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Derecho de Daños. Módulo 1 — Transcript

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  1. 0:02Muy buenas tardes. Agradezco al director
  2. 0:05general de la Escuela Nacional de
  3. 0:07Formación Judicial por esta oportunidad
  4. 0:09para participar como docente en el curso
  5. 0:11de daños extracontractuales.
  6. 0:14Para mí es un honor y sobre todo en un
  7. 0:17tema tan relevante que nos ocupa en
  8. 0:19nuestro país. Los invito a acompañarme
  9. 0:22para platicar un poquito de los
  10. 0:23antecedentes históricos.
  11. 0:26Recordemos que en Roma la evolución del
  12. 0:29derecho de daños transitó desde la
  13. 0:32venganza privada hasta lo que conocimos
  14. 0:34como la famosa ley del Talón, a la
  15. 0:37imposición de penas como consecuencia
  16. 0:39del menoscabo ocasionado injustamente a
  17. 0:43otra persona. Ello se denominó como
  18. 0:45delito que no diferenciaba en cuanto al
  19. 0:48régimen jurídico de los daños de acuerdo
  20. 0:50con su origen, por lo que el delito se
  21. 0:53consideró como todo acto anturídico
  22. 0:55castigado o sancionado con una pena. La
  23. 0:59clasificación se dividió en delitos
  24. 1:01públicos y delitos privados. Los
  25. 1:03primeros eran aquellos realizados en
  26. 1:05contra de la seguridad u orden del
  27. 1:08Estado. Se seguían ante un procedimiento
  28. 1:10penal y se castigaban con una pena
  29. 1:13pública. Esto es sanciones corporales o
  30. 1:16pecuniarias que favorecían solo a el la
  31. 1:21popularidad romana y no a los
  32. 1:23particulares, que también hubieran sido
  33. 1:26perjudicados en consecuencia del delito.
  34. 1:29Por otro lado, los delitos privados
  35. 1:31afectaban a un particular, su patrimonio
  36. 1:34o su familia. Estos podían perseguirse a
  37. 1:37través de una acción penal en la que el
  38. 1:39juez podía condenar al responsable al
  39. 1:42pago de una pena, esto es la
  40. 1:44indemnización en dinero destinado a
  41. 1:46quien sufrió el hecho ilícito. La
  42. 1:49evolución del derecho romano en torno a
  43. 1:51la reparación civil tomó distintas
  44. 1:54posturas a través de la historia. Un
  45. 1:57ejemplo de ello es el mismo
  46. 1:59procedimiento propuesto por la ley que
  47. 2:02en sus inicios señalaba la posibilidad
  48. 2:05de que la pena fuera puesta a
  49. 2:07disposición del perjudicado
  50. 2:09inmediatamente. Posteriormente, ya hacia
  51. 2:11la época de la Roma clásica, se
  52. 2:13añadieron mayores requisitos para su
  53. 2:16cobro, como por ejemplo la celebración
  54. 2:18de un juicio declarativo en que se
  55. 2:20determinara la verdad de los hechos, el
  56. 2:22autor, y posteriormente se definiría una
  57. 2:25condena.
  58. 2:27de un análisis histórico del daño,
  59. 2:29podemos encontrar que desde la época del
  60. 2:31digesto se empezaban a plantear
  61. 2:33conceptos relativos a los actos ilícitos
  62. 2:36causados al patrimonio de otras
  63. 2:39personas. Para ello se utilizaba el
  64. 2:42término inuren para catalogar injustos
  65. 2:45contrarios a derecho causados con culpa
  66. 2:48y que en consecuencia dejaba a su
  67. 2:50hacedor mercer de las sanciones
  68. 2:53aquilianas. Ahora, en cuanto al valor de
  69. 2:56la indemnización, mientras en un inicio
  70. 2:58el valor de la pena se determinaba con
  71. 3:01base en el simple valor de las cosas,
  72. 3:03posteriormente para su determinación se
  73. 3:06añadieron también cuestiones como el
  74. 3:08valor de los beneficios que se mitigaron
  75. 3:10a consecuencia del acto dañoso. Sí,
  76. 3:14mientras en el derecho clásico la pena
  77. 3:16era proporcional al valor del daño
  78. 3:19causado, en la época de Justiniano, el
  79. 3:21pago de la pena cumplía con una función
  80. 3:25reparatoria en la que el afectado
  81. 3:27disponía de acciones persecutorias a fin
  82. 3:31de obtener un resarcimiento del daño
  83. 3:33como tracción reivindicatoria.
  84. 3:35Finalmente, vale la pena recordar que
  85. 3:38aunque no hubiera una clasificación o
  86. 3:40una categoría exacta del delito, sí
  87. 3:43existían ciertas características
  88. 3:46generales de las acciones derivadas de
  89. 3:48los delitos, como el hecho de que fueran
  90. 3:50intransmisibles. Esto es, que no podían
  91. 3:54responder por ese delito otras personas
  92. 3:56más que el responsable, ni siquiera sus
  93. 3:59herederos.
  94. 4:00Respecto a la acumulación de acciones,
  95. 4:02si el delito había sido causado por
  96. 4:05diversos autores, la víctima podía
  97. 4:07exigirles a todos el valor completo de
  98. 4:10la pena. Sucedió una situación similar
  99. 4:12en el caso de coparticipación del
  100. 4:14delito, aunque no fuera en el mismo
  101. 4:16grado, pudiéndose acumular las acciones
  102. 4:19contra esos partícipes. De igual forma,
  103. 4:22en las acciones persecutorias podían
  104. 4:24acumularse con las acciones penales que
  105. 4:27se originaban a partir del delito. Ello
  106. 4:30para efectos de restitución de la cosa o
  107. 4:33la indemnización del daño. Estas
  108. 4:35acciones eran denominadas acciones
  109. 4:38penales mixtas y el afectado solo podía
  110. 4:41exigir una de esas, por lo que en caso
  111. 4:45de que el afectado intentara ejercer
  112. 4:47ambas acciones, el mismo pretor podía
  113. 4:50impedir. Sin embargo, ya para la época
  114. 4:53de Justiniano se permitió la acción
  115. 4:55posterior si esta brindaba una mayor
  116. 4:58indemnización que la primera
  117. 5:00indemnizada.
  118. 5:02Siguiendo la época, un poquito más
  119. 5:05adelante, eh en la época ya eh de lo que
  120. 5:08fue Napoleón, pues en la Francia se
  121. 5:11encontraba revuelta en una crisis de
  122. 5:14disconformidad con sus leyes civiles y,
  123. 5:17en consecuencia, la necesidad de
  124. 5:18unificar y reformar de conformidad con
  125. 5:21estas ideas revolucionarias que estaban
  126. 5:25vigentes en el siglo XIX. La división
  127. 5:28referida deviene de las distintas
  128. 5:31corrientes de derecho que se
  129. 5:32acostumbraban. Tenemos, por ejemplo, en
  130. 5:34la Francia septentrional predominaba el
  131. 5:38derecho germánico basado en usos y
  132. 5:40costumbres en los que se desconocía el
  133. 5:43derecho absoluto del padre, la
  134. 5:45limitación para testar y el régimen
  135. 5:47total de las mujeres. Por otro lado, en
  136. 5:51el mediodía francés se priorizaba el
  137. 5:53derecho rumano Justiniano e y, por
  138. 5:56ejemplo, la figura autoritaria y
  139. 5:58unificadora del jefe de familia que
  140. 6:01regía sobre sus capacidades de contratar
  141. 6:04y de testar. De esta manera, esta
  142. 6:06codificación se basó en los principios
  143. 6:09de igualdad, de libertad, de fraternidad
  144. 6:12que esan base de la Revolución Francesa,
  145. 6:15que de acuerdo con el espíritu de
  146. 6:17igualdad y libertad de los ciudadanos,
  147. 6:19la libertad del trabajo, la libertad de
  148. 6:22conciencia, el alcismo del Estado,
  149. 6:25abolición al régimen feudal, haciendo
  150. 6:28imposible su resurrección, el libre
  151. 6:30acceso a la propiedad y aplicación del
  152. 6:33individualismo como base del derecho,
  153. 6:36preceptos del derecho romano y normas
  154. 6:39del antiguo régimen. En la materia civil
  155. 6:42de responsabilidad se abordó en el
  156. 6:44código napoleónico por incumplimiento de
  157. 6:48obligaciones, esto es por la voluntad de
  158. 6:50las partes a fijar los límites de la
  159. 6:53reparación y como una fuente extra
  160. 6:55contractual y autónoma de obligaciones.
  161. 6:59Los juristas que participaron en la
  162. 7:01redacción de este código naponeónico
  163. 7:04definieron la responsabilidad civil,
  164. 7:07estableciendo la obligación del deudor
  165. 7:09de compensar por daños y perjuicios si
  166. 7:12este hubiera incurrido en mora o por
  167. 7:15incumplimiento, así como el compromiso
  168. 7:18de subsecuente de justificar que dicha
  169. 7:20falta no hubiese sido de mala. Además
  170. 7:24abarcaban los conceptos de daño
  171. 7:25emergente, de lucro cesante, la
  172. 7:28exclusión del pago de daños y perjuicios
  173. 7:30a consecuencia de un caso fortuito o de
  174. 7:33fuerza mayor. En el ámbito de
  175. 7:35reparaciones, en las relaciones
  176. 7:37contractuales se expresó que debían
  177. 7:39pagarse los daños y perjuicios
  178. 7:41expresamente previstos en el acuerdo de
  179. 7:44voluntades y el monto por dicha
  180. 7:46indemnización debía corresponder a la
  181. 7:49suma exacta pactada en el contrato. Por
  182. 7:53otro lado, sobre las obligaciones de
  183. 7:55pago en dinero, se estipuló que los
  184. 7:57daños y perjuicios consistían en el pago
  185. 8:01de intereses sin la obligación del
  186. 8:03acreedor de justificar las pérdidas. Y
  187. 8:06en el ámbito de responsabilidad
  188. 8:08extracontractual se indicó como uno de
  189. 8:11los elementos esenciales la culpa,
  190. 8:14precisando que todo hecho del hombre que
  191. 8:16causa a otro un daño obliga a repararlo
  192. 8:20aquel por culpa del que haya sucedido,
  193. 8:23refiriendo que los hechos daños
  194. 8:25igualmente pueden provocarse tanto por
  195. 8:27negligencia como por imprudencia. En la
  196. 8:30misma base sirvió para el cambio
  197. 8:33doctrinal que planteó como un nuevo
  198. 8:35factor de atribución la responsabilidad
  199. 8:37por riesgo creado a partir de accidentes
  200. 8:40laborales.
