Ray Monale y Lueran.
  417. 17:33En el apartado anterior vimos que la
  418. 17:34revolución industrial puso en evidencia
  419. 17:37las limitaciones al sistema clásico de
  420. 17:39responsabilidad.
  421. 17:41Los accidentes aumentaban, las
  422. 17:43actividades industriales generaban
  423. 17:44beneficios económicos extraordinarios,
  424. 17:47pero también producían daños cada vez
  425. 17:48más graves y más frecuentes.
  426. 17:51El problema era evidente. Muchas
  427. 17:53víctimas sufrieron un daño real, sin
  428. 17:55embargo, no podían obtener una
  429. 17:57indemnización porque le resultaba
  430. 17:58prácticamente imposible demostrar la
  431. 18:01culpa de alguien.
  432. 18:03El derecho ha llegado a un punto de
  433. 18:04inflexión
  434. 18:06y cuando un sistema jurídico deja de
  435. 18:08ofrecer respuestas satisfactorias,
  436. 18:09inevitablemente surge la doctrina.
  437. 18:16Precisamente en ese contexto donde
  438. 18:18aparecieron dos juristas franceses que
  439. 18:20transformarían para siempre la
  440. 18:22responsabilidad civil. Ya comentamos Rey
  441. 18:25Monza y Luis Yosedat. Ellos formularon
  442. 18:29una pregunta distinta.
  443. 18:38Hasta ese momento el derecho se
  444. 18:39preguntaba quién tuvo la culpa. Sal yán
  445. 18:43propusieron cambiar completamente el
  446. 18:44enfoque. La nueva pregunta era, ¿quién
  447. 18:47creó el riesgo que hizo posible el daño?
  448. 18:51Ese fue el verdadero cambio de
  449. 18:53paradigma.
  450. 18:55Ya no se trataba de buscar una conducta
  451. 18:57moralmente reprochable, se trataba de
  452. 18:59identificar quién había puesto en
  453. 19:02funcionamiento una actividad que por su
  454. 19:05propia naturaleza generaba riesgos para
  455. 19:08los demás.
  456. 19:13Empecarril.
  457. 19:16Una empresa ferroviaria obtiene enormes
  458. 19:18beneficios transportando personas y
  459. 19:20mercancías.
  460. 19:22Para lograrlo utiliza locomotoras,
  461. 19:24maquinaria pesada, energía y una
  462. 19:27infraestructura que inevitablemente crea
  463. 19:29riesgos para la población.
  464. 19:32Aunque la empresa actúe con toda la
  465. 19:34diligencia, esos riesgos siguen
  466. 19:35existiendo y si uno de ellos se
  467. 19:37materializa y causa un daño, surge una
  468. 19:41pregunta de justicia. ¿Debe soportar ese
  469. 19:43daño la víctima que nunca obtuvo
  470. 19:45beneficio alguno de la actividad o debe
  471. 19:48asumirlo quien decidió desarrollar esa
  472. 19:50actividad y obtener sus ventajas
  473. 19:51económicas?
  474. 19:53Saley y respondieron que debía
  475. 19:55soportarlo quien creó el riesgo. Y aquí
  476. 19:58encontramos una de las ideas más
  477. 20:00influyentes de toda la responsabilidad
  478. 20:02civil moderna. Quien obtiene el
  479. 20:05beneficio de una actividad debe asumir
  480. 20:06también sus consecuencias dañosas.
  481. 20:18teoría del riesgo creado.
  482. 20:21No se trata de castigar quien actuó mal,
  483. 20:23se trata de distribuir justamente los
  484. 20:25costos de una actividad riesgosa,
  485. 20:28porque quien organiza la actividad
  486. 20:29obtiene sus beneficios, controla su
  487. 20:31funcionamiento, puede contratar seguros,
  488. 20:34puede incorporar el costo de los
  489. 20:35accidentes al precio de sus propios
  490. 20:38productos o servicios.
  491. 20:40En cambio, la víctima normalmente no
  492. 20:43puede hacer nada para evitar ese riesgo.
  493. 20:46De esta desde esta perspectiva resulta
  494. 20:48más justo que el costo del daño recaiga
  495. 20:51sobre quien creó el riesgo y obtuvo
  496. 20:53provecho de él. Hay que tomar en cuenta
  497. 20:56que esta teoría no parte de una idea de
  498. 20:58castigo, parte, como ya comentamos, de
  499. 21:00una idea de distribución.
  500. 21:07No busca sancionar una conducta inmoral,
  501. 21:10busca decidir quién debe absorber
  502. 21:13económicamente las consecuencias del
  503. 21:15riesgo. Esta es una diferencia
  504. 21:17fundamental. Muchas veces se piensa que
  505. 21:20la responsabilidad objetiva elimina toda
  506. 21:22la valoración jurídica y eso no es
  507. 21:24correcto. Lo que cambia no es la
  508. 21:27existencia de un juicio jurídico, sino
  509. 21:30el fundamento de ese juicio. Antes el
  510. 21:33centro era la culpa.
  511. 21:35Ahora el centro es el riesgo creado.
  512. 21:38Este cambio de paradigma transformó la
  513. 21:40responsabilidad civil en todo el mundo.
  514. 21:42La culpa dejó de ser el único fundamento
  515. 21:44posible de la obligación de reparar y
  516. 21:47comenzó a abrirse paso a una nueva forma
  517. 21:49de entender la justicia. una justicia
  518. 21:52que ya no pregunta únicamente
  519. 21:54quién había actuado incorrectamente,
  520. 21:56sino también quién había creado el
  521. 21:58riesgo que terminó produciendo el daño,
  522. 22:04quién había creado el riesgo que terminó
  523. 22:06produciendo el daño. Las ideas de Saley
  524. 22:09y Joseerá tuvieron una enorme influencia
  525. 22:10en la legislación y en doctrinas
  526. 22:12posteriores y esa influencia llegaría
  527. 22:14también al derecho mexicano.
  528. 22:16Sin embargo, antes de analizar cómo fue
  529. 22:19recibida nuestra legislación, conviene
  530. 22:20detenernos en una reflexión
  531. 22:21particularmente interesante desarrollada
  532. 22:23por un autor.
  533. 22:29Nos referimos al profesor Jorge Mario
  534. 22:31Galdó, quien sostiene que la culpa no
  535. 22:34desapareció con la responsabilidad
  536. 22:35objetiva, simplemente cambió de lugar
  537. 22:38dentro del sistema.
  538. 22:40Esa idea nos permitirá comprender mucho
  539. 22:42mejor el funcionamiento actual de la
  540. 22:43responsabilidad por riesgo. Muchas
  541. 22:46gracias.
  542. 22:55Comenzamos ahora con la cuarta etapa,
  543. 22:58la relectura contemporánea de la
  544. 23:00responsabilidad objetiva fundamentada en
  545. 23:02la teoría de Jorge Mario Galdó.
  546. 23:05Hasta este momento hemos visto como la
  547. 23:07doctrina europea encontró una solución
  548. 23:09al problema que había planteado la
  549. 23:11revolución industrial.
  550. 23:13Sale y Joserá cambiaron la pregunta,
  551. 23:16dejaron de buscar exclusivamente la
  552. 23:19culpa y comenzaron a centrar su atención
  553. 23:21en el riesgo creado.
  554. 23:27Probar esa culpa. El juicio terminaba,
  555. 23:29no había responsabilidad. Ese era el
  556. 23:31modelo clásico. Con la responsabilidad
  557. 23:34por riesgo creado, la estructura cambia
  558. 23:37completamente. Ahora, la víctima ya no
  559. 23:39tiene que demostrar la culpa del
  560. 23:40demandado.
  561. 23:42Debe acreditar otras circunstancias.
  562. 23:45Déjeme demostrar que existe un daño, que
  563. 23:48ese daño provino de una cosa, mecanismo,
  564. 23:50instrumento o actividad generada de un
  565. 23:52riesgo especial y debe acreditar el nexo
  566. 23:54causal entre ese riesgo y el daño
  567. 23:56sufrido.
  568. 23:57Una vez acreditado esos elementos, el
  569. 23:59análisis cambia, la discusión deja de
  570. 24:02concentrarse en si el demandado actuó
  571. 24:04correctamente o no.
  572. 24:07La obligación de reparar surge por el
  573. 24:09riesgo creado.
  574. 24:11Entonces,
  575. 24:17entonces, ¿qué ocurre con la culpa? Aquí
  576. 24:20aparece la gran aportación de Galdó. La
  577. 24:23culpa ya no se ocupa
  578. 24:26en el lugar del presupuesto a la
  579. 24:28condena. Ahora aparece principalmente
  580. 24:32como un elemento capaz de excluir o
  581. 24:35limitar la responsabilidad en
  582. 24:37determinados supuestos. En otras
  583. 24:39palabras,
  584. 24:45la culpa deja de hacer la puerta de
  585. 24:47entrada de responsabilidad y se
  586. 24:48convierte en ciertos casos en una
  587. 24:52posible puerta de salida.
  588. 24:55Esa es la verdadera transformación.
  589. 24:58No desaparece el análisis de la
  590. 24:59conducta. Lo que cambia es el momento
  591. 25:02procesal y la función que esa conducta
  592. 25:05desempeña dentro de juicio.
  593. 25:13Desde esta perspectiva, la
  594. 25:15responsabilidad objetiva no representa
  595. 25:16una sanción automática. Tampoco
  596. 25:19significa que toda persona responda por
  597. 25:21cualquier daño.
  598. 25:23Lo que ocurre es que el orden jurídico
  599. 25:26redistribuye la carga de la
  600. 25:28argumentación.
  601. 25:29Antes la víctima debía demostrar la
  602. 25:32culpa. Hoy en los regímenes de
  603. 25:35responsabilidad objetiva basta con
  604. 25:36acreditar los elementos que la ley exige
  605. 25:38para que surja en principio el deber de
  606. 25:41reparar.
  607. 25:43Y ya a partir de ahí corresponderá a
  608. 25:45analizar si existe alguna causa jurídica
  609. 25:47que permita excluir esa responsabilidad.
  610. 25:51Esta explicación permite comprender que
  611. 25:52la responsabilidad objetiva no elimina
  612. 25:54completamente la importancia de la
  613. 26:02Creo, salvo su mejor opinión, que esa
  614. 26:03precisión tiene una enorme importancia
  615. 26:05práctica porque evita pensar que la
  616. 26:07responsabilidad objetiva es una
  617. 26:09responsabilidad ciega o automática, no
  618. 26:11lo es.
  619. 26:12sigue siendo un sistema profundamente
  620. 26:14jurídico.
  621. 26:17Simplemente cambió el fundamento que
  622. 26:19justifica la obligación de reparar.
  623. 26:27Finalmente, entramos a la quinta etapa,
  624. 26:29la recepción de la teoría del riesgo
  625. 26:31creado en México en el artículo 1913 del
  626. 26:34Código Civil Federal. Hasta este momento
  627. 26:36hemos recurrido la evolución histórica
  628. 26:38de la responsabilidad civil. Comenzamos
  629. 26:40con el derecho romano, donde la culpa
  630. 26:42era el fundamento indispensable de la
  631. 26:45responsabilidad.
  632. 26:46Después vimos como la revolución
  633. 26:48industrial puso en crisis ese modelo.
  634. 26:51Analizamos la respuesta doctrinal de esa
  635. 26:53ley y yo serán mediante la autoridad del
  636. 26:56riesgo creado. Finalmente, revisamos la
  637. 26:58explicación contemporánea de Jorge Mario
  638. 27:00Galdó, quien nos enseñó que la culpa no
  639. 27:03desaparece, sino cambia de función
  640. 27:04dentro del sistema.
  641. 27:07Ahora corresponde responder a una
  642. 27:08pregunta fundamental.
  643. 27:10¿Todo este desarrollo doctrinal llegó
  644. 27:12realmente al derecho mexicano? La
  645. 27:15respuesta es sí quedó plasmada de manera
  646. 27:18muy clara en el artículo 1913 del Código
  647. 27:20Civil Federal. Este precepto representa
  648. 27:23la incorporación legislativa de la
  649. 27:25teoría del riesgo creado. A partir de
  650. 27:27él, el legislador mexicano reconoce que
  651. 27:29existen determinadas actividades o cosas
  652. 27:32que por su propia naturaleza generan un
  653. 27:34riesgo
  654. 27:37y cuando ese riesgo se materializa en un
  655. 27:39daño, nace la obligación de repararlo,
  656. 27:41aún cuando no pueda demostrarse la
  657. 27:43culpa.
  658. 27:44Este es el cambio más importante.
  659. 27:48En el régimen tradicional, la víctima
  660. 27:51debía demostrar que el demandado había
  661. 27:52actuado con negligencia o imprudencia.
  662. 27:55En cambio, bajo el artículo 1913, el
  663. 27:58centro del análisis deja de ser la
  664. 28:00culpa.
  665. 28:07Lo verdaderamente importante pasa a ser
  666. 28:08la existencia de tres elementos.
  667. 28:11Primero, la existencia de un daño.
  668. 28:15No puede existir responsabilidad si no
  669. 28:17hay una afectación jurídicamente
  670. 28:18relevante.
  671. 28:26Segundo, que ese daño provenga del
  672. 28:28empleo de mecanismos, instrumentos,
  673. 28:32aparatos, vehículos, sustancias u otras
  674. 28:35cosas que su por su propia naturaleza
  675. 28:38sean peligrosas.
  676. 28:44No cualquier objeto activa este régimen.
  677. 28:47La ley exige que exista una fuente
  678. 28:49especial de riesgo y tercero, que exista
  679. 28:52un nexo causal entre el riesgo y el daño
  680. 28:55producido. Es decir, debe acreditarse
  681. 28:59que precisamente ese riesgo fue el que
  682. 29:01ocasionó el daño cuya reparación se
  683. 29:03reclama.
  684. 29:05Si estos elementos concurren, la víctima
  685. 29:07ya no tiene que demostrar la culpa del
  686. 29:09demandado.
  687. 29:10Y aquí encontramos la recepción
  688. 29:12legislativa de todo el desarrollo
  689. 29:13doctinal que hemos venido estudiando.
  690. 29:16Pongamos atención que el artículo 1913
  691. 29:19no pretende castigar una conducta
  692. 29:21negligente. Lo que busca es distribuir
  693. 29:24los costos derivados de actividades que
  694. 29:25generan riesgos extraordinarios para la
  695. 29:27comunidad.
  696. 29:30Quien decida desarrollar una actividad
  697. 29:32especialmente peligrosa, obtiene también
  698. 29:34sus beneficios y por ello el orden
  699. 29:36jurídico considera razonable que asuma
  700. 29:38las consecuencias cuando ese riesgo
  701. 29:40termina ocasionando un daño.
  702. 29:43Esa es la lógica del sistema. No se
  703. 29:45trata de una responsabilidad automática.
  704. 29:47Tampoco significa que toda persona
  705. 29:49responda por cualquier accidente. La
  706. 29:52propia ley exige que concurran los tres
  707. 29:56presupuestos que acabamos de mencionar.
  708. 30:04Pongamos atención que el artículo 1913
  709. 30:07no pretende castigar una conducta
  710. 30:08negligente. Lo que busca es distribuir
  711. 30:11los costos derivados de actividades que
  712. 30:13generan riesgos extraordinarios para la
  713. 30:15comunidad.
  714. 30:18Quien decida desarrollar una actividad
  715. 30:20especialmente peligrosa, obtiene también
  716. 30:22sus beneficios y por ello el orden
  717. 30:24jurídico considera razonable que asuma
  718. 30:26las consecuencias cuando ese riesgo
  719. 30:27termina ocasionando un daño.
  720. 30:35Esa es la lógica del sistema. No se
  721. 30:37trata de una responsabilidad automática.
  722. 30:40Tampoco significa que toda persona
  723. 30:42responda por cualquier accidente. La
  724. 30:44propia ley exige que concurran los tres
  725. 30:48presupuestos que acabamos de mencionar.
  726. 30:52Y precisamente sobre esos elementos se
  727. 30:54ha construido una abundante
  728. 30:55jurisprudencia. La discusión ya no gira
  729. 30:57alrededor de la culpa, ahora gira
  730. 30:59alrededor de cuestiones mucho más
  731. 31:01específicas. Por ejemplo, ¿qué debe
  732. 31:04entenderse por una cosa riesgosa?
  733. 31:07¿Cuándo una actividad puede considerarse
  734. 31:08riesgosa?
