Copia de Sesión 3: Sistema probatorio y construcción de decisiones judiciales — Transcript
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- 1:33Espero que ahora sí me escuchen. Muy
- 1:35buenas tardes a todas y a todos. Les
- 1:37damos la cordial bienvenidas a esta
- 1:39tercera sesión de las jornadas de
- 1:42introducción al Código Nacional de
- 1:43Procedimientos Civiles y Familiares. El
- 1:46día de hoy vamos a abordar el tema de
- 1:50sistema probatorio y construcción de
- 1:52decisiones judiciales.
- 1:54Tenemos el honor de contar el día de hoy
- 1:57con la presencia de la magistrada Raquel
- 2:00Nieblas Germán, que me voy a permitir
- 2:03este leer una pequeño fragmento de su
- 2:05semblanza curricular. La magistrada
- 2:07Raquel Nieblas Germán es licenciada en
- 2:09derecho por la Universidad de Sonora,
- 2:11institución en la que obtuvo el grado de
- 2:14mención honorífica, destacándose además
- 2:16como mejor alumna de su generación.
- 2:18Cuenta con estudios de maestría en
- 2:20derecho fiscal por la Universidad del
- 2:21Valle de México, la especialidad en
- 2:23derecho de trabajo y justicia laboral
- 2:26por la antes Escuela Federal de
- 2:27Formación Judicial y la Especialización
- 2:29Judicial del entonces Instituto de la
- 2:32Judicatura Federal. Posee una sólida
- 2:34trayectoria de más de 30 años en la
- 2:36impartición de justicia. Inició su
- 2:38carrera en el Poder Judicial del Estado
- 2:39de Sonora, desempeñándose como jueza
- 2:41local, actuaria, secretaria de acuerdos,
- 2:44proyectista de sala regional y del
- 2:46honorable Supremo Tribunal de Justicia,
- 2:49así como jueza de primera instancia en
- 2:50materias mercantil y civil. En 2001 se
- 2:53incorporó al Poder Judicial de la
- 2:54Federación como secretaria de tribunal
- 2:57cargo que ejerció por más de dos
- 2:58décadas, fungiendo en diversas ocasiones
- 3:01como encargada de despacho y habilitada
- 3:03para sustituir a magistradas y
- 3:05magistrados de circuito, integrando
- 3:07pleno en distintos circuitos del país.
- 3:09En enero del
- 3:12de enero a septiembre del 2025 se
- 3:14desempeñó como secretaria de tribunal en
- 3:16funciones de magistrada en el tercer
- 3:19tribunal colegiado en materia civil y de
- 3:21trabajo del quinto circuito. Y a partir
- 3:23del primero de septiembre del 2025 ocupa
- 3:25el cargo de magistrada de circuito,
- 3:28siendo adscrita al primer tribunal
- 3:29colegiado en materia civil y de trabajo
- 3:31del quinto circuito con residencia en
- 3:34Hermosillo, Sonora. La formación
- 3:35académica de la magistrada niebla se
- 3:37contempla con numerosos cursos,
- 3:39diplomados y seminarios especializados
- 3:41en derecho constitucional, laboral,
- 3:44civil y mercantil, derechos humanos y
- 3:46perspectiva de género y argumentación
- 3:48jurídica. Asimismo, ha desarrollado una
- 3:51destacada labor docente por más de 10
- 3:53años dentro de la Hoy Escuela Nacional
- 3:54de Formación Judicial, impartiendo
- 3:56materias relacionadas con el juicio de
- 3:58amparo, procedimientos civiles,
- 4:00mercantiles y familiares, derechos
- 4:02humanos, entre otras muchas. Su
- 4:04trayectoria refleja un compromiso
- 4:05permanente con la excelencia académica y
- 4:08la capacitación continua y el
- 4:09fortalecimiento de la función
- 4:10jurisdiccional al servicio de la
- 4:12justicia. Pues sin más preámbulo dejamos
- 4:15el uso de la voz con usted, magistrada
- 4:17Raquel. Adelante. Gracias.
- 4:20Buenas tardes a todos y a todas y a
- 4:23todos. Reciban un cordial saludo.
- 4:26Agradezco a la Escuela Federal de
- 4:28Formación Judicial la amable invitación
- 4:31para participar en jornadas, en estas
- 4:34jornadas de introducción al estudio del
- 4:36Código Nacional de Procedimientos
- 4:38Civiles y Familiares. En especial a la
- 4:42maestra Eliseva Colaber Pasillas aquí
- 4:45presente. Gracias. Así como la
- 4:47oportunidad de compartir este espacio
- 4:49académico con quienes hoy nos acompañan.
- 4:53La capacitación y actualización
- 4:55permanente constituyen elementos
- 4:58indispensables para afrontar los retos
- 5:01que implica la implementación de este
- 5:04nuevo marco normativo. En este sentido,
- 5:07celebro la realización de este curso
- 5:10cuyo propósito es fortalecer las
- 5:13competencias jurídicas y procesales de
- 5:15las personas participantes,
- 5:17contribuyendo de esa manera a una mejor
- 5:20comprensión y aplicación. de las
- 5:23disposiciones previstas en el Código
- 5:25Nacional.
- 5:27Agradezco por lo tanto su presencia, su
- 5:29interés y su participación en esta
- 5:33importante actividad académica. Espero
- 5:35que esta sesión resulte de utilidad para
- 5:38su desarrollo profesional y el
- 5:41fortalecimiento de la función
- 5:43jurisdiccional.
- 5:45Sean todos, todas y todos bienvenidos.
- 5:49Voy a proceder a compartir mi
- 5:51presentación.
- 6:21Eh, ¿Es visible la presentación?
- 6:24Si me pueden confirmar, por favor.
- 6:27Es visible, magistrada. Es visible su
- 6:29presentación.
- 6:30Muy bien, gracias.
- 6:33Bueno, entonces el módulo que a mí me
- 6:37corresponde es el tres, que es sobre el
- 6:40sistema probatorio y construcción de
- 6:44decisiones judiciales.
- 6:49En un primer momento quiero comentarles,
- 6:53bueno, el objetivo del curso de estas
- 6:55jornadas, el objetivo general
- 6:59es determinar los fundamentos,
- 7:00principios, instituciones y retos de
- 7:03implementación
- 7:04del Código Nacional de Procedimientos
- 7:06Civiles y Familiares mediante el estudio
- 7:09práctico de sus principales innovaciones
- 7:13procesales.
- 7:16Contamos con dos horas para este módulo.
- 7:21Les digo desde este momento que a las
- 7:253:55
- 7:28haremos una pausa de 5 minutos y vamos a
- 7:32reanudar a las 4 en punto.
- 7:36Los temas que abordaremos en este módulo
- 7:38son fundamentos y principios rectores,
- 7:41instituciones procesales innovadoras,
- 7:44eh los retos de implementación,
- 7:47aplicación,
- 7:49los principios, perdón, los principios
- 7:51probatorios, admisión y valoración de la
- 7:53prueba, la carga dinámica a la prueba,
- 7:56la perspectiva de derechos humanos en la
- 7:58valoración probatoria y fundamentación y
- 8:02motivación.
- 8:04En un primer término, para abordar este
- 8:06tema de los principios probatorios,
- 8:12vamos a acudir al artículo 7 del código.
- 8:18En este artículo 7 del código, ¿qué nos
- 8:21menciona? Pues nos menciona los
- 8:23principios probatorios y rectores del
- 8:25sistema.
- 8:28Estamos en el módulo de pruebas de
- 8:32sistema probatorio, pero es necesario
- 8:35acudir a este importante numeral que es
- 8:37el siete. Y ustedes dirán, ¿por qué este
- 8:41artículo? Si este artículo
- 8:44viene viene mencionando principios
- 8:46rectores del sistema de impartición, si
- 8:48estamos en prueba. Ah, bueno, vamos ir
- 8:51viendo los mencionados aquí.
- 8:54El primero de ellos, el acceso a la
- 8:57justicia.
- 8:58Voy a tratar de de ir a los temas eh más
- 9:02eh vamos concernientes al módulo, ¿no?
- 9:06Por razón de tiempo quizá no voy a poder
- 9:08detenerme mucho.
- 9:10Este igual
- 9:13mi correo va a estar abierto para
- 9:15cualquier inquietud y duda. Creo que no
- 9:17vamos a poder abrir micrófono a
- 9:19participación a menos de que quede algún
- 9:21tiempo por ahí, pero estoy a la orden
- 9:24para cualquier duda vía correo
- 9:26electrónico. Bueno, prosigo.
- 9:30En este artículo
- 9:32trae todos los principios rectores del
- 9:34sistema. Bueno, acceso a la justicia,
- 9:36concentración, colaboración,
- 9:38continuidad, contradicción,
- 9:42dirección procesal, igualdad procesal,
- 9:45inmediación, interés superior de la
- 9:47niñez, impulso procesal, lealtad
- 9:51procesal.
- 9:53Y luego venimos aquí con lo de elitis
- 9:55abierta, oralidad, perspectiva de
- 9:58género,
- 10:02preclusión,
- 10:04privacidad y publicidad.
- 10:09Si revisamos estos principios,
- 10:12podemos detectar cuáles vendrían siendo
- 10:17exactamente
- 10:19aplicables al sistema probatorio que
- 10:23contiene este código nacional.
- 10:26De entrada podríamos mencionar el de
- 10:30concentración, por supuesto, porque este
- 10:32principio al tenor del artículo 7 nos
- 10:35dice, "Se procurará desahogar la mayor
- 10:38cantidad de actuaciones procesales en
- 10:40una sola audiencia o el menor número de
- 10:43diligencias procesales.
- 10:47Ya creo que ya vieron ustedes en sesión
- 10:49pasada lo que son las audiencias.
- 10:51Entonces este principio sí encuentra un
- 10:54reflejo porque sabemos que hay una
- 10:58audiencia preliminar, una audiencia de
- 11:00juicio. En la audiencia preliminar, al
- 11:03tenor de este principio de concentración
- 11:05dice, se procurará desahogar las menos
- 11:09actuaciones procesales. Entonces, en
- 11:10esta audiencia preliminar es donde se va
- 11:13a proveer sobre las pruebas que las
- 11:15partes hayan ofrecido en los escritos,
- 11:18pues cuáles de demanda, contestación, en
- 11:21su caso, la reconvención, contestación a
- 11:24la reconvención si es que la hay.
- 11:27Entonces, de eso no nos comenta y
- 11:31también la concentración tiene su
- 11:33reflejo en que la audiencia del juicio
- 11:34es donde se van a recibir las pruebas.
- 11:36Bueno,
- 11:38el de continuidad desde luego que está
- 11:40contradicción, por supuesto que está
- 11:43presente este principio como un
- 11:44principio rector, no solo del proceso,
- 11:46sino del sistema probatorio,
- 11:50porque en las pruebas, las pruebas que
- 11:53cada una de las partes ofrece, pues se
- 11:56da vista con ellas, con ese ofrecimiento
- 11:59a la contraparte para que pueda decir
- 12:02sobre ellas en la contestación de la de
- 12:04la vista con la con la demás. con la
- 12:06contestación de demanda
- 12:09eventualmente
- 12:10y en la audiencia. Ahí es donde se puede
- 12:14debatir sobre las pruebas del contrario.
- 12:17Bueno, la rectoría del proceso, pues
- 12:20desde luego corresponde al juez. La
- 12:22igualdad procesal tiene que estar muy
- 12:25muy presente. Es uno de los principios
- 12:27clave en esta en el sistema probatorio.
- 12:32Más adelante vamos a ver esto sobre
- 12:35eh lo que es la carga dinámica a la
- 12:38prueba, muy muy importante. La
- 12:40inmediación, otro principio
- 12:43que cobra relevancia. ¿Por qué?
- 12:46Porque el nuevo código nos dice
- 12:50eh que el juez no solo va a ser el
- 12:52rector del proceso, ya no va a tener una
- 12:55actitud como tradicionalmente
- 12:58del árbitro expectante en esta lucha de
- 13:02contrarios, sino que va a estar de
- 13:06frente a las partes, va a presenciar el
- 13:09desahogo, va a presenciar y va a tratar
- 13:13de que las partes lleguen a los acuerdos
- 13:15probatorios. por ejemplo. Entonces tiene
- 13:18que estar este con este contacto directo
- 13:21que nos refleja el principio de
- 13:24inmediación.
- 13:26El interés superior de la niñez, pues
- 13:28estamos en un una codificación de
- 13:32materia familiar.
- 13:35Tiene que estar aquí eh vamos como un
- 13:39principio también primordial.
- 13:42La lealtad procesal dice ajustarse al
- 13:47respeto, a la probidad y a la buena fe.
- 13:50Este lo voy a dejar aquí para ahorita
- 13:52cuando comentemos sobre una prueba,
- 13:53sobre una de las innovaciones al código,
- 13:56creo que viene muy muy a cuento.
- 14:00Bueno, la oralidad pues sin mayor
- 14:03comentario, lo sabemos, perspectiva de
- 14:05género,
- 14:08la preclusión. Hay quien dice que este
- 14:11principio, por ejemplo, la preclusión
- 14:14como que no está no tiene relevancia en
- 14:16el sistema de probatorio, pero desde mi
- 14:20óptica sí, porque este principio, por la
- 14:24propia definición nos dice, "El no
- 14:25ejercicio de los derechos procesales en
- 14:27la etapa correspondiente extingue la
- 14:29oportunidad de ejercerlos en posterior.
- 14:32Entonces, ¿qué pasa si no se ofrecen las
- 14:36pruebas
- 14:38con la demanda, con la contestación de
- 14:41entrada? ¿Qué pasa? ¿Hay posibilidad de
- 14:44ofrecerlas con posterioridad?
- 14:47¿En qué casos sí y en qué casos no?
- 14:49Entonces, desde luego que este principio
- 14:53está presente.
- 14:54Privacidad en materia familiar. Sabemos
- 14:58que algunas pruebas
- 15:00deben, aun cuando está el principio, el
- 15:03de publicidad
- 15:05en contrapartida, hay ciertas pruebas en
- 15:08las que el de publicidad queda de lado
- 15:13en tratándose de la naturaleza, de la
- 15:15propia prueba, de las personas
- 15:18a cuyo cargo, por ejemplo, alguna
- 15:21escucha de menor, pues ahí no podemos
- 15:23decir que hay el principio de
- 15:25publicidad.