  201. 8:42Recordemos que en esa época se buscaba
  202. 8:45procurar una mejor suerte para las
  203. 8:47víctimas de accidentes o riesgo, que en
  204. 8:49su mayor
  205. 8:51casos pues eran obreros de maquinaria y
  206. 8:54se buscaba indemnizarlos sin que ellos
  207. 8:57tuvieran la obligación de probar la
  208. 8:59culpa del patrón. Esto se ponderó que el
  209. 9:02objeto de la responsabilidad civil era
  210. 9:04la reparación del daño y no el deber de
  211. 9:07soportar el daño de la vida. Bueno, es
  212. 9:10un poquito de la historia y ahora a lo
  213. 9:13que nos ocupa en México, debemos
  214. 9:15recordar que eh a partir eh de lo que
  215. 9:19fue la reforma de derechos humanos en
  216. 9:212011 vinieron ciertos eh movimientos,
  217. 9:26ciertos cambios. Eh, por su parte, la
  218. 9:28primera sala de la Suprema Corte de
  219. 9:30Justicia de la Nación, que estaba en esa
  220. 9:33época, eh habló sobre lo que era la
  221. 9:36doctrina de reparación integral del daño
  222. 9:39que en nuestro país pues no había antes
  223. 9:42de la reforma del año 2000, no estaba en
  224. 9:44el cuerpo constitucional y tampoco se
  225. 9:47mencionaba nada respecto a la reparación
  226. 9:49del daño, ya que pues todo lo que era
  227. 9:52relativo a ese tema nos teníamos que
  228. 9:54regir o estaba depositado en
  229. 9:56normatividad secundaria. Entonces, la
  230. 10:00primera vez que este tipo de
  231. 10:01indemnización se implementó en nuestra
  232. 10:03Constitución fue el 21 de septiembre de
  233. 10:06ese año con la introducción del apartado
  234. 10:08B al artículo 20 constitucional. En
  235. 10:11dicho numeral se estableció un mínimo de
  236. 10:14derechos de las víctimas ofendidos para
  237. 10:16la comisión de delitos, entre los cuales
  238. 10:18se plasmó el reconocimiento de la
  239. 10:20facultad de solicitar una reparación del
  240. 10:23daño. años más tarde, ya con la reforma
  241. 10:26procesal de 2008, en este catálogo de
  242. 10:29derechos pasó a formar parte del
  243. 10:31apartado C del artículo 20
  244. 10:33constitucional y se incluyó el
  245. 10:35reconocimiento del derecho de las
  246. 10:37víctimas ufendidos a impugnar
  247. 10:40determinaciones del Ministerio Público
  248. 10:42que afectaran su derecho a obtener una
  249. 10:44reparación del dato. Asimismo, eh se
  250. 10:48adicionó un segundo párrafo al entonces
  251. 10:50artículo 113 constitucional, que
  252. 10:53actualmente es el 109, en el que se
  253. 10:55estableció que la responsabilidad
  254. 10:58del Estado era debido a su actividad
  255. 11:01objetiva y directa, lo cual otorgó a la
  256. 11:04persona que haya resentido el daño la
  257. 11:06facultad de ser indemnizada. De igual
  258. 11:09manera, pues eh vinieron la introducción
  259. 11:11de las acciones colectivas al cuerpo
  260. 11:13constitucional en julio de 2010 y en
  261. 11:16consecuencia se dejó a la legislación
  262. 11:18secundaria la regulación de los
  263. 11:20mecanismos para calcular la reparación
  264. 11:23del daño. Esta situación, como ustedes
  265. 11:26pueden ver, cambió con la reforma
  266. 11:28constitucional en materia de derechos
  267. 11:30humanos del año 2011, la cual estableció
  268. 11:34que eh de manera general las
  269. 11:36obligaciones y en específico los deberes
  270. 11:39del Estado mexicano, entre los cuales se
  271. 11:42reconoció por primera vez la reparación
  272. 11:45por relaciones a derechos humanos. En el
  273. 11:48proceso que se aprobó esta reforma
  274. 11:50constitucional, el dictamen original de
  275. 11:53reforma elaborado en 2009 por la
  276. 11:55Comisión eh Unida de Puntos
  277. 11:58Constitucionales y de Derechos Humanos
  278. 12:00de la Cámara de Diputados solamente
  279. 12:02incluyó como deberes específicos del
  280. 12:04Estado los de prevenir, investigar,
  281. 12:07sancionar violaciones a los derechos
  282. 12:08humanos. El deber de reparar surge al
  283. 12:11año siguiente con un dictamen posterior
  284. 12:14de estas comisiones unidas de la Cámara
  285. 12:16de Senadores con la opinión de la
  286. 12:18Comisión de Reforma del Estado. Para
  287. 12:21incluir el deber de reparar, las
  288. 12:23comisiones unidas de la Cámara de
  289. 12:25Senadores se basaron en un en los
  290. 12:28trabajos que realizó un exrelator de
  291. 12:31tortura de las Naciones Unidas y de los
  292. 12:34principios y directrices básicos sobre
  293. 12:36el derecho de las víctimas y de
  294. 12:38violaciones manifiestas de las normas
  295. 12:40internacionales de derechos humanos y de
  296. 12:42violaciones graves del derecho
  297. 12:44internacional humanitario a interponer
  298. 12:46recursos y obtener reparaciones. Eso fue
  299. 12:49aprobado por la Asamblea General de
  300. 12:51Naciones Unidas en la resolución 60/14
  301. 12:56de 16 de diciembre de 2001. Por tanto,
  302. 12:59los legisladores en nuestro país
  303. 13:01adoptaron la reparación integral de
  304. 13:03violaciones a derechos humanos como un
  305. 13:05derecho de las víctimas desde el
  306. 13:07concepto de derecho internacional de
  307. 13:09derechos humanos que implicaba en sí
  308. 13:12mismo las medidas de restitución, de
  309. 13:14rehabilitación, de satisfacción, de no
  310. 13:17repetición y también de indemnización.
  311. 13:20De esta manera, esta reforma
  312. 13:22constitucional en materia de derechos
  313. 13:24humanos se reconoció el derecho que
  314. 13:27dispone las víctimas de violaciones
  315. 13:29a sus derechos humanos para acceder a
  316. 13:32recursos eficaces y reparaciones justas.
  317. 13:35Y bueno, hablando de reparación,
  318. 13:39conviene traer eh aquí a contexto los
  319. 13:42sentidos de responsabilidad de H, un
  320. 13:45maestro de Oxford que ha sido y que ha
  321. 13:47implementado muchas de las doctrinas que
  322. 13:50ocupamos hoy en día. Él hablaba de las
  323. 13:52formas de hablar de un derecho de daños
  324. 13:55y de la responsabilidad civil. En los
  325. 13:58términos académicos, pues la teoría de
  326. 14:00HAR permite comprender que la expresión
  327. 14:02de responsabilidad civil no posee un
  328. 14:05significado único, sino que engloba
  329. 14:08diversas formas de atribución, de
  330. 14:10explicación y de justificación de las
  331. 14:13consecuencias jurídicas de la producción
  332. 14:16de un eh maestro, este doctrinario, en
  333. 14:21varios de sus obras utilizaba la noción
  334. 14:25de de responsabilidad y lo ilustraba con
  335. 14:28un pasaje muy famoso en los que narraba
  336. 14:31la historia de un marinero que perdió su
  337. 14:33barco en altamar. Y de y y para que
  338. 14:36ustedes pues puedan comprenderlo, me
  339. 14:38gustaría que eh narráramos un poquito de
  340. 14:41de ese texto. Decía que era un capitán
  341. 14:44que era responsable de la seguridad de
  342. 14:46sus pasajeros y de la pérdida del barco
  343. 14:49con todo lo que se encontraba.
  344. 14:52Se rumoraba que estaba de mente, pero
  345. 14:55los médicos estimaron que era
  346. 14:57responsable de sus actos. A lo largo del
  347. 15:00viaje se comportó de manera
  348. 15:02absolutamente irresponsable. Tomaron
  349. 15:05varios incidentes a lo largo de su
  350. 15:07carrera. Demostraban pues que no era una
  351. 15:09persona responsable. siempre y él cuando
  352. 15:13ya se le llamó a juicio, pues sostenía
  353. 15:16que las tormentas de invierno inusuales
  354. 15:18pues fueron responsables de la pérdida
  355. 15:21de la embarcación en el proceso ya
  356. 15:24cuando fue abierto y en un procedimiento
  357. 15:26ya seguido en su contra, se le consideró
  358. 15:30criminalmente responsable de su conducta
  359. 15:32negligente y de un procedimiento también
  360. 15:35civil, aparte se le consideró legalmente
  361. 15:37responsable de la pérdida y propiedades.
  362. 15:40eh la pérdida de vidas humanas y de
  363. 15:42estas propiedades y se le y también se
  364. 15:45le condenó, se le determinó que era
  365. 15:47moralmente responsable de la muerte de
  366. 15:50muchas personas de esa embarcación. De
  367. 15:53la historia de este marinero embrotecido
  368. 15:56por el alcohol, Har señala en dicha
  369. 15:59historia una variedad de sentidos con
  370. 16:01los que podemos emplear la palabra
  371. 16:04responsabilidad y ejemplifica una
  372. 16:07metodología consistente en separar
  373. 16:09distintas preguntas involucradas con el
  374. 16:12tratamiento de la noción. Su virtud
  375. 16:14radica en la claridad que nos
  376. 16:16proporciona como un marco general de
  377. 16:18análisis para poder abordar los temas en
  378. 16:21cuestión y sus sus problemas e
  379. 16:24interrelaciones, mismos que como eh
  380. 16:26veremos pues trascienden en una esfera
  381. 16:29jurídica. En su opinión, Hart decía que
  382. 16:32había cuatro sentidos relevantes para
  383. 16:34poder determinar una responsabilidad. La
  384. 16:37primera la definía como una
  385. 16:39responsabilidad R.
  386. 16:42Eh, la segunda, una responsabilidad
  387. 16:44causal. También hablaba de una
  388. 16:46responsabilidad tanto legal como moral y
  389. 16:50una responsabilidad que derivaba de la
  390. 16:53capacidad de la persona. Hablando de
  391. 16:56roles, Hal Hart menciona que al lugar
  392. 16:59que ocupaba el sujeto en particular era
  393. 17:02en relación al entramado social, cuál
  394. 17:05era su rol en esa sociedad y que se
  395. 17:07trataba de estructuras o relaciones
  396. 17:09tanto formales, ya sea en una
  397. 17:12institución o informal. En el caso del
  398. 17:16marinero que les he comentado, su
  399. 17:18responsabilidad roll, pues refería del
  400. 17:20hecho que figuraba como capitán del
  401. 17:23barco dentro de esa historia. En el
  402. 17:25supuesto de la responsabilidad causal se
  403. 17:28desborda la esfera de la acción humana.
  404. 17:31Esto es que no solo se utiliza para
  405. 17:33hacer referencia a aquellos que hacen o
  406. 17:35omiten las personas, sino también a los
  407. 17:38eventos naturales o en los estados de
  408. 17:40las cosas, independientemente de la
  409. 17:42acción intencional. En el relato que
  410. 17:45ustedes escucharon, pues se llega a
  411. 17:47responsabilizar de lo ocurrido a un
  412. 17:50fenómeno natural, esto es a las
  413. 17:52tormentas que acontecieron durante el
  414. 17:55viaje. Por cuanto esa la responsabilidad
  415. 17:58jurídico moral, Jard decía que servía
  416. 18:01para designar la adscripción de la
  417. 18:04responsabilidad por violación de
  418. 18:06cualquier norma y que podía ser tanto
  419. 18:08del tipo moral como del tipo jurídico.
  420. 18:11Ello quedaba de manifiesto en la
  421. 18:13narración cuando se dice que el marinero
  422. 18:16fue declarado responsable tanto de forma
  423. 18:19penal como como civil, pero también
  424. 18:21cuando se señala que era moralmente
  425. 18:24responsable de la muerte de todas esas
  426. 18:27personas. Por tanto, la capacidad de
  427. 18:30responsabilidad aludía las aptitudes
  428. 18:33mentales de las personas. Y en este
  429. 18:36relato del marinero, pues la capacidad
  430. 18:39quedó ejemplificada cuando se sostuvo
  431. 18:42por los médicos que al dictaminar al
  432. 18:45marinero pues determinaron que era
  433. 18:48responsable de esos actos. Esto es lo
  434. 18:50que se rumaba que él era de mente, quedó
  435. 18:52comprobado que estaba en pleno uso de
  436. 18:54sus facultades.
  437. 18:56Entonces, eh con base en estos sentidos,
  438. 18:59Har intenta dar respuesta a las
  439. 19:02preguntas eh de una palabra eh
  440. 19:05etimológica y su significado tanto latín
  441. 19:09como griego. decía que en latín la
  442. 19:13responsabilidad estaba asociada a una
  443. 19:15forma de responder y eh por cuanto hace
  444. 19:20a la etimología nos sugería que el
  445. 19:22concepto este jugaba un papel muy
  446. 19:25importante, pues una persona era
  447. 19:27responsable de algo y se le podía exigir
  448. 19:30que que respondiera preguntas y
  449. 19:33destacando a menudo que sobrevivían de
  450. 19:35algunos sentidos de esa responsabilidad.
  451. 19:38En el caso de la responsabilidad rol de
  452. 19:41la cual hemos hablado, parece más claro
  453. 19:44porque es eh el papel que juega en la
  454. 19:47sociedad a la persona, mientras que la
  455. 19:49responsabilidad causal depende de las
  456. 19:51circunstancias que pasan en el en la
  457. 19:54situación jurídica concreta. Entonces,
  458. 19:57su significado principal no era el de
  459. 20:00simplemente eh responder preguntas o de
  460. 20:04una simple expresión para Har, sino que
  461. 20:07él decía que el sentido original de la
  462. 20:09palabra era concreta la de rebatir
  463. 20:12acusaciones o imputaciones y que traían
  464. 20:15consigo un castigo o un reproche, ¿no?
  465. 20:18Él decía que esta noción de
  466. 20:20responsabilidad estaba vinculada con el
  467. 20:24tema jurídico moral, la cual durante
  468. 20:27mucho tiempo era común en los usos y
  469. 20:30costumbres. Entonces, hablar de una
  470. 20:33persona como responsable por una pérdida
  471. 20:36o por un daño y también como responsable
  472. 20:39de sus acciones en los casos que debería
  473. 20:41utilizarse la palabra responsabilidad.