  735. 31:10¿Cómo debe acreditarse el nexo causal?
  736. 31:13¿En qué supuestos puede excluirse la
  737. 31:15responsabilidad?
  738. 31:17Estas son algunas preguntas que la Corte
  739. 31:19y los tribunales federales han ido
  740. 31:21respondiendo durante los últimos años y
  741. 31:23será precisamente esa evolución la que
  742. 31:25analizaremos en los siguientes
  743. 31:26aportados. Muchas gracias.
  744. 31:37Bienvenidos al módulo 2, el fundamento
  745. 31:41filosófico de la responsabilidad por
  746. 31:43riesgo.
  747. 31:45En el módulo anterior analizamos la
  748. 31:47evolución histórica.
  749. 31:49Vimos como durante siglos la culpa
  750. 31:52constituyó el fundamento casi exclusivo
  751. 31:54de la obligación de reparar un daño y
  752. 31:56como poco a poco esa explicación comenzó
  753. 31:59a resultar insuficiente frente a una
  754. 32:01sociedad cada vez más industrializada y
  755. 32:03tecnificada. Ese recorrido histórico nos
  756. 32:05permitió responder a una pregunta muy
  757. 32:07importante,
  758. 32:08¿cómo nació la responsabilidad objetiva?
  759. 32:11Pero todavía queda una pregunta quizá
  760. 32:13más profunda,
  761. 32:15tal vez más interesante incluso, porque
  762. 32:19no basta saber cómo surgió una
  763. 32:20institución.
  764. 32:22Necesitamos comprender por qué surgió.
  765. 32:24¿Por qué un sistema jurídico construido
  766. 32:27durante siglo sobre la idea de que nadie
  767. 32:28responde sin culpa terminó aceptando que
  768. 32:32en ciertos casos una persona puede estar
  769. 32:34obligada a indemnizar aún cuando haya
  770. 32:37actuado correctamente?
  771. 32:39Si lo pensamos con detenimiento, parece
  772. 32:41una contradicción porque nuestra
  773. 32:43intuición nos dice que nadie debería
  774. 32:44responder por algo que no hizo mal.
  775. 32:47Entonces, ¿qué cambió?
  776. 32:49Cambió el concepto de justicia, cambió
  777. 32:52la idea de responsabilidad.
  778. 32:54o cambia algo mucho más profundo.
  779. 32:57Eso es precisamente lo que quiero
  780. 32:59analizar con ustedes durante este
  781. 33:00módulo. Y para hacerlo no voy a comenzar
  782. 33:04hablando de filósofos,
  783. 33:06no vamos a citar artículos del Código
  784. 33:07Civil,
  785. 33:09no vamos a revisar ahorita
  786. 33:11jurisprudencia.
  787. 33:12Quisiera, si me lo permiten, igual como
  788. 33:14lo hemos hecho, comenzar con dos
  789. 33:16historias.
  790. 33:18Dos historias completamente distintas.
  791. 33:21Una ocurre en un hospital y la otra
  792. 33:22frente a un edificio.
  793. 33:24Aparentemente no tiene absolutamente
  794. 33:26nada en común. Sin embargo, ambas
  795. 33:29terminan conduciéndonos exactamente la
  796. 33:31misma pregunta.
  797. 33:34Imaginemos una empresa farmacéutica que
  798. 33:37dedica más de 10 años de desarrollo a un
  799. 33:39medicamento para combatir
  800. 33:42un cáncer particularmente agresivo.
  801. 33:46Durante esos años invierte enormes
  802. 33:48cantidades de dinero en la
  803. 33:49investigación.
  804. 33:50contrata a científicos de primer nivel,
  805. 33:54realiza miles de pruebas en el
  806. 33:56laboratorio,
  807. 33:58después lleva a cabo en años clínicos en
  808. 34:00pacientes
  809. 34:02y los resultados son extraordinarios.
  810. 34:04El medicamento funciona, demuestra ser
  811. 34:07eficaz.
  812. 34:09Las autoridades sanitarias revisan
  813. 34:10cuidadosamente la información y después
  814. 34:13de años de evaluación por fin autorizan
  815. 34:16su comercialización.
  816. 34:18El medicamento comienza a utilizarse en
  817. 34:20hospitales
  818. 34:22y miles de personas gracias a ese
  819. 34:23medicamento recuperan la salud.
  820. 34:26Muchos pacientes que antes no tenían
  821. 34:28esperanza de vida ni de salud, por
  822. 34:30supuesto, ahora regresan con sus
  823. 34:33familias. Todo parece indicar que
  824. 34:35estamos frente a uno de esos avances
  825. 34:37científicos que cambian la historia de
  826. 34:38la medicina.
  827. 34:41Sin embargo, varios años después
  828. 34:43comienza a detectarse un efecto
  829. 34:45secundario extremadamente raro. Uno de
  830. 34:47cada 500,000 pacientes desarrolla una
  831. 34:50enfermedad neurológica irreversible.
  832. 34:54Las autoridades vuelven a revisar el
  833. 34:55expediente, por supuesto, porque llama
  834. 34:58la atención eh que todo iba funcionando
  835. 35:00perfectamente bien y de pronto hay un
  836. 35:04error, hay algo que nadie estaba
  837. 35:07previendo.
  838. 35:09Se realizan nuevas investigaciones, se
  839. 35:11analizan nuevamente todos los estudios
  840. 35:12clínicos y la conclusión es la
  841. 35:15siguiente.
  842. 35:17La empresa nunca ocultó la información,
  843. 35:21tampoco aló los resultados.
  844. 35:23nunca incumplió con los protocolos
  845. 35:25científicos.
  846. 35:27Los médicos actuaron correctamente.
  847. 35:30Los hospitales siguieron todas las
  848. 35:32recomendaciones.
  849. 35:34La autoridad sanitaria hizo [carraspeo]
  850. 35:35exactamente lo que debía hacer. Nadie
  851. 35:37fue negligente, nadie actuó con
  852. 35:40descuido, nadie hizo algo que el derecho
  853. 35:42pudía reprochar y sin embargo, una
  854. 35:45persona perdió para siempre su salud.
  855. 35:48En este momento quiero pedirles algo.
  856. 35:52Olvidemos por un instante los códigos,
  857. 35:55la doctrina, incluso las teorías
  858. 35:57jurídicas.
  859. 35:59Pensemos
  860. 36:00simplemente como seres humanos.
  861. 36:03¿Qué le diríamos a esa persona?
  862. 36:07que debe soportar todas las
  863. 36:08consecuencias porque nadie tuvo la
  864. 36:10culpa,
  865. 36:11que el daño forma parte de la mala
  866. 36:13fortuna, que nadie tiene obligación de
  867. 36:16reparar porque todos hicieron
  868. 36:17correctamente su trabajo.
  869. 36:20Vamos a detenernos unos segundos.
  870. 36:23Si ustedes fueran los jueces en este
  871. 36:24caso,
  872. 36:26¿qué resolverían?
  873. 36:29¿Condenarían a la empresa?
  874. 36:32¿La absolverían?
  875. 36:35o dejarían el daño donde cayó. No
  876. 36:37respondan todavía.
  877. 36:41Antes, si me lo permiten, quisiera
  878. 36:44contarles ahora una segunda historia.
  879. 36:49Imaginemos ahora un edificio de oficinas
  880. 36:51construido apenas dos años atrás.
  881. 36:55Su diseño e implementación estuvo a
  882. 36:57cargo uno de los despachos
  883. 36:58arquitectónicos y de ingeniería civil
  884. 37:00más prestigiosos del civil, más
  885. 37:02prestigiosos del país.
  886. 37:05Los cálculos estructurales fueron
  887. 37:07revisados una y otra vez.
  888. 37:10Los materiales utilizados de primera
  889. 37:13cumplían con todas las normas de
  890. 37:14calidad.
  891. 37:16Las autoridades supervisaron la obra
  892. 37:18federal, estatal, municipal. Todo
  893. 37:20revisaron perfectamente como debía ser
  894. 37:22la obra. Se otorgaron las licencias
  895. 37:24correspondientes, los dictamenes de
  896. 37:26seguridad resultaron favorables.
  897. 37:29En pocas palabras, estamos en presencia
  898. 37:32de un supuesto en el que todo se hizo
  899. 37:35exactamente como debía hacerse,
  900. 37:39una mañana cualquiera. Sin embargo, de
  901. 37:41pronto, uno de los enormes paneles de
  902. 37:43cristal que forman parte de la pachada
  903. 37:45se desprende inesperadamente,
  904. 37:48cae sobre la banqueta y lesiona
  905. 37:50gravemente a una persona que simplemente
  906. 37:52caminaba por el lugar. Comienza la
  907. 37:54investigación, participan ingenieros,
  908. 37:57participan peritos.
  909. 38:00Después de revisar cuidadosamente el
  910. 38:01caso, llega a una conclusión inesperada.
  911. 38:06No hubo errores de construcción, no hubo
  912. 38:08materiales defectuosos.
  913. 38:10Hubo un mantenimiento adecuado, no
  914. 38:13existió negligencia, simplemente ocurrió
  915. 38:15un hecho extraordinario que nadie
  916. 38:17razonablemente podía prever.
  917. 38:21Pero el daño existe.
  918. 38:23La víctima permanece hospitalizada,
  919. 38:26su familia enfrenta gastos médicos,
  920. 38:28pierde ingresos,
  921. 38:30su proyecto de vida cambia completamente
  922. 38:33y nuevamente aparece la misma pregunta.
  923. 38:36¿Debe esa persona asumir sola todas las
  924. 38:39consecuencias del accidente?
  925. 38:42¿O existe una razón por la cual el
  926. 38:44derecho pueda trasladar ese costo a
  927. 38:46alguien más aún cuando nadie ha actuado
  928. 38:48incorrectamente?
  929. 38:51Si observamos con atención, estos dos
  930. 38:53casos pertenecen a mundos completamente
  931. 38:55distintos.
  932. 38:57Uno ocurre en el ámbito de la medicina,
  933. 38:59el otro en el de construcción.
  934. 39:02Uno salva vidas, otro permite el
  935. 39:04desarrollo de nuestras ciudades,
  936. 39:07pero ambos comparten algo esencial.
  937. 39:10En ninguno encontramos culpa y sin
  938. 39:12embargo, en ambos encontramos un daño
  939. 39:15que alguien tendrá que soportar.
  940. 39:18Este es el momento en que la teoría
  941. 39:19clásica de la responsabilidad civil
  942. 39:22comienza a mostrar sus límites,
  943. 39:24porque la ausencia de culpa no
  944. 39:26desaparece el daño, simplemente deja sin
  945. 39:29respuesta a la pregunta sobre quién debe
  946. 39:31soportarlo.
  947. 39:33Durante siglos, el derecho formuló
  948. 39:36siempre la misma pregunta. ¿Quién actuó
  949. 39:38mal? Pero conforme la sociedad fue
  950. 39:40cambiando, esa pregunta dejó de ser
  951. 39:42suficiente.
  952. 39:44Entonces apareció [carraspeo] otra mucho
  953. 39:46más difícil. ¿Quién debe soportar el
  954. 39:49costo del riesgo cuando nadie hizo nada
  955. 39:51jurídicamente reprochable?
  956. 39:54Esa es la pregunta que intentaron
  957. 39:55responder algunos de los juristas y
  958. 39:57filósofos más influyentes de la
  959. 39:58historia.
  960. 40:00Y la primera gran parte de la respuesta
  961. 40:02apareció hace más de 2300 años, no de
  962. 40:05una Facultad de Derecho, no de un
  963. 40:08tribunal, sino en la antigua Grecia. Ahí
  964. 40:11encontramos un filósofo cuya influencia
  965. 40:13sigue presente muchas veces sin que lo
  966. 40:16advirtamos.
  967. 40:17en la forma que todavía hoy entendemos
  968. 40:18la responsabilidad civil. Su nombre ya
  969. 40:21lo conocen ustedes, es de Aristóteles.
  970. 40:26Es el de Aristóteles.
  971. 40:32Antes de continuar, quiero pedirles que
  972. 40:34olvidemos por un momento los dos
  973. 40:35ejemplos con los que iniciamos este
  974. 40:36módulo.
  975. 40:38Olvidemos el medicamento, olvidemos el
  976. 40:40edificio.
  977. 40:42Vayamos ahora a un mundo mucho más
  978. 40:43sencillo.
  979. 40:46Imaginemos únicamente a dos personas,
  980. 40:49nada más ellas. No hay empresas, no hay
  981. 40:52hospitales, no hay edificios, no hay
  982. 40:54productos defectuosos,
  983. 40:56no hay actividades riesgosas, solamente
  984. 40:59dos personas,
  985. 41:01una de ellas causa un daño a la otra.
  986. 41:04En ese instante ocurre algo que
  987. 41:05cualquiera de nosotros puede comprender
  988. 41:07incluso sin haber estudiado derecho.
  989. 41:09Se rompe un equilibrio.
  990. 41:12Hasta antes del daño, ambas personas se
  991. 41:14encontraban, por decirlo de alguna
  992. 41:15manera, en una situación de igualdad.
  993. 41:24Después del daño, una conserva íntegro
  994. 41:26su patrimonio, la otra ya.
  995. 41:33Una conserva su salud, la otra la
  996. 41:34perdió. Una mantiene intacto su proyecto
  997. 41:37de vida y la otra tendría que
  998. 41:38reconsiderarlo, reconstruirlo.
  999. 41:42Algo dejó de estar equilibrado
  1000. 41:44y precisamente ahí comienza el
  1001. 41:45pensamiento de Aristóteles.
  1002. 41:48Aristóteles imaginó la justicia como una
  1003. 41:50balanza,
  1004. 41:52no porque las balanzas fueran elegantes,
  1005. 41:53sino porque representan visualmente una
  1006. 41:55idea extraordinariamente poderosa,
  1007. 41:58la igualdad.
  1008. 41:59Mientras ambos platillos permanecen al
  1009. 42:02mismo nivel, existe equilibrio. Entonces
  1010. 42:04surge una pregunta,
  1011. 42:07¿qué debe hacer el derecho?
  1012. 42:09La respuesta de Aristóteles es tan
  1013. 42:11sencilla como profunda. Debe restablecer
  1014. 42:13el equilibrio.
  1015. 42:15Es el verdadero significado de la
  1016. 42:16reparación. No castigar, no vengarse, no
  1017. 42:20enriquecer a la víctima, tampoco
  1018. 42:22empobrecer al responsable. El problema
  1019. 42:24significa simplemente volver a colocar a
  1020. 42:26ambas personas en la situación de
  1021. 42:28igualdad que existía antes del daño.
  1022. 42:31Hasta aquí la la explicación de
  1023. 42:33Aristóteles parece no solamente
  1024. 42:35razonable, parece evidente y de hecho
  1025. 42:37durante siglos prácticamente nadie la
  1026. 42:39cuestionó. ¿Por qué? Porque responde
  1027. 42:41algo que intuitivamente todos sentimos
  1028. 42:43como justo.
  1029. 42:46Permítanme hacerles una pregunta.
  1030. 42:47Imagínense que ustedes son el juez
  1031. 42:49frente y frente a ustedes.
  1032. 42:53Comparecen dos personas. Una ha causado
  1033. 42:56un daño, la otra lo sufrió. Ese día es
  1034. 42:59lo justo.
  1035. 43:01Probablemente la mayoría respondería
  1036. 43:02exactamente lo mismo, que quien produjo
  1037. 43:04el daño lo repare.
  1038. 43:06Y si eso fue lo que pensaron, acaban de
  1039. 43:08coincidir con una idea formulada hace
  1040. 43:09más de 2,300 años por Aristóteles. Esa
  1041. 43:12es precisamente la fuerza de su teoría.
  1042. 43:15No necesita fórmulas complicadas. No
  1043. 43:17necesita complejos modelos económicos.
  1044. 43:19Parte de una intuición profundamente
  1045. 43:21humana. Cuando una persona perjudica
  1046. 43:23injustamente a otra, nace el deber de
  1047. 43:26reparar ese perjuicio.
  1048. 43:28Durante siglos, esa explicación pareció
  1049. 43:30suficiente y resulta difícil encontrarle
  1050. 43:32defectos. Mientras exista una conducta
  1051. 43:36culpable, el modelo funciona
  1052. 43:37prácticamente a la perfección.