- 15:27en una audiencia. Oye, pues es que la
- 15:29prueba se tiene que desahogar en una
- 15:30audiencia. Así dice que la audiencia de
- 15:31juicio, así, pero en esto se trata de
- 15:34una escucha de menor. Aun cuando se
- 15:37reciba la audiencia de juicio, va a ser
- 15:43con base en este principio de privacidad
- 15:47por ser una diligencia de carácter
- 15:49reservado.
- 15:54Ahora
- 15:56vamos a entrar eh al
- 16:00a lo que es los medios de prueba. Aquí
- 16:03viene mencionando el artículo 261.
- 16:07¿Qué nos dice este artículo 261?
- 16:11dice, "Las partes para soportar su
- 16:14acción,
- 16:16excepciones y defensas, para probar su
- 16:18acción y las excepciones y defensas, por
- 16:21supuesto, la parte demandada
- 16:23yce acreditar los hechos, pues podrán
- 16:26ofrecer, ¿qué pruebas dice el este
- 16:28código? El código nacional, que pueden
- 16:30ofrecer las partes, pues todas. ¿Por
- 16:34qué?
- 16:35Porque aquí dice, pueden ofrecer los
- 16:36medios de prueba, no hay una
- 16:39restricción,
- 16:41al contrario, dice medios de prueba.
- 16:46Entonces, ¿cuáles no?
- 16:50Aquellos que sean contrarios a derecho,
- 16:52dice aquí.
- 16:54Y luego nos habla de otros principios
- 16:57que dice, "Estas pruebas, estos medios
- 16:59de prueba que ofrezcan las partes, deben
- 17:02de ser pertinentes e idóneos.
- 17:05y guardar relación con los hechos
- 17:07narrados
- 17:09y cumplir con los requisitos de
- 17:11ofrecimiento previstos.
- 17:13¿Qué quiere decir esto de cumplir con
- 17:14los requisitos de ofrecimiento
- 17:16previstos? Porque cada uno de los medios
- 17:20de prueba que vienen mencionados
- 17:25trae sus propias reglas para admitirse,
- 17:29o sea, cómo se deben de ofrecer y por lo
- 17:32tanto serán admisibles y se cumplen con
- 17:35esos requisitos particulares dependiendo
- 17:37de cada uno. Entonces dice aquí remata
- 17:41diciendo este artículo, pues todos los
- 17:43medios de prueba, ¿cuáles? aquellos que
- 17:47qué es lo que se busca con la prueba. Ya
- 17:49sabemos que la prueba busca pues
- 17:52producir convicción en el juzgador.
- 17:56¿Aca qué? De los hechos controvertidos.
- 18:01Fíjense como la primera parte habla de
- 18:04para acreditar los hechos
- 18:06y luego dice más abajito, los hechos
- 18:08narrados. Sí, pero al final dice hechos
- 18:12controvertidos. O sea, no son todos los
- 18:14hechos, no son todos los hechos
- 18:17narrados, son los hechos controvertidos,
- 18:22los que están sujetos a prueba.
- 18:26¿Cuáles medios de prueba vienen
- 18:30mencionados
- 18:32en en nuestro código documental,
- 18:35testimonial, inspección pericial y
- 18:37cualquier otros medios? Dice ahí otro
- 18:39elemento de convicción.
- 18:43Ahora, artículo 262,
- 18:48¿qué nos dice este artículo? Dice, "La
- 18:52autoridad jurisdiccional de oficio podrá
- 18:56decretar en todo tiempo, sea cual fuere
- 18:59la naturaleza del procedimiento,
- 19:02la práctica o ampliación de cualquier
- 19:06diligencia probatoria."
- 19:09Este artículo contempla
- 19:13facultad del juzgador para mejor
- 19:16proveer. Así es como se se conoce, pues
- 19:20desde siempre la doctrina la menciona de
- 19:22esa manera. La facultad para mejor
- 19:25proveer. ¿Proveer qué? pues sobre el
- 19:27material probatorio.
- 19:30Ahora nos dice aquí, la autoridad
- 19:34jurisdiccional obrará como estime
- 19:36procedente para obtener el mejor
- 19:38resultado. Ojo con esto, sin lesionar el
- 19:42derecho de las partes, oyéndolas y
- 19:46procurando en todo su igualdad y justo
- 19:50equilibrio,
- 19:52tomando en cuenta cualquier situación de
- 19:54vulnerabilidad que pueda afectar el
- 19:56equilibrio procesal. ¿Qué quiere decir?
- 19:59Mira, juez juzgador, tú tienes esta
- 20:02facultad para mejor proveer, pero esa
- 20:05facultad no la puedes ejercer de manera
- 20:10arbitraria, de manera ilimitada,
- 20:14de manera caprichosa.
- 20:18vas a acudir a esta facultad establecida
- 20:21en el 262,
- 20:24siempre y cuando ¿Qué estés buscando?
- 20:28dice que las pruebas den el mejor
- 20:31resultado.
- 20:33Pero
- 20:35siempre tienes que cuidar, juzgador,
- 20:39el equilibrio, la igualdad entre las
- 20:42partes
- 20:43y además no solo un equilibrio, una
- 20:46igualdad que tienes como rector del
- 20:50proceso, sino no dejar de lado algún
- 20:55alguna de las partes que presente una
- 20:59situación de vulnerabilidad. Entonces,
- 21:01no es un ejercicio que se pueda eh hacer
- 21:07eh de manera festinada, es algo que pues
- 21:11tiene que tener estas características.
- 21:19El artículo, si ven, no voy secuenciado
- 21:22por razón de tiempo. Estoy trayendo los
- 21:25artículos que desde mi óptica traen
- 21:28alguna novedad, ¿no? No es como un
- 21:32repaso general de todo el articulado
- 21:34sobre las pruebas por si ven que estamos
- 21:39pasando artículos
- 21:41que no estoy no estoy mencionando.
- 21:46Este artículo 265
- 21:49trae esta cuestión de alguna manera
- 21:52novedosa en norma que que nos habla de
- 21:55que dice, "Ni la prueba en general ni
- 21:57los medios de prueba establecidos por la
- 21:59ley son renunciables."
- 22:01Muy bien, eso parece muy lógico.
- 22:06No puedes renunciar a un medio de
- 22:07prueba. ¿Por qué nos mencionará este
- 22:09artículo esto? ¿Qué necesidad de haberlo
- 22:13plasmado? en la norma. Ah, porque hay
- 22:16otro artículo fabuloso que nos dice que
- 22:18las partes pueden establecer
- 22:21eh su propio procedimiento, las propias
- 22:24reglas del juego, el llamado
- 22:26procedimiento convencional.
- 22:30Aún cuando suceda esto, un procedimiento
- 22:34convencional
- 22:36o hay algún tipo de acuerdo probatorio,
- 22:40aquí hay un elemento
- 22:43que hay que considerar.
- 22:46Puedes llegar a acuerdos en cuanto
- 22:50pruebas, puedes llegar acuerdos
- 22:52inclusive en el procedimiento en el cual
- 22:54vas a ventilar la controversia la vas a
- 22:57ventilar, pero las pruebas, los medios
- 23:00de prueba no son renunciables. Eso no es
- 23:03posible que que se que un juez lo
- 23:06valide. ¿Qué sí es posible? Nos dice
- 23:09este artículo, que las partes pueden
- 23:12desistir de las pruebas. Pero, ¿de qué
- 23:14pruebas? Fabuloso lo que nos dice aquí.
- 23:16Dice, "Las que estén pendientes de
- 23:19desahogo, a fin de que el procedimiento
- 23:22continúe."
- 23:23Y nos habla de este límite. No pueden
- 23:26desistir las partes de las pruebas una
- 23:29vez que hayan sido desahogadas. Pues qué
- 23:32bien que está en la norma, porque
- 23:35a qué alude también esta esta situación.
- 23:37Dice, vamos a poner un ejemplo,
- 23:41ofrece una prueba la testimonial.
- 23:44cualquiera de las partes, actor o
- 23:47demandado.
- 23:48Y vamos a suponer que la prueba pues ya
- 23:51se recibió, ya se recibió la declaración
- 23:53de los deponentes,
- 23:57pero pues estima que no le es favorable
- 23:59porque lejos de demostrar sus
- 24:04pretensiones,
- 24:05o sea, los hechos que puso a a
- 24:08conocimiento,
- 24:10la acción que ejerció en el juicio,
- 24:14lejos de demostrarla esa prueba,
- 24:17está operando en su contra, trae
- 24:21elementos de prueba que no le favorecen,
- 24:25sino que le benefician al contrario.
- 24:28Entonces, este artículo dice,
- 24:31"No son renunciables las pruebas. Una
- 24:33cosa es que no puedas renunciar de
- 24:34antemano decir, oye, pues es que vamos a
- 24:36llevar este procedimiento convencional,
- 24:38pero solo se va a llevar con prueba
- 24:40documental. No es posible porque no
- 24:42puedes renunciar a la prueba. Ah, ¿qué
- 24:44puedes hacer como parte? que sí te con
- 24:47tu principio del de disposición del
- 24:50proceso. Okay. ¿Qué es lo que sí puedes
- 24:52hacer? Desistir. Ah, pero las pendientes
- 24:55de desahogo, porque ¿qué tal si ya
- 24:57desahogada
- 24:58no te es favorable? Entonces, con esta
- 25:00figura. Ah, caraya, a mí me dice que sí
- 25:03puedo desistir, no puedo renunciar, pero
- 25:05voy a desistir. Y entonces desisto en la
- 25:07testimonial o fueron tres testigos, pero
- 25:10pues me perjudicaron dos. Entonces, pues
- 25:12me quedo con el testigo único y desisto
- 25:14el testigo A y B. No puede ser porque
- 25:17esa es una prueba que ya se desahogó. Y
- 25:20la prueba, recordemos que hay un
- 25:22principio también que opera, que es el
- 25:23principio de adquisición.
- 25:26¿Qué nos dice este principio de
- 25:27adquisición procesal? que las pruebas no
- 25:29son de quien las ofrece, las pruebas son
- 25:31del proceso. Entonces, una vez
- 25:33deshogada, una prueba se incorpora al
- 25:36juicio, al proceso
- 25:38y es pues a favor o en contra pues de
- 25:44las respectivas pretensiones de las
- 25:47partes, que eso lo verá el juez en
- 25:48sentencia, nos dice este artículo.
- 25:51Bueno, esto no estaba en norma.
- 25:54Ahora, documentales posteriores, dice,
- 25:56tratándose de documentales que lleguen
- 25:58con posterioridad al desistimiento, no
- 25:59podrán agregarse al expediente en ningún
- 26:01caso. Pues esto es algo muy lógico, ¿no?
- 26:03Desistí de una prueba,
- 26:06por decir, ofrecí una documental, no la
- 26:09aporté, acredité que la solicité, está
- 26:12en un archivo, le digo al juez, "As que
- 26:14ofrezco esta documental, no la tengo
- 26:17aún, pero aquí está la prueba que la
- 26:18solicité. posteriormente se va a
- 26:21incorporar al juicio.
- 26:24Entonces dice aquí,
- 26:26pero luego desisto, todavía no se
- 26:28incorpora, está en el término y antes de
- 26:31que se incorpore, desiste la parte que
- 26:34qué nos dice este artículo esa prueba ya
- 26:37no se va a incorporar porque ya un
- 26:39desistimiento. Entonces esa prueba no es
- 26:41como que la van a como eliminar, pero no
- 26:45va a estar en los autos. eventualmente
- 26:47pues se le abrirá algún cuadernillo
- 26:50por separado porque no podrá agregarse
- 26:52al expediente.
- 26:55Artículo 266
- 26:58aquí nos hace un e, vamos énfasis en que
- 27:05los hechos
- 27:07son los únicos sujetos a prueba.
- 27:10O sea, ¿qué es lo que van a probar las
- 27:12partes?
- 27:13pues los hechos que cada uno haya
- 27:15expresado, o sea, que son sus
- 27:17pretensiones.
- 27:19Entonces, ¿qué es lo que no se prueba?
- 27:21Dice, "El derecho no se prueba."
- 27:24¿Por qué? Pues porque el derecho lo
- 27:26conocemos, porque el derecho está
- 27:27publicado, porque porque es la norma que
- 27:29rige, porque es la que podemos acudir,
- 27:32porque la podemos invocar como un hecho
- 27:33notorio, no está sujeto a prueba. Ah,
- 27:36caray. Pero, ¿cuándo sí está sujeto a
- 27:38prueba el derecho? Esta también es una
- 27:41innovación que venga, que está en norma.
- 27:45Dice, "El derecho
- 27:47va a estar sujeto a prueba cuando se
- 27:49funde en usos y costumbres." Y entonces
- 27:54es algo eh fabuloso que esté en la
- 27:58norma.
- 28:00Es necesario
- 28:01porque sabemos los juzgadores tenemos eh
- 28:06la herramienta de de juzgar con esta
- 28:10perspectiva de sobre los pueblos
- 28:12originarios. Por ejemplo, aquí en
- 28:14Sonora, donde yo me encuentro, pues hay
- 28:17algunas este pueblos originarios, los
- 28:20jaquis, los eris, entonces tienen sus
- 28:24propios eh gobiernos,
- 28:27entonces ellos en juicio pueden estar
- 28:32acceder o promover alguna acción
- 28:35y que vengan haciendo valer algún
- 28:38derecho
- 28:40de su propia tribu. Entonces, el
- 28:43juzgador, bueno, pues nuestra
- 28:45preparación son las normas que se
- 28:47publican. Ah, caray, pero estos usos y
- 28:49costumbres a lo mejor no están
- 28:51publicados, no no los no podemos acceder
- 28:53fácilmente a ellos. Entonces ahí nos
- 28:57dice el 266
- 28:59que va a ser sujeto de prueba, o sea, lo
- 29:02pueden traer, pueden decir pruebas al
- 29:05respecto si están en algún en alguna
- 29:07codificación que ellos tengan eh, o bien
- 29:11algún otro elemento probatorio.
- 29:14Bueno, entonces
- 29:16si están sujetos a prueba, pues los
- 29:19hechos, las afirmaciones de las partes.