  474. 20:45Entonces, esto era una idea que debía
  475. 20:48tener presente un análisis en las cuales
  476. 20:51se hablara tanto de una responsabilidad
  477. 20:53jurídica como de una responsabilidad
  478. 20:56moral. Entonces, el sentido era el
  479. 21:00núcleo esencial del concepto y por tanto
  480. 21:02la responsabilidad en términos normativo
  481. 21:05se relacionaba con la idea de rebatir
  482. 21:08acusaciones, sino y además eh pues la
  483. 21:12causa, capacidad y rol que tenía esta
  484. 21:14persona o este grupo de personas en el
  485. 21:17supuesto en concreto. Entonces, para
  486. 21:20causar daño y la posesión de capacidades
  487. 21:23normales, se exigía precisamente las
  488. 21:27exigencias que estableciera el derecho,
  489. 21:29pero también atendía a una situación de
  490. 21:32moralidad eh porque eran atinentes a esa
  491. 21:36época. Entonces, eh hoy en día pues este
  492. 21:39caso de responsabilidad rol pues es la
  493. 21:41conexión que se desempeña o las
  494. 21:44circunstancias del responsable en un
  495. 21:46sentido primario y consigue cumplir con
  496. 21:48las obligaciones que derivan y además de
  497. 21:52no ser fructífero eh con los demás
  498. 21:54sentidos de responsabilidad, pues
  499. 21:56tendríamos que atender a distintas
  500. 21:58nociones en asimetría con los demás
  501. 22:02elementos que har pone en juego.
  502. 22:05Entonces, la diferencia también se
  503. 22:06advertía en un factor temporal. Él decía
  504. 22:09que había algunos enunciados que tenían
  505. 22:11un carácter retrospectivo, esto es, que
  506. 22:14miraban al pasado y había otros que
  507. 22:17atendían un carácter prospectivo, que
  508. 22:19miraban al segundo. Entonces, la en el
  509. 22:22ámbito de la responsabilidad en el mundo
  510. 22:25del derecho, no estaba conectada de
  511. 22:28forma necesaria o suficiente por un
  512. 22:30ordenamiento jurídico, sino que por las
  513. 22:32razones que solían afirmarse en el
  514. 22:35ámbito de responsabilidad eran más
  515. 22:38extensas que en el ámbito de
  516. 22:41responsabilidad moral. Entonces, HAR
  517. 22:44distingue varios sentidos de
  518. 22:45responsabilidad que ayudan a comprender
  519. 22:48diferentes formas en que se utiliza el
  520. 22:50concepto de responsabilidad en el ámbito
  521. 22:53jurídico. Así, para concluir, tenemos
  522. 22:55que el primer eh de los cuatro sentidos
  523. 22:59es la responsabilidad como un rol. Esto
  524. 23:03es que sugiere que las obligaciones
  525. 23:05derivan de una posición o de un cargo
  526. 23:08que una persona ocupa. Y si lo traemos a
  527. 23:11ejemplo, podríamos señalar, por ejemplo,
  528. 23:14los padres que tienen esa
  529. 23:15responsabilidad con sus hijos o, por
  530. 23:18ejemplo, un administrador que tiene
  531. 23:20responsabilidad respecto de la gestión
  532. 23:23de una empresa. Ahora, por cuanto hacia
  533. 23:26la responsabilidad causal, consiste en
  534. 23:29identificar quién o quiénes causaron un
  535. 23:32determinado acontecimiento.
  536. 23:34Traemos a memoria una falla mecánica que
  537. 23:38fue responsable del accidente o una
  538. 23:41persona que fue responsable de provocar
  539. 23:44un enseño.
  540. 23:46Otro de los sentidos es la
  541. 23:48responsabilidad como sujeción o sanción
  542. 23:51o imputación jurídica. Y un ejemplo de
  543. 23:55ello sería el conductor que ocasionó un
  544. 23:57accidente que está obligado a indemnizar
  545. 24:00los daños. En el sentido más utilizado,
  546. 24:03pues implica la obligación de reparar
  547. 24:06ese daño causado. Y el cuatro sentido es
  548. 24:09la responsabilidad como capacidad moral
  549. 24:12o jurídica. Esto hace referencia a la
  550. 24:15aptitud de una persona para responder
  551. 24:18por sus actos. Eh, a manera de ejemplo,
  552. 24:21pudiéramos señalar los menores de edad o
  553. 24:23las personas con ciertas incapacidades
  554. 24:26quienes no pudieran ser plenamente
  555. 24:28responsables de sus actos. Eh, ello,
  556. 24:31pues estos son los cuatro sentidos que
  557. 24:34que habla HAR y cómo pudiéramos
  558. 24:38adecuarlos a casos jurídicos concretos.
  559. 24:41En el derecho de daños contemporáneos no
  560. 24:44se limita buscar culpables, sino que
  561. 24:46tenemos que tener en cuenta que procura
  562. 24:49identificar el daño, determinar cuál fue
  563. 24:52la causa, establecer quién debe soportar
  564. 24:55esas consecuencias y garantizar la la
  565. 24:58reparación de forma integral de la
  566. 25:01víctima. Por ello, cuando se habla de
  567. 25:03responsabilidad civil, pueden existir
  568. 25:06simultáneamente los distintos sentidos
  569. 25:08señalados por H. Esto es la
  570. 25:11responsabilidad por el cargo o el deber
  571. 25:13asumido, la responsabilidad causal y la
  572. 25:16responsabilidad jurídica de indemnizar,
  573. 25:19además de la responsabilidad basada
  574. 25:21tanto en la capacidad como en la
  575. 25:23culpabilidad del agente. Bien, esos son
  576. 25:27los sentidos que que nos habla y que hoy
  577. 25:30podemos eh y que vamos en un momento a
  578. 25:33poder diluciar para poder hablar de
  579. 25:36daños. responsabilidad por eh la
  580. 25:39responsabilidad civil nos dice que
  581. 25:41constituye hoy en día uno de los pilares
  582. 25:44fundamentales del derecho privado porque
  583. 25:47busca garantizar el equilibrio en las
  584. 25:49relaciones entre particulares que se
  585. 25:52originan a partir de daños que afectan a
  586. 25:55bienes, a intereses o a derechos. Su
  587. 25:57estudio resulta esencialmente relevante
  588. 26:01porque se erige como un mecanismo de
  589. 26:03justicia que no solo exige reparar las
  590. 26:06consecuencias del perjuicio ocasionado,
  591. 26:08si que no, sino que también cumple una
  592. 26:10función preventiva porque incentiva
  593. 26:13conductas diligentes en la convivencia
  594. 26:15social. Entonces, podemos decir que la
  595. 26:18responsabilidad civil surge a partir de
  596. 26:21la necesidad de atribuir consecuencias
  597. 26:24jurídicas a los actos omisiones que
  598. 26:26genera un daño a otro, reconociendo que
  599. 26:29toda persona, todos los seres humanos
  600. 26:33tenemos el deber general de no dañar a
  601. 26:36los demás. Así podemos debir podemos eh
  602. 26:40referirnos al deber genérico de de no
  603. 26:43dañar desarrollado por Ultipiano en el
  604. 26:45digesto. Y él fue el que emplió dicho
  605. 26:48principio a fin de establecer diversas
  606. 26:50formas de reparación de daños causados
  607. 26:53injustamente.
  608. 26:55Eh, en la legislación mexicana, desde
  609. 26:57sus inicios se ha reconocido la figura
  610. 26:59de responsabilidad civil desde 1870.
  611. 27:04Eh, en el Código Civil Federal Vigente
  612. 27:06se publicó en 1928 y se estableció que
  613. 27:10toda persona que obrara ilícitamente o
  614. 27:13contra las buenas costumbres o que
  615. 27:15causara un daño estaba obligado a
  616. 27:17repararlo. La responsabilidad civil se
  617. 27:19encuentra estipulada en diversos
  618. 27:21apartados de dicha codificación. Y eh
  619. 27:24además podemos advertir eh que el
  620. 27:27legislador indicó respecto de varios
  621. 27:29tipos de responsabilidad civil
  622. 27:31contractual, como por ejemplo en el
  623. 27:32artículo 2104,
  624. 27:35extracontractual por hecho ilícito o
  625. 27:37responsabilidad subjetiva que establece
  626. 27:39el artículo 1910 y responsabilidad
  627. 27:42objetiva por riesgo creado en el diverso
  628. 27:45numeral 1913.
  629. 27:48Ahora, ¿cuál es la función de la
  630. 27:51responsabilidad?
  631. 27:53Eh, debemos delimitar cuáles son eh y
  632. 27:57cómo se encuentra relacionada. Hablemos
  633. 27:59un poquito de la compensación, la
  634. 28:02disuación de daños
  635. 28:04ineficientes, la prevención, la justicia
  636. 28:07retributiva, la redistribución de
  637. 28:09recursos, la reducción de costos
  638. 28:11secundarios, la función sancionadora y
  639. 28:15la justicia interpersonal.
  640. 28:18Eh, cuando hablamos de función
  641. 28:20compensatoria nos dice que la
  642. 28:23responsabilidad civil, la víctima de un
  643. 28:26injusto que le provoca daños debe ser
  644. 28:29indemnizada. Entonces, cuando los daños
  645. 28:32le produzcan graves efectos, tiene como
  646. 28:36mayor relevancia el sujeto se le vea
  647. 28:38privado de recursos que le permitan
  648. 28:40alcanzar, por ejemplo, su realización
  649. 28:42personal o las opciones que tiene para
  650. 28:45conducir su vida y alcanzar un destino
  651. 28:47que se le propone. Entonces, si no
  652. 28:49fueran compensables los daños que se
  653. 28:51provocan por la pérdida de los recursos
  654. 28:53de la víctima, esta injusticia, pues
  655. 28:56provocada como el ejercicio de una
  656. 28:59agencia humana causaría un mayor
  657. 29:01perjuicios de los ya realizados. ¿Cuál
  658. 29:03es la función preventiva de esta
  659. 29:05responsabilidad? Pues los daños son
  660. 29:09evitados y no compensados. Se ha
  661. 29:11intentado garantizar en la vida jurídica
  662. 29:14a través de las garantías de no
  663. 29:16repetición que se contemplan en la
  664. 29:18Convención Americana de Derechos Humanos
  665. 29:21y desde la perspectiva de crear
  666. 29:24condiciones acordes a los requerimientos
  667. 29:26de la justicia como un derecho humano.
  668. 29:29¿Cómo se clasifica la responsabilidad
  669. 29:31civil? La responsabilidad civil se
  670. 29:34clasifica a partir del acto jurídico que
  671. 29:37les da origen. Esto es, si el daño que
  672. 29:39ha de ser resartido deviene del
  673. 29:41incumplimiento de una obligación de un
  674. 29:43acuerdo de voluntades, o bien resulta de
  675. 29:46un acto ilícito y por tanto puede
  676. 29:49identificarse en sus vertientes
  677. 29:51subjetiva y objetiva. se utiliza esta
  678. 29:54clasificación, este, por ejemplo, en
  679. 29:57hablando de la responsabilidad civil
  680. 30:01contractual, pues ya expresó la extinta
  681. 30:05primera sala de la Suprema Corte de
  682. 30:07Justicia de la Nación en una
  683. 30:08contradicción de criterios, la 93211,
  684. 30:12en donde diferenció cuáles eran los
  685. 30:14tipos de responsabilidad civil
  686. 30:16contractual y extracontractual a partir
  687. 30:19de un elemento distintivo esencial, su
  688. 30:22origen y puntual Actualizo que en la
  689. 30:24primera las partes están vinculadas con
  690. 30:27anterioridad al hecho productor de la
  691. 30:29responsabilidad en virtud del acuerdo de
  692. 30:32voluntades. Mientras que la segunda,
  693. 30:34esto es la extracontractual, es la
  694. 30:37propia afectación que se genera eh por
  695. 30:39el vínculo entre las partes.