  1053. 43:40Existe un autor del daño, existe una
  1054. 43:41víctima,
  1055. 43:43existe una conducta reprochable y existe
  1056. 43:45una obligación de reparar. Todo parece
  1057. 43:47perfectamente ordenado.
  1058. 43:51Pero ahora quiero que volvamos a las dos
  1059. 43:53historias con las que iniciamos este
  1060. 43:54módulo. Volvamos al medicamento,
  1061. 43:58volvamos al edificio
  1062. 44:00y hagamos una pregunta. ¿Quién rompió el
  1063. 44:03equilibrio?
  1064. 44:05La empresa farmacéutica cumplió todas
  1065. 44:07las normas. Los médicos actuaron
  1066. 44:10correctamente. La autoridad sanitaria
  1067. 44:12hizo su trabajo. Nadie fue negligente.
  1068. 44:16En el segundo caso ocurre exactamente lo
  1069. 44:17mismo. Los ingenieros y arquitectos
  1070. 44:20calcularon correctamente la estructura.
  1071. 44:23La constructora siguió el proyecto. Los
  1072. 44:24materiales cumplían las
  1073. 44:25especificaciones.
  1074. 44:27Las autoridades supervisaron la obra.
  1075. 44:30Nadie actuó con culpa.
  1076. 44:33Entonces, ¿quién rompió el equilibrio?
  1077. 44:36Aquí es donde la teoría clásica comienza
  1078. 44:38a mostrar sus límites, no porque
  1079. 44:40Aristóteles estuviera equivocado. Este
  1080. 44:42es un punto muy importante. No fue su
  1081. 44:45teoría la que falló, fue el mundo el que
  1082. 44:47cambió. Y creo que vale la pena
  1083. 44:49detenernos un instante en esta idea.
  1084. 44:53Las grandes teorías jurídicas casi nunca
  1085. 44:55desaparecen porque sean falsas.
  1086. 44:57Permanecen vigentes durante siglos.
  1087. 45:00Lo que ocurre es que en determinado
  1088. 45:02momento la realidad comienza a formular
  1089. 45:03preguntas para los cuales ya no tienen
  1090. 45:05respuesta. Eso fue exactamente lo que
  1091. 45:08ocurrió aquí. Aristóteles construyó una
  1092. 45:10teoría extraordinaria para un mundo en
  1093. 45:12el que la mayoría de los daños podían
  1094. 45:13explicarse a partir de la conducta de
  1095. 45:15una persona.
  1096. 45:17Pero la sociedad comenzó a
  1097. 45:18transformarse. Llegó la revolución
  1098. 45:20industrial. Aparecieron las grandes
  1099. 45:22empresas, los ferrocarriles, la
  1100. 45:24electricidad, los medicamentos
  1101. 45:26producidos en serie, los edificios de
  1102. 45:28gran altura. las actividades económicas
  1103. 45:31complejas y con ellas aparecieron daños
  1104. 45:33que ya no podían atribuirse a una
  1105. 45:34conducta culpable.
  1106. 45:37Y aquí quiero hacer una presión muy
  1107. 45:38importante. Con frecuencia se afirma que
  1108. 45:40la responsabilidad objetiva sustituyó a
  1109. 45:43la responsabilidad subjetiva.
  1110. 45:45En realidad, esa es una afirmación
  1111. 45:47incorrecta. La responsabilidad por culpa
  1112. 45:49sigue siendo hasta el día de hoy la
  1113. 45:51regla general.
  1114. 45:53Lo que ocurrió fue algo distinto. El
  1115. 45:55derecho advirtió que existían
  1116. 45:56determinados daños para los cuales la
  1117. 45:59culpa ya no ofreció una respuesta
  1118. 46:01suficiente. Y entonces comenzó una
  1119. 46:03búsqueda intelectual fascinante, la
  1120. 46:06búsqueda de un nuevo fundamento para la
  1121. 46:08responsabilidad.
  1122. 46:18Esta es una de las preguntas más
  1123. 46:19difíciles del derecho privado. ¿Por qué
  1124. 46:21si abandonamos la culpa como fundamento
  1125. 46:23exclusivo de responsabilidad corremos un
  1126. 46:26riesgo enorme? Podríamos terminar
  1127. 46:28responsabilizando a cualquier persona
  1128. 46:29por cualquier cosa y eso también sería
  1129. 46:32profundamente injusto. No basta con
  1130. 46:35decir, "Alguien tiene que pagar." Era
  1131. 46:37indispensable explicar por qué. Y
  1132. 46:39precisamente en ese momento aparece uno
  1133. 46:41de los juristas más influyentes del
  1134. 46:43siglo XX, un profesor de la Universidad
  1135. 46:45de Y que transformó la manera de
  1136. 46:48entender los accidentes, los riesgos y
  1137. 46:51la distribución de sus costos. Su nombre
  1138. 46:53es Guido Calabresi y la pregunta que él
  1139. 46:56plantea es completamente distinta a la
  1140. 46:58de Aristóteles.
  1141. 47:00Aristóteles preguntaba, ¿quién rompió el
  1142. 47:03equilibrio? Calabre formula otra
  1143. 47:05pregunta. ¿Quién debe soportar el costo
  1144. 47:08del accidente?
  1145. 47:09Puede parecer una deferencia pequeña,
  1146. 47:11pero en realidad cambia por completo la
  1147. 47:13forma de entender la responsabilidad
  1148. 47:14civil.
  1149. 47:17¿Por qué habría alguien de responder?
  1150. 47:20Esta es la pregunta que intentó
  1151. 47:21responder Guido Calabresi y quiero
  1152. 47:23comenzar aclarando algo. Calabresi nunca
  1153. 47:26pretendió demostrar que Aristóteles
  1154. 47:28estuviera equivocada.
  1155. 47:34Lo que advirtió fue algo distinto.
  1156. 47:36Advirtió que la sociedad en la que
  1157. 47:38vivimos ya no es la misma ciudad que
  1158. 47:40conocieron los filósofos griegos.
  1159. 47:42Vivimos rodeados de riesgos y si somos
  1160. 47:45sinceros también vivimos rodeados de
  1161. 47:46beneficios. Pensemos un momento en
  1162. 47:49nuestra vida cotidiana. Todos utilizamos
  1163. 47:51electricidad, todos utilizamos
  1164. 47:53medicamentos, todos utilizamos
  1165. 47:56elevadores, todos utilizamos gas,
  1166. 47:59todos utilizamos internet. Todos
  1167. 48:01compramos alimentos industrializados.
  1168. 48:05Algunos hemos tenido la fortuna de
  1169. 48:07abordar aviones.
  1170. 48:09Todos utilizamos hospitales.
  1171. 48:12Cada una de esa actividad mejora nuestra
  1172. 48:14calidad de vida,
  1173. 48:16pero ninguna de ellas está completamente
  1174. 48:18libre de riesgos.
  1175. 48:20Y aquí aparece una pregunta
  1176. 48:21completamente distinta a la de
  1177. 48:22Aristóteles.
  1178. 48:24No preguntamos quién tuvo la culpa,
  1179. 48:27preguntamos algo diferente. ¿Quién debe
  1180. 48:30asumir el costo de esos riesgos cuando
  1181. 48:32inevitablemente llegan a materializarse?
  1182. 48:37Detengámonos un momento en esa idea.
  1183. 48:45Toda actividad humana genera algún
  1184. 48:47riesgo. Conducir un automóvil genera
  1185. 48:49riesgos. Fabricar medicamentos genera
  1186. 48:52riesgos. Construir edificios genera
  1187. 48:54riesgos. Transportar mercancías genera
  1188. 48:57riesgos.
  1189. 48:58Generar energía genera riesgos. Operar
  1190. 49:01un hospital genera riesgos.
  1191. 49:04Incluso administrar un centro comercial
  1192. 49:05genera riesgos. Creo que ya quedó claro
  1193. 49:08la idea, ¿no? O sea, significa eso que
  1194. 49:10debamos prohibir todas esas actividades
  1195. 49:13por supuesto que no. Sería absurdo. La
  1196. 49:15ciudad moderna no puede existir sin
  1197. 49:17ellas. El verdadero problema no consiste
  1198. 49:19en eliminar todos los riesgos porque eso
  1199. 49:21es imposible.
  1200. 49:23El rero problema consiste en decidir
  1201. 49:25cómo vamos a distribuir las
  1202. 49:27consecuencias cuando alguno de esos
  1203. 49:28riesgos se materialice.
  1204. 49:30Y aquí aparece la gran aportación de
  1205. 49:32calabresia. Calabrei propone cambiar
  1206. 49:34completamente el punto de vista.
  1207. 49:37Hasta ese momento observábamos
  1208. 49:38únicamente a dos personas, la víctima y
  1209. 49:41quién causó el daño. Él propone abrir el
  1210. 49:43plano y observar a toda la sociedad
  1211. 49:46porque detrás de muchas actividades
  1212. 49:48existen empresas, consumidores,
  1213. 49:50trabajadores,
  1214. 49:52accionistas,
  1215. 49:54aseguradoras, proveedores, usuarios, es
  1216. 49:58decir, toda la comunidad que obtiene
  1217. 50:00beneficios gracias a esa actividad.
  1218. 50:03Entonces formar una pregunta
  1219. 50:05extraordinariamente poderosa.
  1220. 50:08Es justo que todos disfrutemos los
  1221. 50:11beneficios de una actividad, pero cuando
  1222. 50:13aparece un daño, únicamente la víctima
  1223. 50:16soporte las consecuencias.
  1224. 50:19Volvemos por un momento al medicamento.
  1225. 50:24Miles de personas recuperaron la salud.
  1226. 50:27Los hospitales pudieron salvar vida.
  1227. 50:30Los medicamentos contaron una
  1228. 50:31herramienta extraordinaria.
  1229. 50:35Contaron con con la herramienta
  1230. 50:36extraordinaria.
  1231. 50:38La empresa obtuvo utilidades.
  1232. 50:40La ciudad completa recibió enormes
  1233. 50:42beneficios,
  1234. 50:44pero una sola persona sufrió un daño
  1235. 50:46irreversible.
  1236. 50:48Sería justo decirle, "Lo sentimos, nadie
  1237. 50:51tuvo la culpa. Usted deberá cargar solo
  1238. 50:52con todas las consecuencias.
  1239. 51:00Calibre y responde que no. Y aquí
  1240. 51:02aparece una idea que cambió
  1241. 51:04profundamente el derecho de daños.
  1242. 51:06Cuando una actividad genera beneficios
  1243. 51:08para una colectividad,
  1244. 51:10también resulta razonable que todos los
  1245. 51:12costos de los accidentes derivados a
  1246. 51:14esta actividad sean distribuidos de
  1247. 51:16manera socialmente justa.
  1248. 51:19Esa es la esencia de la llamada justicia
  1249. 51:21distributiva.
  1250. 51:22Y aquí quiero detener un momento porque
  1251. 51:24suele existir una confusión.
  1252. 51:29Distribuir el costo del daño no
  1253. 51:31significa repartir dinero entre toda la
  1254. 51:33población. No significa que cada
  1255. 51:35ciudadano vaya a pagar una parte de la
  1256. 51:37indemnización.
  1257. 51:38Significa algo más profundo.
  1258. 51:40Significa decidir quién se encuentra en
  1259. 51:43mejores condiciones para absorber ese
  1260. 51:44costo sin generar una nueva injusticia.
  1261. 51:54Esa es la verdadera pregunta
  1262. 51:55distributiva, ¿no? ¿Quién tuvo la culpa,
  1263. 51:57sino quién debe soportar razonablemente
  1264. 51:59las consecuencias del riesgo?
  1265. 52:02Y observen como poco a poco nuestros dos
  1266. 52:04ejemplos empiezan a adquirir un
  1267. 52:05significado distinto. Ya no preguntamos
  1268. 52:08quién hizo mal, ahora preguntamos quién
  1269. 52:11debe cargar con el costo del accidente
  1270. 52:13para que la solución resulte más justa.
  1271. 52:17Y esa pregunta nos conduce al último
  1272. 52:19paso de nuestro recorrido.
  1273. 52:26Hasta aquí hemos llegado a una
  1274. 52:28conclusión importante. Cuando una
  1275. 52:30actividad genera riesgos inevitables, no
  1276. 52:32siempre resulta justo que la víctima
  1277. 52:34soporte por sí sola todas las
  1278. 52:36consecuencias del accidente.
  1279. 52:38Pero inmediatamente aparece otra
  1280. 52:40pregunta,
  1281. 52:41si ese costo debe trasladarse
  1282. 52:44y si sí es así, ¿hacia dónde debe
  1283. 52:46trasladarse?
  1284. 52:48Porque tampoco sería justo imponer
  1285. 52:49responsabilidad indiscriminadamente.
  1286. 52:52No cualquier persona debe responder.
  1287. 52:55Debe responder quien tenga una razón
  1288. 52:56jurídica suficiente para hacerlo.
  1289. 53:00Y precisamente aquí comienza a
  1290. 53:01desarrollarse el análisis económico del
  1291. 53:03derecho.
  1292. 53:05Quisiera aclarar algo desde el
  1293. 53:06principio. Cuando escuchamos la
  1294. 53:08expresión análisis económico del
  1295. 53:09derecho, muchas personas piensan que
  1296. 53:11dejamos de hablar de justicia para
  1297. 53:12empezar a hablar únicamente de dinero.
  1298. 53:14Esa sería una interpretación equivocada.
  1299. 53:17El análisis económico no pretende
  1300. 53:18sustituir a la justicia, pretende
  1301. 53:21ayudarnos a diseñar reglas que produzcan
  1302. 53:23resultados más justos y al mismo tiempo
  1303. 53:25una sociedad más segura. Y esa es una
  1304. 53:28diferencia fundamental.
  1305. 53:30Pensemos en una empresa que fabrica
  1306. 53:32miles de aparatos eléctricos todos los
  1307. 53:34días. Invierte constantemente en
  1308. 53:36investigación, capacita a sus
  1309. 53:38trabajadores, compra maquinaria moderna,
  1310. 53:40realiza controles de calidad, cumple con
  1311. 53:42las normas aplicables, hace todo lo que
  1312. 53:44razonablemente puede hacerse para
  1313. 53:46reducir los riesgos y aún así, uno de
  1314. 53:48cada un millón de productos presenta un
  1315. 53:50defecto imposible de detectar antes de
  1316. 53:51salir al mercado.
  1317. 53:53Ese defecto provoca un incendio. La
  1318. 53:56pregunta vuelve a ¿Quién debe absorber
  1319. 53:57el costo? ¿La víctima
  1320. 54:00o la empresa?
  1321. 54:03El análisis económico del derecho
  1322. 54:04responde que en muchos casos la empresa
  1323. 54:06se encuentra en mejores condiciones para
  1324. 54:07distribuir ese costo. ¿Y por qué? porque
  1325. 54:10puede contratar seguros, porque puede
  1326. 54:12mejorar sus procesos, porque puede
  1327. 54:15invertir en investigación, porque puede
  1328. 54:17incorporar parte de ese costo del precio
  1329. 54:18de sus productos y sobre todo porque
  1330. 54:21tiene la capacidad de reducir la
  1331. 54:23probabilidad de que el mismo accidente
  1332. 54:24vuelva a ocurrir. La víctima, por el
  1333. 54:27contrario, nombralmente, no puede hacer
  1334. 54:28nada de eso. Y aquí aparece una idea que
  1335. 54:30ha influido profundamente en el derecho
  1336. 54:32contemporáneo.
  1337. 54:34Cuando una actividad genera beneficios
  1338. 54:36económicos, también debe subir los
  1339. 54:38costos que inevitablemente produce.
  1340. 54:41Dicho de otra manera, no resulta justo
  1341. 54:43privatizar las ganancias y socializar
  1342. 54:45las pérdidas. Esto no es solamente una
  1343. 54:48idea económica, es una idea de justicia,
  1344. 54:50porque obliga a quien desarrolle una
  1345. 54:52actividad riesgosa a asumir las
  1346. 54:53consecuencias normales de esa actividad.
  1347. 55:01Pero además produce otro efecto muy
  1348. 55:03importante. La responsabilidad civil
  1349. 55:05deja de mirar únicamente hacia el
  1350. 55:06pasado. Ya no se preocupa solamente por
  1351. 55:09reparar el daño que ocurrió, también
  1352. 55:11comienza a mirar hacia el futuro.
