Derecho de Daños. Módulo 5. Parte 5 — Transcript
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- 0:12En Francia se ha dado la teoría de la
- 0:15causalidad virtual, con la cual se
- 0:18establece una indemnización con
- 0:21fundamento en la equidad. Esto es,
- 0:23finalmente no quedó completamente
- 0:26demostrado. La relación causa efecto
- 0:29entre el hecho dañoso y el daño, pero de
- 0:33todos modos en un sentido de equidad se
- 0:38terminó realizando
- 0:41esta
- 0:43condena. Aquí los hechos acontecieron de
- 0:45la siguiente manera. Una persona sufre
- 0:50un accidente automovilístico derivado de
- 0:53una colisión.
- 0:56Esto obliga a que sea atendido dentro de
- 0:59un hospital y ahí contrae una
- 1:02enfermedad, en este caso el B IH. Aquí
- 1:08entonces tenemos que
- 1:11bajo una teoría de la equivalencia de
- 1:14las condiciones, que es lo mismo que la
- 1:17Cinecuanon,
- 1:20pues se pudiera llegar a la conclusión
- 1:23de que finalmente si no hubiera sido
- 1:26hubiera sido ese accidente, no habría
- 1:29por qué tenido que parar esta víctima
- 1:33dentro del hospital y se contagiara de
- 1:37sangre. Sin embargo, eh aquí eh por este
- 1:41entonces la la teoría causa efecto pues
- 1:44no queda tan clara, ¿no? Porque incluso
- 1:48aquí se condenó tanto al conductor como
- 1:52al propietario de el vehículo
- 1:56a a este a este pago. Entonces,
- 2:01retomando conforme a la Cinecanon, es lo
- 2:03que se basó el
- 2:06Tribunal Francés para efecto de realizar
- 2:09la condena correspondiente.
- 2:13Esta resolución ha sido criticada por el
- 2:18autor Marcelo López Mesa.
- 2:23Finalmente es un
- 2:26ejemplo de cómo utilizando distintas
- 2:30teorías pueden podemos obtener distintos
- 2:34resultados, ¿no? Eh, aquí conforme a la
- 2:37causa eficiente, pues difícilmente pues
- 2:39pudiera entenderse que hubiera existido
- 2:43ese esa condena, ¿no? Sobre todo hasta
- 2:45con el propietario, ¿no? Lo que
- 2:48decíamos, ¿no? que conforme a esa teoría
- 2:50de la cinecanon, pues hasta pudiéramos
- 2:54llegar a considerar responsable en el
- 2:56caso de las lesiones que habíamos
- 2:58señalado, hasta la persona que vendió o
- 3:02prestó el arma de fuego a quien ocasionó
- 3:06el daño, lo cual viene a ser muy
- 3:11discutible.
- 3:14otra
- 3:17un caso por para señalar un ejemplo de
- 3:22cuándo puede darse
- 3:26esta falta de de cuidado o esta omisión,
- 3:31ya sea en la teoría de la cinecano o en
- 3:34causa eficiente. Pudiéramos tal vez
- 3:36poner el ejemplo de una persona que esté
- 3:39dentro de un hospital psiquiátrico.
- 3:43Aquí pues partimos de la base que tiene
- 3:45alguna enfermedad mental, ¿no?
- 3:47Supongamos alguna depresión fuerte. Y
- 3:53si esta persona llega a suicidarse
- 3:59aquí, pues también puede llegar a
- 4:02plantearse finalmente de quién es la
- 4:05responsabilidad.
- 4:07Esto es si también parte de la base de
- 4:10esa responsabilidad o parte de esa
- 4:12responsabilidad el hospital
- 4:14psiquiátrico. Lo anterior pues ya que se
- 4:17supone o aquí la pregunta sería eh si
- 4:21hubiera estado sujeto a vigilancia como
- 4:24realmente debiera ser, si habría
- 4:26acontecido
- 4:28este hecho o no.
- 4:31Entonces, ese es un ejemplo de cuándo se
- 4:34puede dar en sentido negativo o derivado
- 4:39de una omisión, la responsabilidad que
- 4:40pudiera ser analizado tanto a la luz de
- 4:43la cinecuan
- 4:45como a la luz de la causa eficiente,
- 4:49¿no? Aquí pues partiendo de la base de
- 4:52la necesidad de que al estar en un
- 4:55hospital debe estar sujeto a vigilancia
- 4:59y creo que
- 5:01es es un ejemplo en sentido negativo.
- 5:04Otra problemática
- 5:06que se genera es cuando existe una
- 5:09incertidumbre causal, así como también
- 5:12cuando existe una indeterminación de la
- 5:15gente y cuando existe una pluralidad de
- 5:19agentes que pueden haber causado el
- 5:22daño. Aquí una un ejemplo. Imaginemos el
- 5:26caso de dos cazadores que están
- 5:29practicando propiamente su actividad
- 5:32dentro de un bosque y los dos disparan
- 5:36de manera simultáneamente
- 5:39hacia en una misma dirección, impactando
- 5:42una de las balas en una de las personas.
- 5:47Aquí pues tal vez para problematizar un
- 5:51poco más este caso, aquí habría que
- 5:54partir de la base que no es posible
- 5:57determinar a cuál de los dos cazadores
- 6:01es atribuible la bala que hirió a la
- 6:04víctima. No existen distintas pruebas
- 6:08periciales,
- 6:09llámese tanto por el calibre, supongamos
- 6:12que estén utilizando una escopeta si de
- 6:15calibre similar, que estén en posición
- 6:17similar.