- 29:23Entonces seguimos.
- 29:29268.
- 29:31La recepción de las pruebas. La
- 29:33autoridad jurisdiccional debe recibir
- 29:36las pruebas que le presenten las partes.
- 29:39¿Cuándo? Pues que sean las permitidas
- 29:41por la ley, ¿no?
- 29:43Y que se refieran a los puntos
- 29:45cuestionados. ¿Por qué? Porque no va a
- 29:49ser una prueba. ¿Se acuerdan que vimos
- 29:52aquí lo de la pertinencia
- 29:56y la idoneidad? Dos figuras o o dos
- 29:59elementos que debemos considerar.
- 30:04Dice, "Se refieren a puntos
- 30:06cuestionados. Entonces, si una si alguna
- 30:09de los contendientes ofrece una prueba
- 30:12para acreditar un hecho que no está en
- 30:15disputa,
- 30:16¿qué vamos a decir sobre esa prueba? El
- 30:19juzgador, ah, ¿sabes qué? Pues no te la
- 30:21admito porque no está en la norma. Ah,
- 30:23caray, pero pues si es una testimonial,
- 30:25sí se puede ofrecer testimonial, pero
- 30:28¿por qué la voy a rechazar yo como juez?
- 30:31esta prueba si si es de las previstas en
- 30:33la norma, porque no es una prueba
- 30:36pertinente,
- 30:38¿okay? No quiere decir que no tiene
- 30:40cuento la idoneidad, es pertenencia. No
- 30:43es pertinente porque quieres acreditar
- 30:46un hecho que no es litigioso.
- 30:51Entonces,
- 30:52bueno,
- 30:55una cuestión aquí muy interesante
- 30:58que nos menciona este artículo 268 y que
- 31:01no lo vemos en las legislaciones de los
- 31:04estados, cuando menos no en la de
- 31:05Sonora.
- 31:07Dice, "Si las partes estiman que las
- 31:09resoluciones judiciales que admitan o
- 31:11desechen pruebas les causan agravio, lo
- 31:13harán valer en la apelación contra la
- 31:15sentencia definitiva que en su caso
- 31:17interpongan."
- 31:19¿Por qué está esta disposición?
- 31:22¿Qué es lo que se buscó con este código
- 31:25nacional? Ah, lo que se buscó pues es
- 31:29este
- 31:30ordenar todas las codificaciones bajo
- 31:34una sola, todas las las de los estados
- 31:37bajo una sola bajo un solo cuerpo
- 31:40normativo.
- 31:42Otra de las e vamos de las razones es la
- 31:48agilidad. ¿Para cumplir con qué? Pues
- 31:51con la justicia pronta y expedita.
- 31:54Entonces, ¿qué pasaba antes? Si alguien
- 31:57ofrecía una prueba, muchas pruebas, ¿no?
- 32:00Pues testimonial, informes, eh
- 32:03declaración de parte, periciales,
- 32:06etcétera, etcétera,
- 32:08pues son de las pruebas que están en el
- 32:09código mencionadas, pues se admiten
- 32:11mientras sean hechos contenciosos.
- 32:13Y entonces eh operaba todo el sistema
- 32:17recursal que venían diciendo, "Ah, me
- 32:20desechaste la prueba, vación preventiva.
- 32:22Admitiste la prueba de mi contrario,
- 32:23revocación
- 32:25bajo el código de de Sonora y algunos
- 32:27otros códigos de los estados. Y entonces
- 32:32eh iniciaba esta maquinaria recursal que
- 32:35provocaba ¿qué? Pues una demora, un
- 32:39retardo en la resolución de los asuntos.
- 32:41se agotaban los periodos probatorios,
- 32:43por supuesto, y entonces esto iba pues
- 32:48complicando resolver con prontitud un
- 32:51asunto. Ahora, Código Nacional nos dice,
- 32:54"No, si las partes estiman que las
- 32:56resoluciones que admiten o desechan, ya
- 32:59aquí no hay vuelta de hoja, antes era si
- 33:02techaron una prueba, pues vete la
- 33:04apelación preventiva."
- 33:05Okay, muy bien. Eh, si admitieron una de
- 33:09tu contrario que te causa gravio,
- 33:10revocación. Y pues ahí vemos, ¿no? Ahora
- 33:13dice, si admitieron o desecharon y les
- 33:16causa agravio, pues hazlo vale en la
- 33:18apelación. ¿Contra cuál? Pues contra la
- 33:20sentencia. Ahorita no está ese sistema
- 33:23recursal, estamos en oralidad. Lo que se
- 33:25busca es agilidad, que los juicios
- 33:28caminen, que no esté ese eh atraso en en
- 33:33los en los juzgados.
- 33:36Bueno, ¿y qué va a pasar en la segunda
- 33:38instancia? pues va a resolver, dice este
- 33:40artículo, con plenitud de jurisdicción
- 33:42sin reenvío. Punto muy interesante.
- 33:46Ahora,
- 33:48eh, bueno, ¿qué más tenemos aquí? La
- 33:50prueba pericial. Esto también nos habla
- 33:53sobre, bueno, es una cosa específica
- 33:55sobre arrendamiento inmobiliario,
- 33:58eh, una limitación al ofrecimiento de la
- 34:02prueba pericial, porque dice, si es una
- 34:04prueba pericial para cuantificar daños,
- 34:06solo será admisible en ejecución de la
- 34:09sentencia, no aquí. No la hagas valer
- 34:12aquí. Lo que necesitamos es que el
- 34:13juicio avance. Muy bien.
- 34:20Esta parte
- 34:22que nos menciona dice, "Los informes que
- 34:24deben rendirse en los juicios deben de
- 34:26ser recabados por la parte interesada."
- 34:29Fabuloso esto también.
- 34:32¿Qué qué pasaba y sigue pasando en donde
- 34:36todavía estas reformas no están vigentes
- 34:41en que las partes ofrecían pues estos
- 34:44famosos informes de autoridad, así
- 34:47literal, informes de autoridad de pues
- 34:49de instituciones de seguridad,
- 34:51instituciones de vivienda,
- 34:54eh algunas otras eh vamos de gobierno
- 34:58y pues mandaban el informe, ¿no? no han
- 35:01contestado, reenvíalo. Y luego lo
- 35:04mandaban y era incompleto y era una
- 35:06promoción con el juez. Oye, pues no está
- 35:08completo, ¿no? Pues que recábalo, que
- 35:10insiste, que esto, que lo otro. Bueno,
- 35:12ahora te dice aquí, ¿no? Tu parte
- 35:15interesada es quien vas a recabar el
- 35:17informe. Ojo, más adelantito vamos a ver
- 35:19unas acotaciones. Bueno, me sigo
- 35:22rapidito.
- 35:24269. Los hechos notorios pues no
- 35:26necesitan ser probados, ya lo
- 35:28platicamos. Dice, "La autoridad puede
- 35:30invocarlos aunque no hayan sido alegados
- 35:32por las partes, pues porque son hechos
- 35:34notorios. Hay esta tesis sobre este
- 35:36punto.
- 35:38Entonces, ¿cuáles son los hechos
- 35:40notorios? Los de conocimiento público,
- 35:43claro y evidente, o sea, que están al
- 35:46alcance.
- 35:47Eso es lo que nos habla los hechos
- 35:48notorios.
- 35:50De ordinario, los hechos notorios son
- 35:54publicaciones que publicaciones en
- 35:57páginas oficiales,
- 35:59por ejemplo, las páginas Linei. Oye,
- 36:02pues queremos saber alguna cuestión de
- 36:05que maneje Inegi datos
- 36:08sobre esos esas temáticas.
- 36:11Entonces, este, pues lo traemos. son de
- 36:13conocimiento público, el índice nacional
- 36:15de precios al consumidor, algunas otras
- 36:18cuestiones y variables, pues eso es lo
- 36:20que lo que se maneja bajo esto, ¿no?
- 36:25Bueno,
- 36:27y se pueden invocar de oficio. Aquí
- 36:30dice, no, acontecimientos públicos,
- 36:32noticias de difusión general,
- 36:33conocimiento general, fechas
- 36:35importantes, etcétera.
- 36:40Artículo 270.
- 36:43Ahora vamos a entrar a la temática de
- 36:46las pruebas,
- 36:49que es, permítanme, voy a abrir mi
- 36:51código porque
- 36:55quiero estar muy bien en sintonía con lo
- 36:57que estamos platicando.
- 37:00Estábamos viendo
- 37:03cuestiones, ¿no? El 270 habla de la
- 37:05inspección, pero seguimos en el capítulo
- 37:07de las pruebas en general.
- 37:10Eh, nos dicen
- 37:14siempre que la posición,
- 37:17perdón, estoy leyendo muy rápidamente.
- 37:23Bueno, este artículo se los traje. que
- 37:28quise traerlos con ustedes porque nos
- 37:31dice, "Cuando una de las partes se
- 37:32oponga a la inspección o reconocimiento
- 37:34ordenado por la autoridad, se detendrán,
- 37:36por cierto, las afirmaciones de la
- 37:37contraparte, salvo prueben contrario." O
- 37:41sea, que aquí hay una cuestión, es una
- 37:43prueba ficta que se llama, ¿no?
- 37:45Entonces, eh lo mismo se hará si no
- 37:48exhibe la inspección. Ah, bueno. ¿Cuál
- 37:49es la novedad aquí, compañeros? Eh,
- 37:51colegas, miren qué pasaba cuando se
- 37:55ofrecía una inspección o reconocimiento.
- 37:57Cuando se ofrece la inspección o
- 37:58reconocimiento, pues se hace eh
- 38:01cumpliendo los puntos sobre los que va a
- 38:04versar. Bueno, pues yo quiero que se
- 38:06inspeccione
- 38:07el el inmueble en el que habita este el
- 38:10el deudor alimentario para que se vea
- 38:13que pues es una en cada casa habitación
- 38:16de dos plantas, tiene determinadas
- 38:20habitaciones con todos los servicios,
- 38:23está en una zona este de gran plusvalía,
- 38:28etcétera, etcétera, pues de de inicio
- 38:31pues paga un predial muy alto, etcétera,
- 38:33etcétera, etcétera. Supongamos que
- 38:34estamos en un juicio de, vamos, de de
- 38:39aumento, ¿no?, de de una pensión
- 38:41alimentaria
- 38:42de alimentos. Bueno, entonces se ofrece
- 38:45esta inspección
- 38:48y nos dice aquí, cuando una de las
- 38:50partes se oponga
- 38:53a la inspección, se tendrán por ciertas
- 38:55las afirmaciones de la contraparte,
- 38:57aunque hay pruebo.
- 39:00Antes que no estaba este esta
- 39:02disposición así de clara, sí se decía
- 39:05por el abogado litigante, se decía, "Ah,
- 39:07¿sabes qué? ofrezco esta inspección por
- 39:10por ejemplo inspección no solo de
- 39:12inmuebles,
- 39:14sino una inspección de documentos, por
- 39:16ejemplo. Ah, y quiero que muestre al
- 39:19momento de la inspección
- 39:21eh lo el archivo o tales documentos,
- 39:24etcétera, etcétera. Estamos hablando que
- 39:26son documentos y archivo de la
- 39:29contraparte. Okay. Entonces dice,
- 39:33"Si no los muestra, decía el abogado,
- 39:35ah, y tenle por cierto lo que lo que yo
- 39:38quiero demostrar, o sea, los puntos.
- 39:40Quiero que se tome en cuenta, vamos a
- 39:43suponer e esto que les digo, la casa
- 39:45habitación que tiene cinco habitaciones
- 39:47de dos plantas, este, pues cisterna y
- 39:51todos los las, vamos, comodidades
- 39:55está en esta zona, etcétera, etcétera.
- 39:57Eh,
- 39:59y con ello quiero demostrar que es una
- 40:02persona solvente, etcétera, etcétera,
- 40:04etcétera. Esta es la consecuencia que ya
- 40:07está en la norma.
- 40:09tú no permites, te opones a la
- 40:12inspección
- 40:14y entonces se va a tener, por cierto, lo
- 40:16que tu contraparte quiera probar. Ojo,
- 40:20compañeros, que habla de inspección, de
- 40:22una oposición de una contraparte.
- 40:24Compañeros, este principio
- 40:27no opera si es una inspección en un
- 40:30archivo oficial, pues ahí no no es
- 40:32porque ahí no hay contraparte, ahí es un
- 40:34archivo oficial, por ejemplo. ¿De
- 40:36acuerdo? Entonces, ya está aquí en la
- 40:39norma.
- 40:41De hecho, aquí lo dice, una de las
- 40:42partes no exhibe el documento, el
- 40:44archivo electrónico que tienen su poder
- 40:48siempre y cuando se acredite que lo
- 40:49tiene en posesión y y correspondan a la
- 40:52naturaleza de los hechos, ¿no? O sea, si
- 40:54ofreces una inspección sobre unos puntos
- 40:57y pretendes que se tengan por
- 40:59reconocidos otras cuestiones que no van
- 41:03en la misma
- 41:05perspectiva de la prueba, ahí no va a
- 41:08operar este reconocimiento
- 41:11tácito o ficto. ¿De acuerdo?
- 41:15Bueno, entonces me avanzo porque vamos
- 41:17con el tiempo.
- 41:22Artículo 271.
- 41:24Aquí nos habla de los terceros obligados
- 41:27a qué? A prestar el auxilio a las
- 41:29autoridades. Dice, "¿Cuál es el auxilio
- 41:33que estas personas terceras están
- 41:36obligadas, ojo con esto, a prestar?"
- 41:40Dice, "En todo tiempo, ¿a qué?
- 41:43a sin demora exhibir documentos,
- 41:47informes, bienes, archivos electrónicos
- 41:50que tengan en su poder, para lo cual
- 41:53pueden requeridos o permitir su
- 41:55inspección. Era lo que yo les comentaba,
- 41:58¿no? Pues que este esta persona trabaja,
- 42:01sigo con el ejemplo de alimentos,
- 42:05de la de la pensión alimentaria.
- 42:08Entonces, eh digo, pues trabaja
- 42:12para esta compañía y tiene este sueldo y
- 42:15la persona pues contesta y dice, "No,
- 42:16no, no gano eso. No es cierto. Este,
- 42:20aquí está mi estado de cuenta, pero pues
- 42:22no es el estado de cuenta de la nómina,
- 42:23trae otro." Entonces la el actor dice,
- 42:27"¿Sabes qué? ofrezco la inspección
- 42:30en
- 42:33la empresa donde trabaja, pues en los
- 42:35documentos referidos a este trabajador.