  1353. 55:14Porque si quien desarrolla una actividad
  1354. 55:15sabe que responderá por los daños que
  1355. 55:17genere, tendrá incentivos para invertir
  1356. 55:19más en seguridad, para mejorar sus
  1357. 55:22controles, para innovar, para fabricar
  1358. 55:24mejores productos, para reducir los
  1359. 55:26riesgos. En otras palabras, la
  1360. 55:29responsabilidad civil no solamente
  1361. 55:30repara, también previene
  1362. 55:37y es uno de los grandes aportes del
  1363. 55:39análisis económico del derecho.
  1364. 55:43Llegados a este punto, quizás podamos
  1365. 55:45advertir algo que el principio del
  1366. 55:46módulo no resultaba evidente.
  1367. 55:48Aristóteles, Calibresi y el análisis
  1368. 55:50económico del derecho no están peleando
  1369. 55:52entre sí. Cada uno responde una pregunta
  1370. 55:55distinta.
  1371. 55:57Aristóteles nos explica por qué el daño
  1372. 55:59debe repararse cuando alguien rompe el
  1373. 56:01equilibrio mediante una conducta
  1374. 56:02reprochable. Calabresi nos ayuda a
  1375. 56:04comprender por qué la víctima no siempre
  1376. 56:06debe cargar sola con las consecuencias
  1377. 56:08de ciertos riesgos. Y el análisis
  1378. 56:11económico nos ofrece criterios para
  1379. 56:12decidir quién se encuentra en mejores
  1380. 56:14condiciones para absorber esos costos y
  1381. 56:16además reducir la probabilidad de que
  1382. 56:18vuelvan a producirse.
  1383. 56:20No son teorías rivales, son respuestas
  1384. 56:23complementarias a problemas distintos.
  1385. 56:27Hemos recurrido a un camino largo.
  1386. 56:30Comenzamos este módulo con dos
  1387. 56:31historias. Un medicamento que salvó
  1388. 56:32miles de vidas, pero dejó una víctima
  1389. 56:34con una lesión irreversible, un edificio
  1390. 56:37construido conforme a todas las normas,
  1391. 56:39cuyo cristal cayó inesperadamente sobre
  1392. 56:40una persona. Y en ambos casos
  1393. 56:43encontramos exactamente el mismo
  1394. 56:44problema. Había un daño, pero no había
  1395. 56:46culpa y sin embargo, el derecho seguía
  1396. 56:48necesitando una respuesta.
  1397. 56:55Primero encontramos a Aristóteles. Él
  1398. 56:57nos enseñó que la justicia exige
  1399. 56:59restablecer el equilibrio cuando una
  1400. 57:00persona rompe mediante una conducta
  1401. 57:03reprochable la igualdad que existía con
  1402. 57:05otra. Después apareció Guido Calabresi
  1403. 57:09en los invitó a mirar el problema desde
  1404. 57:11una perspectiva distinta. nos recordó
  1405. 57:13que vivimos en una ciudad que obtiene
  1406. 57:15enormes beneficios gracias a actividades
  1407. 57:17inevitablemente
  1408. 57:19que están generando riesgos y que
  1409. 57:21precisamente por ello no siempre resulta
  1410. 57:23justo por sí sola que la víctima soporte
  1411. 57:26todas las consecuencias del accidente.
  1412. 57:29Y finalmente llegamos al análisis
  1413. 57:31económico del derecho y descubrimos que
  1414. 57:34la responsabilidad civil no solamente
  1415. 57:35mira hacia el pasado, también intenta
  1416. 57:37construir un futuro más seguro. busca
  1417. 57:41que quien desarrolle una actividad
  1418. 57:42riesgosa tenga incentivos para reducir
  1419. 57:43los accidentes, invertir en prevención y
  1420. 57:46asumir los costos que esa actividad
  1421. 57:48inevitablemente produce.
  1422. 57:52Quisiera terminar con una reflexión.
  1423. 57:55Durante mucho tiempo pensamos que la
  1424. 57:57responsabilidad civil consistía sobre
  1425. 57:59todo en proteger a quien era demandado.
  1426. 58:02Nadie debía responder si no había
  1427. 58:03actuado con culpa y esa preocupación era
  1428. 58:06legítima.
  1429. 58:07Pero la sociedad comenzó a formular otra
  1430. 58:09pregunta igualmente importante. ¿Qué
  1431. 58:12ocurre con la víctima cuando el daño
  1432. 58:14existe?
  1433. 58:21A partir de ese momento, el derecho
  1434. 58:22comprendió que la justicia ya no podía
  1435. 58:24construirse observando únicamente al
  1436. 58:26responsable.
  1437. 58:28También debía mirar quién había sufrido
  1438. 58:30el daño y probablemente esa sea la
  1439. 58:32verdadera transformación del derecho
  1440. 58:33contemporáneo de la responsabilidad
  1441. 58:34civil.
  1442. 58:36no abandonar la culpa, sino reconocer
  1443. 58:38que en determinadas circunstancias la
  1444. 58:40protección de la víctima también
  1445. 58:42constituye una exigencia de justicia.
  1446. 58:45Si me lo permiten, quisiera cerrar con
  1447. 58:47una última idea. Con frecuencia se
  1448. 58:49afirma que la responsabilidad objetiva
  1449. 58:51representa una excepción al principio
  1450. 58:53según el cual nadie responde sin culpa.
  1451. 58:56Después de todo lo que hemos analizado,
  1452. 58:58creo que podemos verla desde otra
  1453. 58:59perspectiva. La responsabilidad objetiva
  1454. 59:02no nació para castigar a personas
  1455. 59:04inocentes.
  1456. 59:05Tampoco surgió para sustituir
  1457. 59:07completamente la responsabilidad por
  1458. 59:08culpa. Nació porque el derecho advirtió
  1459. 59:12que había daños que no podían quedarse
  1460. 59:13sin respuesta.
  1461. 59:21Y me gustaría dejarles una idea que en
  1462. 59:22mi opinión resume todo este módulo.
  1463. 59:26El problema de la responsabilidad
  1464. 59:27objetiva nunca fue explicar el daño. El
  1465. 59:30verdadero problema siempre fue decidir
  1466. 59:33quién debía cargar con él.
  1467. 59:35Esa es la pregunta que transformó el
  1468. 59:37derecho de daños y esa es la pregunta
  1469. 59:38que sigue presente todos los días en los
  1470. 59:40tribunales.
  1471. 59:43Las grandes teorías jurídicas no
  1472. 59:45desaparecen porque sean falsas,
  1473. 59:47permanecen vigentes durante siglos.
  1474. 59:54Our es que en determinados momentos la
  1475. 59:57realidad comienza a formular preguntas
  1476. 59:59nuevas y el derecho tiene obligación de
  1477. 1:00:02encontrar nuevas respuestas. Eso fue
  1478. 1:00:04exactamente lo que pasó con la
  1479. 1:00:06responsabilidad objetiva. No abandonó la
  1480. 1:00:08culpa, la conservó como regla general,
  1481. 1:00:11pero comprendió que existen supuestos
  1482. 1:00:13excepcionales en los que la justicia
  1483. 1:00:16exigía mirar también el riesgo, la
  1484. 1:00:18distribución de sus costos y la
  1485. 1:00:19protección de las víctimas. Y
  1486. 1:00:21precisamente por eso era indispensable
  1487. 1:00:23comenzar este curso por el fundamento
  1488. 1:00:25filosófico, porque ahora ya sabemos por
  1489. 1:00:28qué existe responsabilidad objetiva.
  1490. 1:00:31En el siguiente módulo dejaremos el
  1491. 1:00:33terreno filosófico para entrar al
  1492. 1:00:35terreno del derecho positivo.
  1493. 1:00:37Analizaremos cómo estas reflexiones se
  1494. 1:00:39traducen en instituciones concretas, la
  1495. 1:00:42responsabilidad por productos
  1496. 1:00:43afectuosos, por el hecho de las cosas,
  1497. 1:00:45por hecho de terceros y por actividades
  1498. 1:00:46riesgosas. En dos palabras, pasaremos
  1499. 1:00:49del por qué al cómo. Muchas gracias.
  1500. 1:00:56Bienvenidos al módulo tres, casos
  1501. 1:00:59típicos de responsabilidad objetiva.
  1502. 1:01:02Daremos una breve introducción y
  1503. 1:01:04empezaremos por hablar después de ella
  1504. 1:01:06de la responsabilidad por el hecho de
  1505. 1:01:08las cosas.
  1506. 1:01:10Muy bien, hasta el momento, salvo su
  1507. 1:01:13mejor opinión, hemos recorrido un camino
  1508. 1:01:15bastante interesante.
  1509. 1:01:18Comenzamos estudiando cómo nació la
  1510. 1:01:20responsabilidad objetiva. Vimos que no
  1511. 1:01:22apareció de manera espontánea ni fue
  1512. 1:01:24producto de un cambio legislativo
  1513. 1:01:26aislado, ni caprichos. Por el contrario,
  1514. 1:01:29fue el resultado de una profunda
  1515. 1:01:31transformación social.
  1516. 1:01:33Durante siglos, el derecho vivió
  1517. 1:01:35cómodamente con una idea que parecía
  1518. 1:01:36prácticamente indiscutible.
  1519. 1:01:39Nadie debía responder si no había
  1520. 1:01:40actuado con culpa.
  1521. 1:01:43Esa regla funcionó razonablemente bien
  1522. 1:01:44mientras la vida social era
  1523. 1:01:45relativamente sencilla.
  1524. 1:01:48Los daños provenían en la mayoría de los
  1525. 1:01:50casos de actuaciones individuales.
  1526. 1:01:53El artesano respondía por sus
  1527. 1:01:55herramientas, el comerciante por sus
  1528. 1:01:58actos, el agricultor por sus animales.
  1529. 1:02:02En fin, la posibilidad de causar daños
  1530. 1:02:05masivos era reducida y por ello la culpa
  1531. 1:02:08era un criterio suficiente para
  1532. 1:02:10distribuir las consecuencias jurídicas.
  1533. 1:02:13Sin embargo, todo cambió con la
  1534. 1:02:14revolución industrial.
  1535. 1:02:16La máquina sustituyó gradualmente el
  1536. 1:02:18trabajo manual.
  1537. 1:02:21Se multiplicó el uso de vapor,
  1538. 1:02:24electricidad,
  1539. 1:02:25combustibles, explosivos y maquinaria
  1540. 1:02:29pesada.
  1541. 1:02:30Las ciudades crecieron, el transporte se
  1542. 1:02:32transformó y con ello aparecieron
  1543. 1:02:34riesgos completamente nuevos.
  1544. 1:02:38Frente a esa nueva realidad, el viejo
  1545. 1:02:40modelo basado exclusivamente en la culpa
  1546. 1:02:42comenzó a mostrar sus limitaciones,
  1547. 1:02:44porque imaginemos por un momento la
  1548. 1:02:46siguiente situación.
  1549. 1:02:48Una enorme máquina industrial funciona
  1550. 1:02:50correctamente.
  1551. 1:02:52Fue fabricada conforme a las normas
  1552. 1:02:54técnicas,
  1553. 1:02:55recibe el mantenimiento periódico.
  1554. 1:02:58Los operadores están capacitados, el
  1555. 1:03:00empresario cumple con todas las
  1556. 1:03:02obligaciones de seguridad y sin embargo
  1557. 1:03:04ocurre un accidente.
  1558. 1:03:07Debemos concluir que nadie responde
  1559. 1:03:09simplemente porque nadie actuó
  1560. 1:03:11negligentemente?
  1561. 1:03:13Esa fue la pregunta que comenzó a
  1562. 1:03:14inquietar a los juristas europeos a
  1563. 1:03:16finales del siglo XIX.
  1564. 1:03:18Y esa misma pregunta continúa siendo
  1565. 1:03:20vigente hoy, porque en realidad la
  1566. 1:03:23responsabilidad objetiva nace para
  1567. 1:03:25resolver un problema profundamente
  1568. 1:03:27humano.
  1569. 1:03:29¿Qué hacemos cuando existe un daño pero
  1570. 1:03:31no existe culpa?
  1571. 1:03:33Esa fue la primera gran respuesta que
  1572. 1:03:35estudiamos
  1573. 1:03:37en el módulo un. Posteriormente
  1574. 1:03:39analizamos una segunda pregunta, el
  1575. 1:03:42módulo dos. ¿Por qué habría de responder
  1576. 1:03:45alguien que actuó correctamente?
  1577. 1:03:47y vimos que las respuestas provenían de
  1578. 1:03:49distintos ámbitos. La justicia
  1579. 1:03:52correctiva nos recuerda que el
  1580. 1:03:53equilibrio roto debe restablecerse.
  1581. 1:03:57La justicia distributiva sostiene que
  1582. 1:03:59los costos derivados de ciertas
  1583. 1:04:00actividades deben repartirse entre
  1584. 1:04:02quienes obtienen sus beneficios y no
  1585. 1:04:05requer exclusivamente en la víctima.
  1586. 1:04:08Y finalmente, el análisis económico del
  1587. 1:04:10derecho añadió un ingrediente muy
  1588. 1:04:14importante, una reflexión bastante
  1589. 1:04:16poderosa.
  1590. 1:04:18Quien obtiene el beneficio económico de
  1591. 1:04:21una actividad también debe
  1592. 1:04:24afrontar o internalizar sus costos.
  1593. 1:04:28Porque
  1594. 1:04:31pensemos, ¿no sería [carraspeo]
  1595. 1:04:32razonable permitir que alguien privatice
  1596. 1:04:35las ganancias y al mismo tiempo social
  1597. 1:04:38pérdidas?
  1598. 1:04:41Hasta aquí habíamos estudiado el por
  1599. 1:04:42qué.
  1600. 1:04:44Ahora, en este módulo, en el módulo 3,
  1601. 1:04:47nos corresponde estudiar el cómo, es
  1602. 1:04:50decir, en qué situaciones concretas
  1603. 1:04:53decidió el legislador abandonar el
  1604. 1:04:55modelo tradicional basado en la culpa. y
  1605. 1:04:58sustituirlo por un sistema fundado en el
  1606. 1:05:00riesgo.
  1607. 1:05:02Esa es la pregunta central de este
  1608. 1:05:08con frecuencia se piensa que la
  1609. 1:05:09responsabilidad objetiva
  1610. 1:05:12constituye una excepción dispersa
  1611. 1:05:14integrada por diversos supuestos que
  1612. 1:05:16poco tienen que ver entre sí.
  1613. 1:05:19Yo creo exactamente lo contrario. Pienso
  1614. 1:05:22que todos esos supuestos obedecen una
  1615. 1:05:24misma lógica jurídica. Sí. Si bien
  1616. 1:05:26cambian las circunstancias, pueden
  1617. 1:05:28cambiar los hechos, pueden cambiar los
  1618. 1:05:31sujetos, pero la pregunta sigue siendo
  1619. 1:05:34exactamente la misma. ¿Quién creó el
  1620. 1:05:36riesgo? Esa es la pregunta que vamos a
  1621. 1:05:39formular una y otra vez durante todo
  1622. 1:05:40este módulo,
  1623. 1:05:42porque vamos a descubrir que esa
  1624. 1:05:45sencilla pregunta explica prácticamente
  1625. 1:05:47toda la teoría contemporánea de la
  1626. 1:05:48responsabilidad objetiva.
  1627. 1:05:52Ahora bien, después de esta breve
  1628. 1:05:53introducción, empecemos a cada uno de
  1629. 1:05:56los subtemas y el primero sería
  1630. 1:05:58responsabilidad por el hecho de las
  1631. 1:06:00cosas.
  1632. 1:06:02Comencemos entonces con la primera
  1633. 1:06:04categoría.
  1634. 1:06:07responsabilidad por el hecho de las
  1635. 1:06:09cosas. Históricamente esta fue la
  1636. 1:06:11primera manifestación importante de la
  1637. 1:06:13teoría del riesgo creado y creo que vale
  1638. 1:06:16la pena deteros aquí porque suele
  1639. 1:06:17generar una confusión muy frecuente.
  1640. 1:06:20Cuando utilizamos la expresión
  1641. 1:06:22responsabilidad por el hecho de las
  1642. 1:06:23cosas, pareciera que estamos atribuyendo
  1643. 1:06:25responsabilidad a las cosas mismas.
  1644. 1:06:28Y naturalmente es un absurdo, no tiene
  1645. 1:06:30sentido porque sabemos que las cosas no
  1646. 1:06:33tienen voluntad. Por lo tanto, si no
  1647. 1:06:35tienen voluntad no pueden tomar
  1648. 1:06:37decisiones,
  1649. 1:06:39no pueden actuar con intención.