- 6:19Entonces,
- 6:22por el ángulo, lo anterior, más que nada
- 6:23la posición por el ángulo de donde llegó
- 6:26el disparo o la trayectoria. Entonces,
- 6:29supongamos que es imposible determinar
- 6:34quién fue el que realizó el disparo y
- 6:36los dos realizaron el disparo. Aquí una
- 6:40solución o la mayoría de de la doctrina
- 6:43cuando se presenta esta este tipo de
- 6:46situación se inclina por la aplicación
- 6:51de una responsabilidad
- 6:53solidaria de los agentes. en este caso
- 6:56es de los dos cazadores y en este caso
- 7:02tendrían ambos que responder del daño
- 7:06ocasionado.
- 7:09También otro
- 7:12otro problema
- 7:15que se puede generar es cuando existe
- 7:19una pluralidad de agentes causantes del
- 7:22daño y eh por el otro lado también
- 7:26existe una pluralidad de víctimas. Aquí
- 7:29el problema consiste en radicar a cuál
- 7:33de los agentes se ha causado el daño y a
- 7:37qué víctima. En
- 7:43Italia ya se dio este caso y es consta
- 7:48de la siguiente forma. Aquí una un niño
- 7:52nació con ciertas deformidades a causa
- 7:55de que durante la concepción la mamá,
- 7:58quien tenía problemas de fertilidad fue
- 8:01sometida a un tratamiento de dos
- 8:03fármacos que finalmente después resultó
- 8:07que eran dañosos. Entonces aquí se
- 8:10utilizó un criterio de probabilidad.
- 8:14Esto es finalmente eh como el resultado
- 8:18ya se dio con posterioridad y ya no
- 8:21existía tal vez esa inmediatez para
- 8:24realizar los estudios correspondientes
- 8:26para ver si ese determinado fármaco
- 8:30realmente fue el causante de que naciera
- 8:34con deformidades.
- 8:36Entonces, lo que hizo el tribunal
- 8:38italiano fue acudir a un test de
- 8:42probabilidad. Entonces, aquí bastaba con
- 8:45que fuera más probable que esa ese
- 8:49fármaco hubiera realizado ese daño a que
- 8:53no para dar como resultado una sentencia
- 8:59de condena. Otro caso que también se ha
- 9:03dado en este caso en Estados Unidos es
- 9:08el de
- 9:12el de varias compañías farmacéuticas
- 9:16estaban produciendo
- 9:20un
- 9:22medicamento que las siglas eran
- 9:25y este consumo por parte de las madres
- 9:29provocaba
- 9:31un
- 9:33un daño aquí. Eh, según la lógica de
- 9:37esta hipótesis es que finalmente como
- 9:40había varias empresas que producían ese
- 9:44medicamento
- 9:47en ese tiempo, pues ver finalmente de
- 9:50cuál medicamento, de los dos que eran
- 9:53producidos o o de los varios que eran
- 9:55producidos en ese tiempo, cuál fue la
- 9:57farmacéutica que se le podía atribuir la
- 10:01responsabilidad. En este sentido, las
- 10:03mamás de estas niñas que consumían este
- 10:08medicamento
- 10:09lo consumían para efecto de
- 10:14evitar abortos
- 10:17espontáneos, pero ya con posterioridad
- 10:22resultó que las niñas, cuyas mamás
- 10:26habían consumido ese medicamento ya
- 10:30durante la etapa de pubertad
- 10:33desarrollaron cáncer de útero.
- 10:38Entonces, aquí el problema radicaba
- 10:41finalmente en a quién atribuir la
- 10:44responsabilidad, a qué laboratorio
- 10:46correspondiente, porque dada la
- 10:49temporalidad que pasó, pues ya
- 10:52difícilmente se van a a a tener pruebas
- 10:56de cuál fue el medicamento en particular
- 10:58que se estuvo consumiendo, mejor dicho,
- 11:01de qué laboratorio y con base en eso
- 11:04atribuirle su responsabilidad.
- 11:08Aquí lo que sucedió con este tribunal en
- 11:11el estado de California fue que
- 11:15atendiendo
- 11:16a la participación
- 11:19del mercado que hubiera tenido cada
- 11:24laboratorio fue como realizaron la
- 11:28condena. Esto es, si un laboratorio
- 11:31tiene un porcentaje del 30% y el otro
- 11:34del 70, con base en esos porcentajes es
- 11:37como se iba realizar la condena. Esto
- 11:41aquí me permití poner el año cuando se
- 11:44resolvió este asunto que fue en 1980,
- 11:47lo anterior propiamente para efecto de
- 11:50evidenciar cuánto es la diferencia de
- 11:52los tiempos en los que se ha venido
- 11:55manejando ese tipo de demandas, ¿no?
- 11:57Amos que esto fue una demanda en
- 11:58California en 1980, mientras que nuestro
- 12:02principal
- 12:03precedente
- 12:05data
- 12:07de también una alberca que sucedió o es
- 12:10el generó el amparo directo en 2013 que
- 12:14se resolvió por la primera sala de la
- 12:16Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- 12:20Este este criterio parece que ya no ha
- 12:23sido aplicado con posterioridad. de
- 12:26alguna u otra manera han tratado de
- 12:30evitar los tribunales decir que se
- 12:32encuentran en el mismo supuesto para
- 12:34seguir sosteniendo este criterio. No.
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