- 42:38Quiero que se inspeccionen
- 42:40las nóminas, todo lo relativo a este
- 42:44trabajador
- 42:46para poder demostrar el hecho que se
- 42:48está planteando, que tiene otro otro
- 42:52otras percepciones, otros salarios y que
- 42:54por lo tanto la pensión alimentaria debe
- 42:57de aumentarse en razón de la capacidad
- 43:01del deudor. Estamos hablando en algo
- 43:03supuesto. Entonces, la empresa bajo este
- 43:07artículo 271
- 43:09está obligada a prestar ese auxilio,
- 43:12porque de otra manera si dijera, "Oye,
- 43:14pues este pues es mi trabajador, pero
- 43:16pues yo no tengo nada que ver, a mí no
- 43:17me gustan los las litigios, los pleitos,
- 43:21no quiero saber nada y y pues es
- 43:23problema de este señor y ahí se ve."
- 43:27Entonces, eh de qué manera entonces
- 43:31el actor pudiera
- 43:33demostrar su pretensión, pues se
- 43:37quedaría sin la prueba porque la es la
- 43:39contabilidad o son los registros
- 43:41laborales de la empresa, eventualmente
- 43:44puede ser del banco al que se le pide
- 43:46una inspección en la cuenta de esta
- 43:49persona.
- 43:51Entonces,
- 43:53eh pues tiene la facultad, obviamente la
- 43:56el juzgador de eh
- 44:00fijar los apremios más eficaces. Dice,
- 44:04miren qué bonito, dice, "Por los
- 44:06apremios más eficaces." Pues, ¿cuáles
- 44:09son los apremios más eficaces?
- 44:12Eventualmente cuando se trata de estas
- 44:14cuestiones, la multa.
- 44:17Bueno,
- 44:19y después este mismo artículo nos aclara
- 44:24que de esta obligación están exentos
- 44:27quiénes
- 44:28dice aquí, exenciones a la obligación.
- 44:31Están exentos
- 44:33los ascendientes y descendientes, los
- 44:34tutores curadores de niños, niñas, niños
- 44:37y adolescentes,
- 44:39las personas designadas como apoyo para
- 44:41el ejercicio de la capacidad jurídica,
- 44:43pupilos, cónyugues con concubinos y
- 44:45convivientes,
- 44:47sin perjuicio de que alguien manifieste
- 44:49su voluntad de hacerlo. O sea, si yo
- 44:50quisiera eh inspeccionar,
- 44:54no sé, este, documentos, por decir del
- 44:57padre del del señor del deudor
- 45:01alimentario, pues él va a decir, "Ey, si
- 45:04soy un tercero y de entrada del 271 dice
- 45:06que estoy obligado. Ah, caray, pero no,
- 45:09yo caigo dentro de esta exención a esa
- 45:14obligación de prestar auxilio de los
- 45:17terceros."
- 45:19Bueno,
- 45:21testimonio de los menores de edad. Esto
- 45:23estábamos platicando hace ratito sobre
- 45:26el principio de la publicidad que está
- 45:29en en los juicios
- 45:32bajo el código, pero en este caso opera
- 45:34el principio de la privacidad. Aquí nos
- 45:37dice, "Vas a recibir, les decía yo, de
- 45:40la diligencia de escucha de menor,
- 45:42que es una obligación inclusive
- 45:45internacional que al menor de la edad
- 45:48que sea se le debe de escuchar."
- 45:52Okay, está en convención. Entonces, ah,
- 45:55caray, pero ¿cómo le vamos a escuchar?
- 45:56Le vamos a recibir su testimonio? Esto
- 45:58habla de de testimonio, sale que puede
- 46:00ofrecerse como testigo. Yo también estoy
- 46:03haciendo la referencia de la diligencia
- 46:05de escucha de menor, que no eh no es
- 46:09vamos
- 46:12que sea el testigo. Una cosa es que
- 46:13puede ser un menor, un niño, un un
- 46:17adolescente o niña ofrecido como
- 46:20testigo, pero también está el derecho
- 46:25que tiene a ser escuchado. Son dos cosas
- 46:27diferentes, ¿de acuerdo?
- 46:30Pero, ¿qué se aplica aquí? Aunque son
- 46:32dos situaciones diferentes, nos dice que
- 46:35en este tipo de diligencias
- 46:39se va a hacer la recepción de su
- 46:41declaración
- 46:43mediante que de entrada del auxilio de
- 46:46los familiares o de los peritos
- 46:48especializados,
- 46:50esto se hace en unas salas o espacios
- 46:53que estén acordes, que se sienta cómodo,
- 46:57que pueda realmente eh rendir esta
- 47:00declaración.
- 47:01y que no se vea de alguna manera
- 47:04alterado en en sus circunstancias o
- 47:06alterada,
- 47:09eh, y menos cuando se
- 47:12haya alguna circunstancia
- 47:15que se le identifique como una víctima,
- 47:18¿no? Entonces nos dice que en estos
- 47:20casos se va a privilegiar al margen de
- 47:23estos apoyos, estos auxilios de
- 47:25familiares, de peritos, psicólogos,
- 47:28terapeutas,
- 47:30se va a auxiliar de técnicas
- 47:32audiovisuales adecuadas, de entrada
- 47:36comparecer a un a una sala de oralidad,
- 47:40estar un juez, eh, abogados, etcétera,
- 47:43etcétera, pues es un es una situación,
- 47:46vamos, muy difícil. muy complicada para
- 47:50para cualquier persona que no está
- 47:52dentro de este de este ambiente y pues
- 47:55por eso nos nos mandata esto el código.
- 47:59Bueno, les dije que las 3:55, pero creo
- 48:01que les ando engañando. A ver. Ay, no,
- 48:04mentiras.
- 48:05Bueno, sí, vamos a hacer el receso. E,
- 48:09eh, compañeros, colegas, de los 5
- 48:12minutos, por favor. Gracias.
- 1:01:16Continuamos, colegas. Voy a compartir
- 1:01:19presentación.
- 1:01:39A ver, ¿en dónde nos quedamos?
- 1:01:43Creo que estamos atrás.
- 1:01:49Bueno, entonces seguimos con el tema.
- 1:02:01El principio de igualdad de las partes
- 1:02:06en los juicios. Dice,
- 1:02:09"Este principio de igualdad de las
- 1:02:10partes es una manifestación del debido
- 1:02:13proceso
- 1:02:15que exige la existencia de un equilibrio
- 1:02:18procesal entre los contendientes,
- 1:02:21a fin de que se logre
- 1:02:24el desarrollo del juicio en un plano de
- 1:02:28igualdad material, no solo formal.
- 1:02:33Entonces, si hay este equilibrio
- 1:02:36procesal de el cual el juez, el el
- 1:02:42juzgador es el que tiene que estar,
- 1:02:45vamos, eh a cargo de que este principio
- 1:02:50se cumpla. Como vemos en la imagen,
- 1:02:53están los contendientes
- 1:02:56en esta suerte de pie, en esta suerte de
- 1:02:59balanza y la vemos totalmente
- 1:03:03equilibrada. Dice, ¿por qué? Porque si
- 1:03:06hay este plano de igualdad material, de
- 1:03:11este equilibrio procesal, es lo que va a
- 1:03:15posibilitar
- 1:03:17que los litigantes, los contendientes
- 1:03:21participen en condiciones
- 1:03:25equivalentes.
- 1:03:28Entonces, estas condiciones de igualdad
- 1:03:33material en la cuestión probatoria
- 1:03:37viene siendo
- 1:03:40que el juez
- 1:03:42permita
- 1:03:43que las partes desarrollen
- 1:03:47toda la capacidad que tienen, toda la
- 1:03:51facultad que tienen de ofrecer las
- 1:03:54pruebas,
- 1:03:56estando en esta perspectiva
- 1:04:00en la sede judicial de de estar este
- 1:04:05vamos de no recibir pruebas al contrario
- 1:04:09en detrimento
- 1:04:11de la de la contraparte, ¿no? Entonces
- 1:04:14es lo que nos viene mencionando el
- 1:04:17principio de igualdad.
- 1:04:20Ahora,
- 1:04:23bueno, lo de la audiencia preliminar,
- 1:04:25eso no lo vamos a a ver porque creo que
- 1:04:28ya lo vieron lo de las audiencias.
- 1:04:30Voy a ver.
- 1:04:32Carga procesal.
- 1:04:34Ahora, este elemento de la carga
- 1:04:36procesal dice, se define con el poder o
- 1:04:38facultad en sentido amplio de ejecutar
- 1:04:41libremente ciertos actos o adoptar
- 1:04:42cierta conducta prevista en una norma
- 1:04:45para beneficio y en interés propio,
- 1:04:48dice. Okay. ¿Cuáles son los componentes
- 1:04:55ahora? ¿Por qué venimos hablando? ¿Por
- 1:04:58qué estamos por qué les estoy comentando
- 1:04:59esto de la carga de la prueba?
- 1:05:06Porque viene con nuestro tema de la
- 1:05:08carga dinámica de la prueba, compañeros.
- 1:05:15Vamos a ver.
- 1:05:19Y no, que lo niega. Bueno, antes de
- 1:05:22entrar a esto de la carga dinámica de la
- 1:05:24prueba que viene nuestro temario,
- 1:05:26[carraspeo]
- 1:05:30¿cuál es el punto de partida? A ver,
- 1:05:32estamos en pruebas. Okay. ¿Cómo dicen
- 1:05:36nuestros todos los ordenamientos, la
- 1:05:39mayoría de los ordenamientos?
- 1:05:41Me estoy refiriendo a materia civil, a
- 1:05:44materia mercantil, a materia laboral,
- 1:05:47eventualmente administrativa. Bueno, ahí
- 1:05:49entran otras presunciones.
- 1:05:51Vamos a a dejar de lado la materia
- 1:05:54penal. Okay. Pero estas otras materias,
- 1:05:57bueno, el principio
- 1:06:00[carraspeo] eh general o inicial es
- 1:06:04quien afirma está obligado a probar su
- 1:06:08afirmación
- 1:06:09y no quien niegue el hecho. O sea, cada
- 1:06:13una de las partes tiene que demostrar
- 1:06:16sus respectivas proposiciones.
- 1:06:19hecho, colegas, porque ya sabemos que el
- 1:06:22derecho no está sujeto a prueba, salvo
- 1:06:25el que comentamos
- 1:06:27de los usos y costumbres y eventualmente
- 1:06:29algo que tenga que ver con el derecho
- 1:06:32extranjero. ¿Okay? Salvo esas
- 1:06:34excepciones,
- 1:06:36los hechos son los sujetos a prueba.
- 1:06:38Entonces,
- 1:06:40el punto de partida es quien afirma un
- 1:06:43hecho debe demostrarlo.
- 1:06:45Quien niega un hecho no está obligado a
- 1:06:48probarlo. Ah, ¿cuándo sí? Cuando el que
- 1:06:53niega está obligado a probar. Ahí nos
- 1:06:55dice el 264. ¿En qué casos? ¿Cuándo la
- 1:06:58negación envuelva la afirmación expresa
- 1:07:01de un nicho? Ejemplo, [carraspeo]
- 1:07:05están estamos en este ejemplo de
- 1:07:10reclamo de una pensión alimenticia, ¿no?
- 1:07:13Pues este
- 1:07:15hubo un convenio o sin convenio, hubo
- 1:07:17una separación y el la persona, el
- 1:07:21deudor
- 1:07:22este pues no paga no paga las pensión
- 1:07:25alimenticia, la que se comprometió en el
- 1:07:27convenio o a la que tiene el que tiene
- 1:07:29la obligación de solventar.
- 1:07:32Entonces contesta la demanda y dice, "No
- 1:07:37debo pensiones."
- 1:07:40Ahí está la negación. No debo pensiones.
- 1:07:43Y entonces dice,
- 1:07:45"Porque todas las pensiones las depositó
- 1:07:50en una cuenta bancaria a nombre de la
- 1:07:55señora, la mamá del de la niña." Es un
- 1:07:59ejemplo. Entonces, 264.
- 1:08:03Hay una negación, no debo pensiones,
- 1:08:06pero esa negación envuelve la afirmación
- 1:08:08expresa de un hecho. Las deposito en el
- 1:08:10banco en una cuenta a nombre de la
- 1:08:12señora. Tienes que mostrar, corre a tu
- 1:08:15cargo, pues traer la prueba de que estás
- 1:08:19este haciendo el pago pues vía depósito
- 1:08:22bancario. Okay, eso es a lo que refiere
- 1:08:24el 264.
- 1:08:26En la fracción segunda nos habla cuando
- 1:08:27desconoce alguna presunción legal que
- 1:08:30tenga a su favor colitigante, por
- 1:08:32ejemplo, ahí puede ser, bueno, hay
- 1:08:35diferentes eh presunciones, pero por
- 1:08:37ejemplo eh se presume nacido dentro de
- 1:08:40matrimonio, el hijo y pues ahí vienen
- 1:08:43los códigos civiles que dice que si un
- 1:08:46hijo que estaban eh casados estaban en
- 1:08:49matrimonio y la mujer este da luz dentro
- 1:08:52de los 10 meses
- 1:08:55este
- 1:08:58siguientes a la disolución o a la
- 1:09:00separación de las personas. Entonces, se
- 1:09:02presume, hay una presunción legal de que
- 1:09:05es el hijo
- 1:09:07eh de que ese ese bebé, ese niño que
- 1:09:11nació es del del Señor, pues del esposo.
- 1:09:15Entonces, hay una presunción legal.
- 1:09:18Entonces
- 1:09:19ya están divorciados, ya están separados
- 1:09:21y el Señor dice, "No, pues yo no le voy
- 1:09:23a pagar porque no es mi hijo.
- 1:09:25[carraspeo] Niego que sea mi hijo." Ah,
- 1:09:26caray. Pero hay una presunción legal a
- 1:09:28favor. Entonces, tú tienes que mostrar
- 1:09:31que no es tu hijo. Pues, ¿cómo? pues con
- 1:09:34las pruebas conducentes, bueno, la
- 1:09:36prueba de ADN, por ejemplo.