  1650. 1:06:46Sabemos que las cosas no tienen
  1651. 1:06:48voluntad, por lo tanto, si no tienen
  1652. 1:06:50voluntad, no pueden tomar decisiones,
  1653. 1:06:53no pueden actuar con intención,
  1654. 1:06:57por lo que no pueden ser prudentes ni
  1655. 1:06:59imprudentes. Entonces,
  1656. 1:07:02¿por qué hablamos del hecho de las
  1657. 1:07:03cosas?
  1658. 1:07:05Porque determinadas cosas poseen por su
  1659. 1:07:08propia naturaleza una capacidad
  1660. 1:07:10extraordinaria para generar daños.
  1661. 1:07:14Y no hablamos de cualquier cosa. Este es
  1662. 1:07:16un punto muy importante. Un libro puede
  1663. 1:07:18causar daño si alguien lo arroja
  1664. 1:07:20violentamente.
  1665. 1:07:22Una silla puede provocar un accidente.
  1666. 1:07:25Una taza puede romperse y dañar.
  1667. 1:07:28Pero nadie diría seriamente que esos
  1668. 1:07:31objetos constituyen mecanismos
  1669. 1:07:34peligrosos por sí mismos.
  1670. 1:07:37Lo que busca el derecho es identificar
  1671. 1:07:39aquellas cosas cuyo uso incrementa
  1672. 1:07:41objetivamente el riesgo para quienes las
  1673. 1:07:44rodean.
  1674. 1:07:46Pensemos en algunos ejemplos ya más más
  1675. 1:07:48concretos. un automóvil,
  1676. 1:07:51una locomotora,
  1677. 1:07:54un elevador,
  1678. 1:07:56una caldera industrial,
  1679. 1:07:59un tanque de gas,
  1680. 1:08:01una línea de alta tensión,
  1681. 1:08:04una grúa de construcción, una sustancia
  1682. 1:08:06explosiva.
  1683. 1:08:07Todos esos objetos comparten una
  1684. 1:08:09característica.
  1685. 1:08:11Incluso utilizándolos correctamente,
  1686. 1:08:14conservan un potencial
  1687. 1:08:15significativamente
  1688. 1:08:17alto para producir daños.
  1689. 1:08:26Y aquí al parecer el primer gran cambio
  1690. 1:08:28conceptual es cuando aparece.
  1691. 1:08:32En la responsabilidad subjetiva la
  1692. 1:08:33pregunta siempre era, ¿qué hizo mal el
  1693. 1:08:35demandado?
  1694. 1:08:37En la responsabilidad objetiva, la
  1695. 1:08:39pregunta cambia completamente.
  1696. 1:08:41¿Qué riesgo introdujo en la sociedad?
  1697. 1:08:45La diferencia parece pequeña, pero en
  1698. 1:08:47realidad cambia toda la estructura del
  1699. 1:08:49razonamiento jurídico. Pongamos un
  1700. 1:08:51ejemplo.
  1701. 1:08:53Supongamos que una persona conduce ese
  1702. 1:08:55automóvil respetando absolutamente todas
  1703. 1:08:57las reglas de tránsito,
  1704. 1:09:00circula dentro del límite de velocidad.
  1705. 1:09:03Su vehículo está en perfecto estado,
  1706. 1:09:04cuenta con seguro, tiene licencia
  1707. 1:09:06vigente, no consume alcohol y aún así
  1708. 1:09:10ocurre un accidente provocado por una
  1709. 1:09:12falla mecánica completamente
  1710. 1:09:13imprevisible.
  1711. 1:09:16Desde la lógica tradicional podríamos
  1712. 1:09:18concluir que no existió culpa y y
  1713. 1:09:21probablemente sería cierto, pero desde
  1714. 1:09:23la lógica de la responsabilidad objetiva
  1715. 1:09:25surgió una pregunta distinta. ¿Quién
  1716. 1:09:28decidió poner en circulación un
  1717. 1:09:29mecanismo que por su propia naturaleza
  1718. 1:09:32genera riesgos extraordinarios?
  1719. 1:09:40No sé si podemos apreciar cómo cambio el
  1720. 1:09:42punto de partida del análisis.
  1721. 1:09:44No estamos preguntando si el conductor
  1722. 1:09:46fue moralmente reprochable.
  1723. 1:09:50Estamos preguntando, ¿quién creó el
  1724. 1:09:51riesgo?
  1725. 1:09:53Y aquí encontramos uno de los cambios
  1726. 1:09:54más importantes del derecho privado
  1727. 1:09:56moderno. La responsabilidad deja de
  1728. 1:09:58girar exclusivamente alrededor del
  1729. 1:10:00comportamiento humano.
  1730. 1:10:03Comienza también a girar alrededor de
  1731. 1:10:05los riesgos inherentes a ciertas cosas.
  1732. 1:10:09Esto desde luego no significa que toda
  1733. 1:10:11cosa capaz de producir un daño genera
  1734. 1:10:13automáticamente responsabilidad
  1735. 1:10:14objetiva, porque prácticamente cualquier
  1736. 1:10:16objeto puede producir un daño bajo
  1737. 1:10:18determinadas circunstancias. Lo
  1738. 1:10:20relevante no es la posibilidad abstracta
  1739. 1:10:22de causar un daño, lo relevante es que
  1740. 1:10:25por sus características esa cosa
  1741. 1:10:27multiplique extraordinariamente la
  1742. 1:10:29posibilidad de producir.
  1743. 1:10:32Esa es precisamente la razón por la cual
  1744. 1:10:34el liquilador habla de mecanismos,
  1745. 1:10:36instrumentos, aparatos o sustancias
  1746. 1:10:39peligrosas.
  1747. 1:10:41No está pensando en cualquier objeto,
  1748. 1:10:43está pensando en aquellos cuya
  1749. 1:10:46utilización
  1750. 1:10:47incorpora
  1751. 1:10:49a la convivencia sociociar un riesgo
  1752. 1:10:51significativamente superior a los demás.
  1753. 1:11:00Y aquí me gustaría hacer otra reflexión.
  1754. 1:11:04Muchas veces dice que la responsabilidad
  1755. 1:11:05objetiva sanciona el uso de cosas
  1756. 1:11:07peligrosas
  1757. 1:11:08y yo no comparto del toda esa afirmación
  1758. 1:11:11porque no es que se sancione el uso.
  1759. 1:11:15El uso en la inmensa mayoría de los
  1760. 1:11:17casos es perfectamente ilícito.
  1761. 1:11:20Lo que es el derecho es algo distinto.
  1762. 1:11:22Acepta que esas cosas son necesarias
  1763. 1:11:24para la vida moderna.
  1764. 1:11:27El derecho acepta que no podemos
  1765. 1:11:29prescindir hoy en la actualidad de
  1766. 1:11:30automóviles
  1767. 1:11:32ni de elevadores. Imagínase esos
  1768. 1:11:35rascacielos
  1769. 1:11:36a a pie. Sería la muerte. Tampoco
  1770. 1:11:39podemos prescindir de la electricidad
  1771. 1:11:43ni eh, por ejemplo, de el producto de
  1772. 1:11:48las fábricas que nos ayudan a consumir
  1773. 1:11:51nuestros alimentos.
  1774. 1:11:53No podemos proscir gas.
  1775. 1:11:56etcétera. Pero precisamente porque la
  1776. 1:11:59ciudad obtiene enormes beneficios
  1777. 1:12:02derivados estos instrumentos, también
  1778. 1:12:05considera justo
  1779. 1:12:07que quien decide utilizarlos asuma las
  1780. 1:12:10consecuencias cuando el riesgo inherente
  1781. 1:12:12a ellos termina ocasionando un daño.
  1782. 1:12:16Creo que esa es una idea que vale la
  1783. 1:12:17pena recuerdo durante todo el curso.
  1784. 1:12:21La responsabilidad objetiva no
  1785. 1:12:23constituye una sanción.
  1786. 1:12:26constituye un mecanismo de distribución
  1787. 1:12:29de riesgos.
  1788. 1:12:30Esa es probablemente la mejor forma de
  1789. 1:12:32comprender esta primer categoría
  1790. 1:12:35y a partir de esa idea podremos entender
  1791. 1:12:37porque con el paso de los años el
  1792. 1:12:39derecho dejó de concentrarse únicamente
  1793. 1:12:42en las cosas y comenzó a dirigir su
  1794. 1:12:44atención hacer algo todavía más amplio,
  1795. 1:12:47las actividades peligrosas.
  1796. 1:12:51Ahora vamos a hablar de la
  1797. 1:12:52responsabilidad por productos
  1798. 1:12:53defectuosos.
  1799. 1:12:56Y finalmente por responsabilidad por el
  1800. 1:12:59hecho de otro.
  1801. 1:13:02Hemos visto que el derecho pasó de las
  1802. 1:13:04cosas a las actividades.
  1803. 1:13:07Sin embargo, el siglo XX volvió a
  1804. 1:13:09transformar profundamente la
  1805. 1:13:11responsabilidad civil y nuevamente la
  1806. 1:13:13explicación no se encuentra únicamente
  1807. 1:13:15en el derecho, se encuentra en la
  1808. 1:13:18sociedad.
  1809. 1:13:20Pensemos cómo compru nuestros abuelos.
  1810. 1:13:24Hace 100 años una persona adquiría la
  1811. 1:13:27mayor parte de los bienes que necesitaba
  1812. 1:13:29dentro de su propia comunidad.
  1813. 1:13:32El zapatero fabricaba los zapatos, valga
  1814. 1:13:35redundancia, pero así era. El panadero
  1815. 1:13:37elaboraba el pan.
  1816. 1:13:39Con frecuencia el consumidor conocía
  1817. 1:13:42personalmente al producto.
  1818. 1:13:44Si un producto salía mal, era
  1819. 1:13:46relativamente sencillo identificar quién
  1820. 1:13:48lo había fabricado y cuál había sido el
  1821. 1:13:50error.
  1822. 1:13:52Hoy vivimos en un mundo completamente
  1823. 1:13:54distinto.
  1824. 1:13:56Pensemos simplemente en los objetos que
  1825. 1:13:58utilizamos todos los días. el teléfono
  1826. 1:14:00celular, el automóvil, una computadora,
  1827. 1:14:04un medicamento, otra vez un elevador, un
  1828. 1:14:06refrigerador,
  1829. 1:14:07un alimento procesado.
  1830. 1:14:10Prácticamente ninguno de nosotros sabe
  1831. 1:14:12quién diseñó esos productos,
  1832. 1:14:14mucho menos sabemos cómo fueron
  1833. 1:14:16fabricados,
  1834. 1:14:18desconocemos qué materiales contienen,
  1835. 1:14:22ignoramos el proceso industrial mediante
  1836. 1:14:24el cual fueron producidos
  1837. 1:14:27y sin embargo todos los utilizaron
  1838. 1:14:29diariamente.
  1839. 1:14:31¿Por qué?
  1840. 1:14:33Porque confiamos.
  1841. 1:14:40Esa es probablemente la palabra más
  1842. 1:14:41importante de esta parte del curso,
  1843. 1:14:44confianza.
  1844. 1:14:46La economía moderna funciona porque
  1845. 1:14:48millones de personas confían todos los
  1846. 1:14:50días en productos que jamás podrán
  1847. 1:14:52inspeccionar personalmente.
  1848. 1:14:55Cuando una persona compra un
  1849. 1:14:56medicamento, no analiza su composición
  1850. 1:14:59química.
  1851. 1:15:01Cuando alguien compra un automóvil, no
  1852. 1:15:03desmonta el motor para revisar cada
  1853. 1:15:04pieza.
  1854. 1:15:06Cuando uno adquiere un electrodoméstico,
  1855. 1:15:08no verifica personalmente sus circuitos
  1856. 1:15:11electrónicos.
  1857. 1:15:13Simplemente partimos de una premisa que
  1858. 1:15:16el producto fue correctamente diseñado,
  1859. 1:15:20que fue correctamente fabricado y que
  1860. 1:15:23puede utilizarse razonablemente sin
  1861. 1:15:25poner en riesgo nuestra vida ni
  1862. 1:15:27integridad.
  1863. 1:15:30Precisamente porque esa confianza
  1864. 1:15:31resulta indispensable
  1865. 1:15:34para el funcionamiento del mercado, el
  1866. 1:15:36derecho decide protegerlo.
  1867. 1:15:39Y aquí aparece una idea muy importante.
  1868. 1:15:42No es el consumidor quien está en
  1869. 1:15:43mejores condiciones para evitar el daño,
  1870. 1:15:46es el fabricante.
  1871. 1:15:48Pensemos nuevamente en un ejemplo.
  1872. 1:15:50Supongamos que una empresa fabrica
  1873. 1:15:531 millón de capeteras al año.
  1874. 1:15:57Durante el proceso de ensamblaje se
  1875. 1:15:58produce un pequeño defecto en un lote de
  1876. 1:16:01500 piezas.
  1877. 1:16:03Ese defecto provoca que algunas
  1878. 1:16:05cafeteras exploten al calentarse.
  1879. 1:16:10Pregunto entonces, ¿quién estaba
  1880. 1:16:12realmente en posibilidad de evitar ese
  1881. 1:16:14accidente? ¿El consumidor?
  1882. 1:16:17Evidentemente no. El consumidor jamás
  1883. 1:16:21tuvo acceso a la fábrica, nunca vio el
  1884. 1:16:23proceso de producción, no podía advertir
  1885. 1:16:26el defecto,
  1886. 1:16:28no tenía forma alguna de prevenir el
  1887. 1:16:30daño. En cambio, el fabricante sí
  1888. 1:16:34implementó o dejó de implementar
  1889. 1:16:36controles de calidad y además obtiene el
  1890. 1:16:39beneficio económico derivado de la
  1891. 1:16:42comercialización del producto.
  1892. 1:16:44Por ello resulta razonable que el
  1893. 1:16:46derecho coloque sobre él el peso
  1894. 1:16:49principal del riesgo.
  1895. 1:16:51Este es uno de los ejemplos más claros
  1896. 1:16:53de la teoría del riesgo creado, no
  1897. 1:16:55porque el fabricante necesariamente haya
  1898. 1:16:57actuado con negligencia, sino porque es
  1899. 1:17:00quien se encuentra en mejores
  1900. 1:17:01condiciones para evitar el daño y
  1901. 1:17:03distribuir económicamente las
  1902. 1:17:05consecuencias.
  1903. 1:17:07Y observemos cómo vuelve a aparecer una
  1904. 1:17:09idea que hemos repetido durante todo el
  1905. 1:17:11curso. No estamos castellando el éxito
  1906. 1:17:14empresarial, no estamos diciendo que
  1907. 1:17:16producir bienes sea una actividad
  1908. 1:17:18ilícita, todo lo contrario. La
  1909. 1:17:20producción industrial constituye una de
  1910. 1:17:23las bases del desarrollo económico
  1911. 1:17:24contemporáneo.
  1912. 1:17:26Lo único que hace el derecho es exigir
  1913. 1:17:29que quien obtiene las ventajas derivadas
  1914. 1:17:31de esa actividad también asuma los
  1915. 1:17:34riesgos que inevitablemente genera.
  1916. 1:17:38Es una decisión de justicia distributiva
  1917. 1:17:41y también de eficiencia económica,
  1918. 1:17:43porque el fabricante puede contratar
  1919. 1:17:45seguros, puede mejorar sus controles de
  1920. 1:17:47calidad, puede retirar el producto del
  1921. 1:17:50mercado, los productos defectuosos,
  1922. 1:17:53puede repartir ese costo entre millones
  1923. 1:17:55de unidades producidas. La víctima, en
  1924. 1:17:58cambio, normalmente soporta sola todo el
  1925. 1:18:00peso del accidente y precisamente por
  1926. 1:18:03eso el sistema trasada el riesgo.
  1927. 1:18:07Ahora bien, quisiera hacer una
  1928. 1:18:11pequeña precisión, no por eso deja de
  1929. 1:18:13ser importante. Cuando hablamos de
  1930. 1:18:16productos defectuosos, no estamos
  1931. 1:18:18diciendo que cualquier inconformidad del
  1932. 1:18:20consumidor genere responsabilidad
  1933. 1:18:22objetiva. No, no estamos hablando de una
  1934. 1:18:25garantía comercial.