  696. 30:43Cabe precisar que el Código Civil
  697. 30:45Federal expone a través de los artículos
  698. 30:482104 a 218
  699. 30:51una serie de normas que contienen los
  700. 30:53elementos, límites y expectativas de la
  701. 30:55responsabilidad contractual. Y pues
  702. 30:58también lo tenemos actualmente eh eh
  703. 31:02este en nuestra codificación. El evento
  704. 31:04que le da origen se materializa con el
  705. 31:07incumplimiento de una obligación de dar,
  706. 31:09de hacer, de no hacer, en el periodo que
  707. 31:12la parte se encuentra en estado de
  708. 31:14muerte. Una obligación contractual tiene
  709. 31:16un plazo determinado y se entiende que
  710. 31:19la misma nace desde su vencimiento y en
  711. 31:21cambio, si no existe ese plazo, las
  712. 31:24reglas de de exigibilidad pues dependen
  713. 31:27del tipo de contrato, el tipo de las
  714. 31:29obligaciones de edad. El pago puede
  715. 31:31exigirse después de los 30 días
  716. 31:34siguientes a que se haga en vía judicial
  717. 31:36o extrajudicial. y las obligaciones de
  718. 31:39hacer, pues el pago debe efectuarse
  719. 31:41cuando lo exija el acreedor, siempre que
  720. 31:43haya transcurrido el tiempo necesario
  721. 31:46para su cumplimiento. En conclusión,
  722. 31:48pues la legislación civil federal
  723. 31:50contempla que la reparación del daño en
  724. 31:53el ámbito contractual implica no solo la
  725. 31:56restitución de la cosa o su valor, sino
  726. 31:59también la indemnización integral que
  727. 32:02abarque tanto daños como prejuicios y
  728. 32:05define el daño como la pérdida o el
  729. 32:07menoscabo patrimonial sufrido por el
  730. 32:09incumplimiento, mientras que el
  731. 32:11perjuicio, la privación de la ganancia
  732. 32:14lícita que habría podido obtener al
  733. 32:16haberse cumplido.
  734. 32:18esa obligación. Por otra parte, hablando
  735. 32:20de la responsabilidad civil
  736. 32:23extracontractual,
  737. 32:24pues eh ello no emana de un acuerdo de
  738. 32:28voluntades, sino de los actos que se
  739. 32:31producen en el desarrollo de las
  740. 32:33actividades cotidianas, en las
  741. 32:36actividades humanas. Al margen de toda
  742. 32:39relación jurídica previa entre el
  743. 32:41dañador y la víctima, la responsabilidad
  744. 32:44extracontractual se actualiza por la
  745. 32:47sola producción del evento lesivo en
  746. 32:50virtud del incumplimiento al deber
  747. 32:52genérico de no afectar a terceros. Eh,
  748. 32:56la entonces primera sala de la Suprema
  749. 32:58Corte Justicial de la Nación delimitó la
  750. 33:01responsabilidad extracontractual en el
  751. 33:03amparo directo 3/2021
  752. 33:07como parte del derecho privado que
  753. 33:09prescribe y da respuesta a diversas
  754. 33:12conductas o circunstancias daños, ya
  755. 33:14sean subjetivas u objetivas, y expuso
  756. 33:18que su propósito es brindar solución a
  757. 33:21las interacciones sociales injustas que
  758. 33:23causan a las víctimas daños.
  759. 33:25indeseables, de forma que reconocen su
  760. 33:28derecho a ser internizados y a no ser
  761. 33:30dañados como el agente, como el el deber
  762. 33:34de la gente de no dañar.
  763. 33:38En la legislación civil se identifican
  764. 33:40ambos tipos de responsabilidad
  765. 33:42extracontractual, ya sea objetiva o
  766. 33:44subjetiva, en los artículos 1910 y 1913
  767. 33:49del Código Civil Federal. En el primero
  768. 33:52se hace referencia a la responsabilidad
  769. 33:54subjetiva, pues señala que los daños
  770. 33:57provocados por hechos ilícitos deben ser
  771. 34:00reparados por quien los causó. Mientras
  772. 34:02que respecto a la responsabilidad
  773. 34:04objetiva, señala que se origina la
  774. 34:06obligación reparadora a quien cause un
  775. 34:09daño por el uso de mecanismos,
  776. 34:11instrumentos, aparatos o sustancias
  777. 34:13peligrosas. En este sentido, eh la
  778. 34:17subjetiva pues deriva de hechos
  779. 34:19ilícitos, que son aquellos que se
  780. 34:21producen a la violación de un deber,
  781. 34:24porque el agente eh responde en virtud
  782. 34:27de algo que cometió injustamente y de un
  783. 34:30estado particular de án daño. Entonces,
  784. 34:34eh se conceptualiza la responsabilidad
  785. 34:37subjetiva a partir del daño que se
  786. 34:39repara. Y en este caso, el injusto es
  787. 34:42causado por una por una conducta
  788. 34:45culpable, antijurídica y dañosa que se
  789. 34:47funda en un hecho ilícito. Este tipo de
  790. 34:51responsabilidad, como lo he mencionado,
  791. 34:53se describe en el artículo 1910 del
  792. 34:56Código Civil Federal, el cual vincula a
  793. 34:59la reparación, al que obrando
  794. 35:00ilícitamente o contra las buenas
  795. 35:02costumbres causa un daño a otro. y
  796. 35:05precisa como nexo causal, eh, excepción
  797. 35:08de la demostración que el daño se
  798. 35:10produjo como consecuencia de una culpa o
  799. 35:13una iniligencia inexcusable a la
  800. 35:15víctima. En el amparo directo 30213,
  801. 35:20la entonces primera sala de nuestro
  802. 35:22máximo tribunal eh determinó que la
  803. 35:24responsabilidad subjetiva consiste en el
  804. 35:27deber de reparar el daño ocasionado a un
  805. 35:29tercero cuando haya sido provocado por
  806. 35:32culpa o negligencia de la parte
  807. 35:34demandada. y fijó como elementos para
  808. 35:37acreditar la responsabilidad subjetiva.
  809. 35:40Uno, el hecho u omisión ilícito. Dos, el
  810. 35:44daño causado. Y tres, el nexo causal
  811. 35:47entre el hecho y el daño. Además,
  812. 35:49refirió sobre el primer elemento que los
  813. 35:52daños son comportamientos positivos,
  814. 35:55esto es acciones que son fuente de
  815. 35:57responsabilidad por ser ilícitos. Esto
  816. 36:00es, incumplen con obligaciones legales a
  817. 36:03su cargo o por haberse realizado con
  818. 36:06negligencia sin el deber de cuidado que
  819. 36:09le es exigido, por lo que tal actuación
  820. 36:11configura el segundo elemento cuando a
  821. 36:14partir de esta se produce un daño del
  822. 36:17cual puede constatar su exigencia y que
  823. 36:19por regla general debe ser probado como
  824. 36:22un elemento de la pretensión de la parte
  825. 36:25actual.
  826. 36:26Ahora, por su parte, ¿qué es la
  827. 36:29responsabilidad? objetivo. En en vez de
  828. 36:32una infracción a un deber de cuidado, la
  829. 36:35responsabilidad objetiva se funda en una
  830. 36:38relación causal entre la actividad que
  831. 36:41genera el riesgo y el daño que ha
  832. 36:43sufrido el demandado. Entonces, este
  833. 36:46tipo de responsabilidad también se
  834. 36:49conoce como responsabilidad por riesgo
  835. 36:52creado, pues parte de la hipótesis del
  836. 36:55hecho de causar un daño obliga al que se
  837. 36:59sirve de ellas. Esta misma concepción se
  838. 37:01partió también de una jurisprudencia de
  839. 37:04la entonces tercera sala de nuestro
  840. 37:06máximo tribunal que sea el rubro riesgo
  841. 37:09fundamento de la teoría del hablaba del
  842. 37:12riesgo creado que contempla el artículo
  843. 37:141913 del Código Civil Federal y dicha
  844. 37:19sala destacó que para que sea imputable
  845. 37:22el hecho y la responsabilidad en la
  846. 37:24teoría del riesgo basta con la sola
  847. 37:26circunstancia de que una persona haya
  848. 37:29haya producido un daño en una actividad
  849. 37:31o una industria y que le resulte
  850. 37:33provechosa, contrario a la teoría de la
  851. 37:36culpa, que requiere la autoría del hecho
  852. 37:38y y que su comisión sea negligente, por
  853. 37:41lo que la causalidad en la comisión del
  854. 37:44hecho dañoso se entiende suficiente para
  855. 37:46establecer la responsabilidad de la
  856. 37:49gente que controla el riesgo, que es un
  857. 37:51elemento determinante en este tipo de
  858. 37:54responsabilidad. Por tanto, podemos eh
  859. 37:58afirmar que en el sistema de
  860. 38:00responsabilidad objetiva la culpa o en
  861. 38:03pericia de la gente que causa el daño es
  862. 38:06irrelevante, pues no se realiza una
  863. 38:08evaluación de la conducta de la persona,
  864. 38:11sino que se determina su responsabilidad
  865. 38:14a partir de la generación del riesgo de
  866. 38:16la actividad, de la instalación o de la
  867. 38:19cosa riesgosa de la que se propone, pues
  868. 38:22tiene un control o conoce sus
  869. 38:24funcionamientos. El artículo 1913 del
  870. 38:27Código Civil Federal señala que cuando
  871. 38:30una persona hace uso de mecanismos,
  872. 38:32instrumentos, aparatos o sustancias
  873. 38:35peligrosas por sí mismos, que por la
  874. 38:38velocidad que se desarrollen, por su
  875. 38:41naturaleza explosiva inflamable, por la
  876. 38:44energía de la corriente eléctrica que
  877. 38:46conduzcan o por cualquier causa análoga,
  878. 38:50está obligada a responder del daño que
  879. 38:52se cause, aunque no obre ilícitamente, a
  880. 38:55no ser que demuestre que ese daño se
  881. 38:57produjo por culpa o por negligencia
  882. 39:00inexcusable de la vida.
  883. 39:04Eh, la ya multicitada primera sala eh
  884. 39:07quinta de hecho de nuestro más eh alto
  885. 39:10tribunal cuando resolvió el amparo en
  886. 39:13revisión 45553,
  887. 39:17identificó como elementos para que se
  888. 39:20actualice la responsabilidad objetiva.
  889. 39:22Uno, el uso de sustancias, mecanismos,
  890. 39:26instrumentos o aparatos peligrosos por
  891. 39:28sí mismos o sus características. Dos, la
  892. 39:32provocación de un daño. Tres, la
  893. 39:35causalidad entre el uso y el daño
  894. 39:38referidos y un cuarto elemento, que no
  895. 39:40exista culpa o negligencia inexcusable
  896. 39:43de la víctima. De esta manera presentó
  897. 39:46diversos motivos por los cuales se
  898. 39:48justifica la responsabilidad para que la
  899. 39:50gente que usa los aparatos o mecanismos
  900. 39:53peligrosos sea quien responda por los
  901. 39:56daños causados. Entre ellos señaló el
  902. 39:58beneficio económico que se obtienen de
  903. 40:01los mismos, la situación afortunada que
  904. 40:03tiene de poder soportar la pérdida y
  905. 40:06asegurarse contra las consecuencias de
  906. 40:08su responsabilidad. Y además indicó que
  907. 40:12al usar con frecuencia un objeto
  908. 40:14peligroso se conoce su forma de
  909. 40:17utilización y que por ello puede evitar
  910. 40:20esos accidentes. Ahora, ¿cuáles son los
  911. 40:23elementos integrales de la
  912. 40:26responsabilidad? Sí. Eh, hablamos aquí
  913. 40:30eh los elementos de la responsabilidad
  914. 40:32civil, tanto subjetiva como objetiva. Y
  915. 40:36pues ya eh han dicho pues tres elementos
  916. 40:39que configuran el deber de reparar y que
  917. 40:42tienden a la responsabilidad civil en
  918. 40:45general. El primero de ellos es la
  919. 40:48conducta. El punto de partida de una
  920. 40:50responsabilidad civil es precisamente la
  921. 40:53existencia de un comportamiento humano
  922. 40:57al que se le imputa la causación de un
  923. 41:00daño. Dicho comportamiento puede
  924. 41:02manifestarte tanto a través de una
  925. 41:04acción como de una omisión. En el primer
  926. 41:07caso se trata de una actividad física o
  927. 41:09voluntaria que produce un daño y en el
  928. 41:11segundo la inactividad del sujeto que da
  929. 41:14origen a ese hecho lesivo.
  930. 41:18Eh, la libertad de actuación constituye
  931. 41:20la base del comportamiento dañoso que se
  932. 41:23reprocha y puede presentarse tanto de
  933. 41:26forma positiva como de forma negativa.
  934. 41:29acción se supone una intervención
  935. 41:32voluntaria externa que pone en riesgo
  936. 41:34intereses jurídicamente protegidos,
  937. 41:37mientras que la omisión consiste en un
  938. 41:39comportamiento pasivo a un riesgo que
  939. 41:42amenaza un determinado bien. Entonces,
  940. 41:45si la producción del daño está
  941. 41:47íntimamente relacionado con una conducta
  942. 41:50activa o pasiva que realiza una persona,
  943. 41:53surge la cuestión de si dicha decisión
  944. 41:57influyen también elementos subjetivos,
  945. 42:00como por ejemplo la culpa o el dol. La
  946. 42:03respuesta a ello pues es positiva en lo
  947. 42:06que hace a la responsabilidad subjetiva
  948. 42:08y negativo en cuanto a la
  949. 42:11responsabilidad objetiva o por riesgo
  950. 42:13creado.