- 1:09:39Y al otro supuesto, cuando la negativa
- 1:09:41fuera elemento constitutivo de la acción
- 1:09:43o de la excepción, o sea, si esa
- 1:09:44negativa ya constituye, eso está en
- 1:09:47función de qué acción o qué excepción
- 1:09:49estés haciendo valer.
- 1:09:51Okay. Bueno, seguimos.
- 1:09:55carga de la prueba. Entonces decimos
- 1:09:58[carraspeo] lo que hablamos de la regla
- 1:10:00general, cada quien tiene que mostrar
- 1:10:01sus respectivas pretensiones. El actor
- 1:10:05demostrar los elementos constitutivos de
- 1:10:07su acción y el demandado probar las
- 1:10:11excepciones y defensas.
- 1:10:14Entonces,
- 1:10:16ahora
- 1:10:19entre otro.
- 1:10:21Ahora vamos a hablar
- 1:10:25si esto es así. Esa es la regla general.
- 1:10:27Okay. Y ya vimos las excepciones.
- 1:10:30Bueno,
- 1:10:33¿de qué va esta cuestión de la carga
- 1:10:36dinámica de la prueba?
- 1:10:39Aquí está. Híjola, dice un montón de
- 1:10:41cosas, pero vamos a sintetizarla.
- 1:10:44Distribución dinámica de las cargas
- 1:10:46probatorias.
- 1:10:48Bueno,
- 1:10:50esto de la carga dinámica de la prueba
- 1:10:53es una teoría del derecho probatorio.
- 1:10:56Colegas,
- 1:10:59¿de qué va?
- 1:11:02Es asignar la carga de probar a la parte
- 1:11:06procesal que se encuentren mejores
- 1:11:09condiciones de hacerlo.
- 1:11:12¿De acuerdo? Entonces, [carraspeo]
- 1:11:14principio general, cada quien demuestra
- 1:11:16sus respectivas proposiciones. El actor,
- 1:11:18pues la acción y el demandado, las
- 1:11:20excepciones y defensas, los hechos
- 1:11:22constitutivos de cada uno, de lo que
- 1:11:25cada uno alegue y por supuesto que sean
- 1:11:27hechos en controversia, colegas, porque
- 1:11:29si es un hecho, pues que no es sujeto de
- 1:11:31contienda, pues ese no va a ser materia
- 1:11:33de prueba y si se ofrece la prueba, pues
- 1:11:35esa prueba va a ser desestimada. Muy
- 1:11:37bien. Entonces, la figura de la carga de
- 1:11:39la de la carga dinámica de la prueba es
- 1:11:43esas esta teoría en el ámbito probatorio
- 1:11:46que dice tu parte, seas actor o seas
- 1:11:50demandado,
- 1:11:51vas a tener la carga. O sea, aquí ya no
- 1:11:53te vas con la regla general de qué tú
- 1:11:56afirmaste, cuál es eh tu pretensión y
- 1:12:01cuál es la oposición del otro o la
- 1:12:04pretensión también este defensa. Vamos,
- 1:12:08aquí ya no se toma en cuenta eso. que se
- 1:12:12tome en cuenta, como dice aquí la la
- 1:12:15diapositiva,
- 1:12:16un uno de los criterios es,
- 1:12:20es, voy a tomar agua un momento.
- 1:12:23[carraspeo]
- 1:12:27Gracias. Ya, disculpen. Uno de los
- 1:12:29criterios es la proximidad de la prueba,
- 1:12:34o sea, la carga dinámica de la prueba
- 1:12:37alude a la parte que está en mejor
- 1:12:41posición para acceder, poseer, producir.
- 1:12:46La prueba es la que la tiene disponible
- 1:12:49a la mano.
- 1:12:51Okay. Entonces, ya esta carga probatoria
- 1:12:57se redistribuye
- 1:13:00[carraspeo] bajo este parámetro de mayor
- 1:13:03facilidad para acreditar el hecho.
- 1:13:08Entonces,
- 1:13:10en este código, en el código nacional,
- 1:13:15la distribución de la carga probatoria
- 1:13:18no responde solo a esa regla.
- 1:13:22la regla clásica, ¿no?, de que el que
- 1:13:24afirma debe de probar,
- 1:13:27sino al criterio en el que el juez puede
- 1:13:30atribuir la carga probatoria al que esté
- 1:13:33en mejor posición
- 1:13:36para demostrar el hecho
- 1:13:40eh litigioso.
- 1:13:42este enfoque de una eh necesidad
- 1:13:47práctica,
- 1:13:48compañeros.
- 1:13:51¿Por qué? A ver, ¿qué pasa con la regla
- 1:13:55antes? El que afirma está, yo afirmo, yo
- 1:13:57pruebo lo que yo estoy afirmando y yo
- 1:13:59pruebo sobre mis defensas y excepciones.
- 1:14:02Pero entonces, ¿para qué implementar
- 1:14:05esto de la carga dinámica, pues
- 1:14:07quedarnos con la otra? funcionaba, que
- 1:14:09cada quien demuestre lo que cada quien
- 1:14:11está alegando. O sea, para qué ir a esta
- 1:14:16figura. Porqueé el código dijo, "Sí, lo
- 1:14:19voy a implementar.
- 1:14:21Es es es oportuno.
- 1:14:26Recordemos que estamos en una materia en
- 1:14:29lo que se busca es una justicia
- 1:14:35material.
- 1:14:37¿Okay? que no sea resolver, que los
- 1:14:39jueces no resuelvan solo con un
- 1:14:42formalismo y que eventualmente los
- 1:14:44juicios se pierdan por una imposibilidad
- 1:14:49probatoria. Entonces, allanar ese camino
- 1:14:54de la imposibilidad probatoria, la
- 1:14:57figura de la carga dinámica de la prueba
- 1:14:59es la que facilita
- 1:15:03que esta carga pues se desplace, ¿no?
- 1:15:07Que hay una posibilidad real de cumplir,
- 1:15:11de cumplir con ¿qué? Pues con la prueba
- 1:15:13de lo de lo que está en controversia.
- 1:15:15¿De acuerdo? Entonces,
- 1:15:19ojo con que si es una carga bajo esta
- 1:15:23figura, la carga dinámica, no es una
- 1:15:26situación que te convierta en algo
- 1:15:29ilimitado, compañeros y compañeras,
- 1:15:32[carraspeo]
- 1:15:33es
- 1:15:35mayor acceso
- 1:15:37a la justicia, la justicia material que
- 1:15:40se busca,
- 1:15:43pero no significa que va a haber una
- 1:15:46suerte de desequilibrio. Eso no se puede
- 1:15:48pasar por alto ni pretender que haya
- 1:15:51ventajas a una parte en detrimento de la
- 1:15:54otra. Lo que se busca es llegar a la
- 1:15:58verdad material por encima de la formal.
- 1:16:01Eso es lo que se busca con esta figura.
- 1:16:07Entonces es un diseño estratégico.
- 1:16:13Bueno, entonces mm
- 1:16:16garantizar el acceso a la justicia y el
- 1:16:18debido proceso. Ya lo mencionamos,
- 1:16:22pues ya eso ya lo mencioné. es la teoría
- 1:16:25del derecho probatorio que se encuentra
- 1:16:27en mejores condiciones,
- 1:16:31mejores condiciones para aprobar,
- 1:16:32mejores condiciones,
- 1:16:34es una construcción pues doctrinal y
- 1:16:36jurisprudencial
- 1:16:39y este
- 1:16:41evitar situaciones de indefensión y
- 1:16:44garantizar una decisión justa y
- 1:16:46razonable.
- 1:16:51mayor.
- 1:16:53Bueno, e,
- 1:16:56¿para qué sirve esto? Ya lo mencioné.
- 1:16:58Facilidad, acceso y capacidad.
- 1:17:02¿En qué supuestos
- 1:17:06quiero mencionarles
- 1:17:09donde el aporte? A ver, voy a ver si lo
- 1:17:11trago más para adelante.
- 1:17:16Bueno, es una es una un cambio clave en
- 1:17:18el proceso. Es uno de los cambios más
- 1:17:21relevantes, de hecho, ¿no? Es buscar
- 1:17:23equilibrar el litigio cuando hay una
- 1:17:25desigualdad real, pues porque y entonces
- 1:17:29si sucede esto,
- 1:17:33¿qué se consigue? que el juez tome una
- 1:17:36decisión basada en la mejor
- 1:17:39reconstrucción posible de los hechos.
- 1:17:42Recordemos que las pruebas, muchas de
- 1:17:44las pruebas
- 1:17:47eh operan sobre ¿qué? Sobre situaciones
- 1:17:49pasadas. Entonces, por eso nos habla de
- 1:17:52una reconstrucción de los hechos. ¿Qué
- 1:17:55sucedió? Entonces, al juez una parte le
- 1:17:58dice una cosa y la otra pues en
- 1:18:00contrario. Por eso hay un litigio y a
- 1:18:03través de las pruebas es que el juez va
- 1:18:05a poder definir
- 1:18:09la situación que se le pone en
- 1:18:13conocimiento.
- 1:18:17Beneficios. Pues ahí dice la igualdad.
- 1:18:20Hm.
- 1:18:22¿Quién tiene los documentos para
- 1:18:24restablecer el equilibrio?
- 1:18:26Bueno, hay unos ejemplos por ahí.
- 1:18:30Quiero traerles, verad, permítanme un
- 1:18:34aquí voy a traerles el criterio,
- 1:18:40mencionarles
- 1:18:42donde la Suprema Corte ya nos nos ha
- 1:18:45traído
- 1:18:49esta
- 1:18:54donde nos habla sobre esto. Un
- 1:18:56segundito, por favor.
- 1:19:02Bueno, eh colegas,
- 1:19:04sería bueno que revisaran si les parece
- 1:19:08y quieren tomar nota, el amparo directo
- 1:19:12en revisión
- 1:19:135505
- 1:19:15de 2017.
- 1:19:18Ahí la entonces primera sala de la
- 1:19:20Suprema Corte
- 1:19:22eh hace mención a esta figura
- 1:19:27[carraspeo] y nos dice precisamente eso,
- 1:19:30¿no?
- 1:19:32La igualdad de las partes en los juicios
- 1:19:35como una manifestación del debido
- 1:19:36proceso, que es lo que estamos
- 1:19:37platicando, en búsqueda de un equilibrio
- 1:19:41procesal entre ellas, a fin de lograr un
- 1:19:44litigio en un plano de igualdad material
- 1:19:47y no solo formal,
- 1:19:49este implica
- 1:19:52que el juzgador se allegue de
- 1:19:55herramientas, herramientas
- 1:19:57correspondientes.
- 1:20:00Entonces,
- 1:20:02sabedores que la carga procesal, ¿qué
- 1:20:04es? Se ha definido, pues, que es un
- 1:20:07poder y que es una facultad. Porque,
- 1:20:09¿por qué se dice, "Oye, pues es que es
- 1:20:11una facultad?" Porque pues es una carga,
- 1:20:14es el débito procesal de de demostrar,
- 1:20:18pero si yo no demuestro, o sea, puedo
- 1:20:20demostrarlo o no. Por eso es una
- 1:20:22facultad, no es como que si yo no traigo
- 1:20:24las pruebas que a mí me corresponden, no
- 1:20:27es que va a ser una cuestión sancionable
- 1:20:31en un momento dado, pues para que se
- 1:20:33diga que es un incumplimiento, por
- 1:20:35ejemplo, alguna determinación judicial,
- 1:20:39sino que el incumplimiento o la
- 1:20:42inobservancia a una carga procesal, una
- 1:20:45carga dentro del procedimiento, alguna
- 1:20:46de los contendientes, la consecuencia
- 1:20:49será pues para él mismo, No, que no pues
- 1:20:52logre demostrar es en el interés propio,
- 1:20:55que las partes cumplen con los débitos
- 1:20:57procesales. Si no, si yo no si no cumplo
- 1:21:02con mi carga de demostrar lo que estoy
- 1:21:05alegando, ¿qué es lo que va a pasar?
- 1:21:08pues va a acarrear consecuencias
- 1:21:09desfavorables para para la parte en
- 1:21:12litigio. Bueno, entonces
- 1:21:16la evolución de esto de la carga de la
- 1:21:18prueba, nos comenta la Suprema Corte en
- 1:21:20este amparo directo en revisión
- 1:21:23es que se ha ha permitido entenderla
- 1:21:26desde dos perspectivas.
- 1:21:28Uno como regla de juicio, dice ahí, ¿no?
- 1:21:33Dada la imposibilidad de emitir una
- 1:21:35sentencia inhibitoria por la falta de
- 1:21:37prueba. O sea, el juez eh colegas,
- 1:21:41evidentemente
- 1:21:44si no hay pruebas, nadie probó nada. Yo
- 1:21:46no probé la acción, ni el otro probó las
- 1:21:48excepciones. ¿Qué es lo que va a pasar
- 1:21:50con ese asunto? Pues nadie probó nada.
- 1:21:52Pues ahí, ¿qué es lo que sucede? Hay una
- 1:21:56insuficiencia probatoria.
- 1:21:58Entonces, pero esa insuficiencia
- 1:22:00probatoria sabemos que no lleva al juez,
- 1:22:04no queda relevado de su obligación de
- 1:22:08dictar un fallo en el sentido que que
- 1:22:10corresponda. Simplemente pues se tiene
- 1:22:13que tomar en cuenta para no hubo una
- 1:22:16prueba sustento de las pretensiones y
- 1:22:18las excepciones, pues esas va a ser la
- 1:22:21consecuencia. Ahora,
- 1:22:25entonces estamos con esta carga dinámica
- 1:22:29que nos dice
- 1:22:31que las nuevas corrientes, las
- 1:22:33corrientes más modernas sobre esta sobre
- 1:22:37este tema dice que hay que aceptar
- 1:22:40criterios flexibles
- 1:22:42en cuanto a la distribución de las
- 1:22:43cargas probatorias.