  1935. 1:18:27No estamos hablando que el producto
  1936. 1:18:30simplemente no nos guste.
  1937. 1:18:33Estamos hablando de un defecto capaz de
  1938. 1:18:36generar un daño [carraspeo]
  1939. 1:18:37jurídicamente relevante, es decir, un
  1940. 1:18:41producto que deja de ofrecer la
  1941. 1:18:42seguridad que razonablemente podía
  1942. 1:18:44esperarse de él.
  1943. 1:18:46Esa es una diferencia fundamental
  1944. 1:18:49porque el derecho de daños no protege
  1945. 1:18:51expectativas comerciales,
  1946. 1:18:54protege la integridad de las personas y
  1947. 1:18:56su patrimonio. Y precisamente por ello,
  1948. 1:18:59el estudio de los productos defectuosos
  1949. 1:19:01ha adquirido una enorme importancia
  1950. 1:19:03prácticamente en todos los sistemas
  1951. 1:19:04jurídicos modernos.
  1952. 1:19:07Con eso concluiríamos este bloque y
  1953. 1:19:11vamos a empezar a hablar ahora de otro,
  1954. 1:19:14sería responsabilidad. por el hecho de
  1955. 1:19:17otro.
  1956. 1:19:23Llegamos ahora a esta última categoría
  1957. 1:19:27y quizá es la que genere mayor
  1958. 1:19:29confusión,
  1959. 1:19:32la responsabilidad por el hecho de otro.
  1960. 1:19:38¿Por qué?
  1961. 1:19:40Porque aquí conviven distintos
  1962. 1:19:42fundamentos jurídicos.
  1963. 1:19:44No toda responsabilidad por actos ajenos
  1964. 1:19:46es responsabilidad objetiva.
  1965. 1:19:49Y creo que eso debe quedar absolutamente
  1966. 1:19:51claro. Existen muchos supuestos donde
  1967. 1:19:55una persona responde por la conducta de
  1968. 1:19:58otra porque incorrió en culpa.
  1969. 1:20:01por ejemplo, por una deficiente
  1970. 1:20:04vigilancia,
  1971. 1:20:05por una falta de supervisión,
  1972. 1:20:08por una omisión sus deberes de cuidado.
  1973. 1:20:12Y ahora sí que tratándonos un poquito la
  1974. 1:20:14materia penal, los de comisión por
  1975. 1:20:16omisión, pero eso es otra cosa.
  1976. 1:20:19Esos siguen siendo casos de
  1977. 1:20:21responsabilidad subjetiva.
  1978. 1:20:23Sin embargo, existen otros supuestos
  1979. 1:20:26completamente distintos.
  1980. 1:20:29Supuestos donde el fundamento ya no es
  1981. 1:20:31la culpa,
  1982. 1:20:33es la organización del riesgo.
  1983. 1:20:36Pensemos en una empresa.
  1984. 1:20:38Una gran empresa puede tener cientos o
  1985. 1:20:41miles de trabajadores.
  1986. 1:20:43Naturalmente el director general jamás
  1987. 1:20:45tendrá contacto directo con la inmensa
  1988. 1:20:48mayoría de las actividades cotidianas.
  1989. 1:20:51Sin embargo, toda esa organización
  1990. 1:20:53existe para desarrollar una actividad
  1991. 1:20:55económica.
  1992. 1:20:58La empresa obtiene beneficios gracias al
  1993. 1:21:00trabajo conjunto de todas esas personas
  1994. 1:21:03y precisamente porque obtiene esos
  1995. 1:21:05beneficios, el derecho considera
  1996. 1:21:07razonable que también asuma determinados
  1997. 1:21:09riesgos derivados de esa organización.
  1998. 1:21:12Lo mismo ocurre con un hospital,
  1999. 1:21:15pensemos en un hospital privado,
  2000. 1:21:17médicos, enfermeras, técnicos,
  2001. 1:21:21las personas que trabajan en
  2002. 1:21:22laboratorio, camilleros,
  2003. 1:21:26todo este grupo de personas,
  2004. 1:21:30bueno, personal administrativo, cada uno
  2005. 1:21:32de ellos realiza funciones distintas.
  2006. 1:21:36sería prácticamente imposible sostener
  2007. 1:21:37que el director del hospital participa
  2008. 1:21:40personalmente en todas las decisiones y
  2009. 1:21:43sin embargo, el hospital constituye una
  2010. 1:21:46organización única,
  2011. 1:21:49una estructura creada precisamente para
  2012. 1:21:51prestar servicios médicos.
  2013. 1:21:54Lo mismo ocurre con una escuela, con una
  2014. 1:21:57universidad,
  2015. 1:21:59una aerolínea,
  2016. 1:22:01una empresa ferroviaria.
  2017. 1:22:05eh circunstancias
  2018. 1:22:07en donde efectivamente todos trabajan
  2019. 1:22:11por un fin común.
  2020. 1:22:16[carraspeo]
  2021. 1:22:16Y aquí me faltaba poner un ejemplo que
  2022. 1:22:18nos va a servir para el último módulo.
  2023. 1:22:21No podemos dejar eh de lado una cadena
  2024. 1:22:24hotelera. Lo vamos a ver por el caso de
  2025. 1:22:26Mayan Palas, que platicaremos pronto de
  2026. 1:22:29él.
  2027. 1:22:31Es decir, todas estas circunstancias o
  2028. 1:22:33todos estos ejemplos que hemos dado
  2029. 1:22:35convergen en que estamos en presencia de
  2030. 1:22:37una organización compleja.
  2031. 1:22:40En estas circunstancias, el daño ya no
  2032. 1:22:43puede analizarse exclusivamente desde la
  2033. 1:22:45perspectiva individual,
  2034. 1:22:48debe analizarse también desde la
  2035. 1:22:49perspectiva organizacional,
  2036. 1:22:52porque muchas veces el verdadero riesgo
  2037. 1:22:54no deriva de una persona concreta,
  2038. 1:22:56deriva de toda una estructura
  2039. 1:22:59y esta me pareció una de las grandes
  2040. 1:23:02transformaciones del derecho
  2041. 1:23:03contemporáneo.
  2042. 1:23:05Cada vez resulta más evidente que los
  2043. 1:23:06daños modernos rara vez son
  2044. 1:23:08exclusivamente individuales.
  2045. 1:23:11Normalmente son consecuencias de
  2046. 1:23:13organizaciones complejas, de procesos
  2047. 1:23:16industriales, de cadenas de producción,
  2048. 1:23:19de grandes sistemas de prestaciones de
  2049. 1:23:21de prestación de servicios
  2050. 1:23:29y precisamente por ello el derecho ha
  2051. 1:23:31tenido que adaptar también sus
  2052. 1:23:32mecanismos de imputación.
  2053. 1:23:35nuevamente aparece en la misma pregunta
  2054. 1:23:37que nos ha acompañado
  2055. 1:23:39desde el inicio del módulo.
  2056. 1:23:42¿Quién creó el riesgo?
  2057. 1:23:45En ocasiones fue una persona, en otras
  2058. 1:23:47fue una empresa, en otras un fabricante,
  2059. 1:23:50en otras una organización,
  2060. 1:23:52pero la lógica jurídica permanece
  2061. 1:23:54inalterada. Identificar quién se
  2062. 1:23:56encontraba en mejores condiciones para
  2063. 1:23:58controlar ese riesgo y distribuir sus
  2064. 1:24:00consecuencias.
  2065. 1:24:02Y esa será precisamente la idea con la
  2066. 1:24:04que cerraremos este módulo.
  2067. 1:24:14Pues muy bien, ya estamos concluyendo
  2068. 1:24:16este este módulo tres.
  2069. 1:24:20Vamos a al a esta última parte. Vamos a
  2070. 1:24:23tratar de dar una conclusión general y
  2071. 1:24:25hacer esta transición al al último
  2072. 1:24:27módulo, al módulo cuatro. En ese
  2073. 1:24:30sentido,
  2074. 1:24:31permítame, para concluir este módulo,
  2075. 1:24:33hacer una reflexión en conjunto.
  2076. 1:24:36A lo largo de esta sesión hemos hablado
  2077. 1:24:38de cosas
  2078. 1:24:40interesantes como tal de las cosas,
  2079. 1:24:43de las cosas que por su característica
  2080. 1:24:47particular incrementan el riesgo.
  2081. 1:24:50Después hablamos de actividades, luego
  2082. 1:24:53hemos hablado de productos,
  2083. 1:24:55finalmente hablamos de organizaciones.
  2084. 1:24:59A primera vista parecería que estamos
  2085. 1:25:02estudiando cuatro instituciones
  2086. 1:25:03completamente distintas.
  2087. 1:25:06Incluso podría pensarse que cada una
  2088. 1:25:07responde con fundamentos propios.
  2089. 1:25:11Sin embargo, creo que después de este
  2090. 1:25:12recorrido podemos advertir que en
  2091. 1:25:14realidad todas responden a una misma
  2092. 1:25:16lógica jurídica y esa es probablemente
  2093. 1:25:19la principal idea que quisiera que se
  2094. 1:25:20llevan de este módulo. No memoricen las
  2095. 1:25:23cuatro categorías. Vamos a tratar de
  2096. 1:25:25comprender una sola idea, porque cuando
  2097. 1:25:29esa idea realmente queda eh
  2098. 1:25:34interiorizada en en nuestra en nuestro
  2099. 1:25:36ser, cuando realmente la entendemos,
  2100. 1:25:38todas las demás aparecen casi de manera
  2101. 1:25:40natural. ¿Cuál es esa idea?
  2102. 1:25:43Que la responsabilidad objetiva ya no
  2103. 1:25:46gira alrededor de la culpa,
  2104. 1:25:48gira alrededor del riesgo. Es el
  2105. 1:25:51verdadero cambio de paradigma.
  2106. 1:25:54durante siglos,
  2107. 1:25:59durante siglos, el derecho de daños
  2108. 1:26:01estuvo construido sobre una pregunta,
  2109. 1:26:03¿quién actuó mal? Esa era la pregunta
  2110. 1:26:06que debía responder el juez. ¿Existió
  2111. 1:26:09negligencia?
  2112. 1:26:11¿Hubo imprudencia?
  2113. 1:26:13Se vió el deber de cuidado. Todo el
  2114. 1:26:15proceso giraba alrededor de esa
  2115. 1:26:16investigación.
  2116. 1:26:18Pero conforme la sociedad comenzó a
  2117. 1:26:20hacerse más compleja, esa pregunta
  2118. 1:26:22empezó a resultar insuficiente,
  2119. 1:26:25no porque hubiera dejado de ser
  2120. 1:26:26importante, sino porque ya no resolvía
  2121. 1:26:29todos los problemas.
  2122. 1:26:35Para variar, pensemos en un ejemplo muy
  2123. 1:26:38cotidiano
  2124. 1:26:39y y pues ya es muy tarde para pedir eh
  2125. 1:26:43disculpas por tanto ejemplo, pero yo
  2126. 1:26:46creo que si no materializamos eh la idea
  2127. 1:26:49conceptual de un ejemplo, pues puede que
  2128. 1:26:50que se diluya. Por eso a mí me gusta
  2129. 1:26:52mucho hablar a través de ejemplos y pues
  2130. 1:26:55ya es muy tarde para es una disculpa,
  2131. 1:26:57pero si sirve de algo, una disculpa.
  2132. 1:27:00Una persona entra a un centro comercial,
  2133. 1:27:02utiliza un elevador,
  2134. 1:27:04ese elevador recibe mantenimiento. Ese
  2135. 1:27:07ese elevador está bien construido y con
  2136. 1:27:10el mantenimiento adecuado. Cumple con
  2137. 1:27:12las normas oficiales.
  2138. 1:27:14Ha sido inspeccionado, [carraspeo]
  2139. 1:27:16no existe ninguna conducta negligente
  2140. 1:27:18demostrada
  2141. 1:27:20y aún así, por una falla mecánica
  2142. 1:27:22extraordinaria ocurre un accidente.
  2143. 1:27:26La pregunta sería, ¿debbe soportar la
  2144. 1:27:29víctima sola todas las consecuencias
  2145. 1:27:31simplemente porque nadie actuó con
  2146. 1:27:33culpa?
  2147. 1:27:35Esa fue exactamente la pregunta que dio
  2148. 1:27:36origen a la teoría del riesgo creado.
  2149. 1:27:44Hecho contemporáneo responde diciendo,
  2150. 1:27:46"No,
  2151. 1:27:48porque alguien decidió introducir esa
  2152. 1:27:50fuente de riesgo dentro de la
  2153. 1:27:51convivencia social y quien obtiene las
  2154. 1:27:54ventajas derivadas de ese riesgo debe
  2155. 1:27:56asumir también sus consecuencias
  2156. 1:27:58cuando este termina ocasionando un
  2157. 1:28:00daño."
  2158. 1:28:02Esa es la lógica de la responsabilidad
  2159. 1:28:03objetiva.
  2160. 1:28:05Y usted ven algo muy interesante.
  2161. 1:28:08En ningún momento hemos dicho que esas
  2162. 1:28:11actividades deban prohibirse.
  2163. 1:28:13Ese es un aspecto que muchas veces se
  2164. 1:28:15malinterpreta.
  2165. 1:28:17La responsabilidad objetiva no parte de
  2166. 1:28:18una desconfianza hacia el progreso. No
  2167. 1:28:21pretende detener el desarrollo
  2168. 1:28:23industrial. No pretende impedir la
  2169. 1:28:25innovación tecnológica
  2170. 1:28:27ni desalentar la inversión. Todo lo
  2171. 1:28:29contrario.
  2172. 1:28:31Parte del reconocimiento que una
  2173. 1:28:33sociedad modern es de parte del
  2174. 1:28:37reconocimiento
  2175. 1:28:39de que una sociedad moderna necesita
  2176. 1:28:42fábricas, hospitales,
  2177. 1:28:45transporte,
  2178. 1:28:47necesita electricidad,
  2179. 1:28:50maquinaria, medicamentos, tecnología y
  2180. 1:28:53todo eso implica riesgos.
  2181. 1:28:56El derecho lo sabe. Sería ingenuo pensar
  2182. 1:28:59que podemos vivir en una ciudad
  2183. 1:29:00completamente libre de riesgos. Eso es
  2184. 1:29:03imposible. Vivir mata. La verdadera
  2185. 1:29:06pregunta nunca ha sido cómo eliminar
  2186. 1:29:08todos los riesgos. La verdadera pregunta
  2187. 1:29:11consiste en determinar quién debe
  2188. 1:29:13soportar sus consecuencias cuando estos
  2189. 1:29:15riesgos se materializan.
  2190. 1:29:26Y por esa razón el derecho desplaza
  2191. 1:29:29hacia él la carga principal de la
  2192. 1:29:32reparación,
  2193. 1:29:33no porque haya actuado inmoralmente, no
  2194. 1:29:36porque merezca un castigo,
  2195. 1:29:39sino porque resulta
  2196. 1:29:42la solución más justa para el conjunto
  2197. 1:29:45en sociedad.
  2198. 1:29:48Esta
  2199. 1:29:55es una diferencia que me parece
  2200. 1:29:57particularmente importante para quienes
  2201. 1:30:00ejercen una función jurisdiccional.
  2202. 1:30:03Los jueces no resuelven únicamente
  2203. 1:30:05conflictos entre dos personas. Casi
  2204. 1:30:07siempre sí, pero en estos casos aquí hay
  2205. 1:30:10que tomar en cuenta que cada sentencia
  2206. 1:30:13en estos casos en particular también
  2207. 1:30:16debe tener en cuenta que hay que
  2208. 1:30:17distribuir riesgos dentro de la sociedad
  2209. 1:30:28y ahí aparece nuevamente la justicia
  2210. 1:30:30distributiva, porque distribuir los
  2211. 1:30:32riesgos también significa distribuir los
  2212. 1:30:34beneficios.
  2213. 1:30:36Quien obtiene el beneficio económico de
  2214. 1:30:37una actividad riesgosa, normalmente está
  2215. 1:30:40en mejores condiciones para prevenir
  2216. 1:30:41accidentes,
  2217. 1:30:44está en mejores condiciones para
  2218. 1:30:45contratar seguros,
  2219. 1:30:48en mejores condiciones para incorporar
  2220. 1:30:50el costo del riesgo dentro de su
  2221. 1:30:51actividad.