  951. 42:15El segundo elemento es la existencia del
  952. 42:19daño. La existencia del daño es un
  953. 42:21elemento constitutivo de la
  954. 42:23responsabilidad civil y es un elemento
  955. 42:27innecesario en enumeración, pues refiere
  956. 42:30que toda deuda se supone un interés
  957. 42:33jurídico para el creedor y por tanto su
  958. 42:36incumplimiento se traduce en la lesión
  959. 42:38de un derecho y como consecuencia de un
  960. 42:41daño. De esta manera,
  961. 42:43por ejemplo, las prestaciones debidas o
  962. 42:46su omisión o el cumplimiento origina
  963. 42:48daños compensatorios hacia el acreedor
  964. 42:51que sufre el perjuicio. Eh, asimismo, en
  965. 42:54la jurisprudencia mexicana se ha
  966. 42:56precisado que para acreditar la
  967. 42:58existencia de una responsabilidad, el
  968. 43:01daño debe ser cierto. pues si es
  969. 43:03meramente eventual o presuntivo, pues no
  970. 43:06es idóneo para generar esas
  971. 43:09consecuencias restitorias, por lo que al
  972. 43:12ser un elemento constitutivo de la
  973. 43:14pretensión de los actores debe ser
  974. 43:16probado. Y el tercer elemento es es la
  975. 43:20el nexo causal. que hay diversas
  976. 43:23acepciones sobre la causalidad que
  977. 43:25condicionan la existencia del daño al
  978. 43:28tomar en cuenta circunstancias
  979. 43:30accidentales que pueden determinarlo.
  980. 43:33Entonces, pueden plantearse tres clases.
  981. 43:36Una, las que del cúmulo de condiciones
  982. 43:39consideran una causa jurídica relevante,
  983. 43:42que solo a ella da importancia, mientras
  984. 43:45que las demás son simples antecedentes.
  985. 43:47la teoría de la causación adecuada,
  986. 43:50mayormente aceptada en la actualidad y
  987. 43:53la interrupción del nexo causal
  988. 43:56inadecuada para su falta de generalidad,
  989. 43:58que implica que toda causa es un
  990. 44:00antecedente sin el cual el daño no se
  991. 44:04habría producido, pero que la causa
  992. 44:06jurídica aparece cuando hay un acto
  993. 44:08libre y consciente de la persona.
  994. 44:11Entonces, el nexo causal debe ser
  995. 44:14cierto, material y jurídico, porque de
  996. 44:17una mera posibilidad, pues no basta por
  997. 44:20afundar una responsabilidad. Este
  998. 44:23elemento no es una noción puramente
  999. 44:25científica, sino que debe ser jurídica y
  1000. 44:28que implica la labor del juez para
  1001. 44:31determinar si el hecho que es imputado
  1002. 44:34produce idóneamente el daño según el
  1003. 44:36curso de las cosas. Entonces, la
  1004. 44:39causalidad jurídica actúa como un filtro
  1005. 44:42que transforma la constatación material
  1006. 44:44de una contribución al daño en una
  1007. 44:46imputación causal segura y que debe de
  1008. 44:49evitar que la responsabilidad civil se
  1009. 44:52funde en conjeturas o simple simples
  1010. 44:56probabilidades.
  1011. 44:59La responsabilidad civil se debe
  1012. 45:01analizar a partir del acto jurídico que
  1013. 45:04da origen, distinguiéndose
  1014. 45:05principalmente entre la responsabilidad
  1015. 45:08contractual y la extracontractual. Como
  1016. 45:11hemos dicho, la primera surge del
  1017. 45:14incumplimiento de obligaciones
  1018. 45:16previamente pactadas, lo que genera en
  1019. 45:19este caso el deber de reparar los daños
  1020. 45:21y perjuicios causados al acreedor, ya
  1021. 45:24sea mediante la restitución de las
  1022. 45:26prestaciones o su equivalente en
  1023. 45:29económico. Y la función reparadora pues
  1024. 45:32es central porque busca colocar a la
  1025. 45:34parte afectada en una situación jurídica
  1026. 45:37y patrimonial que habría existido de
  1027. 45:39haberse cumplido esa obligación,
  1028. 45:42abarcando tanto el daño como el
  1029. 45:44perjuicio conforme a los parámetros
  1030. 45:46establecidos en la legislación civil.
  1031. 45:49Por su parte, la responsabilidad
  1032. 45:52extracontractual se configura al margen
  1033. 45:55de una relación jurídica previa y nace
  1034. 45:58de una sola producción del daño como
  1035. 46:00consecuencia de la violación genérica de
  1036. 46:04no dañar a terceros. Estos, ya dijimos,
  1037. 46:07se divide en objetiva y subjetiva y
  1038. 46:10deriva de una conducta culposa o dolosa
  1039. 46:14y objetiva cuando la obligación de
  1040. 46:17reparar se funda en la creación de un
  1041. 46:19riesgo independientemente de la culpa de
  1042. 46:22la gente. Sus diferencias de toda
  1043. 46:25responsabilidad civil se integran por
  1044. 46:27elementos este comunes, por ejemplo, una
  1045. 46:31conducta imputable, la existencia de un
  1046. 46:33daño cierto y un nexo causal que vincule
  1047. 46:36el hecho con el daño, lo cual permita
  1048. 46:39determinar jurídicamente cuando se
  1049. 46:41produce la reparación del daño. Ahora,
  1050. 46:44ya hemos hablado mucho de reparación y
  1051. 46:46hemos hablado de reparación civil, pero
  1052. 46:49aquí uno de los elementos al cuales
  1053. 46:51hemos hecho referencia es el daño. ¿Qué
  1054. 46:54es el daño? Es el amplio conocimiento en
  1055. 46:57materia de responsabilidad civil como
  1056. 47:00una acción ejecutada en contra de actos
  1057. 47:03lesivos que causan una afectación a una
  1058. 47:06persona o determinada grupo de personas
  1059. 47:09y se ocupa de reparar esos daños.
  1060. 47:12Entonces, para cumplir con la función
  1061. 47:14principal de la responsabilidad civil,
  1062. 47:17resulta un requisito esencial, la
  1063. 47:20existencia de un este elemento de
  1064. 47:23exigencia de responsabilidad civil se ha
  1065. 47:26entendido ya de muchas eh formas como el
  1066. 47:29menoscabo que sufre una persona a
  1067. 47:31consecuencia de la conducta de otra.
  1068. 47:34Y pues hay diversas concepciones eh
  1069. 47:38tanto doctrinales, legales y
  1070. 47:40jurisprudenciales que llegan a un
  1071. 47:43concepto general del daño. Eh, esto es
  1072. 47:47más que una afectación económica, es una
  1073. 47:49pérdida o menosca cabo que sufre una
  1074. 47:51persona en su en su patrimonio, en su
  1075. 47:54integridad física, en sus sentimientos,
  1076. 47:57en sus afecciones por la comisión de un
  1077. 48:00hecho ilícito o por un riesgo creado.
  1078. 48:03este eh este concepto pues es los que
  1079. 48:07nos ha llevado a tener varios elementos
  1080. 48:10para integrarlos.
  1081. 48:12Entonces esta lesión o menoscabo a un
  1082. 48:15interés patrimonial o extrapatrimonial
  1083. 48:18ha crecido a como consecuencia de una
  1084. 48:21acción.
  1085. 48:23Eh, además no debe confundirse la noción
  1086. 48:27de que de daño deba ser reparado por
  1087. 48:29cualquier tipo de daño con los que
  1088. 48:31cumplan los requisitos para su
  1089. 48:33resarcibilidad. Eh, no todos los daños
  1090. 48:37reúnen los elementos necesarios para ser
  1091. 48:39indemnizados, porque también existen los
  1092. 48:42provocados por la misma persona que lo
  1093. 48:44sufre, lo que genera en ese caso la
  1094. 48:47imposibilidad de requerir una
  1095. 48:49autorreparación.
  1096. 48:51En tratándose del derecho de daños se
  1097. 48:53establecen condiciones intrínsecas para
  1098. 48:56esa resarcibilidad, lo que hace eh ante
  1099. 48:59una inobservancia y esas reparaciones
  1100. 49:02serán como consecuencia de la
  1101. 49:04indemnización cuando sean cumplidos
  1102. 49:06todos los requisitos de los cuales hemos
  1103. 49:09hablado. La legislación mexicana, el
  1104. 49:12Código Civil Federal en concreto, ya ha
  1105. 49:15establecido en el apartado respectivo
  1106. 49:18las consecuencias del incumplimiento de
  1107. 49:20las obligaciones, la responsabilidad por
  1108. 49:23daños y perjuicios de aquellos que
  1109. 49:25estando obligados a realizar un hecho,
  1110. 49:28incumplen con su encomienda y define el
  1111. 49:30daño como la pérdida o menos cabo
  1112. 49:33sufrido en el patrimonio por falta de
  1113. 49:35cumplimiento de una obligación. Pero
  1114. 49:38este precepto legislativo puede
  1115. 49:41entenderse solo como una afectación
  1116. 49:43patrimonial o pecuniaria, pero ello no
  1117. 49:46deja de lado otros aspectos
  1118. 49:49extrapatrimoniales o inmateriales del
  1119. 49:51daño, que sería por ejemplo el daño
  1120. 49:55moral. Y este constituyen sentimientos,
  1121. 49:59aflicciones a la víctima, a sus
  1122. 50:01allegados, así como el menoscabo de
  1123. 50:03valores significativos para la persona y
  1124. 50:06las alteraciones no pecuniarias en las
  1125. 50:09condiciones de su existencia. En
  1126. 50:12tratándose de daños inmateriales, eh
  1127. 50:15existe ya bastante jurisprudencia de
  1128. 50:18nuestro máximo tribunal, así como de la
  1129. 50:21Corte Interamericana de Derechos
  1130. 50:22Humanos, en los cuales se ha expresado
  1131. 50:25la trascendencia del derecho humano a
  1132. 50:27una reparación integral concatenado con
  1133. 50:30el derecho a una justa indemnización.
  1134. 50:33Eh, si ustedes eh ven lo que establece
  1135. 50:35el artículo 63.1 uno de la Convención
  1136. 50:38Americana de Derechos Humanos. Estos
  1137. 50:41derechos han sido ampliados ya en
  1138. 50:43diversas sentencias del sistema
  1139. 50:44interamericano y consecuentemente pues
  1140. 50:47han sido ya aplicados en la
  1141. 50:49jurisprudencia mexicana. Eh, me gustaría
  1142. 50:52citar el amparo directo en revisión
  1143. 50:555382021,
  1144. 50:57en donde la entonces primera sala de
  1145. 50:59nuestro máximo tribunal explicó que el
  1146. 51:02deber de reparar implica volver las
  1147. 51:05cosas al estado en que se encontraban
  1148. 51:08con anterioridad al hecho les de no ser
  1149. 51:11posible procedía la imposición del pago
  1150. 51:14de una indemnización por daños
  1151. 51:16ocasionados. Entonces, la atención a que
  1152. 51:19el daño determina la forma y el monto de
  1153. 51:21su indemnización, por lo que las
  1154. 51:23reparaciones que se impongan debe ser
  1155. 51:26individuales y que desaparezcan los
  1156. 51:29efectos de las violaciones que se
  1157. 51:31cometen.
  1158. 51:33Ahora, de una apreciación conjunta tanto
  1159. 51:35de la legislación civil federal mexicana
  1160. 51:38con lo que ya se ha expresado por el
  1161. 51:39máximo tribunal, entonces podemos
  1162. 51:42entender que el concepto de daños
  1163. 51:44implica también la responsabilidad por
  1164. 51:46daños inmateriales en atención al
  1165. 51:49derecho humano, a la reparación del daño
  1166. 51:51y a una justa indemnización. Entonces
  1167. 51:55podemos concluir que el término de daño
  1168. 51:58puede referirse a cualquier menosca cabo
  1169. 52:01que resulta como consecuencia de la
  1170. 52:03conducta de un individuo que afecta la
  1171. 52:05esfera patrimonial o extrapatrimonial de
  1172. 52:08otro y que genera en su favor un derecho
  1173. 52:11para ser reparado e indemnizado, ya que
  1174. 52:14el derecho de daño es un requisito sin
  1175. 52:16ecanon para la responsabilidad civil.