- 1:22:46¿Y cuál es ese criterio flexible? Pues
- 1:22:49el que tenga más disponible y más fácil
- 1:22:51acceso a la prueba, pues él es el que la
- 1:22:53tiene que traer al juicio. Ahí no se
- 1:22:55vale decir, "Ah, no, pues este, pues yo
- 1:22:57no voy a traer la prueba porque porque
- 1:22:59pues yo no le voy a traer la prueba al
- 1:23:00otro. ¿Cómo le voy a traer la prueba al
- 1:23:03a mi contrario? Pues si yo quiero que
- 1:23:04pierda. si soy el demandado o soy el
- 1:23:08actor, pues no quiero que demuestre la
- 1:23:10oposición que está formulando. Entonces,
- 1:23:12pues pues está como que raro. Sí, pero
- 1:23:15recordemos que estamos en un cambio de
- 1:23:18un paradigma.
- 1:23:20Aquí
- 1:23:22esta figura está pensada
- 1:23:27para precisamente atender esos criterios
- 1:23:30de facilidad de acceso de la capacidad
- 1:23:32probatoria.
- 1:23:33Esto y por qué por qué está en este
- 1:23:37código nacional porque estamos ante
- 1:23:41contextos pues de asimetría, colegas,
- 1:23:44entre las partes.
- 1:23:47Sucede de ordinario
- 1:23:49que uno de los contendientes pues es el
- 1:23:51que tiene la información relevante. Me
- 1:23:54sigo con el ejemplo de la de la, ¿cómo
- 1:23:58se llama?, del aumento de la pensión
- 1:24:00alimentaria.
- 1:24:02Y entonces el el el deudor dice, "No,
- 1:24:05pues este
- 1:24:07pues ya pago pago tal cantidad, no
- 1:24:10procede el aumento porque pues gano poco
- 1:24:14y debo mucho, o sea, no no voy a pagar
- 1:24:16nada, no procede el aumento, me opongo."
- 1:24:19Y entonces,
- 1:24:22¿quién tiene la facilidad
- 1:24:25para traer la prueba y poder dilucidar
- 1:24:29de la mejor manera posible, no en la
- 1:24:31formalidad, sino en lo material,
- 1:24:36para que haya un real acceso a la
- 1:24:39justicia,
- 1:24:41para que esa decisión sea más justa y
- 1:24:45basada en una verdad? ¿Quién es el que
- 1:24:49va a tener esa prueba? Pues en este caso
- 1:24:52el deudor
- 1:24:55en este amparo, en esta sentencia que
- 1:24:57les sugiero que le den una lectura a los
- 1:25:00que aún no la conocen,
- 1:25:04explica la Suprema Corte nos trae estos
- 1:25:08estos ejemplos
- 1:25:10que esta figura, esta teoría, esta
- 1:25:14institución de la carga dinámica a la
- 1:25:16prueba como una solución
- 1:25:20en tratándose de del aspecto probatorio,
- 1:25:26ha tenido, dice un una
- 1:25:30acogida en estos litigios, menciona la
- 1:25:33Suprema Corte, de responsabilidad
- 1:25:36médica, de relaciones de consumo, de
- 1:25:38bullying escolar, en donde es evidente
- 1:25:41qué pues que hay una disparidad entre
- 1:25:44las partes. ¿Qué partes en
- 1:25:46responsabilidad médica? pues el médico
- 1:25:49en las relaciones de consumo, pues el
- 1:25:51proveedor del servicio o del bien, en el
- 1:25:55bullying escolar, pues el el centro
- 1:25:58escolar, ¿fe frente a quiénes? pues al
- 1:26:01paciente, al consumidor y a los niños,
- 1:26:06niñas y adolescentes.
- 1:26:09Y entonces
- 1:26:10esta relación con el acceso y la
- 1:26:12disponibilidad a los elementos de
- 1:26:14convicción necesarios
- 1:26:17para probar los hechos controvertidos,
- 1:26:21ha exigido que los órganos
- 1:26:23jurisdiccionales,
- 1:26:25incluida la Suprema Corte lo menciona,
- 1:26:28de adoptar esta la esta figura pues de
- 1:26:32la carga de la carga probatoria, la
- 1:26:34carga dinámica de la prueba. Hay que
- 1:26:38sanear la desigualdad que existe en la
- 1:26:40realidad,
- 1:26:42¿de acuerdo? Entonces,
- 1:26:44con mediante esta acudiendo
- 1:26:48a esta obligación, compañeros,
- 1:26:52¿de acuerdo? Es una
- 1:26:55ya regla
- 1:26:58en este sistema procesal probatorio en
- 1:27:01nuestros códigos establecidos en busca
- 1:27:04de la eficiencia y la justicia.
- 1:27:08material se convierte en un instrumento
- 1:27:11clave.
- 1:27:13Bueno, compañeros,
- 1:27:15proseguimos.
- 1:27:19Ahora vamos a ver
- 1:27:22algunos aspectos sobre las pruebas en lo
- 1:27:27particular.
- 1:27:30Déjenme ver. Vamos. 275.
- 1:27:33A ver si no ya platicamos sobre este.
- 1:27:41Bueno, este 275 aunque está dentro de
- 1:27:44las pruebas en general,
- 1:27:47nos habla.
- 1:27:49El punto que les quiero destacar es la
- 1:27:51parte final del 275,
- 1:27:54compañeros,
- 1:27:57eh, que nos dice,
- 1:27:59bueno, habla sobre la claridad al
- 1:28:01ofrecer las pruebas que tienes tiene el
- 1:28:04oferente que expresar, cuál es el hecho,
- 1:28:06hechos que pretende probar, declarar,
- 1:28:09[carraspeo] eh citar pues el nombre y el
- 1:28:11domicilio de los testigos, los peritos,
- 1:28:14acompañar y pidiendo la citación de la
- 1:28:17contraparte, pues para para que responda
- 1:28:18el interrogatorio respectivo
- 1:28:21y luego pues que si no cumplen pues
- 1:28:23serán desechadas.
- 1:28:25La parte novedosa
- 1:28:28vamos es esta que dice con la taxativa
- 1:28:31de que no será necesario proporcionar el
- 1:28:33domicilio de testigos cuando las partes
- 1:28:36por sí mismas se comprometan a
- 1:28:38presentarlos.
- 1:28:40Entonces sí tienes que traer el nombre y
- 1:28:42el domicilio, los testigos, pero si te
- 1:28:44tú te comprometes oferente a
- 1:28:46presentarlos, pues ahí no es necesario.
- 1:28:49Okay. Bueno, vamos a seguir.
- 1:28:54Hm.
- 1:28:57Ahora nos vamos al 277
- 1:29:02que nos habla que la que la autoridad en
- 1:29:05la audiencia preliminar admitirá las
- 1:29:06pruebas, ¿no? Y señalará fecha y hora
- 1:29:09para la audiencia de juicio en las que
- 1:29:10se van a recibir oralmente.
- 1:29:15Muy bien. Entonces,
- 1:29:18¿qué es el punto a destacar aquí? a que
- 1:29:21nos dicen
- 1:29:24qué pruebas se van a desahogar en el
- 1:29:25juicio, en la audiencia de juicio. Pues
- 1:29:27las que estén preparadas, pues las que
- 1:29:29no estén preparadas, pues no se van a
- 1:29:30poder recibir.
- 1:29:32Entonces nos habla este artículo que por
- 1:29:34regla general, pues no se va a diferir
- 1:29:36si no están si no están preparadas las
- 1:29:38pruebas,
- 1:29:42a menos de que de que esta situación de
- 1:29:44la falta de preparación pues no sea
- 1:29:46imputable a la propia oferente. Entonces
- 1:29:48nos dice que se va a señalar en el menor
- 1:29:51tiempo posible nueva fecha.
- 1:29:54Ahora,
- 1:29:56lo novedoso para mí en este 277, estamos
- 1:29:59hablando de la de la prueba de testigos,
- 1:30:02la testimonial, nos habla si en la
- 1:30:06siguiente ocasión no se encuentra
- 1:30:07debidamente preparada la prueba, en su
- 1:30:08caso no se puede hacer comparecer el
- 1:30:09testigo respectivo en la nueva fecha, se
- 1:30:11dejará de recibir la prueba o
- 1:30:13testimonio. Ya no hay más ocasión.
- 1:30:16Ocurre, compañeros,
- 1:30:18que la demora en los juicios muchas
- 1:30:21veces sucede por esta cuestión del
- 1:30:24desahogo de las pruebas.
- 1:30:28Si hay un compromiso de presentar a los
- 1:30:29testigos y no los presenta, ¿qué es lo
- 1:30:33que pasa? ¿Qué es lo que vemos en los
- 1:30:34juicios? pues que se va a recibir la
- 1:30:36testimonial y traen una un justificante
- 1:30:40médico, ¿no? está enfermo el testigo,
- 1:30:42pues no puede venir y aquí está el
- 1:30:43comprobante y ofrezco la ratificación
- 1:30:45del del
- 1:30:47comprobante médico que pues que ahí
- 1:30:49viene que es oficial o es un perito
- 1:30:51privado, pero pues lo estoy ofreciendo y
- 1:30:54pues se le tome en cuenta eso cuando se
- 1:30:57comprometió, cuando solicita su citación
- 1:31:01por medio de la autoridad
- 1:31:02jurisdiccional, pues ahí todavía es una
- 1:31:07cuestión
- 1:31:09que provoca que los juicios se alarguen
- 1:31:11y se alarguen y se alarguen porque los
- 1:31:13testigos no se presentan.
- 1:31:17Okay, entonces aquí ya está poniendo el
- 1:31:23énfasis el 277 y dice si en la siguiente
- 1:31:26ocasión, o sea, hay una ocasión que va a
- 1:31:29señalar nueva fecha, pero en la
- 1:31:31siguiente ya no está preparada o no
- 1:31:32puede comparecer el testigo aquí ya no
- 1:31:35está haciendo una distinción si no
- 1:31:36comparece porque está enfermo, si se fue
- 1:31:38al extranjero, si anda si se casó y anda
- 1:31:40de vacaciones o lo que sea, ya no quiere
- 1:31:43averiguar, se va a dejar de recibir la
- 1:31:46prueba. Arriba.
- 1:31:48Ahora
- 1:31:50me paso al 282,
- 1:31:53compañeros.
- 1:31:55Este 282
- 1:31:58hm
- 1:31:59nos está mencionando, estamos en
- 1:32:01testimonial. Okay. Nos dice
- 1:32:08la que se indiquen el nombre y domicilio
- 1:32:10de los testigos que han de ser
- 1:32:12examinados cuando la parte que los
- 1:32:14ofrezca no se haya comprometido a
- 1:32:16presentarlos, porque si se comprometió
- 1:32:17pues ya no van a ser citados por medio
- 1:32:19del órgano jurisdiccional. ¿Okay?
- 1:32:22Entonces
- 1:32:24dice parte final, la autoridad
- 1:32:26jurisdiccional al calificar la
- 1:32:27admisibilidad de las pruebas determinará
- 1:32:28el monto de la cantidad que el
- 1:32:29interesado debe de depositar como multa
- 1:32:31en caso de no rendirse la prueba, que no
- 1:32:33podrá ser superior al a 120 veces el
- 1:32:37valor diario de la unidad de medida de
- 1:32:40autorización vigente al momento de
- 1:32:42suposición. Sin este depósito no será el
- 1:32:44señalamiento para la recepción de la
- 1:32:45prueba que no sé qué, no sé qué. Okay,
- 1:32:47aquí nos está eh está imponiendo ya una
- 1:32:53sanción, una multa para en caso de no
- 1:32:56rendirse la prueba, porque a veces
- 1:33:00colegas se ofrecen pruebas que ya
- 1:33:04sabemos que no, bueno, saben las partes
- 1:33:06que no van a probar nada, simplemente
- 1:33:09son tácticas dilatorias. Entonces,
- 1:33:12cuando hay un impacto sobre una multa
- 1:33:16pecuniaria, o sea, ¿qué quiere decir un
- 1:33:18impacto en el bolsillo? Lo está poniendo
- 1:33:21aquí el código, es para que ya lo
- 1:33:23piensen tres veces. Si quieren ofrecer
- 1:33:25testigos
- 1:33:27que saben que no van a ser eficaces para
- 1:33:31demostrar lo que supuestamente pretende.
- 1:33:35Entonces, estás ofreciendo pruebas que
- 1:33:39no son conducentes o no son pertinentes.
- 1:33:44¿Qué va a pasar?
- 1:33:45Pues que si no vienen, esto no es porque
- 1:33:49no sirva la prueba, esto quiere, esto es
- 1:33:51porque voy a, dice el juzgador va a
- 1:33:54calificar la prueba. Okay. Al calificar
- 1:33:58la admisibilidad dice, deberá de de
- 1:34:01depositar como multa en caso de no
- 1:34:03rendirse la prueba. ¿Qué quiere decir no
- 1:34:06rendirse? Pues no vinieron los testigos
- 1:34:07nunca. Entonces, ah, pues no vino. ¿Y
- 1:34:11qué nos dice el 277?
- 1:34:14Te doy una oportunidad. Ya si la segunda
- 1:34:16no viene,
- 1:34:18no se encuentra debidamente preparada o
- 1:34:21no se o no se puede hacer comparecer al
- 1:34:22testigo porque ya está renuente porque
- 1:34:24como les digo, pues se fue de
- 1:34:25vacaciones, se casó, anda luna de miel o
- 1:34:28en un crucero por el Caribe o lo que
- 1:34:29sea. La razón que sea, pues va a ver
- 1:34:33esta situación de la multa, buscar
- 1:34:35agilizar el proceso.
- 1:34:39Me sigo con los temas que que quiero
- 1:34:43destacarles.
- 1:34:46Este
- 1:34:49sobre la testimonial pues está el 292
- 1:34:51también que si las partes pues se
- 1:34:54comprometen, pero también pueden ser
- 1:34:55auxiliados para que se presenten a la
- 1:34:57audiencia respectiva.
- 1:35:02El 293
- 1:35:05nos habla. Esta es una disposición
- 1:35:07también muy importante.
- 1:35:10¿Qué pasa si pidió si solicitó el
- 1:35:14auxilio en la presentación del testigo a
- 1:35:16la audiencia? O sea, eso del auxilio, la
- 1:35:18solicitud que se presenten mediante el
- 1:35:21órgano jurisdiccional alude pues a los
- 1:35:23llamados por la por la doctrina, los
- 1:35:25testigos hostiles. ¿De acuerdo?
