Amparo Directo en Revisión. Módulo 1. Parte 4 — Transcript
Full transcript
- 0:01Y por tanto, el primero de noviembre de
- 0:031950 se presenta una nueva iniciativa de
- 0:06reforma constitucional, considerando,
- 0:08abro comillas, el problema más grave que
- 0:11ha surgido en el campo de la justicia
- 0:12federal ha sido suscitado por el rezago
- 0:15de juicios de amparo que existe en la
- 0:16Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- 0:18El fenómeno ha adquirido tan graves
- 0:21proporciones que entraña una situación
- 0:23de verdadera denegación de justicia. El
- 0:26ejecutivo de mi cargo considera por ende
- 0:28que no es posible demorar más su
- 0:30solución. Esta frase la encontramos en
- 0:32la exposición de motivos de la reforma
- 0:34constitucional de noviembre de 1950.
- 0:37Y esta reforma pues se fue aprobada por
- 0:41el Congreso de la Unión y generó que eh
- 0:46bueno, y se publicó evidentemente en el
- 0:48Diario Oficial de la Federación en
- 0:50febrero de 1951.
- 0:52dieron lugar a la creación de los
- 0:53tribunales colegiados de circuito en
- 0:55materia de amparo con el propósito de
- 0:58aligerar las excesivas cargas y rezagos
- 1:00que en ese momento acumulara la Suprema
- 1:02Corte de Justicia de la Nación en la
- 1:04resolución de juicios de amparo directo,
- 1:06nuevamente, principalmente en materia
- 1:08civil, cuya competencia le correspondía
- 1:11desde la promulgación de la Constitución
- 1:12Federal de 1917.
- 1:15Con esta modificación, el sistema
- 1:16judicial mexicano, considero yo, que
- 1:19adopta eh del norteamericano el los
- 1:22denominados Court of Appeals o los
- 1:25tribunales de circuito de Apelación que
- 1:27ya existían en Estados Unidos desde
- 1:29fines del siglo XIX y comenzó con esto
- 1:32la descentralización en México de la
- 1:34justicia federal. Sin embargo, en
- 1:37amplios supuestos, la Corte continuó
- 1:39conociendo el amparo directo, ya sea en
- 1:41juicio o en revisión.
- 1:44De la primera estructura de los
- 1:45tribunales colegiados de circuito,
- 1:47podemos advertir tanto con la
- 1:48Constitución con la ley orgánica, que
- 1:50tenía una competencia realmente limitada
- 1:53para conocer de juicio amparo directo,
- 1:55pues solo podían resolver sobre
- 1:57violaciones sustanciales cometidas
- 1:59durante el procedimiento o los errores
- 2:02improcedendo, salvo los asuntos del
- 2:04orden civil y penal, cuya resolución en
- 2:06temas de fondo injudicando siempre
- 2:09serían de su competencia. En este
- 2:11aspecto, la Corte tenía competencia para
- 2:13revisar las sentencias de los tribunales
- 2:15colegiados de circuito dictadas en los
- 2:18juicios de amparo directo, siempre y
- 2:20cuando se hubiera decidido sobre la
- 2:21inconstitucionalidad de una ley
- 2:24interpretación directa de alguna
- 2:25disposición constitucional. de
- 2:27conformidad con la fracción novena del
- 2:29artículo 107 de la Ley de la
- 2:30Constitución Federal, limitándose la
- 2:33materia del recurso exclusivamente a la
- 2:35decisión de las prestaciones propiamente
- 2:37constitucionales.
- 2:39La reforma publicada en el Diario
- 2:40Oficial de la Federación textualmente
- 2:42disponía: "Las resoluciones que en
- 2:44materia de amparo directo pronuncian los
- 2:46tribunales colegiados de circuito no
- 2:48admiten recurso alguno a menos que
- 2:50decidan sobre la inconstitucionalidad de
- 2:52una ley o establezca la interpretación
- 2:56directa de un precepto constitucional."
- 2:59Esto para mí es muy importante porque si
- 3:01nosotros vemos el texto constitucional
- 3:02actual de la fracción novena del
- 3:04artículo 107 dice básicamente la misma
- 3:07primera frase, una cuestión de
- 3:09constitucionalidad. Más adelante veremos
- 3:12que se añadió el tema de importancia
- 3:14nacional, importancia y trascendencia,
- 3:16trascendencia nacional, pero eso ya se
- 3:18hizo en un segundo momento. Pero el
- 3:20corazón que vemos de la revisión del
- 3:23amparo directo, al menos desde 1951,
- 3:26persiste hasta la actualidad. es decir,
- 3:28la interpretación de una norma de rango
- 3:32constitucional o la inconstitucionalidad
- 3:34de una ley que se establezca por parte
- 3:36del Tribunal Colegiado de Circuito.
About this transcript
This page contains the full transcript of Amparo Directo en Revisión. Módulo 1. Parte 4 by Archivo ENFJ, generated from the public captions YouTube serves with the video. The transcript has 559 words across 97 segments, with the original timestamps preserved so you can click any line to jump to that moment in the embedded player.
What you can do with it
Use the transcript to take notes, quote the speaker, build a study guide, generate a summary with ChatGPT or Claude via the YouTube Summary tool, or export it as a timed subtitle file with YouTube to SRT. You can also re-open it in the transcriber to translate the transcript into 100+ languages.
Free YouTube transcript tool
YouTube2Text is a free YouTube transcript generator — no signup, no daily limit. Paste any YouTube link and get the full transcript instantly, with timestamps, click-to-jump, translation to 100+ languages, AI prompts for ChatGPT, Claude, and Gemini, and exports to TXT, SRT, VTT, or Markdown.