  1176. 52:20¿Cómo se clasifican estos daños? Bueno,
  1177. 52:23las formas de manifestación del daño,
  1178. 52:26como hemos mencionado, pues son diversas
  1179. 52:28si vemos desde su origen las
  1180. 52:30consecuencias y los efectos que
  1181. 52:32provocan. Y entonces a partir de ello
  1182. 52:35podemos clasificarlo en contractuales,
  1183. 52:37en extracontractuales, en patrimoniales
  1184. 52:40o en extpatrimoniales.
  1185. 52:43Por ejemplo, en temas de daños
  1186. 52:45patrimoniales, en el artículo 2109 del
  1187. 52:48Código Civil Federal se consideran
  1188. 52:51análogos el concepto de daño patrimonial
  1189. 52:53con el de perjuicio, pues se considera
  1190. 52:56que a este último como la privación de
  1191. 52:58toda ganancia lícita que pudiera
  1192. 53:01obtenerse por el cumplimiento de una
  1193. 53:03obligación. Y por su parte, los daños
  1194. 53:06extrapatrimoniales pueden definirse como
  1195. 53:08la exclusión de afectar intereses
  1196. 53:11distintos a los patrimoniales.
  1197. 53:14Doctrinalmente ya hemos entendido estos
  1198. 53:16daños como sinónimo de daño moral, en
  1199. 53:19tanto que afectan bienes jurídicos como
  1200. 53:21la vida, como la integridad física y
  1201. 53:24psicológica, los afectos, los
  1202. 53:26sentimientos o las creencias, el honor,
  1203. 53:30la reputación, la vida privada o
  1204. 53:32familiar y demás configuraciones
  1205. 53:35inherentes a la existencia humana.
  1206. 53:38A fin de que podamos dar una mayor
  1207. 53:41amplitud a este concepto y sus
  1208. 53:43características de lo que son los daños
  1209. 53:45extra patrimoniales, pues eh la Corte
  1210. 53:48Interamericana ya ha conceptualizado el
  1211. 53:51daño inmaterial como los sentimientos y
  1212. 53:53las aflicciones causadas a la víctima
  1213. 53:56directamente, pero también habla de un
  1214. 53:58concepto importante a sus allegados.
  1215. 54:01Esto es al menoscabo de valores muy
  1216. 54:03significativos para las personas, así
  1217. 54:06como las alteraciones de carácter no
  1218. 54:08pecuniario en las condiciones de su
  1219. 54:11existencia o de su fama.
  1220. 54:14El daño moral entonces se ha
  1221. 54:16conceptualizado desde ya distintas
  1222. 54:19ópticas eh como las que se consideran no
  1223. 54:22patrimonial y que se relacionan con el
  1224. 54:25derecho vulnerado y que lo describen
  1225. 54:27como un interés extrapatrimonial.
  1226. 54:30independientemente de la repercusión
  1227. 54:33económica y que se relacionan con el
  1228. 54:36detrimento. Entonces, este daño ya no se
  1229. 54:39identifica con la sola lesión a un
  1230. 54:41derecho extrapatrimonial o a un interés
  1231. 54:44presupuesto de aquel, sino que es una
  1232. 54:46consecuencia perjudicial o menos cabo
  1233. 54:49que depende de la alusión, de la aludida
  1234. 54:51lesión que que se le
  1235. 54:54dé. Eh, es importante eh puntualizar que
  1236. 54:59nuestra entonces primera sala al
  1237. 55:01resolver el amparo directo en revisión
  1238. 55:032,5582021
  1239. 55:06determinó que para la valoración del
  1240. 55:09parámetro de cuantificación de daño
  1241. 55:11moral debíamos atender a un elemento que
  1242. 55:14se llama grado de responsabilidad y que
  1243. 55:17tiene un alcance distinto de la
  1244. 55:20responsabilidad subjetiva y objetiva.
  1245. 55:23Para ello nos dijo la citada sala que
  1246. 55:27existen ciertas particularidades por lo
  1247. 55:29que hace el grado de responsabilidad
  1248. 55:32como un factor para cuantificar el daño
  1249. 55:34moral, dependiendo del del tipo de
  1250. 55:37régimen de responsabilidad y además en
  1251. 55:40torno a la responsabilidad
  1252. 55:42extracontractual
  1253. 55:44para efectos de respetar el derecho a la
  1254. 55:46legalidad y a la reparación integral.
  1255. 55:49Eh, es esto es genera eh este grado de
  1256. 55:52responsabilidad no influye o no debe
  1257. 55:55influir en el monto del riesgo creado y
  1258. 55:57de la relación causal y la
  1259. 55:59identificación o valoración del tipo de
  1260. 56:02derecho afectado, así como la intensidad
  1261. 56:05o la duración y consecuencias del daño y
  1262. 56:08la situación económica de la víctima, ya
  1263. 56:10que en el modelo de responsabilidad
  1264. 56:13objetiva se parte de la idea de que con
  1265. 56:16independencia del elemento subjetivo la
  1266. 56:18reparación y su modo su su monto,
  1267. 56:20perdón, deben abarcar tanto la
  1268. 56:23satisfacción de todo perjuicio causado,
  1269. 56:25esto es integral y no solo se acepta la
  1270. 56:29distinción entre un régimen de
  1271. 56:31responsabilidad civil en un escenario,
  1272. 56:33por ejemplo, de responsabilidad
  1273. 56:36objetiva, ¿no?
  1274. 56:37Es importante traer en contexto que haya
  1275. 56:40jurisprudencia en donde se nos ha
  1276. 56:42señalado que la responsabilidad civil
  1277. 56:45extra contractual debe de haber la
  1278. 56:48excepción de culpa o negligencia
  1279. 56:50inexcusable de la víctima y que esta
  1280. 56:53debe ser grave. Eh, para que se
  1281. 56:55actualice la excepción de culpa o
  1282. 56:57negligencia de la víctima en la
  1283. 56:59responsabilidad civil extracontractual
  1284. 57:02debe ser grave y de asimilarse al d.
  1285. 57:06También ya tenemos criterios en donde eh
  1286. 57:09la eh Suprema Corte de Justicia de la
  1287. 57:11Nación al al resolver el amparo directo
  1288. 57:1532021 explicó que la responsabilidad
  1289. 57:18civil eh tiene lugar cuando el daño es
  1290. 57:21ocasionado por el cumplimiento o no de
  1291. 57:24un contrato. Ya habíamos hablado de la
  1292. 57:26naturaleza contractual y
  1293. 57:28extracontractual, pero también nos dice
  1294. 57:30que las normas imponen la obligación de
  1295. 57:32reparar el daño justamente ocasionado
  1296. 57:35cuando la persona que lo sufrió así lo
  1297. 57:37solicita.
  1298. 57:39Entonces, de acuerdo a los propios
  1299. 57:41precedentes de la de nuestro máximo
  1300. 57:44tribunal del país, para la configuración
  1301. 57:47de este tipo de responsabilidad es
  1302. 57:49necesario que se actualice la ilicitud
  1303. 57:52de la conducta, esto es la vulneración
  1304. 57:54de algún deber jurídico, el criterio
  1305. 57:57subjetivo de imputación, esto es si hay
  1306. 57:59idól o hay negligencia, la existencia
  1307. 58:02del daño y una relación de causalidad
  1308. 58:05entre la conducta ilícita y el daño o el
  1309. 58:08resultado dañoso. Además, en cuanto a la
  1310. 58:12ilicitud de la conducta, se puede
  1311. 58:14entender como aquella en la que el
  1312. 58:18responsable y cumple con una obligación
  1313. 58:20integral a su cargo y puede calificarse
  1314. 58:23en relación a las normas de orden
  1315. 58:24público que rigen el desempeño de
  1316. 58:26determinadas actividades.
  1317. 58:29Tendiendo la naturaleza de la relación
  1318. 58:31que acontece con el daño y el hecho
  1319. 58:33daños debe ser general y tendrá que
  1320. 58:36analizarse con base a los deberes
  1321. 58:38específicos establecidos en las normas
  1322. 58:41de orden público y aplicables. Y
  1323. 58:44finalmente se indicó que en un estudio
  1324. 58:46de derecho comparado para determinar el
  1325. 58:49estándar de una conducta exigible en
  1326. 58:51cada caso, es necesario analizar la
  1327. 58:54naturaleza y el valor del interés
  1328. 58:57protegido de que se trate, además de la
  1329. 58:59peligrosidad de la actividad, la pericia
  1330. 59:02exigible a la persona que la lleve a
  1331. 59:04cabo, la previsibilidad del daño, la
  1332. 59:07relación de proximidad o de especial
  1333. 59:09confianza entre las personas implicadas,
  1334. 59:12así como la disponibilidad del costo de
  1335. 59:15las medidas de precaución y de los
  1336. 59:17métodos alternativos.
  1337. 59:20En la contradicción de tesis, por su
  1338. 59:22parte, en la contradicción de tesis
  1339. 59:249311,
  1340. 59:26la citada sala de nuestro máximo
  1341. 59:29tribunal del país, determinó que en
  1342. 59:31atención a la naturaleza y al valor del
  1343. 59:33interés eh protegido de que se trate, se
  1344. 59:37pueden quedar comprendidos dentro de la
  1345. 59:39responsabilidad contractual los daños
  1346. 59:42generados, por ejemplo, al paciente eh
  1347. 59:45ocasionados por un actuar negligente de
  1348. 59:47los médicos. Eh, si consideramos, por
  1349. 59:50ejemplo, la afectación indebida a la
  1350. 59:52integridad física, a la vida, ya que se
  1351. 59:55trata de valores indisponibles que no
  1352. 59:58pueden ser materia de un contrato.
  1353. 1:00:00También hay un precedente muy importante
  1354. 1:00:02que que se marcó en nuestro país, que es
  1355. 1:00:05el amparo directo 30213, en el que se
  1356. 1:00:07determinó que la salud integral y física
  1357. 1:00:11y la vida misma son bienes jurídicos
  1358. 1:00:14indisponibles y que en el marco de un
  1359. 1:00:16contrato de hospedaje el huésped acepta
  1360. 1:00:19el riesgo inherente al uso de las
  1361. 1:00:21instalaciones, pero se determinó que el
  1362. 1:00:24hecho dañoso ocurrió con negligencia o
  1363. 1:00:26descuido del octel, pues se actualizó
  1364. 1:00:29una responsabil
  1365. 1:00:30de carácter contractual porque los daños
  1366. 1:00:34no podían ser aceptados mediante un
  1367. 1:00:37contrato de prestación entre huésped y
  1368. 1:00:39OT. Otro de los ejemplos de estándares
  1369. 1:00:42de conducta exigibles también se
  1370. 1:00:44encuentran en la contradicción de tesis
  1371. 1:00:4693/211
  1372. 1:00:49y en los que la sala estableció que ante
  1373. 1:00:51la prestación deficiente de servicios de
  1374. 1:00:54salud, la responsabilidad patrimonial
  1375. 1:00:57del Estado se actualiza cuando el
  1376. 1:00:59personal médico que labora en las
  1377. 1:01:01instituciones de salud pública actúa
  1378. 1:01:03negligentemente, ya sea por acción,
  1379. 1:01:06omisión y ocasiona un daño a los bienes
  1380. 1:01:09o a los derechos. de los pacientes.
  1381. 1:01:12Además, se determinó que eh los la carga
  1382. 1:01:16de la prueba de la debida diligencia le
  1383. 1:01:19corresponde al demandado, quien debe
  1384. 1:01:21acreditar que cumplió con los cuidados
  1385. 1:01:23establecidos en la norma de la materia y
  1386. 1:01:27o bien de la de la profesión para no ser
  1387. 1:01:29responsable de los daños ocasionados. Y
  1388. 1:01:33por cuanto hace a la relación de los
  1389. 1:01:34deberes generales de la conducta, puede
  1390. 1:01:37estimarse que cuando no existe un
  1391. 1:01:38estándar específico, el parámetro
  1392. 1:01:41exigible es el que una persona eh
  1393. 1:01:44razonable, que se encuentra en unas
  1394. 1:01:46mismas circunstancias eh que tuvo que
  1395. 1:01:49decidir o no como un actuar, ¿no?