- 1:35:27Entonces, oye, pues estoy ofreciendo
- 1:35:29como testigo pues al compadre que es
- 1:35:32amigo del deudor, pues es el compadre y
- 1:35:34amigo del deudor alimentario o su vecino
- 1:35:37o no sé, alguna cuestión que esté ligada
- 1:35:41o sus empleados.
- 1:35:43Entonces, pues no los puedo presentar.
- 1:35:45Yo no me puedo la parte no se puede
- 1:35:47obligar la contraria a presentarlos.
- 1:35:48Entonces, son los llamados testigos
- 1:35:50hostiles o que de antemano dicen, "Yo no
- 1:35:51voy a comparecer porque yo no quiero
- 1:35:53pleitos. Yo soy la comadre, me llevo muy
- 1:35:56bien con los dos, no quiero pleitos por
- 1:35:57ninguno. Bueno, pues en ese caso son
- 1:36:00testigos hostiles y solicito que se que
- 1:36:02se diten con auxilio jurisdiccional.
- 1:36:04Bueno, entonces 292 nos habla
- 1:36:09cuando es razonable y justificadamente
- 1:36:11que estén imposibilitados, pues para
- 1:36:13traerlos al juicio, para presentarlos,
- 1:36:16debe de haber una manifestación bajo
- 1:36:17protesta de decir verdad.
- 1:36:20Esto, ojo con esto. Si nada más dice,
- 1:36:23"Vengo a ofrecer los testigos y pido que
- 1:36:26se citen. Ah, caray. Y no manifiesto
- 1:36:29bajo protesta de decir verdad. No vamos
- 1:36:32a pasar por alto esta situación,
- 1:36:34compañeros. Okay, debe de existir una
- 1:36:37manifestación bajo potesta de verdad que
- 1:36:40no los puedo presentar.
- 1:36:42Siguiente.
- 1:36:44Son circunstancias, ¿por qué no los
- 1:36:45puedes presentar? Oye, pues es mi
- 1:36:47compadre, es el vecino, es su amigo, es
- 1:36:49su no sé qué con es con el que juega
- 1:36:52tenis o es su compañero de maratón o lo
- 1:36:56que sea. Esas circunstancias van a ser
- 1:36:58calificadas por la autoridad
- 1:37:02para resolver o decidir
- 1:37:07si lo cita.
- 1:37:10¿De acuerdo? Y esa citación
- 1:37:13va con un apercibimiento. Dice aquí que
- 1:37:15en caso de desobediencia se impondrá la
- 1:37:17persona testigo, el medio de premio de
- 1:37:20apremio que considere la autoridad.
- 1:37:23Dice, "Y que garantice la pronta
- 1:37:24resolución." Me encanta esta frase, no
- 1:37:27hay que perderla de vista. Que
- 1:37:29garantice, o sea, superfabuloso. ¿Por
- 1:37:32qué les hago este énfasis en esta parte
- 1:37:34fabulosa? A ver, los medios de apremio,
- 1:37:38compañeros,
- 1:37:40pues hay una gradualidad, ¿no? Todo,
- 1:37:42todos lo sabemos, lo estudiamos. ¿Con
- 1:37:44qué empezamos? No, pues con la
- 1:37:46amonestación,
- 1:37:48eh, pues con la combinación, que son los
- 1:37:50más este pues iniciales, los de menos
- 1:37:53este gravosos y ya luego empezamos pues
- 1:37:57con una multa
- 1:37:59y luego pues con una doble multa,
- 1:38:02luego pues con la comparecencia con con
- 1:38:05mediante la fuerza pública,
- 1:38:07eventualmente el más este por así
- 1:38:10decirlo, eh intenso, si me permiten
- 1:38:15expresión, pues sería la el arresto, que
- 1:38:18no hay una desobediencia, una
- 1:38:21resistencia acatar la la decisión
- 1:38:26o el mandato del del juzgador. Pero lo
- 1:38:29nos dice fabulosamente.
- 1:38:32La autoridad jurisdiccional ordenará la
- 1:38:34citación con el apercibimiento que en
- 1:38:35caso de desobediencia se le impondrá a
- 1:38:37la persona testigo, el medio de premio
- 1:38:39que considere. Ah, caray, qué padre.
- 1:38:41Claro, claro, claro que no. pues una
- 1:38:43cuestión de un ejercicio arbitrario de
- 1:38:45la facultad, colegas, eso no lo vamos a
- 1:38:48pasar por alto, pero fabulosamente dice
- 1:38:51y que garantice la pronta resolución del
- 1:38:53juicio. Yo sí lo convino. Le digo,
- 1:38:55"Testigo, ven y te conmino para que
- 1:38:58asistas.
- 1:38:59Y entonces, ¿me [carraspeo] puedo ir?
- 1:39:02Quiero que se resuelva rápido porque
- 1:39:04estamos en oralidad.
- 1:39:06Tengo que cumplir con este mandato de la
- 1:39:09lo pronto, pronta resolución del juicio,
- 1:39:11pues de una vez le voy a a conminar, lo
- 1:39:14voy a citar con el apercibimiento de
- 1:39:17arresto.
- 1:39:18¿Me puedo ir hasta allá? ¿Sí o no? ¿Cómo
- 1:39:21la ven ustedes? Bueno, ya les sembré una
- 1:39:25duda. Si no la tenían, lo platicaremos
- 1:39:27posteriormente.
- 1:39:29Bueno, prosigo. Mm,
- 1:39:35luego el 293 nos dice, ahí nos está
- 1:39:37dando la pista, la prueba se declarará
- 1:39:40declarará desierta si aplicado el uso de
- 1:39:43la fuerza pública no se logra presentar
- 1:39:45los testigos.
- 1:39:47fabulosamente la parte siguiente también
- 1:39:51cuando haya señalado un domicilio que
- 1:39:53resulta inexacto, ojo, inexacto, no
- 1:39:57existe, o que solicitaste
- 1:40:01la citación con el propósito de retardar
- 1:40:05el procedimiento.
- 1:40:07Híjole, maravilloso. Ya hay
- 1:40:08jurisprudencia de la corte sobre
- 1:40:10temática laboral que habla sobre esto.
- 1:40:13La autoridad tiene, la autoridad laboral
- 1:40:16tiene que analizar si esos testigos son
- 1:40:21mediante
- 1:40:23que se piden su citación. Okay, estamos
- 1:40:25en ese supuesto. Han sido solo una eh
- 1:40:29vamos práctica dilatoria, o sea, no te
- 1:40:32interesan los testigos, ya sabes que no
- 1:40:33van a demostrar nada o nunca van a venir
- 1:40:35porque no existen. Entonces en
- 1:40:37colegiado, por ejemplo, tenemos
- 1:40:39expedientes
- 1:40:41que han ido y venido al amparo en varias
- 1:40:43ocasiones y en y de verdad, de verdad en
- 1:40:46el tema de las juntas,
- 1:40:48¿no? por este pues hablar este un
- 1:40:51poquito de de las de los compañeros de
- 1:40:53las juntas, pero pasa que pues que van y
- 1:40:57lo citan, ¿no? Pues que no encuentro la
- 1:40:58calle este, no sé,
- 1:41:01cerrada de la capilla tal entre,
- 1:41:06no sé, entre
- 1:41:08las flores y violetas. Ah, no, pues el
- 1:41:12número 25 de cerrar la capilla no está.
- 1:41:16Entonces, no, aquí nos está diciendo
- 1:41:18este artículo si resulta inexacto o no
- 1:41:21existe, o sea, te equivocaste, es un
- 1:41:22domicilio que no es o no existe.
- 1:41:27O bien, o sea, son tres cuestiones
- 1:41:30o con el propósito de retardar se te
- 1:41:33declara des cierta. Okay, voy a
- 1:41:35apresurarme porque estamos sobre el
- 1:41:37tiempo y no quiero dejar de tocar un
- 1:41:39tema sobre esto que estamos en prueba
- 1:41:42rapidito
- 1:41:44de la declaración de parte propia y
- 1:41:47contraria, compañeros, esta sí que es
- 1:41:49una innovación,
- 1:41:52que es materia de de pues de
- 1:41:54reflexionarlo, de estudiarlo. Yo sí los
- 1:41:56invito que a que leamos sobre este punto
- 1:41:59[carraspeo]
- 1:42:00porque es que ay, déjenme avanzar aquí,
- 1:42:02ya no avancé. requisito de otorgar 282.
- 1:42:06Igual la presentación va a quedar a
- 1:42:08disposición de la escuela eh nacional
- 1:42:11federal para nacional para este, ¿cómo
- 1:42:13se llama?
- 1:42:15Para que lo tengan a la mano si es de su
- 1:42:19interés la Escuela Nacional.
- 1:42:22Bueno, este esta prueba no quiero que se
- 1:42:25me vaya el tiempo sin platicar sobre
- 1:42:27esta prueba. 284 compañeros.
- 1:42:31la declaración de parte propia y
- 1:42:34contraria, porque desde mi óptica con
- 1:42:36esto estamos pues este
- 1:42:40vamos dando una vuelta tuerca, si me
- 1:42:43permiten la expresión
- 1:42:46a la cuestión
- 1:42:48eh
- 1:42:50de recibir la declaración de las partes.
- 1:42:54A ver,
- 1:42:56¿qué quiero decir con esto? que ya no
- 1:42:59está la prueba confesional, estamos de
- 1:43:02acuerdo como tal, ¿no? Reglamentada.
- 1:43:04Bueno, entonces nos está hablando de la
- 1:43:07declaración propia y contraria.
- 1:43:11Si nos vamos a la exposición de motivos
- 1:43:14de la reforma o de lo que se ha hablado
- 1:43:17sobre este tema, eh realmente así no no
- 1:43:22he encontrado yo mucho que podamos
- 1:43:25decir.
- 1:43:28Entonces
- 1:43:31nos han dicho
- 1:43:33si se habla como esta declaración
- 1:43:36eh de parte propia habla que hay una
- 1:43:40declaración voluntaria, ¿de acuerdo? Que
- 1:43:42se puede ofrecer voluntaria y obviamente
- 1:43:45pues también a cargo de la contraria, o
- 1:43:46sea, pueden citarte la contraria, pedir
- 1:43:49que tú declares y eso alude, hace como
- 1:43:53que una alusión a la prueba confesional.
- 1:43:55Y entonces dicen, al hacer este cambio,
- 1:43:58no solo en una denominación, sino en una
- 1:44:00forma del ofrecimiento,
- 1:44:03de la valoración de todo esto, es lograr
- 1:44:08esto que se está buscando de privilegiar
- 1:44:11la verdad material sobre la formal. ¿Por
- 1:44:14qué, compañeros? Porque cuando se estaba
- 1:44:17con la prueba confesional,
- 1:44:20recordemos que se ofrecía o se sigue
- 1:44:23ofreciendo bajo esas cláusulas,
- 1:44:26recordemos, muy muy cerradas,
- 1:44:30eh, que así si así se debía ofrecer de
- 1:44:33que diga si es cierto como lo es,
- 1:44:36tal,
- 1:44:38¿verdad? diga cierto como lo es, que se
- 1:44:40abstuvo de pagar la pensión alimenticia
- 1:44:43durante todo el 2025.
- 1:44:48Esa fórmula cerrada a las posiciones en
- 1:44:52la confesional
- 1:44:55es una justificación que ahora dicen,
- 1:44:57"Ah, porque además de hacer una fórmula
- 1:44:59cerrada, ¿cómo debían de ser las
- 1:45:01respuestas en confesional?
- 1:45:03Tenían que ser, dice, de manera
- 1:45:06categórica." ¿Se acuerdan que tenían que
- 1:45:08decir sí o no? No había cabida para un
- 1:45:14no sé, no me acuerdo porque entonces
- 1:45:16este pues no estabas respondiendo
- 1:45:20absolvente de manera categórica. Tienes
- 1:45:23que responder con un sí o un no.
- 1:45:25Evidentemente las posiciones calificadas
- 1:45:27de legales y procedentes
- 1:45:30y podrías agregar lo que quisieras. diga
- 1:45:33si cierto como lo es, que se abstuvo de
- 1:45:36pagar la pensión alimenticia durante el
- 1:45:38año 2025 y la persona contesta, "No."
- 1:45:42Y ya podría decir, "Ah, no, [carraspeo]
- 1:45:44porque lo he depositado en la cuenta
- 1:45:47bancaria, etc., etc." Podría agregarlo.
- 1:45:49Ah, caray. Pero, ¿qué pasaba pues con
- 1:45:51esas pruebas confesionales en todas las
- 1:45:54materias que me ha tocado ver a mí? en
- 1:45:57todas, absolutamente en todas, pues que
- 1:45:59va la persona sin sin apoyo de la parte
- 1:46:02técnica, o sea, su abogado, es el propio
- 1:46:05la propia parte material. Entonces, era
- 1:46:07como que decir, "¿Y qué voy a hacer?
- 1:46:08¿Qué voy a responder?" Pues mira, pues
- 1:46:11ante la duda di no, porque así no te va
- 1:46:15a perjudicar. Entonces, a veces pasaban
- 1:46:18absurdos que le preguntaban, diga, "Sí,
- 1:46:21cierto, como lo es, que el último día
- 1:46:23que usted recibió la pensión fue el
- 1:46:29el 30 de abril del 2025 y la persona
- 1:46:32decía, "No, pero resulta que eso chocaba
- 1:46:34con lo que estaba diciendo en sus en su
- 1:46:35demanda." ¿De acuerdo?
- 1:46:38Entonces,
- 1:46:40en resumen o en suma,
- 1:46:43las confesionales no aportaban mayor
- 1:46:47elementos probatorios, no aportaban
- 1:46:50porque cada una se sostenía en su propia
- 1:46:52posición y decía, "No, no, no." Ya como
- 1:46:54sistema, como algo muy robotizado
- 1:46:58de no, no, no. y a veces hasta en contra
- 1:47:01de lo que de lo que se decía en la
- 1:47:03demanda y luego tocaba decir, "Ah,
- 1:47:05caray, pues las posiciones, lo que se
- 1:47:08diga en las posiciones, pues hacen
- 1:47:09prueba en tu contra." Bueno, entonces
- 1:47:11ahora dijeron, "No, el código nos dice
- 1:47:14ya no más confesional, va a ser una
- 1:47:16declaración propia y de la y de este,
- 1:47:20¿cómo se llama? Voluntaria.