  2222. 1:30:54Cada criterio que se adopte envíe un
  2223. 1:30:56mensaje sobre quién debe prevenir
  2224. 1:30:58determinados daños.
  2225. 1:31:00Cada resolución influye en la manera en
  2226. 1:31:02que empresas, instituciones y
  2227. 1:31:05particulares organiza sus actividades.
  2228. 1:31:09Por eso la responsabilidad objetiva
  2229. 1:31:10tiene una dimensión que va mucho más
  2230. 1:31:12allá del caso concreto. No solamente
  2231. 1:31:14repara daños, también incentiva
  2232. 1:31:17conductas
  2233. 1:31:18o las desincentiva.
  2234. 1:31:22favorece medidas de prevención, estimula
  2235. 1:31:25mejores controles de seguridad,
  2236. 1:31:28prohbe inversiones en mantenimiento,
  2237. 1:31:30fomenta seguros. En otras palabras, la
  2238. 1:31:33responsabilidad objetiva no solo mira
  2239. 1:31:34hacia el pasado para reparar un daño,
  2240. 1:31:37también mira hacia el futuro para
  2241. 1:31:39reducir la probabilidad de que vuelva a
  2242. 1:31:41ocurrir.
  2243. 1:31:43Creo que esta es una de sus mayores
  2244. 1:31:44virtudes.
  2245. 1:31:46Ahora bien, dicho todo lo anterior,
  2246. 1:31:48todavía queda una pregunta muy
  2247. 1:31:50importante.
  2248. 1:31:52Todo lo que hemos estudiado hasta ahora
  2249. 1:31:54pertenece en buena medida al terreno de
  2250. 1:31:55la teoría.
  2251. 1:31:58Pero quienes trabajan todos los días en
  2252. 1:31:59los tribunales sabemos que las
  2253. 1:32:02categorías doctrinales nunca llegan
  2254. 1:32:03solas al expediente,
  2255. 1:32:05llegan convertidas en conflictos
  2256. 1:32:07humanos,
  2257. 1:32:10llegan convertidas en accidentes, en
  2258. 1:32:12incendios,
  2259. 1:32:14electrocusiones, explosiones,
  2260. 1:32:17accidentes automovilísticos,
  2261. 1:32:21elevadores que fallan
  2262. 1:32:24en hospitales, parques de diversiones,
  2263. 1:32:26productos os defectuos
  2264. 1:32:30materia administrativa, daños
  2265. 1:32:32ambientales y entonces corresponde a los
  2266. 1:32:36jueces responder preguntas mucho más
  2267. 1:32:37difíciles.
  2268. 1:32:39¿Qué debe entender si realmente por un
  2269. 1:32:41mecanismo peligroso?
  2270. 1:32:44¿Todo automóvil genera responsabilidad
  2271. 1:32:45objetiva?
  2272. 1:32:47¿Cómo debe acreditarse el nexo causal?
  2273. 1:32:51¿Cuándo puede decirse que la conducta de
  2274. 1:32:54la víctima rompe esa relación causal?
  2275. 1:32:59Ojo, la conducta de la víctima,
  2276. 1:33:03no del demandado,
  2277. 1:33:06es posible reclamar daño moral aún
  2278. 1:33:08cuando nadie haya actuado con culpa.
  2279. 1:33:15Esas ya no son preguntas teóricas, son
  2280. 1:33:18preguntas que la Corte
  2281. 1:33:20y los tribunales federales han tenido
  2282. 1:33:22que responder
  2283. 1:33:24en los últimos años y justamente por
  2284. 1:33:27ello dedicaremos en el siguiente módulo
  2285. 1:33:30el estudio de la jurisprudencia
  2286. 1:33:31mexicana.
  2287. 1:33:34Vamos a procurar no revisar simplemente
  2288. 1:33:35una lista de tesis, sino vamos a
  2289. 1:33:38intentar identificar cómo ha
  2290. 1:33:40evolucionado el pensamiento de nuestros
  2291. 1:33:42tribunales.
  2292. 1:33:44Veremos cuáles han sido los precedentes
  2293. 1:33:45que transformaron esta materia y
  2294. 1:33:48analizaremos cómo se ha construido el
  2295. 1:33:49concepto moderno de riesgo creado.
  2296. 1:33:54Vamos a intentar explicar por qué hoy la
  2297. 1:33:56responsabilidad objetiva ocupa un lugar
  2298. 1:33:58central dentro del derecho de daños
  2299. 1:34:00mexicano.
  2300. 1:34:03Porque al final del día una institución
  2301. 1:34:05jurídica no se comprende únicamente
  2302. 1:34:07leyendo el Código Civil, ustedes lo
  2303. 1:34:09saben, se comprende observando cómo
  2304. 1:34:13lo interpretan los jueces día a día
  2305. 1:34:16resolviendo casos concretos. Y ese será
  2306. 1:34:18precisamente el siguiente paso de lo que
  2307. 1:34:22procuremos ver en el último módulo.
  2308. 1:34:24Muchas gracias.
  2309. 1:34:35Ahora bien, vamos a hablar de la
  2310. 1:34:37responsabilidad por actividades
  2311. 1:34:38peligrosas.
  2312. 1:34:41Si observamos con atención la evolución
  2313. 1:34:44histórica de la responsabilidad
  2314. 1:34:45objetiva, admitiremos un fenómeno muy
  2315. 1:34:47interesante.
  2316. 1:34:50Y bueno, en general, el derecho nunca
  2317. 1:34:52permanece estático.
  2318. 1:34:54El derecho evoluciona al mismo ritmo que
  2319. 1:34:56evoluciona la sociedad, quizá un poco
  2320. 1:34:58después. Bueno, el derecho como tal al
  2321. 1:35:00mismo ritmo y bueno, los cambios
  2322. 1:35:02legislativos y jurisprudenciales vienen
  2323. 1:35:04después.
  2324. 1:35:06Y precisamente eso ocurrió con la
  2325. 1:35:07responsabilidad por el hecho de las
  2326. 1:35:08cosas. Los primeros casos que llegaron a
  2327. 1:35:10los tribunales tenían una característica
  2328. 1:35:12común.
  2329. 1:35:13Siempre existía un objeto claramente
  2330. 1:35:15identificable que producía el daño, una
  2331. 1:35:18máquina, una locomotora, una caldera, un
  2332. 1:35:20vehículo.
  2333. 1:35:22Parecía lógico afirmar que el problema
  2334. 1:35:24jurídico consistía en determinar quién
  2335. 1:35:25debía responder por esa cosa. Sin
  2336. 1:35:28embargo, conforme la actividad económica
  2337. 1:35:30comenzó a hacerse más compleja, los
  2338. 1:35:32jueces advirtieron que esa explicación
  2339. 1:35:34empezaba a quedarse corta, porque muchas
  2340. 1:35:36veces el daño no provenía realmente de
  2341. 1:35:38una cosa aislada, provenía de toda una
  2342. 1:35:41actividad organizada.
  2343. 1:35:43Y para variar, permítame poner un
  2344. 1:35:45ejemplo muy sencillo. Imaginemos una
  2345. 1:35:48refinería,
  2346. 1:35:50la que ustedes quieran. Dentro de ella
  2347. 1:35:52encontramos cientos de mecanismos
  2348. 1:35:55potencialmente peligrosos.
  2349. 1:35:57Tuberías, bombas, motores, tanques de
  2350. 1:36:01almacenamiento,
  2351. 1:36:03sistemas eléctricos, sustancias
  2352. 1:36:05inflamables.
  2353. 1:36:07Ahora bien, supongamos que ocurre una
  2354. 1:36:09explosión.
  2355. 1:36:11La primera reacción sería preguntarnos
  2356. 1:36:13cuál de todas esas máquinas explotó,
  2357. 1:36:16pero muy pronto
  2358. 1:36:19nos vamos a advertir, advertiremos,
  2359. 1:36:23[resoplido]
  2360. 1:36:24vamos a darnos cuenta que quizá no es la
  2361. 1:36:27pregunta verdaderamente importante,
  2362. 1:36:29porque aunque logremos identificar el
  2363. 1:36:31mecanismo específico, el riesgo no
  2364. 1:36:33surgió únicamente de esa máquina.
  2365. 1:36:36El riesgo nació desde el momento mismo
  2366. 1:36:38en que alguien decidió desarrollar una
  2367. 1:36:39actividad industrial de enorme
  2368. 1:36:41complejidad.
  2369. 1:36:43Y otra vez eso cambia completamente la
  2370. 1:36:45perspectiva.
  2371. 1:36:47Lo mismo ocurre con una mina.
  2372. 1:36:49Podríamos intentar identificar cuál fue
  2373. 1:36:53exactamente la maquinaria que produjo un
  2374. 1:36:55accidente,
  2375. 1:36:57pero en realidad todos sabemos que la
  2376. 1:36:58minería es por naturaleza una actividad
  2377. 1:37:01extremadamente riesgosa,
  2378. 1:37:04no porque alguna máquina esté
  2379. 1:37:05necesariamente defectuosa, sino porque
  2380. 1:37:07la propia actividad implica explosivos,
  2381. 1:37:10perforaciones,
  2382. 1:37:11derrumbes, maquinaria pesada, sustancias
  2383. 1:37:15químicas
  2384. 1:37:17y condiciones de trabajo
  2385. 1:37:18particularmente peligrosas.
  2386. 1:37:21Lo mismo sucede con una planta química,
  2387. 1:37:23con una central eléctrica,
  2388. 1:37:26con una empresa dedicada al transporte
  2389. 1:37:28de combustibles,
  2390. 1:37:31una obra de gran infraestructura,
  2391. 1:37:34un aeropuerto,
  2392. 1:37:37incluso con un parque hasta de
  2393. 1:37:40diversiones. En todos esos casos existe
  2394. 1:37:42un riesgo que rebasa por mucho el riesgo
  2395. 1:37:45ordinario de la vida cotidiana.
  2396. 1:37:55Y aquí surge una pregunta muy
  2397. 1:37:57importante.
  2398. 1:37:59¿Por qué el derecho acepta la existencia
  2399. 1:38:02de esas actividades si sabe que generan
  2400. 1:38:05riesgos?
  2401. 1:38:07Y la respuesta, yo sé que ustedes la
  2402. 1:38:09tienen y pero no por ello deja de
  2403. 1:38:12resultar extremadamente interesante,
  2404. 1:38:15porque si bien esas actividades generan
  2405. 1:38:18grandes riesgos, también generan
  2406. 1:38:22grandes beneficios.
  2407. 1:38:26Sin ellas no tendríamos electricidad,
  2408. 1:38:30no tendríamos carreteras, no tendríamos
  2409. 1:38:32transporte,
  2410. 1:38:34hospitales,
  2411. 1:38:36los medicamentos, no tendríamos
  2412. 1:38:38medicamentos.
  2413. 1:38:40Y precisamente en ese sentido, pues
  2414. 1:38:45tampoco tendríamos el desarrollo
  2415. 1:38:46industrial que hoy tenemos. Es decir, la
  2416. 1:38:50sociedad obtiene enormes ventajas
  2417. 1:38:52gracias a esas actividades peligrosas.
  2418. 1:38:55Por eso el derecho nunca ha pretendido
  2419. 1:38:56prohibirlas.
  2420. 1:38:58Lo que pretende es otra cosa. Pretende
  2421. 1:39:01distribuir de manera más justa los
  2422. 1:39:04costos derivados de esos riesgos.
  2423. 1:39:09Es una idea que vale la pena repetir
  2424. 1:39:10porque constituye el verdadero
  2425. 1:39:12fundamento de la responsabilidad
  2426. 1:39:13objetiva. El derecho no combate el
  2427. 1:39:16riesgo, lo administra. Y esto me parece
  2428. 1:39:19una diferencia enorme porque muchas
  2429. 1:39:22veces escuchamos expresiones como la
  2430. 1:39:25responsabilidad objetiva castiga a las
  2431. 1:39:29actividades peligrosas.
  2432. 1:39:32Igual que en el apartado anterior, yo no
  2433. 1:39:34comparto del todo esa afirmación porque
  2434. 1:39:37no existe ningún castigo.
  2435. 1:39:40Nadie está siendo sancionado por abrir
  2436. 1:39:42una fábrica ni por construir un
  2437. 1:39:44edificio, por explotar una mina, por
  2438. 1:39:47fabricar medicamentos.
  2439. 1:39:49Todas esas actividades son perfectamente
  2440. 1:39:51ilícitas e incluso son socialmente
  2441. 1:39:54deseables. Lo único que ocurre es que
  2442. 1:39:56quien obtiene el beneficio económico
  2443. 1:39:58derivado de ellas también debe asumir
  2444. 1:40:01las consecuencias cuando el riesgo
  2445. 1:40:03inherente a esa actividad termina
  2446. 1:40:04lesionando un tercero.
  2447. 1:40:14Y se acuerdan que habíamos hablado de de
  2448. 1:40:16Guido Calabre.
  2449. 1:40:18Aquí es donde aparece.
  2450. 1:40:20Recordarán que Calabresi en su momento
  2451. 1:40:24nos aportaba la idea en cuanto a que el
  2452. 1:40:29problema central del derecho de daños no
  2453. 1:40:32consiste únicamente en reparar
  2454. 1:40:33accidentes,
  2455. 1:40:35consiste en decidir quién es el mejor
  2456. 1:40:37distribuidor de sus costos.
  2457. 1:40:40Sí, aceptamos que es una idea
  2458. 1:40:41profundamente económica, pero pero útil.
  2459. 1:40:44Pensemos en una empresa que produce
  2460. 1:40:46millones de envases de vidrio al año.
  2461. 1:40:49Si por alguna circunstancia excepcional
  2462. 1:40:52uno de esos envases provoca un daño,
  2463. 1:40:55¿quién está en mejores condiciones para
  2464. 1:40:57absorber ese costo? la víctima
  2465. 1:40:59individual o la empresa que produce
  2466. 1:41:02millones de unidades y puede distribuir
  2467. 1:41:04ese costo entre todos sus productos
  2468. 1:41:06mediante seguros, controles de calidad o
  2469. 1:41:09pequeños ajustes al precio.
  2470. 1:41:12Salvo lo que ustedes piensen, para mí la
  2471. 1:41:13respuesta pues es muy lógica, quizás
  2472. 1:41:16está evidente.
  2473. 1:41:17Y precisamente esa cuestión o esa lógica
  2474. 1:41:23explica buena parte de la evolución de
  2475. 1:41:24la responsabilidad objetiva.
  2476. 1:41:28Aquí conviene hacer una presión muy
  2477. 1:41:29importante.
  2478. 1:41:31No toda actividad que implique algún
  2479. 1:41:33riesgo genera responsabilidad objetiva.
  2480. 1:41:36Este es probablemente uno de los errores
  2481. 1:41:38más frecuentes.
  2482. 1:41:40Toda actividad humana implica cierto
  2483. 1:41:42nivel de riesgo. Bañarnos, caminar
  2484. 1:41:45implica un riesgo. Andar en bicicleta,
  2485. 1:41:48practicar algún deporte, cocinar,
  2486. 1:41:51incluso impartir una clase implica
  2487. 1:41:52cierto riesgo.
  2488. 1:41:55Si va a estar a cualquier riesgo,
  2489. 1:41:56prácticamente toda la responsabilidad
  2490. 1:41:58sería ya objetiva y eso nunca ha sido la
  2491. 1:42:01intención del legislador.
  2492. 1:42:03Lo que interesa el derecho son los
  2493. 1:42:04riesgos extraordinarios,
  2494. 1:42:07los riesgos que exceden
  2495. 1:42:09significativamente aquellos que
  2496. 1:42:11normalmente estamos obligados a soportar
  2497. 1:42:14por el simple hecho de vivir en
  2498. 1:42:15sociedad.
  2499. 1:42:17Pensemos en dos ejemplos.
  2500. 1:42:20Una persona prepara café en su casa,
  2501. 1:42:26otra persona manipula diariamente
  2502. 1:42:28cientos de litros de ácido sulfúrico en
  2503. 1:42:30una planta industrial.
  2504. 1:42:33Ambas actividades implican riesgo, pero
  2505. 1:42:36sería absurdo afirmar que ambas generan
  2506. 1:42:39el mismo nivel de exposición para
  2507. 1:42:40terceros.
  2508. 1:42:42El derecho distingue precisamente entre
  2509. 1:42:44esos dos escenarios.