  1396. 1:01:52Entonces, la expectativa legal es la
  1397. 1:01:54conducta de una persona prudente,
  1398. 1:01:56diligente, sensata, cuidadosa, reflexiva
  1399. 1:02:00y sensible al hecho que comparte el
  1400. 1:02:02mundo con otras personas. Es como lo
  1401. 1:02:05refiere y lo explica la sala. También
  1402. 1:02:08señala que el estándar de conducta
  1403. 1:02:10exigible en cada caso depende de las
  1404. 1:02:13normas aplicables según la naturaleza de
  1405. 1:02:16la relación o bien de los bienes
  1406. 1:02:18jurídicos tutelados involucrados como la
  1407. 1:02:21pericia exigible a la persona que lleva
  1408. 1:02:23a cabo la conducta, la previsibilidad
  1409. 1:02:26del daño, la relación de proximidad o de
  1410. 1:02:28especial confianza entre las personas
  1411. 1:02:31implicadas, así como la disponibilidad y
  1412. 1:02:34el coste de las medidas de precaución y
  1413. 1:02:36los métodos
  1414. 1:02:38alternativos
  1415. 1:02:39sobre el deber de cuidado. Eh, nuestro
  1416. 1:02:42máximo tribunal ya se ha pronunciado en
  1417. 1:02:44que eh las obligaciones específicas
  1418. 1:02:47existentes en casos daños cuando
  1419. 1:02:50acontecen en inmuebles bajo el régimen
  1420. 1:02:52de propiedad en condominio, este, pues
  1421. 1:02:56derivan ya también de un criterio
  1422. 1:02:58subjetivo de imputación. Esto es si
  1423. 1:03:00existió un dolo negligencia.
  1424. 1:03:04En el en es importante que tengamos en
  1425. 1:03:07cuenta que el dolo consiste en un actuar
  1426. 1:03:09con la intención de dañar, mientras que
  1427. 1:03:12la culpa abarca la imprudencia o la
  1428. 1:03:14impericia o la mera negligencia y eh va
  1429. 1:03:18a depender pues caso por caso. Y en
  1430. 1:03:21relación a los elementos que conforman
  1431. 1:03:24la culpa, la negligencia puede
  1432. 1:03:26entenderse como la omisión total o
  1433. 1:03:28parcial de las precauciones que deban
  1434. 1:03:30adoptarse en las circunstancias que la
  1435. 1:03:33gente actúa. La negligencia se actualiza
  1436. 1:03:37en aquellos casos en que el responsable
  1437. 1:03:39no desea la realización del perjuicio,
  1438. 1:03:42pero causa un daño incumpliendo con su
  1439. 1:03:44obligación de cuidado. Por su parte, la
  1440. 1:03:47imprudencia se trata de un obrar
  1441. 1:03:49precipitado, sin plena reflexión, que
  1442. 1:03:52supone incurrir en riesgos innecesarios
  1443. 1:03:55o que lleva a cabo conductas peligrosas
  1444. 1:03:58por por ejemplo eh una falta de
  1445. 1:04:01habilidad, de capacitación o incluso de
  1446. 1:04:04conocimientos técnicos que existen pues
  1447. 1:04:07eh eh cada circunstancia. Y en con
  1448. 1:04:10relación a la existencia del daño, eh
  1449. 1:04:14como ya lo comentamos, pues debe
  1450. 1:04:15entenderse como una pérdida detrimento o
  1451. 1:04:19desmejora patrimonial o extrapatrimonial
  1452. 1:04:22que ocasiona a una persona. En la
  1453. 1:04:24evolución del entendimiento de ese
  1454. 1:04:26concepto, nuestro máximo tribunal ya
  1455. 1:04:29establecido que abarca más allá del
  1456. 1:04:31patrimonial, pues incluso pues debe
  1457. 1:04:34cuidarse el deber de mitigar todos los
  1458. 1:04:37efectos derivados de un hecho
  1459. 1:04:38victimizante.
  1460. 1:04:41Eh, en el amparo directo 50215.
  1461. 1:04:45Eh, también es importante resaltar que
  1462. 1:04:48la primera sala de la entonces primera
  1463. 1:04:51sala de nuestro máximo tribunal
  1464. 1:04:53estableció que la magnitud de los hechos
  1465. 1:04:55ilícitos no debe disvirtuarse únicamente
  1466. 1:04:58en relación con la gravidad del daño,
  1467. 1:05:01sino también con múltiples consecuencias
  1468. 1:05:04o el impacto que pudo tener respecto de
  1469. 1:05:06otros derechos o intereses relevantes.
  1470. 1:05:09Por ello señala y puntualiza que los
  1471. 1:05:12órganos jurisdiccionales son encargados
  1472. 1:05:15de conocer del caso, deben identificar
  1473. 1:05:18todos y cada uno de los efectos del
  1474. 1:05:20hecho ilícito con miras a un
  1475. 1:05:22entendimiento integral del daño que
  1476. 1:05:25posteriormente permite individualizar
  1477. 1:05:27los distintos tipos de medidas que serán
  1478. 1:05:29necesarias para reparar. O bien, cuando
  1479. 1:05:32se trate de un procedimiento
  1480. 1:05:34estrectamente indemnizatorio, los
  1481. 1:05:36diferentes rubros o criterios que se
  1482. 1:05:38deberán considerar es un monto como una
  1483. 1:05:42una realización de causalidad entre la
  1484. 1:05:45conducta ilícita y el resultado dañoso.
  1485. 1:05:48Por tanto, para la configuración de
  1486. 1:05:51responsabilidad subjetiva es necesaria
  1487. 1:05:54una relación de causalidad entre el
  1488. 1:05:57incumplimiento un deber jurídico, ya sea
  1489. 1:05:59por culpa o dolo, y la actualización del
  1490. 1:06:02daño. Por ello, es importante y es
  1491. 1:06:05necesario que el daño experimentado sea
  1492. 1:06:08consecuencia de la conducta realizada.
  1493. 1:06:12Ahora, eh cuando cuando hablamos de nexo
  1494. 1:06:16causal entre la conducta imputable a la
  1495. 1:06:19parte demandada y el efecto adverso que
  1496. 1:06:23ella se deriva para que la parte actora
  1497. 1:06:25esté debidamente acreditado,
  1498. 1:06:28lo eh el origen de la responsabilidad
  1499. 1:06:31gravita precisamente en la atribución
  1500. 1:06:33del hecho dañoso a la parte de mandado.
  1501. 1:06:36Y la responsabilidad supone la
  1502. 1:06:39atribución de la autoría que de un hecho
  1503. 1:06:41tenga la eficacia causal suficiente para
  1504. 1:06:44generar ese resultado. Por otra parte,
  1505. 1:06:48con relación a la responsabilidad civil
  1506. 1:06:50objetiva, también llamada
  1507. 1:06:53responsabilidad por riesgo creado, el
  1508. 1:06:55factor de atribución deriva del uso de
  1509. 1:06:58objetos peligrosos que crean un estado
  1510. 1:07:00de riesgo. Y sobre este tipo de
  1511. 1:07:03responsabilidad también ya se ha
  1512. 1:07:05establecido doctrina jurisprudencial en
  1513. 1:07:07la cual se ha identificado su origen en
  1514. 1:07:10la revolución industrial, como lo hemos
  1515. 1:07:12mencionado, y cuando se introdujeron
  1516. 1:07:14máquinas a los centros de trabajo que
  1517. 1:07:16ocasionaron diversos accidentes a los
  1518. 1:07:19trabajadores. Entonces, en el sistema de
  1519. 1:07:22responsabilidad, el punto a considerar
  1520. 1:07:25es precisamente la generación de un
  1521. 1:07:27riesgo por una actividad y que esa
  1522. 1:07:30responsabilidad corresponde a quien se
  1523. 1:07:33beneficia de llevarla a cabo, por lo que
  1524. 1:07:35el riesgo se actualiza y genera
  1525. 1:07:39eh cuando esta persona está obligada a
  1526. 1:07:41reparar los daños causados por por tal
  1527. 1:07:44actividad que previamente el legislador
  1528. 1:07:46consideró que representa un riesgo
  1529. 1:07:50la sociedad. Por otro lado, la
  1530. 1:07:52responsabilidad civil deriva del daño
  1531. 1:07:54ocasionado a quien reclama como
  1532. 1:07:57responsabilidad, como consecuencia de
  1533. 1:07:59ese aprovechamiento de determinadas
  1534. 1:08:02actividades, por lo que no es posible
  1535. 1:08:05interpretarlos de manera extensiva, sino
  1536. 1:08:07que se trata de un régimen de estricto
  1537. 1:08:10derecho.
  1538. 1:08:13Es importante puntualizar que para
  1539. 1:08:16calificar que en la actualización del
  1540. 1:08:18daño es una conducta de negligencia
  1541. 1:08:21grave de la víctima, es necesario
  1542. 1:08:23acreditar que esta se condujo con un
  1543. 1:08:25descuido o como un temeridad, tal como
  1544. 1:08:28está obligada a asumir o parcial o
  1545. 1:08:30totalmente los resultados de esa acción.
  1546. 1:08:33Entonces, el parámetro de comparación es
  1547. 1:08:35el de una persona razonable y los
  1548. 1:08:37elementos que deben analizarse están
  1549. 1:08:40relacionados directamente con la
  1550. 1:08:42situación concreta y no únicamente con
  1551. 1:08:45base a las características personales
  1552. 1:08:47del.
  1553. 1:08:49Eh, tratándose de la culpa o negligencia
  1554. 1:08:52inexcusable, eh no resulta suficiente
  1555. 1:08:56una culpa lesiva o levísima con el
  1556. 1:08:59afectado para acreditarla, sino que
  1557. 1:09:01además debemos eh tener una falta grave
  1558. 1:09:04por falta de la víctima en la que se
  1559. 1:09:06aparta de modo severo y particularmente
  1560. 1:09:09criticable del estándar de una conducta
  1561. 1:09:12exigida. Y finalmente, pues es
  1562. 1:09:15importante destacar que en el amparo
  1563. 1:09:17directo en revisión 45553,
  1564. 1:09:21la entonces primera sala dijo que no
  1565. 1:09:24puede aplicarse sin más la regla general
  1566. 1:09:27de la responsabilidad objetiva a cargo
  1567. 1:09:29del agente, sino que corresponde al
  1568. 1:09:32juzgador valorar el acervo probatorio
  1569. 1:09:35para determinar el grado de
  1570. 1:09:36responsabilidad atribuible tanto a la
  1571. 1:09:38víctima como al agente encargado del uso
  1572. 1:09:41del aparato peligros.
  1573. 1:09:43Además, en los casos en que las personas
  1574. 1:09:45demandadas opongan esta culpa o
  1575. 1:09:48negligencia inexpable de la víctima como
  1576. 1:09:50excepción, pues debe y corresponde al
  1577. 1:09:53juzgador valorar el acervo probatorio
  1578. 1:09:56para determinar precisamente cuál es
  1579. 1:09:59este grado de responsabilidad atribuible
  1580. 1:10:01tanto a la víctima como a la gente
  1581. 1:10:03encargado del uso del aparato peligroso.
  1582. 1:10:06Entonces se exploraron, se han explorado
  1583. 1:10:10ya en diversos, como hemos podido ver,
  1584. 1:10:12en diversos criterios,
  1585. 1:10:14decisiones en cuanto cuáles son las
  1586. 1:10:17pruebas, cómo debe valorarse, cómo debe
  1587. 1:10:20atenderse cada caso en específico y si
  1588. 1:10:23se actualiza una culpa o el propósito
  1589. 1:10:26para determinar cuáles eran los
  1590. 1:10:28comportamientos razonables exigibles a
  1591. 1:10:30la víctima, es importante que se analice
  1592. 1:10:33caso por caso, de acuerdo con el
  1593. 1:10:35estándar ya fijado.
  1594. 1:10:37eh por los por los criterios de nuestro
  1595. 1:10:40máximo tribunal. En cuanto a
  1596. 1:10:42responsabilidad por actos de tercero, ya
  1597. 1:10:45también nuestro máximo tribunal eh se ha
  1598. 1:10:49eh pronunciado en casos con relación a,
  1599. 1:10:52por ejemplo, a la responsabilidad médica
  1600. 1:10:55y de instituciones educativas en las que
  1601. 1:10:57ha acontecido, por ejemplo, abuso
  1602. 1:11:00escolar. Eh, con relación a ello, pues
  1603. 1:11:03ya eh la primera la entonces primera
  1604. 1:11:05sala se ha ha definido con relación a
  1605. 1:11:08que es obligatorio que da lugar a la
  1606. 1:11:11responsabilidad civil, que el deudor
  1607. 1:11:13esté sujeto responsable a una persona
  1608. 1:11:16obligada a indemnizar ese daño.
  1609. 1:11:18Entonces, aplica una regla general eh
  1610. 1:11:21que lo está en primer lugar el autor
  1611. 1:11:23material del hecho dañoso, pero también
  1612. 1:11:25existen casos en que se obliga a
  1613. 1:11:27responder a quien sin haber tenido una
  1614. 1:11:29intervención directa en la realización
  1615. 1:11:31de ese hecho, mantiene con su autor
  1616. 1:11:34material una determinada relación que a
  1617. 1:11:36los ojos del legislador pues justifica
  1618. 1:11:39que se hagan responsables de las
  1619. 1:11:40consecuencias de la tal hecho. De suerte
  1620. 1:11:43que ese tipo de responsabilidades
  1621. 1:11:45también puede generarse por el hecho
  1622. 1:11:47propio o por un hecho ajeno.