- 1:47:23Eh, y entonces va a ser un
- 1:47:24interrogatorio,
- 1:47:26un interrogatorio que ya es que ya es
- 1:47:28libre, que no está cerrado, que no va a
- 1:47:30estar con estas cláusulas de que diga si
- 1:47:33cierto como lo es.
- 1:47:35Este y y solo tienes que contestar en el
- 1:47:40sí, en el no. O sea, la la cláusula
- 1:47:44categórica ahora es una una contestación
- 1:47:47libre, pero ¿qué es lo lo que da la
- 1:47:50vuelta de tuerca? que digo yo es una
- 1:47:54declaración que yo puedo ofrecer, bueno,
- 1:47:57el actor puede ofrecer la prueba de
- 1:48:00declaración voluntaria de parte propia,
- 1:48:02no es la otra, la de la contraria porque
- 1:48:04esa pues es el equivalente a la famosa
- 1:48:06declaración de parte que ya existen
- 1:48:08algunos e codificaciones como
- 1:48:12declaración de parte, o sea,
- 1:48:14independientemente de la confesional.
- 1:48:16Okay, eso ya estaba. Ahora, esta
- 1:48:19posibilidad de ofrecer la declaración
- 1:48:22voluntaria de parte propia
- 1:48:25es esta situación de que
- 1:48:30estamos ante una prueba de uno mismo, o
- 1:48:33sea, uno mismo va a traer una prueba a
- 1:48:37de su propio testimonio, pues. ¿De
- 1:48:39acuerdo? Entonces podemos verlo con una
- 1:48:43cierta reticencia
- 1:48:46porque la concepción que tenemos es que
- 1:48:49nadie configura pruebas a su favor.
- 1:48:54Me regreso. Si estamos hablando de una
- 1:48:57confesional,
- 1:48:58es una prueba que se va a desahogar,
- 1:49:01¿okay? son de las de desahogo posterior.
- 1:49:03Entonces, se va a desahogar
- 1:49:04posteriormente. Y si yo lo ofrezco de mí
- 1:49:06mismo, o sea, la parte del actor lo
- 1:49:08ofrece de sí mismo, hay como esta
- 1:49:10cuestión que podemos pensar que hay un
- 1:49:13choque, un cambio en cuanto a lo que
- 1:49:16tendemos, lo que lo que tenemos, que
- 1:49:19nadie hace prueba sobre sí mismo. De
- 1:49:22hecho, por ejemplo, la confesional pues
- 1:49:24no se podría ofrecer porque decía, "Te
- 1:49:26voy a tomar en cuenta lo que te
- 1:49:28perjudica, pero no que no lo que te
- 1:49:30beneficia. Ah, caray. Y ahora yo puedo
- 1:49:32ofrecer una declaración voluntaria de mí
- 1:49:33mismo, de mi parte propia. Y entonces,
- 1:49:36¿qué pasa con esto que tenemos
- 1:49:38identificado?
- 1:49:40Que no que no puedos desahogar pruebas
- 1:49:44con confeccionar, por así decirlo, una
- 1:49:46prueba. Entonces, sí, yo los invito a
- 1:49:50reflexionar sobre esto. Obviamente no
- 1:49:52estoy en contra de esta situación.
- 1:49:55Vamos a pensarlo bajo el paradigma que
- 1:49:58es una regla a la búsqueda de la mejor
- 1:50:00evidencia. ¿Quién tiene la mejor
- 1:50:03evidencia sobre los hechos en litigio?
- 1:50:05Pues las propias partes. Entonces, pues
- 1:50:07es es conveniente escucharlos. y la el
- 1:50:11peligro de una o la sospecha que se
- 1:50:14pueda tener, un comportamiento desleal
- 1:50:17que, o sea, que pueda comprometer la
- 1:50:20confianza en esta declaración, pues creo
- 1:50:23que se supera, ¿no? desde mi óptica se
- 1:50:26se supera
- 1:50:29bajo esta situación de extender
- 1:50:33el el
- 1:50:35ámbito probatorio, pues los esfuerzos
- 1:50:38van encaminados a eso, ¿no? A abonar
- 1:50:42a esto, este principio de la libertad de
- 1:50:46la prueba, ¿de acuerdo? Entonces, me
- 1:50:48quedan casi nada de los nanosegundos,
- 1:50:51digo, eh, hay mucho que conversar.
- 1:50:55Voy a por favor eh comentar finalmente
- 1:51:00rapidísimo
- 1:51:02sobre el tema de la pues declaración
- 1:51:06testigos. Está muy maravilloso. A ver,
- 1:51:09es que la verdad es un mundo,
- 1:51:11compañeros. Hm. Esto,
- 1:51:16bueno, la perspectiva de derechos
- 1:51:17humanos en la valoración
- 1:51:20es este enfoque, ¿no? Que sitúa como
- 1:51:22protagonista. Hay que darle este realce
- 1:51:25a la dignidad humana, pues es poner en
- 1:51:27el centro a la persona que todo vaya
- 1:51:30encaminado a esto, pues a a la a la
- 1:51:35cumplir con este estado de derecho o
- 1:51:39garante de derechos. ¿De acuerdo?
- 1:51:42Entonces, e bueno, que búscale lo que ya
- 1:51:46lo que dije anteriormente, la igualdad,
- 1:51:48la justicia, la no discriminación.
- 1:51:53Mm.
- 1:51:54Y quiero hablarles de la fundamentación
- 1:51:56en lo que ya me queda.
- 1:51:59Pues en el C 167 nos habla pues que son
- 1:52:03los autos. Ya hay una clasificación ahí
- 1:52:05de provisionales preparatorios
- 1:52:06definitivos, cuáles son las intencias
- 1:52:09interlocutorias, las definitivas, pues
- 1:52:10ya lo sabemos, la que resuelve el fondo.
- 1:52:12¿De qué va este último tema de la
- 1:52:15fundamentación y motivación?
- 1:52:17Superfabuloso.
- 1:52:20¿Qué es lo que debe buscar o lo que debe
- 1:52:23cumplir
- 1:52:25la autoridad al dictar una sentencia?
- 1:52:28Entonces,
- 1:52:31hay que revisar el 169 y el 170, por
- 1:52:35favor, colegas.
- 1:52:37E el 169
- 1:52:40mandata que todas las resoluciones estas
- 1:52:44que están en el 167
- 1:52:46e vamos muy bien reflejadas dice que
- 1:52:50deben de ser dictadas, o sea, ya sea un
- 1:52:53decreto, un auto provisional,
- 1:52:55preparatorio, los definitivos, las
- 1:52:56interlocutorias o las definitivas
- 1:52:58con plena autonomía de la independencia
- 1:53:01judicial. Entonces, estrictamente dice,
- 1:53:04"Deben de ser claras, deben de ser
- 1:53:06precisas, deben de ser congruentes."
- 1:53:08Aquí está mencionando todos esos
- 1:53:10principios
- 1:53:13que de ordinario sí los vemos, pues,
- 1:53:15pero ahora están muy explicitados
- 1:53:19en cuanto a una claridad, o sea, de no
- 1:53:22resolver más allá de lo que hayan
- 1:53:23pedido, pues por supuesto que estamos
- 1:53:25aludiendo al principio de congruencia en
- 1:53:27sus dos facetas o vertientes, la interna
- 1:53:30o la externa, o sea, que no tenga
- 1:53:31contradicciones en sí misma, la interna
- 1:53:33y la externa, que no resuelva más allá
- 1:53:36de lo pedido o dejando de lado
- 1:53:39cuestiones que se hayan discutido en el
- 1:53:41en el en el juicio, ¿no? Entonces, y el
- 1:53:45170
- 1:53:47nos habla de este último tema de fundar
- 1:53:49y motivar, porque así lo dice, las
- 1:53:53sentencias
- 1:53:55deben tener todos los requisitos, ¿no?
- 1:53:57¿Qué lugar, qué fecha, qué nombre de la
- 1:53:58autoridad, los contendientes, el objeto
- 1:54:00del pleito? Y luego dice, "La autoridad
- 1:54:03debe fundar y motivar su resolución. ¿En
- 1:54:07qué?" Pues en los preceptos legales
- 1:54:09aplicables,
- 1:54:11en su interpretación o en los principios
- 1:54:13jurídicos de acuerdo al 141 de la carta
- 1:54:17magna. Ojo con el segundo párrafo, el
- 1:54:20170, colegas, que cuando nos habla de
- 1:54:24los pueblos originarios, también hay una
- 1:54:29eh remisiones presa a fundar las
- 1:54:32resoluciones en el derecho y en y
- 1:54:36eventualmente, como vimos allá, en sus
- 1:54:38usos y costumbres y pues en los formatos
- 1:54:41accesibles cuando se trate de personas
- 1:54:44con discapacidad. Ahora, esto fundar y
- 1:54:48motivar, ya sabemos, la Corte lo ha
- 1:54:50dicho en numerosos eh criterios,
- 1:54:54que debe de estar debe de estar
- 1:54:57suficientemente fundada y motivado. ¿Qué
- 1:54:59es fundar? Dice, pues es expresar el
- 1:55:01precepto, la disposición
- 1:55:04exactamente aplicable al caso y motivar,
- 1:55:07pues, dar las razones. Las razones de
- 1:55:09qué, de que por qué el caso se ajusta a
- 1:55:13esa hipótesis normativa y por qué
- 1:55:15resuelves en un sentido y en el otro.
- 1:55:18Tiene que haber esta adecuación entre
- 1:55:20los motivos que se dan y los fundamentos
- 1:55:23aplicables que configuren la hipótesis
- 1:55:25normativa. Hay que dar razones.
- 1:55:29Entonces, 170, no se nos olvide. Fundar
- 1:55:32y motivar, compañeros, no solo es
- 1:55:34expresar el precepto, ya nos dice,
- 1:55:38también es interpretar y dar principios
- 1:55:41jurídicos. Porque, ¿qué pasa en los
- 1:55:42casos de que no hay una hipótesis
- 1:55:44normativa exactamente aplicable al caso,
- 1:55:46no la hay? No hay una interpretación que
- 1:55:48ya esté por Suprema Corte, por Corte
- 1:55:50Interamericana, no la hay. Ah, caray, no
- 1:55:52puedes dejar de resolver. El juez no
- 1:55:55puede dejar de resolver ante la ausencia
- 1:55:57de un dispositivo, de una norma
- 1:56:00específica. Porque entonces dice, "Vas a
- 1:56:03acudir a los principios generales, pero
- 1:56:06tú tienes que resolver de esa manera
- 1:56:09independiente, clara, precisa,
- 1:56:11congruente, integral, en completitud,
- 1:56:14para que garantices, para que cumplas
- 1:56:17con una tutela judicial completa,
- 1:56:20efectiva.
- 1:56:22Por último, si quieren tomar nota o
- 1:56:25igual lo pongo ahí en la escuela
- 1:56:26judicial, algunas tesis que conviene
- 1:56:31revisar de la décima época.
- 1:56:34Les digo rápidamente los
- 1:56:37las números de las tesis son de la
- 1:56:41entonces primera sala, la 90 del 2017,
- 1:56:44la 43 del 2016,
- 1:56:48la 22 de 2014.
- 1:56:52y la 107 de 2012 son de la décima época
- 1:56:58y de la segunda sala la 56 de 2014.
- 1:57:03Sería muy conveniente darles una lectura
- 1:57:05para ampliar estos conocimientos.
- 1:57:08este pues eh no es algo que se esté
- 1:57:13agotando.
- 1:57:15Pues quiero aquí les estoy poniendo mi
- 1:57:18correo si quieren tomarlo, colegas para
- 1:57:21pues ampliar algún conocimiento, alguna
- 1:57:23sugerencia de de bibliografía que ya por
- 1:57:26razón del tiempo no no la no la puse
- 1:57:28aquí en pantalla o recibir si así lo
- 1:57:33consideran algún comentario o duda sobre
- 1:57:36los temas expuestos.
- 1:57:38Entonces, e [carraspeo]
- 1:57:42aquí permítanme
- 1:57:50ya cerrar aquí.
- 1:57:53Pues este pues hemos llegado eh al
- 1:57:55término de esta sesión, queridos
- 1:57:57colegas, y deseo agradecerles su
- 1:57:59atención e interés en los temas
- 1:58:02abordados en esta actividad académica.
- 1:58:04Estoy segura que pues que estos espacios
- 1:58:07de estudio y reflexión contribuyen desde
- 1:58:10luego al fortalecimiento de nuestros
- 1:58:12conocimientos y al desarrollo de las
- 1:58:13mejores prácticas en el ámbito jurídico.
- 1:58:16Reitero mi agradecimiento a la escuela,
- 1:58:20a la maestra,
- 1:58:22aquí está Eliseva por su amable
- 1:58:24invitación y por impulsar estas
- 1:58:26iniciativas
- 1:58:28e orientadas pues a una adecuada
- 1:58:31implementación por los operadores
- 1:58:33jurídicos de de este Código Nacional de
- 1:58:35Procedimientos Civiles y Familiares. Ha
- 1:58:37sido un gusto enorme para mí compartir
- 1:58:39este espacio. Muchas gracias por su
- 1:58:41gentileza. me extendí un poquito, unos
- 1:58:44minutitos y pues eh les deseo el mayor
- 1:58:47de los éxitos en esta actividad y muchas
- 1:58:51gracias. Quedo a la orden,
- 1:58:55¿no? Los agradecidos somos nosotros,
- 1:58:57magistrada, este, por la disposición y
- 1:59:00apoyo para poder realizar esta actividad
- 1:59:02de esta tercera sesión y nos queda muy
- 1:59:05en claro que su capacidad de síntesis es
- 1:59:08maravillosa porque es demasiada la
- 1:59:11información y usted lo hizo de manera
- 1:59:13magistral. Entonces, le agradecemos
- 1:59:16muchísimo el que comparta sus
- 1:59:18conocimientos, la generosidad de de
- 1:59:20compartir su experiencia, todo este
- 1:59:22material que usted nos ha eh hecho, que
- 1:59:25está muy muy bien diseñado
- 1:59:27pedagógicamente, lo vamos a subir Yeah.
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