  2510. 1:42:46No porque uno sea bueno y el otro sea
  2511. 1:42:48malo, sino porque el segundo incorpora
  2512. 1:42:50un riesgo [carraspeo] cualitativamente
  2513. 1:42:52distinto.
  2514. 1:42:54Y aquí una nueva reflexión que considero
  2515. 1:42:57que es útil
  2516. 1:42:59para quienes tenemos funciones
  2517. 1:43:01jurisdiccionales.
  2518. 1:43:04Cuando resolvemos un asunto de
  2519. 1:43:06responsabilidad objetiva, muchas veces
  2520. 1:43:08nuestra atención se dirige
  2521. 1:43:09inmediatamente hacia el daño y
  2522. 1:43:12naturalmente el daño es importante. Pero
  2523. 1:43:13quizás la pregunta más importante de
  2524. 1:43:15todos
  2525. 1:43:17debiera formularse incluso antes.
  2526. 1:43:20¿Con qué tipo de actividad estamos
  2527. 1:43:22tratando? ¿Se tratar una actividad
  2528. 1:43:24ordinaria o realmente estamos frente a
  2529. 1:43:26una actividad que introduce un riesgo
  2530. 1:43:28extraordinario para la comunidad?
  2531. 1:43:31Porque la respuesta a esa pregunta suele
  2532. 1:43:33definir todo el litigio.
  2533. 1:43:35Si la actividad no genera un riesgo
  2534. 1:43:37especial, probablemente estemos presente
  2535. 1:43:39a un supuesto de responsabilidad
  2536. 1:43:40subjetiva. Por el contrario, si la
  2537. 1:43:43actividad incorpora objetivamente un
  2538. 1:43:46riesgo extraordinario,
  2539. 1:43:48entonces comienza a justificarse la
  2540. 1:43:49aplicación de un régimen distinto
  2541. 1:43:58y eso explica por qué nuestros
  2542. 1:43:59tribunales, particularmente en los
  2543. 1:44:01últimos años, han dedicado un esfuerzo
  2544. 1:44:05significativo a definir que debe
  2545. 1:44:08entenderse por una actividad peligrosa.
  2546. 1:44:11No basta afirmar que una actividad
  2547. 1:44:12produce daños. Es necesario demostrar
  2548. 1:44:14que el riesgo forma parte de su propia
  2549. 1:44:16naturaleza.
  2550. 1:44:18Es la diferencia entre un riesgo
  2551. 1:44:19ordinario y un riesgo creado.
  2552. 1:44:22Y precisamente porque esa distinción ha
  2553. 1:44:23sido uno de los temas más debatidos en
  2554. 1:44:25la jurisprudencia mexicana, en el
  2555. 1:44:27siguiente módulo eh dedicaremos a
  2556. 1:44:29estudiar como nuestra corte ha ido
  2557. 1:44:31construyendo caso a caso este concepto
  2558. 1:44:33de riesgo extraordinario.
  2559. 1:44:37Pero antes de llegar a esa discusión,
  2560. 1:44:38todavía nos falta analizar dos
  2561. 1:44:40manifestaciones fundamentales de la
  2562. 1:44:41responsabilidad objetiva moderna.
  2563. 1:44:43[carraspeo]
  2564. 1:44:44Una de ellas surgió con el desarrollo
  2565. 1:44:45del consumo masivo
  2566. 1:44:48y la otra con la creciente complejidad
  2567. 1:44:50de las organizaciones contemporáneas.
  2568. 1:44:53Me refiero, desde luego, a la
  2569. 1:44:54responsabilidad por productos
  2570. 1:44:55defectuosos y a la responsabilidad por
  2571. 1:44:57el hecho de otro.
  2572. 1:45:20Llegamos finalmente al módulo cuatro, la
  2573. 1:45:23responsabilidad objetiva en la
  2574. 1:45:24jurisprudencia mexicana.
  2575. 1:45:32Ya con este módulo concluimos todo
  2576. 1:45:34nuestro recorrido sobre la
  2577. 1:45:35responsabilidad objetiva. Hasta ahora
  2578. 1:45:38hemos estudiado su evolución histórica.
  2579. 1:45:40Analizamos los fundamentos que
  2580. 1:45:41justifican su existencia y revisamos las
  2581. 1:45:44principales hipótesis en las que
  2582. 1:45:45actualmente open.
  2583. 1:45:48Sin embargo, quienes trabajan en los
  2584. 1:45:49tribunales sabrán que la verdadera
  2585. 1:45:51dimensión de una institución jurídica no
  2586. 1:45:53se encuentra únicamente en la ley y en
  2587. 1:45:55la doctrina.
  2588. 1:45:59No podemos
  2589. 1:46:01despreciar la forma en que los
  2590. 1:46:03tribunales interpretan la ley y la
  2591. 1:46:06doctrina aplicándola a casos concretos.
  2592. 1:46:10Por esa razón quisiera dedicar estos
  2593. 1:46:11últimos minutos a revisar cómo nuestro
  2594. 1:46:13máximo tribunal ha construido la teoría
  2595. 1:46:16moderna de la responsabilidad objetiva.
  2596. 1:46:29No vamos a estudiar todas las tesis
  2597. 1:46:31existentes porque prácticamente por el
  2598. 1:46:33tiempo resultaría imposible. Pero lo que
  2599. 1:46:35sí vamos a hacer se va a identificar las
  2600. 1:46:38grandes líneas de evolución
  2601. 1:46:39jurisprudencial.
  2602. 1:46:48Vamos a ver cómo nuestros tribunales
  2603. 1:46:50fueron precisando el concepto de riesgo
  2604. 1:46:52creado.
  2605. 1:47:05En otras palabras, veremos como la
  2606. 1:47:07teoría que hemos estudiado durante todo
  2607. 1:47:09el curso terminó convirtiéndose en
  2608. 1:47:11derecho vivo.
  2609. 1:47:21Nuestro primer gran bloque de este
  2610. 1:47:23último módulo será la consolidación de
  2611. 1:47:26la teoría del riesgo creado.
  2612. 1:47:29Si tuviera que elegir solo un precedente
  2613. 1:47:31para explicar la responsabilidad
  2614. 1:47:32objetiva,
  2615. 1:47:34elegiría sin duda el amparo directo
  2616. 1:47:3663/14.
  2617. 1:47:40No necesariamente porque haya inventado
  2618. 1:47:41una institución nueva, sino porque logró
  2619. 1:47:44ordenar conceptualmente una materia que
  2620. 1:47:46durante muchos años había evolucionado
  2621. 1:47:49mediante criterios aislados.
  2622. 1:47:51La primera sala sistematizó los
  2623. 1:47:53elementos de la responsabilidad objetiva
  2624. 1:47:55y dejó algo perfectamente claro.
  2625. 1:47:58El fundamento de esta responsabilidad ya
  2626. 1:48:01no es la culpa, es el riesgo creado.
  2627. 1:48:05Como recordarán, hemos visto los cuatro
  2628. 1:48:08elementos fundamentales.
  2629. 1:48:12el uso de un mecanismo o sustancia
  2630. 1:48:13peligrosa,
  2631. 1:48:15la existencia de un daño, el nexo causal
  2632. 1:48:19y la inexistencia de una culpa grave de
  2633. 1:48:22la víctima. Son los cuatro elementos
  2634. 1:48:25básicos.
  2635. 1:48:27Lo verdaderamente importante no fue la
  2636. 1:48:29enumeración de estos elementos, sino fue
  2637. 1:48:32el cambio de enfoque.
  2638. 1:48:34La Corte abandonó definitivamente la
  2639. 1:48:36idea de que toda responsabilidad civil
  2640. 1:48:39exige necesariamente un reproche moral.
  2641. 1:48:43Reconoció expresamente que existen
  2642. 1:48:44actividades perfectamente ilícitas, pero
  2643. 1:48:47que por generar riesgos extraordinarios
  2644. 1:48:50justifican un régimen distinto de
  2645. 1:48:52imputación.
  2646. 1:48:54Creo que ese presidente marca el punto
  2647. 1:48:55de madurez de la responsabilidad
  2648. 1:48:57objetiva de nuestro país.
  2649. 1:49:02Segundo subtema de nuestro último
  2650. 1:49:04bloque,
  2651. 1:49:06vamos a explicar cómo la jurisprudencia
  2652. 1:49:09continúa construyendo el concepto de
  2653. 1:49:11riesgo.
  2654. 1:49:14Ahora bien, una vez fijada esa
  2655. 1:49:15estructura general, surgió una nueva
  2656. 1:49:17pregunta. ¿Qué debe entenderse realmente
  2657. 1:49:20por un mecanismo o una actividad
  2658. 1:49:22peligrosa?
  2659. 1:49:24Y aquí la jurisprudencia ha seguido
  2660. 1:49:25evolucionando.
  2661. 1:49:27Por ejemplo, recientemente los
  2662. 1:49:29tribunales resolvieron que los juegos
  2663. 1:49:30mecánicos
  2664. 1:49:32constituyen mecanismos peligrosos por sí
  2665. 1:49:35mismos.
  2666. 1:49:42Algo semejante encontramos en materia de
  2667. 1:49:44alimentos industrializados.
  2668. 1:49:46La jurisprudencia ha reconocido que la
  2669. 1:49:49contaminación de alimentos puede generar
  2670. 1:49:51responsabilidad objetiva cuando el daño
  2671. 1:49:53deriva precisamente del uso de
  2672. 1:49:56mecanismos o procesos industriales.
  2673. 1:50:10El énfasis vuelve a colocarse en el
  2674. 1:50:11riesgo creado y no necesariamente en la
  2675. 1:50:14culpa del productor.
  2676. 1:50:17Y la misma lógica comienza a proyectarse
  2677. 1:50:18hacia ámbitos relativamente nuevos como
  2678. 1:50:20la responsabilidad ambiental, donde la
  2679. 1:50:23Corte distingue claramente entre la
  2680. 1:50:24protección del patrimonio individual y
  2681. 1:50:27la protección del medio ambiente como un
  2682. 1:50:28bien jurídico colectivo.
  2683. 1:50:34Tercer tema de este último bloque, la
  2684. 1:50:36responsabilidad objetiva no significa
  2685. 1:50:39una responsabilidad automática.
  2686. 1:50:49Existe una idea equivocada que con
  2687. 1:50:51frecuencia aparece en la práctica.
  2688. 1:50:53Se piensa que si la víctima ya no tiene
  2689. 1:50:57que demostrar la culpa, entonces
  2690. 1:50:59prácticamente tiene ganado el juicio.
  2691. 1:51:02Y la verdad es que eso está un poco
  2692. 1:51:04alejado de la realidad.
  2693. 1:51:06La Corte ha sido particularmente
  2694. 1:51:07cuidadosa en este punto.
  2695. 1:51:10Lo que desapareció fue la necesidad de
  2696. 1:51:12demostrar la culpa del demandado. Eso
  2697. 1:51:14sí, pero todo lo demás permanece.
  2698. 1:51:18Hay que acreditar el daño,
  2699. 1:51:21hay que acreditar el nexo causal
  2700. 1:51:24y debe demostrarse que el daño deriva
  2701. 1:51:26precisamente del riesgo creado.
  2702. 1:51:37Por ello, la propia jurisprudencia ha
  2703. 1:51:39reconocido diversas causas de exclusión.
  2704. 1:51:42Vamos a hacer especial énfasis.
  2705. 1:51:45La culpa exclusiva de la víctima sería
  2706. 1:51:49uno y el caso fortuito y la fuerza
  2707. 1:51:52mayor. Esto demuestra que la
  2708. 1:51:54responsabilidad objetiva no es una
  2709. 1:51:56responsabilidad absoluta.
  2710. 1:51:58Sigue siendo indispensable realizar un
  2711. 1:52:00análisis cuidadoso de las circunstancias
  2712. 1:52:02concretas de cada caso.
  2713. 1:52:06Salvo su mejor opinión, esta es una de
  2714. 1:52:07las enseñanzas más importantes para
  2715. 1:52:08quienes resuelven asuntos en
  2716. 1:52:10responsabilidad civil.
  2717. 1:52:12No basta identificar una actividad
  2718. 1:52:13riesgosa. Es indispensable demostrar que
  2719. 1:52:16ese riesgo fue jurídicamente relevante
  2720. 1:52:18para producir el daño.
  2721. 1:52:37Cuarto subtema de este último bloque, la
  2722. 1:52:39protección integral de la víctima.
  2723. 1:52:42Otro aspecto donde la jurisprudencia ha
  2724. 1:52:44evolucionado de manera muy importante es
  2725. 1:52:46en cuanto a la reparación del daño.
  2726. 1:52:49Durante muchos años existió la discusión
  2727. 1:52:51sobre si la responsabilidad objetiva
  2728. 1:52:53únicamente permitía reclamar daños
  2729. 1:52:55patrimoniales.
  2730. 1:52:57Hoy esa discusión puede considerarse
  2731. 1:52:59prácticamente superada, ya que la
  2732. 1:53:01primera sala ha reconocido expresamente
  2733. 1:53:04la procedencia del daño moral cuando la
  2734. 1:53:07afectación deriva de un supuesto
  2735. 1:53:08responsabilidad objetiva.
  2736. 1:53:11y lo ha hecho apoyándose en una idea muy
  2737. 1:53:13poderosa, el derecho de toda persona a
  2738. 1:53:16obtener una justa indemnización.
  2739. 1:53:27Quizá el ejemplo más conocido sea el
  2740. 1:53:28caso de Mayan Pales. Más allá de las
  2741. 1:53:31particularidades, ese precedente
  2742. 1:53:33simboliza una forma de entender el
  2743. 1:53:36derecho de daños.
  2744. 1:53:38una forma en la que la reparación ya no
  2745. 1:53:40busca únicamente compensar pérdidas
  2746. 1:53:42económicas,
  2747. 1:53:43sino proteger de manera integral la
  2748. 1:53:46dignidad,
  2749. 1:53:48la integridad física y la espera moral
  2750. 1:53:51de las personas.
  2751. 1:53:59Permítame cumplir con una última
  2752. 1:54:01reflexión.
  2753. 1:54:03Cuando iniciamos este curso, partimos de
  2754. 1:54:04una afirmación que durante siglos
  2755. 1:54:06pareció indiscutible.
  2756. 1:54:08No hay responsabilidad sin culpa.
  2757. 1:54:11Hoy, hoy podemos afirmar que esa frase
  2758. 1:54:13ya no describe completamente nuestro
  2759. 1:54:14sistema jurídico.
  2760. 1:54:16La culpa sigue siendo
  2761. 1:54:19sigue ocupando un lugar central dentro
  2762. 1:54:20del derecho civil,
  2763. 1:54:23pero ya no constituye la única forma de
  2764. 1:54:26explicar la obligación de reparar un
  2765. 1:54:27daño.
  2766. 1:54:29La evolución tecnológica, el desarrollo
  2767. 1:54:31industrial y la creciente complejidad de
  2768. 1:54:34la vida social obligaron al derecho a
  2769. 1:54:37construir una respuesta distinta.
  2770. 1:54:40Una respuesta basada en el riesgo y la
  2771. 1:54:43jurisprudencia de nuestros tribunales ha
  2772. 1:54:45desempeñado un papel decisivo en esta
  2773. 1:54:46transformación.
  2774. 1:54:48No creó la autoridad del riesgo criado,
  2775. 1:54:50pero sí la sistematizó, la precisó,
  2776. 1:54:53estableció sus límites y la adaptó a los
  2777. 1:54:56desafíos contemporáneos.
  2778. 1:54:59Quizás sea la principal enseñanza que
  2779. 1:55:03aspiraría a transmitirles.
  2780. 1:55:05La responsabilidad objetiva no
  2781. 1:55:07representa el abandono de la culpa,
  2782. 1:55:12pero representa el reconocimiento
  2783. 1:55:15de que existen riesgos que una ciudad
  2784. 1:55:18moderna necesita asumir para
  2785. 1:55:20desarrollarse
  2786. 1:55:23y cuyos costos no pueden recaer
  2787. 1:55:25exclusivamente sobre quien tuvo la
  2788. 1:55:26desgracia de sufrir el daño.
  2789. 1:55:29En el fondo, esa ha sido siempre la
  2790. 1:55:31aspiración del derecho de daños,
  2791. 1:55:34encontrar soluciones cada vez más justas
  2792. 1:55:36para distribuir las consecuencias de los
  2793. 1:55:38accidentes propios de la convivencia
  2794. 1:55:40humana.
  2795. 1:55:42Muchas gracias.

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