  1623. 1:11:50E de este modo, los casos en los que una
  1624. 1:11:52persona puede resultar responsable por
  1625. 1:11:55actos que no fueron cometidos
  1626. 1:11:57directamente por ella corresponden con
  1627. 1:11:59situaciones en las que el responsable
  1628. 1:12:01indirecto ejerce autoridad en relación
  1629. 1:12:04con el causante del daño o el
  1630. 1:12:06responsable directo. Esta autoridad se
  1631. 1:12:09traduce en la posibilidad de vigilar,
  1632. 1:12:12controlar y corregir el el desempeño de
  1633. 1:12:15sus funciones. En el amparo en revisión
  1634. 1:12:17584213,
  1635. 1:12:20la citada sala determinó que en el
  1636. 1:12:22supuesto de responsabilidad por hechos
  1637. 1:12:25del personal de servicios domésticos o
  1638. 1:12:27de empleados, la doctrina ya ha señalado
  1639. 1:12:30que si bien pueden tratarse de una culpa
  1640. 1:12:33presunta en la generación del daño, ya
  1641. 1:12:35sea por elección o por ausencia de
  1642. 1:12:38vigilancia, asimismo se parte de la
  1643. 1:12:40teoría de representación en virtud de
  1644. 1:12:42que los hechos del empleado obligan al
  1645. 1:12:45empleador o al dueño del establecimiento
  1646. 1:12:48al recibir un provecho del desempeño
  1647. 1:12:50regular del creador del daño, por lo que
  1648. 1:12:53deben soportar los riesgos de la empresa
  1649. 1:12:55y principalmente, señala la sala, la
  1650. 1:12:58carga de los daños causados.
  1651. 1:13:01Eh, también señaló que es posible que la
  1652. 1:13:04actuación de la responsabilidad de los
  1653. 1:13:07hospitales o centros médicos por actos
  1654. 1:13:09cometidos por quienes parecen realizan
  1655. 1:13:12sus actividades para este cuando existen
  1656. 1:13:15representación aparente. Ello no implica
  1657. 1:13:18que en todos los casos se actualice
  1658. 1:13:19responsabilidad civil entre este
  1659. 1:13:22personal médico y el hospital. Pues en
  1660. 1:13:24cada supuesto debe analizarse tanto el
  1661. 1:13:27impacto, la influencia o participación
  1662. 1:13:29de la persona responsable indirecta en
  1663. 1:13:31la producción del del daño y se
  1664. 1:13:34estableció que la interpretación del
  1665. 1:13:36artículo 1924 del Código Civil Federal
  1666. 1:13:40debe ser extensiva y no literal en lo
  1667. 1:13:43que se refiere a los sujetos que se
  1668. 1:13:45menciona. Entonces, atendiendo a la
  1669. 1:13:47operatividad de la norma legal, los
  1670. 1:13:49hospitales y personas morales que
  1671. 1:13:51intervienen en el Servicio Médico
  1672. 1:13:53Nacional de Salud, también deben
  1673. 1:13:56entenderse como establecimientos
  1674. 1:13:58mercantiles, lo mismo que los obreros y
  1675. 1:14:01los dependientes, y deben tenerse
  1676. 1:14:03también en el sentido más amplio para
  1677. 1:14:05considerar que las y los médicos se
  1678. 1:14:08encuentran dentro de esta categoría.
  1679. 1:14:10Entonces, se puede concluir que existe
  1680. 1:14:12responsabilidad civil de los hospitales
  1681. 1:14:14derivado de la negligencia de los
  1682. 1:14:17médicos tratantes, incluso cuando
  1683. 1:14:19formalmente no existe una relación
  1684. 1:14:21laboral tradicional entre ellos. También
  1685. 1:14:25eh me gustaría resaltar otro tipo de
  1686. 1:14:28responsabilidad de actos de terceros eh
  1687. 1:14:30que hace mención en el amparo directo
  1688. 1:14:3235/2014
  1689. 1:14:34en donde se resolvió un asunto relativo
  1690. 1:14:37a la responsabilidad civil derivada de
  1691. 1:14:39un acoso escolar. En ese asunto, el
  1692. 1:14:42máximo tribunal estableció que las
  1693. 1:14:44instituciones educativas tienen la
  1694. 1:14:47obligación de proteger a niños y niñas
  1695. 1:14:49de toda forma de perjuicio o abuso
  1696. 1:14:52físico mental o descuido o trato
  1697. 1:14:54negligente, malos tratos o de
  1698. 1:14:56explotación o incluso el abuso sexual.
  1699. 1:15:00Ese deber general de protección se
  1700. 1:15:03traduce en obligaciones a cargo de las
  1701. 1:15:05responsables, como garantizar que las
  1702. 1:15:07instituciones, los servicios y los
  1703. 1:15:09establecimientos encargados del cuidado
  1704. 1:15:11de la protección de los niños, niños y
  1705. 1:15:13adolescentes cumplan con las normas
  1706. 1:15:15establecidas en materia de seguridad y
  1707. 1:15:18supervisión adecuada y hagan de
  1708. 1:15:20conocimiento inmediato
  1709. 1:15:23de las autoridades competentes cualquier
  1710. 1:15:25abuso o maltrato, de manera que pueda
  1711. 1:15:27seguirse la investigación
  1712. 1:15:29correspondiente. y tomar medidas
  1713. 1:15:30concretas de protección. De esta forma,
  1714. 1:15:33cuando una persona demanda la
  1715. 1:15:35materialización de un daño derivado de
  1716. 1:15:38negligencia de las autoridades
  1717. 1:15:39escolares, la responsabilidad se genera
  1718. 1:15:43por el incumplimiento o por la omisión
  1719. 1:15:46de esos deberes de cuidado. Entonces,
  1720. 1:15:49derivado del marco legal y convencional
  1721. 1:15:51aplicable, los centros docentes tienen
  1722. 1:15:54también responsabilidad de garantizar
  1723. 1:15:56espacios seguros para que las y los
  1724. 1:15:58estudiantes puedan convivir libres de
  1725. 1:16:01agresiones, vejaciones y que cuando se
  1726. 1:16:04ha demostrado que en el caso existió
  1727. 1:16:06acoso escolar, el centro educativo
  1728. 1:16:09también tiene que demostrar que cumplió
  1729. 1:16:12con la debida diligencia que le exige la
  1730. 1:16:15prestación del servicio educativo. Esto
  1731. 1:16:17es que cumplió con los deberes de que
  1732. 1:16:20rigen su actuación. También en el examen
  1733. 1:16:23aplicable en los casos para determinar
  1734. 1:16:25la responsabilidad civil que corresponde
  1735. 1:16:29eh a a la responsabilidad civil
  1736. 1:16:31subjetiva, por lo que cada caso debe
  1737. 1:16:34corroborarse el acoso de la víctima.
  1738. 1:16:37Esto es si se acredita la existencia del
  1739. 1:16:39bullying, si este puede atribuirse al
  1740. 1:16:41agresor en específico, ya sea profesores
  1741. 1:16:44o alumnos. el daño físico o psicológico
  1742. 1:16:48que sufre el menor y el nexo causal
  1743. 1:16:50entre la conducta y el daño. En caso de
  1744. 1:16:52que se demande y se encuentra
  1745. 1:16:54responsable algún alumno o profesor,
  1746. 1:16:57también será la escuela quien responda
  1747. 1:16:59por los daños, pues se actualiza la
  1748. 1:17:01denominada responsabilidad civicaria o
  1749. 1:17:05por actos de terceros.
  1750. 1:17:08Es importante destacar que también
  1751. 1:17:10existe una reciente jurisprudencia de
  1752. 1:17:13este año en los que la actual
  1753. 1:17:15integración de la Suprema Corte de
  1754. 1:17:17Justicia de la Nación ya han determinado
  1755. 1:17:20que no debe considerarse la situación
  1756. 1:17:22económica de la víctima para cuantificar
  1757. 1:17:25sus consecuencias extratrimoniales
  1758. 1:17:27cuando hablamos de daño moral. y dice
  1759. 1:17:31que eh eh para cuantificar el daño eh
  1760. 1:17:35por indemnización eh un daño moral por
  1761. 1:17:38para su indemnización en su vertiente de
  1762. 1:17:40daño extrapatrimonial, eh deben nada más
  1763. 1:17:43tomarse en cuenta el el daño que se
  1764. 1:17:46entiende por la afectación que sufre la
  1765. 1:17:48persona en sus sentimientos, en sus
  1766. 1:17:50creencias, en su decoro, en su honor, en
  1767. 1:17:52su reputación. eh el hecho o o el o la
  1768. 1:17:57omisión de esos ilícitos que produzcan
  1769. 1:17:59ese daño y el monto de la indemnización,
  1770. 1:18:02lo que determinará la persona juzgadora
  1771. 1:18:05tomando en cuenta los derechos
  1772. 1:18:07lesionados, el grado de responsabilidad
  1773. 1:18:10y la situación económica del responsable
  1774. 1:18:13y de la víctima, así como las demás
  1775. 1:18:15circunstancias especiales de cada caso.
  1776. 1:18:19También hay una jurisprudencia reciente
  1777. 1:18:22en tratándose de responsabilidad civil
  1778. 1:18:25extracontractual, que señala que cuando
  1779. 1:18:28se acredita un acto de discriminación
  1780. 1:18:30fundado en una categoría sospechosa,
  1781. 1:18:32debe siempre presumirse la existencia
  1782. 1:18:35del daño moral. Ello, pues la presunción
  1783. 1:18:39del daño moral ante el acreditamiento de
  1784. 1:18:41hechos ilícitos parte de la teoría de la
  1785. 1:18:44prueba objetiva del daño moral. Y esta
  1786. 1:18:47teoría se justifica por la imposibilidad
  1787. 1:18:50o la notoria dificultad de acreditar
  1788. 1:18:53mediante pruebas directas la afectación
  1789. 1:18:55causada, como en el caso de afectaciones
  1790. 1:18:57que inciden, por ejemplo, en la
  1791. 1:18:59integridad física, psicológica o
  1792. 1:19:02espiritual de las personas y la
  1793. 1:19:04posibilidad de establecer la certeza de
  1794. 1:19:07esa afectación como consecuencia
  1795. 1:19:09necesaria, lógica y natural del acto o
  1796. 1:19:12del hecho ilícito. Ello, pues recordemos
  1797. 1:19:15que el artículo primero constitucional
  1798. 1:19:17prohíbe la discriminación basada en
  1799. 1:19:20categorías sospechosas y marginación
  1800. 1:19:23política de los miembros de tales grupos
  1801. 1:19:25y que existen diversas teorías que
  1802. 1:19:27coinciden en que la discriminación
  1803. 1:19:30reprochable afecta negativamente a las
  1804. 1:19:32personas que la padecen y es una máxima
  1805. 1:19:35de la experiencia que quienes enfrentan
  1806. 1:19:37discriminación generalmente se sientan
  1807. 1:19:40afectadas en sus sentimientos y
  1808. 1:19:42percepción de mis de sí mismas por estos
  1809. 1:19:45actos. Entonces, la acreditación de un
  1810. 1:19:47acto discriminatorio basado en una
  1811. 1:19:49categoría sospechosa y dirigido contra
  1812. 1:19:53una persona o personas determinadas,
  1813. 1:19:56conlleva como hecho ilícito la
  1814. 1:19:58presunción del daño moral, conforme lo
  1815. 1:20:00que establece el artículo
  1816. 1:20:031916 del Código Civil Federal. Y esta
  1817. 1:20:07presunción se actualiza frente al daño
  1818. 1:20:10moral y a la discriminación en términos
  1819. 1:20:13del artículo primero constitucional y no
  1820. 1:20:17ante cualquier distinción arbitral. Pues
  1821. 1:20:21esto es eh propiamente lo que son los
  1822. 1:20:24antecedentes, lo que es lo las últimas
  1823. 1:20:27eh requisitos que ya ha establecido
  1824. 1:20:29nuestro máximo tribunal y los
  1825. 1:20:31precedentes que nos han llevado a la
  1826. 1:20:34actual doctrina que tenemos. en nociones
  1827. 1:20:36introductorias al derecho de daños
  1828. 1:20:39extracontractuales. Por mi parte ha sido
  1829. 1:20:41todo. Agradezco mucho su atención
  1830. 1:20:43prestada y les deseo un excelente día.
  1831. 1:20:46Muchas gracias.

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